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Acceso Energía 37

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ISSN EN TRÁMITE

ACCESO ENERGÍA N o . 3 7/A ñ o 2 / S e m a n a 2 7/J u l i o , 2 0 1 7/

Bienvenidos a una nueva edición de Acceso Energía, nuestra publicación semanal que da seguimiento al sector energético para proporcionar análisis y comentarios sobre los acontecimientos más relevantes en la industria energética de México y el mundo. Esta semana presentamos tres temas: en el primero abordamos el reto de CFE como empresa productiva del Estado que vive entre el viejo y el nuevo régimen. En la segunda columna dedicamos un espacio para abrir el debate sobre la temática del Abasto Aislado luego de un acuerdo emitido por la CRE; y finalmente, un breve análisis sobre la edición 2017 del Índice internacional de gobernanza de los recursos minerales y las industrias extractivas. Como siempre, esperamos que esta edición sea de su agrado, y dejamos la invitación a que nos visiten en redes sociales y nos compartan sus comentarios. Nos leemos la siguiente semana.

CFE. Entre modernidad y posmodernidad ¿Quién puede negar que CFE fue por muchos años una representación de la modernidad en México? La modernidad entendida como el movimiento de pensamiento social que emergió en la Europa de la Iluminación y de la Revolución Industrial. La modernidad se caracterizó por la estructuración, las jerarquías, los procesos y la gran velocidad e intensidad en los que éstos ocurrían. CFE fue creada con esos ideales corporativistas en su interior y se consolidó como bandera de la modernidad en su rol de electrificación del país. La posmodernidad, por su parte, es el movimiento que privilegia la heterogeneidad, lo relacional y lo contingente que redefine las estructuras sociales. En la posmodernidad triunfa el individuo sobre las estructuras sociales y por lo tanto, el reto de las instituciones es crear marcos de acuerdo con las necesidades de grupos más heterogéneos. Sin duda, mientras la sociedad transitaba a la posmodernidad, CFE se mantuvo como un ente moderno, utilizando como principal arma su monopolio legal. Esto le valió que la Corte declarara a CFE como una autoridad. Después de la Reforma Energética, CFE se ha convertido en una institución que vive dos realidades: si hay algún problema derivado de los contratos al amparo de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, entonces CFE debe ser impugnada como autoridad, en su cara moderna. Por otro lado, si los actos se encuentran en el marco posterior a la reforma, entonces la corte ya reconoce que el suministro de energía eléctrica es una necesidad humana básica insoslayable, es decir la cara posmoderna. En resumen, la reforma creó un ser en contradicción llamado CFE que opera en dos regímenes distintos, el problema es si quienes dirigen a la otrora paraestatal están conscientes del reto que esto implica.

Lecturas Sugeridas 2017 Resource Governance Index. Disponible en: www.resourcegover nanceindex.org

DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS. Año 2, No. 37, Julio 2017, es una publicación semanal editada por Ombudsman Energía México, A.C., calle Río Rhin, 77, Piso 2, Oficina 2, Col. Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06500, Tel. (55) 6842-5519 Ext. 110. www.ombudsmanenergia.org.mx, contacto@ombudsmanenergia.org.mx. Editor responsable: Dr. Paul Alejandro Sánchez Campos. Reserva de Derechos al Uso Exclusivo: 04-2017021313510300-203, ISSN: en trámite, ambos otorgados por el Instituto Nacional de Derecho de Autor. Fecha de última modificación 23 de enero de 2017. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura de Ombudsman Energía México, A.C. Queda prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos e imágenes de la publicación sin previa autorización de Ombudsman Energía México.

Copyright 2015 ©. Ombudsman Energía México. Río Rhin 77, 2º piso, Cuauhtémoc, Delegación Cuauhtémoc 06500, CDMX. http://ombudsmanenergia.org.mx/

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Abasto Aislado

Índice de Gobernanza de los Recursos

¿Ha escuchado hablar del término abasto aislado? Pues le contamos que es un concepto incluido en la Ley de la Industria Eléctrica para permitir que los centros de carga pudieran generar energía eléctrica para satisfacer sus necesidades propias. El problema es que la definición de necesidades propias quedó demasiado ambigua, por lo que no era claro si estas necesidades propias se limitaban a la ubicación geográfica del centro de carga, al centro de carga y sus propias instalaciones de transmisión y/o distribución que pudieran conectar a otros centros de carga o bien a centros de cargas dispersos en todo el país, asemejando el concepto del autoabasto de la ley anterior. Pues bien, la CRE emitió recientemente el “Acuerdo de la Comisión Reguladora de energía por el que se emite el criterio de interpretación del concepto necesidades propias, establecido en el artículo 22 de la ley de la industria eléctrica, y por el que se describen los aspectos generales aplicables a la actividad de abasto aislado y se aclara la participación de la generación local” el cual fue enviado a COFEMER donde normalmente los interesados en el sector pueden opinar sobre el impacto económico, técnico o social que puede tener una regulación. Sin embargo, el Regulador solicitó a COFEMER la exención de la Manifestación de Impacto Regulatorio con el argumento de que la interpretación no crea nuevas obligaciones, modifica trámites o restringe derechos. Entre algunas de las críticas en el mismo portal se encuentran que es desventajosa para los titulares de Contratos de Interconexión Legados y que crea una figura que no estaba contemplada en la Ley que es la “Generación Local”. El tema es pues que este documento es de interés para la industria y no fue tomada en cuenta su opinión. ¿o usted que opina?

El pasado miércoles 28 de junio, el Instituto para la Gobernanza de los Recursos Naturales (NRGI, por sus siglas en inglés) presentó su Índice de Gobernanza de los Recursos 2017 en el cual midió la calidad de la gobernanza en los sectores de hidrocarburos y minería en 81 países. El índice anterior se realizó de la mano del Revenue Watch Institute en 2013, organización que posteriormente convertiría en NRGI. Una de las principales ventajas metodológicas de utilizar índices es su capacidad de realizar comparaciones entre la muestra que compone el índice y, cuando el ejercicio es multianual, para realizar comparaciones entre distintos periodos de tiempo. Aunque fuentes del mismo NRGI mencionan que ambos índices no son comparables y que utilizan una metodología y un set de datos distintos, las comparaciones son inevitables. El índice de 2013 comparó 58 países muestras, en algunos en minería y en otros casos de hidrocarburos; mientras que el índice 2017 utilizó 81 muestras en algunos casos separando la vocación minera y extractiva de algunos países como el caso de México. En ambos documentos la corona se la llevó el sector extractivo de hidrocarburos de Noruega; mientras que México pasó del lugar sexto en la gobernanza de su sector hidrocarburos al 17 y al 19 en su sector minero. Los componentes donde nuestro país obtuvo las menores calificaciones son el de estabilidad política y ausencia de violencia; control de la corrupción y transferencias subnacionales. Otras áreas de oportunidad fueron el proceso de licencia, los impactos locales y el Fondo Mexicano del Petróleo. Cabe destacar que los componentes mejor calificados fueron datos abiertos, calidad regulatoria y efectividad de gobierno. Una lectura recomendada para ver una fotografía del sector extractivo de México.

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2017

¿SABÍAS QUE?

El NRGI es un ONG internacional especializada en la gestión de los recursos minerales y las industrias extractivas. Tiene en su mira a 11 países prioritarios y México es uno de ellos. Aprende de esto y más en www.oem.org.mx

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