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Suprema Corte vs la Vida

El que justifica al impío, y el que condena al justo, ambos son igualmente abominación para Dios.

Por Elizabeth Guzmán

Suprema Corte vs la vida

La despenalización del aborto fue aprobada el pasado martes 7 de septiembre por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el máximo órgano judicial del país, votó a favor para que las mujeres acudan a un especialista para terminar su embarazo, sin el temor de ser encausadas penalmente.

El aborto sin lugar a dudas, es una cuestión controversial y polémica, pues involucra temas de carácter ético y legal, desde las distintas miradas que tiene la sociedad con respecto al aborto y sus leyes, algunos grupos sociales radicales argumentan que el asesinato a no natos es por motivos de salud pública y de dignidad de las mujeres.

Ciertamente, esta homologación será motivo para discutir al interior de algunos congresos estatales, principalmente en aquellos que se han opuesto al aborto. Sin embargo, lo que determinó la Corte, será eventualmente implementada a lo largo del país.

Debemos ver este tema desde dos distinciones: el aspecto ético-moral y el jurídico. Mientras la ciencia indica que existe vida humana en un embrión fecundado (debido a la presencia de información genética distinta al de los padres) el aspecto jurídico- legal conlleva controversias de corte político y social.

Ahora, con la determinación de la Suprema Corte de despenalizar el aborto en México, nuestro marco jurídico, y según la SCJN, el no nacido carece de derechos constitucionales que le garanticen el acceso a la vida, en consecuencia, el Estado no deberá intervenir en decisiones que corresponden estrictamente al ejercicio de la conciencia individual. Esto por cierto, es el principal argumento con que se presiona para permitir el asesinado aún en el noveno mes dentro del vientre materno.

Lo que la legislación protege sobre libertad o los llamados derechos humanos, es el ejecutar las acciones interiormente decididas. El primer Estado en establecer

una ley de plazos para el aborto fue la Ciudad de México, en 2007, señala 12 semanas de gestación en las que es posible interrumpir el proceso sin dar explicaciones para ello. Así lo han legislado también Oaxaca, Hidalgo y Veracruz. Pero como se mencionó, se pretende que a nivel nacional se permita mientras no salga del vientre, en el caso de menores de edad, aún sin el consentimiento de sus padres.

La desinformación premeditada o por ignorancia fue una de las herramientas que se utilizaron para justificar la despenalización del aborto, como lo es el número de mujeres consignadas por tal delito.

Es así como Verónica Cruz, directora de la organización Las Libres señaló para BBC News (25 julio 2016) que son 700 las mujeres que están en la cárcel por abortar.

En el 2019 El Excelsior, en una editorial escrita por Raymundo Canales de la Fuente, se lee: Resulta francamente vergonzosa la cifra de varios miles de mujeres privadas de la libertad por el Estado mexicano, acusadas por un delito llamado aborto”.

No obstante que el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar indicó en conferencia de prensa el 8 de septiembre pasado, que no sabía el número de encarceladas, ese mismo día el grupo Grupo de Información en Reproducción Elegida (Gire) afirmó para Reuter que eran 172 presas por tal delito.

Pero toda esta información que ONGs abortistas, políticos y medios difundieron como la razón principal para legalizar el asesinado a no nacidos, es totalmente falsa, y fue desmentida por el Dr. David Pérez Esparza, titular del Centro Nacional de Información del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, quien el 7 de julio pasado dio a conocer en un comunicado que en las cárceles mexicanas existen 107 personas recluidas por este delito, de las cuales 101 son hombres y seis mujeres.

Por su parte, Alison González de Pasos por la Vida A. C. aclaró el 9 de septiembre al diario Siete24, que las seis mujeres que se encuentran en prisión, no es por practicarse el aborto, sino por “motivar u obligar”, de acuerdo a las actas correspondientes, afirmó.

De resaltar que uno de los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para despenalizar el aborto fue que en Coahuila una mujer era criminalizada por esta práctica, no obstante, de acuerdo a la información del SNSP citada anteriormente, no existe registro oficial de tal hecho. Es decir, una mentira más para justificar el proceder.

Isabel Fulda Graue, subdirectora del (GIRE) señala: “Nos llamaba la atención que muchos hombres están procesados por el delito de aborto. Revisando versiones públicas de las sentencias, la mayoría de los casos son precisamente por agredir a mujeres embarazadas. Están procesados por lesiones, incluso feminicidio, violación sexual. Son hombres ejerciendo violencia en contra de mujeres y esto es aborto forzado”, indicó la especialista.

La secretaría de Gobernación anunció (Tarjeta Informativa No. 010/2021) el 24 de septiembre que se trabaja para la liberación de todos los encarcelados por el delito de aborto. Es decir, también los 101 hombres entre los que se encuentran quienes violentaron a mujeres para que quedaran embarazas, en contra de su voluntad.

Conforme a un documento emitido por la Organización Mundial de salud en el 2012, existen dos razones para promover el aborto, la primera, porque 1 de cada 4 adolescentes no usan medios anticonceptivos en sus relaciones sexuales; y la segunda, por la inefectividad de los mismos. Por ejemplo se señala que el condón, el cual los gobiernos gastan cantidades importantes para que sean regalados en centros escolares y de salud, tiene una posibilidad de falla del 14%, que a su vez genera 9,784 mil embarazos no deseados.

El 30 de septiembre un grupo de senadoras de izquierda manifestaron su decisión de que en breve se presente el “derecho” al aborto en la Cámara, para hacerlo posible a nivel nacional.

Por si fuera poco, la misma Suprema Corte, so pretexto de ser coherentes con la despenalización del aborto, anulan el Derecho a la Objeción de Conciencia, inicialmente para que personal de salud no se niegue a realizar un procedimiento abortivo, sin tomar en cuenta las consideraciones de la Facultad de Medicina de la UNAM y la Comisión Nacional de Bioética de la misma Secretaría de Salud.

La Facultad de Medicina emitió un comunicado dirigido a la Suprema Corte de Justicia y a la comunidad en general, el 15 de septiembre, donde señala que el profesional de salud es responsable de 3 deberes: “El cumplimiento deontológico a la promesa médica, la consideración de la autonomía del paciente y la fidelidad y el respeto a sus creencias y valores… la Objeción de Conciencia reconoce en el personal sanitario el derecho humano a la libertad de pensamiento, y concluye, La toma de decisiones de todos los profesionales de la salud(sic) deben estar enmarcadas en ejercicio de la libertad, la rezón y la conciencia” .

Ese mismo día la Comisión Nacional de Bioética de la Secretaría de Salud se manifestó en favor del aval al Derecho de Objeción de Conciencia “a razón de que busca asegurar tanto el derecho a la protección de salud como el respeto a la libertad de convicción del personal de salud (sic), en un marco de no discriminación y apego irrestricto a los derechos humanos”.

El siguiente paso será incluirlo en lo que se ha dado a conocer como Educación Sexual Integral, tal y como ya se impulsó en otros países como la República Argentina.

En el documento El derecho al aborto como contenidos de la ESI se expresa. “El contenido curricular sobre aborto debe ser enseñado como un derecho de las mujeres y personas gestantes… Deben incluirse los contenidos respectivos en el currículo de TODOS los niveles educativos, independientemente de la modalidad, entorno o ámbito de las instituciones”.

Par tal propósito, el organismo internacional abortista Ipas, generó un manual para todos los niveles educativos llamado: La historia completa: Incidiendo por educación integral en sexualidad que incluye contenido sobre el aborto.

Es decir, a la supuesta educación sexual que considera la erotización desde la infancia, las relaciones sexuales a temprana edad sin importar el sexo o forma y todo lo que conlleva la ideología de género, ahora se anexa el aborto como remedio final para evitar el embarazo Es de resaltar que dentro de esto no incluyen la importancia de la madurez física y mental, el control del libido ni la abstinencia.

Detrás de todo esto hay un gran negocio, por décadas la ONU y la OEA han generado compromisos con los países miembros para adquirir medios anticonceptivos para que sean regalados entre el sector salud y las escuelas, con ingresos millonarios para farmacéuticas y laboratorios, que son los más beneficiados. Se pretende ahora que el aborto sea sin restricciones y de forma gratuita, con lo que los Estados deberán asumir los costos de dichos insumos (que quienes pagamos somos los contribuyentes), anexándose así a este gran negocio.

La Suprema Corte fue instrumento para establecer una acción delictiva sin castigo y además restringir los derechos a terceros para facilitar su acción, que con mentiras, justificaron un proceder en perjuicio del más desprotegido, el no nacido, a nuestros hijos y a generaciones futuras.

Hay seis cosas que el SEÑOR aborrece y siete que le son detestables: los ojos que se enaltecen, la lengua que miente, las manos que derraman sangre inocente, el corazón que hace planes perversos, los pies que corren a hacer lo malo, el falso testigo que esparce mentiras y el que siembra discordia entre hermanos. Proverbio del Rey Salomón (6:16-19).