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Actas del Cabildo de San Juan Bautista de Puerto Rico 1815-1817

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AGTAS DEL GABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RIGO

1815-1817

Transcripci6n, Redacci6n de notas marginales, Indices y Revisi6n del trabajo de imprenta por la Dra. AIDA R. CARO i:)E DELGADO

Catedratica de Historla en la Universidad de Puerto Rico

PUBLICACION OFICIAL

DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN

Puerto Rico

1968

DERECHOS RESERVADOS Dep6sito Legal: B. 25.704 Printed in Spain Impreso en Espana lmprime: M. PAREJA· Montana, 16 - Barcelona
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Libro 18 de Acuerdos del Ilustre Ayuntamiento.

[

1 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los [sic] primero dfa del mes de enero .del aiio de mil ochocientos y quince, se reunieron en estas casas consistoriales los senores alcaldes, regidores, y sindico, citados por la circular y oficios particulares, para el restablecimiento del ayuntamiento en el ser y estado en que se hallaba en el ano de mp ochocientos ocho y conforme al espiritu y concepto del articulo quinto del soberano decreto en el concepto de que este ayuntamiento no fue disuelto hasta trece de septiembre de mil ochocientos doce afios por el constitucional, tomaron lugar los senores que ban podido concurrir, alcalde de primera elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella, regidor-alcalde provincial; alcalde de segunda elecci6n, don Pedro Yrisarri; los caballeros regidores, alferez real, don Fernando Dabila; alguacil mayor, el senor comisario ordenador honorario de los reales exercitos, don Manuel Hemaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; ['· 1]/ regidores llanos, los senores.don Jose Davila, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra, de marina; don Vicente Pizarro, don Jose Maria Dabila, don Santiago de C6rdova y don Tiburcio Duran de Villafaiie. No concurri6 .el sindico procurador general, don Jose Maysone; y sf el esscribano del ayuntamiento, don Tomas de Escalona.

El.senor capitan general, presidente, indic6 ligeramente a Jos seiiores las obligaciones a que les constituia sus empleos y la fundada esperanza que tenfa el pueblo en que se le aliviara, en cuanto fuese posible, al bienestar y comodidad de sus vecinos.

Enseguida, el seiior alcalde de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, hizo una energica manifestaci6n por si y por este a}runtamiento en gue expresaba lo propenso y deseoso de llenar tan sagrados deberes de adtninistrar recta y cumplida justicia, *pidiendo* contrayendose por todos : Primero, a que se diese las gracias al Todopoderoso por de una solemne funci6n, pagad9:,

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

I" Restableclmlento d e I ayuntamiento en el ser y estado en que se hallaba pn el ailo de mil ochoclentos ocho t

.(Propuestas que for'DlUla el alcalde de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, . ·para patentlzar el regqsjjo del

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capitular por l a de Fernando Vll al trono esp?i\ol.)

1Designaci6n d e 1 alguacll mayor, don Manuel Her· n4iz, como dlputa· do capitular para hacer entrega personal al monarca de la exp0slci6n hecha por el alcal· d e ordinarlo d e primer voto, doc· tor don Francisco Marcos

IQuedan ellminadai. o borradas de los Libros Capitulares las Actas de Elecciones Constltucionales.J

[Designaci6n de la Junta Municipal.)

ACTAS DEL CABILDO

por los seiiores de este ilustre cuerpo, por Ia restituci6n del monarca a su lexitimotrono [f. h··]/ ypara que por las fervorosas oraciones de los sagrados ministros y almas puras le concedan un imperio seguro, un exercito fuerte, un senado fiel, un pueblo y reinado pacifico y una vida Iarga.

Lo segundo, dirigir a su majestad una representazi6n con los mas rendidos homenajes de amor, lealtad, reconocimiento y gratitud; y Io tercero, Ilenar Ios deberes de su instituto noble.

Continuando, pas6 el senor presidente a rectificar el jurarnento en los terminos de constumbre [sic]. Y siendo los votos del ayuntamiento tan justos, piadosos y beneficos dio el dicho seiior presidente, en nombre de su majestad, las gracias a todos los seiiores, encargando se extendiese integra o con toda exactitud la energica exposici6n del seiior alcalde de primer voto y con testimonio de todo lo expuesto se diese cuenta a su majestad por medio de una diputaci6n, para la cual este consistorio nombra al senor comisario ordenador honorario y alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, para que poniendola en sus reales manos tenga este (f· 2]/ ilustre cuerpo Ia doble satisfacci6n que sea uno de Ios seiiores del seno de la corporaci6n el que tenga la honra de besar la mano a su majestad por sf y por todos Ios demas que la componen.

En acto continuo se procedi6 por el el [sic] esscribano de este ayuntamiento a borrar de los Libros las actas de elecciones constitucionales.

Inmediatamente se procedi6 a nombrar la Junta Municipal, en los terminos que se halla en el aiio de mil ochocientos y ocho, y result6 presidente de ella el senor alcalde de primer voto; y el caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexfa, y por fallecimiento del seiior don Miguel Ramirez, el caballero alguacil mayor,, don Manuel Herm.iiz, vocales; y el sindico procurador general, don Jose Maysonet

[Elecci6n de dipu· tados para el ser· vicio publico: di· putado de carnicerla, de plaza, de sanidad y p01icfa mi!djca, de escue· las, de fiestas votivas, de vlsita de c4rcel. de calles, p01icla y obras publicas, y de ceremonias y cortesias.)

Enseguida se pas6 a la elecci6n de diputados para el servicio publico ..

Diputado de carneceria,.que debe rotar [f· 2v·]/ todos los meses, por el presente, el seiior don Santiago de C6rdo·ba. ·*y don Ti*

J:?iputado de plaza, don Tiburcio Duran de Villafane.

* .Lo comprendido entre aparece tachado en el original. . .

' 2
')

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Idem de sanidad y policia medica, el mismo seiior de Villafane.

Diputado de escuelas, el senor don Juan Antonio Mexia.

Diputado de fiestas, el senor alcalde de segundo voto.

De la carcel, el senor don Manuel Hernaiz.

De calles, policia y obras publicas, el mismo senor Hernaiz.

De ceremonias y cortesias, el propio seiior Hernaiz y el senor don Juan Antonio Mexia.

Que se restablezcan los alcaldes de la Santa Hermandad que lo eran el ano de ocho. Y habiendose hecho presente que el uno falleci6 y el de la parte del Norte se halla enfermo, se eligieron para esta a don Pablo (f· 3 ]/ Aguilar, y del Sur, a don Juan Francisco de Fuentes, a quienes se avisara por el presente esscribano para que concurran a prestar sus juramentos como es de uso y constumbre [sic].

Para aliferez [sic] de albaiiileria, a Francisco Martinez; y de carpinteria, a Vicente Fromesta.

Contraste, Fernando Bruno.

Entendiendose tambien aprobados el alcaide de la real carcel. portero de este consistorio y que hoy existen.

Quedando los senores impuestos de las diputaciones para que ban sido elegidos, se concluy6 este acuerdo, que firmaron sus senorias con el presente ['· 3 v. ]/esscribano, que da fee. =Salvador Melendez. [rubrica] =Doctor Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro Yriz.arri [rubrica] =.Fernando Dabila [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Doctor Joaquin Torres [rubrica] = Joseph Davila [rubrica] = Juan Antonio Mexia.. [rubrica] = Vicente Pizarro [rubrica] = Jose Maria Davila [rubrica] = Tiburcio Duran de Villafane [rubrica] := Santiago de Cordova [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[ANEXO UNICO.]

Se:iior Presidente. = Es muy justo que en este consistorio resuenen sin cesar las palabras del real profeta Benedictus Deus die quotidie, [f· 4 ]/* Bendito Sea el Dios de los Exercitos, el dia en que por medio del valor de los

* En el original los dos folios qµe siguen, apare,:en en blanco.

1Elecci6n de los alcaldes de la Santa Hermandad, de alarifes de albaill· Ierra y de carpin· terla y del fiel. contraste.) (Se aprueban Ios que al momento se desempeilan en los oficlos de alcaide de Ia cotrcel, portero y alguaciles.)

Discurso proferlda por el seilo;· alcal: de ordinario de primer voto y al· calde provincial de este ilustre ayunta· miepto en nombre ·de todo el cuerpo capitular.

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ACTAS DEL CABILDO

ilustres campeones qtie, con tanta gloria se presentaron en el campo de Marte, infundiendo terror a las aguilas del imperio hizo que consiguieramos la incomparable dicha de ver restituf do al seno de sus fieles vasallos a nuestro joven y deseado monarca. Y bendito sea el dia de cada dia en que cual a otro Salomon le ha designado a juzgar su pueblo en equiqad y justicia, a mantenerlo en la mayor paz y concordia, a sostener sus derechos defendiendolo de los insultos de sus enemigos, a socorrer las necesidades pubticas, a protejer al miserable huerfano y desvalida viuda contra Ia vioiencia de sus opresores, a castigar al delincuente con la pena merecida ya premiar el merito con el gaiard6n.=

Los miembros que componen este ilustre cuerpo que acaba de instaiarse, a quienes las cartas misivas y seductoras de las provincias circunvecinas insurrectas no pudieron hacer que vacilasen en su lealtad sino que antes bien fueron mayor incentivo de su amor hacia [f· 4v·]/ el rey y patria como publican sus contestaciones, al mirarse en· este dfa restitufdos del despojo que habian experimentado y disfrutando de la pia munificencia de su soberano ten lagrimas de ternura y alegria y procederan festinadamente a poner en e::!Jecuci6n ti:es cosas que conceptuan de su imprescindible obligaci6n.

La primera, celebrar una solemne funci6n en acci6n de gracias al Todopoderoso por la restituci6n del monarca a su lexf timo trono y para que por las fervorosas oraciones de los sagrados ministros y almas puras le conceda un imperio seguro, un exercito fuerte, un senado fiel, un pueblo y reinado pacifico, y una vida larga. La segunda, dirigirle una representaci6n con los mas rendidos homenajes de amor, lealtad, gratitud y reconocimiento, ya que la distancia les priva de Ia dulce satisfacci6n de hacerlo personalmente. Y la tercera, llenar los deberes de su noble instituto en be.neficio de sus conciudadanos, los mas acreedores a nuestros desvelos y cuidados, er· 5 ]/ apartando de si las instigaciones ?di<?sas, Ios empeiios, las esfervecencias y personalidades.-: Estos son sus votos, estos sus designios y no dudan un moniento de la consecuci6n teniendo por cabeza un presidente tan digno, activo, eficaz y celoso, que siempre se ha prestado gustoso a contribuir en cuanto quepa en . el resorte de sus arbitrios y facultades; que as{ lo ofreci6 el aiio de doze en este mismo lugar donde, ahora, Io repite con Ia mayor complacencia que jamas ha perdonado fa-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tiga para hacer felices los pueblos que le estan ·encomendados y a cuyo buen regimen y· acertadas disposiciones se debe la envidiable paz que han gozado y gozan los benemeritos moradores de esta muy noble y muy leal ciudad e isla de San Juan de Puerto Rico.=

Tai y como se halla aqui escrito fue el anterior discurso por el senor doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde ordinario de primera elecci6n y rexidor-[f· sv·]/alcalde provincial de este ilustre ayuntamiento, quien, enseguidas, lo dict6 para que quedase. constancia en los Libros de Acuerdo; y de mandato del referido ·muy ilustre cuerpo lo escribi y certifico, hoy, dia primero de enero de mil ochocientos y. quince aiios. = [A:parece el signo del escribano.] = Tomas de Escalona, esscrlbano real y de cabildo.

[2]

[2 DE ENER:O DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del mes de ene{o del afio de mil ochocientos quince, concumeron a estas casas consistoriales el seiior alcalde ordinario de primer ·voto y regidor alcalde provincial, doctor don Francisco Marcos Santaella, y el caballero rexidor que hace las funciones de decano, auditor de guerra, de marina, lizenciado don Juan ·Antonio Mexia, a objeto de dar posesi6n y recibir su juramento al alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte. Y habiendo compareci6 [sic] el electo y confirmado, don Juan Francisco Fuentes, prest6 su juramento en manos del expresado caballero rexidor decano y ofreci6 desempeiiar el cargo que se le ha confiado. En virtud de lo cuat lo firm6 con los referidos seiiores, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Don Francisco de Fuentes [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona, esscribano real y de cabildo. ['· 6]/

(lleclbimiento d e don Juan Francisco Fuentes como alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Norte.)

s

(Recibimiento d e don Pablo de Aguilar como al· calde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur.)

ACTAS

(Reclbimlento del alarife de albai!.lle· rfa, de carpintefa y del fiel contras• .te.J

[3 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los. tres dias del mes de enero de mil ochocientos y quince aftos, concurrieron a estas casas consistoriales el senor alcalde ordinario de primera elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella, y el caballero rexidor que hace las funciones de decano, Iicenciado don Juan Antonio Mexia, a efecto de dar la posesi6n, recibiendo juramento, al alcalde de la Santa Hermandad de la parte de Sur, a don Pablo de Aguilar, electo y confirmado tal desde el dia primero de las corrientes. Y habiendo comparecido el expresado don Pablo Aguilar el expresado caballero rexidor decano le recibi6 el juramento de constumbre [sic] que presto y prometi6 desempeftar bien y fielmente el cargo concejil para que ha sido electo y confirmado; y lo firm6 con dichos sefiores, de que doy fee.= Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] .= Pablo Aguilar [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

En el mismo dia comparecieron ante los propios seiiores el alarife de albaiiileria, ['· 6 v. ]/ Francisco Martinez, el de carpinteria, Vizente Fromesta y el fiel contraste, Francisco Bruno, a quienes se le impuso de la elecci6n recaida en ellos de estos oficios y confirmazi6n del seiior capitan general; y enterados prestaron juramento, en manos del caballero rexidor que hace las funciones de decano: y prometieron desempefiar bien y fielmente los cargos referidos; y lo firmaron con dichos se.iiores, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Francisco Bruno [rubrica] = Vicente Fromesta [rubrica] = Francisco Martinez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

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[9 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de enero de

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DEL CABILDO [3]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, fiel executor, don [f. 7 ]/ don [sic] Joaquin de Torres Duran; licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; don Jose Maria Davila y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador, don Jose Maysonet. No concurrieron por enfermedad, el caballero regidor-alguacil mayor, don Manuel Hermiiz, y don Jose Davila; y por hallarse ausentes de esta ciudad, el senor alferez real, don Fernando Davila, y don Santiago de Cordova. Tampoco concurri6 el caballero rexidor don Vizente Pizarro.

No habiendo el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet, ratificandose el dfa de aiio de nuevo en su anterior juramento, como lo practicaron los demas individuos, ante la respetable autoridad del senor gobernador y capitan general, a causa de no haber concurrido por indisposici6n de salud, se procedi6 a esta gesti6n, exigiendoselo, seg11n uso y constumbre [sic], el caballero rexidor vice-decano, a presencia de todo el cuerpo.

Comparecieron los alcaldes de barrio electos por los vecinos y confinnados por el [f· senor gobernador a efecto de prestar el competente juramento para el desempeiio de sus empleos en el presente aiio de ochocientos quince, el que fue recibido en la fonna de estilo instru-. yendoseles de sus privativas funciones a don Felipe Garcia por el de Santa Barbara, a don Tomas Dapena, por el de San Francisco, y 'a don· Juan Suazo, por el de Santo Domingo o .Campeche; no habiendolo prestado don Jose Marfa Zarraga, que correspondfa al de San Juan, por hallarse excusado mediante decreto senor gobernador, reca\do en S del corriente, en consideraci6n a las justas que al intento expuso. Y se acord6: 01:1e para exito cumplido en todas sus partes al mencionado decreto se pasase el expediente -al seiiar alcalde de i.a elecci6n como quien debe presenciar la del nuevo alcalde de barrio que en el se indica.

Se abrio . un· oficio del senor gobetnador y capitan general,·'el que, lefdo en alta voz por el presente esscribano, contenfa una real orden de 10 de octubre del aiio pr6ximo pasado de 1814, dirigida por el excelentfsimo senor miUniversal de este gobiemo para que in-

(Juramento del srnd i c o procurador general, don Jose! Maysonet.]

Uuramentos de los alcaldes de barrios de Santa Bdrbara, de San Francisco y de Santo Domingo o Campeche.J

IDon Josi! Marfa Z4rraga queda excusado de servir el oliclo de alcalde del barrio de San Tuan.]

IProvl!ese para la eleccidn del alcalde de barrio de San Juan.]

(Requ.il!rese p o r ·real orden de 10 de octubrc de 1814 1e lnfOl"}DC a SU

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majestad sobre las medldas a adopwse para el fomento· de la agricultura, de la industria y del comerclo y de todo Jo que se est i m e convenlente para "dar un nuevo impulso a la prosperldad d e I pals y bienestar de sus naturales."J

ID e s I gnaci6n de comlsarlos p a r a que lnformen al cuerpo capltular sobre Jos extremos a que se contrae la referlda real orden.J

ACTAS DEL CABILDO

forme a su majestad, instruyendo expediente, sobre las medidas que pueden adoptarse para el fomen-['· 8/]to de la agricultura e industria, Ia proporci6n o inutilidad de este terreno para plantio de viii.as, trigo, arroz y demas necesidad de construir molinos, puentes y calzadas, el estado en que se halla el pasto espiritual en lo interior de esta isla, excusandose todo lo que tenga relaci6n con el fomento del comercio, y cuanto este ayuntamiento considere conveniente a dar un nuevo impulso a Ia prosperidad del pais y bienestar de sus naturales.

Y se acord6: Nombrar una comisi6n, compuesta del seiior alcalde de segundo voto y caballeros rexidores don Jose Davila y licenciado don Juan Antonio Mexia, y el caballero sindico procurador general, para que con cuanta brevedad sea posible informen a esta corporaci6n, prolija, menuda y separadamente, acerca de los diversos parti-' culares a que se refiere para en su vista, mereciendo la aprobaci6n de este ayuntamiento, transmitirlo al seiior gobemador y capitan general, segiln previene; y al intento el presente esscribano .conferira a los seiiores dipu[f· sv.]/tados testimonio del expresado oficio y de este acuerdo.

(Clobernador refiere al cablldo solicltud que formula et regldor-fiel ejecutor para que se le di! permlso para ·trasladarse a su hacienda ublcada en el partldo de Cayey. I

Acuerdo.

(Cablldo lnforma at gobemador no ser posible el que se acceda a dlcha sollcltud. J

· Se ley6 una representaci6n que el cabalJero rexidor-fiel executor dirigi6 al seiior gobernador y capitan general en solicitud de permiso para pasar a su hacienda de campo que tiene en el partido de Cayey, y dista considerablemente de esta capital siendo territorio de la villa de Coamo, la que transmiti6 dicho seiior gobernador por su decreto a este ayuntamiento a fin de que acordase lo conveniente. Y no pareciendo justo que cuando acaba de instalarse este cuerpo y ser restituido al goze de sus prerrogativas poi- un efecto de la piedad soberana y que deben t'ldos sus individuos sacrificarse en el· puntual desempeiio de las obligaciones de su instituto, trabajando con tes6n e incesantemente, propendan a. evadirse .de un deber tan sagrado desde los umbrales de ·su instalaci6n, cuya concesi6n cederia en perjuicio del publico o de terceros, no habiendo quin [sic] exerza las diputaciones que a cada cual le estan ·encomendadas 0 recargando los demas en tal manera que si nose imposibilita al menos se dificultara ['· ']/ el cumplimiento.

· Se acord6 informar al seiior gobernador y capitan general no ser asequible la insinuada pretensi6n mediante las graves y urgentes circunstancias. ni conforme a lo que dis-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ponen la ley II, Titulo 8.0 , Libro 4.0 , de la Recopilazi6n de estos dominios y reales 6rdenes posteriores.

Se present6 don Jose Mayo, por escrito, con el objeto de eximirse, por varios pretextos y motivos, de la contrata que tiene celebrada para la exportaci6n de basuras de esta ciudad. Y se acord6: Que siendo esta materia privativa a la Junta Municipal se diese vista de la insinuada representaci6n al caballero sindico procurador general a fin de que exponga en aquella, luego que se instale, lo que crea conveniente.

Se vieron las planas presentadas por el maestro de niiios de esta ciudad, don Carlos Martinez, y relaci6n individual del numero que comprende su escuela, con el memorial en que exigia su aprobaci6n y certificaci6n de esta si re-(f· 9v·]/cayese. Y se acord6: Pasarlo todo a los caballeros regidor diputado de escuelas y s:indico procurador general para que examinandolas, segiln sus encargos, informen en el primer cabildo lo que sea conducente a justicia.

Finalmente, hizo presente el senor alcalde de primer voto que habiendo este ilustre cuerpo ofrecido en su primera acta de instalaci6n llenar los deberes · de su noble instituto y que esto no podra cumplirlo sin tener un pleno conocimiento de los acuerdos celebrados en los dos aii.os que ban mediado desde el despojo hasta la restituci6n a fin de instruirse de las materias ya decididas y dignas de obser\tancia, de las que existan pendientes para agitarlas hasta la consumaci6n y de las que no se hubiesen promovido y fueran indispensables y necesarias al pro comunal, le parecia conveniente que se formase un indice o repertorio de todas ellas por el presente e5scribano, en cuaderno separado con expresi6n de los aiios, meses, dias y folios en que fue celebrada y existe cada acta de por s:i y lo que contiene sustancialmente su acuerdo, y (f· 10 ]/ diese cuenta con Ia mayor festinaci6n; y que esta misma practica o metodo se observe en lo sucesivo con las que se fueren organizando, como que de ella resulta una instrucci6n bre. ve y facil, un hallazgo pronto de lo que se desea saber y puede, el tiempo que habia de .invertirse en un fastidioso rexistro aprovecharse gratas conferencias y utiles resoluciones.

Y se acord6 : Conforme.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, los aICalc;les de barrio que juramento,

Acuerdo. . i

(Reflirese at pro- curador general sotlcltud radlcada Por ·" d o n · J o s Ma· yo para que se le exima de la conb'ata que B tlene para la exi>ortacidn de la basura.J

Acuel'tlo.

(Ouedan referidas af dlputado de la visita de escuelas y al orocurador general las planas escolares sometidas por el maestro de nlftos don Carlos Martinez.]

(Alcalde de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, sollclta se le sumlnlstre al cabll· do un fndice o repertorlo d e I o s acuerdos adoptados por el cuerpo municipal durante los aftos de 1812 a 1814.J

Acuerdo.

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IRecibimiento d e don Juan Soler como alcalde del barrio de San Juan.)

(Juramento de don Rafael D4vila como alcalde de ba· rrlo de San Francisco.)

ACTAS DEL CABILDO

y de que doy fee. = Doctor Santaella [rubricaJ = Yrizarri [rubrica] = Doctor Torres [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Tomas Dapena [rubrica] = Juan E. Zuazo [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Phelipe Garcia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[5]

[11 DE ENERO DE 1815.]

En [f· 10v·]/ Puerto Rico, a once de enero de mil ochocientos y quince, vino a estas casas consistoriales el seiior alcalde ordinario de primera elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella; y rexidor vice-decano, licenciado don Juan Antonio Mexia, a efecto de recibir el juramento al alcalde de barrio de San Juan, don Juan Soler. Y presentado este, lo presto, en manos del referido senor vice-decano, de exercer bien y fielmente el empleo para que se le ha nombrado; y lo firm6 con dichos seiiores, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = -Licenciado Mexia [rubrica] = Juan Soler [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscri];>ano de cabildo.

[14 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce dfas del mes de enero de mil ochozientos y quince aiios, habiendo el seiior capitan general confirmado la nueva elecci6n de alcalde del barrio de San Francisco en don Rafael Davila, compareci6 a esta sala donde se hallaron. ['· 11 ]/ el seiior alcalde de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, y caballero rexidor vice-decano, licenciado don Juan Antonio Mexia. Y enterado · de su elecci6n y confirmazi6n presto el . competente juramento, de servir bien y fielmente el ollcio, en manos del expresado sefior vice-decano; y lo firm6 con dichos seiiores, de que doy fee. = Doctor Santaella [rU.brica] = Licenciado Mexia [rubrica] = 'Rafael

10
.
[6]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Davila [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

E7l

[ 16 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dfas del mes de enero de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario y tratar las cosas de pro y util de la republica, concurrieron a esta sala consistorial los dos senores alcaldes ordinarios de primera y segunda eleccion, caballero rexidor-[r. 11 v·]/alcalde provincial, doctor don Francisco Marcos Santaella, y don Pedro Yrisarri; los caballeros rexidores, auditor de guerra de marina, licenciado don Juan Antonio Mexia; el caballero rexidor-alguacil" mayor, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Saritiago de Cordoba; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por enfermedad, el caballero rexidor-fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Jose Davila y don Jose Maria Davila. Y por hallarse ausente, el caballero rexidor-alferez real, don Fernando Davila. Tampoco concurrio, siendo citado, el senor don Vizente Pizarro, rexidor.

En este cabildo se vio el expediente de don Felipe Garcia, que solicita del senor gobernador y capitan general le exonere de servir el empleo de a:lcalde del barrio de Santa Barvara, por las causales que expresa, y que dicho senor pasa a informe del ayuntamiento, quien acord6: Con vista de la certificaciol'l de facultativo que incluye Garcia informar a su seiioria que le parecen suficientes los motives que alega para que se le exima de servir el oficio para quc ·fue elegido.

Se present6 Blas Garcia de la Pena pidiendo que el ilustre cabildo le certifique si es conveniente, util y necesario en esta ciudad e isla el aumento de esscribanos de diligencias y si es acreedor a que la real (f· 12 ]/ beneficencia le conceda un fiat. Y se acord6: Ser constante la falta de esscribanos reales que se experimenta en la· isla y que el suplicante se halla exercitado en el oficio del esscribano .de real hacienda un tiempQ considerable, dandosele asi por

Don Felipe Garcra que plde se le exonere de servlr el empleo de alcalde de barrio.

Acuerdo.

(Cabildo informa que son suflcientes las causales presen· tadas por don Felipe Garcia para que se le exlma de ser· vir el oficio de al· calde de barrio de Santa B4rbara.J

iBtas Garcia de la Pena solicita certi· flcaci6n capitular sobre necesldad de que se. alll!lente nu· mero de escribanos y sl es acreedor a un fiat.]

a lo ante& petlclonado.J

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(Solicitud del maestro de prime· r a s letras, don Carlos Martinez, para que el pago de su salario se haga en met41ico.I [Declarada sin lu· gar la mencionada solicltud.J

Acuerdo.

(Mayordomo d o n

Carlos Milano In· qulere sl puede pagar 64 reales que por concepto de asesorla en reclamo de reditos se le exigen.J

Acuerdo.

[Se le autoriza al mayordomo haga el referldo pago.J

(Don Luis de H11ertas sollclta el rein• tesro de 3250 pesos que de perdida ha · tenldo en la construcci6n de la nueva c<ircel.J

Acuerdo.

IA hacerse efectivo el reintegro reclamado por don Luis de Huertas cuand o meioren l a s condlciones del flsco municipal.)

1Petlcl6n de Francisco Acosta sobre permlso para colociU' corrales de pesca en las emboca. duras de los este· ro:. conducentes a los caflos de Mar· tin Pefta qucda de· sestimada.J

ACTAS DEL CABILDO

atestado a continuazi6n de su pedimento luego q1:1e se re-· ciba del senor gobernador Y capitan general la confirmaci6n de este acuerdo.

Se dio cuenta de una representazi6n de don Carlos Martinez, maestro de primeras letras de esta ciudad, en que concluye pidiendo la dotaci<?n de 200 pesos anuales que se le tiene asignado en metalico o·que se le aumente hasta 400 pesos en papel moneda. Y se acord6: Sin lugar por ahora su solicitud en consideraci6n a que el fondo de propios ingresa en papel y sin agio sus asignaciones.

Se tuvo a la vista otra de don Carlos Milano, mayordomo de propios, en que manifestaba habersele exigido en , sala de justicia 64 reales de asesoria concernientes a los autos que sigue sabre reclamo de 390 pesos de reditos que adeudan a los fondos de su cargo los bienes del difunto tesorero don['· 12v·]/ Fernando Casado por d capital de 600 que tenia a su cargo, a fin de. que se le declare si puede o no extraer Ia enunciada cuota del fondo que administra.

Y se acord6: Conforme, librandole el presente esscribano, luego que se reciba la confirmazi6n del acuerdo, la orden que corresponde con el objeto de que unida al recibo califi.cativo de la soluci6n que ha de percibir le sirvan de comprobantes en su cuenta. ·

Se manifest6 el expediente que don Luis de Huertas ha promovido para ser reintegrado · por el fondo de propios de la cantidad 3250 pesos en papel moneda que tuvo de perdida en la construcci6n de la nueva carcel a causa de habersele faltado a los terminos de su contrata. Y en· su vista se acord6: Que en atenci6n a estar ya de no reconocida la deuda, reputandola lexitima el ant.erior ayuntamiento con audiencia de sus dos sindicos procuradores segt!n indica el acuerdo de 28 de mayo de 1814, se lleve a efecto en los terminos compatibles con el calamitoso estado de los fondos, suministrandose a Huertas, para que le sirva.de documento, copia certificada de este acuerdo a fin de que pueda cobrar luego ['· 13 )/ que aquellos mejoren su estado y puedan poner a cubierto esta suma, entendiendose todo recibida la aprobaci6n de este acuerdo por el se.iior gobernadcir y capitan general.

Se present6 Francisco Acosta pidiendo que el ilustre ayuntamiento le conceda permiso de sentar corrales de en las embocaduras .d: los esteros por donde se com'?111can con el mar los de Martin Peiia para exammar los provechos que nnden y por consiguiente tratar de rematar este ramo en beneficio del fondo de propios.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Y se acord6: Sin iugar esta solicitud.

En este estado expuso el caballero rexidor don Santiago de C6rdova no poder desempeiiar la diputaci6n para que ha sido nombrado en el presente mes por impedirselo dos achaques que continuamente padece, principalmente en este tiempo de invierno, cuales son, un cancro [sic] en el est6mago que insensiblemente suele desangrarse con aburi.dancia; yen el mismo lugar una [f· 13v·]/ rotura.

Y se acord6: Que mediante haberse confirmado por el seiior gobernador y capitan general el acta de primero de enero que contenfa la elecci6n de diputados, siendo una de ellas la de carniceria, que se confi6 al caballero rexidor exponente, ocurriese este al mencionado seiior gobernador a fin de que le exonerase de semejante cargo o dispusiese Io conveniente.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorfas, de que doy fee. = Doctor Santaella [nibrica] = Yrizarri [nibrica] = Hernaiz [nibrica·] = Licenciado Mexia [nibrica] = Duran de Villafane [nibrica] = Cordova [nibrica] = Maysonet [nibrica] = Ante mi = Tomas de -Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[8]

[23 DE ENERO DE 1815.].

Acuerdo.

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau-. tista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de enero de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistortal los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos (f. 14 ]/ Santaella, alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; " y los caballeros rexidores, alguacil mayor y comisario ordenador honorario, don Manuel Hemaiz; licenciado don Juan Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron el se-' iior alferez real, don fernando Davila; el fiel executor, doctor don Joaqufn de Torres Duran; y don Santiago de C6rdova, por hallarse ausentes; ni los caballeros rexidores, dc;>ctor don Jose Davila v don Jose Marfa Davila, por en13

(Por adlaques que padcce. el regldor don Santiago de Cdrdova soliclta: ft le releve de la di· putacl6n de camlcerra.J

Acuerdo.

(Provffie aue el regldor don Sanda· go de Cdrdova recurra al aobernador respecto a su releyo de la dlputa· ei6n de carnlcerra.1

IClobernador c o nfirma acuerdos capitulares y provee para la eleccl6n del regidor diputado de carn!c:er!a.J

Acuerdo. I (Se designa al alguacil mayor para que actue como di· putado de carnlce· rra.J

Compra de un relox.

(Clobernador informa ha dispuesto la .compra de un reloi que serli colocado en la casa consistoria.l.J

:se eXpresa la conform id ad por la compra del reloi y se patentiza al gobernador el agra· declmiento capitu- lar Por ello y por las obras pllbllcas que ha patrocl- nado. J

ACTAS DEL CABILDO

fermos; tampoco concurri6 el se:iior don Vizente Pizarro siendo citado.

Se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, con fecha 18 de los corrientes, en que confirma lo acordado por este ayuntamiento en 16 del mismo; mandarido, al mismo tiempo, se reeligiese otro rexidor de carneceria para el presente mes en considerazi6n a la enfermedad del diputado don Santiago de Cordova.

Y se acord6: Se archivase el oficio, sustituyendo en lugar del rexidor diputado al caballero alguacil mayor. [f· 14v·]/ ·

'Se abrio otro del mismo senor gobernador, con fecha 20 del corriente, en que enuncia a este consistorio presentarse la buena ocasi6n· de pasar a Londres don Antonio Mariategui, sujeto de toda confianza, a quien ha encargado un relox que, colocado en estas casas consistoriales, skva a toda la poblaci6n; contando con la anuencia y consentimiento de este cabildo siempre que lo juzgue conveniente, pues su. animo no es otro que cooperar en union suya al mejor estar de estos habitantes y hermosura de esta ciudad en el firme concepto de que si no se adopta su proposici6n dara a aquella alhaja otro destino.

Y se acord6: Contestar al referido seiior gobernador que, ademas de prestar este cabildo su conformidad para la compra o adquisici6n de pieza tan util y necesaria en toda poblaci6n, tributa a su seiioria las gracias por el esmero que muestra en proporcionar a este, su pueblo, monumentos que al paso que sirven de ornato y comodidad a sus moradores, haran perpetua su memoria, corilo ya se experimenta con la nueva carcel, otras obras realizadas y la que se proyecta, que no es de menos considerazi6n (f· 15 ]/ si llega a tener efecto seglin se promete este cuerpo. .

IClobernador remite expediente sobre recaudaci6n de pro- pios y arbltrios, r requiere se cumphmente las notlc1as solicitadas por realei; 6rdenes de 1812 y 1814.)

IQueda referido al procurador general el expedlente sobre recaudaci6n de pro- pios y arbltrios.)

Se tuvo presente otro oficio del mismo seiior gobernador, de hoy 23, con que acompafia el expediente promovido para recaudaci6n de propios y arbitrios y su justa y debida administraci6n, en el que tambien recomienda las noticias que se piden por las reales 6rdenes de 4 [?] de agosto de 812 y 16 de abril de 814 a fin de que este ayuntamiento lo evacue y concluya con la brevedad que exige la causa publica. ·

Y se acord6: Pasarlo a la vista del caballero sindico procurador general con el objeto de que agite su curso y represente a la mayor brevedad lo conveniente, franqueandosele por el presente esscribano el otro expediente

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

instrufdo acerca de la inversi6n de los fondos publicos, su originen [sic], concesi6n. y administraci6n, que menciona el decreto del dfa de hoy puesto por el seiior gobernador al margen del oficio que le dirigi6 la Junta Municipal con testimonio del acuerdo que celebr6 en 20 del mismo y demas que necesite para su instrucci6n y que (f.l5v.]/ pueda verificarlo con conocimiento de los antecedentes. .

Se dio cuenta con un oficio de la Junta Municipal, su fecha, 20 de los corrientes, a que se acompaiiaba el informe o representaci6n que hizo al seiior intendente el se:iior contador, ministro de real hacienda, en el glose y liquidaci6n de las cuentas de propios de siete aiios, y testimonio de lo. que deliber6 la insinuada Junta en su consecuencia.

Y se acord6: Dar vista al caballero sfndico procurador general de lo informado por el seiior ministro contador y del testimonio del acta celebrada por la Junta Munici: pal a fin de que represente lo que crea conducente a las diversas materias que comprende y con su audiencia pueda resolver este ayuntamiento.

Se inspeccion6 el parte del oficial del destacamento de Miraflores en que avisa al mayor de la plaza una pequeiia descomposizi6n de la Fuente de aquel punto, y que el senor gobernador paso a este aY,untamiento por su decreto.

Y se acord6: Que se transmitiese al caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, encargado pm-a la recaudaci6n del producto que suministra [f· 16 ]/ aquella Fuente destinada a la subvenci6n de los pobres encarcelados, a fin de que diera sus disposiciones para el pronto reparo. y composici6n percibiendo los lexf timos comprobantes de los gastos que se ocasionen unidos armencionado parte y diese cuenta a la Junta Municipal para que ordenase el correspondiente pago.

Se dio cuenta de una representazi6n de don Jose Vat·ne Espina por la que pide un atestaclo contrafdo a haber desempeiiado con exactitud el empleo de s!ndico personero desde 20 de septiembre de 1812 hasta fin de diciembre de 1814, segiln debe constar de las actas del ayuntamiento; como tambien si ha sido adicto a la buena causa y al gobierno representando a su majestad, en contraposici6n a los que caminaban errantes, para sostener la intenci6n de los que propendian a las ideas beneficas del actual gobierno y felicidad de los habitantes de la isla, que acreditaran varias actas que esta.

'·'

(Junta Municipal remite informe del contador sobre glo· se de cuentas de propios y lo determinado por ella al respecto.J

[Quedan sometidos al procurador general los antes mencionados documentos.J [Inf6rmase averra registrada en la Fuente de Miraflores.) lRequierese del alguacil mayor provea para la repara• ci6n de la referida Fuente.)

!Don Jose Vatlle E s p i n a solici ta atestado sobre ha· b e r desempeftado el oficio de sfndico personero y sobre su lealtad hacia el gobierno.J

15

IProv.iese para el aludido atestado.J

[Se presentan las planas escolares y se expresa nllmero de alumnos que tiene don Carlos Milano.)

[Refil!rense al di· putado de visitas a escuela y al procu- ra"dor general las referidas planas y sollcitud de don Carlos Milano.)

Exposizidn del senor alcalde de 2.o voto.

ACTAS DEL CABILDO

Y se acord6: Que el presente esscribano con vista ['· 16v·]/ de las actas a que se refiere la enunciada representaci6n certifique lo que de ellas resulte en orden a los particulares pedidos y de cuenta en el cabildo inmediato para lo que convenga.

El esscribano present6 las planas de la escuela de don Carlos Milano y un escrito en que manifiesta el numero de niiios que tiene a su cargo y el esmero y eficacia con que se ocupa en beneficio de la juventud.

Y se acord6: Que sin embargo de no ser de las escuelas dotadas por este ayuntamiento pasase dicha solicitud y planas al caballero rexidor diputado de escuelas, licenciado don Juan Antonio Mexia, y caballero sindico procurador general para que representen los que se les ofrezca y parezca con vista y examen de estos documentos.

En este estado el seiior alcalde de 2.0 voto Hizo la exposici6n siguiente: Excitados a investigar las trabas que embarazan Ia agricuitura y Ia industria con el objeto de proporcionar a estos dos.ramos toda la protecci6n que demanden para que sean, como deben ser, la fuente perenne de donde corra el bienestar y la felicidad de esta isla, quiere su majestad que ['· 17 ]/-este ilustre ayuntamiento entre en la formaci6n del expediente con que se ha de dar cuenta a su soberania para instruirse del estado en que se hallan entre nosotros aquellos dos ramos. Antes de esto, teniamos francas las reclamaziones al trono y viviamos persuadidos que las beneficas intenciones de su majestad hacia los habitantes de la isla se hallaban dispuestas siempre a conceder cuanto fuera necesario para aquellos dos precisos objetos sin los cuales no hay poblaci6n ni puede prosperar ninguna sociedad. Prueba de este concepto es una real orden, que recibi6 el seiior gobernador y capitan general que actualmente es presidente de este cuerpo, en Ia que su. majestad, propendiendo a los fines indicados, le previno que ademas de la junta de real hacienda, a quien como intendente estaba obligado a consultar en los casos de contribuciones o exacci6n de derechos, oyese tambien al ilustre ayuntamiento de esta capital y a las demas personas de ilustraci6Ii que pudiesen ['· 11v·]/ instruir acerca de la materia antes de dar cuenta a su majestad sobre la imposici6n intentada acerca de las casas de alquiler de esta ciudad y de 'Ia isla. =

fAlcalde de segun- do voto

Bajo estos principios, hallandose hoy este ilustre cuerpo prevenido para que informe en el expediente que se ha de

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

evacuar con. el objeto de instruir Ia soberanfa acerca de las necesidades y alivios que requiere la agricultura e industria de esta isla para que prospere y adelante la poblaci6n, me ha parecido muy analogo a la obligacion de individuo diputado al intento el proponer a este ilustre ayuntamiento que ante todas cosas debe discutirse si el caballero sfndico procurador general. que es el representante y personero del publico. ha de acudir al seiior intendente y junta de real hacienda reclamando vista de los expedientes que se hubieren formado para haber procedido al acuerdo del dia 19 de noviembre y 1.0 de diziembre wtimos en los cuales se ban tornado varias determinJiciones, a mi parecer, gravosas a la agricultura y la ['· 18 ]/ industria y que estoy cerciorado reclaman los pueblos y varias corporaciones. = De este paso y representaci6n, que considero indispensable, vendni a resultar que instruido el cabildo del estado de cargas y contribuciones que gravitan sobre los vecinos agricultores e industriosos podra deducir ideas de lo que debe informarse en el expediente mandado formar par virtud de la real orden de 10 de octubre Ultimo, que ocupa la atenci6n del cabildo y que exige con preferencia todos. Jos desvelos y oficios de su sindico personero. =

Las cargas de derechos y nuevas contribuciones que en dichos acuerdos de la junta de real hacienda se ban detallado, las circunstancias de su pago en metalico y moneda sonante, la prevenci6n de hacerse de algunos ramos anticipadamente y el trastomo que se prepara en algunos cobnindolos [f· 1"'·]/ de Ios inquilinos, con agravio de los propietarios, hacen pronosticar que los vecinos sobre quienes va a recaer el gravamen quedanin casi imposibilitados para dedicarse no a adelantar sino a conservar la agricultura de varios frutos y la subsistencia del giro en los ramos de industria; y que insensiblemente quedaremos todos reducidos a la miseria contra la mente de nuestro augusto y benefico soberano explicada en la citada real orden del asunto. =

Asf, es· mi prop6sito que, examinandose esta materia y solicitud, se acuerde que el caballero sfndico personero reclame en la intendencia no solamente para acopiar los documentos precisos con que debe dar cuenta a este ilustre ayuntamiento del estado que tengan las contribuciones y derechos de nuevo impuestos sobre las ·agricultores e industri9sos sino para que entre tanto pida lo que estime U.til en orden a que ['· 19 ]/ se sobresea en la exacci6n y planti-

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que antes de cum· plimentarse lo soUcltado por la real orden de 10 de octubre de 1814 sobre propuestas para fomentar la agrl- cultura y la industria, el proc:urador general requi.er'a del intendente y de la junta de real hacienda los expedlentes formados en relaci6n con ··· nuevos lmpuestos qui: gravan los dos antes menclonados r..mos.)

(Aludido alcalde propone que el pro-

curador general solici te sobreseimien· ro de lo acordado por la j u n t a de real hacienda en p u n t o a nuevas cc>ntribuciones s o· brc- la agricultura e indusrria.J

(Sl' aprueban I a s propuestas formula· da> por el alcaJde de se1tundn voto. J Exposlzion del caballero rcxidor di· putado de sanldad.

l (Regidor don Ti· burcio Dur4n de Villafane soliclta se provea respecto a) pago de los esti· pendios correspon· dientes a los regi· dores.J

ACTAS DEL CABILDO

ficazi6n de lo que acord6 la junta en los dias 19 de noviembre y 1.0 de diciembre del a:iio pr6ximo pasado, dirigiendose incontinenti un testimonio de esta exposizi6n y su acuerdo al se:iior gobernador y capitan general para que si lo tuviese a bien interponga sus superiores respetos al mismo intento comunicando al senor intendente la real orden de que estamos tratando.

Y se acord6: Conforme, pasandose a su seiioria el testimonio que se indica y otro al caballero sindico procurador general para que pueda obrar en consecuencia siempre que merezca la confirmaci6n; en cuyo caso se suplica al mismo se:iior gobernador la brevedad del competente permiso para verse en cabildo extraordinario y procederse a la execuci6n.

IAludido regidor signlfica necesldad que se practique Ja visita de sanidad a las embarcaclones procedentes de las i:olonlas del Este.)

En el mismo acto el rexidor don Tiburcio Duran de Villafa:iie expuso que se halla cerciorado de que el estipendio ['· i 9 v. ]/ sefialado a los diputados de este cuerpo capitular por las visitas que hacen de sanidad a los buques de Europa y America no se les suministra, segiln ha sido constumbre [sic] en todos tiempos; ni menos la regalia que, por real orden, esta mandado se les haga anualmente a los regidores, del fondo de propios, en considerazi6n al exercicio de sus empleos; por Io que suplica a vuestra se:iioria muy ilustre se sirva acordar lo conveniente a derecho y justicia sobre estos puntos que promueve no s61o para lo sucesivo sf tambien porque exige el merito de lo practicado desde principio del presente aiio en que por real orden se restableci6 este senado a su antiguo ser; en inteligencia que tambien expone considera conveniente a la salud publica que las balandras y goletas que pasen de estos puertos a las colonias del Este, por exemplo, Santo Astacio, San Bartolo, Guadalupe, Martinica, Antigua, Monserrate, Todos Santos, [ilegible] a hacer su comercio deben sujetarse igualmente a las visitas de sanidad ['· 20 ]/ y su pago, como que todas hacen travesia a puertos de comercio a donde concurren embarcaciones y efectos de todas partes del continente y de las cuales siempre vienen pasajeros, como es publico y notorio.

iP<.>sponese para un p1·oxlmo cabildo acuerdo sobre pag3 de estlpendios a los regidores.J

Y se acord6: Que en consideraci6n a que este miento tiene noticia de haberse aplicado estos emolumentos de las visitas de sanidad pertenecientes a los caballeros rexidores a la construcci6n del nuevo matadero, acerca de lo cual hay im.truido expediente, se diese cuenta con el en el primer cabildo or.dinario para con pleno conocimiento de causa acordar lo conveniente.

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i I

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que ['· 20v. ]/ se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, ·de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[9]

[24 DE ENERO DE 1815.]

En veinte y cuatro de enero de mil ochocientos quince, en la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, con motivo de haber recibido el seiior alcalde de primera elecci6n un pliego del seiior gobernador y capitan general en cuya cubierta expresaba ser para cabildo extraordinario, concurrieron a esta sala consistorial los dos sefiores alcaldes ordinaries de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alguacil mayor y comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de [r. 21 ]/ Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron Ios seiiores que faltaron ayer por las razones dichas.

Se abrio el referido pliego del seiior gobernador y capi:tan general, cuyo tenor es el siguiente:

"Conforme a Jo *mand* acordado pt>r el ayuntamiento en acta de veinte y tres del corriente sobre la exposici6n del alcalde de segundo voto; lo que participo al senor intendente en esta fecha con copia de este acuerdo y lo comunico a vuestra seiioria para que obrando en su conocimiento traten en cabildo extraordinario sobre Ios particulares a que se contrae."

Y seglin lo acordado en el cabildo ordinario del dia de ayer se dispuso que se confiriera al caballero sindico procurador general el testimonio prevenido y el de este acuerdo mediante a haberse recibido ya la confirmaci6n para el fin indicado por el alcalde de segundo voto en su exposici6n.

* Lo coinprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

IGobernador aprue· ba lo acordado por el cabildo s o b r e la eXposlci6n hecha por el alcalde de segundo voto en la sesi6n anterior.)

IA instrumentarse lo acordado sobre el antes mencionado extrema.)

19 'I

(Don Manuel Hern41z, comisionado por el cabildo pa· ra felicl tar al monarca Fernando VII por su advenimiento al trono, informa estar dlspuesto a salir para Espaila a cumpllmentar dicho mcargo por lo que sotlcl ta se le entreguen mil pe• sos fuertes para cubrlr sus gastos y se le costee el pasaje.1

ACTAS DEL CABILDO

Y se concluy6 este cabildo, [f· ltv. ]/ que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Doctor Santaella" [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Jose Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Con fecha de este mismo dia entregue al caballero sindico procurador general el testimonio prevenido por el muy ilustre ayuntamiento. Doy fee. = Escalona [rubrica].

[10]

[25 DE ENERO DE 1815.]

En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de enero de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6n verbal del senor gobernador y capitan general, concurrieron a esta sa1a consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; los caballeros regidores, alguacil mayor y comisario ordenor [sic] [r. 22 ]/ honorario, don Manuel Hernaiz; licenciado don Juan tonio Mexia, don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por estar ausentes, el senor alferez real, ·don Fernando Davila; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro y don Santiago de C6rdova; y por enfermos, los seiiores don Jose Davila y don Jose Maria Davila.

El senor alguacil mayor expuso que esta listo y muy pr6ximo a dar la vela con destino directo al puerto de Cadiz un buque surto en este; y que interesando sobremanera el que este ayuntamiento felicite con la mayor festinaci6n a nuestro cat6lico monarca (que Dios guarde) por su advenimiento al trono, segiln estaba dispuesto, ha deliberado realizar su viaje en el enunciado buque o el primero que se presente, prefiriendo el honroso encargo de su comisi6n y un deber tan sagrado a todas sus comodidades e intereses a fin de que este ilustre cuerpo consiga su designio con aquella celeridad que ['· 22v·]/ siempre ha mostrado en dar de su inalterable acendrada fidelidad y amor hacia su rey y seiior natural. Que esto mismo lo ha mani-

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festado al seiior gobernador y capitan general para que si era de su aprobaci6n mandara celebrar cabildo extraordinario para explorar el sentir y voluntades de los seiiores que lo componen; y que hallandolo muy conforme mereci6 su aprobaci6n y dispuso fa reuni6n de este cuerpo para que acordase sobre el particular; debiendo hacer presente que para verificarlo con la prontitud que apetece y ha propuesto pedfa se le entregasen mil pesos fuertes del fondo de propios para sus precisos e indispensables gastos, Ios ·que en caso de no tener el enunciado fondo por si mismo los proporcionaria con calidad de que este ayuntamiento acordase que se le reintegraran en todo el mes de marzo pr6ximo venidero, entregandolos el mayordomo a su lexitima consorte existente en esta ciudad; y que ademas le costease el pasaje. .

·y se acordo: Que siendo tan analogo a las ideas y sentiniientos de esta corporaci6n no retardar un solo momento que .en ella consista los homenajes de amor, reconocimiento ['· 23]/ y gratitud a su soberano, pues Ios consideran como la primera y esencial obligaci6n de su instituto, se diese las gracias al senor gobernador,. presidente de por haber asentido a Ia solicitud de este, su diputado, y el esmero que muestra en cuanto es de su obligaci6n y puede serle propiciQ, como lo ha executado haciendo se convoque inmediaeste cabildQ extraordinario. Que se hiciese igual insinuaci6n i(l seiior alguacil mayor, comisario ordenador honorario, pot los deseos que ostenta en desempeiiar la confianza depositada en su seiiorfa por este ayuntamiento, con la preferencia que ex.ige su honorffico encargo; y que para facilitarle su viaje y compensarle "de algtin modo. los muchos gastos que se le ocasionaran en su ida, permanencia y vuelta, se le contribuyese del fondo de propios la cantidad de mil pesos fuertes, al plazo que ha designado, entregandoselos a su lexftima consorte, ['· av.]/ y al ·pronto la suma que importe su pasaje, siempre que este acuerdo merezca la confirmazi6n del seiior gobemador y capitan general, en cuyo caso se participara todo a la Municipal en la forma de constumbre [sic].

Y se concluy6, firmando dichos seiiores, de que certifico y doy fee. =Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [nibrica] = Hernaiz [rubrica] = Licenciado Mexia [nl.brica] = Durdn de Villafane [rubrica] =Maysonet Gonzdles [nibrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

IProvl!ese para la saJlda del aludido comlslonado y para cubrlr los gastos de desplazamlento.J

21 ' (

(Gobernador confirma acuerdos capi tulares. I

(lntendente se declara en la mejor disposici6n de atender cualesquiera concernienterepresentaci6n a lo acordado por el cabildo respecto a la exposici6n del al· calde de segundo voto.1

ACTAS DEL CABILDO [11]

[30 DE ENERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dias del mes de enero de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el sefior alcalde de segunda eleczi6n, don Pedro Yrisarri; los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane ; y el caballero sindico procurador general, don Jose May-[f. 24 ]/sonet. No concurrieron el seiior alcalde de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, por estar en ocupaci6n de este ilustre cuerpo; por estar ausentes, el seiior alferez real, don Fernando Davila; el fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro y don Santiago Cordova; y por estar enfermos, don Jose Davila y don Jose Maria Davila.

En este cabildo se recibieron dos oficios del senor gobernador y capitan general, su fecha, de 26 del corriente, en que confirma los acuerdos de este ilustre ayuntamiento de 23 y 25 del mismo. Y se acord6: Archivarlos, mandando al presente esscribano cumpla por su parte lo que en ellas se dispone dando curso a las materias de que tratan.

Se vio otro del mismo senor, fecha del dia 28 de este mes, en que transcribe el de 26 que le pas6 el seiior intendente relativo a haber recibido el de su senoria con inclusion de la exposici6n que hizo en este ayuntamiento su alcalde de 2.0 voto el dia 23, y Io que [!· z4v. ]/ en consecuencia acord6 este ilustre ayuntamiento; y en que el seiior intendente manifiesta que sera atendida cualquiera representazi6n y considerada como corresponde lo requiera la materia y es propio y consiguiente con el deseo del acierto y del verdadero bien y prosperidad de la isla y del real servicio que motivaron sus providencias.

Y se acord6: Pasar el oficio original al caballero si'.ndico para que lo una al expediente de la materia que esta en su poder.

IProvl!ese a d o n Jost! Batlle Espina del atestado por t!l en la se-

El presente esscribano -dio cuenta con certificaci6n, segun se le tenia mandado en 23 del corriente, de lo que resulta de actas segiln lo pedido por don Jose Batlle Espina; y no siendo otra cosa que su elecci6n de sindico 1.0 y 2.0 del ayuntamiento constitucional y una noticia de

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'·'.0

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representado para que no se instalase la Diputaci6n Provincial, se acord6: Devolverle este expediente original para que le sirva de atestado en forma y haga de el el uso que tenga por conveniente.

El mayordomo de propios present6 una relaci6n que manifiesta los [r. 25 ]/ sueldos de los dependientes del ayuntamiento con otros gastos hechos hasta esta fecha con objeto de que se le de Ia competente orden para su pago.

Y se acord6: Pasar este expediente a la Junta Municipal como a quien toca esta materia.

Se presentaron las planas de Ia escuela del maestro de primeras letras, don Antonio Chieza; y se pasaron con su memorial a Ios sefiores rexidor diputado de escuelas y caballero sindico procurador general para que representen lo que se les ofrezca y parezca.

Se inform6 el memorial de don Francisco Agiiera que solicita se le exonere de servir el oficio de alcalde del barrio de Santa Barvara por las enfermedades que padece, y que su seiioria pasa a este ilustre ayuntamiento, quien tiene en consideraci6n lo representado por el expresado Agiiera para que P· 25v·]/ seiiorfa [sic] determine sobre el particular de su exoneraci6n lo que le parezca en justicia.

En este cabildo se present6 el caballero sfndico procurador general manifestando en una representaci6n los deseos que tiene de desempefiar las obligaciones de su encargo pero que sus escasas facultades le privan del gusto de agitar los expedientes que se le ban pasado de la primera considerazi6n por tocar al bien procomunal. Que esta sumamente pensionado y erogando crecidos gastos como separado de su casa y familia que radican en el partido de Toa Alta, distante de esta capital, por todo lo cual suplicaba a este ilustre ayuntamiento a fin de que nombrara un abogado para cuanto ocurra de oficio; y a mas que se le suministre al representante *cuanto* los gastos que le ocurra en las materias que se le pasen para representar. Y se

"" acord6: Reservar este asunto para el cabildo venidero que mayor mlmero de seiiores vocales.

El [f· 26 ]/ senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrisarri, y caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane hicieron presente que el seiior provisor vicario general capitular sede vacante Ies manifest6, concluida la fun-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

si6n del 21 de enero de 1815.J

IMayordomo solicita orden pnra erectuar ciertos pagos. J

tSe r e f I e r e a la I u n t a Municipal expediente presentado por el mayor· domo.J

IQuedan sometidas al regldor diputaclo para la vislta de escuelas y al pro- curador general las planas escolares v memorial presentados por el maestro don Antonio Chiesa.)

I D o n Francisco Agiiera solicita se le releve de servir el oficio de alcatdt! de barrio de Santa B4rbara.] ,

[Procurador p.en<·· ral solicita dcsii:naci6n de un :ihc·· gado que enti<!nd.1 en las causas o terias legates qu.: deban promoversc por su oficio.J

[Procurador gene· ral reclama se le satisfagan los gastos en que incurra en las materlas so· bre las cualcs debe representar .J

(Posp6nese determinacl6n sobre los antes mencionados particulares.J

23
' i

(Cabildo queda dis· pensado de pagar I o s derechos correspondientes a Catedral p o r la funci6n rellgiosa celebrada p:ira dar gracias al Todopo· deroso por la resti· tuci6n del monarca Fernando VU at tr0no espailol.1

ACTAS DEL CABILDO

c1on de iglesia del sabado 28, dispuesta por este ilustre ayuntamiento a virtud de lo acordado en la acta de su instalaci6n, el gusto y complacencia con que se liabfa ocupado Y todo el clero en tan digno acto y que dispensaba los derechos que tocan a su Catedral en obsequio de nuestro augusto soberano y para uniformarse con este cabildo secular: quien acord6: Tributarle las debidas gracias por medio de los mismos sefiores diputados.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seii.orias, mandando tambien que el presente esscribano provea de los testimonios de acuerdos que se ban sacado para la representazi6n que este ilustre cabildo ha de hacer a su majestad y los que necesite por si el caballero alguacil mayor dipu-['· 26v.]/tado para pasar a la Corte. = Yriz.arri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [nibrica], esscrlbano real y de ·cabildo.

[12]

[9 DE FEBRERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dfas del mes de febrero de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto y caballero rexidor-alcalde provincial, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros· regidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane. No concurrieron, por haIlarse ausentes de esta ciudad, los seiiores alferez don Fernando Davila; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro, don Santiago de C6rdova; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. ·Por enfermos, don Josey don Jose Maria Davila; [f· ZI]/ y por haberse ausentado en comisi6n para Espaiia, el caballero mayor, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz.

En este cabildo se vieron las cuentas de propios y arbitrips correspondientes al aiio pr6ximo pasado de 1814, que present6 el secretario del anterior ayuntamiento. Y se acor-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

d6: Dar vista de ellas al caballero sindico procurador general para que la evacue a la mayor brevedad y en caso de que para el cabildo pr6ximo no haya regresado del campo en que existe a esta ciudad se le pase aviso por el presente esscribano para que lo verifique sin demora; y puedan muches de los asuntos que existen pendientes quedar concluidos o al menos tener el curso debido, removiendose el perque irrogan semejantes dilaciones.

E;l escribano dio cuenta de los expedientes de la fabrica del matadero que se mandaron traer desde el cabildo de 23 del pasado por la solicitud o exposici6n [f· r1v. ]/ que hizo el caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane acerca del derecho de visitas de sanidad de los caballeros rexidores que se destina a dicha fabrica; y examinado el estado de dichos expedientes que nada se trata en ellos sobre el expresado derecho masque la entrega mensual de el para invertirse en la fnbrica y que estaban mandados pasar a la vista del smdico 2.0 desde 19 de diciembre ultimo, en cuyo estado quedaron.

Se acordo! Que se comunique hi at actual don Maysonet para que represente Io que le ofrezca y parezca; reserv6.ndose tratar en \ otro cabildo sobre Ja exposici6n del caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane por no haber hoy suficiente mlmero de seiiores vocales.

Se tuvo presente que el caballero rexidor-alguacil mayor, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz, que ha pasado a Espana diputado por este ilustre cuerpo para cumplimentar a su majestad, desempeiiaba algunos encargos cometidos por el y sieudo necesario ponerlos a cargo de otros seiiores se acord6: ['· 28]/ Que para desempefiar las funciones de alguacil mayor se entienda nombrado el caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia, vice-decano. Para vocal de la Junta Municipal, diputaci6n de policia y obras publicas y de ceremonias y cortesfas, al caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane. Para entender en la manutenci6n de los pobres de la carcel y en la superintendencia de la fabrica del matadero, al sefior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrisarri. .

Se trajo el expediente obrado para facilitar medios v arbitrios al sustento de los pobres de la ca.reel. y se acord6: Pasarlo al se.fior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrisarri, para que hecho cargo de todo el infor-

ISe examinan las cuentas de proplos de 1814 las que quedan referidas at procurador gene- ral.)

, r

[Se examinan I o s expedientes sobre la fabricaci6n del matadero y la inversi6n que en dicha obra se est4 haclendo d e I o s fondos del derecho de vlsitas de sanidad.)

fAludldoli o x p e• dlenres quedan referldos al procura- dor general.)

1Deslgnaci6n de ca· pitulares q u e se har:ln cargo de las comlslones que se le hablan conferido al algu a c I I mayor don Manuel Hernoiiz quien por encomienda d e I concelo se halla en Espai\a cumpllmentando a su majes- tad.)

ISe presenta expedlente sobre m e-

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d i o s o arbitrios para el sustento de los pobres de la cdrcel el coal que- da referido al alc;ilde ordinario de segundo voto.)

[Comisi6n que se le hace al alcalde ordinario de segun- do voto sobre reco no c i m iento de un c e n so de 500 p e s o s y rl!ditos adeudados al fondo de manutenci6n de los presos po· bres.) •

ACTAS DEL CABILDO

me en el primer cabildo si esta rcconocido el censo de 500 pesos que enuncia y solutos sus reditos, -como igualmente [f· 28v·]/ si ha tenido efecto el arbitrio del peso con el titulo de las Animas y demas representado por el sindico don Ramon Vidal.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron su5 seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[13]

[13 DE FEBRERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios trece dias del mes de febrero de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, regidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; v los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villa-['- 29 ]/faiie. No concurrieron, por estar en el campo, los sefiores alferez real, don Fernando Davila; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro, don Santiago de C6rdova; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. :e1 senor alguacil mayor, comisario ordenador honorario, por su ausencia a la peninsula; y por enfermos, don Josey don Jose Maria Davila. El senor alcalde ordinario de 2.0 voto evacu6 el informe que se le pidi6 en el expediente instruido para facilitar medios y arbitrios al sustento de los pobres de la carcel, y nuevamente se acord6: Que vuelva al propio senor diputado a fin de que como que reune en si la jurisdicci6n ordinaria haga que se realice el reconocimiento del censo de 500 pesos a favor de los pobres encarcelados por el poseedor de la finca en que estan hipotecados y se entregue el testimonio para archivarse en este cabildo. Y por lo que a los reditos que desde el afio de 97 se enuncian adeudados o al menos no hay una constancia de su pago por dofia Manuela Sandoval o su ['· 29v.] / suce-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

si6n, procurara el mismo senor diputado entenderse con esta ultima para que verifique el solvendo o lo acredite en debida forma, dando cuenta del resultado; tratando con el senor capitan general acerca de Ios demas arbitrios que se creen a prop6sito para subvenir a la necesidad de los pobres ·encarcelados, siendo este, como es, un objeto tan piadoso.

Se trajo a la vista Ia instancia del caballero sindico procurador general, mandada reservar desde 30 de enero pr6ximo pasado, y en que pide que este ilustre cuerpo le nombre un letrado para los asuntos de oficio y que a el se le suministre cuanto gaste para desempeno de las representaciones que tiene a su cargo. Y se acord6: Hacer presente al dicho caballero sindico procurador general que sin embargo de no haberse jamas gravado el fondo de propios con semejantes erogaciones propenderia ahora este ayuntamiento gustoso a ellas si nose hallasen en un estado tan deplorable y calamitoso que hace fisicamente imposible constituir asequibles sus ideas, y, por lo tanto, se le recomienda el desempeiio y eficacia en los asuntos pendientes y que ocurran [r. 30 ]/ en lo sucesivo por su mismo honor y en cumplimiento de sus deberes, como lo J:1an practicado sus antecesores, en el concepto de que sera un merito que tendra oportunamente en consideraci6n este ilustre cuerpo.

Se vio un memorial del esscribano de este ilustre ayuntamiento pidiendo que su sueldo se le abone en plata o con el demerito que corre e\ papel moneda si se le paga eri esta especie. Y se acord6: Sin lugar por ahora su solicitud en consideraci6n a que el fondo de propios ingresa en moneda papel y sin agio o aumento._.alguno del que corre sus asignaciones y luego que perciba estas en plata o con el demerito correspondiente pagara del mismo modo a este y demas empleados.

En este cabildo se presento Tadeo Martin pretendiendo hacerse cargo de la limpieza de la ciudad y comoquiera que acompaiia unas condiciones adicionadas por el senor gobernador y capitan general, se [r. JOv. ]/ acord6 reservar este expediente hasta otro cabildo en que concurra el mismo senor gobernador a fin de tratar la materia con la delicadeza y reflexion que corresponde y sea compatible con el actual del fondo de propios.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran

IEI referido conce· jal a tra.tar con el gobemador sobre otros arbitrios para cl man tenimiento de los presos ' po- bres.J · ·

ISc desestima por escasez de fondos d1· propios la solicitud del procura- dor general para que se nombre un letrado y para Que se le satisfagan a el los gastos en que lncurra en su oficio.)

IPeticion del escribano sobre p a g o de su saiario en plata o con el dem er i to correspondiente del papel moneda queda declarada sin lugar.t IQ u e d a diferida hasta un proximo cabildo la determinacion sobre solici tud de Tadeo Martin respecto a hacerse cargo de la limpieza de la ciu· dad.I

27

IGobemador c o nfinna acuerdos capitulares. J

(Gobernador releva a d o n Francisco AgUera de servir el oflclo de alcalde de barrio de Santa Mrbara y dispone se nombre a otro en su lugar.J Exposlzi6n.

IProveese para la aludida eleccl6rt.J

ACTAS DEL CABILDO

de Villafane [rubrica] = Ante mi - Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo. [14]

[20 DE FEBRERO DE 1815.]

En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de febrero de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; y los caballeros regidores, ['· 31 ]/ licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, el senor alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro, don Santiago· de Cordova; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. Y por enfermos, don Jose y don Jose Maria Davila.

En este cabildo se recibieron tres oficios del senor gobernador y capitan general, su fecha, 25 de los corrientes, en que confirma. los acuerdos de este ilustre ayuntamiento de 30 de enero pr6ximo pasado, 9 y 13 del presente de febrero. Y se acord6: Archivarlos.

Se recibi6 otro del mismo senor en que tiene a bien exonerar de servir el empleo de alcalde de barrio a don Francisco Agiiera, y previniendo el nombramiento de otro. Y se acord6: Pasar dicho oficio al sefior alcalde de primer voto para la nueva elecci6n que ha de hacerse ['· 3•v.] / de este empleo.

Teniendo este ayuntamiento en consideraci6n que casi todos los expedientes existen sin curso por haberse conferido vista al caballero sindico procurador general y este hallarse ausente en su hacieqda de campo sin conseguirse su regreso, a pesar de habersele dirigido orden para el efecto, quiza por indisposici6n de salud u otra grave causa que se lo impida, ansiosa esta corporaci6n de no retardar un solo momento los asuntos que estan a su cargo y conciernen al bien del publico acord6: Se entiendan las vistas

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pendientes con el caballero regidor mas moderno, como a quien incumbe lexitimamente suplir las faltas o ausencias del sindico procurador general, recomendandole la brevedad especialmente en el expediente de cuentas de propios y arbitrios, a las que se objeccionaron varios reparos por el senor contador, y fue transmitido a la Junta Municipal para satisfacerlos con arreglo al Articulo 45 de la Instrucci6n de Intendentes de Nueba Espana, participandolo al alcalde de primera elecci6n luego que tenga [f· 32]/ despachada o satisfecha la vista a fin de citar a cabildo extraordinario si mereciese este acuerdo la aprobaci6n del senor gobernador y capitan general.

El senor alcalde ordinario de segundo voto present6 l;;L cuenta ascendente a nueve pesos, cuatro reales plata, de la composici6n de la Fuente de Miraflores. Y se acord6: Que el mismo senor alcalde la satisfaga del producto de dicha Fuente para lo cual se le devolvera original.

Se present6 don Carlos Milano, mayordomo de propios, exponiendo la dificultad que tiene en llevar a debido efecto la providencia de este ilustre ayuntamiento de agenciar los mil pesos en plata para entregarlos en el mes de marzo pr6ximo venidero a la senora esposa del caballero alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, si la real hacienda no satisface Ia suma que adeuda por la real merced de cien pesos que anualmente debe pagar a los propios, y de cuyo ramo tiene el ayuntamiento p.nv·]/ vencidos mil y ciento, sobre lo cual el senor intendente ha dado su decreto para el pago luego que lo perciban las urgencias de la tesoreria. Y se acord6: Que el propio mayordomo no descuide esta cobranza dando los pasos · oportunos para su realizaci6n en el entretanto que el ilustre cabildo toma para no faltar al pago de los expresados mil pesos, sobre lo cual desea quedar airoso no *fal* dejando de hacerlo *pago* al tiempo designado.

Tambien se trat6 en este cabildo ser preciso denominar las tiendas de pulperia de que hablan la ley 12, Tftulo 8.0 Libra 4. 0 de la Recopilaci6n de estos dominios y el Articulo 160 de la Instrucci6n de Intendentes que deben ser admitidas a composici6n con este ayuntamiento en cumplimiento de las soberanas resoluciones citadas; y como un arbitrio tanto mas necesario en el dia cuanto son de calas actuales circunstancias por el demerito del

. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el origmal.

!Se designa al regldor m4s modemo para que se haga cargo de los expe. dientes que no han ameritado el curso correspondiente de parte del procurador general, puticularmente el rela· tivo a las 'cuentas de propios y arbitrios.1

I S e presenta I a cuenta de gastos de reparaci6n de la Fuente de Miraflores y se provee para el pago de la mlsma.1

IMayordomo de proplos significa la dificultad que se le presenta para satisfacer los mil pesos en plata que se le adeudan a la espos a d e l alguacil mayor.]

IMayordomo queda lnstado a practicar las diligenclas oportunas para cobrar la deuda que tlene la real hacienda respecto a los proplos.J

(Se trata sobre el aiuste de derechos que deben pagar las pulperfas.J

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(Proveese para la citacion d e tres pulperos de cada barrio y suplica al gobernadcr p a r a q ue as is ta a la se· si6n donde ha de tratarse lo referente al asunto de las pulperras a n t e s enunciado.J

ACTAS DEL CABILDO

papel moneda y no estar el fondo de propios en el goce y posesi6n de los ramos municipales de calles y otros P· 33 ]/ que le pertenecen y de consiguiente reducido a verse en un descubierto bochornoso con sus acreedores sin tener con que atender a sus indispensables gastos ordinarios de dotaci6n de empleados o dependientes, fiestas votivas o de tabla, etc., y lo mas doloroso y sensible careciendo de las obras de primera necesidad para el publico y aun de aquellas mismas a que estan ios insinuados ramos destinados.

Y se acord6: Que el senor alcalde de 2.0 voto hiciese citar por medio de los alguaciles tres pulperos de cada barrio de los cuatro en que esta dividida esta capital para que concurran a esta sala consistorial el lunes de la semana venidera, a las nueve de su maiiana, a tratar de la materia y realizar su composici6n, suplicando al senor corregidor, gobernador y capitan general, como se le suplica, su asistencia para P· Jlv. ]/ la mayor formalidad y mas acertada disposici6n.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [15]

[27 DE FEBRERO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de febrero de mil ochocientos y quince anos, para celebrar cabildo ordinario, come> es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatrava, brigadier de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; los dos sefiores alcaldes de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, alcal<le provincial, y don [r. 34 ]/ Pedro Yrizarri; y los caballeros regidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane; y el sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por estar ausentes de esta ciudad, el senor alferez

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

real, don Fernando Davila; el senor alguacil mayor, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vicente Pizarro y don Santiago de Cordoba; y por enfermos, don Jose y don Jose Maria Davila.

En estc cabildo se abrio un oficio del seiior capitan general, fecha 22 de los corrientes, aprobaci6n del anterior acuerdo y avisando que concurriria el dia de hoy, como lo ha verificado. Y se acord6: Archivarlo.

Se present6 don Gregorio Reyna manifestando los reales titulos que ha obtenido para exercer el oficio de esscribano publico de esta ciudad, que renunci6 en el su padre, don Jose. Y vistos con las diligencias de examen y demas, se acord6: Recibirlo al disfrute y exercicio del mencionado oficio y que de los reales titulos se tome [f· 34 v·]/ raz6n en el libro competente, devolvtendoselos con su solicitud diligenciada.

Se vio la solicitud del pasajero de Loysa comprensiva de que no se permita en aquel partido poner corrales en el rfo de atravieso y para que la suma en que remat6 se le admita de contado y no por tercias partes. Y se1acord6: No haber lugar a la solicitud de dicho pasajero en consideraci6n a que queda cumplida la octava condici6n de su remate con que ninguna persona atraviese el rio con corrales de pesca en la legua exclusiva a su arrendamiento, y lo restante de el se estara a las disposiciones del superior gobierno; yen cuanto a la proposici6n del pago de contado del valor de su ramo debe cumplir lo que consta de la diligencia del remate, que es pagar por 3.as partes los mil y pico de pesos en que se hizo. · ·

Don Antonio Evaristo Geigel, interprete de este gobierno y capitania general, se present6 pidiendo que este ilustre ayuntamiento le certifique el tiempo que ha que sirve este encargo ['· 35 ]/ y su buen desempeiio y conducta que ha observado; pidiendo que de su titulo se tome raz6n ahora pues si antes no lo present6 fue por ignorar que era conveniente dar este paso. Y se acord6: Que siendo constante a este ilustre ayuntamiento el buen comportamiento y conducta de don Antonio Geigel en el desempeiio del empleo de interprete que exerce, desde la fecha que menciona el titulo que acompaiia, que se le devuelva su memorial con este decreto que le servira de atestado en forma, tomandose de todo raz6n, segWi solicita, en el libro que corresponde.

[Gobemador aprue· ba acuerdos capitu- lares.)

[Reciblmiento de don Gregorio Reyna como escribano publico.J

!Declarada sin lugar petic16n d e I pasajero de Lofza sobre colocaci6n de corrales de pesca en el do y so. brc pago del remate.)

!Ates ta do para don Antonio Evaristo Gl!igel sobre tlempo que eferce Y buena conducta observada en el ofi. cio de intl!rprete del goblerno.)

31

[Atestado para don J u a n Rodriguez Calder6n sobre que en su c:asa se hizo la proclamaci6n de Fernando VII y respecto a Jos empleos por desempenados. J

ISc refiere al regidor don Juan Antonio Mexia solicitud que formula don Manuel Marla de Andino sobre un solar en el Alto de Santa Mr- · bara.J

a la Junta Municipal propuesta de don Tadeo Martin sobre contrata de limp I e z a de la cludad.J

ACTAS DEL CABILDO

Se ley6 Ia solicitud de don Juan Rodriguez dirigida a que este ilustre ayuntamiento le certifique coma es cierto que en Ia casa de su habitaci6n se proclam6 y jur6 a nuestro augusto monarca y demas demostraciones de jubilo que hizo al intento; como tambien los empleos que ha servido en esta plaza. Y se acord6: Que siendo, como es, cierto cuanto expresa don Juan Rodriguez Calder6n ['· 3Sv. ]/ en su anterior instancia y constando a mas a este ilustre ayuntamiento los empleos que ha obtenido, con buen desempefio, de interprete jurado del gobierno de esta isla y demas tribunales de esta ciudad y de notario de la Santa Inquisici6n, con el correspondiente titulo que present6, se le devuelva su solicitud con este decreto para que sirviendoJe de atestado en forma haga de el el USO que convenga.

· Don Manuel Maria de Andino pidi6 que se le conceda un terreno erial en el Alto de Santa Barvara para fabricar una casa, obligandose a reconocer el valor en que se tasare a favor de los fondos de propios. Y se acord6: Que pase esta solicitud al caballero regidor licenciado don Juan Antonio Mexia para que haga reconocer por el alarife de esta ciudad el terreno que se pide, Io mida y regule su valor, dando cuenta de todo en el primer cabildo para la deterque corresponda. . Se trajo a la vista el expediente mandado reservar en el anterior que habla de contrata de limpieza de la ciudad por Tadeo Martin. ['· 36]/ Y se acord6: Que se pongan en limpio las condiciones, por el senor alcalde de primer voto, de acuerdo con el interesado y se lleve a la Junta Municipal para que acuerde.

para que el r e g I d o r que pra(:tique la vlsita de sanldad perclba los derechos correspondlentes a ella.]

Se tuvo presente la exposici6n del caballero regidor don Tiburcio Duran de Villafane acerca del derecho de la visita de sanidad, que corresponde a los caballeros regidores, que se habia destinado a la fabrica de matadero. Y se acord6: Con presencia de la real cedula de 3 de mayo de 1768, que el nqminado derecho lo vuelva a percibir el caballero rexidor que haga las visitas por ser este el espiritu de la citada real disposici6n, entendiendose· luego que este concluido el objeto a que por ahora estan destinadas; y que se de cuenta a su majestad de este acuerdo para su soberana resoluzi6n y para lo cual se pasaran al senor capitan general.

Se acord6: Que el derecho de cuatro reales impuestos para la limpieza de la ciudad sobre cada res que se mata

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

en carneceria deben pagarse en plata o su equivalente en papel moneda, desde primero del mes entrante ['· l6v. ]/ de marzo, en virtud de que los abastecedores venden las carnes bajo el mismo concepto. ·

Se acord6 archivar una representazi6n del caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane, que hizo sobre el pliego de informe que se pas6 al senor intendente por el ministro contador en el glose de cuentas de propios, por raz6n de estar contadas las cuentas por el de reparos que ha de contestar s6lo el mayordomo, y que por raz6n del asunto del descubierto de don Eusebio Urquizu la Junta Municipal agitara este negocio en primera oportunidad y tambien el de cuentas con don Manuel Padilla.

Se acord6 tambien comisionar y se comision6, a virtud del presente, al seiior alcalde ordinario de segundo voto para que oficiase con los jueces territoriales donde el ilustre ayuntamiento tiene en arrendamiento ramos de sus propios y arbitrios a efecto de saber por los \Terdaderos informes que tomen si los arrendatarios exigen por sus pasajes y por el pescado que cogen en los corrales la [f· 37 ]/ moneda papel por su valor nominal o graduando•Ja perdida que corre autorizada por la intendencia y gobiemo o si cobran a plata, en cuyos ultimos casos deberan verificar el pago de su arrendamiento y exigirsele en los plazos estipulados al mismo respecto o segun el demerito del papel moneda al vencimiento de cada uno.

Se ley6 la representazi6n del caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane en el expediente acerca de la exonerazi6n que pido [sic] don Jose Mayo de hacer la limpieza de la ciudad. Y se acord6: Pasar este expediente a la Junta Municipal para que corra con otro de proposiciones que hace Tadeo Martin para encargarse de este ramo.

Tambien se vio otra del mismo caballero regidor que trata sobre la perdida que se experimenta del flufdo vacuno y que debe a toda costa volverse a conseguir, atendiendo al interes e importancia del remedio ['· 37v·]/ se acord6: Que habiendo el seiior capitan general tenido oficialmente estas noticias con anterioridad y dispuesto hacerla venir de Santo Domingo, donde se cree hallarse el fluido, encargando al comandante de Mayagilez esta comisi6n y que los gastos se cargaran a los fondos publicos, se deje esfa materia bajo la direcci6n de su senorfa respecto a que no se tiene noticia de que la vacuna exista en ningl:tn pueblo de esta isla. ·

Est4 salvada la entrerenglonadura por una· nota al pie de esta acta. Esaolona (rubrica.J

[Determfnase q u e la contrlbucl6n Im· puesta para la Jim-· r pieza de la ciudad .' sea pagada en plata o su equivalente en papel moneda.J

[Archfvase re pre- sentaci6n del regl· dor don Tiburcio Dur:ln de ViUafafte sobre glose de cuentas de p r o· plos.)

[Comisl6n al alcalde ordlnarlo de scgundo voto p a r a que se informe respecto a la moneda que exigen en el pago de sus servlclos los arrendata· rlos de pasajes y corrales de pesca.J

(RefiErese a la Jun·ta Munlclnal petl· cl6n de don JosE Mayo para oue se le releve del contrato sobre limpieza de la ciudad asf como la propuesta que formula Tadeo Martin para encarsarse de este servlcio publico.J

(Se reserva al go- bernador lo concernlente a la In· troduccl6n de nuevo de la vacuna contra la vlruela.J

33

(Refi erense al procurador general var i 0 s expedientes para que de a conocer su opini6n sobre las materias en ellos tratadas.)

(A suministrarse a don Luis Huertas SOO pesos en papel moneda p a r a la conclusi6n de la f;i. brica de! matadero.J

ACTAS DEL CABILDO

Se acord6: Que habiendo restituidose el caballero sfndico procurador general a esta plaza se recojan por el presente secretario los expedientes que pasaron al caballero regidor don Tiburcio Duran de Villafane para que represen tara en ellos y se transmitan al primero, coma a quien privativamente corresponde en raz6n de su oficio.

Asimismo, se acord6 suministrar a don Luis Huertas, para la conclusion de la fabrica del matadero, 500 pesos en papel moneda, que indic6 necesitar para el efecto, enterandosele del ramo de [r. 38 ]/ visitas de sanidad destinado a este objeto, sin perjuicio de la liquidaci6n que oportunamente debe hacerse con arreglo al ajuste de la enunciada fabrica para saberse quien resulta alcanzado y que satisfaga... testimoniandose este acuerdo en su respectivo expediente.

fPulperos quedan obllgados a satisfacer anualmente la contribuci6n de cuarenta pesos en plata para la reparaci6n de las pulper!as, la recaudaci6n de dicho impuesto ha de ser de la responsabilldad de! mayordomo.J

A consecuencia de lo acordado en el cabildo anterior acerca de la composici6n de pulperias comparecieron en esta sala, previa citaci6n, varios individuos que las tienen abiertas en esta ciudad y entre ellos, se compusieron con este ayuntamiento, Geronimo Sierra, Pedro Giral, Benito Carrera, Paco Soler, Bartolome Bendrell, Juan Linage, Gabriel Cabrera y Francisco Soler, obligandose a satisfacer cuarenta pesos en plata, cada uno de ellos coma pulperos de Ordenanza, en cada afio, ['· 3 sv. ]/ verificando la contribuci6n del presente de 1815 el sabado cuatro de marzo. Y se acord6: Conferir certificaci6n al mayordomo de propios de este nuevo ingreso o arbitrio para la actual recaudaci6n el dia prefixado, debiendo tenerse presente para insertarlo en la anual en lo adelante; y que se pase oficio con inserci6n de este acuerdo a la Junta Municipal para su debido conocimiento.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que cloy fee. = Melendez [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Nota: Que se halla al folio 36 vuc!lto la entrerren-[r. 39 ]/ glonadura siguiente = Entendiendose luego que este concluido el objeto a que por ahora estan destinados, y que se de cuenta a su majestad de este acuerdo para su sobera.na resoluci6n, y para lo cual se pasaran testimonios al senor capitan general. = Vale. = Escalona [rubrica].

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[6 DE MARZO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dias del mes de marzo de mil ochocientos y quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina, y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro, don Jose Davila, don Jose Maria Davila y don Santiago de Cordova. [r. 39v·J/

En este cabildo evacuo el caballero sindico procurador general su representaci6n en el expediente sobre el informe que pidi6 la superioridad al senor gobernador y este al ilustre ayuntamiento acerca de la inversion de fondos publicos, su origen, concesi6n y administrazi6n y reclamaci6n de los propios y arbitrios. *de* Y vista se acord6: Como parece al caballero sindico procurador general, remitiendo a su seiioria los expedientes, con el competente oficio, para los fines que aquel indica en la conclusion de su mencionada representazi6n.

El caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia evacu6 el encargo que le confi6 el ilustre ayuntamiento para que hiciera reconocer, medir y tasar el terreno erial que esta en la Calle de San Sebastian y del cual don Manuel Maria Andino solicitaba un solar para fabricar casa; y resulta que estos son tres, con doce varas de frente y 30 de fondo, que regul6 el alarife por 225 pesos, cada uno, en consideracion a la distancia de aquel barrio de la principal poblaci6n de esta ciudad. Y se acordo: Concederse al referido don Manuel Maria Andino el solar que pretende contiguo a la casa del subteniente don Antonio Saez, reconociendo por el, en favor P· 40 ]/ del fondo de propios y arbi-

. * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. .

(Procurador g e n e· ral expresa su parecer respecto al lnforme. solicitado por el gobernador, sobre origen, ad· ministraci6n e inversi6n de fondos publicos.J

[A remitirse al gobernador los expedientes !. o b r e la antes mencionada materia.J '[Regidor don Juan Antonio Mexia rinde informe st>bre el terreno e r I a 1 ubicado en la Calle de San Sebasthln.J

(Se concede solar en la Calle de San Sebasthln a d o n Manuel Marla Andino, quedando l!ste obligado a satisfacer el v a 1 o r tasado al m!smo

L
[16]
35 i

m4s un censo de un cinco porclento anual y a cumplimentar otras condiciones que se le imponen.J

tBaio I a s antes mencionadas c o ndiciones se adjudi1=a en la mlsma cane un solar a don Josi! Garcla y otro a don Luis Huertas.)

ACTAS DEL CABILDO

trios de esta ciudad, la cantidad de 225 pesos· en que ha sido tasado, cuyo principal rentara un cinco por ciento anual sin ser redimible ni aun traspasado a ·otro individuo el suelo sin conocimiento y consentimiento de este consistorio. Que pase este expediente a Ia Junta Municipal previas las urbanidades de estilo, para que tome noticia de este nuevo impuesto, entendiendose todo luego que se reciba la confirmazi6n del senor capitan general.

Se .presentaron don Jose Garcia y don Luis Huertas, de este vecindario, solicitando para fabricar casas dos solares de los de la Calle de San Sebastian, de que habla el anterior parrafo. Y se acord6, en vista de la diligencia de reconocimiento que practic6 el caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia en el expediente de don Manuel Maria Andino: Que siendo muy conveniente poner los principales impuestos de los propios de esta· ciudad en personas conocidas, constando a este ayuntamiento que los supli· cantes son pudientes y que por tanto haran alli fabricas [ 1 • 40v. ]/ que hermosearan la calle, concederles los solares que piden, previa delineaci6n que se hara por el alarife df!' la ciudad, cuyo [sic] diligencia se practicara por la misma comisi6n del caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia, advirtiendo a estas partes que el principal de 225 pesos, en que _estan tasados aquellos suelos, los han de reconocer a censo y tributo en favor de Ios fondos de propios con calidad de pagar un cinco porciento anual y la de no transpasarlo a otra persona sin conocimiento de esta ilustre corporaci6n; lo cual evacuado se pasara a la Junta Municipal para lo que corresponde luego que de este do venga la confirmaziqn del senor capitan general.

(Procurador ge n era) significa motivo por el cual no ha podldo dar curso a los expedlentes que le han sldo referldos.J ·

Con lo que se concluy6 este cabildo, en el cual hizo presente el caballero sindico procurador general que aunque desde el lunes pasado esta en la ciudad los males que le atacaron no le ban permitido, como desea, el despacho de los varios expedientes que estan a su cargo, que ira agenciando a la mayor brevedad, como lo ha ejecutado con el queen este dia ha presentado que le ha invertido la mayor parte de la semana para su evacuaci6n, y lo firmaron [f. 41 ]/ sus sefiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] / Licenciado Mexia [nlbrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [n1· brica] = Ante m:i = Tomas de Escalona [rubrica].

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

13 DE MARZO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de marzo de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos rexidor-alcalde provincial y don Pedro Yrisarri; Y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando [r. 4tv. ]/ Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro y don Santiago de Cordova; y por enfermos, los sefiores don Jose y don Jose Maria Davila.

En este cabildo se abrio un oficio del senor 1gobernador y capitan general, fecha, 7 de los corrientes, en el que manifiesta su sefioria estar conforme con el anterior acuerdo: y se dispuso: Archivarlo, mandando que los expedientes de que aquel trata corran su debido curso.

Se recibi6 otro oficio de los mayordomos de las cofradias de Nuestra Senora de Altagracia y Santa Rosa de Lima invitando al ilustre ayuntamiento a la concurrencia, los dias 19, 20 y 23, a las procesiones que tienen a su cargo. Y se acord6: Concurrir a ellas en la manera que ha sido de uso y contumbre [sic].

El caballero sindico procurador general evacu6 la vista que se le confiri6 del expediente de fabrica de matadero, pidiendo que se recojan los comprobantes que acrediten el percibo por don Luis Huertas de las sumas que se le hayan entregado, que se recaude lo demas que no ['· 42 ]/ aparece entregado por los mismos expedientes y debia existir en don Antonio Moreno; y que nada mas le ocurria que representar en vista de el trabajo que tuvieron en beneficio comun los seiiores que proyectaron dicha fabrica. Y se acord6: Que testimoniando a continuaci6n el acuerdo de este ilustre cuerpo en que ultimamente se mandaron dar a don Luis Huertas 500 pesos para la conclusion de dicha fabrica, pase este expediente al senor alcalde ordina-

[Gobernador aprueba la anterior acta capitular.)

[Cabildo aslstir4 a las procesiones que efectuar4n las cofradfas de Nuestra Seilora de la Altagracia y de Santa Rosa de Lima.]

IProcurador general formula recomendaciones sobre comprobantes y recaudaci6n de fondos para la flibrlca del matadero.J

(S uperi n tendente de la f4brica del matadero a actua-

[17]
[
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lizar las recomendaciones del pro· curador general.)

(Procurador general requiere: la cobranza de l a s cantidades adeudadas al rondo de propios; el reinte· gro a este fondo de los ochocientos pesos desembolsados para la fdbrica del matadero; que so: haga prevenci6n al mayordomo de propios, don Carlos Milano, respecto a la presentaci6n de los recibos de rl!di ros; y que se aprueben 1 a s cuentas del aludi do mayordomo.(

ACTAS DEL CABILDO

rio de 2. 0 voto, como superintendente de dicha fabrica, a efecto de que recaude y una a el los documentos comprobantes de las sumas percibidas por don Luis Huertas, solicitandolos de los sujetos que *deben reservarlos* Ios retengan, y con las demas noticias que sean oportunas lo devuelva para cuando sea tiempo de liquidar las cuentas con el citado don Luis Huertas, sin olvidar el particular de la cantidad que se dice en poder de don Antonio Moreno.

Se ley6 la representaci6n del [r. 4 zv. ]/ mismo caballero *regidor* sindico procurador general que produjo por la vista que se le corri6 de las cuentas de propios y arbitrios del aiio de 1814, rendidas por su mayordomo, don Carlos Milano, y en que pide que se agite la cobranza de los deudores que se citan en ellas para que conseguido esto se pueda dar al sobrante del ramo el destino que previene la Instrucci6n de Intendentes'.

Solicita que los ochocientos pesos en papel que el fondv de propios desembols6 para Ia fabrica de matadero vuelvan a el pagandose del arbitrio excogitado para dicha fabrica.

(Ap}'ul!banse l a s cuentas del mayor- domo, don Carlos M i 1 an o, las que quedan referidas a la Junta Municipal con I o s reparos consignados por el procurador g e n eral. J

Que se prevenga al mayordomo que no confunda la cuenta en orden a presentar recibos de los reditos que paga, de fecha posterior, pues Ios que debe unir han de ser precisamente de ultimo del afio de la cuenta en que debe pagar los expresados reditos. Y que no teniendo mas reparos que oponer, acordada la conformidad de los citados, se aprobasen las cuentas presentadas, dandose por satisfecha su vista. Y se acord6: Conforme a esta representazi6n, aprobandose las nominadas cuentas [r. 43 ]/ que se pasaran, previas las urbanidades de estilo, a la Junta Municipal para que, sacandose testimonio de ellas, se pasen donde convenga, y es de hacerse segiln la lp.strucci6n de Intendentes y pueda tambien determinar sobre los particuIares que indica el caballero sindico procurador general.

[Procurador general, don Josi! Maysonet, solicita so· Jar en el barrio de La Meseta.J

[Regidor don Juan Antonio M e x f a queda comisionado para que hasa reconocer y tasar el solar solicitado pol el referido procu- rador general.)

Se vio una solicitud del caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet, pidiendo que se le conceda un solar, que dice pertenecer al fondo de propios, y se halla en el barrio de La Meseta, contiguo al corral de la casa del seiior arcediano don Jose de Ribera. Y se acord6: Pasar esta solicitud al caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia para que, informado de si este suelo pertenece al ayuntamiento, lo haga reconocer y tasar por el alarife

.,. Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de esta ciudad, dando cuenta en el primer cabildo para la determinaci6n que corresponde. ['· 43'"· ]/

Igual solicitud hizo don Francisco de Acosta por otro solar que esta en Ia Calle de La Luna, contiguo a la casa de la viuda de don Domingo Nasitallo y esquina a Ia rampa de San Crixt6bal. Y se acord6: Como el antecedente.

Se vio igualmente Ia representaci6n del caballero sindico procurador general, de esta misma fecha, satisfaciendo la vista que le fue conferida en orden al informe del senor contador, de 2 de enero del corriente aiio, relativo al glose de cuentas de propios y arbitrios de siete afios, sin resultar de el otros reparos que los que se formaron al mayordomo en pliego separado como lo previene la Instrucci6n de Intendentes. Y se acord6: Que uniendose la expresada representaci6n al informe del senor ministro contador se devuelva todo a la Junta para que disponga la rendici6n de cuentas del afio de trece por el cabildo constitucional que administr6 los ramos de propios. Que se den curso a los expedientes de Manuel Padilla, de carneceria, terraplen de Puntilla y alcance del mayordomo que fue don Eusebio Urquizu, rr. 44 ]/ para la liquidaci6n competente y reintegraci6n al fondo de propios de Io que a su favor resulte, con las demas providencias que estime necesarias y sean de su privativo instituto; coadunandose a este expediente, que ahora se devuelve a la Junta, certificazi6n de la relaci6n de deudas de la real hacienda a este ayuntamiento, *que* segiln lo solicita el caballero sindico y que mediante informe del presente esscribano existe en el archivo de aquella mencionada corporaci6n, para que en conclusion ·pueda satisfacer convincentemente al senor gobernador y capitan general con semejantes datos y lo quede ·el seii_or ministro contador viendo queen este ayuntamiento nose ban hecho ni hacen gastos superfluos sino que antes bien se carecen de los necesarios e indispensables por falta de medios, hallandose hasta sus dependientes asalariados en suma miseria por satisfacerseles sus sueldos en papel moneda, peso por peso, cuando ['· 44v)/ cinco de esta especie valen y se reputan por uno en plata con aprobaci6n publica.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] =

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

!Don Francisco de Acosta solicita solar en la Calle de r la Luna.)

IRepresentaci6n del procurador general sobre informe del contador relativo al glose de las cuentas de propios de un perlodo de 5iete ai\os.)

IRequierese de la I u n t a Municipal disponga la rendici6n de cuentas de propios del cabildo constitucional d e 1813 y de curso a varios expedientes; queddndole sometida a dicha Junta certificaci6n de las deudas de la real hacienda para con el ayuntamiento.)

39

Exposlzldn del senor gobernador y capit4n g e n e r a I [slgnlficando la crisis o depreciacldn del papel moneda y proveyendo para que a los mili tares no se les pague en esta especie.)

ACTAS DEL CABILDO

Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [18]

[25 DE MARZO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de marzo de mil ochocientos y quince afios, se juntaron en estas consistoriales, de orden del sefior capitan general, para celebrar cabildo extraordinario el referido sefior gobernador y capitan general, don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatraba y brigadier de los exercitos; los dos sefiores alcaldes alcaldes [sic] ordinarios de 1.0 y 2.0 voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia [r. 45 ]/ Mexia [sic], auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro y don Santiago de Cordova; y por enfermos, don Josey don Jose Maria Davila.

En todos los apuros y en cuantas criticas y rias circunstancias nos hemos hallado he recurrido a vuestra sefioria ilustre y al dictamen de las corporaciones mas respetables con deseo del acierto. Es del mayor interes para la causa publica la perdida de la moneda provincial que sensiblemente ha ido desmereciendo el credito y estimaci6n en terminos que hoy puede considerarse como insignificante. [r. 45v·]/ Adoptado en Junta de Real Hacienda de 3 de agosto y primero de octubre se exigieren en moneda metalica los derechos maritimos en todas las aduanas de la isla y las contribuciones !nteriores en la misma especie, en frutos o en la de papel por su publica estimaci6n, por las razones que se tuvieron en consideraci6n y en el concepto. de que se podria sostener la media paga del empleado en plata efectiva completandose la diferencia en la moneda papel por el valor que le diese la publica estimaci6n, es notorio y no requiere explicaciones que el demerito ha

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

progresado, estimandose en la Junta de Comercio la calificazi6n de Ja perdida en un quinientos por ciento cuando el publico le daba el de ochocientos; yen ella ninguna clase del estado ha sido perjudicada mas bien ha estado calculada su utilidad para las ventas y pagos en Ia real tesoreria; pero el empleado que ha percibido la quinta parte de su paga en plata y el resto en papel por su valor nominal ha (f· 46 ]/ sido considerablemente perjudicado mas que en ninguna de las epocas de SU circulazi6n, sufriendo privaciones que no ha podido soportar ni desentenderse los jefes para representar con eficacia el mal estado de las tropas, el que las obras de fortificaci6n y defensa estan paradas, mi responsabilidad en descubierto y el desconten to general en las clases mas privilegiadas. Tan justas razones he puesto en consideraci6n del seiior intendente en el concepto que hallandose consignados para el pago de las tropas los ingresos efectivos en plata de las aduanas Y otros arbitrios, que exige la imperiosa necesidad en que se halla la plaza, los habilitados no tendran que tomar mas papeletas por haber perdido estas el credito que hasta ahora se las ha dado ilusoriamente en la p1aga del empleado. Todos conocen la urgente necesidad de esta medida.

En este estado manifest6 el mismo ['· 46v·]/ seiior capitan general el oficio que le pas6 el seiior intendente, con fecha de diez y ocho de los corrientes, cuyo tenor a la leti-a es como sigue:

"La conclusi6n del energico oficio de vuestra sefiorfa de esta fecha, que acabo de recibir, es haber ofrecido a los habilitados no tendran que tomar mas··papeletas por perdido enteramente su merito. = Conozco la urgente necesidad de esta medida a que me hallo inclinado en su primer examen yen el estado presente de las cosas; pero es consiguiente que en tesoreria se cierre de todo punto la entrada a la moneda papel quedando fiada la suerte y la justicia de sus tenedores a los eficaces y activos medios que se estan practicando para su amortizaci6n. = Como una providencia de esta clase ha de tener considerable influxo en todos los contratos estimo muy conveniente que, antes de adoptarla y segUn. se ha acostumbrado en otras de [f· 47 ]/ igual naturaleza, se sirva vuestra seiioria ofr el parecer informativo de los cabildos eclesiastico y secular, a que yo agregase el de la Junta de Real Hacienda, con la brevedad y preferencia que requiere el

(Oflcio del lnten. dente. don Ale1an· dro Ramirez, al go. bemador Melmdez expresando su parecer sobre lo pro- vi denciado por estc llltlmo.J

41 '.

(Cabildo a d o p t a acuerdo sobre un extremo consigna· do en el parecer del intendente.J

ACT AS DEL CABILDO

asunto. Al efecto y por si vuestra sefioria tuviese a bien adoptar este metodo devuelvo a sus manos las representa· ciones originales acompafiadas a su citado oficio, esperan· do la oportuna comunicaci6n de las resultas."

Meditado y controvertido tan delicado asunto y sus consecuencias se acord6: Que el influxo que ha de haber para los contratos ha de proceder siempre del credito del papel y eficaces medios que se practiquen para su consolidaci6n y amortizaci6n, en el concepto que siendo el papel moneda una deuda del estado, reconocida, obligado y responsable a su pago, y para lo cual ['· 47 v. ]/ el gobierno ha adoptado medios para su amortizacion y sustituido supletoriamente, con eficacia y celo, el sefior intendente arbitrios para su extincion, estima el ayuntamiento que los contratos habran de arreglarse a estos principios de seguridad y de conveniencia publica.

Con lo que se conduy6 este cabildo, de que se pasara testimonio al presente sefior gobernador y capitan general; y lo firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] =Maysonet Gonzales [rubrica] = Tiburcio Duran de Villafane [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[19]

[ 4 DE ABRIL DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San ['· 48 ]/ Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de abril de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de l.3 y 2. 3 elecci6n, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor alcalde provincial, y don Pedro Yrizarry; los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet.-No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro y don Santiago de Cordova; y por enfermos, don Josey don Jose Maria Davila.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo se ley6 un ['· 48v·]/ oficio del senor gobernaqor y capitan general, su fecha, 14 de el mes pr6ximo pasado, que contiene Ia confinnaci6n del celebrado el dia anterior. Y se acord6: Archivarlo.

Don Luis Pasqual, actual arrendatario del pasaje de Boca Habana, se present6 pidiendo declaratoria acerca .del modo con que debe pagar la renta y cobrar sus productos; y solicitando que los tres meses que van corridos de este afio se le admita el pago en papel moneda. Y se acord6: Hacer saber a esta parte que el ultimo tercio de su arrendamiento debe contribuirlo integramente y por lo concerniente a todo el presente ano de 15, en plata efectiva, a menos que en.lo ulterior, antes de finalizarse otra cosa, se determine por que varien las actuales circunstancias; pues habiendo noticias positivas en este ayuntamiento de queen todas epocas ha exigido y percibido este interesado los productos de su arrendamiento en plata efectiva, particularmente los emanados de su pesca, no hay un motivo para que se le admitan en papel moneda los meses transcurridos que enuncia, debiendo [r. 49 ]/ de consiguiente practicar la exacci6n de sus defechos en plata; y librasele de este acuerdo el testimonio qu'e solicita luego que este confirmado por el senor gobernador y capitan general.

· Se vio una representazi6n del presbitero don Jose Andres de la Peiia, sindico administrador del monasterio de religiosas Carmelitas, pidiendo que el ilustre ayuntamiento reconozca un principal de 200 pesos que tenia a su cargo Juan, Angel de Rivera en la casa que tom6 dicho ilustre cuerpo para fabrica de carcel, con mas el pago de tres afios vencidos de sus reditos que no se le ban satisfecho. Y se acord6: Que esta solicitud se lleve al mayordomo de propios para que informe acerca de su contenido.

' El caballero regidor don Tiburcio Duran de Vil)afafie hizo presentaci6n del real titulo de confirmazi6n de su [f· 49v·]/ oficio de regidor llano de este ilustre ayuntamiento, librado en Cadiz, a 22 de febrero del afio de 1813. Y visto se acord6: Haberlo poli presentado y que se tome raz6n de el en el libro que corresponde, devolviendose al senor interesado con Ja nota correspondiente.

El caballero sindico procurador general dio cuenta con los testimonios que exigi6 y se le suministraron por el tribunal de Intendencia, a consecuencia de la exposici6n que hizo ·el senor alcalde de 2.0 voto, en cabildo de 23 de

IGobernador con· firma acuerdo capi· tular.)

' I [Don Luis Pascual, arrendatario del pasaie de Boca Ha· bana, requiere se le indique en que especie de moneda debe salisfacer el c:lnon de su arren· damiento y vender el producto de su pesca.J

IA I o solicilado por don Luis Pas· cual proveese sea en plata efectiva, quedando d e s e S· timada su petici6n al respecto de que se le permitiera pa· gar el c:lnon de los tres primeros me· ses de este aiio en papel moneda.J

(Solicitud del sin· dico administrador del Convento de Carmelitas p a r a quc se reconozca un censo y re di tos vencidos de es t e sobre una casa que el cabildo utiliz6 p a r a fabricar la c:lrcel.I

(Se r e f i e r e al mayordomo la an· tes mencionada solicitud.J

!Don Tiburcio Du· r :I n de Villafaile presenta confirma· ci6n de su tltulo como reJidor Ila· no.J

IProcurador general informa sobrc lo delatado p o r el alcalde ordinario de segul)do voto

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referente a lo "gra· voso" que resultan las nuevas cargas contributivas de· 'cretadas por ta Jntendencia para la :igricultura y ta In· dustria.)

[Can6nigo d e la Catedral, don Ni· collls Alonso de Andrade, reclama el p a g o de una deuda de mil clen pesos.]

ACTAS DEL CABILDO

enero del presente aiio, sobre lo gravoso que le parecian las determinaziones de aquel tribunal acerca de ·fas siciones de derechos o nuevas contribuciones, necesitandolos a fin de evacuar la comisi6n que le estaba conferida por este ayuntamiento a virtud de la real orden de 10 de octubre ultimo. Y en su vista se acord6: Transmitir el indicado expediente al referido sefior alcalde y demas seiiores que componen aquella comisi6n para que la desempeiien ac-(f· 50 ]/tiva, eficaz y festinadamente

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[20]

[10 DE ABRIL DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de abril de 'mil ochocientos quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el sefior don Salvador Melendez Bruna, brigadier de los reales exercitos, gobernador y caJ;itan general de esta isla; los dos sefiores alcaldes ordinaries de primero y segundo voto, doctor don Francisco ·Marcos Santaella, regidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio ['· .sov. ]/ Mexia y don Tiburcio Duran de Villafane. No concurrieron, por estar ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran; don Vizente Pizarro, don Santiago de Cordova; y el caballero sindico procura4or general, don Jose Maysonet; y .por enfermos, don Jose y don Jose Maria Davila.

En este cabildo se ley6 un escrito del seiior can6nigo de esta Santa Iglesia Catedral, don Nicolas de Andrade, exponiendo que don Luis de Huertas, maestro mayor de reales obras de fortificaci6n, le adeuda, por la cesi6n que acompafia, mil y cien pesos papel moneda y solicitando

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que se le reintegren de la mayor cantidad que el fondo de propios debe entregar a dicho Huertas. Y se acord6; Que el mayordomo de propios informe si el fondo tiene en papel la cantidad que se reclama en la solicitud citada anteriormente.

El mayordomo de propios evacu6 su informe en el expediente de reclamo de reditos vencidos por el sindico administrador del monasterio de Carmelitas de esta ciudad de un principal de que debe hacerse cargo el ayuntamiento, [r. 51 ]/ y que reportaba una de las casas que tom6 para la fabrica de carcel. Y se acord6; Que el presente secretario acredite con documento el censo que reporta el expresado sitio y si se reconoci6 o no para su pago.

En este cabildo se ley6 la real cedula de 28 de diziembre de 1814, que trata del restablecimiento de los antiguos ayuntamientos y anula los nuevamente instituidos por la Constituci6n, que diriji6 el seiior presidente, gobernador y capitan general. Cuya lectura evacuada hizo presente su seiioria que en 3 de diziembre de 1814 se habfa visto en la necesidad de reponer los antiguos para el presente afio de 15 conforme a lo dispuesto por su majestad para la peninsula en 30 de julio de 814, atemperandose en todo a las circunstancias del pais porque veia que caducaban los empleos concejiles como que eran anuales y que no podian hacerse convocaciones populares ni elecciones constitucionales mediante existir abolidas y que seria deprimir la soberanfa; que por estas justas consideraciones {'· stv·]/ y la causal de haberse retardado los correos sin poder llegar a tiempo la real cedula de 28 de diciembre se hallo en la inevitable pecesidad de ajustar SUS providencias y fue de tal modo que Solo ha Variado la reposici6n en que a el alcalde de segundo voto, don Pedro Yrizarri, que lo era el aiio de 808, y el sindico don Jose Maysonet no les correspondia por deberse estar al aiio de 12 en que era alcalde el doctor don Francisco Pimentel y sfndico don Francisco Antonio Hernandez; pero no en los regidores por que se dio posesi6n a los que habian rematado sus oficios concejiles con arreglo a las leyes desde el aiio de 1808 hasta el de 1812, siendo a quienes incumbia como existentes cuando se recibi6 la Constituci6n; de todo lo cual se habia dado cuenta a su majestad, por medio del senor diputado alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, habierido acompaiiado este ayuntamiento

IMayordomo a in· formar si hay fondos para el pago de dicha deuda.J · 1 , I

(Mayordomo informa sob re reditos vencidos de u n p11ncipal o censo y reclamados por el slndico administrador del Convento de Carme1itas.J

IS ec re tar Io del ayuntamiento a informar s o b r e et aludido censo.J

(Se da lectura a la real cedula ·de 28 d e diciembre de 1814 referente al restableclmlento de los antiguos ayuntamlentos y abolicion de los consti· tuclonales. J

IGobernador informa la acci6n tomada por l!I sobre el antes mencionado particular.I

45

!Se acuerda q u e permanezcan en sus oficios el alcalde ordinario de s egundo v o t o. don Pedro Yrisarry, y el procurador general. don Jose Maysonet.I

[Gobernador solicit<' se le propongan candidatos p a r a cubrir interinamcnte vacantlas de regimien10.t

ACTAS DEL CABILDO

la competente acta de instalaci6n. Y que tanto por este motivo cuanto por el de que el doctor don Francisco Pimentel y sindico don Francisco Antonio Hernandez no hicieron otra cosa durante sus oficios que promover en esta corporaci6n disputas, cuestiones y representacioncs escandalosas contra su sefioria e individuos ['· 52 ]/ de ella, y en las nuevas elecciones constitucionales acreditado siempre un espiritu inquieto y de partido, arreglandose al concepto e interes del articulo segundo de la real cedula que acababa de leersele consideraba que no debia hacerse novedad en orden a remover al alcalde de segundo voto, don Pedro Yrizarri, y sindico don Jose Maysonet, que en la actualidad desempeiian sus empleos bien y a favor del interes publico. = Y se acord6: Que para entrar en votaci6n con arreglo a la ley se retirase el senor alcalde de segundo voto interin se resolvia. Y verificado despues de discutir y conferenciar la materia fue resuelto: Que mereciendo el senor alcalde de segundo voto, don Pedro Yrizarri, Ia confianza del ayuntamiento y estimaci6n publica, lo mismo que el sindico procurador general, don Jose Maysonet, habiendo sido la elecci6n de estos individuos con arreglo al real decreto de 30 de julio de 1814, unica disposici6n que se habia recibido y podia tenerse presente, en la cual se mandaba que la reposici6n de los ayuntamientos ['· 52v.]/ se realizara conforme al afio de 1808, y, sobre todo dadose cuenta de la instalaci6n a su majestad, s.in quedar opci6n al ayuntamiento para innovar hasta la soberana determinaci6n, quedase en el ser y estad9 en que se halla esta corporaci6n.

Consecutivamente, habiendo regresado a la sala el senor alcalde de segundo voto, manifesto el senor prcsidente que en consideraci6n a la facultad que le tributaba el articulo 4. 0 de la insinuada real cedula para poner regidores interinos en lugar de Jos que faltasen, cuya substituci6n no debia retardarse por la circunstancia de estar muy recargados los pocos que habia y series imposible el cumplimiento de todas las atenciones que estaban a su cuidado, deseaba que el ayuntamiento le propusiese sujetos a prop6sito para Ilenar las vacantes que se notaban, cuales eran, Ia de don Francisco Sauri, regidor llano que muri6 sin haber renunciado su oficio, quedando a favor de su majestad. La de fiel executor, doctor don Joaquin de Torres Duran, que ha renunciado con arreglo a las leyes despues de Ia instalacion real de este ['· 53 ]/ ayuntamiento. La de don Vicente Pizarro que tambien ha renunciado

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

del propio modo y en la misma epoca. Y la de don Vicente Becerra que existe en la provincia de Venezuela empleado en el real servicio a favor de la justa causa y sin esperarse su venida.

Y en consecuencia propuso este ayuntamiento, con unanimidad de votos, a don Andres Angulo para que sobstituyese a don Francisco Sauri; a don Agustin Martinez en· lugar del doctor don Joaquin de Torres Duran, en consideraci6n a que su padre fue regidor de este ayuntamiento y a que el reline en si las cualidades necesarias; a don Diego Pizarro, ayudante mayor del Regimiento Fijo de esta plaza, para que haga las veces de su hermano don Vicente, en atenci6n a que es el pariente mas inmediato que se halla en aptitud por no tener la edad suficiente ninguno de los hijos de este; y a don Manuel de Andino por don Vicente Becerra.

Lo que oido por el senor presidente, pare-[f· 53v·]/ciendole sujetos a prop6sito para el desempeno, aprob6 la enunciada propuesta y mand6 se les participase, por medio del secretario, para que en el primer cabildo concurran a tomar la posesi6n interina de los enunciados regimientos hasta tanto que se rematen los que resultan· 'vacantes, como lo previene la mencionada real cedula; y a fin de que se verifique dispuso su senoria pasar oficio al senor intendente con la advertencia de que el empleo doble de fiel executor debe exercerse por el regidor propietario a quien por turno corresponda.

Asimismo, acord6 el ayuntamiento se prevenga al regidor don Santiago de Cordova concurra al desempeno de las obligaciones de su cargo a esta ciudad, respecto a que la enfermedad de que dice adolece la padecia antes de tomar posesi6n de su empleo sin que jamas le haya postrado en cama ni obligadole a guardar reposo en su casa, a que el publico experimenta notable perjuicio con la escasez de empleados, y a que a pesar del recargo que los existentes sufren no pueden cumplir con el objeto de su ins ti tuto.

Con lo [f· 54] / que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Participe por cartas el acuerdo anterior, en la parte

!Se presentnn I a candidaturas para regidores.J

[Gobernador aprue- ba las candidaturas y provee Que los nombrados comparezcan a tomar posesl6n de sus oficios interinos.J

1Prevend6n al regidor don Santiago de C6rdoba para que se desempeiie en el eiercicio de su cargo.)

47 . ( ' ,I

1Participaci6n del nombramiento 11 los regidores lnterinos)

1Participaci6n al regidor don Santiago de C6rdoba.)

IRecibimiento y juramento de regldores interinos.J

ACTAS DEL CABILDO

que les comprende, a los seiiores rexidores electos. Escalona [rubrica]. .

Tambien hize carta al caballero rexidor don Santiago Cordova con inserci6n del parrafo que a el toca y la dirijf por la tenencia a guerra de Toa Baxa. Escalona [rubrica].

[21]

[17 DE ABRIL DE 1815.]

En la [f· S4v. ]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes de abril de mil ochocientos y quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seii.or don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatrava, brigadier de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y 2. 0 voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidoralcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexfa y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz y don Santiago de C6rdova por estar ausentes; y don Jose y don Jose Marfa Davila por enfermos.

En este cabildo vinieron a la sala consistorial, a virtud del anterior nombramiento de diez de las corrientas, las sefiores don Agustin Martinez, ayudante del Regimiento Fixo; don Diego Pizarro y don Manuel Andino, a objeto ['· 55 ]/ de sustituir a los rexidores doctor don Joaquin Torres Duran, don Vizente Pizarro y don Vizente Becerra. Y habiendo admitido estos respectivos cargos, prestaron el juramento de constumbre [sic] de exercer sus oficios en pro y util de la republica, en cuya virtud tomaron la posesi6n y asiento que a cada cual le corresponde.

No concurri6, por indisposici6n, el otro seiior nombrado, don Andres Angulo. ·

[Don Juan de la Encamaci6n de Andino participa su nombramlento c o •

Se ley6 un oficio del senor subdelegado de Cruzada, doctor don Juan de la Encarnaci6n de Andino, participando a este ilustre cuerpo el nombramiento que ha hecho su majestad de esta comisarfa en primer lugar, en super-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sona; en segundo, al senor chantre don Esteban Gonzalez; y en 3.0 al senor can6nigo don Nicolas Alonso de Andrade; lo cual participaba ofreciendose al ilustre ayuntamiento y sus individuos en particular. Y se acord6: Hacer la debida contestazi6n por los seiiores licenciado don Juan Antonio Mexia y don Agustin Martinez.

Se vio (f· ssv. ]/ el expediente que acredita los gravamenes que reporta la c::asa de Juan Jacinto de Rivera, que se tom6 para ensanche de la real carcel, y reditos que se adeudan a las monjas Carmelitas de esta ciudad. Y se acord6: Pasarlo a la Junta Municipal para que se reconozcan dichos principales ya que no hay modo de redimirlos y se mandan pagar los reditos vencidos.

El mayordomo de propios evacu6 el informe que se le pidi6 en el expediente de reclamo de 1100 pesos papel moneda que hace el senor can6nigo de esta Catedral como cedidos por don Luis Huertas a cuenta de mayor suma que a este debe el ilustre ayuntamiento; y resultando que el fondo no se halla escaso de esta cantidad en la especie de moneda que se demanda se acord6: Pasar el citado expediente a la Junta Municipal para que proporcione el pago de la enunciada suma.

Se present6 la viuda de don Jose Bell6rt solicitando que se le pague por el ilustre ayuntamiento una suma de pesos en plata que se le [r. 56 ]/ resta por el valor de la casa que fue de don Joaquin Barriga, tomada para dar ensanche a la real carcel, y pretendiendo que lo que hasta ahora tiene recibido en papel se le considere con demerito. Y se acord6: Que no teniendo el fondo al presente numerario alguno en plata se difiera este pago para mas despues cuando se vayan ingresando .. algunas cantidades, sobre lo cual el ilustre ayuntamiento tendra en consideraci6n a esta interesada; yen cuanto a que se le abone demerito por el papel que ha recibido no ha lugar respecto a que el cabildo ha ingresado sus rentas en papel moneda sin agio alguno.

Se trat6 acerca del real pend6n que debe salir el dia del Patrono Tutelar de esta ciudad, San Juan Bautista, cuya augusta ceremonia se habia suprimido por las Cortes; y aspirando este ayuntamiento ['· S6v. ]/ a conservar una memoria tan significante y poner en execuci6n el prescrito de las leyes que asi lo ordenan se acord6: Restablecerlo desde el presente aiio y para los sucesivos mientras · que no descienda del trono resoluci6n en contrario que

mo comisario subdelegado d e I a Santa Cruzada.J 'I

(Se presenta expe- diente sobre grav:1menes y r t! d i tos vencldos q u e se adeudan a las mQnlas CarmeUtas.)

ISe r e f i e r e a la Junta Municipal el antes mencionado expedlente p r o • veyendose para el pago de los reditos vencldos.J

IM a yo rd om o de proplos informa exlstencia de fondos para sa tlsfacer la deuda al can6nigo de la Cate· dral, don Nicol'5 Alonso de Andrad e, proveyendose que la Junta Municipal ordene el referido pago.J

IViuda de don Jos.! Bell6n reclama el P a g o en moneda plata de una deuda a su favor y que se le abone demerlto p o r el papi;J. moneda recibldo en parclal pa. gt\ de aquella.J

ISe pospone el pa· go de la referlda deuda y se desestlma la petici6n de a b o n a r demuito al papel moneda,J

!Se restablece la ceremonia del paseo del pend6n en el dla del Patrono San Juan Bautista.)

4 49

ACTAS DEL CABILDO

abrogue la ley 56, Titulo 15, Libro 3. 0 de estos dominios, Io que se participara al caballero alferez real por hallarse ausente.

Con lo que sc concluyo este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Durdn de Villafaiie [rubrica] = Agustin Martinez Diez [rubrica] = Diego Pizarro [rubrica] = Manuel de Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. ['· 57 ]/

[22]

[24 DE ABRIL DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro dias del mes de abril de mil ochozientos y quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, alcalde provincial, doctor don Francisco Marcos Santaella; Ios caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marino [sic];· don Agustin Martinez; don Diego Pizarro, ayudante del Regimiento Fixo de esta plaza; don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Duran de Villafane y don Santiago de Cordova; y por enfermos, don Josey don Jose Maria Davila. [L 57v·]/

En este cabildo se vio una solicitud de las maestras de niiias de esta ciudad pidiendo en considerazi6n a no tener mas dotaci6n anual cada una que 50 pesos que se Jes aumente con respecto a las continuas tareas y escaseces que sufren por el valor que en el dia tienen los mantenimientos. Y se acord6: Pasar la solicitud al caballero rexidor diputado de escuelas para que informe lo que se le ofrezca y parezca.

Se present6 don Luis Huertas pidiendo que se le paguen 2,150 pesos en papel moneda que se le restan de los

50
(Maestras de ninas so licltan aumento de sueldo.) IRefh!rese al dipu- tado de escuelas la aludida solicitud.l

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

3250 que se mandaron abonarle, en 16 de enero del corriente afio, por reintegro de la perdida que tuvo por habersele faltado a la contrata cuando se fabric6 la nueva carcel. Y se acord6: Que pudiendo el mayordomo de propios haber ingresado en el fondo alguna otra cantidad en papel moncda, despues del informe que le fue exigido acerca de estc particular, se le pase esta solicitud a fin de que exponga la actual existencia de esta moneda para saber si alcanza o no a cubrir la suma que se repite [f· 58 ]/ Y acordar este ayuntamiento en orden a Ia soluci6n lo que convenga.

Las lavanderas que hacen este trabajo en el puente de San Antonio se presentaron en queja contra Santiago Hernandez por haber echado cercas desde su bojio hasta el mar, privandoles el paso a la Fuente por el camino por lo que se ven obligadas a hacer la subida por el de su casa; en lo que tambien ha perjudicado al publico impidiendo a los caminantes el paso que siempre han tenido franco para transitar por el antiguo camino nombrado de abajo. Y se acord6: Unirse esta solicitud al expediente creado acerca del terreno que ahora se enuncia cercado ,con perj uicio del publico, y para venirse en conocimientd 'de si su propiedad es privada o pertenece a esta ciudad se diputa al caballero rexidor interino don Manuel de Andino y sindico procurador general, don Jose Maysonet, a fin de que acompaiiados del maestro [f· ssv. ]/ mayor arquitecto, don Luis Huertas, se conduzcan al sitio y con presencia del expediente y cesi6n hecha por don Isidoro Linares examinen si las palizadas puestas por Santiago Hernandez estan en suelo propio o ajeno seglin los lirnites o puntos detallados en el expediente; y resultando ocupado lo que a la ciudad corresponde intimaran los diputados al mencionado Hernandez que dentro de 30 dfa [sic] quite aquellas cercas y deje expedito el camino, dando cuenta del resultado.

Dona Paulina Sofia de Bellon, viuda de don Jose Be.. ll6n, se presenta instando que los mil pesos que tiene recibidos del ilustre ayuntamiento en papel moneda se graduen con. la perdida del tres por uno a cuyo respecto corria el agio cuando su percepci6n, respecto a que el pago de la casa que tom6 el cabildo, para ensanche de la carcel, a don Joaquin Barriga debi6 hacerse antes de correr el papel moneda. Y se acord6: Que se este a lo deterrninado en 17 de los corrientes en considerazion a que la

!Don Luis Huertas reclama pago de una deuda.)

IMayordomo a informar si hay fondos en papel moneda p a r a hact!r efecti vo el pago de la referida deuda. l IL.avanderas s e queian de la acci6n tomada por San ii ago Hern4ndez priv4ndoles mediante la colocaci6n de cercas el paso a la Fuente y Puente de San Antonio.)

(Comisionados capitulares a invesugar la referida queja y determinar si las cercas han sido colocadas en terrenos propios del cabildo en c u y o c a s o deber4n ser removidas.J

IDofta Paulina Soffa de Bell6n insiste en Que se le acredite la depre- ciaci6n del papel moneda en los mil pesos que ha recibido en pago de la deuda q u e el ayuntamiento tlene con ella.)

51
, r

(Que da desestimada la antes menc i o na d a lnsistencia.J

IMayordomo informa sobre exlstencia de foridos en papel moneda para hacer efectivo el pago reclamado por don Luis Huertas.)

IProvt!ese para el ' pago de la deuda a don Luis Huertas.)

ACTAS DEL CABILDO

suplicante nada dijo ni represent6 cuando recibi6 [r· 59 ]/ el papel moneda sino que mostr6 su absoluta conformidad; y este hecho unido a la circunstancia de que el ayuntamiento jamas ha cobrado agio le inducen a la corroboraci6n de aquel acuerdo, devolviendose el rccibo original que se ha presentado.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Martinez Diez [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[23]

[8 DE MAYO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho dias del mes de mayo de mil ochocientos y quince anos, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial los dos senores alcaldes ordinarios de ['· s9v. ]/ primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Agustin Martinez Diez y don Manuel de Andino. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Santiago de Cordova; y el sindico ·procurador general, don Jose Maysonet; y por enfermos y ocupados, don Jose y don Jose Maria Davila y don Diego Pizarro. Tampoco concurri6, por ausente, el caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane.

El mayordomo de propios evacu6 el informe que se le pidi6, en 24 de abril ultimo, para que dijese la suma que en moneda papel existe en el fondo de JJropios con objeto de pagarse la cantidad de 2150pesos que se adeudan a don Luis Huertas. Y viendo es'fe ilustre ayuntamiento que para hacer esta·satisfacci6n solo faltan 28 pesos, 2 reales, 22 maravedies, acord6: Que pase este expediente a la Junta Municipal si el acuerdo merece aprobaci6n del senor gobernador y capitan general para que se haga a don Luis Huertas el pago que reclama.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se vio la representaci6n del [r. 60 ]/ del [sic] caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia, como diputado de escuelas, en la solicitud que por aumento de dotaci6n han proferido las maestras de niiias. Y teniendo este aytintamiento en considerazi6n cuanto expone justamente el citado caballero diputado que con la corta dotaci6n de SO pesos anuales que perciben dichas maestras no se hallan recompensadas de sus fatigas que les imposibilita de exercitarse en otra ocupaci6n a que se agrega que nada perciben de mano de sus discipulas se acord6: Aumentarles la dotaci6n a SO pesos mas anuales a cada una de las referidas maestras, los que percibiran luego que el senor gobernador se sirva confirmar este acuerdo; y pasandose para todo el expediente a la Junta Municipal como es de · constumbre [sic] a su debido tiempo.

Se recibi6 en este cabildo el expediente sobre reclamaci6n de los propios y arbitrios que conciernen a los derechos de muelle y [r. 60v. ]/ calles, que ha dirijido el senor gobernador y capitan general con su oficio de esta fecha, reducido a que se corte la cuenta de ellos con la real hacienda y se administren en lo sucesivo por ayuntamiento, con lo demas que su contenido recluye,. Y considerando esta corporaci6n que los seiiores ministros de real hacienda en su informe, que inserta el senor intendente en su oficio de 22 de abril, confiesan que los derechos de muelle fue un arbitrio cuyo establecimiento se ignora aplicado a las recomposiciones que se necesitan hacer en dicha obra. Que esta carga la sufre el mismo pueblo de cuyos habitantes son muchos o la mayor parte de los buques que Hegan y que los productos se invierten en·beneficio comun, siendo de los gastos que previene la Instrucci6n de Intendentes se coloquen en la segunda clase para la rendici6n de cuentas anuales, raz6n a la verdad que manifiesta no ser fundada la duda que asiste a los senores ministros de si este ramo municipal debe ser de aquellos que han ['· 61 ]/ de correr a cargo de los ayuntamientos. Que tampoco debe conceptuarse por s6lida la raz6n de que hasta ahora se ha ingresado en las reales caxas, comoquiera que esto ha provenido de que la Intendencia siempre ha estado unida al gobierno cxerciendo un solo individuo las *cualidades* funciones de xefe de la real hacienda y presidente de esta corporaci6n, por lo que le era indiferente el que se

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

IDiputado de escuelas lnforma sobre la sollcitud de aumento de sueldo presentada per las · ' maestras de I i\as.J

(Se concede un aumento de cincuenta pesos anua· les para las maestras de nlilas. I

[Gobernador prove.e que los fondos provenlentes de los derechos o contrl· buciones de muelles y canes sean administrados per el ayuntamiento.J

"''
53

!Se acuerda que la ad mi nlstracl6n de los fondos de Jos precltados d e r echos estl! a cargo del gobernador y del avuntamiento. J

iDesfgnanse dip utados para la recaudaci6n de d ichos derechos.I

ACTAS DEL CABILDO

sase en uno u otro fondo cuando estaba al alcance de sus facultades daries el competente destino, lo que no milita en el dia que ya existen separadas las autoridades, dose indispensable se recaude y administre por quien corresponda. Y que esto mismo ha sucedido con el ramo de calles acerca del que hay menos motivo de dudar que su administracion incumbe y es exclusiva a estc ayuntamiento atendido su origen, inversion y demas que reprcsento el caballero sindico procurador general [r. 61 v·]/ en scis de marzo ultimo, se acordo: Que la administraci6n de los precitados ramos sea a cargo del senor gobernador y estc ayuntamiento para que su producto entre en el fondo de propios y se eviten los mah:s que s1.: han enunciado y tocan con la experiencia a causa de careccrse de cllos, en el firme concepto que Io que ha csta corporaci6n con su presidente de auxiliar al senor intcndcnte con todos sus caudales siempre que los necesite la real hacienda para objetos mas interesantes que aquellos a que estan destinados por su concesi6n, comoquiera que no Ileva otra tendencia en el particular sino hacer que los ramos se administren por quien corresponda segt'.tn Io manda su lexitimo rey y soberano. Y en semejante caso, si merece este acuerdo la aprobaci6n de su sefioria, nombra par diputados para Ia recaudaci6n de Ios insinuados derechos al sefi.pr alcalde ordinario de _z. 0 voto, don Pedro Yrizarri, y caballero rexidor don Agustin Martinez, debiendo llevar cuenta y raz6n separada para que mensualmente la rindan y se ['· 62 ]/ ingrese el producto por el mayordoqio, con conocimiento de los sefiores de Ia Junta Municipal, en el area de tres Haves, sin perjuicio del glose y liquidaci6n de cuentas que pueda verificarse por los sefiores ministros del tiempo que ha corrido a su cargo; y compulsese testimonio, acumulandose todo al expediente, transmitiendose este al sefior gobernador y capitan general para que oficiando al senor intendente se sirva poner en practica o reducir a execuci6n lo que este acuerdo contiene.

[Dos panaderos signiflcan las con· secuencias negati· vas de haberse priv ado al goblerno de tener ingerencia en la compra de harinas.I

Se presentaron los panaderos de esta ciudad, don Julian Barreda y don Juan Evangelista Suazo, exponiendo los perjuicios que experimentaba el publico con *la libertad de la* haberse privado al gobierno tenga ingerencia en las compras de harina, dejando este ramo a beneficio de tres o cuatro consignatarios que forman en esta plaza el

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mero de comerciantes y son los que, atravesandolo y acopiandolo, imponen el precio a su arbitrio, locu-(f· 6?v. ]/ pletandose [sic] con sacrificio del vecindario. Y se acord6: Que en consideraci6n a que anteriormente corria el gobierno con el ramo de harinas y el publico se hallaba mejor servido y a prccios mas c6modos y equitativos hasta tanto que contra las intenciones de este ayuntamiento se innov6 en la administrazion del ramo par las supervenientes ocurrencias de la metr6poli, que ya ban cesado, clamando el pt'.tblico por su bien, a que siempre ha propendido este ayuntamiento con el seiior gobernador, su presidente, y que cese el monopolio y ley tirana que le imponen tres o cuatro habitantes pudientes, unicos que compran las harinas y establecen arbitrariamente sus precios a los panaderos y estos por consecuencia forzosa al pueblo, teniendo que ser sacrificados o carecer de un rengl6n alimenticio de prim era necesidad *se acord6 * informar a su sefioria lo conveniente que es corra el gobierno en union de este ayuntamiento con la provisi6n de este ramo, en obsequio y beneficio de un r· 63 ]/ pueblo que le esta encomendado, quedando al arbitrio de su seiioria el proporcionar la compra Y facilitar los pagos, almacenes y demas que 1 tonduzca a un fin y objeto tan interesante; para lo cual, si merece este acuerdo la aprobaci6n de dicho senor gobernador, nombra desde ahora esta corporacion por sus diputados a los caballeros rexidores licenciado don Juan Antonio Mexia y don Agustin Martinez; pasandose en lugar de dicho informe testimonio de este acuerdo y representazi6n de los panaderos al expresado seiior gobernador para la formacion de expediente separado de esta .materia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que day fee. = Doctor Santaella [rt'.tbrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rt'.tbrica] = Martinez Diez [nibrica] = Andino [nibrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo. (f· 63v·]/

(Sc recomienda que el gobernador y el ayuntamiento sean los que entiendan en la provlsi6n de harinas.J

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ginal.

ISe designan dipu- tados para entender en esta materia. J

55
I

Uuramento y recib i mi e nto de don de Angulo como regldor interlno.J

JGobernador ac.ep. ta intervenir e11 la provlsidn de harlnas pero no eit4 lnclinado en asumir iunto al ayun- tamlento el abasto de J:Ste rengldn.J

ACTAS DEL CABILDO [24]

[22 DE MAYO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan .Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos de mayo de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatrava, brigadier de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; los dos sefiores alcaldes ordinarios de 1. 0 y 2.0 v9to, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrizarri; los caballeros rexidores, don Jose Davila, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Agustin Martinez Diez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane y don Santiago de Cordova; y por enfermo, don. Jose Maria Davila.

En este cabildo compareci6 don Andres de Angulo, uno de los caballeros regidores nombrados interinamente para sustituir los muertos y ausentes; y su se:iioria, el se:iior presidente, le recibi6 el juramento de constumbre [sic] que prest6 de ['· 64 ]/ exercer bien el referido empleo y en consecuencia tom6 la posesi6n y asiento que le corresponde.

Se ley6 enseguidas un oficio dirigido por el seiior presidente, su fecha, 20 del que rige, demostrando en obsequio de este ayuntamiento y bien del publico que contribuira gustoso a que se provea la ciudad del rengl6n de harinas para que las facilite al publico a precios mas c6modos y equitativos que hasta ahora experimenta por el monopolio de cuatro comerciantes que las atraviesan y expenden; pero de ninglin modo conviene en hacerse cargo de abastecer la ciudad tomando sobre si con este ayuntamiento una obligaci6n que por las circunstancias o el tiempo no podran cumplir, esJ;imando par conducente se imponga el muy ilustre ayuntamiento de lo que produjo este ramo y su distribuzi6n desde 1.0 de julio de 1809 hasta 12 de agosto de 1812, mediante el estado que acompafia suscrito de los sefiores ministros de real hacienda. Y visto por esta corporazi6n ['· 64v·]/ el cuantioso beneficio que result6 en tan corta epoca al real erario y de consi-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

guiente al publico surtiendose de este rengl6n alimenticio de primera necesidad a precios mas c6modos y equitativos, segun la demostracion que se observa en la conclusion del mencionado documento, se acord6: Conforme· a las beneficas ideas propuestas por el senor presidente en obsequio del publico sin quc se constituya su seiioria ni este ayuntamicnto en la obligaci6n de abastecer al publico sino solo de proporcionarle alguna ventaja y desahogo en cuanto al precio, siempre quc haya medios y modos para la adquisici6n del enunciado ramo y evitar en cuanto sea posible el ma] que se ha representado por los panaderos '"y* ni obstruir la libertad en que cualquiera individuo de la sociedad existe por lo concerniente a este trafico; que se devuelva a su seiioria el expediente con este acuerdo, quedando copia de todo en el archivo de este ilustre cuerpo para los fines convenientes.

Doiia Carlota Sofia Mave, viuda de don Jose Bell6n, represent6 nuevamente para que [r. 65 ]/ este ilustre ayuntamiento le conceda en plata la suma de 1,000 pesos que en papel moneda le dio, a cuenta del valor de la casa que tom6 para ensanche de la carcel, haciendo presente que nunca fue su animo percibirlos en esta sobre que cit6 varios documentos que se trajeron a Ia vista. Y temperando este cabildo el rigor de la justicia con el dulzor de la misericordia acord6: Que siempre que esta viuda se allane a devolver inmediatamente los mil pesos en papel moneda que ha recibido y espera a que se le abone en plata segun fueren i.ngresandolos Ios fondos de propios se propendera a lo que solicita, para Io cual ocurriria a la Junta Municipal donde se pasara este expediente.

Don Miguel Torrens, de este encargado por este ilustre ayuntamiento y el anterior cabildo constitucional para llevar la cuenta del producto de harinas como ramo que se habia excogitado para con su sobrante contribuir a la amor-(f· 6Sv. ]/tizaci6n del papel moneda, present6 las cuentas de su comisi6n con un saldo, que entreg6 al presente esscribano, de 343 pesos, 6 reales, 8 maravedies, en la propia especie de papel. Y se acord6: Pasar dichas cuentas al caballero sindico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

Don Jose Andres de la Pena, presbitero colector de capellanias vacantes, representa pidiendo que el ilustre

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

!Cabildo se identi• fica con la postura del gobernador pero seftala ha de tener ingerencla en cuanto al seftalamiento del precio de la harina.)

IDofta Carlota Soffa vluda de Bell6n inslste se le canfee por moneda plata mil pesos que en papel moneda le p a g 6 el ayunta· m I en to por concepto de deuda.J

ISe accede a dlcha petlci6n bajo ciertas condiciones.)

!Don Miguel Torrens presenta cuentas de la venta de harlnas.)

IPrecltadas cuentas quedan referldas al 'procurador gene· ral.J

IPresbftero don JoAndrl!s de la. Pei\a soliclta reconocimlento de un principal de 150

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p e s o s correspondientes a los fondos de capellanras y reclama pago de reditos vencldos sobre el mismo.J

(Proveese para el reconocimiento d e di c ho principal y pago de )OS redi· -tos vencidos.J

(Se rinde informe sobre la queja formulada por las lavanderas. J

(Ordt!nase a don Manuel Padilla remueva las paliza- d a s y terraplene las zanfas que impedran el acceso a la Fuente de San Antonio.)

ACTAS DEL CABILDO

ayuntamiento reconozca 150 pesos de principal de capellanias que reporta la casa Cuartel de Milicias y se abonen tres afios vencidos de sus reditos. Y se acordo: Conforme, pasandose a la Junta Municipal para que se mande pagar el devengado, diputandose para el reconocimiento de este capital al caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia.

Los sefiores diputados acerca de Ia petici6n de las Iavanderas por el perjuicio que se les inferia por habcrseles cercado el camino de la Fuente de San Antonio representaron en el expediente lo que les pareci6 ser mas arreglado a justicia. Y se ar.ord6: Que don Manuel Padilla quite inmediatamente [!· 66 ]/ las palizadas y terraplene las zanjas las zanjas [sic] que arbitrariamente hizo en terrenos pertenezientes al publico, dejando a este libre y expedito el transito que media de uno a otro camino, sin dar lugar a nuevas quejas y que se adopten otras providencias.

Y se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Davila [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Andres Angulo [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[25]

[29 DE MAYO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico a los veinte y nueve dias del mes de mayo de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala (f· 66v· ]/ consistorial los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; caballeros rexidores, *alguacil mayor* licenciado don Juan Antonio Mexia, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose

" Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hermiiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo; y por enfermedad y empleado, don Josey don Jose Maria Davila y don Diego Pizarro.

El caballero sindico procurador gerieral evacu6 su represen tazion en el expediente de cuentas rendidas por don Miguel Torrens del producto del derecho de harinas destinado para la amortizazi6n de papeletas. Y se acord6: sarla con la moncda papel exibida al sefior gobernador y capitan general a fin de que se sirva dar sus disposiciones para la amortizacion que el caballero sindico indica, dandose a don Miguel Torrens el documento de resguardo y percibicndose el que compete para que acumulado obre oportunamente [f: 67 ]/ sus efectos.

El caballero rexidor licenciado don Juan Antonio Mexia evacuo la comision de mensura ·del solar que solicita don Francisco de Acosta, contiguo a la rampa de San Crixt6bal, y cuyo terreno ha sido tasado en ciento sesenta y dos pesos. Y se acord6: Concederse nl referido don Francisco Acosta el enunciado solar reconociendo por el la suma de su tasaci6n en favor de los propios de esta ciu'1hd, a raz6n de un cinco por ciento annal; cuyo principal no sera redi· mible ni el suelo pasara a otro dueiio sin conocimiento y consentimiento de este ilustre cabildo. Que pase este expediente a la Junta Municipal, previas las urbanidades de estilo, para que tome noticia de este nuevo impuesto; entendiendose todo luego que se reciba la confirmaci6n de este acuerdo por el sefior capitan general.

El alcaide de la real carcel present6 listas de los utensilios o paramentos [f. 67v·]/ que existen en la capilla y de .los que faltan. Y se acord6: Pasarlas al caballero diputado para que informe si con los existentes en la minuta que se . ha presentado pueden suplirse los que faltan o componiendose los deteriorados a fin de deliberar lo conveniente.

Habiendose dispuesto, a consecuencia del acuerdo cele· brado en 22 de los corrientes, acerca de proporcionar alguna ventaja y desahogo al publico en el abasto del pan Y. su precio, que desde el 24 se expendiese a 22 cuartos la libra de los 26 a que antes corria, fixandose cedulones para que llegue a noticia de todos, y que de esta disposicion· no hay una constancia en el respectivo expediente ni tampoco se hizo saber a los panaderos como debia, se acord6: Que el presente esscribano acumule a el uno de

IProcurador gene- ral informa sobre las cuentas presen· tadas por don Miguel Torrens.)

aludidas cuentas y el sobrante de las mismas en papel moneda que- · dan referidas al gobernador.J

IRegidor diputado al efecto rinde In· forme s o b r e la mensura y tasaci6n del solar soliclta· do por don Francisco de Acosta.)

!Baio ciertas condlclones se otorga a don Francisco de Acosta el solar por Ill solicitado.J

[Alcaide presenta relaciones de l o s utenslllos y ornament o s existentes en la capill11 de Ia cdrcel asl como de los que faltan.J

[Dichas re I aclones quedan referldas al diputado para los efectos que se In· dican.J

[Provl!ese se incor· pore al expediente formado sobre la provisi6n de harl·

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nas el cedul6n en que se tija el precio del pan en 22 cuartos la libra, y que sobre este 111· timo particular se lnforme a los panaderos.J

[Gobernador confirma acuerdos capi· tulares e lnforma que el papel moneda sobrante de las cuentas de don Miguel Torrens ha sldo remesado al intendente.)

· ACTAS DEL CABILDO

los enunciados cedulones con la competente certificaci6n y notifique aquella disposizi6n, extendiendo las· competentes diligencias a continuaci6n de la copia de este acuerdo que tambien debera agregarse practicando [r. 68 ]/ las mismas formalidades siempre que haya alguna novedad en cuanto al aumento o disminuci6n de precio con tendencia al indicado rengl6n alimenticio de primera necesidad.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [26]

[5 DE JUNIO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco dias del mes de junio de mil ochocientos .Y quince anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos [F. 68 v·]/ Santaella; los caballeros rexidores, don Agustin Martinez, don de Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por estar ausentes ·· de esta ciudad, el senor alcalde de 2.0 voto, *doctor*· don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alferez real, don Francisco Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova. don Andres Angulo; y por enfermos y empleados, don Jose Davila, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Jose Maria Davila y don Diego Pizarro.

En este estado concurri6 el senor alcalde de 2. 0 voto.

En este cabildo se recibieron dos oficios del senor gobernador y capitan general, sus fechas, 29 y 31 del me'i pr6ximo pasado, en que confirma su senoria los· acuerdos de este ilustre cuerpo de 8 y 29 del mismo, e'(.presando en el de 31 que el papel moneda resultante de la cuenta de don Miguel Torrens lo pas6 dicho senor al intendente para su

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

amortizaci6n. En su vista se acord6: Haberlos por recibidos y que se archiven, llevando· los expedientes de don Luis Huertas, maestras de nifias y don Francisco de Acosta a los seiiores presidente y vocales de la [f. 69 ]/ Junta Municipal para que las determinaciones del ayuntamiento se pongan en execuci6n en la forma que las acord6.

Se vio la solicitud que hacen cinco de los panaderos de esta capital, Jose Guerrero, Manuel Gomez, don Juan Evangelista Suazo, don Julian Barreda y don Francisco Paula Grana, tendente a exigir licencia de este ayuntamiento para continuar en el uso de sus amasijos a fin de abastecer al publico segun se les ha prevenido por el senor gobernador y capitan general. Y teniendo en consideracion este consistorio sus acuerdos de 8, 22 y 29 del mes proxi"'1110 pasado en que dispuso acopiar de su cuenta harinas sin · obligacion ni responsabilidad de tomar sobre si la mantencion del pueblo sino solo proporcionarle en cuanto le fuere posible alguna equidad en el precio y eximirlo de la ley tirana que por cuatro o cinco comerciantes se experimentaba. Considerando igualmente que los cinco panaderos mencionados ban estado de antemano habilitados por el para este fin y que tienen familia co{! residencia, vecindarl y do-['· 69v. ]/micilio seguro, debiend6 por lo tanto ser preferidos a los demas que no disfrutan estas circunstancias, se acordo : Que por los diputados de este ayuntamiento, con acuerdo del senor gobernador siempre que esta acta merezca la aprobacion de su seiioria, se suminis· tren a los cinco mencionados las harinas del ayuntamiento cuando las tenga para que las amasen en beneficio del pitb.lico sin perjuicio de la libertad en que los demas existen para amasar las que puedan adt;.uirir como hasta el presente, bien que sujetos todos a los precios que por los precitados diputados se fixe el pan segtin las ocurrencias y circunstancias y aviso al publico por cedulones como esta acordado. Que se provea de testimonio de este acuerdo a los cinco panaderos precitados para que les sirva de nombramiento, haciendose saber a los demas por el presente esscribano, quien, igualmente, pondra compulsa a continuaci6n en el expediente de la materia y el original se transmitira al senor gobernador y capitan general para que obre en el que existe en su poder.

Manuel Sandoval, de este vecindario, se presento pidiendo licencia para establecer [f· 101; una panaderia que antes tuvieron sus tios Pedro Figueroa y Concepcion Beltran. Y se acord6: Conforme a lo dispuesto con relaci6n a los de-

!Junta Municipal a lnstrumentar Jos acuerdos adoptados sobre los tes de don Luis Hu e r t a s, de ·1as maestras de nlilas y de don Francis· co de Acosta.)

(Cl nco panaderos so Ii cltan llcencia d e 1 cabildo para continuar en el uso de sus amasi· jos.}

(Se provee para que a los cinco panaderos se Jes sumlnlstren de la harina acopiada por el ayuntamlento y se Jes exiia observen el precio fiiado al pan.)

(Don Manuel San· doval sollcita Ileen· cla para establecer panaderra.)

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(Se provee para la referida licencia.(

IGobernador comunica haber prohlbidc> la extracci6n de tierras y escombros de La Puntilla asf como de barro y tierras del territo· rio exterior de Puerta de Tierra.I IA filarse carteles o cedulones dando a conocer la refe· rida prohibici6n.( [Escribano a fiiar los preci ta dos cartel es o cedulones. I

ACTAS DEL CABILDO

mas panadcros que no estan incluidos en el numero de los cinco que ha prefixado este ayuntamiento; con esta fecha, para amasar sus harinas; cuyo acuerdo se le hara saber como a los demas en la parte quc le toque.

Con Io que se concluy6 cstc cabildo, que firmaron sus senorias, de que cloy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino (rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica) == Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(27]

[ 12 DE JUNIO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de junio de mil ochocientos quince ai'ios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer [L 70 "· ]/ voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, don Agustin Martinez y don Manuel de Andino. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, el senor alcalde ordinario de 2. 0 voto, don Pedro Yrizarry; los caballeros rexidores, alferez real, don Francisco Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet; y por enfermos, don Jose Dabila, licenciado don Juan Antonio Mexia y don Jose Maria Davila; y empleado, don Diego Pizarro.

Se abrio un oficio del senor gobernador y capitan ge· neral, fecha, ocho de los corrientes, en que su senoria dice que ha prohibido el llevar ni extraer tierras ni escombros de La Puntilla y tambien la excavaci6n y extracci6n de barro y tierras en todo el territorio exterior de Puerta de Tierra; y lo que comunica a este ayuntamiento para que se fijen carteles en los parajes publicos acostumbrados para que ninguno ignore esta determinaci6n. Y se acord6: Haber por recibido dicho oficio, que se archive, y el presente esscribano fije los cedulones que se expresan. ·

El caballero rexidor diputado de abastos de harinas, don Agustin Martinez, expuso: Que de acuerdo con el senor gobernador y capitan general se ha determinado dar

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO R,.ICO

al publico el pan [ 1 • 71 ]/ de 14!/z onzas netas a 20 cuartos desde el dia de maiiana 13 de los corrientes. Y se acord6: Conforme, poniendose los avisos en los parajes acostumbrados por los caballeros rexidores diputados, de los que el presente esscribano dejara copia con este acuerdo en el cxpcdiente de la materia y de cuya disposici6n notificara a los duefios de panaderias.

Se recibi6 un oficio, fecha, 10 del corricnte, del senor coronel de los Cazadores del genen,I, dirijido al sefior gobernador y capitan general y que su sefioria transmite a este ayuntamiento por decreto de la misma fecha, en el cual se reclama la refacci6n o franquicia dispuesta por reglamento de 27 febrero de 1806 de las cargas o derechos municipales que corresponden a los viveres asignados a cada persona, y cuyo importe debe abonarse a la mencionada tropa, acompafiandose al intento el competente estado. Y se acord6: Contestar a su sefioria que hasta el presente no se halla este ayuntamiento en posesi6n de derechos algunos municipales acerca de los efectos o viveres reclamados, pues la came del publico no lo contribuye, (f· 11 v·]/ siendo libre al dueiio o expendedor la exacci6n de precio Y aunque se perciben diez reales por cada res qµe se mata estos se invierten en la misma matanza, facilitando por este precio al labrador que conduce su ganado lo que antes le costaba veinte o treinta. Que el tocino, vinagre, carb6n Y menestra tampoco aparece de la tarifa ( que se ha tenido a la vista) que solvente derechos municipales. Y si el azeite, vino, pescado salado, aguardiente y jab6n los tienen y reportan en beneficio del empedrado de calles se cobran en la aduana y los percibe la real hazienda, a pesar de los continuos clamores de esta corporaci6n-para ser restituida de semejantes derechos que ha conceptuado siempre de su privativa administraci6n por haber intervenido en su creaci6n Y ser publico el objeto a que deben destinarse, como lo acredita el expediente de la materia ya su sefioria consta; y que en este concepto se oficie al senor gobemador a fin de que se sirva oir sobre la refacci6n o franquicia pretendida al senor intendente, ['· 72 ]/ a cuyo cargo estan los insi- . nuados derechos para que por si 0 en junta de real hazienda sea quien resuelva lo que estime mas conforme Y arreglado a la solicitud hecha por el senor coronel del Batall6n de .Cazadores del General que reside en esta plaza.

[Dlputado de abasto de harinas da a conocer e l precio que el gobernador ha sei'lalado para el pan.)

[Aviso al publlco sobre el nuevo pre- cio del pan.)

[Coronel del cuerpo de Cazadores del General sollclta para la ttopa la refacci6n o franqul- cia de los derechos n.unicipales q u e aravan a los vfveres.J

[Dechtrase que alsunos de los vlveres seftalados por referido coronet n o pagan derecho municipal alguno y Que los otros reng lone s apuntados quedan gravados Por contribuciones Que se lngresan en el real erarlo. J

[Gobernador por sl o en junta de real• h11clenda a deter-• mlnar sobre lo pe- · ticionado .por el antes meni:lonado coronel.J

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = 63

(Gobernador confinna acuerdo capi· tular.)

ACTAS DEL CABILDO

Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] Ante mi =Tomas de Escalon.a [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(Gobernador infor· ma haberse rec:ibl· do la vac:una con· tra la vlruela que l!l solicitara d e Santo Domingo y rec:omienda la pre· servaci6n de la misma.)

ise patentiza al gobernador el a&radec:imiento capitular por la nueva lntroduc:cl6n de la vac:una.J

[28]

[19 DE JUNIO DE 1815.]

la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a .los diez y nueve dfas del mes de junio de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; [f. 72 v. ]/ y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por estar ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova; y por e11fermos y empleados, don Jose Davila, don Jose Maria Dabila, don Diego Pizarro y don Andres Angulo.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador, y capitan general, su fecha, 13 de los corrientes, en que su sefioria expresa que se conforma con el acuerdo de este ilustre ayuntamiento del dia anterior. Y se acord6: Haberlo por recibo [sic] y que se archive.

· Se abrio otro del mismo sefior, de· 12 de los propios, comprensivo de noticiar a este ayuntamiento que recuperada la vacuna que pidi6 a Santo Domingo con bastante afan y con el costo de 94 pesos, 7 reales, recomienda que coopere por su parte a la importante conservaci6n. Dice su seiioria que esta radicada en San German, Mayagilez, Anasco y Cabo Rojo. [r· 73 ]/ Que no requiere el pago de los costos porque ya estan expensados sobre fondos que arbitr6 su sefioria; y todo lo que avisaba para que este ilustre cuerpo *para que* se halle instruido de este restablecimiento. Y se acord6: Quedar enterado ·este consistorio de tan singular beneficio como ha recibido de la mano del citado senor

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori- · . ginal.

64
·:'::-:·!"

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

general, a quien le t11ibuta por el las mas expresivas gracias, contestandose a su sefioria ·el oficio que quedara archivado por medio del testimonio de este acuerdo.

Se vio una solicitud de dona Maria de las Mercedes Escalera pidiendo a este consistorio un atestado o certificazi6n que acredite *de* estar reconocida su familia por del estado noble, segiln lo acredit6 su abuelo, don Jose Antonio de Torres, por los papeles que present6 a este ayuntamiento en 20 de marzo de 1809, con objeto de que se empadronasen en los Libros de Nobles. Y se acord6: Que por el presente .esscribano ['· 73 v. ]/ se le confiera a continuaci6n un certificato de lo que resulte de los acuerdos que la interesada menciona en la parte tendente a su solicitud ..

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[3 DE JULIO DE 1815.]

En la Muy .Noble y Muy Leal Ciudad de San Ju:m. Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de Juho de mil ochocientos quince afios, para s:elebrar ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial; y los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor .de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane y don Andres Angulo; y el caballero [f· 74 ]/ si1;1dico procurador general, don Jose Maysonet. No rr1eron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rex1dores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Santiago de Cordova; y por indisposici6n de salud y ocupados, el ·seiior alcalde de segundo voto, don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, don Jose. y don 'l'ose Mar.fa Davila, don Agustin Martinez y don Diego Pizarro y don Manuel Andino.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original

!Dona Marra Mercedes Escalera soli· cita atestado de Jn wndlci6n de nobleza ostentada por St: familla.) [Proviese para el aludido atestado.)

. \
[29] I•,
65

IGobernador aprueac:uerdo c:api tular .J

!Don Pedro Irizarry, alcalde ordinario de segundo voto, solic:ita atestado en que se signifique su integridad; c:elo, desintey buena c:onduc:ta observada en el desempeilo de los ofic:los de alc:alde ordinario y regidor.)

IDetermrnase el otorgamiento de dic:ho atestado.J

IMayordomo de propios presenta relac:i6n de deudores al erario municipal y sollclta del c:abildo requiera de estos satisfagan sus deudas.J

IResuelvese que el mayordomo recurra al tribunal del alcalde ordinario de segundo voto para que este entlenda en la materia antes indic:ada.J

[Panaderos se queian del peso asignado a c:ada llbra de pan y de la moneda que rec:lben en sus ventas, pro- poniendo asimismo alternativas sobre los extremos lndlcados.J

·[La antes menclonada materia a ser tratada por los diputados de abastos de harina y el gobernador. J

ACTAS DEL CABILDO

En· este estado concurri6 caballero rexidor don Agustin Martinez. .

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha, 20 de los corrientes, en que su senoria aprueba el anterior acuerdo. Y visto sc acord6: Quedar este ayuntamiento enterado de cl y que se archive.

Se vio una solicitud del senor alcalde ordinario de 2. 0 voto, don Pedro Yrisarri, pidiencio a este cabildo un atestado que expecifique su integridad, celo, desintercs y buena conducta observada en los empleos que ha obtenido de alcalde y regidor de dicho ayuntamicnto [r. m·. ]/ y por lo que ha merecido el aprecio y confianza de los xefes dd ilustre cabildo y del pt.iblico. Y se acord6, habiendo tenido a la vista las Actas de Elecciones que expresa dicho senor alcalde con lo mas que le consta a este cabildo y ser cierta en todas sus partes la anterior solicitud mencionada: Devolverle su pedimento con este acuerdo para que le sirva de atestado en forma.

Se present6 don Carlos Milano, mayordomo de propios, con una relaci6n comprensiva de varios deudores del fondo de propios y arbitrios y solicitud de que este ilustre ayuntamiento de providencias para que los expresados deudores satisfagan, como es justo, a la mayor brevedad. Y se acord6: Devolver este expediente al mismo mayordomo para que ocurra al tribunal de justicia del seiior alcalde ordinario de 2.a elecci6n, en donde se oiran las demandas asi verbales como por escrito de los individuos no aforados y las de los que gozen fuero se interpondran por el mayordomo ante la autoridad Que comepta rsic 1. Los panaderos de esta ciudad . represen-[f· 75 ]/taron sobre el perjuicio que reciben en la venta del pan tanto en el peso que esta acordado dar a cada uno cuanto por la moneda que reciben del publico y la que tienen que dar para pago de las harinas, solicitando que se les quite la. carga de la media onza en libra o se les regule el aforo por 234 libras en barril, que se les admita para pagar las harinas la plata que reciben o que el publico compre el pan en la redonda de cordon, con lo demas que expresan. Y se acord6: Que la solicitud,pase a los caballeros regidores diputados licenciado don Juan Antonio Mexia y don Agustin Martinez para que traten el asunto con el senor gobernador y capitan general con atenci6n siempre al mejor beneficio del pueblo, y que del resultado den cuenta a este

66

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que P· 7sv. ]/ se concluy6 este cabildo, que firmaron sus senorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [nibrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Durdn de Villafai1.e [rubrica] = Angulo [rubrica] = Martinez [nibrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[30]

[

10 DE JULIO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez dias del mes de julio de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; los caballeros rexidores, licenciado don Juan Antonio Mexia, don Tiburcio Duran de Villafane y don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Santiago de Cordova, don Andres [f· 76 ]/ Angulo; y por enfermedad y ocupados, don Jose y don Jose Maria Davila; el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Pedro Yrisarri; y el caballero rexidor don Diego Pizarro y don Manuel de Andino. .

En este cabildo se rec.ibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha, 5 de los corrientes, en que confirma su sefiorfa lo acordado *el* por este ilustre ayuntamiento en el anterior.. cabildo. Y se acord6: Quedar enterado y que se archive.

Los caballeros rexidores diputados de abastos de harinas dieron cuenta, como se les previno en el anterior cabildo, del resultado de la petici6n de los panaderos que debi6 acordarse con su senoria, el senor gobernador y capitan general; y habiendo quedado los panaderos confotmes en satisfacer por ahora a raz6n de 228 libras de 14!.1 onzas de pan cozido por cada barril percibiendo 3 pesos por la manufactura de cada uno y entregando las tres cuartas partes de:: los barriles vacios. Y visto todo se acord6: UQir

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original. ·

1(Gobernador con.firma acuerdo ca· Pl!ular.)

(Se logra acuerdo con los panaderos.1

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(Don Bernardo David lnforma haber vendldo s u casa, construfda en solar de los proplos, a don Bemardo Caa· mafto.)

[Don B e r n a rd o Caamafto sollcita se le admlta como lnquil l no censatarlo de dlcho solar.)

IQ u e d a aceptado c o m o lnqullino censatarlo don Bern a r d o Caamailo, proveyindose Q u e el mayordomo recaude de 61 los rid it o s vencldos y los corrlentes sobre dicho solar.)

ACTAS DEL CABILDO

este legajo al expediente de la materia para la debida constancia.

Bernardo David, artillero de esta plaza, [f· 76 v· ]/ se presenta exponiendo que ha vendido a don Bernardo Caamano, contramaestre del bergantin de guerra Marte, una casa terrera que fabric6 sobre el 7 . 0 solar que el fondo de propios tiene en el barrio de La Meseta; y el dicho Caamano pide que se le admita por inquilino de dicho solar y cien pesos valor de el, por los que pagara cinco anual de su '. redito y mas veinte pesos de cuatro afios que ha dejado . David de satisfacer. Y se acord6: Conforme: Que se pase la solicitud a los sefiores presidente y vocales de la Junta Municipal para que se una a los expedientes de concesi6n de solares, dandose al interesado, si lo pidiere, testimonio de ella y este acuerdo. Que se avise al mayordomo de pro-· pios esta nove.dad para que haga los cobros de lo atrasado y siga entendiendose con don Bernardo Camaiio [sic] en lo que se fuere venciendo.

[Intendente soliclta d e I ayuntamiento satlsfaga el subsldlo de dlez mil pesos o la mayor parte pasible de esta cantidad.]

Acuerdo y contestazl6n.

!Dada la precarfa situacl6n del fisco municipal el ayuntamiento seftala no poder satlsfacer el' aludldo sutisidlo.J

Se abri6 un oficio del seiior gobernador y capitan ge:peral, su fecha, 6 de los corrientes, en que tr<inscribe otro del senor intendente del mismo dfa en que dice al referido senor gobernador que avise a este ilustre cabildo para que proporcione la cantidad diez [sic] mil pesos o Ia mayor ['· 77 ]/ posibie deI subsidio de Ios vecinos de esta ciudad, con exclusi6n de Ios comerciantes, para llenar las atehciones del real etario. Y se acord6: Contestar a dicho seiior gobernador lo siguiente: Seiior Gobernador y Capitan General. = Si este ayuntamiento se hallase con caudales en sus fondos de propios inmediatamente y con Ia mayor celeridad los pondria a disposici6n del seiior intendente para que cubriese la real hacienda sus mas precisas e indispensables atenciones. Pero vuestra seiiorfa es testigo ocular e irrefragable de que los fondos existen en el estado mas egeno [sic] y caiamitoso, motivo porque una carneceria que por momentos amenaza ruina y taI vez extragos no se ha derribado para reedificarse. Se carece de un Hospital de Caridad. No hay ·una casa de recogidas ni de huerfanas educandas. La policfa de las C1\lles camina rapidamente a su absoluta destruccj6n en el"empedrado y no puede. repararse, proviniendo de aquf la obstrucci6n y ceguedad de la bahia y puerto, sin ['· 77v·]/ que este cabildo, por mas que quiere; pueda remediarlo a pretexto de que la misma real hazienda disfruta los derechos municipales establecidos para estos importantisimos objetos. Y, finalmente, sus

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dependientes y asalariados sin sueldo, o lo que es igual, destituidos del fruto de su trabajo. .

Cuando descendi6 la reaf orden de 11 de julio que se cita habfa aqui un situado fixo que garantizaron Ia suma que se pidiese al publico y ahora no lo hay. Estaba reunida la intendencia al gobierno y habia menos erogaciones e impuestos. Los vecinos disfrutaban una epoca mas abundante por las menos trabas que sin duda han procedido de la consternaci6n en que se ha visto toda la naci6n siendo consecuencia de ella la desolaci6n y miseria. Y por lo tanto se mira sin recurses ni arbitrios para la exacci6n que se solicita, quedando con el sentimiento de oir faltas que no alcanzan sus facultades a cubrir y de necesidades ['· 78]/ que no puede remediar. Lo que hace a vuestra seiioria presente, en contextaci6n a su apreciable oficio del dia 6 de los corrientes, para que se sirva vuestra seiioria participarlo al sefior intendente. Dios guarde a vuestra sefioria muchos afios, etc ..

Se inspeccion6 el reglamento interino que ha formado el senor gobernador y capitan general para que sirva de norma a este ilustre cuerpo en los gastos anuales de su instituto e indispensables atenciones, con el ,oficio de 21 de junio que a el acompafia, a fin de que se refohne y amplie si no se halla arreglado. Y notandose conforme tanto en las partidas de ingreso cuanto en las' de egreso *y que estas ultimas superan a las primeras* se acord6: Su observancia desde el dia 15 del corriente mes de julio para lo sucesivo.

Y siendo preciso proceder al nombramiento de juez de policia se verific6 en Ia forma de estilo, recayendo, unanime, la votaci6n en el seiior alcalde de primera elecci6n, doctor don ·Francisco Marcos [r. 78 v· l/ Santaella, en considerazi6n a que ademas de reunir la jurisdicci6n ordinaria es .tambien alcalde mayor provincial, a que ha desempeiiado otra vez este mismo ·encargo y a los acreditados conocimientos y circunstancias que posee y le acompaiian. Que se ponga testimonio de esta acta en el expediente original, devolviendose al senor gobernador y capitan general para los fines indicados y prevenidos en el articulo 33 de la Instrucci6n de Intendentes que nos rige; tributandole las mas expresivas gracias por el trabajo que se ha tornado en utilidad de este consistorio, quien le suplica encarecidamente se sirva recomendar a la piedad del soberano el ca- -.

"' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

iGobernador somete reglamento lnterlno para el ajuste de las cuentas de proplos.J

Lo testado no vale. [rllbrlca).

o b s ervancla del referldo reglamento.)

[Doctor don Francisco Marcos Santaella queda electo fuez de policla.1

[Se slgnlflca al &obemador el a&radeclmlento capltular por la redaccl6n del menclonado reglamento, asilnlsmo,supllc4ndosele, que recomlende al monarca conceda a este ayuntamlento

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los derechos lndi· cados por el primer mandatarlo.J

(Gobernador aprueba acuerdo capltu· lar.J

ACTAS DEL CABILDO

lamitoso estado en que existen sus fondos, pues se advierte que las erogaciones superan a los ingresos y la necesidad que hay de las obras de beneficencia mencionadas al final del reglamento, a fin de que su majestad ostente su poderosa prodigalidad concediendo a este ayuntamiento Ios derechos indicados en la primera y ultima de sus notas. Dejese compulsa integra en este archivo para constancia [r. 79 ] / y transmitanse al mayordomo las instrucciones necesarias.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus sefiorias, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Duran de Villafaf1.e [rubrica] = Martinez [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[31]

[17 DE JULIO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete de julio de mil ochocientos quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sicl concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella y don Pedro Yrisarri; los caballeros regidores, Iicenciado don Juan Antonio Mexia, don Agustin Martinez y don Manuel ·de [f· 79v. ]/ Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzales. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova y don Andres Angulo; y por enfermos y empleado, don Josey don Jose Maria Davila y don Diego Pizarro.

En este cabildo se abrio un oficio del senor gobernador y capitan general, de 12 de los corrientes, en que su se:fioria aprueba el anterior cabildo. Y se acord6: Quedar este ilustre ayuntamiento enterado de el y que se archive.

Se recibi6 un oficio del cabildo y ayuntamiento de la ciudad de Maracaybo, su fecha, 20 de junio anterior, soiicitando de este que le remita la semilla de vacuna que se

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ha perdido en aquella poblaci6n. Y se acord6: Pasar Ia orden al caballero rexidor diputado de vacuna para que facilite (si fuere posible el pus, con conocimiento de los facultativos) a aquel ayuntamiento luego que envien sujeto que a su costa lo conduzca, como este lo ha practicado cuando ha carecido de el, en beneficio de su pueblo, *acompaiiandose* contestandosele [f· W]/ desde ahora esta resoluci6n a fin de que proporcione conductor.

Se present6 don Ramon Zenon y Castilla pidiendo una certificaci6n o atestado de este ayuntamiento que acredita los servicios que, por diputaci6n de este ilustre cuerpo, practic6 en beneficio del publico cuando en tiempos pasados se hicieron en esta isla donativos a su majestad para las urgencias de la guerra y demas que expresa. Y se acord6: Que el presente esscribano le de la certificazi6n que pide por lo que resulte de actas capitulares de este ayuntatniento. .

En este cabildo a fin de facilitar los gastos de la real carcel en la mantenci6n de los presos, ceiiido al reglamento interino formado para el ajuste de las cuentas del fondo de propios, se acord6: Que exerciendo por ahora el caballero regidor licenciado don Juan Antonio Me"'ia las funciones de alguacil mayor sea el que se entienda con el alcaide para las relaciones mensuales que debera exibirle de los presos existentes [f· SOv·]/ a quienes por su. insolvencia se han de contribuir los alimentos, gastos de alumbrado, etc.; · e igualmente con el mayordomo para las 6rdenes de pago que han de servir despues de data en la rendici6n de sus cuentas anuales y con las limosnas y contribuciones que se recaudan para el mismo objeto; pasandose testimonio de este acuerdo a la Junta Municipal. ··

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su seiioria, de que doy fee. = Doctor Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Licenciado Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi =Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(Ayuntamiento de Maracaibo sollclta el envro de "la semilla de vacuna" contra la vlruela.J

!Se accede a tal petlci6n y se requlere que el referldo acredlteayuntamlento persona quc. la

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

(Don Ram6n Zen6n y Castilla soliclta atestado sobre los servicios p o r prestados como recaudador de donativos para conti· nuar la guerra contra Francia.)

IProvl!ese p a r a el aludldo atestado.J

(Se detennina que e 1 regldor don Juan Antonio MeXCa sea el que reciba del alcaide la n6mina mensual de los pres <> s insolventes y provea al mayor- domo de las 6rdenes de pago de alimentos para dlchos presos.)

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!Real orden de 30 de mayo de Ills otorgando el trata· mlento de Exc:elencla al ayuntamlen· t o '!f proveyendo otros dtulos '!I araclas para el &obernador don Salva· dor y varlos capltuJares.J

ACTAS DEL CABILDO [32]

[31 DE JULIO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta y uno de julio del aiio de mil ochocientos y quince, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial el senor don Salvador Melendez ['· 81 ]/ Melendez [sic] Bruna, del Orden de Calatrava, mariscal de campo de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, doctor don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrisarri; los caballeros rexidores, don Jose Davila, licenciado don Juan Antonio Mexia, auditor de marina, don "Andres Angulo, don Agustin Martinez, don Diego Pizarro, don Manuel de Andino; y el caballero sfndico procurador general, don Jose Maysonet Gonzales. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; · alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, don Tiburcio Duran de Villafane y don Santiago de C6rdova; y por enfermo, don Jose Marfa Davila.

En este cabildo se exibieron por el senor alcalde ordinario de primera elecci6n cuatro pliegos cerrados, que se extrajeron de la administraci6n de correos, rotulados para esta corporaci6n. Y habiendolos puesto en las manos del setior presidente, gobernador y Capitan general, este abrio, en primer lugar, uno queen su sobre decfa: Por el Rey; el que, acatado y besado en la forma de estilo, se ley6 por el mismo senor presidente en alta voz; y contenia la real orden siguiente:

"Ministerio de Indias. = Excelentisimo Senor. = QueP· 11•·]/ riendo el rey dar un testimonio publico a ese a}runtamiento del aprecio que le merece la fiel conducta que ha observado durante las ultimas tristes circunstancias y premiar los generosos exfuerzos que ban hecho todos los habitantes de la isla hasta conseguir la libertad de su real persona y verle restituido al trono de sus padres, se ha dignado, condescendiendo con los deseos de vuestra excelencia, manifestados en su representaci6n de 31 de enero de este aiio, concederle el tratainiento de Excelencia en cuerpo; al gobernador, capitan general de esa isla, el grado de mariscal de campo; a don Francisco Santaella, alcalde de primer voto, los honores de oidor de la 'Audiencia de Cuba

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Y que su empleo de regidor-alcalde provincial sea hereditario en su familia·; los honores tambien de oidor de Cuba al auditor de marina, don Juan Antonio Mexia; y al diputado de vuestra excelencia, don Manuel Hemaiz, la cruz de t. a clase de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica; cuyas gracias espera su majestad que seran un nuevo motivo para que vuestra Excelencia coadyuve por su parte .a que en todo tiempo tengan efecto sus ['· 82 ] / beneficas reales intenciones. De real orden lo comunico a vuestra Excelencia para su inteligencia y satisfacci6n. = Dios guarde a vuestra Ex· celencia muchos afios. Madrid, 30 de mayo de 1815. = Lardizabal. = Sefiores del Ayuntamiento de Puerto Rico." Enseguidas, viendo el mismo senor presidente las gracias con que su majestad, por un efecto de su innata beneficencia, condecoraba a este cuerpo en general ya algunos de sus individuos en particular, siendo su sefioria uno de los agraciados, se insinu6 en terminos comedidos y de gra_. titud respecto de nuestro lexitimo soberano y toda esta corporaci6n; manifestando en este acto el oficio que diriji6 al excelentisimo seiior secretario de Estado y del Despacho Universal de Indias, desde Naguavo de esta isla, con fecha 2 de febrero del presente afio, en que mencionaba la memoria que habia merecido a este ayuntamient6'en la representaci6n que elev6 a su majestad, la obligacion de suscribirse a su justa solicitud sin embargo de que su delicadeza no le permitia desear otras gracias sino las que su majestad conceptuase proporcionadas a sus servi-['· 82v·]/cios y que cualquiera concesi6n o beneficio que se le hiciese a esta ciudad mereceria la gratitud de un pueblo constante y fiel que no ha variado en las criticas circunstancias en que se ha hallado y que ha sido el primer.a en dar exemplo a los demas de estos vastos dominios.

Y se acord6: Que, ante todas cosas, se tributen las gracias al Todopoderoso con un solemne Te Deum por Ia salud y felicidad, la mas completa y dilatada, de nuestro predilecto monarca, poniendose de acuerdo el alcalde ordinario de 2.0 voto (a quien se diputa) con el muy venerable senor dean e ilustrisimo cabildo para Ia designacion del dia; y que se conviden politicamente a las venerables comunidades y demas corporaciones para su asistencia a tan augusto acto. Que se practique otro tanto representando a su majestad, con testimonio de este acuerdo, por medio del excelentfsimo seiior secretario de Estado y del Despacho Universal de Indias, donde se le manifieste el grado tan sumo a que llega su reconocimiento al_ verse premiado con tanta

IGoberDador patent l z a su aaradecimlento per las sra· clas concedldas en Ill antes menclonada real orden y dj a conocer al cabUdo las rec:omendactones prevlamente por fl formuladas al monarca.)

IA celebrarse Te !Mum la salud y fellcldad de Fernando

(Se coml&Da al monarca el agradeci· mtento capltular

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por las gracias concedidas.J [St; agradece al gobernador las recom end a c I ones que formulara al monarca y se supllca de aqu4!l provea para la lnserci6n de la referlda real orderi en la Gaceta Oficlal.J

10 f i c I os de don Manuel Hermliz, diputado cap itular para cumplimentar a su majestad Fernando VII, mando sobre su llegada al puerto de Clidiz y haberse descargado en la Cl'lmlsi6n que se le hiclera; y remitiendo copia de la Gaceta de Madrid para que por ella se en tere el cuerpo capitular del tratamlento de Excelencla que se le ha concedldo.J

[Nombramiento d e diputados para re• dactar carta acusando recibo de los antes menclonados oflclos y consignando el agradecimiento capitular a don Manuel Hermliz.J [Oflgo de don Manuer HermUz instando a q u e se nombre por el <>a· bildo su asente o apoderado en Corte y proponiendo para este cargo a don Manuel Ledesma. I

ACTAS DEL CABILDO

prodigalidad y festinaci6n; y que seni este un singular y nuevo motivo para coadyuvar [r· 83 ]/ por su parte a queen todo tiempo tengan efecto las beneficas reales intenciones de su majestad, como se le encarga. Que al senor presidente se den tambien las gracias por Ia recomendaci6n de su apreciable oficio, que ha patentizado; a quien sc suplica se sirva mandar se inserte en Ia Gaceta de esta plaza la real orden para la inteligencia y satisfacci6n de todos los habitantes de eila y su isla, tomandose ademas la competente raz6n en el libro que corresponde.

Se abrieron los otros tres pliegos, los que contenian cuatro oficios del sefior diputado de este ayuntamiento, comisario ordenador y regidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; uno, con fecha 2 de abril, en que hace presente su feliz arribo al puerto de Cadiz y deseos que le acompafian de cumplir con Ia honrosa confianza que le hizo este ayun!amiento de cumplimentar a su majestad. Otro, con fecha de 26 del mismo, en que participa haber cumplido su comisi6n el dia 23 del mismo, besando la mano a su majestad y sus serenisimos infantes, despues [r. 83"·]/ de haber arengado al primero y entregadole el pliego cerrado que llevaba, quedando airoso en el desempefio *de su comisi6n* a presencia de toda la grandeza de la Corte. Otro, de 5 de junio, al que acompafia la Gaceta del dia 3 del mismo para que por el contenido de ella se entere esta corporaci6n del distinguido aprecio que ha merecido de su· majestad condecorandola con el Lratamiento de Excelencia y patentizando el placer que le ha cabido como participante de semejante gracia por ser uno de los miembros de eIIa.

Y se acord6 acerca de estos: Acusar el recibo al sefior diputado y tributarle las gracias por su esmero y eficacia, nombrandose para que lo executen a Ios sefiores oidores honorarios, alcalde de primera elecci6n y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, y el caballero rexidor vice-decano, auditor de marina, don Juan Antonio Mexia; archivandose consecutivamente los enunciados oficios con copia de su contestaci6n. .·

Y el otro, de i'gual fecha, en que noticia que todas las corporaciones del [r· 84 ]/ pais Jibr.:i en estos dominios tienen ya nombrados agentes o apoderados en la Corte con el objeto de que promuevan las instancias o representaciones que hacen a su majestad, siendo quiza la (mica este ayun-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tamiento que carece de el; y a fin de que lo verifique si a bien lo tiene en sujeto id6neo y activo menciona a don Manuel Ledesma, por conceptuarlo persona de la mayor confianza mediante los informes que ha tornado y conocimientos que de el ha adquirido, asegurando que Ia dotacion fixa de estos es de 150 a 200 pesos cada aiio. Y se acord6, con unanimidad de votos: Extender el poder necesario, en la forma de estilo, en favor del mencionado agente, con la dotaci6n de 200 pesos fuertes, anuales, que debera cargarse al fondo de propios; y de lo que se dara aviso a los seiiores presidente y vocales de la Junta Municipal con testimonio de este acuerdo; y el mencionado poder se remitira por los mismos seiiores diputados.

Con ['· Mv. ]/ Io que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. =Melendez [rubrica] = Santaella [rubrica] = Yrizarri [n1brica] = Mexia [n1brica] = Davila [rubrica] =Angulo [rubrica] = Martinez [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[3 DE AGOSTO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de agosto del aiio de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6tt del seiior gobernador y capitan general, se junt6 en esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, ['· 85 ]/ compuesto de los seiiores alcaldes ordinario de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de Ia Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial; *y* don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de dicha Real Audiencia y auditor _, · de marina; don Andres Angulo, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino, rexidores; y dori Jose Maysonet, sindico procurador general. No concurrieron, por ausentes, los seiiores alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova; y por enfermedad y empleado, el

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el originaJ.

!Don Manuel Ledesma queda de- .• slgnado por el cab I l d o como su agente o apoderado en Corte.)

\ \
[33]
75

IGobernador envra copla de la real orden de 20 de dlclembre d c 1814 que f rovee para que o s vlrreyes. presidentes y g obe r n ado res efectden por sl o por medlo de comlslonados la vl11ita a los seminarlos. universldades y consis. torlos, quedando facultados para reaUzar las reformas correspondientes. J

IA designarse un regldor que acom paAe al gobemado.. en las referldas vi sitas.J

(Acuhdase el cumplimiento de la menclonada real orden y sc nombra at regldor - alcalde l'rovlncla_I, don Francisco Marcos Santaella, para el fin arrlba prevenldQ,)

Unfdtmale que 16lo ezlsten en la ' cludad una clltedra dotada, la de San Ildefonso, y seis escuelas de primeras letras subvcnctonadas por el cabll· do.)

ACTAS DEL CABILDO

seiior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarri; don Jose y don Jose Maria Davila y don Diego Pizarro, rexidores. · 1

En este cabildo extraordinario se recibi6 un oficio del seiior gobernador y capitan general, su fecha, t. 0 de los corrientes, con inserci6n de Ia real orden de 20 de diciembre Ultimo en que manda su majestad que los virreyes, presidentes y respectivos gobernadores abran por si o por medio de comisionados la visita de los colegios seminarios, universidades y comvictorios [sic] reales, hacienda las reformas convenientes en los puntos que se dirijan a su mayor adelantamiento, con lo demas que expresa. Lo quc trasladaba a este Excelentisimo Ayuntamiento ['· 85"· ]/ para su inteligencia y cumplimiento y a fin de que nombre un seiior rexidor que acompane en la referida visita al expresado seiior capitan general, el viemes pr6ximo, pasandoantes de este dia, noticia de los estudios y catedras, dotaciones y establecimientos para principio de Ins expcdientes, con copia de las constituciones arregladas a las leyes. Y se acord6: El cumplimiento de la insinuada real orden y de lo que dispone el senor gobemador y capitan general; a cuyo efecto nombr6 este ayuntamiento, con unanimidad de votos, al sciior alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, para que sea quien acompaiie al senor vice-patrono en la visita prevenida; manifestandose a este mismo seiior que este consistorio no tiene noticia de que en esta ciudad haya estudios ni catedras dotadas, excepto la de San Ildefonso, cuyo catedratico de latinidad, el bachiller don Ram6n Vidal, present6 su titulo de tal, librado por el senor anterior gobernador, capitan general y vice patrono real, de que existe tomada raz6n en este archivo, e ignora tanto la dotaci6n cuanto las constituciones por que se rige; y dos escuelas de primeras letras para niiios, y cuatro, para la instrucci6n de niiias, que costea el ['· 86 ]/ fondo de propios, siendo la dotaci6n de las dos primeras, una, de 200; y otra, de 150 ·pesos anuales; y las cuatro segundas, de cieri ·pesos cada tina; que. se archive el insinuado,.,,ofido y se contexte a su seiiorfa con testimonio de este acuerdo.

'

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Mexia [nibrica] = Angulo [nibrica] = Martinez Diez [ruhrica) .=Andino [nibrica] =Maysonet Gonzales [rubrica]

76
'·•p

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

= Ante mf = Tomas de Escalona [nibrica], esscribano real y de cabildo.

[34]

[7 DE AGOSTO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete dfas del mes de agosto de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario se junt6 en esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los sefiores alcalde ordinario de 1.cr voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-P· S6v. ]/alcalde provincial y juez de policia; don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de dicha Real Audiencia y auditor de marina: don Agustin Martinez, don Manuel de Andino, regidores; y el sfndico procurador general, don Jose Maysonet y Gonzalez. = No concurrieron, por ausentes de esta ciudad y enfermos, el senor alcalde ordinario de 2. 0 voto, don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, alferez don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; don Jose Davila, don Jose Marfa Davila, don Santiago de C6rdova, don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se recibi6 un oficio que el senor intendente de provincia dirigi6 al senor gobemador y capitan general, 'mariscal de campo de los reales exercitos, don Salvador Melendez Bruna, al que acompaiia otro, su fecha, 5 de los corrientes, felicitando o tributando la enhorabuena a esta Excelentisima corporaci6n por la gracia del nuevo tratamiento con que la munificencia del soberano ha tenido a bien condecorarla. Y se acord6: Diputar a los seiiores oidores honorarios, alcalde ordinario de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, y rexidor vice-decano, don Juan Antonio Mexia,.['· 87]/ para que, a nombre del cuerpo, contesten al seiior intendente su mencionado oficio en los terminos mas expresivos; y que se archive con copia de la contextazi6n.

Se recibi6 otro de los senores·ministros de real hacienda de esta isla en iguales terminos y con tendencia al mismo fin. Y se acord6:. Su contestaci6n por los mismos diputados; y tambien su archivaci6n.

llntendente don Alejandro llamlrez fellclta al ayunta- mlento por el tra· tamlento de El:celencla que se le ha conferldo.J

IDesfaname dipu- tados para contestar la aludlda fellcltaci6n.J

IOflclales reales feicltan al QUDta• mlento por la sra· cla que le le ha otorgado.J

77

(Presbftero don Josi! Marfa Martinez, cura de Toa Alta, solicita atestado sobre su patrlotismo y conducta.J

(Provl!ese para dlcho atestado.J

(Procurador general, don Josi! May· sonet Gonz4lez, sollclta solar en la Calle de La Ctuz.J

(Provl!ese para el reconocim·lento, medicl6n y tasa del• referldo solar.)

ACTAS DEL CABILDO

Se present6 el presbitero don Jose Maria Martinez, cura beneficiado del partido de Toa Alta, solicitando que este ayuntamiento le de un atestado (acerca) *acerca de su patriotismo y conducta. Y se acord6: Conforme lo solicita por no constar a esta corporaci6n cosa en contrario, sino, antes bien, cuanto expresa en su representaci6n, extendiendose a continuaci6n y entregandosele original.

El caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzales, se presenta pidiendo que este ayuntamiento le conceda un solar que se halla en la Calle de La Cruz de· Santa Barbara, a espaldas de la casa de las Zabalas, y que sus fondos dan a los de los que el cabildo concedi6 a ['· 87v·]/ varios sujetos en el barrio o Alto de Santa Barbara. Y se acord6: Que la solicitud pase al senor oidor honorario, caballero rexidor, vice-decano, don Juan Antonio Mexia, para que con el alarife y el presente esscribano se reconozca el terreno y si pertenece a los fondos de propios lo mida y tase, dando cuenta para la providencia que haya lugar.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(35]

(14 DE AGOSTO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce dias del mes de agosto de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 en estas salas consistoriales el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los sefiores don Francisco Marcos Santaella, alcalde ordinario de t."r voto, [f· 88 ]/ oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidoralcalde provincial; don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de dicha Real Audiencia; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino, caballeros rexidores; y don Jose Maysonet, sindico procurador general. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad y enfermos, el seiior alcalde de

* Lo comprendido entre parentesis aparece tachado en el ori_ginal.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

2.0 voto, don Yrizarri; y los caballeros rexidores, c;tlferez real, don rernando Davila; alguacil mayor, don nuel Hernaiz; don Jose y don Jose Marfa Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se vieron las reales ordenes de 23 de abril y 3 de mayo ultimos relativas a la formacion de una Junta Military Politica para arreglar y proponer a su majestad el plan en que debe quedar la fuerza militar en tiempo de paz y la que debera tener en el de guerra, economia, orden y formalidades que deben adoptarse para el dispendio .de caudales, con lo demas que se juzgue necesario para hacer florecer esta isla y que [r. ssv. ]/ se nivelen los gastos de todos los ramos, espccialmentc los militares, no solo para que alcancen aquellos sino para que se forme un lar fondo de reserva con que se pueda ocurrir a los gastos o accidentes imprevistos. La cual Junta ha. de componerse del sefior gobernador y capitan general (quien ha pasado las enunciadas reales ordenes), de los jefes de la guarnici6n, del sefior intendente, fiscal de real hacienda, ministros de las reales caxas, y dos individuos de este ayunta· mien to. Y en su vista se procedio a darles el\ debido cumplimiento, nombrando los miembros que de este consistorio asistir deben; y se verifico, con unanimidad de votos, a los sefiores oidores .honorarios, don Francisco Marcos Santaella, alcalde de primera eleccion, y caballero rexidorvice-decano, don Juan Antonio Mexia.

Francisca Muriel, de este vecindario, se presento exponiendo haber comprado a· Petrona Fermin, viuda de Francisco Leges, una casa de tabla y tej'\_en el barrio de La Meseta, fabricada sobre un solar de los pertenecientes a las rentas de ['· 89 ]/ propios; y pidiendo que se le reciba por inquilina de los 100 pesos de su valor en lugar de su vendedora. Y sc acord6: Que el presente esscribano se informe de Petrona Fermin sobre lo cierto de esta instancia y del mayordomo de propios para ver si se adeudan algunos reditos y dara cucnta para proveer en su vista lo que haya lugar.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

(Se e:umlnan las reales 6rdenes de .• 2.l de abrll y 3 de maYO de 1815 refe• rentes a la forma· cl6n de una Junta Mllltar y Polltlca, sus facultades v composlcl6n.)

(Se nombran los dos capitulares que han de formar parte de la Junta Mi· litar y Polltlca. J

ID o il a Francisca Muriel informa haber comprado ll dona Petrona FermCn una casa fabrlcada en solar de propios y solicita se le admlta por inquilina censataria de dicho solar.]

IA verificarse lo informado por doi\a Francisca Muriel y a requerlrse del maYordomo si haY r6dltos venci dos sobre el aludido solar.)

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tSe lndican los artfculos o utensilios que preclsa la capllla de la clircel.)

(A suplirse los referidos artfculos en la medida en 'que .lo poslblllten los fondos de proplos.J

ACTAS DEL CABILDO [36]

[21 DE AGOSTO DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del ['· s9v. ]/ mes de agosto de mil ochocientos quince, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 en estas casas consistoriales el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los sefiores don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de primer voto y rexidor-alcalde provincial; el senor don Juan Antonio Mexia, oidor tambien honorario de la misma Real Audiencia; don Andres Angulo, don Agustin Martinez y don Manuel Andino, caballeros rexidores. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad v enfermos, el senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Yrisarri; los caballeros rexidores, alferez real, don Francisco Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, dpn Santiago de Cordova, don Diego Pizarro; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet.

En este cabildo se vio el informe que se pidi6 al senor alcalde ordinario de 2.0 voto sobre lo que se echaba de menos en la capilla de la real carcel y era de absoluta necesidad reponerse para [r· 90 ]/ la celebrazi6n de la misa los dfas festivos; y resulta que es indispensable proveer dicha capilla de una inciensera, misal, velas, mesa con caj6n para guardar los ornamentos, palanganas, jarro para lavamanos, un vaso de cristal, toallas, y una pieza de estopilla para amitos y purificadores, con mas una palometa para los paiios de mano. Y se acord6: Que pase este expediente al senor diputado actual de la real carcel, oidor honorario, don Juan Antonio Mexia, para que disponga que el mayordomo de propios cubra estas faltas segiln lo permita el estado actual del fondo de su cargo, remediando ·con antelaci6n aquello que fuere mas nece.sario, y con la cuenta del gasto se lleve a la Junta Municipal para acordar en ella el decreto que sirva de data en las de su administraci6n del corriente aiio.

· Con lo que se concluy6 ['· 90v. ]/ este cabildo, que ron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Angulo [rubrica] = Martinez [rubri-

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ca] = Andino [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[37]

[

4 DE SEPTIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dfas del mes de septiembre de mil ochocierrtos quince aiios, para.celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de se:iiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; el se:iior don Juan Antonio Me:xla, oidor tambien honorario de la misma Real Audiencia; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino y don .Jose Maysonet los primeros, rexidores, y el Ultimo, sfndico procUI'ador general. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad y enfermos, los sefiores rexi4ores, alferez real, don Fernando Davila; llguacil don Manuel Hemaiz; ·don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro. ['· 91]/

Si viola solicitud de do:fla Carlota Sofi [sic], viuda de don Jose Bell6n, solicitando el pago de los 918 pesos que se le restan del valor de la casa que se le tom6 para ensanche de la real carcel y con tal que se le haga en el termino de cuatro meses a don Manuel Padilla, su acreedor, convenido a tomarlos; seglin aparece de la expresatla solicitud ofrece a esta Excelentfsima corporaci6n no devolver a sus areas de fondo los 1,000 pesos de papeletas que antes se le habfan satisfecho a cuenta de la .deuda para tomarlos en plata, segdn esta acordado, y darse por satisfecha con aquella moneda como si fuese plata sonante. Y se acord6: Conforme, siempre que don Manuel Padilla quiera recibir la suma de la mayor que las reales cajas de esta isla deben al Excelentfsimo Cabildo, producida dt la real merced de cien pesos anuales que disfruta, lo que se hara saber por el presente esscribano, quien dara cuenta del resultado para librarle el documento necesario con que pueda presentarse en reales oficios a practicar la [f· 9iv. ]/ cobranza. Se tuvo presente el estado ruinoso en que se halla la carneceria esta ciudad y que por el puede llegar a expe-

• IDofla Carlota Sofia Mav6 viuda de Belldn solicita del cablldo le utisfaga la deucla de 918 pesos y. deslste en que se le canjee por monecla plata mil pesos que en paPeJ moneda le pag6 el ayuatamlento.J

(A cumpllmentarsft dicho pago de los ft>ndos que las ca· fas reales adeudan at cabildo,J

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[Se considera esta· do ruinoso que acusa la carnlcer!a.J

(lndfcase el pronto remedlo de la ruina y el gasto que ello conllevarfa.J

ACTAS DEL CABILDO

!Se le encomienda a don Agustfn Cantero la reparaci6n de la carnicerra y se designa c o m o superintendente de f4brica al regidor don Juan Antonio Mexia.]

rimentarse un perjuicio publico con infinitas desgracias que sucederan, como lugar a donde diariamente concurre tanto gentio, si el techo o paredes Began a desplomarse. Con este motivo se ha reconocido el edificio por el segundo maestro mayor de reales obras de fortificaci6n, don Agustin Cantero, quien opina que puede remediarse al pronto la ruina que amenaza con un apuntalamiento y reparos que tendran un costo de 79 pesos sin incluir los jornales de operarios y alguna otra poca cosa que puede ocurrir. Y sc acord6: Que siendo de indispensable necesidad el reparo que se menciona *y* se le encargue a el mismo la obra, nombrando, como, desde luego, se nombra, por superintendente de fabrica al caballero rexidor don Juan Antonio Mexia para que libre las 6rdenes de pago de jornales y demas; lo que se avisara al mayordomo de propios que debe satisfacer el valor de la fabrica, segiln se le vayan tirando los libramientos por el senor superintendente, de los productos de la misma carneceria; y que [r· 92 ]/ de este modo tenga el publico donde surtirse de este rengl6n alimenticio de primera necesidad mientras se escogitan y proporcionan medics de construir otra nueva con arreglo al piano, que se ha man8ado formar a los inteligentes, para el efecto; pasandose testimonio de todo a los seiiores presidente y vocales de la Junta Municipal.

{Gobemador c o nfirma acuerdo capi- tular.)

[Alcaide de la c4rcel seftala necesldad de un portero para dlcha depen- dencla y solicita se le abonen por el momento los diez pesos fifados para sueldo de

[Alcaide debe recurrir al gobema• dor para aumento que sollcita en su sueldo.)

Se recibi6 un oficio del seiior gobernador y capitan general, de 23 de agosto ultimo, confirmando el acuerdo de esta Excelentisima corporazi6n de 21 del mismo. Y se acord6: Quedar enterado este ayuntamiento; y que se archive.

El alcaide de la real carcel hizo presente que es de absoluta necesidad mantener un portero o llavero como siempre ha habido y al cual antes se satisfacian diez pesos mensuales; y pide ultimamente que se le abonen estos, que se suprimieron por el ultimo arreglo que se ha hecho para el manejo del fondo de propios. Y se acord6: Que este cabildo halla justa en [f· 92 v. ]/ su concepto esta solicitud pero queen atenci6n a que el reglamento que interinamente se observa en las erogaciones del fondo de propios asigna unicamente al alcaide la cantidad de treinta pesos mensuales y que este ha sido formado por el seiior gobernador y capitan general en uso de sus facultades se le haga saber ocurra a su seiioria para el aumento que con tendencia al portero indica.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [38]

[

11 DE SEPTIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San ['· 93 ]/ Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de septiembre de mil ochozientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 en estas casas consistoriales el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los senores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, y don Pedro Yrizarri; el senor oidor tambien honorario de la misma Real Audiencia y auditor de marina, don Juan Antonio Mexia; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino, regidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por ausentes y enfermos, los seiiores regidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo, don Diego Pizarro,. y don Josey don Jose Maria Davila.

En este cabildo se via el expediente .i;>romovido por el caballero sindico procurador general en solicitud de que se le conceda un solar, que se halla desierto, en el Alto de Santa Barbara; y diligencia practicada por el senor diputado don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor vice-decano, en que se expresa que el citado solar, como [f· 93 v. ]/ desierto, pertenece al ayuntamiento y que regulado en veinte varas al frente a la Calle de Santa Barbara y veinte y seis de fondo hasta distancia de una y media de la ermita, cuyo terreno se ha tasado por el alarife Francisco Martinez en cantidad de doscientos pesos lo hace presente para la providencia que haya lugar. Y se acord6: Concederse el solar mencionado previa la confirmazi6n de este acuerdo por el senor gobernador y capitan general, en cuyo caso se pasara este expe-

1Inf6rmase m e d tcl6n y valor tasado al solar pedldo por el procurador general, don Maysonet.)

[Se le otorga el solar al procurador general.)

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ACTAS DEL CABILDO

diente a los senores presidente y vocales de la Junta Municipal para lo masque corresponqe; : Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que cloy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = . Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y ·-. ·.:.de cabildo.

[Gobernador c o n· flrma acuerdo ca· pltular.J

tGotJernador aprue· ba sueldo de dlez pesos para el por· tero de la cllrcel.J [39]

[ 18 DE SEPTIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de septiembre de mil ochocientos quince anos, para celebrar ['· 94 ]/ cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos sefiores alcaldes ordinaries de 1.0 y 2. 0 voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; el senor don Juan Antonio Mexia, oidor tambien honorario de dicha Real Audiencia y auditor de marina; don Agustin Martinez, don Manuel Andino, rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonete [sic] Gonzalez. No concurrieron, por ausentes y enfermos, Ios senores rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se recibi6 un oficio del sefior gobernador y capitan general, su fecha, 13 de los corrientes, en que su sefioria confirma el acuerdo del 11. Y se acord6: Quedar enterado; que se archive y siga su curso el expediente de que trata.

Asimismo, se abrio otro del propio senor y de igual fecha, en que dice su sefioria que confirma y aprueba como de costumbre y necesidad -la dotaci6n de diez pesos al portero de Ia carcel como ayudante del alcaide ·[f· 94v·]/ de ella; acompaiia tambien la solicitud del enunciado alcaide con el superior decreto siguiente:

"Puerto Rico, trece de septiembre de mil ochocientos quince. = Tengase por comprendido en el reglamento esta

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

partida segt1n lo contestado en este dia al Excelentisimo Ayuntamiento al que debe acudir de nuevo esta parte. = Melendez. = "

Y se acord6: Conforme, acumulandose este expediente y poniendose al pie la competente nota que md1que semejante aumento con expecificaci6n del oficio del scfior capitan general y su fecha, participandose este aumento a los seiiores presidente y vocales de la Junta Municipal, por medio de oficio, y al mayordomo de propios con la orden correspondiente para su pago sin intermision de tiempo alguno.

Se present6 el doctor don Francisco Oller, medico mayor del Real Hospital de esta plaza, por su majestad, acompaiiando el titulo de proto medico de esta isla, que en 12 de los corrientes le ha librado el seiior gobemador Y capitan general de ella, para el conocimiento de esta Excelentisima corporazion y que se tome de el raz6n en el libro correspondiente. Incluye, asimismo, varias certificaciones, de sefiores gobernadores anteriores, este ayuntamiento [f· 95 ]/ y varios jefes de la plaza, que comprueban sus servicios; yen *en* virtud de los referidos documentos pide *que* que el Excelentisimo cabildo se sirva declarar que es acreedor en su facultad a que su majestad le dispense las gracias que fuesen de su real agrado.

Y se acord6: Haber por presentado *de* dicho titulo, que se tome de el la raz6n que solicita en el libro destinado a este fin; yen cuanto a lo demas que menciona, con exibici6n de las certificaciones relacionadas, este Excelentisimo Ayuntamiento declara que el presentante, doctor don Francisco de Oller, tiene hechos muchos y recomendables servicios en esta isla, particularmente el de la propagazi6n del flufdo vacuno, todos sin pago por ellos de estipendio alguno y por tanto le considera muy acreedor a que la soberana piedad de nuestro augusto monarca le dispense las gracias que fueren su real agrado. Que se le devuelva su solicitud y titulo diligenciados en forma para que de haga el uso que le convenga. ·

Con lo que ['· 9sv. ]/ se concluy6 este cabildo, que firmaron su [sic] Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [nibrica] =Mexia [rubrica] =Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [ru-

'1- Lo comprendido asteriscos aparece tachado en el original.

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[Aludido s u e l do quecla intearado en el reglamento d e sastos m unicipa· Jes.)

[Alcaide a deveJi- · gar tambim el sueldo fliado al porce. ro.J

[Doctor don Francisco Oller presenta dtuto de proto- mddico de esta Isla y varias certiflca· clones que acreditan s u s serviclos profesionales: y sollcita que el cabll· do le declare acreedor a mercedes rwles.J

[Se accede a lo pe- ticlonado p o r el doctor don Francisco Oller.J

[Se recibe de nue· vo la real orden de 30 de ma).> de 1815 comprensiva de las gracias dlspensadas por el monarca al ayuntamlento, al gober• nador y a varlos capltulai'es.J

ACTAS DEL CABILDO

brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscrib'ano real y de cabildo.

[40]

[23 DE SEPTIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y l\4uy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de septiembre de mil ochocientos quince afios, para celebrar cabildo extraordinario, con previo permiso del senor gobernador y capitan general, concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de las dos sefiores alcaldes ordinarios de 1.0 y 2. 0 voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-alcalde provincial, y don Pedro Yrizarri; el senor don Juan Antonio Mexia, .P· 96 ]/ oidor tambien honorario de Ia misma Real Audiencia; y don Agustin Martinez. No concurrieron los demas seiiores rexidores y sindico por hallarse ausentes de esta ciudad y enfermos.

En este cabildo extraordinario present6 -el seiior alcalde ordinario de primer voto un pliego, sacado del correo que lleg6 anoche a esta plaza, rotulado par el rey al ayuntamiento de esta ciudad; el que abierto y leido, despues de besado y acatado en la forma de estilo, result6 contener la real orden de 30 de mayo ultimo comprensiva de las gracias que el rey se dign6 dispensar a este Excelentisimo Ayuntamiento ya algunos de sus individuos en particular, cuyo principal se recibi6 en 31 de julio. Y se acord6: Haber por recibida dicha real orden ; que se archive y se duplique el recibo acordado al soberano en los terminos que antes esta determinado. = Concurri6 en· este acto el senor don Manuel Andino, rexidor.

Con lo que [r· 96v· ]/ se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano realy de cabildo.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[25 DE SEPTIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco clias del mes de septiembre de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de solos los sefiores oidores honorarios de la Real Audiencia del distrito, alcalde de t.c• voto y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Sarttaella, y don Juan Antonio Mexia; y no habiendo venido ninguno de los demas sefiores, por hallarse ausentes y enfermos, dej6 de celebrarse el cabildo porno haber numero suficiente para compone [sic] acuerdo seg(in constumbre [sic]; y se vieron ['· 97 ]/ en la precision de suspender y retirarse, previniendo se pusiese por diligencia para constanzia, firmando sus sefiorias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [n1brica], esscribano real y de cabildo.

[42]

[2 DE OCTUBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del mes de octubre de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinacomo es de uso y constumbre [sic],··concurrieron a esta consistorial los seiiores que componen el Excelentisi0\o Ayuntamiento, a saber, el seiiif alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor-a!calde provincial; el seiior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarri; el seiior oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; don Agustin Martinez y don Andres Angulo, [f· 97v·]/ caballeros rexidores. No concurrieron, por ausentes de esta ciudad y enfermos, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; el senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz;.don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran Villafane, don Santiago de Cordova, *y* don

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[41]
\ I
87 I '
[No se celebra cabildo per falta de Qu6rum.)

(Real provisidn de 17 de mayo de 1815 s o b r e recusacldn de asesores voluntarlos y supllca- cl6n de autos definltivos o lnterlocutorlos.J

(Alcaldes ordinarlos a observar la referlda real provisldn.)

ACTAS DEL CABILDO

Diego Pizarro y don Manuel Andino; y el si'.ndico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez.

En este cabildo se abrio un oficio del seiior gobernador y capitan general, su fecha, 22 del *corriente* mes pr6ximo pasado, el que, lei'.do, comprendia una real provision de Ia Audiencia del distrito, con fecha 17 de mayo del presente aiio de quince, a fin de que se eviten Ios abusos de recursar a los asesores voluntarios despues de consentidos, tacita o expresamente, sin previa justificazi6n de causa superveniente o antecedentemente ignorada; ni se suplique de Ios autos difinitivos o interlocutorios con fuerza de tales sino de los mere [sic] interlocutorios pidiendo su revocazi6n por contrario imperio en forma suplicatoria, etc Y se acord6: Tamar la raz6n en el libro que corresponde; acusar su recibo [f· 98 ]/ y pasar copia a los sefiores alcaldes ordinarios para que la observen en sus tribunales, archivandose enseguidas.

(Real orden de 24 de junlo de 1815 par tic I pan do cl nombramiento de don Sterlin como asesor teniente de gobemador de la isla.J

Se recibi6 otro del mismo seiior gobernador y capitan general, con fecha 23 def pr6ximo pasado septiembre, que contiene la real ore "'n de 24 de junio anterior por la que el excelenti'.simo seiior secretario de Estado y del Despacho Universal de Indias participa haberse servido su majestad nombrar, por decreto del mismo dia, a don Jose Sterlin, auditor guerra de esta capitania general, para asesor teniente de gobernador de toda su isla; siendo la voluntad del soberano que cuando el senor gobernador y capitan general crea que la multitud de negocios exija la separaci6n de este empl.eo del de auditor lo avise para la soberana resoluci6n.

[A lndlcarse a don Jos6 Sterlin que a su me for convenlencla comparezca ante el cablldo para tomar posesldn de su nuevo ollclo.1

Y acord6: Contestar a dicho seiior el recibo; tomar la raz6n en el libro que corresponde; y manifestar al mismo tiempo que cuando.guste el senor auditor podra pasar a este ayuntamiento a e'fecto de tomar posesi6n, previas las formalidades de juramento y fianzas que previene la ley y ban prac-P· 9Bv. ]/ticado hasta ahora sus predecesores, en el concepto de asesor, como lo indica expresamente la real cedula de 24 de agosto de 1799.

Se tuvo a la vista otro oficio que transmite a este consistorio el seiior gobernador, fecha de 23, en que enuncia que en los cri'.ticos momentos de estar dando cuenta al excelentisimo senor secretario de Estado y del Des:pacho Universal de Indias de los expedientes sobre el Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

glo de fondos de propios y arbitrios de esta ciudad y sus erogaciones como de los que por concesi6n real corresponden a este cabildo, recibi6 la real orden de 13 de junio del corriente afio que previene la incorporaci6n <le los derechos de calles y muelle en reales cajas, situando mil pesos al afio para que la ciudad los invierta en los objetos de su institute; y que por lo tanto habia detenido la cuenta que iba a dar hasta que este Excelentisimo Ayuntamiento expusiese su sentir en el particular, para cuyo efecto acompafiaba los dos expedientes, el del reglamento interinQ, el oficio informative que tenia preparado para el excelentisi. mo sefior ministro y la real orden que ha motivado el sobreseimiento [r. 99 ]/ o detenci6n.

Y se acord6: Haber por recibidos los· precitados mentos; acumular el oficio a su respective expediente; y dar vista de todo al caballero sindico procurador general, previa la agregaci6n de las reales 6rdenes de 26 de abril de 1785 y 24 de mayo de 1790, que se citan en la actual, cuyas copias facilitara el presente esscribano exigiendolas, a nombre de este ayuntamiento, a su presidente, el sefior gobernador y capitan general, con las urbanidades de estilo, en atenci6n a no encontrarse en cste archive IJ, ser regular que existan en la secretaria de gobierno; pues aunque los senores ministros de real hazienda, en su informe de 10 de abril inserto en el oficio del sefior intendente al folio 34 de la 2.a pieza, mencionan la real orden de 24 de agosto de 1790 y la agregaron bajo el nlimero 3 no se observa en el expediente, ni de la otra hay la menor constancia y menos tiene noci6n este ayuntamiento.

Se vio otro oficio del propio senor y capitan general, de 26 del mes pr6ximo pasado, en que copia el que le pas6 el senor intendente incluyendole la real orden de 6 de julio en que el excelentfsimo senor secretario de : Estado y del Despacho Universal de Indias le patentiza lo ..satisfecho que esta [f· 99v. ]/ su majestad del zelo e integridad de dicho senor intendente, la aprobaci6n que ha hecho de sus acertadas disposiciones en beneficio del real erario y fomento de esta preciosa isla, promoci6n que de su persona ha verificado nombrandolo intendente de la 'Habana, y enunciativa que le indica de las gracias concedidas a esta poblazi6n y sus habitantes, a semejanza de las de Trinidad y Nueva Orleans, que hasta el pre5ente no ban llegado.

Y se acord6: Acusar su recibQ por medio del testimonio de este acuerdo. Que los sefiores de cortesias.

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[Gobernador reml· te real orden de lJ de Junia d e IBIS que provee la in· corporacl6n de los derechos de calles y muelles a las cafas reales, as1Sn4n· , ' dosele al cabildo mil pesos anuales para atender los sastos de dlchas Obras pllbllcas.) (Gobornador requlere oplni6n del ayuntamlento sobre la aludlda real or-: den.)

(A rcferlrse al pro- curador general la menclonada real w. den y ocros documentos remlddos por el gobernador as( como reales 6rdenes de 26 de abrll de 1785 1:_ 24 de mayo de 17'0.)

ise particlpa al ca· bildo la real orden de 6 de Julio de 1815 en que se conslgna: la sadsfacci6n del monarca por el celo e mtegridad del in· tendente don Alejandro Ramirez, la aprobacl6n real que ban amerltado sus dlsposlciollell, l a promoci6n que se le hace al oficio de lntendente d e l a Habana; y final·· mente lnforma sabre gracias otorsa· das a Joa babllan· tes de la Isla.I

(Dlputados de cor· tesfas a cum pli· mentar al lntenden· te Ramirez por su · promoci6n Y' a slg· nlficarle el agrade· cimlento capitular por su intervenci6n en gestionar las gracias que se les ban conferido a los habitantes de la isla.J

(Fray Manuel de Casaverde, prior del Convento de Dominlcos, sollclta se le dt! vista de los expedientes de permuta del vleio Cuartel de .Milicias por la casa del alguacil mayor, don Manuel Hemlllz, a los efectos de re· presentar el derecho que tiene di· cho Convento a percibir censo y tri· buto por el terreno de que fuera privado.J

rA cumplimentarse a c u e r d o de 18 de enero de 181l reletivo al recono· cimlento de censo y pago de ri!ditos vencldos sobre dicho terreno. J

ACTAS DEL CABILDO

pasen personalmente a cumplimentar al sefior intehdente, a nombre de este ayuntamiento, por su promoci6n y tributarle las gracias por la parte que se habra tornado en las que su majestad se ha servido dispensar a estos leales y fieles habitantes, practicando otro tanto previamente con el sefior gobernador y capitan general como digno jefe de esta"isla.

El reverendo padre prior del Convento de reverendos Padres Predicadores de esta ciudad, fray Manuel de Casaverde, se present6 pidiendo se le de vista de los expedientes de permuta que hizo este Excelentisimo Ayuntamiento del Cuartel de Milicias con la casa del senor algua-(f· 100 ]/ [sic] mayor, don Manuel Hernaiz, donde este se fabric6 de nuevo, con objeto de representar el derecho que pertenece a su Convento por los solares que de el se tomaron y algiln terreno mas, como consta de dicho expediente. Los que traidos a la vista, notandose que en 18 de enero de 1813 se acord6: Nombrar al maestro mayor de obras de fortificaci6n, don Luis Huertas, para que con el rexidor diputado superintendente de fabricas *para* hicieran el reconocimiento, pedido por el caballero sindico procurador general, asociado con don Agustin Cantero, pedido por parte del Convento, y que cumplido diese cuenta para proceder al reconocimiento del importe total del censo y pago de sus reditos decursos; cuyo acuerdo existe pendiente a pesar de que fue aprobado por el sefior gobernador y capitan general en 19 de los mismos.

Se acord6: Llevar a puro y debido efecto aquella determinazi6n por el actual sefior superintendente de fabrica, oidor honorario, don Juan Antonio Mexia, a quien se pasaran los expedientes para que, asociado de don Agustin Cantero y del alarife de esta ciudad en lugar ['· ioov. ]/ de don Luis Huertas, que se halla gravemente enfermo, practique el indicado reconocimiento y de cuenta con el resultado.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Angulo [rubrica] = Martinez [rubrica] /£·Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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[9 DE OCTUBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve clias del mes de octubre de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 el Excelentisimo Ayuntamiento a esta sala consistorial, compuesto de su presidente, el senor don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatraba, mariscal de cam. po de los reales exercitos, gobernador y Capitan general; los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial, y don ['· 101 ]/ Pedro Yrisarri; el senor oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Juan Antonio Mexia; don Andres Angulo, don Agustin Martinez, caballeros rexidores; y el sindico procurador general, don .Jose Maysonete [sic] Gonzalez. No concurrieron, por ausentes y enfermos, los caballeros regidores, alferez real, don Fernando Dabila; seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Sahtiago de C6rdova, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino.

I

Se tuvo presente el expediente de don Manuel Padilla y su conformidad a cobrar de la real hazienda la deuda que este consistorio tenia con la viuda de don Jose Bell6n. Y se acord6: Que el expresado Padilla pague al ayuntamiento los ciento sesenta y tres pesos, tres reales, y un m"aravedies [sic], dandosele de tiempo lo que resta de este aiio para poderlo hacer; y que por la Junta Municipal, ' a quien se pasara este asunto, se le habilite para la cobranza en real contaduria de los 918 pesos de que se trata este expediente.

· Se vio la solicitud de Francisco Morales, ['· 101v·]/ de este vecindario, que pidi6 al seiior gobernador y capitan general su permiso para formar un teatro publico, de poco costo, donde algunos aficionados representen varias comedias para diversi6n de los habitantes de esta ciudad v cuya instancia pas6 a este ayuntamiento, con decreto referido seiior gobernador y capitan general, su fecha, 3 de los corrientes. Y vista se acord6: Diputar a los seii.ores rexidores, oidor honorario de la Real Audiencia del dis-

[Don Manuel Padilla acepta cobrar los !HS pesos que el cablldo le adeudaba a la viuda de don Josi! Bell6n.} [Disp6nese Que don Manuel Padilla salde deuda que tiene con el ayuntamlent;, y quede habili· tado para devenRar los ref e ri dos 918 pesos.)

IDon Francil•co Morales sollcita JI •. cencla para estab l ec er un teatro pllblico.J

JUAN BAUTISTA
[43]
SAN
DE PUERTO RICO
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[Dlputados capltu· Jares a lnformarse sobre varios extremos concernlentes a dicho teatro pll· blico.J .

Uuramento y pose· sl6n de don Josl! Sterlin como asesor teniente de go. bemador de la Isla.)

ACTAS DEL CABILDO

trito, don Juan Antonio Mexia, y don Agustin Martinez, para que se informen de Ia calidad de diversion que pre· paran estos aficionados, cual es el lugar que escogen para construir el teatro, que entrada piensan exigir al publico en sus diferentes clases y personas mayores y menores y, ultimamente, que cuota sefialan a beneficio de Ia manu· tenei6n de los pobres de la real carcel u otra obra de bene· ficencia publica, y de todo den cuenta pftra Io que haya lugar.

Consecuente a lo acordado en el [r. 102 ]/ cabildo ante· rior el seiior auditor de guerra de esta isla, nombrado por su majestad asesor teniente de gobernador de ella, avis6 que pasara a este consistorio, como lo ha verificado, para · tomar Ia posesi6n de dichos empleos y el senor presidente, gobernador y capitan general, le manifesto que debia hacer el competente juramento y dar las fianzas que previe· nen las !eyes y ultima real resoluci6n de 24 de agosto de 1799, a lo que se allan6. Y en consecuencia, el seiior rexidor vice-decano, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Antonio Mexia, procedi6, segU,n es de uso y constumbre [sic], a recibirle el expresado jura· mento, que prest6 en debida forma, y por el cual prometi6 su seiioria desempeiiar los cargos, que su majestad le confiaba, bien y cumplidamente y que la fianza seria otor· gada a Ia mayor brevedad, cuyo testimonio pasaria a esta Excelentfsima Corporaci6n. En esta virtud tom6 el referido senor teniente de gobernador, ['· 102 v. ]/ asesor general y auditor de guerra, Ia posesi6n, lugar y asiento que le corresponde en este ayuntamiento. El juramento fue recibido por el senor presidente, gobernador y capitan general, sin embargo de que el seiior decano protext6 Io convepiente acerca de Ia posesi6n en que esta de recibir dichos jurarnentos. . y se concluy6 este [sic] acta, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Melendez. [rubrica] =Jose de Sierlin [rubrica] = Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Pedro Yriz.arri [rubrica] = J. A. Mexia [rubrica] = Andres Angulo [rubrica] = Agustin Martinez. Diez. [rubrica] = Maysonet Gonzales [nlbrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

92

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de octubre de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo [f· 103 ]/ ordinario, como es de uso y constumbrc ·[sic], concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimh Ayuntamiento, compuesto del senor oidor honorario dl.' la Real Audiencia del distrito, don Francisco Marcos Santaella, rexidor-alcalde provincial y alcalde ordinario de primer voto; don Pedro Yrisarri, alcalde de segundo voto; el senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario tambien de la misma Real Audiencia; don Agustin Martinez y don Manuel Andino, rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por ausentes y enfermos, los seii.ores rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro. Tampoco concurri6 el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin, por ocupaci6n.

En este cabildo se ley6 una representazion del caballero sindico procurador general solicitando que de nuevo se verifiquen las reales 6rdenes de 26 de abril de 1785 y 24 de mayo de 1790, que se mandaron unir al expediente de reclamaci6n del derecho de muelle y calles; y que si no se hallaren en la secretaria de la capitania general se oficie, segiln estilo, al senor"'intendente para que si las · tiene franquee sus copias y que acumuladas a los [f· 103v·]/ expedientes vuelvan a su vista. Y se acord6: Como parece al mismo caballero sindico, suplicandose al senor presidente, gobemador y capitan general, que en caso de existir en su secretaria las reales ordenes citadas se sirva mandar se faciliten copias, y en el de no encontrarse que oficie al senor intendente para el mismo .fin.

El senor oidor honorario rexidor don Juan Antonio Mexia evacu6 la comisi6n de informe que se solicitaba acerca de la calidad de funciones publicas que trata de emprender Francisco Morales con una compafiia de c6micos aficionados. Y se acord6: Informar al seiior gobernador y c.apitan general que puede concederse la licencia

' ' I

IProcurador general sollcl ta se le provea copla de las reales 6rdenes de 2' de abril de 1785 y 24 de mayo de 1790.]

IA s o li c- tar:;e del gobemador proVp para que la secretar (a de soblerno swnlnlstre la copla de las aludldas reales 6rdenes.]

!Se lnlorma sobre calldad de funclones pdbll c as a ofrecerse en el teatro pdbllco que lnteresaba establecer

SAN JUAN. BAUTISTA DE PUERTO RICO [44]
[ 16 DE OCTUBRE DE 1815.]
93

don Francisco Morales.] ·

(Cabildo favorece, bajo una especial condlci6n que conslgna, el que se le conceda la licencia solicltada por don Francisco Morales.]

(Procurador general, don Maysonet, so lcita atestado sobre su ges- ti6n en dicho oficlo durante los aftos 1808 y 1815.J

dlcho atestado.)

(Arrendatarlos de casillas se ofrecen a costear el encerado que cubre llas provlsto que lo puedan descontar de su Cllnon de alq1dler .]

IA reconocerse las casillas e informarse el costo de su reparaci6n.J

ACTAS DEL CABILDO

que soJicita F-!"ancisco Morales para las diversiones publicas que ofrece con tal que contribuya para la mantenci6n de los pobres de la carcel con dos pesos cada funci6n que se haga o el total producto de una que se executara en el tiempo que se le prevenga:

El caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet, solicit6 un atestado de este ayuntamiento por los servicios que en su oficio ha hecho ahora y en el aiio de 1808. Y se acord6 lo siguiente = Que siendo, como es, cons'tante cuanto expresa el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet, en su instancia y estando esta corporazi6n muy satisfecha de su celo ['· IC»]/ por el bien com(m, actividad, desinteres y demas buenas circunstancias que reune, asi lo certifica para los fines que le convengan, entregandosele el expediente original.

Los arrendatarios de las casillas de esta ciudad hacen presente que los encerados que las cubren se hallan inutiles y necesitan de alguna reparaci6n, que ellos costearan si e] fondo de propios no tiene dinero y lo descontaran de sus alqtiileres. Y se acord6: Pasar esta petici6n al mayordomo de propios para que, con el alarife de carpinteria, reconozca las casillas, de cuenta de su estado y diga el· costo que tendra su. composici6n.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que cloy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[45]

[23 DE OCTUBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San [f· i 04 v. ]/ Juan de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de octubre de mil ochocientos y quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidoralcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, y don Pedro Yrisarri; el sefior oidor honorario tambien de la

94

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

misma Real Audiencia, don Juan Antonio Mexia; don Agus-· tin Martinez, don Manuel de Andino, rexidores; y el caballero s:indico proct;:..·ador general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por ocupaci6n, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y por ausentes y enfermos, los sefiores rexidores, alferez real, don Francisco Dabila; alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se abrio un oficio del senor gobemador y capitan general, de 11 de los corrientes, transcribiendo su sefioria, para su inteligencia y fines convenientes, otro del seiior intendente, del dia 9, con inserci6n de la real orden de 10 de agosto ultimo en que su majestad nombra algunas personas para vocales propietarios de la Junta de Real Hazienda de esta isla ya un rexidor de este Excelentisimo Ayuntamiento, el que el mismo seiior intendente juzgue mas a prop6sito; y que en consecuencia de la expresada real [f·105 ]/ orden hab:ia nombrado al senor oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, Jo que le comunicaba para que se sirviera el referido senor gobemador participarlo a este consistorio. Y se acord6: Quedar enterado ',este cabildo; que se archive el oficio; y conteste al citado seiior capitan general el recibo por medio del testimonio de este acuerdo.

Se recibi6 otro oficio del propio senor gobemador, de 20 del corriente, contextazion al que le pas6 este ayuntamiento el dia 16: Dice su sefior:ia que examinada su secretaria no se hallan las reales 6rdenes que se le piden. Que el secretario del ayuntamiento puede ver el expediente de reclamaci6n de los derechos de y calles por si hubiere equivocazi6n de feshas. Y se acord6: Conforme, certificando la resulta a continuaci6n del mismo exP.ediente.

El alcaide de la real carcel hizo presente que no se le pasa la suma que estaba antes dotada de 16 pesos para el alumbrado de ella y que en el presente mes lleva suplido este gasto, pide que se le reintegre y se determine lo conveniente en el particular. Y se acord6: Que no estando asignada en el reglamento cantidad alguna para este fin, y reputandose el ayuntamiento sin [f· iosv. ]/ facultades para innovar en el, se pase la instancia del alcaide al seiior gobemador y capitan general para que su seiior:ia delibere lo que estime conveniente.

[Se da a conocer real orden de 10 de agosto de 1815 por la cual su majestad destgna a los vocales propleta· rlos de la Junta de Re a 1 Hacienda y faculta al lntendente para nombrar el regidor que debe pertenecer a la mis· · ma.)

(Regldor don Juan Anto1nio MeKia queda nombrado miembro de la alu· dida Junta.)

[Gobernador infor· ma no hallarse en la secretarfa de go- biemo las reales 6rdenes de 26 de abril de 1785 y 24 d(; mayo de 1790.J

[Alcalde de cdrcel lndlca np se le est<i proveyendo fondo alguno para el alumbrado de dlcha dependencla y plde se prov e a al re1i:ecto.J

(Gobemador a determlnar sobre bl antes menclonado particular.)

95

IArrendatarlos de: las casillas costean la reparacl 6n de y sollcltan se Jes satlsfagan lo s gastos en que lncurrldo.J

IL u e g o que los arrendatarlos de ca· slllas presenten las cuentas se proveer4 al respecto.J

(Portero de la c4r.cel solicita habltacl6n para l!l y su famllla en dlcha dependencla.J

ID e s e s timada ta aludlda sollcitud.J

ACTAS DEL CABILDO

El mayordomo de propios pas6 a las casillas con el alarife para re.conocer la descomposici6n que representaron sus inquilinos y dar raz6n del costo a que ascenderian sus reparos; y se le inform6 por ellos que de su cuenta los habian hecho y que presentarian la de los gastos. Y se acord6: Que en atenci6n a que estos inquilinos han procedido a la reparaci6n sin ciencia ni conocimiento del Excelentisimo Ayuntamiento, a quien debieron participar previamente cualesquiera deterioro que en las casillas se notase, luego que presenten la cuenta de las gastos que voluntariamente han causado se acordara lo conveniente y que se les haga saber.

El portero de la real carcel, Francisco Albarez, pidi6 al senor gobernador y capitan general una habitaci6n para el y su familia en dicha real carcel; cuya solicitud su seiioria, par su decreto de 5 de los corrientes, pasa a este ayuntamiento. Y se acord6: No haber lugar a ella par falta de pieza al intento y otras justas causas.

Con lo que se [f· 106 ]/ concluy6 este cabildo, que firmaron sus·Excelencias, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica].

[30 DE qcTUBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a- los treinta dias del mes de octubre de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de su presidente, el senor don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatraba, mariscal de campo de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; el senor alcalde ordinario de i.cr voto, oidor honorario de [sic] Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella; el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor tambien hon9rario · de. la misma Real Audiencia; don Agustin [f· 106 v. 17 Martinez, don Manuel de Andino, caballeros rexidores; y don Jose Maysonet Gonzales, sindico procurador general. Tambien concurri6 el

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

caballero rexidor don Andres Angulo. No concurrieron, por ·ausentes de esta ciudad y enfermos, el senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrisarri; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; alguacil mayor, don Manuel Hermiiz; don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova y don Diego Pizarro.

'· En este cabildo se recibi6 un oficio del senor dor y capitan general, su fecha, 25 de los corrientes, en que confirma su seiioria el acuerdo de este ayuntamiento del dia 23 de los mismos. Y se acord6: Quedar enterado su Excelencia y que se archive.

I

IGobernador con· firma acuerdo caPl· tular.]

• I

Se abrio un pliego rotulado por el senor gobemador y capitan general a este Excelentfsimo Ayuntamiento y, abierto, contenia la representaci6n del alcaide de la real carcel, que se pas6 a su en el cabildo anterior, para que se dignase deliberar acerca de la petici6n que contiene relativa a que se le pase el diario alwnbrado o la suma de de diez y seis pesos que antes se abonaba al intento. Dicha representazi6n trae decreto del referido senor capitan general de 25 del corriente expresivo de que tan justa solicitud [f· 107 ]/ pase a es'te Excelentisimo Ayuntamiento para que en uso de sus facultades lo conveniente. Y se acord6: Que aunque este gasto, como necesario, debiera · salir del fondo de propios, en cuyo reglamento se seiial6 suma bastante para el sostenimiento de carcel, notandose en el dfa no haber de donde proporcionar la cuota asignada y que por esta raz6n es imposible subvenir semejante necesidad, que el seiior alcalde ordinario de i.er voto, oidor honorario don Francisco Marcos Santaella, se informase del encargado de carnecerfa cuanto era lo que anteriormente se contribufa por los duenos de las reses de la matanza de cada una a fin de establecerlo si es posible como medio, el mas arreglado, al intento y nienos gravoso al publico e interesados; y, entretanto, el senor diputado de carcel hara el enunciado gasto de la cantidad de doscientos pesos que el seiior presidente, en este mismo acto, ha ofrecido franquear del fondo de harinas.

· El misino pliego una representazi6n de Vicente Ferrer, arrendatario del pasaje rle Loysa, con decreto de su seiiorfa, el senor gobemador, intendente y capitan general, de 25 del corriente, [f· 101v·]/ para que pase a este Excelentlsimo Ayuntamiento; pide aquel individuo que los

(Gobemador decreta sea el cablldo qulen determine sobre pago del alumbrado de la dreel.)

(A sufragarse el sasto del alumbrad<' de los fondos provenlentes de la contrlbucldn sobre mataf\Za de reses.J

(Por de lmnedlato el referido sasto habr(a de sadSfacerse de dosc:ientos pesos asl!P1lldos por el sobernador.J

...
97 '; i.:

[Arr en datario del pasaie de Lofza so· lici ta que se le permita pagar en papel moneda y en un solo plazo ta cantidad por la cual remat6 dicho pasaie.r

iAI aludido arrendatario s61o se le habrcl de reciblr papel moneda co· a tos meses de en ero, febrero y parte de marzo, debiendo satisfacer el res to de su deuda en plata.J

IMayordomo a efect u a r la coi>ranza conforme a acuerdo.J

ACTAS DEL CABILDO

mil trescientos cincuenta pesos en que remat6 dicho pasaj_e, en fines del afio pr6ximo pasado que corria el papel moneda, se le reciban de pronto en esta especie y no por ·tercias partes en plata. Y se acord6: Con vi-sta del expediente de su remate que a este arrendatario se le admitan papeletas s6lo por los meses de enero, febrero y hasta 19 de marzo de este afio, que circul6 semejante moneda, y no por mas tiempo en el cual ha corrido y cobrado plata de los derechos de su ramo, consecuente a lo acordado por este Excclentisimo Ayuntamiento, en veinte y siete de febrero ultimo, a igual solicitud. Que se le haga saber y se le de copia de las providencias si las pidiere, advirtiendo tambicn al de propios lo conveniente para que haga las cobranzas arregladas a este acuerdo.

ISuperlntendente de fl!bricas lnforma sobre los solares que se utillzaron en la construccidn del Cu art el de Miliclas, el valor tasado y reditos ven· cidos sobre los mismos.J

IProcurador gene• ral a quedar informado de lo antedicho.J

[Escribano consfg. na duda sobre l;is fechas de las rea· le<; 6rdenes cltadas en el expediente de reclamaci6n del derecho .de muelle y calles.l

IA darse conoclmlento de lo arri· ba mencionado al procurador gene· ral.1

!Don Jose Yusti presenta la real orden de su nombra· miento como ·profesor de farmacia y segundo botlcario

El senor oidor honorario, don Juan Antonio Mexia·, superintendente de fabricas, dio cuenta, con el expediente promovido por el reverendo padre prior del Convento de reverendos Padres Predicadores de esta ciudad, acerca del esclarecimiento de los solares que se tomaron para la fabrica del Cuartel de Milicias pertenezientes ['· 108 ]/ a dicho Convento. Y evacuada la comisi6n que el Excelentisimo · Ayuntamiento le confiri6, en dos de Jos corrientes, resulta que los solares que se agregaron a dicho Cuartel de Milicias son seis·, de valor .de 915 pesos, cuyo redito anual al respecto de 5 porciento asciende a 45 pesos, 6 reales, y que siendo siete afios los que se adeudaran en fin del presente de reditos caidos forman una totalidad de 320 pesos, 2 reales. Y visto se acord6: Dar vista al caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez.

El presente escribano certific6, en el expediente de reclamacion del derecho de muelle y calles, que no puedc asegurar si las reales 6rdenes que alli se citan de 26 de abril de 85 y 24 de mayo de 90 tendran sus fechas equivocadas con las que en dicho expediente obran al folio 11 vuelto y 12 de la segunda pieza de 22 de febrero de 85 y 24 de agosto de 90. Y se acord6: Dar vista de todo al caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzales.

Don Jose Yusti, profesor de farmacia y segundo boticario del Real Hospital Militar de esta plaza, presenta, para conocimiento de este Excelentisimo Ayuntamiento y toma de raz6n, la real orden [r· iosv. ]/ de su nombramiento, examen y titulo de aprobaci6n del Real Proto-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Medicato de la ciudad de la Havana. Y visto se acord6: Haber por presentados dichos dQcurnentos; que se tome de ellos la raz6n que solicita el interesado en el libro correspondiente; y que fecho se le devuelvan con diligencia que lo acredite.

En este cabildo se tuvo presente el estado actual de escasez de numerario en que se hallan los fondos de propios para subvenir a sus precisas atenciones, con este motivo se trajo a la vista el expediente de las deudas que algunos particulares tienen con el ayuntamiento seglin la relaci6n que el mayordomo exibi6 en tres de julio ultimo. Y se acord6: Que el mismo mayordomo pase al senor gobernador y capitan general relaci6n de los deudores aforados para que su sefioria se digne providenciar sus pagos; y por los que no lo son que inste al seiior alcalde de segundo voto; y de cuenta, en el pr6ximo cabildo, (de cuenta)* de las providencias que se hubieren tornado sobre el particular con noticia de lo que se haya adelantado en sus cobranzas, para lo que se le devolvera dicho expediente.

Con lo [f· 109 ]/ que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Santaella [nlbrica] = Mexia [rubrica] = Angulo [rubrica] · Andino [nlbrica] = Martinez [rubrica]' = Maysonet Gonzales [nlbrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo.

[47]

[6 DE NOVIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dias del mes de noviembre de mil ochocientos quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores que componen el Excelentisimo Ayuntamiento, a saber, el senor don Jose Sterlin, teniente de gobernador y auditor de guerra de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santae-

.

* Lo comprendido entre parentesis aparece tachado en el original.

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del Real Hospital Militar y trtulo de del Real Proto-Medicato de la Habana.J

(Se tdma la correspondlente raz6n de dlchos docwnentos.)

(Slgniffcase esca• : sez de numerarlo;l

(Se e:amlna expe· diente de los deu· dares a los fondos de propios.J

(Goberilador a proveer que los deudores aforados sati s fas an SUS pa• gos.)

(Alcalde de segun- do voto a encargarse flue los deudores .no aforados hagan sus pagos.)

(Mayordomo a in: formar el adelanto que se haga en dichas cobranzas.J

cuenta del gasto tncurrl• do en cerrar hueco de la puerta del retrete de la c4rcel y de la apertura de otro.]

1se ordena el pago de dicha cuenta.]

[Se tra tan varios asuntos.J

ACTAS DEL CABILDO

Ha; el seiior alcalde de segundo voto, don Pedro Yrizarri; el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor tambien (f· l(l'h-.]/ honorario de la misma Real Audiencia; y don Agustin Martinez, regidores. No concurrieron, por ausentes y enfermos, Ios caballeros rexidores, alferez real, ·don Fernando Davila; el seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo, don Diego Pizarro, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez.

En este cabildo se via la cuenta del costo que se impendi6 en Ia obra mandada hacer, por el senor capitan general, de cerrar el hueco de la puerta del lugar excusado de la real carcel, que estaba al frente de la capilla, y por cuya causa no se decia misa en ella, y abrir otro por la sala inmediata, ascendente a veinte y ocho pesos y tres reales. Y se acord6: Su pago por el mayordomo de propios, pasando· esta cuenta a los senores presidente· y vocales de la Junta Municipal a fin de que libren las 6rdenes al intento.

Se trataron otras materias concernientes al bien del publico. [1• 110 ]/ Y se concluy6 este ·cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[48]

[9 DE NOVIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve Cias del mes de noviei:nbre de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo extraordinario, con permiso del seiior gobernador y capitan general, concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del seiior teniente de gobernador y auditor de guerra de esta isla, don Jose ·Sterlin; el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; don Agustin Martinez, don Manuel Andino, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. [f· u0v.]/ No concurrieron, por ausentes y enfermos, los

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dos sefiores alcaldes ordinarios, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, y don Pedro Yrisarri; y los cab.alleros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se abrieron tres oficios sacados del correo que acaba de llegar de Espafia. El primero, del Ilustrisimo sefior don Mariano Rodriguez Olmedo, electo obispo de esta di6cesis, su fecha, 18 de julio del corriente ano, en que ofrece a esta corporaci6n la gracia que le ha hecho su majestad y su persona dedicada a cuanto pueda conducir a la prosperidad temporal y espiritual de esta isla. Y se acord6: Nombrar, como se nombra, a los seiiores oidores honorarios de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, y don Juan Antonio Mexia, para que como diputados del Excelentisimo Ayuntamiento den la enhorabuena a su sefioria Ilustrisima y las gracias por la generosa oferta que expresa su citado oficio.

Los dos restantes, de 18 de junio y 10 de julio, (f· 111 ]/ son del senor don Manuel Hermiiz, dipufado por este Excelentisimo cuerpo en la Corte. Y se acord6: Reservarlos para el primer cabildo ordinario.

Con lo que se concluy6 este, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[49]

[

13 DE NOVIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dfas del mes de noviembre de mil ochocientos quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reu'ii.i6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer [sic], don Pedro Yrizarri; el senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la

(Su Ilustr(sima, don Mariano Rodriguez ·Olmedo. partlclpa su nombramiento como oblspo y se pone. a la disposlci6n del cablldo.)

INombramiento de dlputados para cumplimentar a su Ilustrfsima y consignarle el agrade- cimlento capitular por su actltud.)

[Se reclben dos oflclos de don Ma· nuel Hern41z.J

101

(Gobemador confirma acuerdo capitular.J

(Gobernador envra copia de I a Real Cl!dula de Gracias de 10 de agosto de 1815.J

(Dlsp6nese que dicha copia role entre todos los capl- tulares.J

ACTAS DEL CABILDO

Real Audiencia del distrito; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino, caballeros regidores; y el caballero sindico procurador [r. JJh·. ]/ general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurricron, por ocupaci6n, cnfermedad v ausencia, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; el senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de primer voto y caballero rexidoralcalde provincial; don Fernando Dabila, alfcrez real; el sefior don Manuel Hernaiz, alguacil mayor; don Josey don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro, caballeros rexidores.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan [sic], fccha 8 del corriente, confirmazi6n del acuerdo del dia 6 anterior; y visto se dispuso archivarlo.

Se vio otro del mismo seiior, su fecha, del dia 10, con el que pasa a este ayuntamiento, para su inteligencia y satisfacci6n, un exemplar de la real cedula que su majestad se ha dignado expedir, con fecha de 10 de agosto pr6ximo anterior, que contiene el reglamento para la poblaci6n y fomento del comercio, industria y agricultura de esta isla. Y visto se acord6: Que dicho reglamento role entre los sefiores que componen esta corporazi6n para que se impongan ·de el y despues se archive, [r. 112 ]/ acusando al sefior gobernador y capitan general el recibo por medio del testimonio de esta acta.

IProcurador gene- ral informa consldera justo el reclamo que hace el Convento de Dominicos para que se reconozca el censo y trlbutos sobre los solares de que fue privado.J

(Se reconoce cl aludido censo y se provee para el pago de los rl!ditos vencidos.J

El caballero sindico procurador general evacu6 su represen taci6n en el expediente del reclamo que hace el Convento de reverendo padre [sic] Dominicos de esta ciudad de arreglo de solares que se tomaron para el Cuartel de Milicias y pago de SUS reditos decursos. y considerando el mismo caballero sindico la justicia del reclamo por ser asunto ventilado y aclarado en los expedientes de permuta, esscritura y dermis documentos que existen se acord6: Hacer el reconocimiento de dichos principales y que se paguen los reditos decursos, para lo cual pasara este expediente a los sefiores presidente y vocales de la Junta Municipal, que dispondran la a medida que el fondo de propios vaya ingresando algunas cantidades; diputandose para que otorgue el reconocimiento al sefior oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se recibi6 en este estado un pliego del seiior gobernador y capitan general que, abierto, contenia la real orden de 10 de agosto ultimo que trata de la instituci6n de la Real Ordcn Americana de Isabel ['· 112'"· ]/ la Cat6lica, acompaiiando tambien un exemplar impreso de los Estatutos de la expresada Real Orden Americana. Y visto se acord6: Quedar entcrado de todo; contestar a su seiioria el recibo por mcdio del testimonio de este acuerdo; y archivar los cxpresados documentos despues que cada uno de los seftores de estc ayuntamiento los revea [sic] para su mayor :satisfacci6n.

Con lo quc sc concluy6 cstc cabildo, quc firmaron sus Excelencias, de que cloy fee. = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [50]

[20 DE NOVIEMBRE DE 1815.]

En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte dias del mes de · noviembre de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor teniente de gobernador, auditor de guerra de esta (f· 113 ]/ isla, don Jose Sterling; el seiior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarri; el seiior oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan.·· Antonio Mexia; don Agustin Martinez Diez, don Manuel de Andino, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por enfermos y ausentes, el senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de 1.cr voto y rexidor-alcalde provincial; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; el seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

· En este cabildo se recibi6 un oficio del !iefior goberna-

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[Gobernador remlte: real orden de IO de agosto de 1815 que crea la Real Orden Americana de Isabel la Catdllca; y un 1 ejemplar de los Estatutos de ·

IG ob e rnador confirma acuerdo ca· pitular.J

(Gobernador re mi· mite real ct!dula de 30 de mayo de 1815 que ordena se dt!n a D i o s las grac:ias per la li· bertad de Fernan•• do Vil y su fellz · arribo a Espafta, proveyt!ndose asimlsmo que anual· mente se conme-· more tan memora• ble suceso.J

IA cumplimentarse lo ordenado por la referida real ct!dula y a incluirse la con. memoraci6n anual en l a s fiestas de tabla.)

[Mayordomo a encargarse de la iluminaci6n ordinaria que debe proveerse para la conmemora· ci6n anual.J

(Gobernador envfa real ct!dula de 20 de abril de 1815 restableciendo el paseo del pend6n en lndias e islas Filipinas. J

(Se informa que desde el 17 de abril de 1815 se habla restablecido en la ciudad, per acuer· do ca:f.itular, el pa· seo el real pend6n. J

ACTAS DEL CABILDO

dor y capitan general, su fecha, 15 de los corrientes, confirmaci6n del celebrado el dia 13. Y visto, se dispuso su · archivaci6n.

El senor gobernador y capitan general remiti6 a este ayuntamiento la real cedula de 30 de mayo del corriente ano que trata de que en estos dominios se den a Dios las gractas por 111 inesperada libertad de [r. mv. ]/ el rey, nuestro senor, y su feliz arribo a Espana; y que el dia aniversario de este memorable suceso ( que fue el 24 de marzo del ano anterior) sea en lo sucesivo de gala, y execute lo demas que expresa. Y vista se acord6: El obedecimiento de la enunciada real cedula y que se avise al portero para que en su tabla de los dias de fiestas de ceremonia coloque la presente; y al mayordomo de propios para que todos los anos prepare en la vispera del nominado dia la iluminazi6n ordinaria, como la que execut6 el 19 del corriente, en que por disposizi6n del senor gobernador y capitan general se celebr6 esta funci6n por la primera vez.

Asimismo, pas6 el propio seiior capitan general la reai cedula de 20 de abril del presente aiio que trata de que en los reinos de Indias e islas Filipinas se restablezca el paseo del real pend6n en las ciudades y pueblos donde se acostumbraba. Y se acord6: Guardar, cumplir y executar la referida real determinaci6n por lo que toca a este cuerpo, quien, ansioso de manifestar el amor y lealtad hacia su lexitimo rey y senor, acord6 con su presidente, el senor gobernador y capitan general, en 17 de abril ultimo, restablecer el paseo del real pend6n que debia salir el dia del patrono tutelar de esta ciudad, San Juan Bautista, cuya. augusta ceremonia se suprimi6 por las Cortes, aspirando este avuntamiento [r· 114 ]/ a conservar una memoria tan significante y poner en execuci6n el precepto de las leyes y que se continuase el ceremonial desde el referido dia de San Juan (como se execut6 con indecible jubilo de este leal vecindario) mientras que del trono no baxase resoluci6n en contrario que abrogase Ia 56, Titulo 15 del Libro 3.0 de estos dominios. Que se conteste asi'al seiior capitan general para que su seiioria se sirva ponerlo en noticia del soberano.

(Se Si8nlfica la falta de aslstencia a los actos pllbllcos de la mayor parte

Se trat6 acerca de la falta de concurrencia a todo publico de la mayor parte de los caballeros rexidores de este Excelentfsii:;no Ayuntamiento y se acord6: Que por el presente esscribano se Jes pase oficio a fin de que los que

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

no *se hallen con* tengan un lexitimo impedimento se sirvan asistir a sus respectivas obligaciones, respecto a que los tmicos que estan presentes se hallan sumamente recardos [sic] con diputaciones y lo demas que ocurre.

Se tuvo presente la escasez de caudales del fondo de propios y que no hay en el con que subvenir al sustento de .los pobres de la carcel. Y se acord6: Que el expediente de los deudores a dicho ramo se recoja por el presente esscribano del poder del [r. u4 v. ]/ mayordomo y se lleve al seiior alcalde ordinario de 2.0 voto para que, en su tribunal de justicia, obligue al pago a los sujetQs mencionados en el, en cuya operaci6n se interesa tambien el seiior teniente gobernador, que ha prometido en este mismo acto practicar los mayores exfuerzos para que se cubran estas cantidades por las personas que las adeudan.

·Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Yri.zarri {rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mf .- Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo.

[27 DE NOVIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de noviembre de mil ochocientos y quince aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, en esta sala consistorial, compucsto del seiior teniente ['· 115 ]/ de gobernador y auditor de guerra de esta isla, don Jose Sterling; el seiior alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarry; el senor oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; y don Agustin Martinez, caballeros rexidores; y el caballero s:indico procurador general, don Jose Maysoi:iet Gonzalez. No

concurrieron, por enfermedad y ausencia, el seiior oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y alcalde ordi· nario de 1.er voto, doctor don Francisco Marcos Santaella; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Da-

* Lo comprendido entre asteriscos apart=ce tachado en el original.

de los regldores, y se provee para que concurran a aqul!llos.J [Sc indlca , l!;iCaSeZ de fondos para atender a la ·manutenci6n de los presos pobres.]

• [A activarse el cobra de las deudas que algunos veclnos tlenen con los pro- plos.]

\ \ [51]
..
105

IGobernador c o nfirma acuerdo capltular.)

[Se insta a la de· signaci6n de la persona que en repre- sentaci6n del cablldo ha de ser socio nato en la Sociedad Econ6mica de Amigos del Pafs y que se facilite una sala consistorlal para la celebraci6n de las juntas ordinarlas de aqu4!11a.J

[Posp6nese determinaci6n sobre los aludidos asuntos.J

ACTAS DEL CABILDO

.'trila· el sefior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don y don Jose Maria Davila, don Tiburcio, Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo, don Manuel de Andino y don Diego Pizarro. ,

· En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, de 22 de los corrientes, en que confirma su senoria el acuerdo anterior. Y se determin6: Archivarlo.

Se recibi6 otro oficio del mismo senor, fecha, 21 del corriente, en que copia otro del senor intendente del 17 para que esta corporaci6n nombre el individuo que debe ser socio nato en la Sociedad [C. usv. ]/ Econ6mica de Amigos del Pais, cuyos estatutos tiene su majestad aprobados, y a fin de que conforme al Articulo 25 tenga a bien franquear una sala de la casa consistorial para las juntas ordinarias que hayan de celebrarse. Y se acord6: Reservar esta materia para tratar sobre ella el primer cabildo que se reuniran mayor numero de senores vocales, lo que se participani al seiior gobernador y capitan general por medio del testimonio de esta acta.

[Gobernador remlte circular exiglendo se le comunique la matrlcula de extranieros de cada pueb10.)

[Requi4!rese de la ciudad capital sumlnlstre la correspondiente a su ju. r Is di c ci6n territorial.)

CA los efectos de cum P Ii men-tar la circular, ord4!nase a los alcaldes de barrio preparen listas duplicadas de los extranjeros.J

Asimismo, se recibi6 otro oficio del senor capitan general, de 21 de este mes, con inclusion de la circular numero 16 de 17 de octubre de 1814. Dice su seiioria que ha recibido de todos los pueblos de la isla las matriculas de extranjeros, pedidas en la referida circular, y que solo Ia de esta capital, que espera se le dirija a la mayor brevedad por necesitar tener en el dia conocimiento de ella. Y se acord6: Contestar a su senoria por el testimonio del acuerdo, que a este Excelentisimo Ayuntamiento, desde . que entr6 al exercicio de sus funciones en 1.0 de enero del corriente aiio, no se le ha pedido la matricula mencionada y ni encuentra en el archivo la que debi6 formar el constitucional a virtud de la circular numero 16; pero que en ['· 116]/ obedecimiento del superior mandato determinaba que el presente esscribano notifique a los alcaldes de barrio de esta ciudad- formen listas duplicadas de los extranjeros que haya en cada uno, con arreglo al Articulo 70 del Reglamento de Polida de 1.0 de enero del aiio de 14, y las presenten para el pr6ximo cabildo en este consistorio con objeto de pasar a vuestra sefioria la nominada matricula y quedar con la noticia necesaria para la formaci6n del libro de ella.

El senor teniente de gobernador y auditor de guerra record6 las cuentas pendientes del descubierto del mavor-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

domo don Eusebio Valentin. de Urquizu; y el caballero sindico procurador general expuso que pendian en su vista pasadas por la Junta Municipal, ante se ventila esta materia, y que a la mayor brevedad representaria lo que se le ofrece y parece en el asunto.

El mismo senor teniente de gobernador manifesto que la relaci6n de deudores al ayuntamiento, que le pas6 el senor alcalde ordinario de 2.0 voto, la puso en manos P· 116 v· ]/ del senor gobernador y capitan general para que en el tribunal de su senoria se agite la cobranza por los tramites de justicia y demas de que corivenga usar. Y el senor alcalde ordinario don Pedro Yrizarri expuso que ya tiene por su parte practicadas cuantas diligencias le han parecido conducentes a que se logre el pago de algunas cantidades que adeudan los individuos que comprende la n6mina que qued6 en su poder.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 .su Excelencia, de que doy fee. = Jose de Sterlin [nibrica] = Yrizarri [nibrica] = Mexia [nibrica] = Martinez [nibrica] = Maysonet Gonzales [nibrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [nibrica], esscribano real y de cabildo.

[52]

[ 4 DE DICIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de diziembre de mil ochocientos quince a:iios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 en esta., sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y [f· 117 ]/ rexidor-alcalde provincial; el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor tambien honorario de la misma Real Audiencia; don Tiburcio Duran de Villafane, y don Agustin Martinez, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. Concurri6 tambien el senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarri. No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor· teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fer-nando Davila; senor alguacil mayor, don Manuel Her-

[Procuradcir general ofrece exponer su parecer sobre las c u e n t a s del ex· mayordomo d o n Eusebio Valentin de Urqulzu.J

r

[Teniente de gober- nador y alcalde ordlnario de segundo voto informan so· bre las dlligencias ... por ellos practlcadas en relaci6n al co bro de deudas que se tenfan con los fondos de pro- plos.)

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fGobernador c o r•• firma acuerdo capitular.]

[Regidor - alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, q u e d a electo miembro nato de la Socledad Econdmlca de Amigos del Pars.]

[Se ofrece la sala de acuerdos para la celebracidn de las juntas ordinarias de la referida Sociedad.]

ACTAS DEL CABILDO

na1z; don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo, don Manuel de Andino y don Diego Pizarro.

Concurri6 en este estado el caballero rexidor don Manuel de Andino.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan [sic], fecha de 29 del mes pr6ximo pasado, confirmando el acta del 27 anterior. Y visto se acord6: Quedar el ayuntamiento enterado y que se archive.

Se tuvo presente la materia reservada en el anterior cabildo de que trata el oficio del seiior capitan general de 21 del mes anterior. Y se acord6: Nombrar el iQdividuo de esta corporazi6n para miembro [r. 117v.]/ nato de· la Sociedad Econ6mica de Amigos del Pais, y fue, con unanimidad de votos, elegido el seiior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de primer voto y caballero rexidor-alcalde provincial de este Excelentisimo Cabildo; y que en cuanto a la sala de la casa consistorial, que pide el seiior intendente, para la celebrazi6n de las juntas de dicha Sociedad se contexte al referido senor capitan general que el ayuntamiento no tiene otra que la en que hace sus acuerdos y esta Ia franqueara con sumo gusto si su sefioria tiene a bien confirmar el acuerdo, en cuyo caso lo pondra en noticia del senor intendente.

[Don Juan Beyluz presenta par a su cumplimlento y toma de razdn la carta de naturaleza que su maiestad le dispensara.] [Provl!ese sobre el particular arriba lndicado.]

Don Juan Beyluz [sic], de naci6n ingles, vecino de esta ciudad, present6 para que se obedezca y cumpla el real despacho o carta de naturaleza que su majestad se ha dignado concederle en treinta de agosto del corriente aiio; y que se tome de ella la raz6n en los libros que *que* este ayuntamiento tiene destinado para sentar estos documentos. El referido despacho esta presentado al seiior capitan general de esta isla quien le pUSO SU CUmplase en trece de} mes pr6ximo pasado. Y visto se acord6: Obedecer el mandato del soberano, que fue acatado en la forma de estilo; y que se [f. 118]/ tome raz6n del nominado real despacho en el libro correspondiente para la debida constancia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. =

[Juramento de don Luis Rodriguez como alcalde del barrio de San Fran• cisco.]

En este estado se present6 d9n Luis Rodriguez, electo alcalde de barrio del cuartel de San Francisco y confirn:iado por el seiio.r; capitan general, a quien el caballero

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rexidor decano le recibi6 el juramento que presto de exercer bien el referido oficio. = Santaella [nibrica] = Yrizarri [nibrica] = Mexia [nibrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Angulo [nibrica] = Martinez [nibrica] = Andino [nibrica] = Maysonet Gonzales [n1brica] = Luis Rodriguez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [nibrica], esscribano real y de cabildo. [53]

[ 11 DE DICIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan ['· usv. ]/ Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de diziembre de mil ochocientos y quince afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del seiior alcalde ordinario de primer voto, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y rexidor-alcalde provincial; el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia; y don Manuel \de Andino, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por ocupaci6n, enfermedad y ausencia, el senor auditor de guerra, teniente de gobernador, don Jose Sterlin; el senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Pedro Yrizarri; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo, don Agustin Martinez f'don Diego Pizarro.

En este estado concurri6 el senor alcalde ordinario de 2.0 voto y el caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, de 6 del corriente, confirmazi6n del cabildo celebrado el dia 4. Y visto se acord6: Archivarlo. ['· 119]/

Se recibi6 otro oficio de los sefi.ores ministros de real hacienda de esta capital e isla, su fecha, nueve del presente mes, en que enuncian que uno de Ios arbitrios adoptados por el senor intendente para reunir la cantidad de 6,709 pesos, 5 reales, 14 maravedies, que deben contribuir ·

[Gobernador confirma acuerdo capt· tular.]

109 ' (

IA recaudarse de los Condos de pro- pios 1,230 pesos y 2 reales plata pertenecientes a la testamentarfa del extranjero d o n Juan Rows.]

[Se indica que la aludida suma no f u e lngresada en los fondos de pro- pios.]

ACTAS DEL CABILDO

en este mes a los cuerpos militares de la guarnici6n es el de recaudar de este ayuntamiento 1,230 p.esos y 2 reales plata, suponiendo se hizo cargo de ellos · y eran" pertenecientes a la testamentaria del extranjero Juan Rows. Y se acord6: Diputar a los caballeros rexidores don Agustin Martinez y don Manuel de Andino para que contexten a los seii.ores ministros que este ayuntamiento no tiene la menor noticia de la cantidad que se reclama ni ha podido adquirirla a pesar de la investigaci6n que ha hecho acerca del particular, tomando informes tanto de los seiiores que componen esta corporaci6n cuanto del esscribano y mayordomo, por no estar comprendido en las certificaciones de cargo que se extienden anuahnente y hasfa ignora con que motivo pudiesen venir al fondo de propios bienes mortuorios de extranjeros, como es el Juan Rows que (f· u9v. ]/ se indica.

(Don Ram6n Araujo p resen ta tftulo para ejercer la profesi6n de dentlsta y soliclta se le franq u e e licencla al efecto.]

[Se accede a lo petlclonado provisto que antes obtenga la licencla del go- bierno.]

Se present6 Ramon Araujo, de este vecindario, con un titulo que le ha librado el senor doctor don Francisco Oller, medico de camara honorario de SU majestad, protomedico de esta isla, para que pueda exercer el oficio · de saca muelas y dentista, con objeto de que este ayuntamiento le permita exercer dicho oficio. Y se acord6: Que se le permita a este individuo la licencia que solicita obteniendola previaniente del gobierno y capitania general para cuyo efecto se le devolvera original el titulo que ha presentado. ·

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Manuel de Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [54]

-[18 DE DICIEMBRE DE 1815.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de ['· 120 ] / San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de diciembre de mil ochocientos y quince afios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de su presidente, el gobernador y capitan general, don Salvador Melendez Bruna,

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

del Orden de Calatraba, mariscal de campo de los reales exercitos; los dos seiiores alcaldes ordinaries de 1.0 y 2.0 voto, seiior oidor honorario de la Real Aucliencia del distrito y rexidor-alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, y don Pedro Yrizarri; el senor oidor honorario de la misma Real Audiencia, don Juan Antonio Mexia; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez y don Manuel de Andino. No concurrieron, por ausentes y enfermos, los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; sefior alguacil mayor, don Manuel Hemaiz; don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro; y el caballero sindico procurador general, don Jose Maysonet Gonzalez.

En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior [sic] y capitan general, de 12 de los corrientes, en que su seiioria aprueba el cabildo celebrado el dia anterior. Y se [f· llOv.]/ acord6: Quedar este ayuntamiento enterado y que se archive el expresado oficio.

El caballero rexidor interino don Agustin Martinez present6 el titulo que, en nueve de los corrientes, le libr6 el seiior gobernador y capitan general de rexidor llano de · este Excelentisimo Ayuntamiento, cuyo 1 ?ficio ha rema. tado en junta de almonedas y se hallaba vacante por fallecimiento de don Francisco Sauri. Y se acord6: Haberle por presentado; confiriendole la posesi6n de dicho oficio, prestando, como presto, el debido juramento, en manos del sefior presidente de esta corporazion, bajo del cual prometi6 llenar ffelmente las obligaciones a que se constituye; y su sefioria le seiial6 el lugar y asiento que le corresponde seguido al del caballero rexidor don Santiago de Cordova. Que el presente esscribano certifique a continuaci6n del titulo este acto posesorio y de todo se tome raz6n en el libro correspondiente.

Se vio el parte y oficio del sargento mayor del regimiento de Milicias de infanteria en que noticia al sefior gobernador y capitan general que el Cuartel de este cuerpo necesita alguna reparaci6n en sus techos. Y se acord6: Pasarlo al senor don Juan Antonio Mexia para que como rexidor P· 121 ]/ superintendente de fabrica haga reconocer al alarife de esta ciudad la obra que haya que hacer y de cuenta con un presupuesto del costo que ocasionara para en su virtud providenciar lo conveniente.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = San-

rGobernador c o n· firma acuerdo capi· tular.]

[Don Agustin Martfnez presenta tftulo de regldor llano.]

[Juramento y posesl6n del aludldo regidor llano.]

[Se informa que el Cuartel de Mllicias Disciplinadas preclsa una reparaci6n de sus techos.]

[Alarife a reconocer el Cuartel y a seftalar presupuesto de gastos para su reparacl6n.]

111

11.1.-.·caun••' conccii· h:s de 11116.)

ACTAS DEL CABILDO

taella [rubrica] = Yrizarri [rubrica] = Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane '[rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [ru- · brica], esscribano real y de cabildo. · [55]

[ 1 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de ['· mv. ]/ San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero del aiio de mil ochocientos y diez y seis, para efecto de celebrar la elecci6n de los sujetos que han de exercer en el presente aiio los empleos de republica, se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento, en sus casas consistoriales, compuesto del senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde ordinario de primer voto; y don Pedro Yrizarri, de segundo voto; los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; el seiior alguacil mayor, caballero cruzado de la Orden de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; 'el senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador, don Jose Maysonet Gonzalez. No concurrieron, por ausentes, enfermos y ocupaci6n, los caballeros rexidores don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este estado concurri6 el caballero rexidor don Jose Davila.

Reunidos todos los indicados seiiores se procedi6 a Ia elecci6n, en la forma y uso que prescriben las leyes, y resultaron elegidos los siguientes:

Para Alcalde ordinario de t.ei- voto, el se:iior don Manuel Hernaiz, con cuatro votos. El se:iior don Juan Antonio Mexia tuvo otros cuatro y don Manuel de Andino, uno. ['· 122 ]/

Para Alcalde ordinario de J2.11 elecci6n, don Juan Fran-· cisco de Fuentes, con cinco votos. Don Jose Rafael Pizarro tuvo cuatro votos.

Para Sindico procurador general, el licenciado don Juan Bautista Marquez, con todos los votos.

112

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Para la Santa Hermandad de la parte del Norte, don Cecilio Salvador de Robres, con cinco votos. Don Jose Delgado tuvo dos; y dos, don Pablo Cordoba.

Para Alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur, don Pablo de Aguilar, con siete votos. Don Jose Del-· gado tuvo dos.

Presidente de la Junta Municipal el que quedare electo alcalde de primer voto.

Vocales, el senor don Francisco Marcos Santaella, con siete votos. El senor don Juan Antonio Mexia, con seis. Don Manuel Andino tuvo dos votos; y don Agustin Martinez, tres.

Juez de policia, el senor don Francisco Marcos Santaella, con siete votos. Uno tuvo don Manuel Andino; y otro, don Tiburcio Duran de Villafane.

Alarife de albaii.ileria, Francisco Martinez, con todos los votos.

De carpinteria, Pedro Amezquita, con todos los votos. Fiel contraste, Francisco Bruno, con todos los votos.

Cuya elecci6n, conforme esta [r. 122v·]/ sentada, fue vista y leida por los dos seiiores vocales mas an,tiguos que advirtieron hallarse casada o igual la del alcalde de primer Voto y determinaron todos unanimemente pasarla COD el competente oficio a su seiioria, el seiior gobernador y capitan general, para su confirmazi6n y resoluci6n que haya lugar, acompaiiandose tambien la de los cuatro alcaldes de barrio, executado en la forma de estilo el dfa 30 del mes anterior. Y fueron diputados para llevar el pliego el seiior alferez real, don Fernando Davila, y don Agustin Martinez.

Con lo que se concluy6 este acto, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Francisco Marcos Santaella [nlbrica] = Pedro Yrizarri {rubrica] = Fernando Davila [nibrica] = Manuel Hernaiz [nlbrica] = Joseph Davi-· la [rubrica] = Juan Antonio Mexia [rubrica] = Tiburcio Durdn de Villafane [nlbrica] = Agustin Martinez Diez [nibrica] =Manuel de Andino [nibrica] = Jose Maysonet Gonzales [nlbrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. (f· 123 ]/

[Se remiten al BO· bernador l a s elec· ciones conceilles y la de los alcaldes de barrio.)

113

[Alcaldes de barrio electos para 1816.)

[Gobernador resuelve el empate para el oflcio de alcalde ordinario de primer voto y confirma para iste a don Juan Antonio Mexra.]

IGobernador c o n • firma a Jos dem4s electos.]

[J'uramento y posesidn de don Juari Antonio Mexia como alcalde ordinario de primer voto.]

[Do'n Agustrn Martinez queda declarado electo vocal de la Junta Municipal.]

[Notlficacidn a los electos p a r a que comparezcan a prestar el juramento de sus correspondientes oficlos.] Lo testado no vale. [rllbrlca].

ACTAS DEL CABILDO

[ANEXO UNICO.]

Alcaldes de Barrio.

San Francisco: Don Marceliano [sic] Cabrera. Santo Domingo o Campeche: Don Jose Barbudo. San Juan: Don Juan de Dios Cuebas. Santa Barbara: Don Juan Nin.

En el mismo dia contest6 el senor gobernador y capitan general el oficio de este ayuntamiento, que le pas6 con el Acta de Elecciones; y su seiioria expresa que resultando de ellas empate en la de alcalde de primer voto en personas ambas dignas de exercer el empleo confirmaba la del senor don Juan Antonio Mexia, por consulta del senor auditor, por la presunci6n de no haber el vacio de dos a:iios en el anterior sistema constitucional aunque este inconveniente podria darsele el concepto de haber sido aquellos actos nulos todos y de ningun valor.

Que en Ios demas segiln y conforme el acta acordada por el Excelentisimo Ayuntamiento por Ia pluralidad de votos a quien le toque. En cuya vista acord6 el ayuntamiento haber por recibido dicho oficio y proceder, como procedi6, a dar la posesi6n al senor don Juan Antonio Mexia, quien presto, en manos del caballero rexidor decano, el juramento necesario y se sent6 en el lugar y asiento que le corresponde. Que se entienda elegido vocal de la Junta Municipal el. caballero rexidor don Agustin Martinez, [r· 123v·]/ que reuni6 mayor numero de votos despues del senor don Juan Antonio Mexia. Y que se pasen los avisos competentes al senor alcalde de 2.11 eleczi6n, don Juan Francisco Fuentes, alcaldes de la Santa Hermandad, caballero sindico procurador general, alcaldes de barrio, alarifes y contraste para que comparezcan *los cuatro primeros cuando lo tengan por conveniente con tal que sea* con la mas posible brevedad *y los ultimos* a prestar sus juramentos, para cuya diligencia se diputa al caballero rexidor don Agustin Martinez que acompanara en ella al senor alcalde ordinario de primer voto.

En este estado vino a la sala, siendo llamado, el caballero sindico procurador general electo y confirmado, * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

114

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cenciado don Juan Bautista Marquez, quien instruido de su elecci6n la con demostraci6n de gratitud hacia esta corporazi6n y senor capitan general, que aprob6 su nombramiento; y presto, en manos del propio caballero rexidor decano, el juramento de costumbre bajo del cual prometi6 desempefiar bien y cumplidamente el encargo que se le comete.

Con lo que se [r. 124 ]/ concluy6 este acto, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Santaella [rubrica] = Y rizarri [rubrica] = Davila [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Davila [rubrica] = Mexia [rubrica] · Durdn de Villafane [rubrica] · Martinez Diez [rubrica] = Andino [rubrica] = Maysonet Gonzales [nibrica] = Licenciado Juan Bautista Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[56]

[2 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad 4e San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del 'mes de enero · de mil ochocientos y diez y seis afios, concurri6 a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Reai Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y el caballero ['· 124 v. ]/ regidor don Agustin Martinez. Y habiendo comparecido, siendo citados, los dos alcaldes de la Santa Hermandad del Norte y Sur de esta jurisdicci6n politica, don Cecilio Salvador de Robles y don Pablo de Aguilar; dos de los de barrio de esta ciudad, a saber, don Marceliano [sic] Cabrera, del de San Francisco y don Juan Nin, del de Santa Barvara; y los alarifes de albaii.ileria y carpinteria Francisco Martinez y Pedro Amesquita, y el fiel contraste, Francisco Bruno; instruidos todos de sus elecciones y confirmazi6n del seiior capitan general, aceptando los respectivos encargos, prestaron uno en pos de otro, en manos de su seii.oria, el referido seii.or alcalde de primer voto, y ante mi, el presente esscribano, el juramento de estilo necesario bajo del cual prometieron exercer bien y fielmente sus encargos, y lo firmaron, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Cecilio Salbador de Robles [rubrica] = Pablo Baldez [rubrica] = Marcelino Cabrera [n.ibrica]

115

[Juramento del licenciado don Juan Bautista M<irquez c o m o procurador general.]

(I uramento de : los a caldes de la Santa Hermandad, al· caldes de barrio de S a n Francisco y Santa B;!rbara. ala· rifes de albaiiilerla Y de carpinterla, y del fiel contraste.]

I No se celebra ca· bildo por ausencia de los alcaldes ordinarlos.]

ACTAS DEL CABILDO

- Francisco Bruno [rubrica] = Juan Nin [rubrica] = Pedro de Amesquete [rubrica] = Francisco Martinez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona. [rubrica], esscribano de cabildo. ['· 125 ]/ [57]

[8 DE ENERO DE 1816.]

En ]a Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios ocho dias del mes de enero de mil ochozientos diez y seis, concurrieron a esta sala consistorial el senor oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Francisco Marcos Santaella, caballero rexidor-alcalde provincial; y los rexidores llanos, don Tiburcio Duran de Villafane y don Manuel Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez; siendo citados para celebrar cabildo *extra* ordinario. Y siendo las diez y media sin haber comparecido juez alguno con quien celebrarlo y mandado avisar el senor alcalde ordinario de primera elecci6n que se hallaba ocupado en asuntos de administraci6n de justicia se mand6 poner por diligencia, retirandose dichos se:iiores, que firmaron y de ello doy fee. = Santaella [nibrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Andino [nl.brica] = Licenciado Marquez [nibrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo. (f· J2Sv·]/

[58]

[8 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho dfas del mes de enero de mil ochocientos piez y seis, cpmo a las once y media de la maiiana vino a casas consistoriales el seiior oidor honorario de la Real Audiencia del don Juan Antonio Mexia, alcalde ordina_!'io de primer voto, y el caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane, con objeto de dar la posesi6n a don Juan Francisco Fuentes sin em-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

116

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

bargo de expresar el referido senor alcalde ·haberse excusado a concurrir a cabildo ordinario, que debi6 celebrarse hoy, por ocupaci6n urgentisima de justicia y pasar a la real carcel a tomar ciertas declaraciones en el expediente inquisitivo de que conoce sobre las heridas del difunto don Manuel de la Cruz. Y en efecto, habiendo comparecido el nominado seiior alcalde electo y confirmado, don Juan Francisco de Fuentes, el senor alcalde de primer voto le recibi6 juramento que presto y le senal6 su lugar y asiento de justicia, firmandolo con los enunciados senores, de que doy fee. = Mexia [nibrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Don Francisco de Fuentes [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [nibrica], esscribano de cabildo. P· 126]/

[59]

[9 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dfas del'mes de enero de mil ochocientos dictz y seis, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de permiso del senor gobernador y capitan general, se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; los caballeros rexidores, senor alcalde provincial, oidor honorario de la misma Real Audiencia, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcic;L Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez.

En este cabildo se abrio un pliego rotulado por el rey a este ayuntamiento, que el seiior capitan general dirigi6 al senor alcalde ordinario de primer voto, como venido en el correo que ayer entr6 en este puerto prozedente de Cadiz; el que, acatado en la forma de estilo, se ley6 y result6 ser el real despacho de diez de septiembre del aiio pr6ximo pasado sobre el restablecimiento de la orden religiosa de la [f· 126v·]/ Compaiifa de Jesus en los reinos de las .Indias, 'islas adyacentes y Filipinas, en los terminos que . se expresa, y que dirige el excelentfsimo senor don Esteban Barca exigiendo que se le acuse su recibo con puntualidad.

1.17

CJuramento y pose- st6n de don Juan Francisco de Fuentes c o m o alcalde ordlnario de segunda eleccl6n.]

[Se recibe real pacho de 10 de sep. t I em b re de 1815 que trata sobre el restableclmiento de la 0 r d e n de la Compaftfa de Jestis en los reinos ere lndias, Islas adyacentes y Flllplnas.J

[Designac16n de dlputados para: fiestas votivas, cumpllmentar hu4!spedes distlnguldos, vlsltas de escuela, plaza, M a r l n a, sanldad, carnlcerla y teatro.]

ACTAS DEL CABILDO

Y se acord6: Su cumplimiento; que se anote en el libro correspondiente; se acuse el recibo por los sefiores alcaldes ordinario de 13 • elecci6n y senor alcalde provincial; y que se archive, participandose todo al senor gobernador y capitan general.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Santaella [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo. [60]

[15 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince qias del mes de enero de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los senores del Excelentisimo Ayuntamiento, a saber, el senor [f· 127]/ alcalde ordinario de 1." voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; el de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; el sefior alguacil mayor, caballero de la Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; el senor alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; don Francisco Marcos Santaella; y don Agustin Martinez, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Juan Bautista Marquez.

No concurrieron, por ausencia, ocupazi6n y enfermedad, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

Se tuvo presente la constumbre [sic] que se ha observado en el ayuntamiento de-nombrar de los individuos del cuerpo diputados para las festividades que corren al cargo de el y demas para el servicio publico. Y se acord6: Elegir para la de la Purificaci6n de .Senora, San Juan Bautista, Santa Rosa de Lima, el senor alcalde ordi-

118

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nario de 1a elecci6n y el caballero alguacil mayor. San Felipe y Santiago, [f. 127 v. ]/ Santisimum Corpus Christi y Santiago el Mayor, el senor alcalde ordinario de 2°· voto y don Agustin Martinez. Cumplidos de las personas estables y transeuntes, el senor alguacil mayor y don Agustin Martinez; para suplir la ausencia de alguno de estos senores, don Manuel de Andino. Para las visitas de escuelas de primeras letras y las de ninas, el ordinario de 1er voto y el senor alcalde provincial. Plaza, Marina y sanidad *y teatro* el diputado de mes, principiando por el senor don Agustin Martinez en el presente; de carneceria, don Tiburcio Villafane; de teatro, el senor alguacil mayor.

En este cabildo se recibi6, por mano del seiior gobernador (se recibi6), el duplicado pliego de su majestad, de diez de septiembre, que trata sabre el restablecimiento de la orden religiosa de la Compaii.ia de Jesus en los reinos de las Indias e islas adyacente y Filipinas. Y se acord6: Su obediencia y cumplimiento; y que se conteste al senor capitan general el recibo de dicho pliego por el testimonio de este acuerdo.

El senor gobernador y capitan general incluy6 a este ayuntamiento con su oficio de 18 del mes pr6ximo pasado la real cedula de 30 de mayo ultimo que previene la cesade los derechos que se exigian por las dispensas matrimoniales y visitas de las [1 · 128 ]/ ultimas voluntades. Y se acord6: Haber por recibo [sic] dicho oficio y real orden; quedar enterado de su contenido, observarlo y guardarlo; y que se archive tomandose raz6n en el libro correspondiente; contestando al senor capitan general el recibo por el testimonio de este acuerdo.

En este estado entr6 el caballero rexidor don Tiburcio Duran de Villafane. · "

Se vio otro oficio del senor capitan general, de tres del corriente mes, en que su sefioria dice que para evitar altercados en recibir la limosna de 488 pesos que produjo el beneficio de la comedia a favor del Hospital de Caridad ha creido conducente poner a disposizi6n de este ayuntamiento las ocho camas que se hallan depositadas en el Hospital; el premio de los 200 pesos Y los 70 pesos y 17 maravedies plata con los 27 y dos reales en papel, para que se apliquen a favor de los pobres. presos de la carcel, con lo que queda cumplida la piadosa!voluntad del pueblo

* Lo comprendido emre asteriscos aparece tachado en el original.

[Se recibe duplicado del real despa- cho sobre restablecimiento de la Compai\la de Jestis.]

[Gobernador remite real ddula de 30 de mayo de 1815 sobre el cese del derecho que se cobraba por dispensas matrimoniales y testament<?s.]

[Gobernador cede ocho camas y clerta .suma. de dinero .a beneficlo de los preses pobres.)

119

[Di putase al alguacil mayor para que reclba el antes mencionado dinero, inspeccione las ocho camas y se informe si d o n Domingo Marlas tiene otorg a d a escritura de censo y tributos.]

[Gobernador partl- cipa el dla que ha de efectuarse la pu- bllcacldn de la Bula de la Santa Cruzada.]

· [Cabildo a concurrir a la antes menclonada ceremonla.]

[Comisarlo subdelegado de la Santa Cruzada informa el dla en que ha de publicarse la Bula de la Santa Cruzada y el prlvlleglo para comer carne en Cuaresma.]

[Se reitera que el cablldo asistir4 a dicha funcldn.]

ACTAS DEL CABILDO

en su limosna y lo manifiestan los documentos que acompaiia. Y se acord6: _Diputar_ al senor _alguacil mayor para la recepci6n del dinero que se enuncia existente, inspecci6n de las [1 · t2Bv. ]/ camas y lugar en que es tan y solicitud de Ia residencia de don Domingo Marias y si tiene otorgada esscritura de reconocimiento de Ios 200 pesos y reditos que adeuda, informando de todo a continuazi6n del expediente para en su vista acordar lo conveniente a la estabilidad y seguridad del enunciado censo e inversion <lei residua en el objeto de beneficencia que expresa el senor gobernador y capitan general.

lgualmente, se recibi6 otro del mismo senor, de once de los corrientes, en que su sefioria hace saber a este ayuntamiento el dia sefialado para la publicaci6n de Ia Bula de la Santa Cruzada. Y se acord6: Archivarlo; contestando a dicho senor, por el testimonio de este acuerdo, que esta corporaci6n concurrira a la funci6n como lo tiene de constumbre [sic].

Se abrio otro oficio del senor subdelegado _apost6lico de la Santa Cruzada participando a este ayuntamiento que el 11 del mes pr6ximo de se celebra la publicaci6n de la Bula de Ia Santa Cruzada y el .privilegio ampliado para el uso de carnes saludables en la Cuaresma, con objeto de la concurrencia de su Excelencia a la expresada funci6n. Y se acord6: Quedar enterado del nominado oficio; asistir el cabildo como lo tiene [f· 129 ]/ de costumbre; y contestar al seiior subdelegado por el seiior · alcalde ordinario de primer voto.

[Autorlzacldn a don Ramdn Arallio para que ejerza su profesldn de dentista y "saca muelas" ] [Admltese dlmisldn de don Marciliano Cabrera como alcalde de barrio de San Francisco y se para la eleccldn de su sucesor en dicho oficlo.]

Ramon Araujo present6 el permiso del seiior gobernador y capitan general para exercer el oficio de dentista y saca muelas, cuya licencia le libr6 el sefi.or doctor don Francisco Oller, con objeto de que este ayuntamiento le franque [sic] la suya como indispensable. Y se acord6: Haberlo por presentado los referidos documentos; en virtud de los cuales este ayuntamiento, por lo que a su parte toca, le da el permiso para que se ocupe en un oficio que es util al publico.

Don Marciliano Cabrera represent6 al senor gobernador y capitan general, con especificaci6n de causales, que no podia servir el ·oficio de barrio de San Francisco para que fue electo y confirmado. Y dichq senor exoneradole de exercer este encargo, por su decreto de 3 del corriente, se acordq: Pasar este e?Cpediente al senor alcalde de primera elecci6n para que haga otra nueva seg11n es de constumbre [sic].

120

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se vio la ··s<;>licitud de Juan [f· l2.9v. ]/ Lozano, que pasa a este ayuntamiento el sefior gobernador y capitan general, por la cual pretende el citado individuo que se haga en el el remate del pasaje de Boca Havana y sus corrales de pesca, por cantidad de 800 pesos, respecto a que estos ramos se han puesto en administraci6n por no haber habido quien ofrezca mas que 600 en el trienio que empieza en 1°· del corriente mes. Y se acord6: Pasarla a la Junta Municipal para que determine en el particular lo que fuere mas conveniente como materia de su incumbencia.

Miguel Lorenz6n, vecino de esta ciudad, solicita que se le coloque en una plaza vacante de alguacil menor del juzgado. Y se acord6: Pasar la instancia al seiior alguacil mayor para que informe acerca de la calidad y circunstancia del individuo.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 SU Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Fuente [n1brica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [n1brica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Licenciado Marquez [ruorica] =Ante mi= Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo. ['· 130 ]/

[61]

[

16 DE ENERO DE 1816.]

En Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de enero del aiio de mil ochocientos diez y seis, concurri6 a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de 111 • • elecci6n, oidor honorfirio de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, para efecto de recibir el juramento al alcalde del barrio de San Juan. Y estando este presente, cuya persona es el procurador de nlimero de esta ciudad, don Juan de Dios Cuebas, su seiiorfa, por ante mi, el esscribano, se lo recibi6 con arreglo a derecho bajo del cual, despues de haber admitido el encargo, prometi6 exercer bien y fielmente el nominado empleo; y lo firm6 con su seiioria, de-que doy fee. =Mexia [rubrica] =Juan de Dios Cuevas [rubrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [nibrica], real y de cabildo. ['· •30v·]/

[Don Juan Lozano lnteresa rematar el pasaje de Boca Habana' y sus corrales de pesca.) [La aludida petlcl6n queda referlda a la Junta Municipal.]

[Don Miguel Lorenz6n soliclta plaza de alguacll menor.]

CAlguacil mayor a informar sobre fas clrcunstanclas per- sonales del sollcitante.J

[Juramento dei alcalde de barrio C:e San Juan, don Juan de Dlos Cuebas.]

\ \
121

(Gobernador con· firma acuerdo capl· tular.]

(Se examina expe· diente de cuentas de propios de 1812 y 1813 remitldo por la J u n t a Munlcl· pal.]

[ al procu· r a d o r general el aludido expedlen· te.)

[Presbrtero don Juan sollci· ta pago de su sala· rio como capelhln interino de la c4reel.]

ACTAS DEL CABILDO [62]

[22 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias del mes de enero de mil ochocientos y diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; el seiior alguacil mayor, caballero de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; el sefior alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcio Duran de Villafane, don Manuel de Andino, caballeros rexidores; y el caballero sindico procurador general, don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por ocupaci6n, enfermedad y ausencia, el seiior teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterlin; el seiior alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Jose y don Jose Marfa Davila, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

Se recibi6 en este cabildo un oficio del sefior gobernador y capitan general, de diez y ocho de los corrientes, confirmando el acta celebrada por este ayuntamiento el dia 15 de los mismos. Y se acord6: Quedar enterado de el y que se archive. [r· 131 ]/ •

Se vio el expediente de la rendici6n de cuentas de propios, por los encargados de la administrazi6n de sus caudales, desde 1°· de octubre de 1812 hasta 31 de diciembre de 1813, que regia la Constituci6n; y que la Junta Municipal, por SU decreto de 22 de diziembre ultimo, manda pasar a este Excelentisimo Ayuntamiento con todos los documentos de cargo y data presentados. Y en su vista se acord6: Pasarlo *todo* a la vista del caballero sindico procurador ·general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

El presbitero don Juan Vicens hizo presente que interinamente sirve la capellania de la real carcel desde 9 de

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

122

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

abril del afio pr6ximo pasado y pide que se le abone aquella cantidad que le corresponda de la que esta asignada a este empleo, y que se le continue el pago de lo que fuese devengando por su ocupaci6n. Y se acord6: Conforme, pasandose la orden al mayordomo de propios para que le satisfaga lo que corresponda desde el dia 9 de abril que empez6 a servir hasta el 15 de julio, a raz6n de 100 pesos anuales, y de esta epoca hasta ultimo de diziembre a la de 150, segun lo prevenido en el reglamento de la materia, teniendo este [f· 131 v·]/ cargo en considerazi6n el presente esscribano para que lo inserte en la relazi6n anual de dependientes asalariados.

El sefior alguacil mayor inform6 que Miguel Lorenz6n tiene regular conducta y puede desempefiar la plaza de ministro de vara del juzgado. Y se acord6: Admitirlo en una de las dos vacantes que hay; y libren la orden para el pago de su haber mensual luego que este acuerdo se confirme por el sefior gobernador y capitan general.

El maestro de primeras letras, don Carlos Martinez, present6 las planas de sus discipulos. Y se acord6: Pasarlas a la vista del caballero sindico procurador general.

El sefior alcalde ordinario de primer voto dio cuenta del estado en que se halla el Cuartel de Milicias con el presupuesto de reparos y costos a que ascenderan, suscrito por el alarife de esta ciudad, quien practice un prolixo reconocimiento ocular. Y se acord6: Pasara el expediente al seiior alguacil mayor, a quien se subrroga en el nombramiento de superintendente de fabrica, para que haga se remedien los indicados reparos con [f· 132]/ cuanta economia sea posible, avisandose al mayordomo de propios para los pagos de materiales y jornales.

Con. lo que se concluy6 este cabilcfo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee. == Mexia [rubrica] = Hernaiz [rubrica] == Santaella [rubrica] == Durdn de Villafane [rubrica] == Andino [rubrica] == Licenciado Marquez [rubrica] == Ante mi == Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

l para el aludido pago.] '

[Alguacil mayor infonna s o b r e cir· cunstancias p e rs onales de don Ml· g u e I Lorenzdn, y queda designa. do alguacil menor.]

[Maestro de prime· ras letras, don Car· los Martinez, p r esenta las planas escolares, las que son referldas al procu- rador general.]

[Se somete presupuesto de gastos para la reparacldn del Cuartel de Mil i c i as Disciplina- das.]

[Alguacil mayor a encargarse que la referida reparacidn se haga "con cuan· ta economfa sea po- sible".)

123

I Gobernador c o nfirma acuerdo capi- tular .]

[Gobernador remlte circulares, ·una, sob r e el establecimlento de sels te· nientes j u s t Ic i a s mayores y otra, sobre admisl6n de colonos extranjeros.]

ACTAS DEL CABILDO [63]

[29 DE ENERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dias del mes de enero de mil diez y seis, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, senor alcalde provincial perpetuo por [f· •32v.] I su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcio Duran de Villafane, don Manuel Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por enfennedad, ausencia y ocupaci6n, el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterling; el sefior alcalde ordinario de 2. 0 voto, don Juan Francisco Fuentes; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; sefior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y. don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo, don Diego Pizarro.

Concurri6 en este acto el caballero rexidor don Agustin Martinez. .

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha 23 de los corrientes, en que aprueba su seii.oria el acta celebrada el dia anterior. Y se acord6: Quedar enterado y que se archive.

Concurri6 en este estado el senor alguacil mayor, caballero de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz.

Se abrio otro oficio del mismo senor gobernador y capitan general, de 22 del presente mes, con el que incluye su sefioria, a fin de que obren en el conocimiento de este ayuntamiento, dos exemplares de las circulares 48 y 49 que ha mandado expedir sobre el de seis tenientes justicias mayores y la otra, para la admisi6n de colonos extranjeros, conforme todo [f· 1 "]/ al espiritu de la Real Cedula de Gracias de 10 de agosto ultimo. Y se acord6: Quedar este consistorio enterado de las dos expresadas circulares; que se archiven y conteste al senor gobernador el recibo por el testimonio de este acuerdo.

124

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo present6 el sefior alcalde provincial perpetuo por su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, el real despacho que su majestad se ha servido expedirle de la gracia de la perpetuidad en si Y ·su familia del nominado oficio de alcalde provincial. Y visto se acord6: Guardar y cumplir cuanto su majestad previene en dicho real despacho; que se tome de el la raz6n en el libro correspondiente; y se devuelva al senor que lo *que'., presenta con certificazi6n de Ia toma de raz6n.

Don Juan de Dios Cuebas y don Martuel Marcelino Tudela, procuradores del mimero de esta ciudad, presentaron los reales despachos de confirmazi6n de sus oficios. Y se acord6: Haberlos por presentado; y que se tome la raz6n en el libro destinado al efecto; y se les devuelvan con la nota correspondiente.

Con lo que se [f· 133v.]/ concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que cloy fee. = Mexia [nibrica] = Hernaiz [nibrica] = Santaella [nibrica] = Durdn de Villafane [nibrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [nibrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. \ \

En el mismo dia se acord6 sin lugar la solicitud de los operarios de carneceria, que solicitaron que se les dejase a su favor la libra de came en arroba por raz6n del desperdicio de la cuchilla. = Mexia [nibrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [nibrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Tomas· de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. (f· 134 ]/

. [64]

[5 DE FEBRERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco dfas del mes de febrero de mil ochocientos y diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento,

*' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Don Francisco M a r c os Santaella presenta real desp.i· cho que le confiere la perpetuidad a i.( y en su familla del oflcio d e alcalde provincial.)

[Don Juan de Dios Cuebas y don Ma· nuel Marcelino Tudela presentan conflrmacl6n de s u s oflclos de procura- dores del 'mlmero.J

[Se desestlma peti- cl6n de los opera- rlos de la carnicerfa.)

....
125

[Diputados del abasto de harinas rinden cuenta de lo producido por este rengldn.]

Lo testado no vale. [rllbrlca.]

[Fondos procedentes del abasto cle harinas a ser utllizados en reparaclones de obras pllblicas y de beneficencla.]

ACTAS DEL CABILDO

compuesto de los dos senores alcaldes ordinarios, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad y su oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Concurri6 tambicn el senor alguacil mayor, don Manuel Hemaiz. No concurrieron, par ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo rindieron los sefiores diputados del abasto de harinas, senor alcalde ordinario de 1c•. voto, y don Agustin Martinez, la cuenta del producido de ellas y sus gastos, con un alcanze, a favor del fondo de propios, de cuatro mil ochocientos setenta y cuatro pesos, tres reales, en esta forma: dos mil y quinientos en poder de don Jose Xavier [f· 134v·]/ de Aranzamendi, asegurados par· el instrumento publico que otorg6 en 23 de enero ultimo del corriente afio por ante el esscribano publico don Francisco de Acosta, con objeto a el costo y c_ompra del relax que para servicio del publico se ha encargado a Landres; mil novecientos treinta y ocho, seis y diez y siete, en poder de los panaderos que deben recuperar los mismos senores diputados; y los cuatrocientos treinta y cinco pesos, cuatro reales, diez y siete maravedies, de que responderan los propios diputados cuando se les pidan. Y se acord6: *dar de todo vista al caballero sindico procurador general* Que por los mismos senores diputados se recauden y entreguen al fondo de propios los 435 pesos, 4 !i1 reales, que existen en su poder y los 1938 pesos, 6 reales '11,-que adeudan aun los panaderos, para con el total de estas cantidades proceden [sic] a los reparos de las obras publicas y de beneficencia que se estan inutilizando y exijen un pronto remedio· archivandose el documento de obligaci6n en contra de 1 don Jose Xavier de Aranzamendi y para constancia y que oportunamente obre los efectos convenientes e igualmente el expediente al que debera acumularse.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

126

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

El mayordomo de propios se present6 con la cuenta del costo hecho en la funci6n de acci6n de gracias en obsequio del soberano. [r. 135 ]/Y se acord6 lo siguiente: No debiendo satisfacerse por el fondo de propios cantidad alguna de lo perteneciente a la cuenta que se acompafia, por haberse comprometido los seiiores que componian el ayuntamien to el dia primero de enero del aiio pr6ximo pasado y realizar los gastos que ocasione la funci6n de acci6n de gracias en obsequio de su lexitimo soberano de sus bolsillos c privativos intereses, para cuya recaudazi6n se diput6 al senor alcalde de 2°· voto, que lo era entonces don Pepro Yrizarri, pongase a continuaci6n copia de los seiiores que componian el ayuntamiento en aquella epoca; y pase el expediente al senor alcalde ordinario de 1a. elecci6n a fin de que haga se verifique el solvendo de los que no hayan contribuido la cuota que les corresponda y que se reintegre al fondo de propios de lo que haya suplido.

En este cabildo prestaron el juramento de costumbre los alcaldes de los barrios de San Francisco y Santo Domingo, don Luis Pasqual y. don Jose Barbudo, y quedaron hechos cargo de sus respectivos deberes.

Con lo [1 · usv.]/ que se concluy6 este cabildo, que firm6 Sll Excelencia, de que doy fee. = Mexia = Fuentes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Hernaiz' [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Jose Barbudo [rubrica] = Luis Pasqual [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [65]

[12 DE FEBRERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce dias del mes de febrero de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del seiior teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterling; los caballeros rexidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero de Ia Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don

ISe pres en ta la 'c.uenta de gastos del Te Dium ofrec I d o en honor a Fernando VII.]

[La aludlda cuenta a ser satlsfecha por los capitulares del aiio 1815.]

(luramento de los a caldes de barrios de San Francisco y Santo Domingo.]

127
'j

[Gobemador c o nfirma acuerdo capitular.]

[Se tratan var ios asuntos, entre estos, la asistencla de regidores a los cabildos y a las funciones de Iglesia.}

ACTAS DEL CABILDO

Juan Bautista Marques. No concurrieron, por enfermedad, ausencia [f· 136 ]/ y ocupaci6n, los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Juan-Antonio Mexia, oidor honorario de )a Real Audiencia del distrito, y don· Juan Francisco de Fuentes; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; sefior alcalde provincial, oidor honorario de la misma Real Audiencia, don Francisco Marcos Santaella; don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se abrio un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha seis de los corrientes, en que su senoria confirma lo acordado por este ayuntamiento el dia anterior. Y visto se acord6: Quedar enterado del expresado oficio y que se archive.

Se trataron algunas materias acerca del bien y utilidad de la republica y sobre la asistencia, a los cabildos y fiestas de iglesia, de Ios sefiores rexidores; y se concluy6 este, que firm6 su Excelencia, de que cloy fee. = Sterlin [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 136v·]/

[66]

[19 DE FEBRERO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve de febrero de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de su presidente, el senor don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatraba, mariscal de campo de los reales exercitos, goberna<Jor y capitan general de esta isla; el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, senor mayor, don Manuel Hernaiz, caballero de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; el seiior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, rexidor-alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Agustin Martinez y don Manuel de Andino;

128

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por enfermedad, ausencia y ocupaci6n, el sefior alcalde ordinario de primer voto, don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; don Jose y don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se ley6 un oficio del sefior gobernador, de 13 del corriente, en que transcribe el del senor comisario de la Santa Cruzada, del dia anterior, acerca de la falta de asistencia del ayuntamiento a la funci6n de la publicazi6n de la Bula. Y se acord6: Quedar este cabildo enterado de dicho oficio y que se archive.

Don Francisco [I· 137 ]/ Duefio, esscribano real, present6 el titulo de esscribano interino de gobierno y guerra de esta isla. Y se acord6: Haberlo por presentado; y que se tome raz6n de el en el libro correspondiente.

El seiior gobernador y capitan general transmiti6 el oficio del seiior intendente, de 13 del corriente, y el que en su contestaci6n hizo su seiioria, con fecha de 16 del mismo, ambos relativos a la repetici6n de los derechos de Catedral que debian pagarse por la compra deih.arinas ejecutada por el Excelentisimo Ayuntamiento para el abasto publico; e impuesto este de las razones deducidas por el seiior gobernador y capitan general, en el citado oficio de. 16 del que rige, y hallandolas conformes y arregladas las ratificaron; y acordaron se haga y execute lo que su senoria se ha servido comunicar al seiior intendente y que en el caso de que se estime justa y necesaria la satisfacci6n del indicado derecho se descuente SU importe de los creditos que corresponden al Excelentfsimo Ayuntamiento contra las reales cajas, en el evento que enuncia el precitado oficio de contestaci6n.

Habiendo dado cuenta la.s sefiores comisionados, alcalde de primer voto, senor don Juan Antonio Mexia, y don Agustin Martinez, de haber recaudado (f· 137v·]/ del producto de las harinas mil y pico de pesos y que en la actual semana recaudarian el completo de los dos mil trescientos ·setenta y cuatro pesos y tres reales; y teniendose presente los urgentes reparos que exigen la Fuente de San Antonio, el Cuartel de Milicias y las calles, acordaron: Se omita el ingreso de dicha cantidad en el fondo de propios, como se dispuso en la acta de cinco del corriente, y se proceda

l Comisario de la Santa Cruzada consigna ausencia del ayuntamiento a la ceremonla de la pu- bllcacl6n de la Bula de la S3nta Cru· zada.]

[D"on Francisco Duefto presenta tftulo de esscribano lnterlno de gobierno y guerra.]

[Se particlpan oficlos sobre pago <!e los derechos de Catedral por compra de harlnas efectuada por el ayunta- miento.]

129 : I

I Fon dos provenientes de la venta de harinas a ser emp!eados en la repa· raci6n de la Fuente de San Antonio, el Cuartcl de Milicias Disc i plinadas, las calles, y en pintar los de la casa ca pi tular.)

ACTAS DEL CABILDO

inmediatamente a su inversion en aquellos objetos con arreglo a los calculos formados, por exigir su prontisimo reparo la utilidad publica; y en consecuencia, cometieron al senor don Diego Pizarro Ia de Ia Fuente de San Antonio y al senor don Manuel Hermiiz la del Cuartel de Milicias y calles, entregando los mencionados recaudadores al *el* expresado don Diego Pizarro doscientos pesos y al senor don Manuel Hermiiz 500 para el Cuartel, 1500 para la reparazi6n de calles; y cl sobrante hasta cubrir la totalidad se empleara, por el mismo senor Hernaiz, en pintar los balcones de la casa consistorial; y que de todo se ponga constancia en el expediente.

[ Gobernador solicita del cabildo que ceda por seis meses el sobrante del arbilrio de carnicerfa para la reedificacl6n de los barracones que sirven de aloiamiento a la tropa.)

(Accedese a lo peti ci ona do por el gobernador. J

[Se restablece de· recho de regidores para percibir los dos pesos por la visita de sanldad.)

Manifesto el senor gobernador la bien notoria y sabida escasez de las reales cajas para acudir a sus gastos mas precisos y siendo de los mas urgentes la reedificaci6n de los barracones en que se alojan las tropas, asi las que vienen [f· 138 ]/ de Europa como las del mismo pais, que no se libertan de la estacion mortifera del v6mito que les ataca a no haber la precauci6n de acamparlas fuera de las murallas al aire libre, en que se interesa la salud publica, pidio al Excelentisimo Ayuntamiento que por un rasgo de su acostumbrada generosidad se diesen por seis meses tan solamente el sobrante del arbitrio de carniceria despues de pagados los costos, gastos y limpieza de calles, para que con esta cantidad y algunos otros recursos del gobierno se realizase una obra tan necesaria, util para la salud y comoda para la guarnici6n. Y se acord6, con unanimidad de todos los seiiores adictos a su objeto tan benefico recomendado por el seiior presidente: Que se cedan por el expresado tiempo el sobrante de los expresados arbitrios de carneceria, poniendolos a su disposici6n el caballero rexidor de mes conforme se fueren recaudando. acordado anteriormente que los dos pesos de obvenci6n que tenian los rexidores por la visita de sanidad se aplicasen a la obra del matadero, por escasez de fondos, concluido este es de rigorosa justicia vuelvan a percibirlos el [f· 138v·]/ encargado de la visita, en su consecuencia se acord6: Que se traiga la cuenta de costo y gastos de esta obra y aprobada por el ayuntamiento si faltase para completar los gastos -se continue cobrando hasta su cancelaci6n, si sobra se aplique para mantenci6n de pobres

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

130

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la carcel, y empezando a disfrutar el derecho el rexidor que le corresponde.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Excelencias, de que doy fee.= Melendez [nibrica] = Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [nibrica] = Martinez [rubrica] = Andino [nibrica] = Licenciado Marquez [nibrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [iilbrica], esscribano real y de cabildo.

[67]

[ 4 DE MARZO DE 1816.]

En Ja Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de marzo de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos seiiores alcaldes ordinarios, oidor honorario de la Real AudienCia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y don Juan Francisco Fuentes; los [f· 139]/ caballeros rexidores, senor alguacil mayor, caballero de Ia Orden America'rta de Isabel Ia Cat6lica, comisario ordenador honorario; seiior don *Juan Antonio Mexi* Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de Ia misma Real Audiencia, rexidor-alcalde provincial perpetuo por su majestad; y don Agustin Martin [sic]; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por ocupaci6n, enfermedad y ausencia, el seiior teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose SterliJ;J.g; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; don Jose y don Jose Marfa Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino.

En este cabildo se recibieron las circulares n11meros 56 y 57, que remite el senor gobernador y capitan general, que tratan del comercio de extranjeros y con sus colonias. Y se acord6: Unirlas con las anteriores a la Real Orden de Gracias de 10 de agosto ultimo para que obren los efectos que haya lugar.

El caballero sindico procurador general satisfizo la vis-

"' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Se reciben circulares relativas al comercio de extranferos.]

131 ( '

(Procurador general significa reparos a las planas esc o I ares sometidas por el maestro don Carlos Martinez.)

( Requi<'rese de los demlls maestros presenten las planas escolares de sus alumnos.J

(Don Bernardo L6pez presenta carta de naturaleza.J

(Cabildo a infer· mar al gobernador sobre solicitud c'e Marcelo Taft6n referente a corral de pesca en la Laguna de Cangrejos. l

ACTAS DEL CABILDO

ta que se le comunic6 del expediente de planas [r. i;9 v. ]/ del regente del noble arte de primeras letras, don Carlos Martinez, y habiendoles hecho algunos repatos, que se han considerado justos, se acord6: Se hagan saber al mismo don Carlos para los fines que explica el expresado caballero sindico y a los otros regentes del propio noble arte presenten los ensayos de sus niiios para el pr6ximo cabildo. Bernardo Lopez, vecino de csta ciudad, natural de Curazado, present6 la carta de naturaleza que le ha librado este superior gobierno a virtud de las ultimas reales disposiciones. Y vista se acord6: En observanzia del articulo 14 de la circular numero 49 haberla por presentada; que se tome raz6n de ella en el libro correspondiente, devolviendose al interesado con la nota de estar cumplido este decreto.

Se present6 Marcelo Taii6n con una solicitud pidiendo un asiento de corral de pesca en la Laguna de Cangrejos, que Haman de Barriga, cuya petici6n manda el seiior capitan general a este cabildo para que la informe. Y se acord6: Que acerca de la Laguna de Cangrejos y solicitudes de don Joaquin Barriga hay expediente; que se traiga para el pr6ximo cabildo y con [1· 140 ]/ vista de el se informara a SU seiioria la expresada solicitud de Marcelo Taii6n. Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Martine<. [rubrica] · = Licenciado Marquez [rubrica] =. Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y · de cabildo. ·

[68]

[11 DE MARZO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de marzo de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo_A.yuntamiento, compuesto de los dos seiiores alcaldes ordinarios, oidor honorario de la Reai Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

majestad; y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. [f· i.rov.] I No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterling; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo presentaron los regentes del noble arte de 1as. letras, don Antonio Chieza y Francisco Antonio Molina, los ensayos de sus discipulos y se acord6: Pasarlos al caballero sindico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

Don Guillermo Caumil present6 la carta de naturaleza que este superior gobierno le ha librado a virtud de lo dispuesto por su majestad en su real cedula de 10 de agosto de 1815. Y se acord6: Tomar raz6n de ella en el libro destinado a la matricula de extranjeros.

Acerca de la solicitud de Marcelo Tafi6n, que pidi6 permiso de sentar corral de pesca en la Laguna de Cangrejos, se inform6 al senor gobernador y capitan [sic] lo siguiente: "En consideraci6n a que Marcelo 'Tanon exige plantificar su corral en las aguas de la Laguna de Cangrejos fuera de la legua concedida al arrendatario y de que esta en posesi6n este ayuntamiento puede vuestra seiioria disponer lo que a bien tenga en beneficio de los propios de esta ciudad, con tal que no se le (f· 141 ]/ permita atravesar todo el rio, lo que se ha prohibido en todos tiempos por el perjuicio que irroga no solo a aquel sino al comun de los vecinos." ...

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [nlbrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], _esscribano real y de cabildo. [69]

[ 18 DE MARZO OE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dfas del mes de

[Los maestros don Antonio Chiesa y don Francisco Antonio Molina presentan planas esco· Jares de sus disclpulos.)

[Aludldas planns quedan referidas al procurador gene- ral.)

[Don Guillermo Caumil presenta carta de naturale:za.)

!Cab i I do favorece se le conceda a M a r c e I o Tai\6n asiento de corral de pesca en la Laguna de Cangrejos, etto baio ciertas condiciones.)

133

[Presentaci6n de carta de naturaleza por don Francisco Metckler, don Nicol:ls Panel, don Juan Jacobo L6pez y dpn Juan Doval.]

[Procurador gene· rat sollcita informe sobre lngresos por concepto de admi· nlstraci6n de la carnicerla y la inv er s i 6 n de aqul!llos.]

I Oiputado de carnicerra a informar so bre el particular.]

ACTAS DEL CABILDO

marzo de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y con?tumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la misma Real Audiencia, alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el [f· 14 iv. ]/ caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por ocupazi6n, ausencia y enfermedad, el senor auditor de guerra, teniente de gobernador, don Jose Sterlin; don Juan Francisco de Fuentes, alcalde de 2. 0 voto; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Dabila; don Josey don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

<?oncurri6 el senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero de la Orden de Isabel la Cat6lica y comisario ·ordenador honorario.

En este cabildo presentaron don Francisco Metckler, don Nicolas Panel y Juan Jacobo Lopez y Juan Doval, vecinos de esta ciudad, las cartas de naturaleza que este supremo gobierno y capitania general les ha librado a virtud de lo dispuesto por su majestad en su Real Cedula de Gracias de diez de agosto del ano pr6ximo pasado. Y se acord6: Tomar raz6n de ellas en el libro destinado a la matricula de extranjeros.

El caballero sindico procurador pidi6, para evacuar la vista del expediente de propios y arbitrios, una noticia individual y exacta de los productos que rinde la carneceria a favor de la ciudad, en que se invierten en el todo o parte y por que causa, para poder deducir el liquido saldo a beneficio de los propios. Y se acord6: Como se pide; determinandose pasar al senor caballero rexidor diputado ['· 142 ]/ de carneceria la instancia del caballero sindico para que a continuaci6n informe circunstanciadamente acerca de los particulares que se expresan. .

[Notificaci6n a don Marcelo Taft6n sobre el que

Se. vio el decreto del seii9r goberr;tador y capitan general, de 13 del corriente, recaido a la solicitud de Marcelo Taii6n que pidi6 sentar corrales de pesca en la Laguna de Cangrejos y a lo que en su virtud inform6 el Excelentisimo Ayuntamiento. Y se acord6 : Notificar a Marcelo Tan6n el mismo decreto del senor capitan general a fin de que estan-

134

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

do conforme con lo que alli se previene y entrando la cantidad que ofrece en el fondo de propios se le conceda el permiso que solicita para poner corral de pesca, que no sea de atravieso, fuera de la legua.

. El caballero sindico procurador general que sm embargo del tratamiento de Excelencia que se sirvi6 majestad conceder a este este (sic] Excelentisimo Ayuntamiento, por real orden de 30 de mayo del aiio pr6ximo vencido, advertia que aun cuando sale bajo de mazas no se le tributa el menor honor por los cuerpos de guardia establecidos desde las casas consistoriales hasta la Santa Iglesia Catedral, sin duda por no [f· 142 v. ]/ estarle declarado expresamente alguno en la mencionada soberana disposici6n; Y que pareciendo consecuente a aquel tratamiento los que le estan anexos, especialmente siendo esta una CIQdad metr6poli, suplicaba se elevase este punto al conocimiento de su majestad para que se digne resolver lo que fuere de su real agrado. Y se acord6 lo siguiente: "Como parece al caballero sindico procurador general; representandose a su majestad para que se sirva, por un efecto de su soberana piedad, conceder a este ayuntamiento los honores consecuentes al tratamiento con que pql\ su real orden de 30 de mayo Ultimo le ha condecorado o determinar lo que sea de su augusto agrado; en el concepto de que cualquiera que sea la determinazi6n la venerara este cuerpo como mandato de su rey y seiior natural.

Se acord6 encargar la superintendencia de composizi6n de calles, que desempeii.a actualmente el seiior alguacil mayor, al caballero regidor don Agustin Martinez interin regresa del campo aquel senor, a donde debe pasar con el competente permiso del senor gobernador.

Con lo que (:f. 143 ]/ se concluy6 este cabildo, 9ue firmaron sus Excelencias, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Hernaiz [rilbrica] = Santaella i[rubrica] = Martinez [rub.ica] = Andino [nlbrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[70]

[26 DE MARZO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto [sic], a los veinte y seis dias del mes

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baio clertas condiciones se le concede para colocar corrales de pesca en la Laguna de Cangrejos. J

!Procurador gene- ral sugiere que se impetre del rey conceda al ayunta- mlento los honores · correspondientes al 1 de Ex.:dencia.J

[Se accede a lo su. gerido por el pro- curador general.]

Lo erunendado vale. [rubrica]

!Se encomienda interlnamente al regidor don Agustrn Martinez la supe- rlntendencia de la reparacl6n de canes.]

[Se recibe real des• p a c h o de 30 de enero de 1816 con· firmando el trata· miento de Excelen· cia que se le con· firiera al ayunta· mien to.)

[A solicilarse d e l gobernador provea para que el aludido real despacho sea publlcado en la Ga· ceta Oficial.J

[Referido despacho a ser puesto en co· noclmlento de los trlbunales. J

[Apoderado del ca· bildo en C o r t e, don Manuel Ledesma, remite copia del a I u d i do real despacho.)

[Se signlfica .al apoderado el agradecimiento capitu· lar.)

[Don Manuel Ledesma acusa reclbo del po der general

ACTAS DEL CABILDO

de marzo de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor don Salvador Melendez Bruna, del orden de Calatraba, mariscal de campo de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; Jos caballeros rexidores, don Jose Davila, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado. don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por [f· 143 '"]/ por [sic] ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor alcalde de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, alferez real, don Fernando Davila; senor alguacil mayor, don Manuel Hermiiz; sefior alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcio Duran de Villafane, don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se vio el real despacho que su majestad se ha dignado expedir, en 30 de enero ultimo, confirmatorio de la gracia que dispens6 a este cuerpo del tratamiento de Excelencia; el cual, despues de besado y acatado en la forma de estilo, fue leido en alta voz. Y se acord6: Guardar, cumplir y executar cuanto su majestad se digna prevenir en el. Que por medio de dos diputados se pase a su seiioria, el senor gobernador y capitan general, para que se sirva sentar el cumplase y mandar se publique en Ia Gazeta para la noticia y satisfacci6n de todos los individuos de esta isla ; que despues se pase tambien a Jos demas tribunales a quienes compete y especifica el nominado real despacho, omitiendose las gracias al soberano por la nueva real merced que acaba de hacer a esta ciudad e isla representada en su cab_ildo capital por haberlo ya hecho al recibo de la real orden de 30 de mayo ultimo.

Se recibi6 un oficio de don Manuel (f· 144 ]/ Ledesma, apoderado constituido par este ayuntamiento en la Corte, con el cual acompafia el real despacho de que trata el parrafo anterior. Y se Darle las debidas gracias por el exmero que muestra para el desempefio de su encargo; Io que se executara por los seiiores diputados a quienes dirige sus cartas.

Se recibi6 otro del mismo apoderado en que anuncia haber recibido el poder general que le remiti6 el Excelentisimo Ayuntamiento para representarle en todos los nego-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cios que le ocurran y asignaci6n anual que se le hizo, del fondo de propios, de cantidad de 200 pesos. Y vista la aceptaci6n que hace se acord6: Contestarle por los mismos sefiores diputados que el ayuntamiento queda hecho cargo de su citado oficio y que para el percibo de la asignaci6n, que debera ser enterada al firi de cada ano, designe persona en esta ciudad que se la recaude pues que el ayuntamiento en el estado de escasez en que tiene sus fondos no puede pagarla de otra manera.

Y, finalmente, se recibi6 otro oficio del mismo apoderado en que solicita se le comuniquen [f· 144 v. ]/ las correspondientes instrucciones de los asuntos que necesita agitar este Ex':elentisimo Ayuntamiento por su mediaci6n; Y se acord6: Contestarle por conducto de los propios sefiores diputados que por ahora no tiene asuntos que exijan ese requisito pero que este a la mira de los que en la Corte ocurrir para queen el caso de ser beneficos a Excelentisimo Ayuntamiento, ciudad o isla, los promueva Y haga de modo que tengan el mas feliz resultado o en contrario evento represente y pida lo que contemple mas oportuno y efica.i a impedir se le irrogue el map.pr perjuicio, aunque de ello ninguna especffica noticia se le haya transmitido pues por lo que respecta a los negocios que en lo sucesivo · le ocurran se le pasaran las instrucciones nece-

En este cabildo exibi6 el senor alcalde ordinario de ter. voto el oficio del senor gobernador y capitan general, de 19 del corriente, confirmatorio de la acta celebrada el dia 18; y quedando este ayuntamiento enterado de else mand6 archivar. . ···

Exibi6 igualmente el mismo senor alcalde la real orden que por su conducto transmiti6 a este Excelentisimo Ayuntamiento el seiior su presidente, de 25 de marzo del aiio pr6ximo vencido, en que su majestad se sirve mandar el dia 24 de marzo de cada ano se celebre, en todos sus dominios, el aniversario de su feliz [f· 145 ]/ regreso a la peninsula, con gala y uniforme, y en las plazas de armas con salva tripe [sic] de artilleria; y que en el lugar que honre su majestad con su real presencia haya besamanos general, debiendose executar todas estas demostraciones en Madrid, el dia 3.0 de la pr6xima Pascua de Resurrecci6n. Y se acor. d6: Quedar este ayuntamiento enterado; y que se archive, tomandose raz6n de la real orden en Libro Repertorio. El senor capitan general present6 en este cabildo la

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que se le extendlo como apoderado del cablldo en Corte y acepta desempeftarse en tal oficlo perciblendo el salario que se le asigna.]

[Solicltase del\ apo- d e r a d o acredlte persona que reclba anualmente el salario que se le ha aslgnado.]

[Apodera<lo en Corte solicita se le instruya sobre materias que el ayunt am I e nto lnteresa t!I promueva.]

[Se le instruye que estl! a la mlra de cu a lesquier asunto que en Corte pueda surglr y que redunde en beneficlo o perjulclo del ayuntamlento, c I udad o Isla.)

CGobemador confirma acuerdo capl- tular.) [Se recibe real orden de 25 de marzo de 1815 provey e n d o para que anualmente el dfa 24 de marzo se conmemore con determlnadas ceremonlas el anlversario del f e l l z resreso del monarca Fernando Vil al trono espaftol.J

[Go bernador presenta real orden de 5 de diciembre de 1815 en la que su majestad determina respecto a Ia per- cepci6n y manejo de derechos o impuestos so licitados por el cabildo.)

LJ u n t a Municipal refiere al cab i Id o las cuentas de propios de 1815.J

[A 1 u d idas cuentas quedan sometldas al procurador general.)

Exposizion.

(Se partlcipan oticios del intendente y d e I gobernador sobre derechos de Catedral que deben pagarse por compra de harinas efectuada por el ayunta- miento.]

( Determfnase el pa. go de los aludidos derechos, de cuya cantidad total habr' de deducirse 1,000 pesos por c o n c e p t o de la aslgnaci6n q u e el rey le ha hecho al cabildo s o b r e el . de call es. J

ACTAS DEL CABILDO

real orden de 5 de diziembre ultimo en que su majestad se sirve resolver, en la solicitud que dice haberle hecho este Excelentisimo Ayuntamiento relativa a que se le adjudicase el ramo denominado de calles y otros varios que se hallan incorporados al real erario de tiempos remotos, que por lo tocante al primero, se observe lo prcvenido en real orden de 15 de junio del afio pr6ximo preterito; y que por lo respectivo a los otros continucn incorporados al real erario y administrados por la real hazienda en los terminos que lo han estado hasta el dia. Y se acord6: Se uniese al expediente de propios y arbitrios que pende en vista del caballero sindico procurador general, sacan-[r. 145v·]/dose previamente copia para quedar en el archivo del Excelentisimo Ayuntamiento; y que a aquel se le entregue el resultado de la diligencia que promovi6 en el cabildo anterior.

Se vieron las cuentas de propios y arbitrios rendidas por el mayordomo don Carlos Milano, por la administrazi6n de todo el pr6ximo afio pasado de quinze, y que Ia Junta Municipal pasa a este Excelentisimo Ayuntamiento. Y se acord6: Dar vista de ellas al caballero sfndico procurador general en observanzia de la Real Instrucci6n de Intendentes de Nueva Espana que aqui rige.

El senor gobernador y capitan general transmiti6 el oficio del sefior intendente, de 16 del presente mes, y el que en su contestaci6n hizo su sefioria, con fecha de 20 del mismo, relativos ambos a los derechos de Catedral que debian pagarse por la compra de harinas executada para el abasto publico por el Excelentisimo Ayuntamiento. Yencontrando conformes y arregladas las razones deducidas por el senor gobernador y capitan general en el citado oficio acordaron: Que se satisfagan a don Jose Xavier de Aranzamendi los 3,397 pesos, 17 maravedies, importe de los derechos de Catedral, de las harinas que este Excelentisimo Ayuntamiento le compr6 para el abasto publico, y que dejaron antes de satisfacerse por las razones expuestas en los oficios del senor gobernador y capitan general al senor intendente y acta celebrada so'f?re el asunto en 10 de febrero ultimo. Y considcrandose esta Excelentfsima corporaci6n no menos [1 · 146 ]/ acreedora a ser satisfecha y reintegrada de la situaci6n de 1,000 pesos, que la piedad del soberano se dign6 asignarle sobre el derecho de calles en real orden de 15 de junio ultimo, que la real hacienda por su parte al entero de los expresados derechos, acordaron:

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que por sus muchas atenciones se retenga el importe de Ia expresada situaci6n perteneciente al aiio de 15 Y con deducci6n de esta cantidad se remita el resto al nominado Aranzamendi para los fines indicados, oficiandose al prop6sito al senor intendente, por los sen.ores diputados del ramo de abasto de harinas, para queen su inteligencia se sirva dar las 6rdenes competentes al cargo en cajas reales del impuesto de dicha situaci6n. Y mediante a que el sobrante de la venta de las harinas se ha invertido en las varias atenciones publicas del cargo de esta ExceIentisima corporaci6n se satisfara Ia expresada cantidad del sobrante de carniceria y del producto de la venta de los barriles vacios; y que como en la realizaci6n de este pago se ha de consumir indispensablemente el nominado sobrante de carneceria, que por el termino de seis meses cedi6 este Excelentisimo Ayuntamiento a favor de la reedificazi6n de los barracones, por acta de 19 de febrero Ultimo, se suspenda y suprima para siempre esta c<;mtribuci6n por no poderla resistir sus escasos P· 146 v. ]/ fondos, de los que tambien haran sabedor al seiior intendente los caballeros diputados del abasto.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firq:i.6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Davila [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[71]

[1 DE ABRIL DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan de Puerto Rico, al primer dfa del mes de abril de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a la sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, y don Juan Francisco de Fuentes; los carexidores, senor alguacil mayor, caballero comendador de Ia Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Audiencia de Cuba; don Agus-

[El referido pago a efectuarse de l o s fondos sobrantes de carnlcerla y del producto de l;:i venta de barrlles vaclos.]

I Suprrmese la cesldn, quc por sejs meses se habla hecho, del sobrante · de carnicerla ;:i favor de la reedificacidn de los barracones.]

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[Gobernador parti· cipa real orden de 17 de diciembre de 1815 par la que 'se d e c I a r a que el· ayuntamlento pue- de comprar llbre· mente las harlnas.]

[Cabildo es invlta· do y acepta asistir a las proceslones de Semana Santa que han de efectuar las Cofradlas de Nuestra Senora de la Altagracia y Santa Rosa de Li· ma.)

[Procurador general solicita se le sumlnistre copla de una real o r d e n, que se dice haber llegado, relativa a prohiblc16n que se establece sobre lmp0ner nuevas contribuclones.]

ACTAS DEL CABILDO

tin Martinez, don Manuel de [ 1 • 147 ]/ Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan- Bautista Marquez. No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se abrio un pliego del senor capitan general y result6 contener su oficio de 28 del pr6ximo pasado mes, con inserci6n de la real orden de 17 de diciembre ultimo por la que su majestad resuelve que, en conformidad de lo dispuesto en la de 10 de agosto del afio pasado de 15, pueda el ayuntamiento comprar libremente las harinas por serle peculiar y anexo el abasto del publico, con lo demas que expresa. Y se acord6: Quedar enterado de dicha soberana resoluzi6n; que se agregue una copia de ella al ultimo expediente de aoasto de harinas; se archive el oficio de su seiioria y se conteste el recibo por el testimonio de este acuerdo.

Los mayordomos de las Cofradias de Nuestra Senora de Altagracia y Santa Rosa hicieron al Excelentisimo Ayuntamiento instancias para que se sirva concurrir, como es de costumbre, a las [ 1 • 147 v. ]/ procesiones de Semana Santa. Y se acord6: Hacerlo en los terminos que solicita segiln estilo.

El caballero sindico procurador general represent6 que ha llegado a entender haber descendido una real orden por la que su majestad prohibe que en esta isla se haga cualquiera especie de imposici6n a sus habitantes; y que para promover, en cumplimiento de su oficio, lo conveniente al publico necesita tener a la vista un exemplar o traslado de ella. Suplica al Excelentisimo Ayuntamiento oficie al senor gobernador y capitan general para que en el caso que su seii.oria la haya recibido disponga se transmita una copia a esta corporazi6n, y en diversa hip6tesis la exija, en la forma de estilo, de la intendencia y obtenida que sea c;e sirva pasarla al ayuntamiento. Y se acord6: Conforme en todo.

El caballero sindico procurador general satisfizo la vista que se le comunic6 del expediente de propios y arbitrios y de la real orden que transmiti6 al Excelentfsimo Ayuntamiento el senor gobernador y capitan general de 13 6 15 de junio del aiio pr6ximo vencido. Y despues de haber ex-

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i x

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puesto varias razones pidi6 se suplicase a su majestad, con testimonio de la real orden de 28 de febrero de 1784, del cabildo abierto de 16 de agosto del pr6ximo pasado afio, de las reales 6rdenes de 22 de febrero de 1785, 24 de agosto de 1790 y 13 6 15 de junio de 1815, *para* que se digne abrogar la ultima y prevenir a los ministros de real hazienda que, sin perdida de tiempo, ajusten y liquiden, [f· 148 ]/ del mejor modo posible, la cuenta relativa al derecho de muelle y empedrado de calles; pongan a disposicion del ayuntamiento el saldo liquido que resulte; se abstengan de recaudarlo en lo sucesivo; y quede esta ocupacion y la administraci6n de sus productos al cargo de la Junta Municipal, bajo la precisa obligaci6n de ceiiirse en cuanto a este ramo a las reglas prescritas en la Instrucci6n de Intendentes; sin embargo de lo novisimamente dispuesto en otra real orden de 5 de diciembre de 815, transmitida por el seiior gobernador al Excelentisimo Ayuntamiento en el cabildo pr6ximo de 26 de marzo ultimo, en que suponiendose que el mismo ayuntamiento habia solicitado se le adjudicase el ramo denominado de calle y otros varios que se hallan incorporados al real erario de tiempos remotos resolvi6 su majestad que en el de calles se observase lo prevenido en la citada de 15 de junio y pbr lo que hacia a los otros que continuasen incorporados al real erario en los terminos que lo han estado hasta ·el dia.

Y se acord6: Que habiendose por satisfecha la vista se uniese la representazi6n al expediente; compulsarse los testimonios que designa y entreguen con el de la misma representaci6n [r. 148v. ]/ y este acuerdo a los seiiores alcalde ordinario de primer voto, don Juan Antonio Mexia, y seiior alcalde provincial, don Francisco a quienes se diputa para que formen la correspondiente representazi6n a su majestad y concluida a la mayor brevedad posible la traigan al ayuntamiento para su inspecci6n, firma y demas efectos convenientes.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, ·de que doy fee. = Mexia [robrica] = Fuentes [nlbrica] = Hernaiz [nlbrica] = Santaella [nlbrica] = Davila [nl.brica] = Martinez de Andino [rubrica] = Licenciado Marques [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

'"' Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

[Procurador general insta al cabildo para que soliclte la derogacidn de la real orden de 15 de junio de 1815 relatlva a la per- cepcidn y manejo del d e r e c h o de muelle y em_pedra- • do de calles.]

l Se accede a lo pet 1c ion ado por el procurador general, de111gn4ndose los dlputados que habr4n de redactar la · representacl6n al monarca.)

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0

(lntendente solicita que el ayuntamiento proceda a recaudar del vecinda· rio los fondos suplldos por fa real hacienda para gastos de diputado a Cortes y de la Dip u tac i 6 n Provincial.)

I Procurador sen era) a representar sobre lo lnstanctado por el lntendente. J

ACTAS DEL CABILDO [72]

[4 DE ABRIL DE 1.816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dias del mes de abril de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6n del senor capitan general, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterling; los dos sefiores alcaldes ordinarios [f· 149 ]/ de primero y segundo voto, sefior oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor alcalde provincial perpetuo por su niajestad y oidor honorario de la Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas seiiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

En este cabildo extraordinario se abrio un pliego del senor gobernador y capitan general, su fecha, de hoy, en que transmite un oficio del seiior intendente de exercito, de 2. del corriente, relativo a que por el Excelentisimo Ayuntam1ento se practicase la recaudaci6n de lo que se adeudaba a la real hazienda por los suplementos que hizo para · gastos de diputados de Cortes, Diputaci6n Provincial y demas de que trata la real orden de 20 de diciembre ultimo, queen copia acompafia. y se acord6: Que siendo este asunto de la mayor gravedad e importancia por hallarse todo el vecindario recargado mas alla de lo que permiten sus posibilidades y contribuyendo con unos derechos bajo el nombre de subsidio, todavia mas fuertes y crecidos que los que pagaban antes que su majestad [f· 149¥·]/ hubiese derramado sus gracias y clemencias a favor de esta ·isla, como lo ha practicado en la novisima real cedula de 10 de agosto del aiio pr6ximo vencido se comunicase vista al caballero sindico procurador para que represente lo su oficio corresponda, en obsequio y beneficio del pubhco, tanto acerca del referido oficio del seiior intendente cuanto sobre otros puntos concernientes a aquel objeto.

Con I? que se concluy6 este cabildo, que firmaron sus Ex;eic:nc1as, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Mexia [rubnca] = Fuentes [mbrica] = Santaella [rubrica] =

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez .rrubr.ica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscnbano real y de cabildo.

[73]

[22 DE ABRIL DE 1816.]

En .. la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias del mes de. abril de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concu[f· 150 ]/ rrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; los caballeros regidores, senor alguacil mayor, caballero comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica, don Manuel Hermiiz; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santae)la; don Agustin Martinez y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista1 Marquez. No concurrieron, por enfermedad, ausencia y ocupaci6n, el senor teniente de gobernador y auditor de guerra de esta isla,.don Jose Sterling; y los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se recibi6 un oficio de el senor gobernador y capitan general, su fecha, seis A.e los corrientes, con el que acompaiia copia de la real orden de 24 de diciembre ultimo, creyendo su se:fiorfa que no puede ser otra la que se solicit6 por el caballero sfndico procurador general en primero de los corrientes, la cual le pas6 el senor intendente ['· tSOv. ]/ en 29 del mes pr6ximo pasado. Y vista se acord6: Unir el oficio y copia de la real orden a la solicitud del expresado caballero sfndico y comunicarle la vista que tiene pedida.

Don'Luis Rodriguez exibi6 el titulo de procurador del nlimero de esta ciudad, que le ha librado, en 6 de los corrientes, el senor gobernador y capitan general. Y se acord6: Haberlo por presentado y que se tome de el raz6n en el libro correspondiente, devolviendosele diligenciado. El escribano interino de gobiemo dio cuenta, en este es-

[Gobernador remite copla de real orde 24 de di· c1embre de 1815 Que estima el sea la solicitada por el procurador general en el cablldo celebrado el 1 de abril de 1816.)

( Referida real orden qCJeda comunlCada al procurador Seneral.)

l Don Luis Rodrlguez presenta tltulo de procurador de

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[Se partlcipa real orden de :JO de enero de 1816 aprobando la continua· cion de la clltedra de medicina establecida por el doctor don Josl! Es· payllat.]

[Se reflere al rro· curador genera el expedlente sobre la materia antes indi· cada.]

ACTAS DEL CABILDO

tado, con un expediente comprensivo de la real orden de 30 de enero del corriente afio en que su majestad aprueba la continuaci6n de la catedra de mcdicina que el profesor don Jose Espayllat dijo habia establecido en el Hospital Real de esta ciudad y demas que en ella se expresa; con un decreto, a continuazi6n, del senor gobernador y capitan general, consultado por el senor su teniente y auditor de guerra, en que previene la participacion a este Excelentisimo Ayuntamiento para su conocimiento y promoci6n en los puntos que le conciernen, con toma de raz6n en los Libros Capitulares. Y se acord6: La toma de 'raz6n como se previene; y para lo demas· que indica la providencia del tribunal de gobierno se compulse testimonio del expediente Y confiera vista al caballero sindico procurador general, devolviendose el original diligenciado [f· 151 ]/ al mismo esscribano interino de gobierno.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que finn6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez i[rubrica] = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[74]

[29 DE ABRIL DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dfas del mes de abril de mil ochocientos diez y seis aii.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de Ia Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; los caballeros rexidores, Sefior alcalde provincial perpetuo por SU majestad, oidor honorario de la misma Real Audiencia, don Francisco Santaella, y don Manuel de Andinor y el cat?allero smdico procurador general, Jicenciado don Juan Bautista Marquez. ['· mv. ]/ No concurrieron, por ausencia, enfermedad Y ocupazi6n, el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterling; el senor alcalde ordinario de 2. 0 voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Jose y don Jose Maria

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de don Andres Angulo, don Agustin Martinez y don Diego Pizarro. ·

En este cabildo se recibi6 un memorial del licenciado don Jose de Rivera en que enuncia que cuando se fabric6 la nueva carcel de esta ciudad se anim6 y carg6 la obra sobre pared del exponente, por la parte del Este, y ademas se le cercen6 media vara de longitud por el fondo, por lo que se le ofreci6 en recompensa la facultad de arrimar y cargar sobre la nueva obra cuando reedificase su casa, el que transmite el senor gobernador para que acerca del particular informe el ayuntamiento. Y se acord6: Informar a su seiiorfa que del expediente formado acerca de la obra de carcel no consta lo que relata el mencionado Rivera y se hace preciso que califique la propiedad, exclusiva de la medianerfa que indica, y parte de la pared del fondo que dice se le ha cercenado con el competente documento o escritura de propiedad que debi6 confeccionarle cuando compr6 su casa y verificado que sea volvera a la vista de este ayuntamiento. [r.1s2]/

Se varias materias concernientes, bien de la repubhca; y no habiendo mas que acordar se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee.= Mexia [rubrica] = Santaella [nlbrica] = Andino [nlbrica] = Licenciado Marcmez [nlbrica] = Ante mi ·= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[75]

[6 DE MAYO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis dias del mes de mayo de mil ochocicntos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero Y segundo voto, oidor honorario de Ia Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia, y don Juan Fuentes; y el caballero rexidor *senor alcalde provmc1al perpetuo por su majestad, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuha, don Francisco Marcos Santaella* don

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

(Cabildo a infor· mar sobre memor i a l presentado por el llcenciado don de Rive· ra referente a c6mo se afect6 su propiedad cuando se fabric6 la nueva c;lrcel.)

(Se informa no ha· ber constancla de lo expuesto en dlcho memorial y se reclama la presen- tacl6n de la escritura de propiedad de la casa del refe· rido llcenciado.J

!Se tratan varlos asuntos.]

Lo testado no vale. [rubrlca). ·

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ISe clan a conocer requisltos que deben cumplimentar los aspirantes a ingreso al Colegio de Medicina y Cirujla de C4diz.J

IProcurador general a quedar en1erado d.e lo antes men- c1oni1do.)

ACTAS DEL CABILDO

Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general. licenciado don Juan Bautista Marquez. No asisti6 el senor alcalde provincial por es tar [ r. t 5iv. ]/ extendicndo la representaci6n. para su majcstad, sobre cl derecho de muelle y calles, que le ha confiado este ayuntamiento. No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, don · Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; a]fercz real, don Fernando Davila; don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

Se abrio un pliego del senor gobernador y capitan general con que acompafia a su oficio, de 30 de abril ultimo, la nota sobre las circunstancias y papeles que deben adornar a los que pretendan ser alumnos' del Colegio de Medicina y Cirujia de Cadiz, para que se tengan en consideraci6n con Ios cuatro agraciados naturales de esta isla que deben ser admitidos en el, segun Ia real orden de 8 de enero ultimo. Y se acord6: Pasarse todo al caballero sindico procurador general para que, con el testimonio que se le confiri6 de la citada real orden, represente lo que estime conveniente.

En este estado concurrio el caballero rexidor senor don Tiburcio Duran de Villafane.

. Jose Marla Ginor10, boticario mayor del Real Hospital Militar solicita atestado 50 '. bre su conducta en el desempefto de varlos oflcios 0 menesteres. J

IProveese el aludido atestado. J

En este cabildo se present6 don Jose Maria Xinorio, boticario mayor del Real Hospital Militar de esta plaza y ayudante primero honorario de farmacia de exercito de campafia, solicitando se le proveyese de un atestado calificativo de su comportamiento en las [f· 153 ]/ obligaciones que le han sido anexas, desde su colocazi6n en la plaza de practicante meritorio hasta en la que en la actualidad exerce; y que en las ocasiones que ha sido llamado para asistir alglin enfermo ya por acepci6n de personas ya por inopia de profesores o ya por otras circunstancias lo ha verificado graciosamente. Y se acord6: Que siendo c?nstante a este Excelentisimo Ayuntamiento la aplicac16n, inteligencia y honradez del suplicante en el desempeno de sus encargos, en los varios destinos que ha obtenido Y obtiene en el Real Hospital Militar de esta plaza, que le constituyen util y benemerito, y el desinteres que ha manifestado en la asistencia de los enfermos que por particulares consideraciones le han solicitado, se le de-

146

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

volviese su instancia con este decreto que le servira de atestado en forma a los fines oue lo solicita. ·

El senor alcalde ordinario de 2°. voto, don Juan Francisco de Fuentes, expuso que ayer, cinco del corriente, le ha impugnado y contradicho su jurisdiccion ordinaria en el partido de Bayamon el teniente justicia mayor local, a presencia de varios sujetos; y que siendo [f· 153v·]/ su animo exercerla lexitimamente y sin ningiln exceso lo hacia presente a esta Excelentisima corporazi6n para que en el caso de que la opinion del justicia mayor sea analoga a su titulo se le haga entender para abstenerse en lo sucesivo de tomar disposiciones, con los vecinos de aquel territorio y demas del distrito de .esta capital, que puedan atraer iguales desagradables ocurrencias o que en contrario evento se eleve esta al conocimiento del senor gobernador y capitan general para que sirva contener a aquel empleado y prevenirle lo conveniente a obviar semejantes disputas, que suelen por lo regular producir el entorpecimiento de la recta administracion de justicia. Y teniendo a la vista el Excelentisimo Ayuntamiento la superior orden gubernativa, de ocho de enero .ultimo, que trata del nombramiento interino de tenientes justicias mayores, que por el capitulo primero de ella se establece que su jurisdicci6n ha de ser sin pei]uicio de la de los magistrados de la capital; que el partido de Bayamon corresponde notoriamente al distrito de ella; que en todo el han exercido los sefiores alcaJdes su jurisdicci6n real ordinaria sin disputa ni tropiezo alguno; (f· 154 ]/ y que de consiguiente el teniente justicia mayor de Bayamon se ha excedido notablemente de sus funciones reconviniendo al senor alcalde ordinario don Juan Francisco de Fuentes y aspirando a impedirle el uso de la potestad que le compete por las leyes: Acord6: Se diese cuenta al senor gobernador y capitan general de dicho acaecido, con el testimonio de esta acta, para que se digne presa aquel empleado el modo respetuoso con que debe conducirse con los sen.ores alcaldes de esta capital y hacerle entender el exceso en que ha incurrido pretendiendo impedir sus facultades al sefior don Juan Francisco de Fuentes.

Con lo que se concluyo este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Andino [ru-

147

!Alcalde ordinario de- segundo voto hace patente la impugnaci6n que de sus facultades en el eiercicio de su cargo de fusticia le hace el teniente de justlcia mayor de Bayam6n y solicita se aclare lo concerniente a la juris- dlcci6n de este 111timo.1

(Se indica iurisdicci6n de ambos magistrados. J

IGobernador a ser requerido exija del teniente de iusticia mayor de Bayam6n el respeto debido a los maglstrados capltulares.1

IGobemador lndica oue lo concemlente al elerclclo de la iurisdlccl6n ordlnarla de parte de Jos maglstrados capitu- lares Y los tenlentes de iustlcla mayor queda detennln11do en oflclo que le contestara a los alcaldes ordiilarlos el 14 de marzo de 1816.J

(T.enlente fusUcla mayor de Bayam6n a ser lnformado sabre el particular. ( ·

ACTAS DEL CABILDO

brica] = Licenciado Marquez = Ante miTomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[76]

[13 DE MAYO DE 1816.]

En la [f· 154v·]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de mayo de mil ochocientos y diez y seis anos, para celebrar ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexi<lores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la dicha Real Audiencia, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcio Duran de Villafane y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez .. No concurrieron, por ocupaci6n, enfermedad y ausencia, el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterlin; el senor alcalde ordinario de 2°. voto, don Juan Francisco Fuentes; don Fernando Davila, caballero alferez real; y caballeros rexidores, don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro. . .

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha 8 de los corrientes, en que su sefiorfa dice que el asunto del acta y oficio de este Excelentisimo Ayuntamiento del dia anterior, sobre queja del alcalde don Juan Francisco Fuentes con el teniente justicia mayor de Bayamon, esta decide [sic] por dicho senor en su contestaci6n a los alc::i.ldes de esta capital, de 14 de marzo de este ano, que debe existir archivada en el cabildo y tenerse presente en toda ocurrencia de jurisdicci6n con los tenientes justieias mayores; que entonces los alcaldes se dirigieron (f· 1ss]/ a su senoria y sin mas apoyo que la raz6n y la justicia quedaron satisfechos sin rodeos. Que al teniente justicia mayor de Bayamon repetira lo dicho entonces con motivo de los despachos

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------ ttl

y com1s10nes en que quedaron expeditas las jurisdicciones de todos; y que queda confirmada la acta. Y se acord6: Quedar impuesto este ayuntamiento; y que se archive, hacienda presente a su senoria, por el testimonio de este acuerdo, que en el ayuntamiento no existe la contestaci6n de 14 de marzo a que se refiere.

En este estado expuso el sefior alcalde de primera elecci6n que no considerando de su obligaci6n, por no exigirselo la ley, que en las competencias que suscite o se le muevan por otros jueces, sus iguales en jurisdicci6n, el dar cuenta al Excelentisimo Ayuntamiento y si seguirlas apurando SU justicia hasta la ultima diferencia de obtener decisi6n del rey, nuestro senor, le pareci6 demas comunicar la contestaci6n que con fecha de 14 de marzo dio el senor gobernador y capitan general a lo que expuso con el otro senor su compafiero en 11 del mismo. Que la exposici6n manifestada por el seiior su compaiiero en este consistorio no fue tratada anticipadamente con el exponente y si presto en el acuerdo (f· 15.SV.]/ su consentimiento fue sin perjuicio del uso de sus derechos en el expediente contenido, del modo y forma que se le permiten las soberanas disposiciones en obsequio de la jurisdizi6n real ordinaria que han exercido y exercen los alcaldes ordinarios en todo el distrito de esta capital; y se ve en el caso de exigir testimonio del anterior acuerdo y de este para el fin de sostener la real jurisdicci6n ordinario [sic] depositada en el y demas sucesores, y que los asuntos no padezcan retraso. Y se acord6: Dar cuenta al seiior gobernador y capitan general, con testimonio de este acuerdo, para que su seiioria se sirva disponer lo que estuviere adecuado a justicia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Mexia [rubfica] = Hernaiz [n1brica] = Santaella [n1brica] = Duran de Villafane [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[Gobernador confirma acuerdo capitular.)

!Se lndica no estil archivado en el ayuntami e n t o el oficio del goberna- dor de 14 de marzo de 1816.1

[Alcalde ordlnario de primer voto defiende la iurlsdicci6n ordinaria desemJ)eilada por los iustlcias capltulares.) I : I

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO Rico
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ISe recibe testimonio de real oue conflere al cablldo eclesi4stico el tratamlento de nus. trlsimo.}

tSe excraiia modo y conducto utllizado enviar di.::ho · tesumonlo y se le regresa al rrtador del mismo.

iAlcalde ordinario d!' primer voco slg. mflca desalre de que ha sldo obieto el cuerpo capltular de parte del cablJ. do. catedraliclo.}

ACTAS DEL CABILDO [77]

[21 DE MAYO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes de mayo de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron [f· 156 ]/ a esta sala consistorial el senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; el sefior alcalde ordinario de primer voto, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Juan Antonio Mexia; los caballeros rexidores, don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Antonio Mexia. Tambien concurri6 el sefior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audienda del distrito, caballero rexidor-alcalde provincial perpetuo por su majestad. No concurrieron, por ausencia, enfermedad Y ocupaci6n, el sefior alcalde de 2°. voto, don Juan Francisco Fuentes; y los caballeros regidores, alferez real, don Fernando Davila; seiior a]guacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Josey don Jose Maria Davila, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo entreg6 el seiior alcalde ordinario de 1". elecci6n un pliego cerrado y rotulado para el Excelentisimo Ayuntamiento de la Capital, expresando haberselo dado, en la tarde del viernes pr6ximo pasado, el secretario del cabildo eclesiastico, presbitero don Manuel Almansa. Y habiendose abierto se encontr6 un oficio del mismo eclesiastico que en calidad de . secretario acompaiia testimonio de la real cedula en que SU maJestad le COn· cede a su cabildo [!- 156v·]/ el tratamiento de Ilustrisimo por escrito y en cuerpo. Esta corporaci6n extraii6 el modo Y el conducto *y* y acord6: Que el seiior alcalde se vuelva a llevar su pliego con certificaci6n de esta acta .

Expuso el seiior alcalde de primer voto que retirandose el dia de ayer el Excelentisimo Ayuntamiento de Catedral, despues de concluida la rogativa publica del aiio, advirtiendo que a las comunidades religiosas de Santo Domingo y San Francisco salieron a tributaries las grapor su asistencia dos prebendados y que no se usaba

1 Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori- gma.

150
. "'"

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la misma politica ceremonia con el Excelentisimo Ayuntamien to, como lo ban verificado en otras funciones de la propia clase, cuya omisi6n cedia en desaire del Excelentisimo Ayuntamiento al paso que ocasionaba escandalo al notar los concurrentes se practicaba dicho obsequio con las comunidades religiosas y no con el cuerpo capituJar que reline la representaci6n de todo el pueblo de que son miembros aquellas, segun las ha reputado el soberano en varias leyes y 6rdenes concernientes al bien de la sociedad politica, se dirigi6 el senor exponente al prebendado don Tiburcio Gonzalez Ezmurra, que era uno de los dos diputados, manifestandole amistosamente lo extraiio que le habia parecido dicha omisi6n, a que le context6 hacia lo que se le mandaba. Que con este motivo y con el laudable fin de evitar el desaire del ayuntamiento en las (f· 157 ]/ siguientes Ietanias por los medios pacificos y corteses le pareci6 oportuno conducirse, como lo hizo, a la casa del senor provisor y vicario general capitular a manifestarle confidencialmente esta ocurrencia para que si era posible se remediase en lo sucesivo; y recibiendo del seiior provisor la desagradable contestazi6n de que no era de costumbre tal ceremonia dio inmediatamente cuenta de todo lo ocurrido al senor gobernador y capitan como presidente del Excelentisimo Ayuntamiento, protextandole que este no asistiria a las letanias del dia de hoy y siguiente para no experimentar igual sonrojo ni a mas funciones que las de tabla, quien, despues de haberle oido le previno determinase el cabildo lo que estimase conveniente.

' En cuya virtud se acord6: Que en atenci6n a estar dispuesto por su majestad, el senor don Fernando 7° que Dios guarde, el que las cosas se reduzcan y vuelva"i1 al ser Y estado que tenian en el afio de ochocientos y ocho y que la asistencia de este Excelentisimo Ayuntamiento a las insinuadas rogaciones publicas fue establecida el de nueve con el principal objeto de pedir fervorosamente al Omnipotente la restituci6n de nuestro predilecto monarca a su lexi"' timo trono y excitar los animos [f· l57v.]/ de los demas fieles a tan laudable y debido fin, habiendo cesado esta causa impulsiva, hallarse sumamente recargados en el dia los pocos rexidores que existen en esta capital con otras atenciones publicas e indispensables de su instituto, y a que trata de convertirse en personalidad y desaire lo que en su principio se hizo con una tendencia la mas sana y de-

151

(Determfnase que el cabildo s6lo babr4 de concurrir a las funclones religiosas prescrltas por el monarca.)

(Memorial de don 'Manuel Padilla expresando el vencimlento de su contrato de abasto de carnes y solicltando se deslgne otro abastecedor.)

IA fijarse cedulones convocando lnteresados en hacerse cargo de dlcho abasto.)

(Don Manuel Padl11a a contii;auar en el referldo abasto l}asta que se pro: vea sobre el part!· cular,J

ACTAS DEL CABILDO

vota, que se suprima esta y cualquiera otra concurrencia acordada desde aquella epoca a la presente cQn tal que no este fundada en alguna expresa soberana disposici6n de nuestro legitimo monarca.

En este cabildo se vio un memorial de don Manuel Padilla en que hace presente haber cesado su contrata de abastecer de carne esta ciudad. Que ha llegado a su noticia haber diferentes sujetos que se interesan para hacerla nuevamente por seis meses, en cuya virtud pide se le exonere de su obligaci6n y se admita otro en su lugar; cuya solicitud pasa el sefior capitan general al Excelen-, tfsimo Ayuntamiento para que se prorrogue la contrata o se publique a fin de ver si resulta igual o mejor postor. Y se acord6: Fixar cedulones anunciandolo al publico para que si.alguna persona se interesa en este ramo concurra el lunes pr6ximo, a las cuatro de la tarde, a esta sala consistorial donde (f· 158 ]/ estara reunida la Junta Municipal a oir sus proposiciones, sin perjuicio de continuar el contratista anterior hasta nueva resoluci6n, lo que se le hara saber.

Con lo que se cohcluy6 este acuerdo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] =Mexia [rubrica] = Santaella [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[78]

[27 DE MAYO DE 1816.]

En Ia Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dfas del mes de mayo de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; y los caballeros rexidores, senor alcalde proVfncial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco ['· 158 v. ]/ Marcos Santaella; don Jose Davila, don Tiburcio Duran de Villafane y don Manuel de Andino. No concurrieron, por ocupaci6n, ausenzia y enfermedad, el senor teniente de gobemador, auditor de gue-

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SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

rra, don Jose Sterlin; el senor alcalde ordinario de v·r voto, oidor honorario, don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, alfcrez real, don Fernando Davila; senor aJguacil mayor, don Manuel Hermiiz; don Jose Maria Davila, don Santiago de Cordova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro; y el caballero sindico, licenciado don Juan Bautista Marquez.

En este cabildo se recibieron dos oficios del senor gobernador y capitan general, su fecha, 22 del corriente en que su seiioria confirma los acuerdos de este Excelentisimo Ayuntamiento de los dias trece y veinte y uno de este mismo mes. Y vistos se acord6: Quedar enterado de ellos y que se archiven.

El caballero regidor don Diego Pizarro rindi6 la cuenta del gasto en la cQmposici6n de la Fuente de San Antonio, para que fue diputado, y en la que invirti6 los doscientos pesos que se le suministraron al intento. Y se acord6: Aprobar dicha cuenta y que se una al expediente respectivo.

El presente esscribano present6 la cuenta de gasto extrordinario erogado en la saca de testimonio y papel sellado para documentar, con los de reclama- [f. 159]/ ci6n de propios y arbitrios, la representazi6n que este Excelentisimo Ayuntamiento ha hecho a su majestad sobre que le conceda los derechos de muelle y calles, ascendiente a 21 pesos, 2 reales. Y vista se acord6: Pasarla a la Junta Municipal para que tire las 6rdenes de pago seglin se ha practicado en otras ocasiones.

Se vio un memorial que, con fecha de este dia, ha presentado el mayordomo de propios, don Carlos Milano, en que hace presente hallarse postrado en cama con una enfermedad muy grave, la que le imposibilita desempeiiar por si las funciones de su cargo en la recaudaci6n de las rentas de propios; suplicando, por lo tanto, se subrrogue en el enunciado empleo a su hijo mayor, don Lorenzo, en atenci6n a ser el que actualmente lo exerce, dando los pasos necesarios y practicando las gestiones indispensables al cumplimiento y a estar pronto a ratificar sus anteriores fianzas en pro del precitado hijo. Con este motivo se trajo a la vista otro memorial tendente al mismo fin, su fecha, 28 de noviembre del aii? proximo pasado de 1815, con decre- [f· 1s9 v. ]/ to marginal del senor gobernador y capitan general de s de diciembre, en que indica ser justa la mencionada so-

IGobernador confirma acuerdos capitulares. J ISe p r e s e n t a y aprueba cuenta de los gastos de reparacl6n de la Fuente de San Antonio.)

(Se •presenta cuenta de gastos incurridos en la obtenci6n de testlmonios y de papel ·sellado para la representa- ci6n que se elevara al monarca peti- clomindole los derechos de muelle y calles.1

Lo entre renglones vale. (rllbrica).

IAludlda c u e n t a queda referida a la Junta Municipal.I

!Memorial de don Carlos Milano indicando su lmposibi· lidad, por motivo de grave enfermedad, de continuar en el oflcio de mayordomo de propios y suolicando q ue l'e deslgne a su hiio m11vor para dicho empleo. J

!Gobernador dera iusta la mencionada snllcltud.J

153

ACTAS DEL CABILDO

licitud con tal que subsista la competente fianza, y habia transmitido a este ayuntamiento para quc .acordare en justicia. Y teniendo en consideraci6n que Ia elecci6n de mayordomo ya sea en propiedad o ya interina es privativa a la Junta Municipal, segtin lo dispuesto en la Ordenanza de Intendentes, debiendo su presidente y vocales constituirlo bajo su responsabilidad se acord6: Unir el posterior memorial al anterior y que ambos pasen a la Junta Municipal para que en virtud de sus atributos resuelva o acuerde lo que estime de justicia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que day fee.= Fuentes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Davila [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[79]

[10 DE JUNIO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de junio de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], [f· 160 ]/ concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor teniente de gobernador Y auditor de guerra, don Jose Sterling; el senor alcalde ordinario de primer voto, 'oidor honorario de la Real Audiencia y Chancilleria del distrito, don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, -senor alguacil mayor, caballero comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica Y comisario ordenador honorario, don Manuel Hernaiz; senor alcalde provincial perpetuo par su majestad y 01dor honorario de Ia Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; don Jose Davila, don Agustin Martinez y don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista MarNo concurrieron, por ausenCia, enfermedad y ocupac16n, el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; y las caballeros rexidores, alferez real, don Fernando Davila; don Santiago de· Cordova, don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo y don Diego Pizarro.

154
(Junta Municipal a resolver sobre el particular.)

SAN JUAN BAl1TISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, de 28 mayo [sic] pr6ximo pasado, confirmando el acuerdo (f· 160v·]/ del dia anterior del Excelentisimo Ayuntamiento. Y visto se determin6: Archivarlo para constancia.

Se abrio otro oficio del mismo senor gobernador y capitan general, fecha 7 de los corrientes, en que su seiiorfa transcribe a cste Excelentisimo Ayuntamiento lo que providcnci6 a consecuencia de oficio del comandante militar de marina y de las matriculas, nuevamente restablecidas en esta isla, cuyo tenor es el siguicnte: "Partidpese, en la forma de estilo, al Excelentisimo Ayuntamiento de esta ciudad el reclamo del senor comandante militar de marina para que en cumplimiento de la ley 13, Titulo 3°-, Libro 5°· de Ia Recopilaci6n de estos dominios proceda a poner en dep6sito Ia vara de alcalde ordinario de primera elecci6n, que obtiene el senor 9idor honorario don Juan Antonio Mexia, en el rexidor a qui en corresponda".

Y en inteligencia de todo se acord6: Que se pase oficio al senor alferez real para que en el dia mafiana [sic], onze, comparezca en esta ciudad a efecto de en dep6si to la vara de alcalde ordinario de primera elecci6n que debe quedar vacante, por entrar a desempefiar las funciones de auditor de marina el senor oidor honorario don Juan Antonio Mexia, hasta que se practique la nueva elecci6n de oficios en primero de afio, todo lo cual se participani al (f· 161 ]/ seiior capitan general por medio del testimonio de este acuerdo y oficio de su remisi6n. = Sterlin [rubrica] = Mexia [rubrica] == Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Davila [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] ·= Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

Inmediatamente se puso el oficio al senor alferez real. Escalona [rubrica].

[80]

[

11 DE JUNIO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios once dias del mes de junio

155

(Gobernador confirma acuerdo capitular.J

(Se participa el reclamo del comandante militar de marina para oue la vara de alcalde ordinario de primer voto. que ostenta don Juan Antonio Mexia. quede deposi tada en el regidor que corresponda.J

IA quedar denosi. tada en el alfo!rez real la vara de alcalde ordinario de primer voto.J

ACTAS DEL CABILDO

de mil ochocientos diez y seis anos, consecuente a lo acordado en el dfa de ayer, a oficio del senor gobernador y capitan general, sobre el dep6sifo de la vara de alcalde ['· 161 v·]/ ordinario de ta. elecci6n, que obtiene el senor oidor honorario don Juan Antonio Mexia, que pasa a servir su auditoria de guerra de marina, y habiendo comparecido en estas casas consistoriales el senor alferez real, don Fernando Davila, para efecto de encargarse de el expresado dep6sito, concurrieron el senor alcalde ordinario saliente, oidor honorario don Juan Antonio Mexia; y los caballeros rexidores, don Jose Davila y don Manuel de Andino.

En este acto se instruy6 el enunciado senor alferez real de los motivos de su comparendo y qued6 hecho cargo de Ia alcaidia y dep6sito de Ia vara de primera elecci6n, tomando en consecuencia su respectivo lugar y asiento, con lo que se concluy6 esta diligencia que se participara al senor gobernador y capitan general para su conocimiento.

Tambien concurri6 a este acto el caballero rexidor don Andres Angulo. Concurri6 tambien el senor alguacil mayor, don Manuel Hermiiz.=Mexia [rubrica] = Hernaiz. [n.lbrica] = [rubrica] = Davila [rubrica] = Angulo [n.lbrica] = Andino [rubrica] = Ante mi =Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo ['· 162 ]/

[81]

[17 DE JUNIO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan. Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes de junio del afio de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos sefiores alcaldes ordinarios de .. primero y segundo voto, senor alferez real, don Fernando Davila, y don Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella·, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; don Jose Davila; el senor oidor honorario de la misma Real Audiencia Y auditor de marina don Juan Antonio Mexfa; y el caballero sindico procurador general, don Juan Bautista

156
IReclblmlento del alfhez real como alcalde ordinRrin de 'Dl'imera eleccl6n. J

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Marquez. No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobemador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz; don Tiburcio Duran de Villafane, don Jose Maria Davila, don Santiago de C6r- · dova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Diego Pizarro. Concurri6 en este acto el senor teniente gobernador y auditor de guerra.

En este cabildo exhibieron los sefiores oidores honorarios, don Francisco Marcos Santaella y don Juan Antonio Mexia, diputados de este Excelentisimo Ayuntamiento para llevar la correspondencia [f· 162 v·]/ con el apoderado en la Corte, el duplicado diploma de las gracias que su majestad concedi6 a esta corporazi6n del tratamiento de Excelencia. Y visto se acord6: Archivarse con el principal y contestar su recibo como antes se hizo.

Se recibi6 un oficio del sefior gobemador y capitan general, su fecha, 11 de los corrientes, en que su sefioria dice quedar enterado y conforme con el acuerdo celebrado acerca de haberse depositado la vara de alcalde ordinario de 13. elecci6n y tornado posesi6n el senor real, don Fernando Davila. Y se acord6: Quedar \ este ayuntamiento enterado, mandando que se archive el expresado oficio.

Se abrio otro del mismo senor, de 12 del corriente, en que transcribe su sefi.oria, para los fines que expresa, la real orden de 22 de julio ultimo por la cual su ma.iestad se dign6 9onceder al doctor don Francisco Oller los · honores de medico de camara con las exenciones y prerrogativas anexas a ellos en atenci6n a sus meritos y buenas circunstancias. Y visto se acord6: Quedar enterado del expresado oficio y real orden; que se tome de todo raz6n en el Iibro correspondiente para la debida constancia; y que se acuse al sefi.or capitan general el recibo por medio del testimonio de esta acta.

El mayordomo de propios se present6 pidiendo a continuazi6n de su escrito, copia certificada de la fianza que debi6 otorgar don Jose Maria Maldonado cuando en el aiio de 1811 remat6 el corral de cerdos de esta ciudad, para con este [f· 163 ]/ documento cobrarle judicialmente la cantidad de pesos que aun adeuda. Y se acord6: Oue el presente esscribano le provea del documento que solicita. Se vio un memorial de Ios facultativos de medicina y cirugfa, doctor don Francisco Oller. Iicenciado don Emig-

"rluoliClldo diplomQ" de· la real orden de 30 de mayo de 1815.J

IGobemador aprueba depdslto de la vara de alcalde ordinarlo de prlmera eleccidn en el alf&ez real.J l<;iobernador parli- c1pa real orden de 22 de iulio de 1815 por la cual se concede al doctor don Francisco Oller los honores de co de cdmara real.)

IMayordomo solicita copia certlficada de la flanza que como rematante del corral de cerdos debid prestar don Marla Maldonado.)

157

[Facultativos d e medicina y cirujla solicitan atestado de hallarse Jegltimamente eierciendo sus respectivas pro- fesiones, y de la conducta por ellos observada en el sempeilo de las mismas; y, asimlsmo, de si existfa en la cludad clltedra o estudios de medicina.J

IProvo!ese a lo licitado por los facultatlvos.)

ACTAS DEL CABILDO

dio Antig [sic], don Jose Calbo y don Jose Bernabe Moreno, en que piden a esta Excelentfsima corporaci6n un atestado de que se hallan lexitimamente constituidos en sus respectivas profesiones con despachos o titulos, de que esta tomada raz6n en los libros destinados al efecto en este consistorio. Que no han sido reprendidos ni aqionestados por faltas al cumplimiento de sus deberes. Que han sido celosos de Ia salubridad publica, que no ha habido contra ellos queja por abandono en sus respectivas profesiones; su buen comportamiento con los pobres. Y, ultimamente, solidtan noticia de si este ayuntamiento la tiene de que haya habido en esta ciudad estabiecida catedra de medicina o estudios de esta clase, sacada aquella por oposici6n, en cuyo caso algunos de los que se presentan [f. 163v·]/ hubieran hecho gestiones. Y se acord6 lo siguiente: "Como lo piden; yen su consecuencia certifica este ayuntamiento ser cierto en todas sus partes el relato de los representan, sin que haya oido ni entendido queja alguna en el desempe:iio de sus facultades, de que esta muy satisfecho el aonsistorio; y que sabe y le consta que en esta ciudad nunca ha habido estudios de medicina ni catedra establecida. Y queen esta Exceientisima corporaci6n hay constancia de los titulos de los que representan, a excepci6n del doctor Jose Calvo, cirujano del extinguido Bata116n ligero de Cazadores del General, que no lo ha presentado."

I

[Doctor don Jose Espaillat invita al procurador general para que aslsta a la instalacl6n de la ciltedra de medlcina en el Convento de Domlnlcos.J

IProcurador general se declara contrarlo a qui: se establezca la c4tedra de mediclna en el Convento de Dominlcos y oplna mas blen debe lnstalarse en el Real Hospital M ii ltar o en otro tui:ar apropiado.]

En este acto expuso el caballero sindico procurador que al retirarse anoche del paseo encontr6 en su casa Ia esquela de don Jose Espaillat convidandole para que asistiese en cl.ase de particular, hoy, 17 del corriente, Cl. las diez de la ma:iiana, a la instalaci6n de la catedra de medlcina en el Convento de reverendo padre [sic] Predicadores. Que pareciendole perjudicial al publico y opuesto a la orden de 30 de enero del presente afio la instalaci6n de dicha catedra en el referido Convento, sin precedente soberana autoridad, lo hacia presente a su Excelencia para que se sirva poner en conocimiento del se:iior gobernador y capitan general esta novedad, [f· 164 ]/ a fin que se digne disponer se suspenda Ia catedra en el insinuado lugar y que en el caso de deberse crear, en conformidad de la citada real orden, se realize en el Real Hospital Militar de esta plaza, a donde se inform6 a su majestad existfa o en otro conveniente y oportuno a la naturaleza de un establecimiento polftico, como lo es la misma catedra. Y se

158

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

acord6: Se diese cuenta al seiior gobernador y capitan general, con testimonio de esta acta, a fin de que se sirva resolver lo crea [sic] o estime mas conforme al cumplimiento de la voluntad soberana expresada en citada real orden.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Davila [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Davila [rubrica] = Mexia [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona, [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[1 DE JULIO DE 1816.]

En la [f· 164v. ]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de julio de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y [sic], concurrieron a sala con. sistorial el seiior alcalde ordinario de primet voto, don Fernando Davila; los caballeros regidores, senores oidores honorarios de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad, y don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por ocupaci6n, ausencia Y enfermedad, el seiior teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterlin; el senor alcalde ordinario de 2°. voto, don Juan Francisco Fuentes; Ios caballeros rexidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hermiiz; don Josey don Jose Marfa Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don San. tiago de Cordoba, don Andres Angulo, don Diego Pizarro y don Manqel de Andino.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, de 18 del mes pr6ximo pasado, confirmando su senoria el acta celebrada el dia 17 anterior y manifestando su parecer de que el ayuntamiento lleve a su primer acuerdo la novedad de haberse instalado, el insinuado dia diez y siete, la catedra de medicina por el doctor don Jose Espayllat, en virtud de real orden de 30 de enero ultimo; y que este establecimiento debe distin-

[Gobernador a detenninar sobre el p3rticular.J

IGobernador confirma acuerdo capltu· Jar y expresa parecer que la insta· laci6n de la cdtedra de mediclna debe significarse por el cabildo con un acuerdo honorfflco.J

(Se patentiza complacencla capltular por el estableclmlento de la referida c4tedra a la que el cabildo est4 presta a cooperar para su conservacldn; signlficlindose por otro lado que a la corooraci6n municipal no se le puso en pre- vlo conoclmiento de la proyectada instalacldn de aqul!- lla ni se le hablan pres en tado los tftulos del doctor don Josi! Espaillat.)

(Se informa sobre . inversl6n hecha en las reparuciones del Cuartel de Milicias Discipllnadas.J

ACTAS DEL CABILDO

guirse con un acuerdo honorifico; fueron de unanime sentir las senores que componen este ayuntamiento hacer presente [f· 165 ]/ al sefior gobernador y capitan general que ban quedado sumamente complacidos al ver un cstablecimiento tan benefico al publico (principal objeto de su instituto), coma que con el facilita la piedad soberana medias de instruir la juventud y asi no dexara de tributar las gracias, como debe, a vista de semejante beneficio y cooperarc:i en cuanto este de su parte este consistorio en su conservaci6n, progreso y perpetuidad; pero no han podido menos de extraiiar quc ni en los informes que se pidieron para obtener la real orden de 30 de enero ni para la instalaci6n de dicha catedra se hubiese contado con esta Excelentisima corporaci6n cuando por raz6n de su instituto debia tener un previo conocimiento de semejante novedad mucho menos no habiendo el doctor Espayllat presentado oportunamente sus titulos en este ayuntamiento; y que por lo mismo se guarde y execute su primer acuerdo coma se le previene por su senoria en el referido oficio.

(Requll!rese del superintendente de f.lbrlca la presen- tacl6n de las cuentas de las aludldas reraraclones. J

Se abrio otro del mismo senor gobernador y capitan general, con fecha de 19 de junio pr6ximo pasado, en el que inserta el que se le pas6 en 17 el comandante de ingenieros de esta plaza patentizandole la distribuci6n e inversion que se habia [f· 165v·]/ hecho en la reparaci6n del Cuartel de Milicias de los quinientos pesos que se suministraron del ramo de harinas para el efecto, de cuya cantidad ha resultado el sobrante de tres reales y diez y siete maravedfes. Y en consideraci6n a que el superintendente de fabrica nombrado por este consistorio fue el senor alguacil mayor, a cuya disposici6n se puso la insinuada cuota pecuniaria y que con posterioridad se le facilit6 del fondo de carneceria la de 33 pesos, 1 real y 19 maravedies, segiln consta de la orden tirada por el senor alcalde de Primera elecci6n y recibo del mencionado seiior alguacil mayor, que conserva el mayordomo de propios, y se ha tenido a la vista, se acord6: Prevenir al irtdicado senor superintendente de fabricas AUe mediante estar cumplida su comisi6n rinda la competente cuenta con Jos respectivos comprobantes para la debida formalidad, constancia en lo sucesivo y demas efectos que correspondan.

El senor alcalde ordinario de primer voto, caballero alferez real de este Excelentisimo Ayuntamiento, present6 el real despacho de confirmazi6n de este oficio, que obtuvo

160

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

desde 22 de febrero 'del aiio pasado de 1812, cuyo cfunplase del senor capitan general de esta isla se expidi6 en 9 de julio de dicho aiio y de que se tom6 raz6n por los seiiores ministros de real hazienda en 11 de septiembre del mismo. Y visto (f· 166 ]/ se acord6: Tomar raz6n del nominado real despacho en el libro correspondiente; y devolverse al sefior interesado con la nota que lo acredite.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [n.lbrica] = Santaella [n.lbrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [n1brica]Licenciado Marquez [n1brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [n.lbrica], es.scribano· real y de cabildo.

[83]

[8 DE JULIO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho dias del mes de julio de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentfsimo compuesto de su presidente, el senor don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatraba, mariscal de campo de los reales exercitos, gobernador y capitan general de esta isla; el senor alcalde ordinario de primer voto, don Fernando Davila; y los caballeros rexidores, seiior alguacil mayor, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la don Manuel Hernaiz; el senor [1 · J66v. ]/ alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; el senor oidor honorario de Ia misma Real Audiencia, don Juan Antonio Mexia auditor de guerra de marina; don ' Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero smdico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez... No concurrieron, por ocupazi6n, ausencia y enfermedad, el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco de Fuentes; y los caballeros rexidores, don Josey don Jose Marla Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de Cordova, don Andr6s Angulo y don Diego Pizarro.

En este cabildo se trataron varias materias correspon-. dientes al ·bien y utilidad de la republica, entre las cuales fue una la de haber el mayordomo hecho presente haber

IAlfuez real presenta real despa- cho conflrmatorlo de su oflcio.J

[Se tratan .varios asuntos.J

II 161

[Mayor d o m o da cuenta de la existencia en los fondos de proplos de noventa y clnco pesos en papel moneda, especle esta que ya no clrcula.J [A remltlrse al go- bernador la aludlda cantldad para que provea que por ella se sumlnlstre algunos qulntales de arroz para la manutencldn de los presos (Mayordomopobres.J a ser proYfsto de documento sobre este egreso.)

(Doctor don Juan Gonz41ez presenta

ACTAS DEL CABILDO

en el fondo de propios noventa y cinco pesos en papel moneda, que en el dia no se admite ni corre en el publico. Y se acord6: Que se pasen a su seiiorfa, el seiior gobemador y capitan, para que se sirva hacer que por ellos se de alguna cantidad de quintales de arroz para la manutenci6n de los pobres de la carcel, a quien el fondo de ·propios tiene obligaci6n de contribufr con la suma anual de reglamento; y que al mayordomo se de el documento necesario de esta salida para que le sirva de data en las cuentas de su administraci6n del corriente aiio.

Con Io [f· 167 ]/ se concluy6 [sic] este cabildo, que finn6 su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [mbrica] = Davila [mbrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia. [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante miTomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

(84]

[15 DE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince dias del mes de julio de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, seiiores alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, coniendador de la · Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; don Francisco Marcos Santaella, alcalde proviJlcial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No [f· 167 v. ]/ concurrieron, por ocupaci6n, ausencia y enfenne: dad, el senor teniente de gobemador, auditor de guerra, don Jose Sterling; y Jos caballeros rexidores don.Jose y don .Jose Maria Davila, seiior don Juan Antonio Mexia, don Tiburcio Duran de Villafaiie, don Santiago de C6rdova, don Agustin Martinez, don Andres Angulo, don Manuel de Andino y don Diego Pizarro.

·:En este cabildo presentaron el doctor don Juan Gonzalez Y don Jose Calbo. cirujanos del Regimiento de Gra-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y Batall6n de Cazadores del general, el primero, su diploma de doctor en la profesi6n de cirugfa medica; y el segundo, el documento justificativo con que obtuvo la plaza de cirujano de la columna de Cazadores expedicionaria, con objeto de que este Excelentisimo Ayuntamiento los reconozca por tales profesores y se digne mandar tomar raz6n de las piezas que presentan en los libros que al intento tiene esta corporaci6n. Y se acord6: Conforme, devolviendose a los interesados con la correspondiente nota.

Concurri6 tambien el seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de Ia Real Audiencia de Cuba.

Se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Fuentes [n1brica] = Hernaiz. [n1brica] = Santaella [rubrica] = Mexia [n1brica] = Licenciado Marquez. [rubrica] = Ante mi =· Tomas de Escalona [n1brica], esscribano real y de cabildo.

[19 DE JULIO DE 1816.]

\ I

En la [f· 168 ]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve del mes de julio de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6n del seiior gobemador y capitan general, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, don Fernando Davila; los caballeros, rexidor seiior aiguacil mayor, don Manuel Hemaiz, caballero code la Orden Amedcana de Isabel Ia Cat6lica, comisario ordenador honorario; seiior don Francisco Marcos Marcos [sic] Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Duran de Villafaiie, don Manuel de Andino, don Andres Angulo; y el caballero. sindico pro.. curador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas seii.ores no concurrieron por ocupaci6n, ausen, cia y enfermedad.

En este cabildo hizo presente el sefior alguacil mayor, como diputado para la manutenci6n de los presos de la ca.reel, que estos existian en el dia sin sustento por no haber fondos de donde suministrarseie, estando el de propios enteramente exhausto y no sufragar las limosnas 0

163

diploma de doctor en ciruj(a.]

[Doctor don Josi Calbo presenta doclllnento iustiflcatlvo con que obtuvo la plaza de clru- · Jano.]

(Diputado para la manutencldn de los preses pobres da a conocer que aqui- llos "e:dstfan en el

[85]

dfa sin sustento" PQ?' no haber fondos para sufragarlo.J

(Para allegar fondos para el referi· do menester se fl· Jan las contrlbuclones que · se relaclonan.J

ACTAS DEL CABILDO

contribuciones de constumbre [sic] que se exigian diariamente en la plaza ni demas ramos destinados a este objeto, lo que habfa hecho presente al senor gobernador y capitan general; y dispuso su sefioria lo manifestase a este ayuntamiento a fin de que reunido y conferenciada [f· t6Bv. ]/ la materia viese si podia facilitar medics con que subvenir a necesidad tan urgente e imprescindible. Y despues de meditado el punto, con madurez y muy detenida reflexi6n, se excogitaron por mas analogas a las actuales crfticas circunstancias y menos gravosas al publico Ios arbitrios siguientes:

Diarios.

Que a las verduleras de la plaza se les exija seis cuartos. A los labraderes que venden por sf sus cargas, cuatro. de quincallerfa, puerco, tabaco, zapatos, ropa, que ocupan puesto en la misma plaza, ocho cuartos.

Verduleras en sus casas, dos cuartos.

Leiiateros que ocupan puesto en La Marina, cuatro cuartos.

Yerbateros y demas revendedores de La Marina, cuatro cuartos.

Borriqueros, ocho cuartos.

Mensual.

Bogios extramuros, desde Santiago al Puente de San Antonio, que son ejidos de la ciudad, un peso al mes poc la sola ocupaci6n ·del terreno y si tienen ventorrillos a otro trafico, doce reales.

La Fuente del agua de Miraflores.

El Cafe de San Justo.

Anual.

El censo de 500 pesos que/aebe reconocer don Jose Dorado al respecto de un cinco por ciento.

·Con cuyos productos que ascienden, seglin calculo prudente, a m'8 de cinco pesos diaries parece queda cubierto

164

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el enunciado objeto y sin innovarse cosa alguna [!· 169 ]/ en la. contribuci6n de estos derechos, a excepci6n de los bornqueros que siendo Ios que tanto perjudican las calles Y su policia con su continuo trafico, se ha creido conveniente hacerles la detallada y diminuta imposici6n. Que la cobranza se haga por el mayordomo de propios en los terminos que practica la de los demas ramos, como que Ia mantenci6n de Ios presos esta inserta en el reglamento que rige y debe saiir de los fondos que tiene a su cargo. Y que se pase testimonio de este acuerdo al seiior gobernador y capitan general para que si su seiioria se sirve aprobarlo tenga la bondad de hacerlo inmediatamente a fin de que se ponga en execuci6n la cobranza con la festinaci6n que pide e insta la necesidad de los pobres encarcelados. .

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Herndiz [rubrica] = Santaella [rubrica] ·=Duran de Villafane [rubrica] = Angulo [rubrica] = .4.ndino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. '. \

[86]

[22 DE JULIO DE 1816.]

En Ia [f· 169v·]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos dias del mes de julio de mil ochozientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos se:iiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, senor don [sic] alferez real, don Fernando DaVila, y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caba-

llero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat61ica, comisario ordenador .honorario; seiior alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; sefior don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de la misma Real Audiencia; don Tiburcio Duran de Villafaiie, don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, licenciado don

[Cobro de fos refe· rldos derechos a ser efectuado por el mayordomo.]

165
.,.

(Se Dubllca Bando dando a conocer el concertado matrimonlo ·de Fernando VII con dofta Marra lsAbel, In- · fanta de Portugal, y el del Infante don Carlo" con dofta Marfa Francisca de Asfs.J

1Exp0sicl6n Que hace el alca1de provincial. don Francisco Marcos Santaella, sllPliflcando la lealtad y fidelldad de la ciudad hacia el monarca y extiresando el regoclfo por el fe11z ' suceso de los concertados matrlmonlos.J

ACTAS DEL CABILDO

Juan Bautista Marquez. No concurrieron, pQr ocupazi6n, ausencia y enfermedad, el senor teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Sterlin; y los caballeros rexidores, don Jose y don Jose Maria Davila, don Santiago de C6rdova, don Andres Angulo, don Manuel Andino y don Diego Pizarro.

En este cabildo y al momento de estarse publicando el Bando del concertado matrimonio de su majestad con la serenisima senora infanta. de Portugal, dona Isabel, y el del senor infante don Carlos con la serenfsima senora dona Marfa de Francisca de Asis, hizo el seiior alcalde provincial y oidor honorario don Francisco Marcos (Marcos)* Santaella el siguiente discurso = Excelentisimo [f· 170 ]/ **Senor_ = Esta ciudad que siempre y·sin la menor vicisitud ha dado pruebas muy evidentes de la lealtad mas acrisolada, ya resistiendo, con el mayor ·valor y denuedo, a los enemigos de la corona cuando han invadido sus puertos y sitiado sus babitantes y ya detextando las inicuas ideas y seductoras expresiones de sus espureos hermanos nacionales e insurrectos de Santa . Fee y Venezuela; esta ciudad que tuvo la dicha de ser la primera de America que proclamase, jurase y prestase obediencia a su predilecto monarca, el se:iior don Fernando 7°. (que Dios guarde), cuando vino la noticia de su coronaci6n y fel6nico cautiverio, que en medio de las convulsiones politicas de. epoca tan desastrada fue un dechado del mas terso amor y fidelidad hacia su rey y senor natural. Que cuando lleg6 a sus oidos el duke eco de su restituci6n al trono hizo varias demostraciones publicas del impondera- .. hie alborozo y alegria que rebosaba en los pechos sensibles de sus moradores, diputando un individuo de esta corp?raci6n que fuese en persona a cumplimentar a su majestad; y esta ciudad, finalmente, que ha merecido por sus brillantes, [f· i10v. ]/ heroicos y notorios hecbos ser condeco1 rada con el titulo de Muy Noble y Muy Leal, y con el tratamiento de Excelencia este consistorio, por real orden del 30 de mayo del aiio pr6ximo pasado, en testimonio del aprecio de su fiel conducta en )as ultimas tristes circunstQ.cias y premio de Ios generosos exfuerzos que hicieron todos los ·habitantes de la isla, queriendo su majestad fuese este un nuevo motivo para coadyuvar por nuestrt;i

· . * Lo comprendido entre parentes1s aparece tachado en el original. · ..

** Al pie del .folio aparece: Lo entre re'nglones, vale. [nibrica].

166

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

parte a que en todo tiempo tuviesen efecto sus beneficas reales intenciones, es imposible pueda oir la plausible noticia del concertado enlaze matrimonial de nuestro soberano con la serenfsima senora dona Isabel, infanta· de Portugal, y el del senor infante don Carlos con la serenisima senora dona Maria Francisca de Asfs, que en este critico momenta se esta anunciando al publico por medio de un Bando, sin correr presuroso a elevar sus fervorosos ruegos a la bondad divina para el feliz exito y a tributar la enhorabuena mas expresiva a su majestad y alteza por un suceso cuasi prodigioso y que pronostica a toda la naci6n una grande ventura y protecci6n, pues le recuerda el glorioso reinado de los' seiiores don Fernando y doiia Isabel, los Cat6licos, y con especialidad a esta ciudad cuando ve que las letras iniciales de los augustos nombres de aquellos soberanos *que* que estan esculpidas en sus armas se ban renovado y vuelto a su primitive ser u *y* origen te. niendo los mismos ['· 171 ]/ **nombres nuestro amadisimo rey y anunciada reina; y *que* parece que asi como en aquellos antiguos dias eligi6 Dios un Fernando y una Isabel para la conquista, conversi6n y pacificaci6n de estos dominios, asf quiere ahora valerse de otros iguilles y sus semejantes para que cesen de va [sic] vez las turbulencias e inquietudes que en algunos de sus paises todavfa se experimentan y reine la concordia, fraternidad, abundancia y prosperidad. Justo es cumplir con un deber tan sagrado y ratificar nuevamente a su majestad la humildad, obediencia, veneraci6n e invariable fidelidad de estos vasallos, simbolizada en el cordero que complementa sus armas = y expresada en la siguiente inscripci6n que se lee en su circunferencia = Por su Constancia, Amor y Fidelidad es Muy Noble y Muy Leal esta Ciudad.

En este acto habiendo oido su Excelencia el Bando que se -esta publicando hacienda saber el concertado matrimonio de su majestad con la senora infanta de Portugal, doiia Maria Isabel, y de Ios seiiores infantes don Carlos y doiia Maria Francisca de Asis, inflamado del constante deseo que siempre ha tenido de tributar inequfvocas prue:t>as de su amor a su lexitimo y amado soberano y del

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

** Al pie del .folio aparece: Lo entre renglones, vale. [nibrica].

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[Para festeiar di: cho aconteclmiento provtlese para una lluminaci6n de la casa capltular y aue se cante un Te Dtlum en la Catedral.J

IA solicltarse dei sobemador concurra con los cuerpos milltares a dicha funcl6n religiosa, prevenga la salva de artillerfa y dlsponRa una ilumlnaci6n general.]

[Se le a don Luis Mell!ndez Bruna que a nombre del ayuntamiento cumplimente a su majes- tad. t

ACTAS DEL CABILDO

[f· 17iv. ]/ ***interes que toma en el feliz exito de sus empresas, de unanime acuerdo sin alguna otra consideraci6n * deliber6: Que en la noche de este dia se ilumine la casa consistorial, y el de maiiana, se cante un solemne Te Deum en la Santa Iglesia Catedral para pedir al Todopoderoso la felicidad del concertado enlace matrimonial de su majestad y alteza, diputandose al caballero regidor al caballero regidor [sic] don Tiburcio Duran de Villafane a fin de que pase a la casa del sefior provisor y vicario general capitular y le participe esta determinaci6n, convidando igualmente las comunidades religiosas a Ia hora que designe. Que los sefiores alcaldes ordinarios participen previamente al senor gobernador y capitan general este acuerdo para que su seiioria se sirva concurrir con los cuerpos militares de la guarnici6n, prevenga la salva de artillerfa y haga que tambien se ilumine la poblaci6n. Y, ultimamente, depositaron SU confianza para el honorifico desempefio de cumplimentar a su majestad y alteza tributandole la mas energica y expresiva enhorabuena en el senor don Luis Melendez Bruna, consejero del Real y Supremo de Castilla, a quien se dirigiran testimonios duplicados de este acuerdo y oficio politico para que se sirva su sefioria aceptar esta -memoria de un ayuntamiento que se [f. 172 ]/ pone bajo su auspicio y protecci6n para manifestar a su majestad y alteza esta acta y que vea el jubilo y satisfacci6n que ha tenido con nueva tan dichosa.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. ·= Davila [rubrica] = Fuentes [n1brica] = Santaella [nibrica] = Hernaiz [rubrica] = Mexia [rubrica] ·= Duran de Villafane [nibrica] = Licenciado Marquez i[nibrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

1<"'* Al pie del folio aparece: Lo entre renglones, vale, y lo tratado, no vale. [nibrica].

• 1< Lo comprendido entre asteriscos aparece iachado. en el origmal.

168

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[29 DE JULIO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve dias del mes de julio de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excel.entisimo Ayuntamiento, compuesto del sefior alcalde ordinario de primer voto, alferez real, don Fernando Davila; los caballeros regidores, sefior alguacil mayor [f· 172v.] / don Manuel Hernaiz, cabaIIe.. ro comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad, don "Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; sefior don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de la misma Real Audiencia; Y don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez.

En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobernador y capitan general, su fecha, 22 de los \cprrientes, en que su sefioria transcribe lo que Je dijo el intendente interino acerca de haber dispuesto que se reciban en la caja de amortizaci6n los noventa y cinco pesos en papel que tenia el fondo de propios y se abone el equivalente en arroz de los reales almacenes. Y se acord6: Pasar dicho oficio al senor alguacil mayor para la recaudaci6n de este grano que ha de servir al sustento de los pobres de la ·carcel y de cuenta oportunamente cuando se concluya el repartimiento o cualquiera que sea el resultado, informando a continuaci6n.

Se abrio otro del mismo senor, de 23 del corriente, aprobando su sefior:fa lo acordado por este ayuntamiento en extraordinario del dia 19, que trata de proporcionar arbitrios para la manutenci6n de los pobres de la carcel. (f. 173 ] / Y se acord6: Que el sefior alcalde ordinario de 1"." elecci6n de la orden para que comparezcan en su tribunal el capitan de borriqueros y dueiios o inquilinos de los bojios existentes extramuros de la Puerta de Santiago hasta el Puente de San Antonio para que les intime la contribuci6n diaria detallada en la tarifa, entregandola al mayordonio de propios, quien tendra la obligaci6n de recaudar tanto las de estos individuos cuanto la de los demas que aquella menciona, confiriendosele copia de ella

(Se partlclpa orden del lntendente interlno para que se reclban en la caJa de amortizacl6n los noventa y clnco pesos . que en papel moneda tenla el fondo. de proplos y que poi: ellos se provea arroz de los almacenes reales.J (Alguacil mayor a reclblr el aludldo grano 11ue ser4 destlnado al sustento

• de los presos pobres.l IGobemador aprueba las contrlbuciones fljadas para allegar fondos para el sustento de los presos pobres.)

lBorriqueros e inquilinos de los bohlos extramuros a ser notlficados de la contrlbuci6n que se les ha lmpues- to.J

(Mayordomo a recaudar dlchos arbltrlos.J

[87]
169

(Mayordomc- a efec· tuar Jos pagos CO· rrespondlentes a J sustento de los presos.J

ISe autorlza a don Manud Milano pa· ra que se contlmle desempeftando com o maestro d e primeras letras.J

!Doctor don Juan Gonz4Jez sei{ala males que po!lrfa aearrear el que se permita eiercltar en la profesldn mt!dlca a qulenes no est4n tltulados o Ileen· clados al efecto.)

[Se requiere del aludido doctor indlque qulmes son los que asl se eier- · cltan.J

ACTAS DEL CABILDO

y de acuerdo e insertandose por el esscribano en la certificaci6n anual del cargo el producido de estos ramos, que empezara a correr desde el dia primero .del entrante mes de agosto; advirtiendo al mayordomo de hacer el gasto diario del caldero de la carcel mediante papeleta que todos los dias le pasara el alcaide de las plazas existentes, visada por el sefior alguacil mayor.

Se present6 don Manuel Milano solicitando que se le permita continuar exerciendo Ia regencia del noble arte de primeras letras en la escuela de su difunto padre te['· inv. ]/nia establecida. Y se acord6: Conforme; y en los propios termmos que la tenia el expresado su difunto padre.

Se vio una representazi6n de don Juan Gonzalez, doctor en medicina y cirugia, enunciando los perjuicios que podian seguirse a la humanidad de penntir que exerciesen su profesi6n los que no tuviesen titulos o licencias para ello e invitando a este ayuntamiento para que exija la presentazi6n de los enunciados titulos. Y se acord6: Que expresando esta parte quienes son los que no han cumplido con este requisito, que curaciones son las que practican Y en que terminos, se tomara la providencia que corresponda.

Con lo que se concluy6 este acuerdo, que "firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [nibrica] = Hernaiz [nibrica] = Santaella [nibrica] = Mexia .[nibrica] - Duran de Villafane [nibrica] = Licenciado Marquez [i:Ubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], real y de cabildo. [1• 174 ]/

[88]

[S DE AGOSTO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios cinco dias del mes de agosto de -?Iii ochocientos diez y seis- afios, para celebrar cabildo ordmario, coi:iio es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial Ios sefiores que componen el Excelent(simo Ayuntamiento, alcalde ordinario de primer don Fernando Davila; y los caballeros rexidores, nores don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, alca1de provincial per-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

petuo por su majestad; don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de la misma Real Audiencia; don Tiburcio Duran de Villafane y don Agustin Martinez. Los demas seiiores no concurrieron por enfermedad, ausencia y ocupaci6n.

En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobemador Y Capitan general, de 30 de .julio ultimo, confirmando el acuerdo del dia anterior y en que previene archivarse la petici6n del cirujano latino don Juan Gonzalez entretanto que su sefioria [f· 174 v. ]/ toma providencia para distinguir y conocer los grados de cada Uno y que resulte el que ninguno se introduzca en la facultad de otro para Jo que tiene especial comisi6n. Y siendo esta disposici6n de su seiioria muy conforme o analoga a las ideas e intenciones de este ayuntamiento se acord6 conforme.

' Se recibi6 un oficio del apoderado del ayuntamiento existente en ·Madrid, don Manuel Ledesma, con fecha 25 de junio, en que contesta al que se le remiti6 por los seiiores diputados de esta misma corporaci6n, incluyendole el acta celebrada en veinte y seis de marzo Ultimo relativa a su persona, en el cual indica quedar a la mira de cuanto sea benefico a esta ciudad e isla \para gestionar ante su majestad· en su obsequio y dar puntual aviso, sin perjuicio de esperar que oportunamente se le instruya por esta corporaci6n de Ios negocios que de nuevo ocurran. Y se acord6: Acusar el recibo por los seiiores diputados; y que se archive.

' Del mismo se recibi6 otro oficio, con igual fecha, testando al que se le pas6 con arreglo al acta de 26 de marzo a fin de que nombrase en esta ciudad persona de su confianza que percibiese la asignaci6n de 200 pesos anuales que le hizo este ay1lntamiento; en el que dispone sea el [f· 175 ]/ recaudatorio el seiior alguacil mayor, don Manuel Hemaiz, a quien as( se lo suplica, para que con el se entienda este ayuntamient-0; e igualmente incluye una nota de Ios gastos causados en la expedici6n del titulo del tratamiento de Excelencia, para que se le abone, ascendente a 956 reales, 21 maraveclies de vell6n, entendiendose con el insinuado seiior don Manuel Herntiz. Y se acord6: Acusarle el recibo; participarlo al enunciado senor Hemaiz a fin de ver si acepta y en este caso dar la orden al mayordomo de propios para el abono de los gastos causados en la expedici6n del diploma y de la asignaci6n anual en su oportunidad, v Que se archive.

171

IGobemador confir· ma acuerdo capltu· lar y prevlene se archive. por d momento, la pedci6n del clrufano don Juan Gonz4lez 'referente al ejerciclo gue a advlerte de la profesldn ca por qulenes no est& tltulados.1

(Apoderado d e l ayuntamiento e n · Corte lnforma estar en la mejor ac· tltud para promover todo aquello que resulte en beneficlo de la cfu. dad e lsla.1

(Apoderado d e l ayuntamlento en Corte desiana a don Manuel Her· nd.iz para que se encaraue de reclblr su salarlo y la cantldad por El eroaada en la obtenci6n del tftulo de Exc:elencla para la corporacl6n.1

1Partlclpaci6n a don Manuel Hern41z para conocer sf acepta la desl&· nacldn que en ii hace el apoderado en Corte.]

(Escribano iriforma sobre lo devengado por concepto de vlsltas de sanldad, producto este a ser destlnado para la fabrlcacl6n del matadero. J

(Procurador gene- ral a expresar . su parecer al respecto.J

!Don Manuel Herm1iz acepta la encomienda que le hace el apoderado en Corte.)

(Mayordomo a entregarle a don .Manuel Hern4lz la

ACTAS DEL CABILDO

En este cabildo dio cuenta el presente con el expediente de la fabrica de matadero y producto de las visitas de sanidad existente en su poder, cuyo alcance hasta treinta de junio es de Ia cantidad de 330 pesos, por no estar acabado de recaudar el derecho del mes de julio. Y se acord6: Dar [f. 175v·]/ vista al caballero sindico procurador general a fin de que represente sobre el particular para el cabildo inmediato, poniendo fin, si es posible, a un expediente tan envejecido.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [n.ibrica] = Santaella .[rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[89]

[12 DE AGOSTO DE 1816.]

. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan· Bau. t1sta de Puerto Rico a los doce dias del mes de agosto de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, senores don Francisco Marcos Santaella, oidor bonorario de la Real Audiencia del distrito, alcalde provincial perpetuo por su majestad; don J?an Antonio Mexia, ·auditor de guerra de marina y [f· 176 ]/ 01dor honorario de Ia misma Real Audiencia; y don Agustin Martftiez; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas senores no concurrieron por ocupaci6n, ausencia y El presente esscribano dijo que el senor alguac1l mayor acepta el encargo de recaudar la asignac_i6n _que el · Excelentisimo Aylintamiento hizo al apoderado en la Corte, don Manuel Ledesma, y el,.moritamiento de la cuenta que remiti6 por los gastos hechos en Ia expedici6n del diploma de la gracia de Excelenzia que su majestad concedi6 a esta corporaci6n. En cuya virtud se acord6: Dai la orden al mayordomo de propios, por media del testimonio de este acuerdo que se acompanara a la minuta de gastos remitidos pot el agente, a fin de que abone al

172

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

seiior alguacil mayor la cantidad que contiene con la de la asignaci6n anual en su oportunidad, percibiendo los co.mpetentes recibos, [!. 176v·]/ que acompaiiara acumulados a su [sic] respectivos expedientes cuando rinda sus cuentas, para que le sirvan de comprobante.

No habiendo otra cosa de que tratar, se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Fuentes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia {rubrica] = Martinez [rubrica] = Licenciado Marquez {rubrica] = Ante mi'. = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[90]

[19 DE AGOSTO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve dias del mes de agosto de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, cotnpuesto del senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco de Fuentes; los caballeros regidores, senor alguacil mayor, don· Manuel Hemaiz, caballero comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; senor alcalf;le provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; sefior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la [f· 177 ]/ misma Real AudienCia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Andres Angulo y don Manuel de Andino; y el caballero sfndico procurador general, licenciado don Juan Bautista· Marquez. ·

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor go bernador y capitan general, fecha 14 de los corrientes, en que · confinna su seiiorfa el acta celebrada el dia 12, expresando que deben exigirse los recibos originales del apoderado cac;la vez que se le haga para que conste en la cuenta. Y se acord6: Prevenirlo asi al senor comisario ordenador alguacil mayor encargado de aquel para Ia percepci6n, a fin de que exiba en su oportunidad los insinuados documentos originales de pago y remesa a aquel 0 presente poder especial, otorgad.o publica Y legitimamente,

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cantidad gastada por el apoderado en Corte en la obtencl6n del dtulo de Excelencia para la cludad.)

[Eventualmente a serle satlsfecho y deposltado en. don Manuel Herndlz ·el sueldo del ' apode- rad:>.)

[Gobernador aprueba acuerdo capltu- lar y previene se exija del apoderado en Corte los reclbos correspondientes al pago que se le hace.)

IRequiuae del auacil mayor como acredltado por el apoderado en Cor-

te presente los documentos de pago y remesa a este llltimo.J

iProcurador general recomlenda aproba- c:l6n de las cuentas de proplos de 1815, exccpcl6n hecha ae una particular partida que seftala.J

ACTAS DEL CABILDO

que le autorize en debida forma para el efecio, para que aqui se archive, haya una perpetua constancia y se evite en todo tiempo ]a responsabilidad de este ayuntamiento.

I

[Auptase parecer del procurador Re· neral sobre las aludldas cuentas, las que quedan referldas a la Junta Municipal ·de la cuat se sollcita ordene al ma,yordomo reponer clerta cantldad al fondo de matadero.J

ID o n Francisco

• Dueiio presenta tf.

• tulo de escrlbano de los fuzgados del c:uerpo de artlllerfa y de lngenleros.J

El caballero sindico procurador evacu6 la vista que se le confiri6 de las cuentas [r· 177 v. ]/ de propios y arbitrios del afio pr6ximo pasado, exponiendo que habiendolas examinado, detenida y escrupulosamente, las encuentra arregladas y dignas de la aprobaci6n de este ayuntamiento, a excepci6n de la partida de hopas y composici6n de areas, en que deben rebajarse 29 pesos, 6 reales, suplidos al fondo de propios por el de la fabrica de matadero, seg11n consta del respectivo expediente, y que no trayendolos el mayordomo a colaci6n en el cargo de dicha cuenta debe reponerlos de su bo]sillo al fondo para la oportuna cuenta y raz6n. Y se acord6: Conforme parece al caballero sindico; aprobandose las mencionadas cuentas que se pasaran, previas las urbanidades de estilo, a la Junta Municipal para que sacandose testimonio de ellas se pasen donde convenga . Y es de hacerse segtin previene la Instrucci6n de lntendentes; y disponga que el mayordomo reponga los 29 pesos, 6 reales, al fondo de matadero. I Present6 el esscribano real, don Francisco Dueno, el tfde esscribano del juzgado de los reales cuerpos de aringenieros, del departamento de esta isla ( que le bbr6 el senor don Guillermo de Vargas Ximenez y Cisneros, del Consejo de su majestad, su ministro togado en el Y Supremo de la Guerra y del Juzgado general de apelazi6n de dichos reales cuerpos de artillerfa e ingenieros cI,e.Espaiia e Indias), con el ['· 178]/ fin de que este Excelentisuno Ayuntamiento Io haya y tenga por tal esscribano de los expresados juzgados con la arnpliaci6n de facultades Y privilegios que le estan concedidos en el contexto del ti Y que se tome de el (y de las diligencias que acompana de participaci6n a los reales cuerpos) raz6n en este cabildo. Y se acord6: Tomar la razon en el libro que corresponda, devolviendose el original al interesado.

(Nesros cargadores o borrlqueros sollcltan se Jes exima de la contrlbucldn que se les fll6 para la manutencl6n de los presos pobres.J

Se vio una representaci6n de los negros cargadores de esta dirigida al seiior g()bemador, con. el. objeto de exun1rse de la contribuci6n de ocho cuartos d1ar1os que se les impuso para la mantenci6n de los pobres encarcelados, la_ que transmite su seiiorfa para que informe este ayuntamtento. Y en su vista se acord6: Hacerlo en la forma I siguiente=

"Seiior Gobemador y Capitan General.= Este ayunta-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

miento ha impuesto a los negros borriqueros o cargadores la contribuzi6n de ocho cuartos diarios para la mantenci6n de los infelices encarcelados por las poderosas fundadas

• I

YJUStas razones que contiene [f 178 v·]/ el acta de 19 de julio pr6ximo pasado, aprobada por vuestra seiioria en oficio de 23 del mismo mes, en el concepto de que son personas aptas para servir al publico en semejante exercicio. Si entre ellos hay algunos esclavos no deben estos tener semejante ocupaci6n estando tan rigorosamente prohibida en el articulo 84 del Bando de Buen Gobierno o Reglamento de Policia, que vuestra seiiorfa mand6 publicar en esta plaza el dia 1°. de enero del aiio 1814. Y asi no han tenido ni tienen estos persona ni representaci6n civil para comparecer en el particular ante vuestra seiioria ni otro juez o tribu- · nal, como lo ban hecho. Tampoco tienen derecho los amos para exigirles los jomales ni castigarlos por ellos y mucho menos hay un motivo para que se innove cosa alguna de lo acordado. Es cuanto puede informar a vuestra seiioria, etc."

El seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, present6 el diploma de caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica. Y se acord6: Tomar raz6µ., de el en el libro correspondiente y devolverse al seiior interesado.

Con Io que ['· 179]/ se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Fuentes [rubrica]= Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia = Duran de Villafane [rtlbrica]= Angulo [rubrica]= Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rtlbrfoa], esscribano real y de cabildo .

[26 DE AGOSTO DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau-

tista de Puerto Rico, a los veinte y seis dias del mes de agosto de mil ochocientos diez y seis aiios, se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento; como lo tiene de uso y constumbre [sic], y compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, don Fernando Davila; y los caballeros regidores, -seiior alcalde provincial, don Francisco Marcos San.taella, oidor honorario (f· 179 v. ]/ de la Real Audiencia del di$Ji;ito: seiior. don Juan Antonio Mexia, oidor honorario

II>esestfmase la aludlda peticidn.J

(Alguacil mayor , don Manuel Hcrn41z, presenta di· ploma de Comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6llca.]

.
[91]
.,
115

. !Se tratan varlos asuntos.)

(Mayordomo delata" que los lnsresos perclbldos durante et mes de agosto para la manuten· cidn de los presos pobres ha sldo me· nor a los debldos, ello explicado por

ACTAS DEL CABILDO

de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez, don Tiburcio Duran de yillafa:fie, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas seiiores no concurrieron por enfermedad, ausencia y ocupaci6n.

Se trataron varias cosas concernientes al pro comun y su utilidad; y se concluy6 este cabildo, que firrn6 su Excelencia, de que doy fee.= Davila [rubrica]= Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. (f· 180 ]/

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos dias del mes de septiembre d71 aiio del mil ochocientos diez y seis, para celebrar caordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reun10 el Excelentisimo Ayuntamiento de esta ciudad, compuesto del sefior alcalde ordinario de primer voto,· don F.ernando Davila; y los caballeros rexidores, seiior alguacil mayor, comisario· ordenador honorario, caballero comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica, don Manuel Hernaiz; senor don Francisco Marcos Santaella, oidor ho· norario de la Real Audiencia del distrtito, alcalde provin· cial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Duran de Villafane, don Manuel de Andino; y el caballero sfndico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Concurri6 tambien el seiior don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de la Real Audiencia del distrito.

El mayordomo de propios hizo presente que la recaudaci6n de los arbitrios para T'· 180 "·]/ manutenci6n de los presos de la carcel en el pasado mes no alcanza con mucho a los gastos que se erogan por mostrarse !enuentes y omisos Ios contribuyentes de ellos a Ia soluci6n, habiendo ascendido lo recaudado en el enunciado

176
(92] .
[2 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mes a 115 pesos, 4 reales, y las erogaciones hechas en los presos a 175, segiln las relaciones pasadas por el alcaide, que se han tenido a la vista con el visto bueno del senor alguacil mayor. Y atendiendo este cabildo que por el calculo indefectible y que por menor form6 cuando celebr6 su acta de 19 de julio lejos de haber deficit para el.piadoso objeto que se ha propuesto debe haber un superavit o sobrante, acord6: Prevenir al mayordomo que dentro de 2°. dia pase al sefior alcalde ordinario de 1". elecci6n o al que residiese en la capital una lista de los contribuyentes que no esten exceptuados por qisposici6n posterior de este ayuntamiento o gobierno y que deban reputarse morosos para que los obligue al pago o tome las providencias que juzgue oportunas al intento, teniendo cuidado en lo suce·sivo de ocurrir en cuanto note la falta u omisi6n a la misma justicia a fin de que no experimenten el menor perjuicio los tristes encarcelados. ·

Con lo que ['· 181]/ se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, _de que doy fee. = Davila [rubrica]= Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica]--: Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano y de. cabildo. [93]

[3 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios tres dias del mes de septiembre del aiio del mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6n del sefior gobernador y capitan general, mariscal de campo de los reales exercitos, don Salvador Melendez Bruna, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del expresado

... senor capitan general, el sefior alcalde ordinario ['· 181 v. ]/ de· primer voto, don Fernando Davila; las caballeros regi. dores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; seiior

la moros1aad de I o s contribuyentes.]

[Justicias caoitulares a activar el cobro de contribuciones de Jos deudores morosos.1 I

12 177

[Gobernador lnforma escasez de harlna que se padece para cuyo· remedlo suglere se convoquen dos o tres comerclantes que asuman la responsabl- lldad de proveer ochoclentos o mil barriles de ella.J

(Don Javier de Aranumendi y don Miguel Ruvira ·se comprometen a sumlnlstrar qulnlentos barriles.)

ACTAS DEL CABILDO

don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez, don Andres Angulo y el caballero sindito procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez; y el caballero rexidor don Manuel de Andino. No concurriero:ri, por enfermedad, ausencia y ocupaci6n, el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; y los caballeros reXidores, don Jose y don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, don Santiago de C6rdova, don Diego Pizarro *y don Manuel de Andino.* .

En este cabildo hizo presente el sefior gobernador y capitan general, su presidente, la notoria escasez de harinas que se advertia en esta plaza como que no alcanzaria sino para diez o quince dias la que se hallaba o existia entre los panaderos sin fener alguna en sus almacenes los comerciantes; y propenso siempre, en uni6n de este consistorio, al bien del publico que le esta encomendado propuso le parecia conveniente convocar dos o tres comerciantes de esta plaza para ver si inmediatamente o sin la menor dilaci6n [f· 182]/ se comprometian y obligaban a proporcionar ochocientos o mil barriles, dandolos a los panaderos al costo y costas. Y se acord6 unanimemente: Conforme; citandose para el efecto a los comerciantes don Jose Xavier de Aranzamendi y don Miguel Ruvira, quienes habiendo comparecido en esta sala y tambien los panaderos, instruidos de las beneficas ideas de esta corporaci6n Y objeto a que se dirigia su llamamiento, convinieron los Prirneros en proporcionar, por ahora, quinientos o mas barriles de harina, habilitando buque que fuese a buscarlos Y conducirlos, entregandolos a los segundos para su expendio en los justos terminos que convengan entre si.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Melendez; [rubrical- Davila [I'Ubrica] = Hernaiz; [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [I'Ubrica] = Martinez; [rubrica] = Angulo [rubrica] · - Andino [rubrica] = Licenciado Marquez; [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real Y de cahildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori.

178

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [94]

[9 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

En la (f· 182 v. ]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve dias del mes de septiembre de mil ochocientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco de Fuentes; y los caballeros rexidoies, senor alguacil mayor, don Manuel Hermiiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor bonorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; senor don Juan Antonio Mexia, oidor bonorario de la misma Real Audiencia y · auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas sefiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobema-

lGobemador dispo- dor y Capitan general, SU fecba, cinco dell presente mes, ne que hasta tanto l ul su asesor no emien que su seiioria dice que mientras recae a cons ta del ta su parecer ressenor asesor en el expediente instaurado por los cargadores recrc,sa de esta ciudad se sirva el ayuntamiento disponer que la con- :: 0:r tribuci6n impuesta a estos se entienda s6lo de diez pesos J: mensales.: Y se acord6: Quedar este cabildo enterado ·de · r a me:i la providencia de SU sefioria; baciendose saber al mayor- mantenimiento de los presos. pobres.) domo recaudador de estos arbitrios y anotandose en el expediente respectivo, contestando al senor capitan gene- a ral el recibo de su citado ['· 183 ]/ oficio por el testimonio aludida dlsposlci6nJ de este acuerdo.

El senor gobemador y capitan general remiti6 a este ayuntamiento, para su infonne, un oficio del seiior inten- · dente interino, su fecba, ·seis de los corrientes, en que ma, nifiesta que algunos individuos del trafico de pulperias t:!:: y tiendas le ban representado la imposibilidad en que exi's- sibllJtados en pa- &ar las cuotas de ten de contribuir las cuotas que les ban cabido en los enca- los encabezamienb b 1 tos por la contri- ezamientos si contribuyen tam ien con e impuesto de bucl6n que se les h d . bl 'd ha fiiado para el oc o cuartos 1arios esta ec1 o por esta corpoi:aci6n pa- sustento de los ra el SOCOITO diario de }os pobres encarcelados; y que fore:i:e siendo preferente la exacci6n de rentas reales y disponiendo· el Articulo 161 de Ia Ordenanza de Intendentes exen- llltlmo arbitrlo.J

179

ICabildo aclara que la contrlbuci6n sobre la cual se reclama s61o es aplicable a los mercaderes que ocupan puestos de ventas en la plaza pllbllca. J

[Procurador general soliclta copia del acuerdo capit ular en que se dis, puso se utillzase en la fabrlcacl6n del matadero los

ACTAS DEL CABILDO

ci6n de toda contribuci6n municipal a Jas pulperias debe vuestra seiioria mandar se suspenda el enunciado impuesto. Y se acord6: Informar al senor gobernador .lo siguiente: "Seiior Gobernador y Capitan General = Parece equivocado el concepto y que labora con el vicio de obrrepci6n el contenido del oficio precedente. Este ayuntamiento nose ha entrometido a imponer contribuciones en poca ni mucha suma a las tiendas de merceria ni pulperia. [f. 183v·]/ Los que tienen sus tiendas encabezadas por la real hacienda Y dentro de ellas expenden sus efectos o renglones comerciables compran y venden francamente sin ser requeridos para la menor excepci6n. El impuesto de ocho cuartos diarios comprende (micamente a los que no venden en sus

. tiendas y ocupan para el efecto algiln puesto o lugar publico de esta ciudad; y como esta permisi6n o prohibici6n depende de la autoridad del gobierno y no de la inten-

. dencia fue que vuestra sefioria prohibi6 en el Bando de P?licia q1:1e nadie embarazase los lugares publicos con trop1ezo alguno y que todos recluyesen ·sus ventas dentro de los portales de sus casas o tiendas, habiendose multado a los que ban contravenido esta orden gubernatiba estribada en las reales y cuya tendencia era el bien comun o de los vecinos transitantes; y asi es que ahora, siendo urgente la necesidad de los presos y no habiendo fondos ni medios para socorrerla, viendo este ayuntamiento que algunos mercaderes ocupan con sus mesas de quinquilleria [sic] puestos en la plaza publica de esta ciudad, excogit6; con la aprode vuestra seiioria, el arbitrio de imponerles ocho ['· 184 ]/ diarios para tan necesario y laudable objeto s1 contra lo prevenido en el Bando de Policia querfan continuar ocupandolos. = Esto en nada conviene con la narra. tiva del oficio que se ha recibido; en nada se opone la de Intendentes y mucho menos es una imposic16n forzosa que quieran o no han de contribuirla. En vode ellos estcl: dejar expeditos y .Jibres los puestos pubhcos y reducirse a sus tiendas y casas para no estar comprendidos en semejante disposici6n; y si no lo hacen es una prueba evidente de que quieren somea ella."

El caballero sindico general, para evacuar fa vista que se le confiri6 de las expedientes de fabrica de matadero, pide se acumule a ellos el en .que se dispuso aplicase el derecho de visitas de sanidad a dicha fabrica. Y se acord6 : Que el presente esscribano, a la

180

BAUTISTA DE PUERTO RICO

mayor brevedad, compulse los acuerdos que traten de Ia materia y los pase, segun pide, al [f· 184v·]/ caballero sindico procurador general.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Fuentes [rubrica] = Hernai'l [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [95]

[

13 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dias del mes de septiembre de mil diez y seis aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposici6n del senor gobemador y capitan general, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del mismo seiior capitan general, don Salvador Melendez Bruna, del Orden de Calatrava, mariscal de campo de los reales exercitos; el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor alguacil mayor, don (f· 185 ]/ Manuel Hemaiz, comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y alcalde provincial perpetuo por su majestad; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez.

En este cabildo se trat6 acerca del expendio de 163 barriles de harina, mitad. de la que acaba de llegar de San Tomas contratada con don Miguel Rubira *de este comercio y don Manuel Maria Lobaton de San Tomas* y don Jose Xavier de Aranzamendi, de este comercio. Y, habiendose tenido a la vista la factura formada por don Manuel Maria Morat6n [sic], agente que se enuncia ser tie Rubira, y por ella venidose en conocimiento que cada barril com'

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

fondos provenlentes del derecho de visltas de sanldad.J

!Escribano a proveer dicha copia.J

ISe

SJ\N
JUAN
181
trata sobre la venta de 163 barrlJes de harlnas.]

[Gobernador

ACTAS DEL CABILDO

putado el beneficio de la. cochura y el derecho a que esta afecto· a [f· tasv.] / 26 pesos, 2 reales y 23 maravedies, a todo costo, se acord6: Que por el termino de -nueve dias, que se considera suficiente a expenderse dicho numero de 163 bartjles, se venda cada libra de pan a 30 cuartos y que transcurrido que sea pueda alterarse o modificarse el precio a proporci6n de las circunstanzias supervenientes.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Hernd.iz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [n1brica] = Ante mi = Tomas de Escal.ona [n1brica], esscribano real y de cabildo.

[96]

[16 DE S 0 EPTIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias mes de septiembre de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, (f· 186]/ compuesto del senor alcalde ordinario de segundo voto, don Juan Francisco de Fuentes; los caballeros regidores, senor alguacU mayor, don . Manuel He.rnaiz, comendador de la Orden Americana de Isabel Ia Cat6lica y comisario ordenador honorario; el seiior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia Y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas seiiores no concurrieron por ausencia, ocupaci6n y enfermedad.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, de 11 de los corrientes, confirma- · torio del acuerdo celebrado por este ayuntamiento en 9 del mismo. Y se acord6 : Quedar enterado y archivarse.

Se vio otro oficio del mismo senor gobernador, capitan general, su fecha, 10 del presente mes, con que acompafia su ·senoria la real cedula (f· 186v·]/ de 12 de agosto del ano

182
lSe flia preclo del pan por el t&mlno de nueve dlas.J aprue. ba acuerdo capltu. Jar.)

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pr6ximo pasado en que manda su majestad que este cabildo debe continuar como antes en Ia percepci6n del arbitrio de pasajes y corrales de pesca. Y se acord6 : Quedar enterado de dicha soberana resoluzi6n; que se archive y siente en el Libro Repertorio; y conteste al senor capitan general su recibo por medio del testimonio de este acuerdo.

Con lo que se concluy6 y firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Fuentes [rubrica] = Hernaiz. [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez. [rubrica] = Licenciado Marquez. [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo.

[97]

[23 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres dias del mes de septiembre de mil ochocientos diez y seis anos, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los senores alcaldes [f· 1187 ] / ordinarios de primero y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, comendador de la Orden Americana de Isabel y comisario ordenador honorario; se:iior alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; don Tiburcio Duran de Villafane; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez.

Concurri6 en este estado el -senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterlin; y no los demas sefiores por ocupaci6n, ausencia y enfermedad. Entraron en Ia sala en esfo acto Ios caballeros rexidores, se:iior don _Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; y don Agustin Martinez. ·

Se trataron .algunas materias acerca del bien de la republica; y se concluy6 el cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Davila [rubrica] == Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = de Villafane [rubrica] =

(Gobemador particlpa real de 12 de agosto dt 1815 dlsponlendc que el cabildo con· tinl!e en la percep. ci6n de los dere· chos de pasajes y de corrales de pes. ca.)

ISe tratan varlos asuntos.l

183

IT u n t a Municipal lnforma haberse efectuado el remate del abasto de t"arnes.)

ICondlclones b a f 0 las cuales se adludlca el rernate del abasto de carnes.)

ACTAS DEL CABILDO

Martinez. [nibrica] = Licenciado Marquez. [nibrica] ·

Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f. l87v. ]/ • ·

[98]

[30 DE SEPTIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta dias del mes de septiembre de mil ochozientos diez y seis, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 a esta sala consistorial el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, comendador de la · Orden de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; seiior alcalde mayor provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino ; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. ·

Se particip6, en la forma de estilo, a este Excelentisimo Ayuntamiento por· Ja Junta Municipal haberse celebrado, en veinte y tres cle los corrientes, el remate del abasto de came de este publico, por don Nicolas Carrion, en los terminos siguientes:

Que hara dicho abasto por ocho meses, contatlos desde el dia de maiiana, primero de octubre; que da lugar a que en todos los dias de la semana maten sus ganados, pesen por si las carnes y corran con la cobranza [f· de ellas los labradores, criadores, marchantes o cualquiera persona que los traiga y que no habiendo quien. lo haga lo executara el, sin falta, como princ:ipal obligado.

Que se ha de vender la came a dos reales y trece cuartos el arrelde; y que se hara cargo de fa percepci6n de el derecho de carneceria correspondiente a los propios Y arbitrios de esta ciudad, su aseo, arreglo de pesos, etcetera. nor los mismos 15 pesos mensuales las

184

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pujas redujo don Manuel Padilla los 40 que hasta aqui ha percibido de sueldo; y para cuyo cumplimiento otorgara la fianza que se le ha exigido; comprometiendose a entregar diaria relaci6n de la matanza al caballero rexidor dioutado y otra, con exibici6n del montante de todo el derecho, al mayordomo para que el sea quien pague los gastos de operarios y demas que dicho Carri6n debe poner. .

El seiior alguacil mayor en este estado expuso le parecia regular que el Excelentisimo Ayuntamiento tuviera en consideraci6n la crecida fatiga que hacen Ios caballeros rexidores diputados de carneceria, ocupados en ella y en el rnatadero para que se conserve el buen orden y eviten robos, desde las cuatro o cinco de [r. 188v·]/ la ·mafiana hasta mas de las diez; y por las tardes otras tantas horas por verificarse en ellas el reparto de carnes de la guarnici6n, con objeto de que se les abonase el exceso que hay de 15 pesos que lleva Carrion por el cuido de pesos y aseo a 40 que antes tenia don Manuel Padilla; y que no es tanto como la gratificaci6n antiguamente dada por esta Excelentisima corporaci6n al caballero rexidor-fiel executor o encargado de dicha diputazi6n pues en un tiempo lleg6 a SO pesos mensuales lo que ahora puede remediarse con 25: Y se acord6: Haber por recibida la hecha por la Junta Municipal a esta corporazi6n, archiv!ndose para constanzia; y que por lo respective a la exposici6n del senor caballero rexidor-alguacil mayor pareciendo justo se compensen las fatigas y trabajo extraordinario del diputado que se destine a carneceria, eomo se ha practicado en todos tiempos por la considerazion de no disfrutar aqui de sueldo los rexidores y exigir semejante destino una asidua asistencia en otras irregulares, particularmente militando ahora la atendible circunstancia de no gravarse en cosa alguna el fondo de propios, comoquiera que esta asignaci6n la obtenia el administrador de carneceria, don Manuel PadilJa, se le cohtribuyesen al enunciado [f· 189 ]/ regidor de carneceria los 25 pesos que restan de los cuarenta que antes percibia el *el* administrador, en atencion a que actualmente solo ha de percibir este, con arreglo a la contrata, quince; y que mediante estar por ahora desempefiando las funciones de diputado el enunciado senor caballero alguacil mayor continue en ella hasta otra determinaci6n, en los terminos referidos, desde el dia de mafia-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

IAlituacil mavor SO.·

II c lta sratirlc:acl6n 'J)ara el regi dor diputado de carnicerla.1

(Se aslgna bonllic:acl6n de 25 pesos al regldor diputado de carnlcerla.1

185 : '

(Gobernador propo. ·ne que se usen Jos cuatro cuartos reducidos al arrelde de carne para el sustento d. los presos pobres, quedando consl&uientemente dero&ados Jos arbitrlos impuestos para tal fin.)

(Se da paso a la aludida propuesta.J,

ACTAS DEL CABILDO

na que ha de tener efecto la nueva contrata, de la que se le insti:'uira para que aplique el mayor esmero y eficacia en · st.i exacta y puntual observancia y la haga saber seg\tn constumbre [sic]; e igualmente al mayordomo de propios para la recaudaci6n de los correspondientes derechos y · cuenta que debe llevar para rendirla oportunamente. .

Y por cuanto el mismo sefior alguacil mayor hizo sente, de orden verbal del sefior gobernador y capitan general, que parecia conveniente se destinasen los cuatro bajados en arrelde de carne a la mantenci6n de los infelices encarcelados de esta ciudad y se exonerase a los labradores, quinquilleros [sic] y demas *de* que comprende el acta de 19 de julio ultimo de la contribuzi6n ['· 189v·]/ que se les impuso diariamente para tan piadoso objeto, compelido este ayuntamiento de la necesidad y calamitosas circunstancias en que se hallaban los fondos de propios para subvenir a la humanidad oprimida se acord6: Que atendiendo al beneficio que resultaba a los contribuyentes de. aquellos arbitrios y ningiln perjuicio al publico en persistir pagando a 2 reales y medio el arrelde de carne, como hasta aqui lo habfan y estaban verificando gustosamente, y baxo la seguridad de no poder ser al terado su precio por el espacio de la contrata cuando antes si querian conseguir este rengl6n alimenticio de primera necesidad habian de pagarlo al precio convencional al arbitrio del dueiio de las o carnes, nada se innovase acerca del precio de dos reales y medio en arrelde, quedando los cuatro cuartos que resultaban de beneficio en la contrata para la subvenci6n de los pobres encarcelados, corrio lo proponia el senor gobernador, en calidad de por ahora y mientras no variasen las actuales circunstancias, haciendolo presente al seiior diputado para su observancia y al mayordomo de propios para que los perciba de quien corresponde, llevando cuenta y raz6n con la debida separazi6n para los efectos .

IDOn Manuel Padilla es requerldo a respetar el remate del abasto de carnes y las dlsposi- ciones del diputado de carnlcerla.J·

Se vio un memorial de don Manuel [r. 190]/ Padilla al remate del abasto de came, que se verific6 en don N1cola·s Carri6n, y que el seiior gobernador transmite a este cabildo para que acordase acerca de el lo que estimase conveniente. Y se realiz6, con unanime sentir, previniendo al Padilla que este al remate verificado con las deb1das formalidades por Ia Junta Municipal ya las dispo·

. "' 1 Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el gma.

186

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

siciones ·del diputado de carnecerfa que en esta fecha se ha nombrado.

Se recibieron dos oficios duplicados del apoderado de este Excelentisimo Ayuntamiento, don Manuel de Ledesma, residente en Madrid, su fecha, 25 de junio, en que acusa el recibo de los que le hicieron los sefiores diputados en 25 de abril, comprensivos de haberse recibido en el consistorio el diploma de la gracia de Excelentisima, la cuenta de los gastos que erog6 en su negociado y comisi6n que dio al sefior alguacil mayor para el percibo de su asignaci6n. Y se acord6 : Archivarlos.

Se abrio otro del mismo apoderado,. su fecha, 14 de julio, en que acusa el recibo del pliego que le remiti(> este ayuntamiento para su majestad, [f· 190v·]/ con fecha 8 de mayo, comprensivo de ima representazi6n y expedientes en que se reclamaban los derechos de muelle y calles, enunciando q ue lo puso en manos del senor secretario de Estado y del Despacho Universal de Hazienda de Indias y que practicaria las diligencias conducentes para su pronto y buen exito. Y se acord6: Pasarlo a los senores diputados de este ayuntamiento para que lo contesten, .*pasando* trayendolo despues para su archivo.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que ·firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [nibrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[99]

[7 DE OCTUBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a "Jos siete dias del mes de octubre de mil ochocientos diez y seis, para celebrar [f· 191 ]/ cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento de esta ciudad, compuesto del senor alcalde ordinario de primer voto, don Fernando Davila, caballero rexidor-alferez real . y los caballeros regidores, senor alguacil mayor, don Ma: nuel Hernaiz, comendador de la Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; senor don Francisco

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el origipal.

IOficios del apode- rado del ayuntamlento en Corte acusando recibo de comunicacj6n d e diputados capitulares sobre haber llegado el diploma del tratamiento de E x c e I e n t f· sima, cuenta, de gastos para Ia. ,obtenci6n de l!ste y comisi6n Que le hiciera el apoderado al alguacil mayor.I

IApoderado del ayuntamlento c o • munica baber reci· bido representaci6n por la cual el cablldo reclama los derechos de muelle y calles.t

187

1Inf6nnase regldores deben presentarse a declarar en causas mllitares en la casa del oficial Que formare el proceso.J

ACTAS DEL CABILDO

Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcaide mayor provincial perpetuo por su majestad; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de ·marina ; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas senores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan'general, su fecha, 5 del corriente, en el que SU Sefioria transcribe Jo que con fecha de 10 de julio ultimo le dice el excelentfsimo senor director general del Real Cuerpo de Artilleria acerca de que los regidores, en virtud de real orden, deben, aunque esten en la diputaci6n de abastos, ocurrir a declarar en fas cam.as militares a la ['· ,191 v·]/ casa del oficial que formare el proceso. Y se acord6: Ouedar enterado de ella; contestar al seiior capitan general su recibo por el testimonio de este acuerdo, y archivarse.

El seiior gobernador y capitan general remiti6 a este ayuntamiento, para su informe, un memorial de don Jose!

!Don Marra Maria Pedrosa sargento 1 ° Garzon de Morenos, que trata Pedrosa soltcita no b ' · ' se le cobre derecho • so re que por el piso que ocupa una barraca construida alguno por solar d ta d 1 · · 1 b 1 Que ocupa de tos e cuen e rey, inmed1ata a os arracones, no se e code la ciu- bre por el cabildo el derecho impuesto a los suelos que le

corresponden en dicho lugar como exidos, respecto a que el cuida de dichos barracones y que el expresado seiior capitan general se lo concedi6 sin esta pension, pretendiendo que ahora continue habitandola, en los mismos terminos, un primo suyo. y se acord6 : Informar a su seiioria que sin embargo de ser y deberse reputar el sitio de la Puerta de Tierra al Puente exidos de la ciudad y por esta raz6n no poderse fixar habitaciones sin ciencia y consentimiento del ayuntamiento y pagando los correspondientes derechos, se ha observado regularmente todo lo contrario, construyendo allf sus bohios sin contribuci6n alguna ni ciencia del ayuntamiento, personas hasta el aiio que se Jes ['· 192]/ impuso el redito de un por c1en!o, con respecto al solar que ocupaban, para la mande los pobres que se hallaban reduc1dos al Ultimo extremo de la,..miseria sin haber con que socorrerlos. En el dia se han destinado a este fin y objeto piadoso los cuatro que resultan de beneficio en arrelde de carne y debe durar por el termino de ocho

188
[Se lnforma ta lmposici6n de rl!ditos sobre solares pertenecientes a las elides.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

meses. En cuyo concepto podra vuestra sefioria resolver lo que estime conveniente acerca de esta solicitud interin no varien las circunstancias.

Se vio la solicitud del licenciado don Jose de Rivera, que pasa el sefior gobernador y capitan generai a informe de este ayuntamiento, y trata acerca del arrimo y carga de su casa con la nueva real carcel. Y se acord6 : Que para el pr6ximo cabildo certifique el presente esscribano con presencia de los ac:uerdos de que hace menci6n el expresado licenciado Rivera para determinar lo que corresponda.

Con lo que se concluy6 este [f· 192v·]/ cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [100]

[

15 DE OCTUBRE DE 1816.] , ,

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince dias del mes de octubre de mil ochozientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del sefior alcalde ordinario de primera elecci6n, don Fernando Davila; los caballeros rexidores, seiior don Juan Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de fa Real Atidiencia de Cuba; don Tiburcio Duran de Villafane, don j\gustin Martinez; y el caballero sfndico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Concurri6 en este estadp el senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, comisario ordenador honorario P· 193 ]/ y caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica. Los demas sefiores no concurrieron por ocupaci6n, ausencia y enfermedad.

En este cabHdo se vio un oficio del senor gobernador y capitan general, su fecha, 11 de los corrientes, en que su seiioria dice que estando .para venir 150 milicianos a hacer el servicio de la .plaza disponga el ayuntamiento. se reparen los armeros del Cuartel de ellos para que se hallen en estado de buen servicio antes que lleguen los dichos mili-

(Ciobernador a re. resolver sobre laaludida sollcitud.J

(Se entlende en la sollcitud del llcenciado don Josj!· de Rivera sobre arrlmo y carga de su casir con la nueva cdrcel.J , •. (Escribano a certiflcar sobre los acuetdos capitula· res que tratan sabre dicha mate· rla.J

ICiobemador sollclta del cablldo dlsponga la reparacldn de los armeros del Cuartel de Mlliclas Disclpllnadas.J

189

lo sollcitado por el gobemador.)

(Comlsl6n al algua- cil mayor para que determine lo que corresponde pagarse por el licenclado don de Rivera por arrlmo y carga de su casa con la nueva cll.rcel. J .

ACTAS DEL CABILDO

cianos. Y se acord6 : Que se haga la indicada reparaci6n, comisionando al sefior alguacil Qtayor a fin de que tenga efecto y al mayordomo de propios para que haga los gastos que dicho seiior le prevenga.

Tambien se trajo a la vista la acta capitular relativa al expediente promovido por el licenciado don Jose de Rivera acerca del arrimo y carga de la pared de su casa medianera con la real carcel de esta capital; y examinado el merito de todo, el de la esscritura publica en que ha fundado (f· 193v·]/ su instancia y lo demas que. considerar convino se acord6 : Diputar al seiior comisario ordenador honorario, caballero rexidor-alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, para que pasando al sitio de la disputa con el alarife de la ciudad examine y aprecie el valor de la media vara de terreno que de Ia propiedad de Rivera se aplic6 a fabrica de la carcel y de toda la pared antigua correspondiente a la casa de Rivera sobre que ha cargado y arrimado la real carcel, y comparado el valor de lo fabricado por esta y el de la antigua pared deduzca el que quedase debiendo y lo estreche a satisfacer su importe en el plazo que tenga a bien prefixarle, suspendiendose de consiguiente la prohibici6n que se impuso a Rivera de continuar su obra mediante la notoria idoneidad que tiene de responder de las resultas del cotejo o comparazi6n mandadas hacer; y transcribiendose este acuerdo en el expediente del asunto, que se entregara original al senor diputado a fin de que diligencie su cumplimiento y lo devuelva despues de evacuado.

Con lo que [f· 194 ]/ se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Hernaiz [n1brica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [n1brica] = Martinez [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[101]

[21 DE OCTUBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las veinte y un dias del mes de octubre de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento,

190

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

compuesto del sefior alcalde ordinario de primer voto, don Fernando Davila; los caballeros regidores, seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Catolica y comisario ordenador honorario ; sefior alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; sefior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y au- . ditor de guerra de marina; [r. •94v·]/ don Agustin Martinez. y don Manuel de Andino; y el caballero sfndico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron los demas sefiores por ocupaci6n, ausencia y enfermedad.

Don Antonio Chieza, maestro· de primeras letras de esta ciudad, represent6 pidiendo la colocazi6n que le corresponde en la primera escuela, que ha quedado vacante por fallecimiento de don Carlos Martinez, con la dotacion que la tenia de doscientos pesos anuales. Y se acord6: Conforme, en virtud de que es acreedor a ella por el merito que ha contraido en la segunda durante el tiempo de diez aiios.

Don Manuel Milano, maestro de primeras .Jetras permitido por este·Excelentisimo Ayuntamiento, represent6 tambien pidiendo la vacante del difunto don Carlos yen atenci6n a Ios meritos que en este exercicio contrajo su difunto padre y los que el esta actualmente haciendo se acord6: Concederle fa segunda escuela, que resulta vacante por promoci6n a la primera de don Antonio Chieza, con la dotaci6n anual de ciento y cincuenta pesos; de todo lo cual se dara aviso, con el testimonio de este acuerdo, a los seiiores presidente y vocales de la Junta Municipal, obtenida que sea la confirmazi6n de el por el seiior gobemador y capitan general, para que se sirva librar las 6rdenes de pago [ r. 195 ] I a estos asalariados.

Se vio la solicitud de don Juan Nin haciendo dimisi6n de la alcaldia del Barrio de Santa Barbara por la necesidad que tiene de pasar con su familia a establecerse en el partido de Yauco. Y se acordo: Que no faltando solo dos meses para la conclusion del aiio y teniendo este cabildo una entereza [sic] confianza en don Manuel Marcelino Tudela, quien .Jo ha desempeiiado otras ocasiones a toda su satisfacci6n, encargarle la continuaci6n en el por este corto tiempo; lo que se le hara saber por el presente esscribano luego -que el seiior capitan general confirme. este acuerdo.

11),>n Antonio Chie11a, maestro de pri· meras letras, soliclta se le promueva a la primera escuela que estaba a cargo de don Car· los Martinez.)

(Accl!dese a lo pe· tlclonado por el menclonado. maes· tro.J

IDon Manuel Mila· no solicita promoci6n a ·la pri· mera escuela.)

(Queda promovldo a la segunda escuela don Manuel Milano.)

(Don Juan Nin nuncia la alcaldra del barrio de San· ta B4rbara y Queda provlsta en don Manuel Maree-. lino Tudela.)

. \ '• .
191

(Gobernador con· finna acuerdo ca!'.'i· · tular excepto en la parte referente · a sei\alar 25 pesos ·como sueldo al re· gidor dlputado de carnlcerfa.J

[Se fundamenta el . aludido sueldo.;

ACTAS DEL CABILDO

Se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, su fecha, 17 de los corrientes, en que confirma el acuerdo de 30 de septiembre anterior excepto en la parte que designa 25 pesos mensuales al caballero rexidor diputado de carneceria por haberle consultado el senor teniente gobernador era opuesto a lo que disponia la ley 10, TitulO lC>°·, Libro 4°· de la Recopilazi6n de estos dominios. Y se acord6: Hacer presente a su seiioria que este [f· •95v·]/ ·cabildo propende siempre a nivelar sus acuerdos con lo dispositivo de las leyes y, asi, no se le ocult6 la citada por el seiior auditory en que ha fundado su consulta para la refutaci6n del sueldo de 25 pesos asignados al regidor de carniceria sino que ahora y en las otras muchas veces que la ha citado ·esta corporaci6n ha hecho la debida precision Y discernimiento de su genuino sentido para combinarlo al de .Ia 4"· del mismo Titulo y Libra al Articulo 34 de la Instrucci6n de Intendentes y demas disposiciones que detallan sueldo a los regidores y doble al alferez real; por lo que ha entendido siempre que la citada por el senor auditor habla en el caso de que las anteriores a ella e insertas en el mismo titulo tengan su cumplimiento disfrutando de sueldo los regidores, que es cuando prohibe aquella toda gratificaci6n y aprovechamiento suponiendolos competentemente dotados pero no estandolo ha acordado en o!ras epocas y acord6 'ahora la que se observa en favor Ciel d1putado de carneceria pues para estarse a la mencionada ley es preciso no prescindir de fas demas y pedir la obseryancia de todas.

de que no hizo otra cosa el ayuntamiento que seguir la practica establecida [f. 196 ]/ y observada por los an!eri.ores seiiores gobernadores y continuada vuestra con consulta de sus pr6bidos, timoratos, Y JUstos asesores quienes han aprobado no la d1mmuta gratificazi6n de 25 pesos sino Ia de 50 en favor de los regidiputados de carneceria, por .reputarla conforme a JUstlc1a Y en nada opuesta a fa Iey citada, debiendo ahora serlo mucho mas por que Ia precitada contribuci6n no sale del fondo de propios sino que Ia dej6 el contratista de carneceria para este fin rebajandolas de los 40 que, sin alguno, se daban al anterior asentista percibiendo unicamente _15 y expresando que con Ios 25 restantes se nusiese un reg1dor que cuidase y celase el arreglo y buen orden de aquel abasto de primera necesidad. .

· Si impuesto vuestra sefioria de estas razones persistiese

192

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO .RICO

en la parcial revocaci6n del acuerdo que indica, este consistorio accedera a ella para dar a vuestra seiioria pruebas · evidentes del aprecio que le merecen sus [f· t%v. ]/ determinaciones.

El seiior gobernador y capitan general confirm6, en 16 del corriente, el acuerdo de este ayuntamiento del dia anterior excepto en la parte que permite a don Jose de Rivera fabricar sabre la pared del patio de la carcel, obscureciendo esta, impidiendo la ventilaci6n de las presos e inutilizando un edificio tan publico y costoso. Y se acord6: Pasar el expediente al senor alguacil mayor para que haga se practique la mensura, justiprecio y soluci6n prevenida e imponga al licenciado Rivera de la prohibici6n de fabricar con perjuicio de la obra publica de la carcel.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Hernaiz [rubrica] Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[29 DE OCTUBRE DE 1816.]

"En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San [f· 197 ]/ Juan Bautista ·de Puerto Rico, a las veinte y nueve dfas del mes de octubre de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario se .reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del seiior alcalde de primer voto, don Fernando Davila; y los caballeros regidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustfn Martinez, don Manuel de Andino; el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas sefiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

Se recibi6 un oficio del seiior gobemador y capitan general, fecha, 21 del corriente, anunciando a este ayuntamiento la apertura de la catedra de medicina en el Real

IGobernador confir. ma acuerdo cap(tu- lar excepto en lo atinente a per.nitir al licenciado don Josd de Rivera fa. bricar sobre la pa- red del patio de la c4rcel.J

IA notlflcarse al menclonado licenciado que no puede fabrlcar afectando la c4rcel.)

\ ;
[102]
IJ 193

[Se notiflca apertu· ra de c;itedra de medlclna en el Real Hospital Mlliw y se requlere del ca· bildo coopere en la conservacl6n de la misma.]

(Se ofrece coopera· cl 6 n capltular al respecto.]

ACTAS DEL CABILDO

Hospital, el dfa diez y ocho del mismo, para su inteligencia ya fin de que·por su parte coopere a la aplicaci6n de esta ciencia utilisima de que tanto se carece en la extension de esta [f· 197 v. ]/ isla. Y se acord6: Acusar su recibo, manifestando-a su seiioria que este ayuntamiento cooperarci en cuanto quepa en el resorte de sus arbitrios y facultades a la conservaci6n y progreso de ciencia tan util en esta isla, segiln se le encarga.

[Partlcfpase r e a l de 6 de iu· nlo de 1816 creando alcaldes ordinarlos en todos los pueblos de la Isla y derogando el sis· tema de tenlentes a guerra.J

Se vio otro oficio del mismo seiior, de 22 de este mes, con que acompaiia su seiioria copia de la real cedula de 6 de junio del presente aiio por la que se ha dignado el rey crear akaldes ordinaries en todos los pueblos de espaiioles en esta isla, mandando que cesen los tenientes a guerra Y que de acuerdo con el seiior intendente interino sean elegido [sic] los individuos que han de desempeiiar los en· y lo que participa a este ayuntamiento para su mteligencia y cumplimiento en la parte que le corresponde con respecto a los seiiores alcaldes .de esta capital. Y se acord6 : Quedar este cabildo enterado del contenido de dicho oficio y real cedula; que se conteste a su seiioria el recibo por el testimonio de este acuerdo ; y que se tome raz6n de todo en el Libro Repertorio, archivandose.

[lnf6rmase Teodoro Asenslo slrve la plaza u oflcio de verdugo y requh!· rese se le pague su sueldo.J

El seiior alguacil mayor hizo presente que Teodoro Asensio sirve la plaza de ministro executor de justicia, desde quinze del mes pr6ximo pasado, a fin de que este · .ayuntamiento se sirva mandar abonarle el sueldo de (f· 198 ]/ reglamento. Y se acord6 : Que el presente esscribano libre la orden conveniente· al mayordomo de propios para que se haga el pago de este salario segun constumbre [sic]. = Concurri6 el senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario y auditor de guerra de marina. <\

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excede que doy fee. = Davila [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] -:-- Martinez [rubrica] = . Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. ·-:

194

[S DE NOVIEMBRE DE 1816.]

En la Muy. Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a las cinco dias del mes mes [sic] de noviembre de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], se reuni6 [r· 198v·]/ el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de las dos sefiores alcaldes ordinarios de· primero Y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco Fuentes; los caballeros regidores, senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; senor alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; senor don Juan Antonio Mexia, oidor tambien honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el cabaHero sindico procurador general, licenciadp, don Juan Bautista Marquez. Los demas sefiores no concurrieron por ausencia, ocupaci6n y enfermedad.

En este cabildo present6 el senor alguacil mayor, diputado de carneceria, la relaci6n del producto de ·matanza del mes pr6ximo pasado de octubre; ascendiente a cuatrocientos cuarenta y nueve pesos, tres reales y diez y echo· maravedies, con mas ciento veinte pesos, dos reales, diez y seis maravedies, que han producido los cuatro cuartos en arrelde de carne, a beneficio de la mantenci6n de los pobres de la carcel, cuyo total asciende a quinientos sesenta y nueve pesos y seis reales. Y vista se acord6: Archivarla; previniendo al presente [f. 199 ]/ esscribano que con las demas que se produzcan forme, a fin de afio, el competente cargo al mayord9mo de propios.

Se trataron otras materias del bien de Ia republica ; v se conCluy6 este cabildo, que finn6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Fuentes [rubrica] = He.rnaiz [rubrica] = Santaella [nibrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [nibrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Ma.rquez [rubrica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[Diputado de carnicer!a presenta cuentas del producto de la matanza del mes de octubre y de lo producido por venta de arrelde de carne.J

(Se tratan varios asuntos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [103]
195

[Gobernador confir· ma acuerdo capitu· Jar:]

ACTAS DEL CABILDO [104]

[11 DE NOVIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los once dias del mes de noviembre de mil ochocientos diez y seis, para ce1ebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurri6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario (f· t99v. ]/ de primera elecci6n, don Fernando Davila; los caballeros regidores, senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Andres Angulo; y el caballero procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas seiiores no concurrieron por ocupaciones graves, enfermedad y ausencia.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernay capitan general, su fecha, 7 del corriente, confirmatono del acuerdo anterior del dia cinco. Y se acord6 : Quedar enterado del expresado oficio y archivarse.

(Procurador gene- ral sollcita se le recuerde al sober· nador tome acct6n sobre el acuerdo capltular de 21 de octubre.J

IA requerlrse del gobemador lo solicltado por el pro. curador general.)

El caballero sindico procurador general represent6 por escrito que no habiendose aun recibido la confirmaci6n del acuerdo de este Excelentisimo Ayuntamiento del 21 de octubre, se recordase al senor gobernador y capitan general,. en el modo mas atento y·politico, a fin que su seiioria tuv1ese a bien explicar su deliberazi6n en cuanto al punto que en el se trata de la asignaci6n de 25 pesos mensales al caballero regidor diputado de carneceria, por lo que intela confirmaci6n o reprobaci6n de dicho acuerdo ·a fixar una regla cierta e [f· 2001 / invariable en el sistema de asignaciones. Y se acord6 : Suplicar a su sefioria, por medio de este acuerdo, se digne manifestar su determinaci6n acerca del de 21 de octubre ultimo, asi por lo que respecta al punto de la asignaci6n del caballero regidor diputado de cameceria cuanto por los demas que comprende; y que esta deliberaci6n se transmita a fa representazi6n del caballero sfndico procurador gen_eral por via de providencia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Angulo [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica].

196

[18 DE NOVIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho dias del mes de noviembre de mil ocho-(f· 200v.]/cientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de 2.0 voto, don Juan Francisco Fuentes; los caballeros rexidores, senor alguacil mayor, comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador bonorario, don Manuel Hermiiz; el senor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; el senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas senores no concurrieron por ausencia, ocupaci6n y enfermedad.

En este cabildo se recibi6 un oficio del gobemador, intendente y capitan general, su fecha, 12 de los corrientes, relative a la asignaci6n de 25 pesos propuesta para el regidor diputado de carnecerfa, expresando su senoria que carece de facultades para la aprobaci6n ; y asi que si este ayuntamiento toma bajo su responsabilidad las resultas de la superioridad en sera un negocio sr3; puramente del mismo ayuntam1ento, qmen contestara cual- paeslqsregslde le d l .. or 1pu- quiera cargo que se le haga sin que por parte e senor taddo . de carnlcerfa Y e1a a la llbre

[ 1 • 201 ]/ gobernador haya otra cosa que una condescenden- dlscrecl6n del ayun. • 1 · • d • t • y d 6 C tam1ento l'I deter· z1a a as mstanc1as e este cons1s ono. se acor : on- mlnar la referida testar a su senoria que este ayuntamiento le tributa las materta.J gracias por la condescendencia a que propende en el evento de .que se insista en Ja enunciada asignaci6n pero que de ningun modo puede tomar sabre si la menor responsabilidad como quiera que a su seiiorfa es !.l quien incumbe la aprobaci6n de los acuerdos cuando son consentaneos a la ley y no perjuicio del publico ni de tercero, o su reprobaci6n cuando envuelven alguno de estos defectos. Que si procedi6 a tomar semejante medida en obsequio del regidor que se diputase fue creyendo no contravenia a las disposiciones legales sino antes bien cinendose a ellas fue por las razones que expuso en sus acuerdos de 30 de septiembre y 21 de octubre contraido al particular; y fue

[Ayuntamlento n o Qulere asumlr la responsabilldad de determlnar el aludldo asunto.J

[105]
SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
197

[Propue5ta del dlputado de carnlcerla sobre el particular.]

[Propuesta es referlda al gobema- dor .J

ACTAS DEL CABILDO

por que tanto en esta como en las demas asignaciones que se ban becbo a los regidores o se ban propuesto por los seiiores gobernadores como presidentes o se han confirmado [f· 201v·]/ por los mismos, como en quienes reside la facultad para que puedan o no tener efecto las disposiciones de esta corporaci6n segU:n la Ordenanza de Intendentes. Por Jo que faltando la aprobaci6n de vuestra sefioria en orden al ·particular debe ser ineficaz por precision cualquiera resoluci6n y cometeria un exceso reprensible este ayuntamiento sl por si solo previniese su observancia.

I I

En este estado expuso el caballero rexidor diputado de carneceria, seiior alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, que a fin de evitar toda responsabilidad al sefior gobernador y Excelentisimo Ayuntamiento acerca de la asignaci6n de 25 pesos propuesta esta pronto a hipotecar una casa de ocho a diez mil pesos de valor o a poner en dep6sito y dinero efectivo la cantidad que se estime conveniente siempre que se .Je mantenga en la diputaci6n hasta Ia resoluci6n de su majestad, a quien se .de cuenta y consulte con Jos antecedentes el caso, pues de este modo toma sobre si el resultado, los demas quedan libres de la responsabilidad que tratan de evitar, se consigue una regla fixa e invariable para lo sucesivo y podra este Excelentisimo Ayuntamiento y su presidente usar de las faculta.:ies que les son privativas para nombrar mensualmente o como guste el diputado que deba servir semejante encargo y aprobarlo sin las dudas que ahora se presentan, estando entonces declarado si debe o no disfrutar ['· 202 ]/ de esta o de otra mayor o menor asignaci6n a proporci6n de sus laboriosas fatigas. Y se acord6: Transmitir esta exposici6n al conocimiento del senor gobernador y capitan general para que resuelva lo que estime por conveniente y arreglado con la celeridad que exige la materia pues asi se le suplica.

'

!Se reclbe circular del gobernador instruyendo a los alca l des ordlnarlos '"'"'" o1 molar ar- dcn de los pue. blos.1

15.1= exarnlna expe- dlente sometldo por el gobernador sobre

Se recibi6 la circular del senor gobernador, numero 69, de 22 de fos corrientes, que contiene la instruzi6n que ha dispuesto, con consulta del sefior su teniente, en cumplimiento de lo prevenido en real de 6 de junio, dur a los alcaldes ordinarios para el mejor orden de los pueblos. Y vista se acord6: Qucdar cnterado de elln, Y que se archive.

Se vio un expediente que el propio sefior gobernador y capitan general, con consulta del seiior su teniente y auditor de guerra, pasa a este ayuntamiento, en 5 de los corrientes, y trata acerca del pasaje de la Boca de Guaya-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nes. Y se acord6 : Dar vista de el al caballero sindico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca para en su vista deliberar Jo conveniente.

El caballero rexidor don Agustin Martinez exhibi6 la certificaci6n de la secretaria de intendencia [f.202-:·]/ que acredita haber presentado alli los testimonios del remate de su oficio como de menor cuantia, en cumplimiento de lo que previene la real cedula de 26 de diciembre de 1806. Y se acord6: Haberla por presentada; y que se devuelva al senor interesado con copia de este acuerdo para los fines que le puedan convenir. ·

Don Jose Maria Jinorio present6 los titulos de bachiller en filosofia y profesor de farmacia, librados en la ciudad de la Habana por aquella Universidad y Protomedicato. Y se acord6: Tomar de ellos la raz6n correspondiente en el libro destinado al intento, devolviendolos al interesado con la nota correspondiente.

Asimismo, se acord6 suplicar al seiior gobernador, por el testimonio de esta acta, que se sirvar [sic] confirmar las demas partes que contiene el acuerdo de 21 de octubre ultimo sobre el nombramiento de maestros de escuelas y alcalde del barrio de Santa Barbara.

Con lo que se concluy6 este· cabildo, que firm6 su Excelencia, de que cloy fee. = Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Martinez [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real Y de cabildo. [f· 203]/ [106]

[25 DE NOVIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco dias del mes de novicmbre de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto del sefior alcalde ordinario de 1." voto, don Fernando Davila; Ios caballeros regidores, senor don Manuel Hernaiz, alguacil mayor, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; seiior don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad, oidor hono-

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el pasaje de la !Cea de Guayam!s.J

(Aludido eXpediente es referldo al procurador · g e n eral.) ·

(Regldor don Agus- tin Martinez presenta certificaci6n sobre el remate de su olicio.J

(Don JosE Marfa Jinorlo presenta tftulos de bachiller en fllosoffa y profesor de fannacla.J

ISuplfcase del go. bernador confinne el acuerdo capitu- lar de 21 de octubre en la parte referente al ·nombramiento de maestros :I' del alcalde de barrio de Santa B4rbara.)

!Se partlclpa enfermediid que estlln padeclendo las reses vacunas por lo que el gobemiidor lnsta se t e n g a mayor celo en la camicerla a fin de evitar la v e n ta de carne de reses enfennas.J

IDioutado de caml: cerfa queda lnstrufdo sobre el particular. I

ACTAS DEL CABILDO

rario de fa Real Audiencia de Cuba; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma- Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Cordoba, don Manuel Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Los demas sefiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, fecha, 23 de los corrientes, en que SU sefiorfa transcribe el que en 18 del mismo le pas6 el alcalde ordinario del partido de Yabucoa y trata sobre el numero de reses vacunas que han muerto, de (f· 203 v. ]/ algUn tiempo a esta parte, de enfermedad que han observado les acomete en la asadura ; y lo que el expresado senor capitan general participa a este ayuntamiento para su inteligencia y con el interesante fin de que se disponga se tenga mayor zelo en la carneceria para evitar el expendio de las reses infestadas, por el perjuicio que de Io contrario podria resultar al publico. Y se acord6 : Pasar una copia del referido oficio al senor diputado de carneceria, encargandosele el celo y vigilancia en materia tan interesante a la salubridad publica hasta el extremo de examinar por si mismo las carnes y asaduras para que providencie lo conveniente en caso de hallarse alguna con esta especie de mal, y dando cuenta.

Con lo que se concluy6 este cabildo no habiendo otra cosa que tratar; y lo firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Cordova [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [r. 204]/

[107]

[2 DE DICIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y M,uy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a fos dos dias del mes de diciembre de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el · Excelentfsimo Ayuntamiento, compuesto del senor alcalde ordinario de 1.er voto, don Fernando Dabila; los caballeros rexidores, senor don Manuel Hernaiz, caballero comenda-

200
JI ,Im

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dor de la Orden de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario, alguacil mayor; sefior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina ; don Tiburcio Duran de .Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino ; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron los demas seiiores por ocupacion, ausencia y enfermedad.

En este cabildo presento don Jose Maria de Torres Ballejo el titulo que le libro, en veinte y siete del mes pr6ximo pasado, el sefior gobernador y capitan general de esta isla, de regidor-fiel executor de este Excelentisimo Ayuntamiento, cuyo oficio se hallaba vacante por renuncia. que de (f· 204 v. ]/ el hizo el doctor don Joaquin de Torres Duran, y que remato en publica subasta, con objeto de que se le de la debida posesi6n. Y se acord6 : Haberlo por presentado; y, *en su consecuencia* visto tambien el documento justificante de haberse satisfecho el derecho de media annata y diez y ocho por ciento de su conducci6n a Espaiia, que se le diese la posesi6n, como en efecto se procedi6 *a darle la referida posesi6n* a ella, en la forma de estilo, prestando antes el competente juramento \en manos del caballero rexidor que hace fas funciones de decano, senor oidor honorario, don Juan Antonio Mexia, y se le coloc6 en el lugar que le corresponde por su oficio doble, inmediato al senor alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; de cuyo acto posesorio se dara, por el presente esscribano, certificazi6n en forma, a continuaci6n del titulo, para los efectos que convengan al senor interesado.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Exce. lencia, de que doy fee. = Lo testado no vale. = Entre ren. glones : que se le diese la posesi6n como en efecto se procedi6 a ella. = Davila [rubrica] = Hernaiz. [rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = Martinez. [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Marquez. [rubrica] = Jose Maria de Torres y Vallejo [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de 'cabildo. ['·

(Reclblmlento

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

201
(Don Jos6 Marfa de Torres Vallejo presenta tftulo de regldor-flel ejecutor.J y po. sesi6n del aludido capltular.J

(Gobernador aprue· ba acuerdo capl tu·• lar de 21 de octu· bre excepto en to referente a la gra. tificacidn al dipu. tado de carnlcerra.J

iGobernador confir. ma acuerdo capitu- lar del 18 de no. viembre,. excepcio· nando la propuesta am formulada.)

ACTAS DEL CABILDO [108] [10 DE DICIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau· tista de Puerto Rico a los diez dias del mes de diciembre de mil ochocientos diez y seis afios, para celebrar. cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero Y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco de Fuentes; los caballeros rexidores, sefior don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de ]a Real Audiencia de Cuba; don Jose de Torres Vallejo, fiel executor; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez; el caballero sindico general, licenciado don Juan Bautista Marquez. concurrieron los demas seiiores por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

Se recibi6 un oficio del seiior gobernador y capitfm general, de treinta de octubre ultimo, en que confirma su seiioria los acuerdos de este ayuntamiento de 21 del . excepto el cuarto sobre la gratificaci6n de 25 pesos. Y se acord6 : Quedar enterado este cabildo ; y que se archive diligenciandose los expedientes de fos maestros de escuelas Y alcalde del barrio de Santa Barbara.

(Infdrmase p a g o que ha hecho el u. cenclado don Josi! de Rivera por la tasacldn del terre· no y pared de la coircel a que ha arriinado casa.J

Se vio otro oficio del mismo sefior, [f· 205v. ]/ de 3 de los en que su seiioria dice que al oficio de este cabddo de 18 del mes anterior con que acompafi6 el acuerdel mismo dia, decret6 pero no la exposic16n particular que contiene. y se acord6 : Quedar entefado de todo y que se archive el expresado oficio. I El alguacil mayor dio cuenta con el expediente 11:1stru1do acerca del arrimo y carga de la casa del ·licenciado don Jose de Rivera con la nueva real carcel, y en que se advierte haber satisfecho dicho Rivera 225 pesos en que ha sido alcanzado por las tasaciones del terreno y pared sobre que tanto el como la fabrica de carcel han cargado. Y se acord6: Haber por recibido este expediente Y _9.Ue en de la ultima diligencia practicada por el senor com1s1onado, caballero alguacil mayor, se aprueba cu.anto ha executado; que se cargue por el presente esscnbano al mayordomo de propios la cantidad de 225 pe-

202

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sos, que ha exhibido el licenciado don Jose de Rivera, en la certificaci6n del corriente afio ; se de a este interesaclo testimonio del expediente para en guarda de su derecho y cuyo original pasara a la Junta Municipal. I

En este estado concurri6 el senor alguacil mayor, comendador de la Orden Americana de Isabel .Ja Cat6lica y comisario ordenador honorario, don Manuel Hernciiz. . . .

Se vio una solicitud de don Lorenzo Milano, (f· •]/ . mayordomo interino de los propios y rentas de esta ciudad, pidiendo que por el presente esscribano se pregunte a don Jose X;:ivier de Aranzamendi si recibi6 los mil pesos que pertenecen al ayuntamiento, por la real gracia que su majestad le hizo sobre los derechos de muelle y calles, ; para pa'go de los tres mil y pico que import6 el derecho de : Catedral de las harinas que ultimamente compr6 el ayuntamiento para el abasto del publico, a cuenta del que tiene recibidas dicho Aranzamendi otras sumas de mano del mismo mayordomo; y que con la respuesta se le devuelva su solicitud para los convenientes. Y se acord6: Como pide, en raz6n a que lo que exige no es otra cosa que un documento justificativo de la data de su para la ano.

'f I

El capitan interino de la real carcel ofici6 con el senor. alcalde ordinario de 1:· voto, en 6 del corriente, sobre la falta de algunas cosas precisas al culto de la capilla y de . un confosonario. Y se acord6: Pasar el expresado oficio al senor alguacil [f· •v·]/ mayor para que se imponga del nominado oficio y vea de remediar la falta de lo mas preciso segan lo permita fa escasez de los fondos de propios. I El senor decano hizo presente que habiendose provistO los empleos de regidores que estaban vacantes, en don Agustin Martinez y don Jose Torres Vallejo, se halla completo el numero de los que debe tener este Excelentisimo ayuntamiento respecto a que don Diego Pizarro y don Manuel Andino sirven los de don Vizente Pizarro y don Vizente renunciado el primero en su hijo menor por hallarse el segwido al servicio de las armas de su maen la provincia de Venezuela; con cuyo motivo debe . cesar en la interinidad don Andres Angulo, dandosele las gracias por su buen desempeiio en el tiempo que ha servido de tal rexidor interino de este Excelentisim.o cuerpo. Y se acord6: Conforme ; participandose al senor gobemador y capitan general, por el testimonio de esta acta,

IMa,vordomo interino sollclta que don Jos6 J a v i e r de Aranzamendi lnforme. sl ha reclbldo · mil pesos, que par concepto de derechps de muelles y canes le correspan- den al ayuntamlento, cuya cantidad debe abonarse a la deuda capltular con el derecho de Catedral.)

[Se slgnlfican ne. cesidades de la pllla de la c4rcel.) . .

• IA remedlarse di' c h a s necesldades seglin lo permltan los fondos de pro- pios.)

l (Se lnforma tener el ayuntamiento el ndJnero de resldores correspondlentes par lo quo debe i:esar el lnterlno don Andrq Angu- lo.]

' .
203

(Ciobernador confirma acuerdo ct· pltular.J

[Gobernador · part I c l p a estableclmlento de venduta pdblica y Ilia el porclento de bene-

ACTAS DEL CABILDO

que se digne confirmarla y se pueda elegir el caballero rexidor que deba darselas a nombre de la cotporaci6n.

Con lo que ['· 207 ]/ se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. =Davila [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] = Torres Vallejo [rubrica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Licenciado Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[109]

[16 DE DICIEMBRE DE 1816.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis dias del mes de diciembre de mil ochocientos diez y seis aiios, para celebrar cabildo ordinario se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, compuesto de Ios dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Fernando Davila y don Juan Francisco de Fuentes; Jos caballeros regidores, senor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia del distrito, don Marcos Santaella; don Jose Torres Vallejo, fiel [f· l6rv. ]/ ejecutor; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. Concurri6 en este estado el senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de ·Isabel la Cat6lica comisario ordenador honorario. No asistieron los demas seiiores por ocupaci6n, ausencia y enfermedad.

Se recibi6 un oficio del seiior gobernador _y capitan general, su fecha, 11 de los corrientes, en que su seiioria, se sirve confirmar el acuerdo del dia anterior. Y visto se mand6 archivar.

Se vio otro oficio del mismo seiior capitan general, de igual fecha, en que su seiioria dice a este ayuntamiento el establecimiento de la venduta publica en esta ciudad y que ha dispuesto que la comisi6n que ha de tirar el vendutero se destine el uno y medio por ciento en favor de los fon-

204

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dos de ·propios para sus indispensables gastos de 'empedrado de calles, pobres de la carcel y otros, y que ·se dipute una persona que recaude dicho arbitrio con arreglo a la instrucci6n o reglamento formado al intento, de que acompafia copia. Y vista se acord6: Tributar las gracias al senor gobernador y capitan general por el celo que muestra en subvenir al fondo de propios para que en las actuales calamitosas [L 208 ]/ circunstancias atienda a sus muchos e indispensables erogaciones, diputando para la recaudaci6n del uno y medio por ciento que produzca la venduta al senor caballero rexidor-alguacil mayor, arreglandose a los articulos del enunciado reglamento especialmente a los 18, 19 y 20.

Se present6 don Jose Sim6n Izquierdo pidiendo, para fines que le importan, que este ayuntamiento ateste si en la ciudad y aun en toda la isla perjudicara la habilitaci6n de una escribania real o notaria de Indias. Y se acord6 lo siguiente =

: "En acta de ocho de marzo del afio 1808, por de .Ja Real Audiencia del distrito, inform6 este ayuntamiento a su alteza ser necesaria la creaci6n de dos escribanfas publicas, ademas de las dos que habia en esta ciudad, y que tambien se hacfa necesario crearlas en cada una de las cuatro villas y los 36 partidos, de que entonces se componia esta isla, para el mejor desempefio de los asuntos de administraci6n de justicia. ahora no ha producido aquel informe el menor resultado a pesar de que se ban aumentado los partidos de la isla a 45; en cuya virtud devuelvase al interesado su instancia por este decreto para el uso que le convenga." [f· 208v·]/ .

· El esscribano real y publico don Francisco de Acosta present6 el titulo de esscribano del Juzgado de Bienes de Difuntos, que le libr6 el senor gobernador y capitan general, en virtud de haber subastado dicho oficio. Y se acord6 : Tomar raz6n de el en el libro correspondiente y devolverse al interesado con nota que lo acredite.

En atenci6n a la abundancia y baratez de fas harinas que hay en es ta ciudad se acord6: Que por el diputado de abastos se fijen cedulones para que la libra de pan se. venda en adelante a 22 cuartos.

Se acord6. participar a don Andres Angulo de la separaci6n de su empleo de rexidor interino que servia, en los terminos propuestos en el anterior cabildo.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Exce-

ficlo que de ella le ha de corresponder a los fondos de propios.) (Se agradece al go- · bernador su Inter& en mejorar el fisco municipal y se deslgna al a1guaci1 mayor para que recaude el referido porciento.J !Don Slm6n Izquierdo solicita atestado sobre habllltaci6n de una nueva escribanfa o notarfa en la isla.)

ISigniffcase necesldad de mayor mlmero de escrlbanfas ndbllcas en la Isla.)

(Don Francisco de Acosta presenta tf· tulo de escribano del fuz:gado de Blenes de Dlfuntos. J . , toma raz6n de d1cho tftulo.)

• IReddcese" • preclo de venta de pan.)

1Partlclpacl6n a don Andra Angu. lo sobre su cese como regldor lnterlno.J

205

ACTAS DEL CABILDO

lencia, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Hernd.iz {rubrica] = Santaella [rubrica] = Torres Vallejo [rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [nJ.brica] = Martinez. [rubrica] =Andino [rubrica] =Licenciado Marquez. [rubrica] =·Ante mi .= Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo [f· 211'1]/

[110]

[1 DE ENERO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero del aflo de mil ochocientos diez y siete, para efecto de celebrar Ia elecci6n de los sujetos que ban de exercer en el presente aiio Ios empleos de republica, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamiento, en sus salas consistoriales, compuesto de los dos· se:ii.ores alca·ldes ordinarios de primero y segundo voto, caballero alferez real, don Fernando Dabila y eon Juan Francisco de Fuentes; Ios caballeros rexidores, senor dbn Manuel Hernaiz, alguacil mayor, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; sefior alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia del distrito; don Jose de Torres Vallejo, fiel executor; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de Ia misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Manuel de Andino ; y el caballero sin:dico procurador general, licenciado don Juan Bautista Marquez. No concurrieron, por enfermedad, ausencia y ocupaci6n, los caballeros rexidores, don Josey don Jose Maria [f· 209v·]/ DavHa, don Santiago de C6rdova, don Agustin Martinez y don Diego Pizarro.

. !3-n el orden y forma acostumbrada se procedi6, por los !Elecclones concefi· md1cados seiiores, a la elecci6n que se verific6, segiln lo Jes de 1si 7.1 dispositivo de las leyes, y resultaron elegidos los siguientes:

Para Alea-Ide ordinario de primer voto, el senor don Manuel Hernaiz, con siete votos. = El senor don Francisco Marcos Santaella tuvo uno.

Para Alcalde de 2." elecci6n, el senor don ·Manuel de los Reyes, con siete votos. El Iicenciado don Juan Bautista _Marquez tuyo uno.

206

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Para Sindico procurador general, con todos los votos, el licenciado don Jose de Rivera.

Juez de policia, el sefior don Juan Antonio Mexia, con siete votos. Don Manuel de Andino tuvo uno.

Vocales de la Junta Municipal, el senor don Juan Antonio Mexia, con siete votos. Don Manuel de Andino con otros siete. Don Tiburcio Villafane tuvo uno, y don Diego Pizarro, otro.

Alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte,. don Cecilio Salvador de Robles, con todos los votos.

Parte del Sur, don Antonio Monserrate Maldonado, con todos los votos.

Alarife de albaiiileria, Francisco Martinez, con todos los · votos.

Idem de carpinteria, Pedro Amesquita, con todos los votos.

Fiel contraste, Francisco Bruno, con todos .Jos votos.

Cuya [f· 210]/ elecci6n, conforme esta sentada, fue y leida por los dos sefiores regidores mas antiguos y no habiendo tenido cosa alguna que exponerse por los seii.ores que componen este ayuntamiento acordaron que se pase al sefior gobernador y capitan general de esta isla para su confirmaci6n, como la de los alcaldes de los cuatro barrios de esta ciudad; diputandose para llevar el pliego al referido senor los caballeros rexidores ·senor don Juan Antonio Mexia y don Tiburcio Duran de Villafane. ·

Con lo que se concluy6 este acto, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Fernando Davila [rubrica] = Don Francisco de Fuentes [rubrica] = Manuel Herndiz [rubrica] = Francisco Marcos Santaella [rubrica] = Jose Maria de Torres Vallejo [rubrica] = Tiburcio Duran de Villafane [rubrica] = Juan Antonio Mexia [rubrica] = Manuel de Andino [.rubrica] = ·Licenciado Juan Bautista Marquez [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· 210v·]/

[ANEXO UNICO]

A:lcaldes de los cuatro Barrios.

Para el de San Juan: Doh Luis Rodriguez. ·San Frandsco: Don Jose Ferrer y Blanes. Don Pedro Flores, ultimamente.

207
IElecclones concellles y las de los alcaldes de barrios quedan referldas al gobemador para su confirmacidn.1

1Gobernador confirma elecclones, empero, amparolndose en la costumbre altei-a elec c16n de alcaldes ordlnarlos; aslmis-. mo provee que en futuras elecclones de estos maglstra- dos se observe lo preceptuado p o r ley.J

(Citacl6n a d o n Manuel de los Reyes y a don Jost! de :Rivera para que furen sus respectivos oftclos de alcalde ordlnarlo de primer voto y de procurador gene- ral.) ·

ACTAS DEL CABILDO

Santo Domingo o t:ampeche: Don Francisco Rola. Santa Barbara : Don Atanasio Bargas. · Enseguidas se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general del tenor siguiente = "Se confinnan las elecciones que hace vuestra excelencia para el presente afio de 1817. Los dos alcaldes de elecci6n merecen y son dignos de toda consideraci6n; y y [sic] teniendola en que el afio que expira ha sido uno de los seiiores del Excelentisimo cuerpo eJ alcalde primer nombrado, corresponde en el presente que lo sea el senor don Manuel de los Reyes para no innovar la alternativa que se ha llevado hasta ahora, que exige tambien la urbanidad. En cuyo concepto creo muy digno de la atenci6n ge vuestra Excelencia sea alcalde de primer voto el segundo nombrado, y de segunda elecci6n el senor don Manuel Hermiiz ; recomendando a Ia Excelentisima corporaci6n se establezca en las elecciones sucesivas el orden prescrito por las leyes sobre Ia de alcaldes ordinarios."; mandar se cite a los expresados seiiores don Manuel de los Reyes y don Jose de . Rivera a efecto de que, aceptando, se les exija el juramento de estilo por el caballero rexidor vice-decano; como tambien que esta corporaci6n en sus elecciones de oficios concejiles nose ha desviado [f· 211 ]/ de las leyes y constumbre [sic] inmemorial, en que descansa la del presente ano, y por estar pendiente ante fa superioridad desde el afio de cinco Ia cuenta que se dio en la elecci6n que recay6 en el senor don Juan Antonio Mexia, regidor de este ayuntamiento, que aun no ha bajado la resoluci6n soberana, no debe innovar la posesi6n en que se halla, lo que en adelante debera tratarse con vista de Ios documentos que haya en el archivo.

Uuramento de don Manuel de los Reyes como alcalde ordlnarlo de primer voto.J

En este estado vino a esta sa.Ja, siendo avisado, el senor comisario ordenador honorario, don Manuel de Ios Reyes, Y aceptando el empleo de alcalde ordinario de primer voto, en los terminos en que se ha confirmado por el senor capitan general, prest6 el correspondiente juramento en manos del caballero rexidor que hace funciones de decano, firsu sefioria *que* con la Excelentfsima corporac16n, de que doy fee. = Davila [rubrica] = Manuel de los Reyes [rubrica] = Fuentes [rubrica] = Manuel Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Torres Vallejo [.rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = I ·1

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori-

208

SAN J'OAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Andino [rubrica] = Licenciado Marquez. [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica]. [f· 211 v·]/ [111]

[2 DE ENERO DE 1817.]

En Puerto Rico, a los dos dias del mes de enero de mil ochocientos diez y siete afios, concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de 2°· voto, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica v comisario ordenador honorario; y el caballero rexidor · vice-decano, senor don Juan· Antonio Mexia, auditor de guerra de marina y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, para efecto de recibir el juramento al caballero sindico, licenciado don Jose de Rivera; alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte, don Cecilio Robles; los alcaldes de barrio, don Luis Rodriguez, don Atanasio Bargas y don Francisco Rola; y el alarife, Francisco Martinez, que concurrieron al mismo fin. Y habiendoseles hecho saber sus nombramientos y confirmazi6n del senor gobernador y capitan general, juraron, en manos de dicho senor vice-decano, el fiel dede sus respectivos encargos; lo que firmaron, de que doy fee. = Herndiz. [rubrica] = Mexia [rubrica] = Licenciado de Rivera [rtlbrica] = Cecilio Sal}Jador de Robles [rubrica] = Luis Rodriguez. de Abellan {nibrica] = Francisco Rola [rubrica] = Francisco Bruno · [rubrica] = Atanasio Bargas [rubrica] = Francisco Martinez. [rubrica] =Ante mi= Tomas de Escalona [rubrica], ['· 212]/

[112]

[4 DE ENERO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro dfas del mes de enero de mil ochocientos diez y siete aiios, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de permiso del sefior gobernador y capitan general, se reuni6 el Excelentisimo Ayuntamien-

(Jaramentos de : procurador general, alcalde de la Santa Hennandad de la parte Norte, tres alcaldes de barrio y alarife de albai\ilerla.J

14 209

ExposizicSn.

(Ceremonia religlo- ? y actos pdblicos a celebrarse .pa- · ra festejar los de FernandOVll y del infante don Carlos.)

ACTAS DEL CABILDO

to, compuesto de los dos sefiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, senor don Manuel de -los Reyes, comisario ordenador honorariq; y senor don Manuel Hernaiz, caballero comendador de Orden [sic] Americana de Isabel Cat6lica, comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, sefior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad; seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; Y el caballerp sindico procurador general, licenciado don Jose de Rivera. = Los demas seiiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

I I Habiendo visto este ayuntamiento La [f· 212 v. ]/ Gaceta de Madrid de 22 de octubre l'tltimo, que acaba de llegar a esta citidad, donde se publica el enlace matrimonial de su soberano, el seiior don Fernando 7°·, con la senora doiia Isabel, y de sefiores infantes don Carlos y doiia Maria Francisca, transportado de gozo con nueva tan plausible al considerar ya realizados los presagios que habia anunciado

. en su acta de 22 de julio, reputando este suceso cuasi . prodigioso por la conmemoraci6n y renovaci6n de las le·-. tras iniciales de los augustos monarcas don Fernando y dona Isabel, los Cat6licos, que estan grabadas en las armas de esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad, y consecuencias felices en ellas indicadas acord6: Dar un publico testimonio del jubilo con que recibe por reina a la virtuosa Isabel, infanta de Portugal, y de su bien acreditado amor y fidelidad al Soberano e infantes ocurriendo a la bondad divina el dia de la Epifania, 6 del corriente, en que la Santa Iglesia celebra los tres grandes misterios: de la Adorazi6n de los Magos, Bautismo del Salvador, y Su primer milagro, para tributarle las gracias con misa, serm6n, Te Deum y salve en la noche precedente; y suplicar al Omnipotente que asi coma en semejante dia admiti6 los dones de los Magos en sfmbolo de que era Dios, Rey y hombre, guiandolos o conduciendolos por medio de una estrella, admita tambien las preces piadosas de todo este·pueblo cristiano a fin de que guie a nuestros soberanos a la felicidad eterna, por . media de la inspiraci6n ['· 213 ]/ de la gracia les conceda el mas cabal acierto en las determinaciones y tranquilidad en su reinado para que puedan hacer igualmente felices a todos sus vasallos .derramando sabre ellos el torrente de

210

SAN JUAN BAUTISTA· DE PUERTO RICO

·sus beneficios. Que para· la mayor solemnidad de estos actos se nu-mine las dos noches anteriores, con simetrfa y magnificencia, toda la casa consistorial, manifestandose al publico los bustos de nuestros predilectos soberanos con el mayor decoro posible; sirviendose en la tercera, un lucido sarao y refresco a todos los cuerpos eclesiastico, militares y politicos, y demas personas decentes, que se convidaran por medio de diputados y esquelas. Que se suplique al sefior gobernador y capitan general se sirva dar sus ·6rdenes a fin de que durante la funci6n de iglesia se haga salva triple de artilleria y se anuncie al publico, por carteles, una iluminaci6n general por los dias 4, 5 y 6. Que' las erogaciones que causen estas demostra-(f· 213 v. ]/ ciones, tan debidas como imprescindibles, salgan de los arbitrios establecidos, sin perjuicio de los objetos de su . creaci6n o establecimiento, haciendose saber al mayordomo de propios, en la forma de estilo, para la competente cuenta y raz6n que debe rendir anualmente. Y, por Ultimo, que todo se eleve al conocimiento y consideraci6n y [sic] sus majestades y altezas en los terminos que se acuerde oportunamente o luego que se hayan realizado estos obsequiosos y festivos aparatos, a la verdad muy dimini.ttos o ningunos si se miden con el amor, constancia y fidelidad que siempre ha profesado y profesa a sus soberanos esta Muy Noble y Muy Leal Ciudad.

Con lo que se concluy6 este acuerdo, que mand6 su Excelencia pasar al sefior gobernador y capitan general para su confirmazi6n, firmandolo, de que doy fee. = Reyes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrical = Mexia [n1brica] = Durdn de Villafane [rubrica] = Martinez [rubrica] = Andino [rubrica] = Licenciado Rivera [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[113]

[9 DE ENERO DE 1817.]

En ['· 214 ]/ Puerto Rico, a los nueve dias del mes de enero de mil obhocientos diez y siete aiios, concurri6 a esta sala consistorial el seiior regidor vice-decano, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guede marina, don Juan Antonio Mexia, a efecto de recibir

[A sufraaarse los ·8Bstos de dichas 'funclones d e l o s fondos de proplos.]

[A informarse la celebracl6n de dichos actos al monarca y al prlncl· pe.] ' .

211

(Juramento y po· sesl6n de don Antonio Monserrate Maldonado c o m o alcalde de la Santa Hennandad de la parte del Sur.)

(Desi gnaci6n de diputados para fiestas votlvas, cum• plimentar hudspe• des dlstlnguldos, y visltas de escuelas.J

ACTAS DEL CABILDO

el. juramento y dar posesi6n de SU empleo al alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur, don Antonio Monserrate Maldonado. Y habiendo comparecido este, el :referido seiior decano le hizo entender su elecci6n y confirmaci6n y habiendo aceptado el encargo jur6, en forma de derecho, desempeiiarlo fielmente; y lo firm6 con su sefiorfa, de que doy fee. = Mexia [rubrica] ·= Antonio Monzerrate Maldonado [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[114]

[13 DE ENERO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece dfas del mes de enero de mil ochocientos diez y siete aiios, para celebrar (f· 214 v. ]/. cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento, compuesto de los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo · voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario y contador jubilado y don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orderi Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, seiior alcalde provjncial perpetuo par su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; seiior don Juan Antonio Mexia, oidor tambien honorario ·de la misma Real Chanoillerfa y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Duran de Villafane, don Agustin Martinez, don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Jose de Rivera.

Se tuvo presente la constumbre [sic] que se ha observado en el ayuntamient'o de nombrar de Ios· individuos del cuerpo diputados para las festividades y cumplidos que corren a cargo de el. Y se acord6: Elegir para la de la Purificaci6n de Nuestra Senora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, el seiior alcalde ofdinario de 1a. elecci6n Y caballero rexidor-fiel executor, don Jose Torres Vallejo; San Felipe y Santiago, Corpus Christi y Santiago el Mayor, .el senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, y senor · alcalde provincial. Cumplidos de las personas estables y transe1lntes, los caballeros rexidores, senor don Juan An-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tonio Mexia Y don Agustin Martinez. Para las visitas de de , primeras letras y las de niiias, los mismos senores Mexia y Martinez. Para suplir ausenzia o enfermedad, don Manuel Andino.

Se abrio un oficio del senor gobernador y capitan [f· 215 ]/ .general, de 18 de diciembre pr6ximo pasado, confirmaz16n del acuerdo de 16 del mismo. Y se acord6: Arcbivarlo.

Se vio otro del mismo sefior, de 17 del propio diciembre, en que su seftoria transcribe la real orden de 1°· de septiembre ultimo, que le dirige el excelentfsimo seiior Secretario de Estado y del Despacbo de Hacienda, por la cual su majestad, para completar la serie hist6rica del periodo de su reinado, *y* pide se remitan las medallas que se hubieren acuiiado en esta isla asi con motivo de la jura como con cualquiera otros desde el aiio de 1808 · hasta el de 816; sobre lo que dicho seiior capitan general desea que este ayuntamiento le comunique lo que hubiere ocurrido sobre el particular en el tiempo que se menciona para contestar con mas conocimiento a la superioridad. Y se acord6: Informar a su seiioria que con motivo de haberse realizado en esta isla la y de nuestro predilecto monarca, el senor don Fernando 7°. ( que Dios guarde ), con 1a mayor festinaci6n y sin perdida de momentos el dfa en que lleg6 la aciaga noticia de su fel6nico cautiverio (f· 215v·]/ no bubo tiempo de acuiiar medallas ni entretenerse en cosas que divirtieran por un solo instante el entusiasmo y amor que este fidelisimo pueblo profesaba a .su soberano, sino que trat6 luego al punto .de reconocerlo por su rey y senor natural uniendose en masa para resistir todas las sugestiones y ardides del soberbio coloso Napoleon. Y que despues en todas las noticias lisonjeras y plausibles que ban sobrevenido ha demostrado su complacencia, agrado Y fidelidad, dando gracias al Dios de los exercitos y con otras acciones publicas de regocijo pero sin haber jamas acufiado medallas.

Bl sefior gobemador y capitan general dio vista a este ayuntamiento, en 21 del mes pr6ximo pasado, del oficio que le hizo el seiior intendente interino el 19 anterior acerca de varias proposiciones que hacfa don Manuel Padilla sobre contrata de carnes para la guarnici6n; y anunciando Que habfa necesidad de reformar algunos

. . •. . * i.o comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

IGobernador conlir- ' ma acuerdo capltu- · lar.1

(Se partlcipa real orden de 1 de seotiembre de 1816 par la cual el mo-

• narca solicl ta el envro de las medallas que en la isla se hubiesen acuflado durante 1808 a 1816 para conmemorar su Jura como par otros motlvos reales.1

flnf6rniase que razones que se · aducen, en la illla no se acui16 medalla alguna. J ·

ISe da a conocer proouesta que formula don Manuel Padilla sobre con-, trata de cames pa-· ra la tropa.J

JShlnmcase necesidad de reformar graviimenes.1

213

(Aludidos asuntos quedan referldos al procurador g e n eral.J

(Don A n t o n i o Abad de la Rosa presenta tltulo de ciruiano.)

(Toma de raz6n de dicho tltulo.J

fDon Nicol4s Vizcarrondo solicita cesi6n de un solar que origlnalmente se concediera a don Luis Huertas, comprometi.!ndose a pagar los rl!dltos vencldos del mlsmo.)

(Escribano a lnformar sobre conformldad de los herederos a la cesl6n de dlchc; solar l respecto a los r ditos vencidos.]

(Don Miguel Coto solicita ates tado sobre Servicios por 4!1 prestados en la casa degredo y en la propagac16n del ftuldo vacuno.)

1Prov4!ese d I c h o atestado.)

fRegidor don Juan Antonio Mexia solicita atestado so. bre sus m&itos y servlclos prestados como capitular.J

IProviese d i c h o atestado.)

ACTAS DEL CABILDO

menes que sufre el publico. Y se acord6: Comunicar vista al caballero sindico procurador general.

Don Antonio Abad de Ia Rosa present6 el titulo de cirujano, que le libr6 la Real Junta Superior Gubernatiba de los Reales Colegios, para que en virtud de ello · se le permita el exercicio de dicha facultad. Y vista se acord6: Haberlo por presentado; y que se tome raz6n del nominado titulo en el libro del asunto y se devuelva al con la (f· 216 ]/ nota competente. .

El capitan retirado don Nicolas Vizcarrondo se presen. t6 exponiendo que desea fabricar una casa en esta ciudad y solar que el ayuntamiento habia concedido al difunto don Luis Huertas, en la Calle de San Sebastian, el cual le era gravoso y que pens6 eximirse de el, ofreciendo pagar el redito corriente y lo que ha dejado de satisfacer hasta Ia fecha. Y se acord6: Que el presente esscribano informe acerca de la confom1idad que se enuncia en los herederos y albaceas del difunto don Luis Huertas concerniente a la cesi6n del referido solar y resultando veridica intime al pretendiente, don Nicolas Vizcarrondo, la exibici6n de los reditos atrasados insolutos y de cuenta con todo a fin de que se le expida el competente titulo.

Don Miguel Coto pidi6 un atestado a este ayuntamiende los interesantes servicios que ha hecho al publico en diferentes ['· 216v· ]/ tiempos, tanto en el departamento o degredo que el afio de 803 se estableci6 en Cangrejos por la viruela maligna cuanto en la comisi6n de la vacuna y su propagaci6n. Y se acord6: Que constando de los Libras de Acuerdos los servicios hechos por el suplicante en los terminos narrativos de su solicitud, los que a la verdad reputaba este ayuntamiento de un considerable en obsequio de la humanidad y publico, se le confiriese este decreto que le sirva de atestado y haga el uso que estime conveiiiente. ····

El senor don Juan Antonio Mexia hizo presente que para fines convenientes necesitaba se le confiriese un atestado fehaciente de Ios meritos y servicios hechos en esta corporaci6n seg\ln resultase en sus respectlvas actas . o acuerdos. Y se acord6: Conforme; rexistrandose al intent<> los Libros para ver lo que de ellos conste y que practique con el debido conocimiento y arreglo. · ·

Concurri6 tambien a este cabildo el caballero fiel executor, don Jose Torres Vallejo.

Habiendo noticia positiva de Ia llegada del relox que

214

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el sefior gobernador, gobernador [sic] y capitan general habia encargado para el regimen y adorno de esta ciudad de acuerdo con este cabildo, alhaja a la verdad tan util y necesaria como deseada por todos sus habitantes, viendose en la actualidad sumamente escaso y egeno {sic] el fondo de P· 217 ]/ propios a(m para el sosten de sus ordinarias atenciones, a causa de lo calamitoso del tiempo y criticas circunstancias que le han precedido; y no queriendo por una parte retardar los deseos que a todo el publi<;o acompafian de ver colocado aquel precioso mueble mensurador del tiempo, y por otra, falta de medios para· verificarlo sin pensionar de modo alguno al pueblo, acord6 excogitar, como excogita, el prudente, equitativo y suave arbitrio de subir dos cuartos a la libra de pan cocido tanto con respecto a la harina que se halla dentro de la plaza cuanto a la que fuese entrando sucesivamente, hasta cubrir el costo de la compra del enunciado relox, su conducci6n y colocaci6n, contando para el mismo efecto con los dos mil y quinientos pesos que se hallan depositados, de · tiempo anterior, en don Jose Xavier de Aranzamendi con este objeto y para el propio fin. Y para la recaudaci6n del nominado arbitrio y superintendencia de la ' fabrica se nombra, unanimemente, P· 217 v. ]/ al caballero regidor don Diego Pizarro, a fin de que corriendo con la exacci6n, cuenta y raz6n, rinda esta (1ltima documentada a su debido tiempo, siempre que este acuerdomerezca la confirmazi6n del senor gobernador y capitan general.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rubrica] = Hernaii [rubrica] = Santaella [rubrica] = Torres Vallejo [rubrica] = Mexia [rubrica] = Duran de Villafane [rubrica] = ·Martinez [rubrica] =Andino [rubrica] = Licenciado Rivera [n1brica] = Ante mi = T@mas de Escalona [n1brica] esscribano real y de cabildo. '

(Se aumenta precio de I pan para a lie· gar fondos p a r a cubrir costo total, conducci6n y emplazamiento d e I · .relol de la casa conslstorlal. J

IRegidor don Die· · go Pizarro queda deslsnado para re· caudar el arbitrlo sobre el pan.I

[115]

[21 DE ENERO DE 1817.]

En Puerto Rico, a veinte y uno de enero de mil ochccientos diez y siete aiios, compareci6 en estas casas consistoriales el alcalde del barrio de San Francisco, don Pedro · . Flores, y el senor alcalde ordinario de segundo voto, don

IJuramento de don

Pedro Flores coma

215

alcalde del barrio de Sall Francisco.)

,Don Manuel Milano, maestro de primeras I e t r a s, presenta planas escolares, I a s que s o n referldas al procurador gene- ral.J

ACTAS DEi. CABILDO

Manuel Hermiiz, caballero de Ia Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorari.o, le recibi6 ['· 218 ]/ juramento que presto de cumplir bien y fielmente con el encargo que se le ha confiado; y lo firm6 con su se:iioria, de que doy fee. = Manuel Hernaiz [nlbrica] = Pedro Flores [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica].

[116]

[21 DE ENERO DE 1817.]

En Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes de enero de mil ochocientos diez y siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a estas salas consistoriales el sefior teniente de gobernador, auditor de guerra, don Jose Esterlin [sic]; el sefior alcalde ordinario de segundo voto, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; don Manuel de Andino, caballero .rexidor; y el licenciado don Jose de Rivera, caballero sindico procurador general. Y en este estado lleg6 el sefior don Juan Antonio Mexia.

En este cabildo, a que se dio principio por disposici6n del senor presidente, se present6 el maestro de primeras letras, don Manuel Milano, haciendo exibici6n de las [r. 218v·]/ planas de sus discipulos. Y se acord6: Dar vista de ellas al caballero sindico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca .

Con lo que se concluy6 este cabildo por no haberse otra cosa que tratar; en cuyo acto entr6 en la sala el caballero rexidor don Agustin Martinez; y firmaron sus seiiorias, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] ·- Hernaiz · [nlbrica] = Andino [nlbrica] = Mexia [nlbrica] = Licenciado Jose de Rivera [nlbrica] = Ante mi ·= Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo.

216

SAN

[27 DE ENERO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete dias del mes de enero de mil ochocientos diez y siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reuni6 el Excelentfsimo Ayuntamiento, compuesto del senor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jose Sterling; los dos seiiores alcaldes ordinaries de primero y segundo voto, senor don Manuel de los Reyes, comisario <:>rdenador honorario y contador jubilado; senor don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisano ordenador [f· 219 ] / honorario; los cabaJleros rexidores, senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad; se:iior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Manuel de Andino; y el caballero sindico procurador general, licenciado don Jose de Rivera. Los demas seii.ores no concurrieron por ausencia, ocupaci6n y

En este cabildo se recibi6 un oficio del seiior gobernador y capitan general, su fecha, 21 de los corrientes, acompaiiando duplicadas listas de la 1a. y 2". compaiiia de artilleros, milicianos de esta plaza, a fin de que sean entregadas a los jueces ordinarios y tengan conocimiento de los vecinos que gozan el fuero militar de artilleria. Y se acord6: Que las listas se entreguen a los dos seiiores alcaldes de primero y segundo voto.

Se vio otro del mismo senor, de 23 del presente mes, en que pide informe sobre las facultades peculiares del fiel executor y diputaciones que acostumbra nombrar para la provisi6n, visitaci6n y *tasaci6n* postura P· 219v·]/ de los mantenimientos, soberanas disposiciones en que este fundada la practica que se observase y testimonio de las dos Ordenanzas, que ha citado el rexidor-fiel executor, de 11 de septiembre de 1627 y 18 de enero de 1728. Y se acor- · d6: Que el presente esscribano vea si existen en el archivo · las dos insinuadas Ordenanzas y de cuenta con ellas en el inmediato o con certificaci6n de lo que resulte pa-

*. Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el ori, .

! I

tSe 11resentan listas de los millclanos artilleros que gozan d e l fuero mllltar; y las mismas quedan referldas a los alcaldes ordlnarios.J

[Gobernador solici· ta lnforme sobre las atrlbuclones In· herentes al oficlo de ftel ejecutor y dlputaclones e n que se eferce: e lgualmente p I d e testlmonlo de dos Ordenanzas que clta.]

!Escribano a locallzar las aludldas ordenanzas y a presentarlas al cabil· do para el lnfonne sollcltado.J

[117]
JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
217

fProcurador gene· rat rinde lnfonne sobre planas escolares presentadas por ·et maestro de primeras I e t r a s, don Manuel Mila· no.J

fSe aprueba el in· fonne.J

lCabildo· queda en. terado de llcencla otorgada por el gobernador al regidor don Tiburcio Dur4n de Villafaile. J (Coronel don Man u e 1 FernMidez 1 Reyna plde do sobre su conducta moral, poll- tica y mllltar.)

ISe atesta sobre el particular a n t e s mencionado.]

ACTAS DEL CABILDO

ra enseguidas dar el informe, prolijo y que se previene.

El caballero slndico procurador general evacu6 la vista que se le corri6 de las planas presentadas por el maestro de primeras letras, don Manuel Milano, exponiendo que ha desempeiiado bien y cumplidamente su encargo; pidiendo que anualmente presente una lista de todos sus discipulos con expresi6n del estado de ensefianza en que se encuentren, como lo executaba su antecesor; y que las referidas planas se pasen a los sefiores diputados de escuelas para objeto de que cuando hagan sus visitas adviertan por ellas si los nifios continuan su adelantamiento. Y se acord6: Conforme; haciendose saber a quien corresponde.

Este cabildo qued6 enterado del permiso que, en 24 del corriente, dio el seiior gobernador y capitan general al caballero regidor don Tiburcio Duran de Villafane para pasar a su hacienda de campo con el fin de restablecer su salud. Y acord6: Archivar la solicitud del expresado P· 220 ]/ caballero rexidor.

En este estado concurri6 el caballero rexidor-fiel exe: cutor, don Jose de Torres Vallejo.

Se vio una solicitud del senor coronel del extinguido Batall6n de Cazadores del General, don Manuel Fernandez Reyna, dirijida a que se le atexte por esta Excelentfsima

· corporaci6n la conducta que haya observado, tanto en el como en sus ofioiales y demas subalternos y tropa, en lo moral, politico y militar. Y se acord6: Decretarle a con-. tinuazi6n que este ayuntamiento ha observado en el seiior coronet mencionado, caballeros oficiales y su tropa, una conducta en lo polftico acreedora al aprecio y estimaci6n comlin, sin que en lo moral y militar tenga noticia de cosa alguna que pueda rebajarlos del propio buen concepto, seg11n mas extensamente podran informarlo las respecautoridades a quienes compete.

fSe da a conocer consulta d e 1 tenlente de gobernador sobre "lo acordad6 por el cabll· do el 13 de enero; asf como la cuenta del costo del reloj para la casa consistorial.]

(Se pone en conocimlento del rrocurador genera lo antes consignado.)

Se recibi6 un oficio del seiior gobernador t'· 220v. ]/ y general, fecha 23 de los corrientes, en que su sefiorfa transcribe la consulta del senor auditor de guerra sobre lo tratado y acordado por este ayuntamiepto en 13 · los mismos; y acompaiia el memorial y cuenta que le present6 don Jose Xavier de Aranzamendi, comprensiva del costo del relox y dinero que en su poder tenfa perteneziente a este ayuntamiento. Y se acord6: Pasarlo todo a la vista del caballero sindico procurador general.

Con lo que se concluy6 este ·cabildo, que firm6 su Ex-

218
•.

SAN JUAN BAUJ'ISTA DE PUERTO RICO

celenc;ia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Reyes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Torres Vallejo [rubrica] = Mexia [rubrica] = .4.ndino [ru= Lizenciado Rivera [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano de cabildo. [118]

[3 DE FEBRERO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres dias del mes de febrero de mil ochocientos diez y siete afios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, senor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor ho:i;iorario de la [f. 221 ]/ Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de de marina; y don Manuel de Andino. No concurrieron los demas sefiores par ocupaci6n, ausencia y enfermedad.

En este cabildo dio cuenta el presente esscribano con las Ordenanzas Municipales y demas documentos concernientes a ellas que se mandaron traer a la a fin de informar al senor gobernador sabre la solicitud que ha hecho el caballero fiel executor acerca de las regalias de su oficio. Y se acord6: Reservarlo todo para el pr6ximo cabildo que se extendera el expresado informe con mayor numero de sefiores vocales y plena instrucci6n de las Ordenanzas y documentos exibidos, que, por ser voluminosos, exigen alg'lln tiempo para su lectura y discernimiento de las materias que contienen, a cuyo fin rolaran entre los sefiores. .

Se recibi6 (f· :uiv. ]/ un oficio del senor gobernador y capitan general, su fecha, 28 de enero ultimo, confirmatorio del anterior acuerdo del 27. Y se acord6: Archivarlo.

Don Antonio Chieza, maestro de primeras letras, present6 las planas de sus discipulos. Y se acord6: Pasarlas a la vista del caballero sindico procurador general.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Ex-

3 febrero 817.

(Escribano presen· ta Ordenanzas Municipales q u e les fueron req1,1erldas en cabildo de 27 de enero de 1817.J

(Se pospon.e para el pr6ximo cabildo el rendlr el lnforme solicitado· por el &obernador en la sesl6n arrlba lndlcada.]

(Gobernador confirma acuerdo capl- tular.]

(Don Antonio Chiesa, maestro de primeras tetras, presenta planas escolares, I a s que s o n sometidas al

219

procurador g e n e· ral.J

ACTAS DEL CABILDO

celencia, de que doy fee. = Herndiz [nlbrica] = Santaella [nlbrica] = Mexia [nlbrica] = Andino [nlbrtcal = An· te mi = Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo. [119]

[10 DE FEBRERO DE 1817.]

Cabildo ordlnarlo de 10 de febrero de 1817.

[Ordenase al escrlbano cople las Or· denanzas Munlclpa. les sollcltadas por el gobernador en cablldo de 27 4e enero.J

(lnaullinos de las caslllas de ventas requleren sean reparadas.J [Alarlfe a recono· cer las casilfas e

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a Ios diez dias del mes de febrero de mil ochocientos diez y siete aii.os, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real['· 222 ]/ Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su ·majestad; seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma ReFtl Audiencia y auditor de guerra de marina; y don Manuel de Andino. Tambien concurri6 el seiior alferez real, don Fernando Davila. Los demas seiiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

I

En este cabildo se acord6 que no habiendo podido eva-· cuarse el informe que pidi6 el senor gobernador y capitan general acerca de las facultades anexas al oficio del fiel executor por ser indispensable registrar todas las actas de la materia contenidas en los Libros de Acuerdo de mas de 70 afios a esta parte, a fin de venir en tanto del valor de las Ordenanzas presentadas cuanto de la practica hasta el presente observada con las variaciones o vicisitudes que haya padecido, vaya el presente esscribano copiando las dos Ordenanzas referidas, dando cuenta ['· 222v·]/ luego que lo haya vetificado para remitirlas al tribunal de gobierno con el informe segiln se ha pedido. Los inquilinos de las casillas se presentaron pidiendo que se recompongan antes que se inutilicen mas. Y se acord6: Pasar la solicitud al seiior diputado de mes, oidor honorario, don Juan Antonio Mexia, para que haga reconocer por el de carpinterfa las casillas y este diga

220

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

lo que le ocurra sobre su descomposici6n y a cuanto ascendera el costo necesario para repararlas.

Celestina Cordero, vecina de esta ciudad, hizo presente que hace 15 aiios que se ocupa en la enseiianza de niiias

Y que en el dia tiene a su cargo 116 discipulas. Pide que se dote su escuela como las otras cuatro. Y se acord6: Que el calamitoso estado del fondo de propios no permite por ahora constituir asequible Io que esta parte solicita pero que continuando como hasta aqui en Ia educaci6n de la juventud de que se ha hecho cargo seran atendidos sus meritos o servicios oportunamente.

Don Cecilio Salvador de Robles se present6 pidiendo un atestado acerca de los empleos que ha servido de alcalde de la Santa Hermandad. su buen desempeiio y la buena opini6n y fama que le ha grangeado el mejor concepto y estimazi6n. ['· 223 ]/ Y se acord6 lo siguiente: "Siendo constante y notorio cuanto expresa esta parte y -habiendo merecido el mejor concepto a esta corporaci6n por el exacto y cabal desempeiio no s6lo en el empleo de alcalde de la Santa Hermandad, a que fue elegido el aiio de 1816, sino tambien en el de teniente a guerra que al mismo tiempo obtenfa, y en otras comisiones que por los seiiores jueces de este consistorio se le ban conferido sin tener queja alguna contra el por sus procedimientos fue que lo reeligi6 en el propio empleo de alcalde de la Santa Hermandad para el presente aiio con unanimidad de votos y anuencia del caballero sfndico procurador general, representante del pueblo, habiendo continuado mismo modo hasta el presente por haber sido su reelecci6n, sin oposici6n de persona alguna, confirmada por el seiior gobernador y capitan general con consulta del senor su teniente y a satisfacci6n ['· 223v·]/ de todos mediante las apreciables circunstancias que en el concurren. Y para los fines que puedan convenirle se le entregara este original sirviendole de atestado en forma."

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Ex... · celencia, de que doy foe. = Herndiz [rubriCa] = Davila [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia [rubrica] .:.... Andino [rubrica] = Ante mf = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

221

lnfonnar costo de TeDlll'llCi6n de las mlsmas.J

(Celestina Cordero soliclta dotaci6n para su escuela de · ' niftas.]

[Desestrmase por el momento la aludi· da solicitud.]

[Don Cecilio Sal· vador de Robles Plde atestado sabre su desempefto como alcalde de la Santa Hermandad.]

(Se atesta sobre el referldo particular asr como de su efercicio de tenien· te a guerra y de comlsiones que le fueran

lTenlente de gobu- nador presenta real despacho de su nombramlento como tal.J

lCertlfic:acl6n sobre que el aludldo funclonario prest6 su iuramento del oftclo.]

ACTAS DEL CABILDO [120]

[25 DE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a .los veinte y cinco dias del mes de febrero de mil ochocientos diez y siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el senor teniente de gobemador y auditor de guerra, don Jose Sterling; los dos senores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, seiior don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario y contador jubilado; y senor don Manuel Hermiiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; y los caballeros ['· 224 ]/ regidores, seiior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Jose Marfa Torres Vallejo, fiel executor; seiior don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audien!=ia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Agustin Martinez y don Manuel de Andino. Los demas sefiores no concurrieron par hallarse ausentes, enfermos yen ocupazi6n.

I

El seiior teniente de gobemadpr y auditor de guerra, don Jose Sterling, present6 el real despacho que su majestad se dign6 expedir en 11 de noviembre del aiio pasado correspondiente al primer empleo. Y visto se acord6: Haberse por presentado dicho real despacho; y respecto a que el citado seiior teniente de gobernador prest6 el competente juramento desde el dia 9 de octubre del aiio pasado de 15, en que se viola real orden de 24 de junio del mismo por la cual su majestad se dign6 conferirle el empleo, p6ngase a continuazi6n de este acuerdo certificazi6n que lo acredite y dejando de todo copia en el libro que corresponde devuelvase a su seiioria con las urbanidades ['· 2Z4v·]/ de estilo.

I J

(Escribano presenta cuentas del ma-

• yordomo de propios de 1816.J

El presente esscribano, en virtud de. fo dispuesto por los sen.ores. presidente y vocales de la Junta Municipal en once de los corrientes, exibi6 ]as cuentas rendidas por el mayorde propios y arbitrios, don Lorenzo Milano, pertenec1entes al aiio pr6ximo pasado, con un saldo a favor de dicho mayordomo de 480 4 reales y 29 maravedfes. Y se acord6 : Pasarlas a la vista del caballero sindico pro-

222

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

curador general para que examimindolas represente lo que se le ofrezca y parezca.

El senor don Juan Antonio Mexia evacu6 su comisi6n del reconocimiento de las casillas. Y se acord6 : Que siendo como parece, necesario, y que ellas rentan con seguridad 15. pesos mensuales en·beneficio de los propios, se haga el reparo oportuno que necesitan bajo Ia inspiraci6n y cuidado del expresado senor diputado, siempre que los inquilinos adelanten a cuenta di! su alquiler, la cantidad de 45 pesos, 7 reales, a que asciende el presupuesto n que la actual escasez del fondo de propios no permite hacer erogaciones.

El caballero sindico procurador general evacu6 la vista que se le confiri6 del oficio que pas6 al seiior gobernador y capitan general el seiior intendente interino, en 19 de diziembre ultimo, que trata sobre asiento de abasto de came para las tropas y de que se reformen algunos gra-[f· 225 ]/ vamenes que dice sufre la real hacienda por .Ja obligaci6n de contribuirse a los propios y pobres de la carcel con lo sefialado en el asiento de cames para el publico ; y cuyo oficio pas6 el referido seiior capitan general a ,este ayuntamiento, en 21 del mismo mes de diciembre, para su vista. Y examinada la representaci6n del expresado caballero sindico acord6 esta corporaci6n : Conforme; pasandose al seiior gobernador y capitan general dejando copia para que su seiioria se sirva, si a bien lo tiene, contestar aquello que le parezca mas justo y arreglado al senor intendente interino.

Se recibi6 un oficio del seiior capitan general, fecha, 22 de los corrientes, en que transcribe el que le pas6 el senor intendente interino manifestandole haber don Manuel Padilla celebrado contrata para suministrar la came a Ja guarnici6n de la plaza y quefiendo Se le separe a este una tabl" en cameceria con dos operarios para facilitar el pronto despacho. Y se acord6: Conforme; en atenci6n a g.ue hasta el ['· 22Sv. ]/ presente se ha practicado la separaci6n de tabla y despacho de cacne que solicita, continuancl.o en los terminos que hasta aqui y sin introducir la menor novedad, pasandose al efecto la competente orden al caballero rexidor diputado de este abasto; contestandose as{ a su seiioria por medio del testimonio de este acuerdo.

Se vio otro oficio del mismo senor, de 18 del presente mes, en que su seiioria dice haber dispuesto interinamente y hasta la resoluci6n de su majestad el reglamento que

223

(Aludldas cuentas quedan referidas al procurador g e n e· · ral.J ' ' IReparacidn de las casiUas de ventas a efectuarse provisto que los inquili- .• l'Os de ellas anti· clpen del cinon de su arrendamlento u n a cierta canti· dad.) IProcurador gene- ral rlnde !nforme sobre propuesta de Manqel Padilla referente al abasto de carnes para la tropa; asr como respecto- a que se reformen algunos ".gravllmenes.J

IQueda referldo al gobemador el alu· dido informe.)

llnfdrmase haberse celebrado contrato con d o n Manuel Padilla p a r a que sumlnlstre la c:arne para la tropa; solicftase que en la carnlcerra se le separe " u n a tabla" para despacho del aludido rengldn.J

IProvl!ese para la sePBTacldn de la aludida "tabla". I

(Gobernador informa haber disnuesto una pension a favor de las famllias de tos que pe- recleron en la defensa de Fajardo.]

(Cablldo 5e declara confoMTle c o n aauella disposiclon.J

de N e11.ron informa haber fellcit.,do, en nolt'bre del avuntamiento, al m onarca y at Infante don C11rlos en oca5i6n de 5115 re5nectivos de5posorlos.l

(Con5i1tnase a1tra· tlecimlento caoltular par el exacto cumolimiento a 11 e de su cnmisi6n hlciera el referldo

(Apoderado d e l ayuntamle11to e n Corte lnforma estado en que se halla sollcitud caoltular acerca de los derechos de muelle y calles.J

(Don Manuel Hermllz presenta noder de don Manuel Ledesma para que se haga cargo de reclblr el salarlo que ·1e fue aslgnado coma apoderado en Corte asf como de las canddades que se le suplleren para gastos de las encomicndas q u e se le confiaran.J [Aludldo p o d e r queda someddo para las efectos pertlnentes a la Junta Municipal.)

(Se informa gobernador ha dispuesto q u e se coloque provlsionalmente el reloi en la sala de armas; indiclindose aslmismo gasto de su emplaZamiento

ACTAS DEL CABILDO

acompafia para el pago de una pension sobr:e los gastos publicos de los pueblos, a favor de las familias de los que perecieron en la defensa de Faxardo contra la pretendida invasi6n de los piratas, para que este cabildo lo pase a su mayordomo de propios para su mas exacto cumplimiento en beneficio de aquellos infelices. Y se acord6: Conforme en todo seg(tn Jo dispone el senor capitan general, a quien se contestara por medio del testimonio de este acuerdo.

Se recibi6 un oficio del senor marques de Negron, fecha, en Madrid, a 22 de noviembre ultimo, con la Gaceta de aquella Corte del dia anterior y en que manifiesta a este ayuntamiento haber felicitado a sus majestades y altezas por sus augustos enlaces en desempeiio de la honrosa confianza que en su sefioria se deposit6 para el efecto. Y se acord6: Contestarle por los seiiores diputados, oidores honorarios, don Francisco Marcos Santaella y don [f· 226 ]/ Juan Antonio Mexia, tributandole las mas expresivas gracias por su benefica aceptaci6n, *y* exacto cumplimiento Y generosa oferta que de sus respetos hace a este consistorio.

Se vio otro oficio del apoderado de este ayuntamiento, don Manuel de Ledesma, en que participa el estado en que se halla el asunto suplicado a su majestad acerca de los derechos de muelles y calles. Y se acord6: Contestarle el recibo y archivarse hasta ver el resultado de este negocio. El senor alcalde ordinario de segunda elecci6n, caballero comendador, don Manuel Hernaiz present6 el poder que le ha conferido don Manuel de Ledesma, apoderado en la Corte por este 'ayuntamiento, para que recaude asignaci6n de 200 pesos anuales que se le seiialaron por este encargo y las demas cantidades que supliere en la expedici6n de los negocios que se le encomiendan. Y se acord6: Pasarlo a la Junta Municipal para que de la orden conveniente al pago de la asignaci6n indicada en su oportunidad y demas [f· mv.]/ gastos que puedan ocurrir y que se en los negociQs que tiene pendientes esta rac16n, uniendose todo al expediente del · nonibramiento de este apoderado. / ····· .

El ·senor alguacil mayor, don Manuel Hernaiz, hizo prede orden verbal del senor capitan general, que habia d1spuesto su senoria colocar provisionalmente el relax de ciudad, que acaba de llegar, en la sala de armas por haLo comprendido entre a·steriscos aparece tachado en el original.

224

SAN JUAN BAUTISTA DE. PUERTO RICO

berle informado el comandante de ingenieros ser preciso este requisito para formar una completa idea y perfecta calculo del costo y magnitud de la obra principal para la permanente y estable que ha de tener en la casa consistorial, cuyo gasto por ahora seria de cien pesos poco mas o menos y le parecia conveniente se dedujese paulatina y semanalmente del ramo de canieceria con calidad de reintegro. Y se acord6: Conforme; y que el presente escribano libre orden al mayordomo de propios al intento.

Don Francisco Moreno se present6 pidiendo que este ayuntamiento le provea de un atestado acerca de las buenas cualidades que reune y el que le es conveniente para ocurrir a su majestad en solicitud de un fiat de escribano real para servir la esscribania de real hazienda y rexistros de Humacado, a que ha hecho postura. Y se acord6: Que no constando a este ayuntamiento cosa alguna que obstar pueda al exponente para la consecuci6n de la [f· gracia que enuncia sino que antes bien lo conceptua acompaiiado de las cualidades y requisitos necesarios, asi se lo atestaba por medio de este decreto que se le entregue original para el uso conveniente.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rubrica] = Reyes [rubrica] = Hernaiz [rubrica] = Santaella [rubrica] = Jose Maria Torres Vallejo [rubrica]= Mexia [nlbrica]= Martinez [rubrlca] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [nlbrica], esscribano real y de cabildo.

[121]

[3 DE MARZO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau-. tista de Puerto Rieo, a los tres dias del mes de marzo de mil ochocientos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seii.ores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, senor don Manuel de los Reyes, comisario [1• m v·]/ ordenador honorario y contador jubilado, y senor don Manuel Hernaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; y los caballeros rexidores, senor don .,

y modo de satisfa. cerlo.)

[Mayordomo a efectuar el referido pa. go.)

i D o n Moreno pide atestado sobre sus clrcunstancias personales, el cual habr4 de utilizar para sollcltar fiat de escrlbano real.)

[Provo!ese d i c h o atestado.J

.i'
225

[Se da a conocer real orden de 6 de ju)io de 1816 sobre acuerdo del Real y Supremo Conseio de lndlas para la colocacidn de un retrato de Fernando VII en dicho tribunal; d I s p oo. nl4!ndose posterior· mente por 4! s t e que se remltleran efemplares de dicho retrato a las lndlas; una copia del cuat es enviado por et gobernador al ayuntamlen- to.J

llnfdrmase que et referldo retrato ha sldo colocado en la s a I a consistorial.]

ACTAS DEL CABILDO

Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, auditor de guerra de marina; y don Manuel de Andino. Los demas sefiores no concurrieron por ocupazi6n, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibi6 un oficio del' senor gobernador y capitan general, fecha, 25 de febrero proximo pasado, en que transcribe Ia real orden de 6 de julio ultimo por la cual se advierte que habiendo el rey, nuestro senor, en la mafiana del 18 de noviembre de 1814, pasado a presidir el Supremo Consejo de las Indias, este tribunal acord6 perpetuar la memoria de este plausible y memorable acontecimiento abriendo una lamina y fixandose una lapida en que se expresase este suceso. lo que tuvo efecto, colocandose en el atrio de aquel supremo departamento; y que no satisfecho este superior tribunal con esta demostraci6n de su gratitud y regocijo. determin6 hacerla lo mas publico que fuese posible disponiendo tambien, en 8 de febrero ultimo remitir a estas Indias considerable m1mero de exemplares de la expresada lamina para los objetos que expresa y para que sean testigos de esta nueva practica del interes paternal con que su majestad mira estos vastos dominios; todo lo que comunica dicho sefior capitan general (f· 228 ]/ a esta Excelentisima corporaci6n con remisi6n de uno de los exemplares de la citada lamina para su inteligencia y satisfacci6n. Y se acord6: Contestar a su sefioria el indicado oficio, por el testimonio de este acuerdo, haciendole presente que esta corporaci6n ha colocado la lamina en su sala consistorial para eterna memoria; y lo satisfecho que se halla de que su majestad incesantemente vela sobre la felicidad de estos paises; y se adorne con marco y cristal.

En este estado concurri6 el caballero rexidor-fiel executor, don Jose Maria de Torres Vallejo.

(Real Audlencla de ta Habana devuelve, tras haber tornado r a z 6 n de ello, et diploma de tratamlento de Excelencla q u e el rnonarca concedi6 al ayuntamlento.J

[Se conslgna reel: bo del dioloma Y &te es referldo a

'. ·se recibi6 ·un pliego de Ia Real Audie.ncia del distrito que contiene UI\ oficio de su csscribano de camara devolviendo, con la toma de raz6n del tribunal y Real Audiencia de Cuentas de la Havana y oficio del senor intendente Y contadores, el diploma del tratamiento de Excelencia que SU majestad concedi6 a este ayuntamiento, para lo cual se remiti6 desde este consistorio al citado superior tribunal de la Real Audiencia. Y se acord6: ['· 228 v·]/ Haa;r la contestaci6n del recibo ·a la misma Real Audiencia y ·Tribunal de Cuentas; y pasar el nominado diploma a la real de esta plaza para que, tomada alli tambien

226

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

la raz6n competente, se archive en el oficio de esta Excelentisima corporazi6n. · .

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que dby fee. = Reyes [n1brica] = Hernaiz [n1brica] = Torres Vallejo [n1brica] = Mexia [n1brica] = Andino [n1brica] = Ante mi = Tomas de Escalona [rubrica], esscribano real y de cabildo.

[122]

[10 DE _MARZO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San _Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez dias del mes de marzo de mil ochocientos y diez y siete, para celebrar cabildo- oi:dinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario .de 2a. elecci6n, don Manuel Hernaiz, caballero comendador de ia Orden Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario *y don Manuel Hernaiz""; y los caba: Ileros regidores, senor don Juan Antonio· .Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia (f· 229 ] ** / del distrito y auditor de guerra de marina; y don Manuel.. de Andino. El seiior auditor de guerra no concurri6 por . ocupaci6n; el seiioi:: alcalde ordinario 1.er voto, por ausencia; las caballeros rexidores, senor alcalde provincial, oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella, don Josey don Jose Maria Davila, don Tiburcio Duran de Villafane, por enPar ausencia, ef caballero fiel executor; y por ocupaci6n, don Diego Pizarro. El caballero sindico procurador general, Jicenciado don Jose de Rivera, tambien se halla enfermo; lo mismo don Santiago de Cordova. En este cabildo se via una petici6n del reverendo padre fray Blas de Silva, superior del Convento real de Santo Domingo, solicitando el reclito de un principal de quinientos pesos que reporta la casa que fue de Juan Jacinto de de [sic] Rivera, que se tom6 para la fabrica de carcel y pertenecen al aiio pr6ximo pasado. Y se acord6: Pasar al mayordomo de propios esta instancia para . que satisfaga, como antes se ha hecho, los expresados reditos.

· * Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

** Al final del folio aparece: Lo testado no vale [n'.tbrica].

227

la real contadurra J'lll'a su correspondiente toma de raz:6n y archivo.J

!Fray Blas de Silva, SUl>erlor d e 1 Convento de Domlnicos, solicita pago de vencldos sobre un principal nerteneciente a dlcho Convento.J

I I I L.

(Se tratan varlos asuntos.J

[Se recibe testlmonlo de 1a re111 du1a de 17 de octubre de 1816 proveyendo para oue se publloue en Ind I a s el haberse efectuado los respectivos desposorlos del rey FeTnando VII y. del Infante d o n Carlos.] ·

ACTAS DEL CABILDO

Se trataron otras cosas acerca del bien de la republica; ['· mv. ]/ y se concluy6 ·este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = llerndiz [rubrica] = Mexia [nibrica] = Andino [nibrica] = Ante mi = ·Tomas de Escalona [nibrica], esscribano real y de cabildo.

[123]

[17 DE MARZO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y siete dias del mes. de marzo de mil ochocientos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos sefi.ores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario y contador jubilado; don Manuel Hemaiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica y comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de- guerra de marina; y don Manuel de Andino. El senor auditor de guerra no concurri6 por ocupazi6n; el senor alferez real, don Fernando Davila, por ausencia; el senor alcalde provincial. oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella, don Jose y don Jose Maria Dabila, don Tiburcio Duran de Villafane y don Santiago de Cordova, por enfermedad; [f· 230 ]/ el caballero fiel exe. cutor, don Jose Torres Vallejo, por ausencia; don Agustin Martinez y don Diego Pizarro, por ocupaci6n; y el caballero sfndico procurador general, por enfermedad.

En este cabildo se recibi6 el testimonio de la real cedula de 17 de octubre del aiio pr6ximo pasado para que en estos reinos de Indias se publique la celebrazi6n de los desposorios del rey, nuestro senor, e infante don Carlos con las serenfsimas seiioras-infantas de Portugal, doiia Maria Isabel Francisca y dona Maria Francisca de Asfs; el cual pasa al seiior gobemador y capitan general a este ayuntamiento, con su decreto de 8 de los corrientes, respecto a que no la ha recibido en derechura al tiempo de la publicazi6n. Y se acord6: Haber recibida la nominada real cedula, que se en la forma de estilo; se archive

228

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

·y conteste al seiior gobemador y capitan general el recibo por el testimonio de esta acta. .

El presente escribano dio cuenta con el expediente instruido por el capitan don Nicolas Vizcarrondo en solicitud de hacerse cargo [f. 230v.]/ del solar que se habia con-. cedido a don Luis Huertas en la Calle de Santa Barbara; y habiendose cumplido cuanto se dispuso en acuerdo de· 13 de enero ultimo, que confirm6 el seiior gobemaci.or y capitan general por su oficio de 23 de los mismos, presentandose ademas el recibo del mayordomo de propios que justifica el pago de reditos que ha hecho el expresado doi;t Nicolas Vizcarrondo del aiio vencido dejado de satisfacer por la sucesi6n de don Luis Huertas, quien desea libertarse de esta obligaci6n. Y se acord6: Conceder a aquel el nominado solar, librandosele testimonio de este expediente para que le sirva de titulo en forma, pasando- 1 se el original a los seiiores presidente y vocales de la . Junta Municipal para su conocimiento y haciendose saber esta determinaci6n al mayordomo de propios. · '

El mayordomo de propios hizo presente que el esscribano de ayuntamiento no le ha pasado copia del acuerdo de 4 de enero del corriente aiio, en virtud del cual se hicieron los gastos de la funci6n en obsequio del feliz enlace matrimonial de nuestro soberano y serenisimo senor infante don Carlos, acordada por su Excelencia con tan justo y plausible motivo, y que por su falta carece del lexftimo comprobante para las cuentas de su administraci6n del corriente afio. Y se acord6: Suplicar a su seiioria, el sefior, el seiior [sic] gobemador y capitan general, como se ejecuta por ['· 231 ]/ este, que tenga a bien confirmar aquel cabildo para que se pueda dar al citado mayordomo el documento que justamente solicita.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [n1brica] = Hernaiz . [n1brica] = Mexia i[n1brica] ·= Andino [n1brica] = Ante mi= Tomas de Escalona [n1brica], esscribano real y de cabildo.

[124]

{21 DE ABRIL DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un dias del mes de

·(Consfgnase reclbo de dicha real ddula.J

(Hablendo los rl!dltos vencidos, se le confiere a don Nlcollls Vizcarrondo el solar que orlglnalmente fuera concedido a don Luis Huertas.]

(Mayordomo hace presente no se le ha entregado c o • pla de acuerdo pro- veyendo p a r a la celebracl6n de fun. ciones con motlvo de lqs respectivos enlaces del monarca y d el Infante ""don _Carlos.}

(S11pllca al gober- nador p a r a que confirme el aludi· do acuerdo.}

229

(Gobemador r e • qulere del cablldo ·el informe por l!l previamente solicl· tado sobre lall atrl· buclones del regidor-liel eiecutor.) ·

(Se •explica dlla· c16n en el envfo del referido lnforme.J

(Se particlpa real orden de 21 de enero de 1817 re· quirlendo se lnforme sobre .solicitud elevada por el 11cenciado en medl· clna don Emlgdio Antique para q u e se le conlinne como ml!dlco de la cludad.)

(Jnforme del cabll· do sobre el antes menclonado particular.)

ACTAS DEL CABILDO

abril de mil ochocientos diez y siete aiios, para celebrar cabildo ordinario, coma es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el seiior alcalde ordinario de primer voto, comisario ordenador honorario, don Manuel de los Reyes; y los caballeros regidores, seiior don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial [r. 231 v·]/ perpetuo por su majestad; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Diego Pizarro, capitan de exercito; y don Manuel de Andino. Los demas seiiores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupaci6n.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, su fecha, 16 de los corrientes, en que su sefioria dice que en 23 de enero ultimo ofici6 con este ayuntamiento: para que le informase de la practica -.que se observa sobre las facultades peculiares del caballero regidor-fiel executor, con lo demas a que se contrajo en el ·expresado oficio y que no habiendo evacuado este informe lo recuerda su sefioria para su pronto despacho. Y se acord6: Contestar al expresado sefior capitan general, por el testimonio de este acuerdo, que a fin de hacerlo con los prolijos detalles y menudencias que exige el enunciado oficio de 23 de enero se ha hecho precisQ inspeccionar todos los libros archivados en este ayuntamiento, cuya difusi6n ha ocasionado el retardo que se nota sin embargo de no seilo respecto del trabajo que se ha tornado esta corporaci6n pero ofrece evacuar el informe pedido a la mayor brevedad.

Igualmente transmiti6 el nominado sefior presiclente a este cabildo la real orden de 21 de enero del presente afio a fin de que informe lo que le [r. 232 ]/ ofrezca y parezca con tendencia a la representaci6n que dirigi6 a s1:1 majestad el licenciado don Emigdio Antique pretenla confirmazi6n del empleo de medico de esta c1udad Y declaratoria de sus funciones. Y se acord6: Informar a su sefioria lo siguiente:

. :· Gobernador y Capitan General. = Todos los mdiv1duos que en la actualidad componen este ayuntamiento no existian en 13 de octubre de 1812 por no ser constitucionales, que fue cuando se nombr6 medico de esta ciudad al licenciado don Emigdio Antique, estando con anterioridad desempefiando este empleo el de ·camara de su majestad, honorario, doctor don Francisco Oller,

230

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sin estipendio alguno; y aunque su majestad dispuso que los antiguos rexidores perpetuos se repusiesen y que todas las cosas se restituyesen al ser y estado que tenian el aii.o de 1808 se ha realizado lo primero concemiente al restablecimiento de los antiguos capitulares pero no lo segundo porque perdura at'.m de medico de ciudad el enunciado Antique. Es cuanto pucde informar (f· 232v·]/ a vuestra sefioria esta corporaci6n."

Se vio un oficio dcl alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur en que pide aclaraci6n sobre los particulares siguientes:

Si puede entrar con el bast6n o insignia de jurisdicci6n en los pueblos de· su distrito y si los alcaldes ordinarios deben auxiliarle en lo que de ellos dependa o este de su parte para el desempeiio de sus facultades en los casos que le competen; y sin embargo de que estas dudas estan desvanecidas · en las leyes que las deciden afirmativamente a ·su favor siendo puntos que corresponden al tribunal de justicia y jurisdicci6n superior, que reside en el senor gobemador y capitan general, se acord6: Prevenirle que ocurra a ella para que se eviten en lo sucesivo cualesquiera altercados o desavenencias entre las jurisdicciones que solo sirven de introducir un desorden, ocasionan en los subditos el mal exemplo y entorpecer o embarazar la pronta y recta administraci6n de justicia.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rubrica] = Santaella [rubrica] = Mexia {rubrica] = Pizarro [rubrica] = Andino [rubrica] = Ante mi = Tomas de Escalona [ rubrica], esscribano real y de cabildo. [f· m]/ [125]

[28 DE ABRIL DE 1817.]

.. En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho dias del mes de abril de mil ochocientos diez ·y siete aiios, para celebrar cabildo ·ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seiiores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, seiiores don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernaiz, cabaJlero comendador de la Orden

[Alcalde de la Santa Hermandad de la parte Sur sollcita aclaraci6n sobre materias que indi· ca.J

[Tribunal d e 1 gobernador a resolver el antes mencionado particular.)

231

(Gobernador confirma acuerdo capltu- lar sobre las funciones celebradas para festejar I o s desposorlos del rey Fernando VII y los d e I Infante don Carlos.)

(Junta Municipal a disponer q u e el mayordomo satlsfaga los gastos de dlchas funclones.)

(Gobemador confirma acuerdo capltu- lar.]

ACTAS DEL CABILDO

Americana de Isabel la Cat6lica, comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, senor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad; dori Jose Maria de Torres Ballejo, fiel executor; senor don Juan Antonio Mexia, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; el capitan de exercito, don Diego Pizarro; y don Manuel de Andino. Los demas sefiores no concurrieron por ocupazi6n, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibi6 un oficio del senor gobernador y capitan general, [ 1• 233v.] / su fecha, 19 de los corrientes, en que con consulta del senor su teniente, asesor general, confirma el acuerdo celebrado por este cabildo en 4 de enero del corriente aiio, relative a las demostraciones de jubilo que se hicieron en obsequio de los felices enlazes. matrimoniales de nuestro augusto monarca y serenisirno sefior infante, y que sus gastos se erogasen de los fondos de propios. Y se acord6: Pasar dicho oficio a los senores presidente y vocales de la Junta Municipal para que, como a quien toca, disponga que se tiren al mayordomo los libramientos u orden para el pago de los expresados gastos.

Se recibi6 otro oficio del mismo seiior capitan general, y de la propia fecha, en que su sefiorfa confirma el acta anterior de veinte y uno del corriente. Y se acord6: Quedar este ayuntamiento enterado de el y que se archive.

(Procurador g e n etal rlnde lnforme .sobre las cuentas de proplos de 1816 recomendando 1 a aprobacl6n de las mlsmas a la par q u e sugiere sean revlsadas por todos los capltula- res.]

El caballero sindico procurador general, licenciado don Jose de Rivera, evacu6 la vista que se le confiri6 de las cuentas de propios y arbitrios del afio pr6ximo pasado y dice que las ha revisado con la posible escrupulosidad y no ha encontrado, seglin sus datos, reparo *(alguno)* digno de objecci6n, en cuyo concepto las halla dignas de la aprobaci6n de este ayuntamiento; pero que como la conservaci6n cie tan sagrado fondo compete general y particularmente a todos los individuos de la corporaci6n es su dictamen [ 1• 234 ]/ que estas mismas diligencias fuesen revisada:; y corriera la vista a todos los individuos, por su orden, y previo el visto bueno de cada uno y que evacuado . por todos se resuelva la aprobaci6n que se solicita; pero que con todo el ayuntamiento puede resolver lo que

• a bien ·tenga. Y se acord6: Que no debiendo este ayunta. .

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

232

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

miento introducir una novedad en la practica inconcusamente observada en orden al particular y cimentada en la Ordenanza de Intendentes, pauta 'linica que rige en la materia, y que su variaci6n podrfa causar ademas · del desorden una confusion en las mencionadas cuentas si alguno de sus individuos se separase del dictamen u opinion del caballero sindico, en quien esta depositada la confianza en general ·de este consistorio y todo el publico respecto de su fondo o caudales, se propenda, conio lo hace, a la aprobaci6n de la referidas cuentas segt1n lo solicita; pasandose a .los sefiores presidente y vocales de la. Junta Municipal para los objetos [f· 234v·]/ convenientes y fines de su instituto.

Con lo que se concluy6 este cabildo, que firm6 su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rubrica] = Hernaiz [n.lbrica] = Santaella [rubrica] = Jose Maria de Torres y Vallejo [rubrica] = Mexia [rubrica] = Pizarro [rubrica] = Andino [n1brica] =Ante mi = Tomas de Escalona [rubrical, esscribano real y de cabildo.

Nota: Se concluy6 este Libro y sigue el del mlmero 19. Escalona [rubrica]. (f· 235 ]/

(Desestlmase suges- .1l6n d e 1 procura· dor general y quedan aprobadas las referidas · cuentas, las que ·5on sometldas a la Junta Municipal para los fines pertlnentes. J

233
INDICES \\ (f ,.I I, 1. \.
\ ' ,..., .' I, I
\\
TOPONIMICO

INDICE TOPONIMICO*

America: 8, 86. tV. lndias).

Antigua: 8.

Afiasco: 28. A B

Banda del Norte: 1, 2, 110, 111.

Banda del Sur: 1, 3, 110, 113, 124.

Barrios

-de Campeche: (V. de Santo Domingo).

-de La Meseta: 17, 30, 3S.

-de San Francisco: 4, 6, S2, SS (A.U.), S6, 60, 64, 110 (A.U.), 11S.

-de San Juan: 4, S, SS (A.U.), 61, 110 (A.U.).

-de Santa Barbara: 4, 7, 11, 34, S5 (A.U.) S6, 101, 10S, 108, 110 (A.U.).

-de Santo Domingo o Campeche: 4, SS (A. U.), 64, 110 (A. U.).

Bayam6n, partido de: 75, 76.

Boca de Guayanes, pasaje de la: lOS.

Boca Habana

--corrales de pesca de: 60.

-pasaje de: 19, 60.

Cabo Rojo: 28.

Cadiz: 19, 75. c

-puerto de: 10, 32, 59.

Cangrejos: 114.

-Laguna de: 67-69.

Caii.os de Martin Peiia: 7.

Castilla: 86. ·

Cayey, partido de:· 4.

Coamo villa de: 4.

Cruz de Santa Barbara, La, Calle de: 34.

Cuba: 32, 43, 64, 68, 71-73, 7S. 78, 79, 81-84, 86, 93, 94, 96-109, 111-114, 117· 121, 123-125.

Curazado: (V. Curazao).

Curazao: 67.

E

Espana: 12, 48, SO, 90, 107.

Europa: 8, 66. p

Fajardo: 120. (V. Fajardo).

F1hpmas, islas de: so, 59, 60. G

Guadalupe: 8.

Guayanes, Boca de, pasaje de la: 10S. H

Habana, Boca

-corrales de pesca: 60.

-pasaje de: 19 60

Habana, ciudad 42, 46, lOS, 121.

Humacado: (V. Humacao)

Humacao: 120. • I

Indias: 4, 32, 42, so s9 60 90 109, 121, 123. , , ' , 98 • (V.

* Los ndmeros que aparecen en los apartados corresponden a la num-ci6n d I d - u e os ocumentm.:

Laguna de- Cangrejos: 67-69.

La Luna. Calle de: 17.

La Meseta, Barno de: 17.

Loiza

-partido de: 15.

-pasaje de: 46.

-rio de: 15.

Landres: 8, 64.

l..oyza: (V. Lofza). M

Madrid: 70, 88, 98, 120.

Maracaibo, ciudad de: 31.

.Marina, La: 85.

Martinica: 8.

Martin Peiia, cafios de: 7.

Mayagiiez: 15, 28.

Meseta, La, Barrio de: 17, 30, 35.

Miraflores: 8.

-Fuente de: 14, 85.

Monserrate: 8. N

Naguabo: 32.

Nueva Espana: 14, 70.

Nueva Orleans: 42. p

Portugal: 86, 112, 123.

Puerta de Tierra: 27 99

Puntilla. La: 27. ' •

-terraplen de: 17. s

San Antonio

-Fuente de: 22, 24, 66, 78.

-Puente de: 22, 85, 87, 99.

San Bartolo: 8.

San Crist6bal, rampa de: 17, 25.

San Francisco, Barrio de: 4, 6, 52, 55 (A.U.), 56, 60, 64, 110 (A.U.), 115.

San German: 28.

Satl Juan, Barrio de: 4, 5, 55 (A.U.), 61, 110 (A.U.),

San Juan

-bahia de: 30.

-isla de: 1 (A.U.), 4, 7, 8, 11, 15, 18, 20, 21, 24, 31, 32, 34, 35, 39, 42, 43, 45-53, 66, 70.72, 75, 79, 82, 83, 86, 88, 90, 102, 107, 109, 110, 114.

-puerto de: 30.

San Sebastian, Calle de: 16, 114.

Santa Barbara

-Alto de: 15, 34, 38.

-Barrio de: 4. 7. 11, 34,· SS (A.U.), S6, 101, IOS, 108, 110 (A.U.) .

-Calle de: 38, 123.

(V. Cruz de Santa Barbara, Calle de La).

Santa Fe: 86.

Santiago. Puerta de: 85, 87.

Santo Astacio: 8.

Santo Domingo o Campeche, Barrio de: 4, S5 (A.U.), 64, 110 (A.U.).

Santo Domingo, isla de: 15, 28.

San Tomas: 95. T

Toa Alta. partido de: 11, 34.

Toa Baja, (partido de]: 20.

Toa Baxa: (V. Toa Baja).

Todos Santos: 8.

Trinidad: 42. v Venezuela. provincia de: 20, 86, 108. y

Yabµcoa, partido de: 106.

Yauco, partido de: 101.

240 1NDICB TOPON1MICO L
I 16
\\ ,,., I 'J'I,•'
ONOMASTICO

INDICE ONOMASTICO*

A

Abad de la Rosa, Antonio: 114.

Acosta, Francisco: 7.

Acosta, Francisco de: 17, 25, 26, 64, 109.

Agiiera, Francisco: 11, 14.

Aguilar Baldez, Pablo de: 1, 3, SS, S6.

Albarez, Francisco: 4S.

Almansa, Manuel: 77.

Amezquita, Pedro: SS, S6, 110.

Andino, Juan de la Encarnaci6n de: 21.

Andino, Manuel de: 20.27, 29-40, 42SS (A.U.), S7, S9, 60, 62-80, 82-86, 90. 95, 98, 99, 101-103, 106-110 (A,U.), 112, 114, 116-125.

Andino, Manuel Marfa de: 1S, 16.

Andrade, Nicolas Alonso de: 20, 21.

Angulo, Andres: 20, 21. 24-39, 42-SS, 60, 62-71, 73-86, 90, 93, 104, 108, 109.

Antique, Emigdio: 81. 124.

Aranzamendi, Jose Javier de: 64, 70, 93, 9S, 108, 114, 117.

Araujo, Ram6n: S3, 60.

Asensio, Teodoro: 102.

Asis, Marfa de Francisca de: 86, 112, 123.

B

Barbudo, Jose: SS (A. U.), 64.

Barca, Esteban: S9.

Bargas, Atanasio: 110 (A.U.), 111.

Barreda, Julian: 23, 26.

Barriga, Joaquin: 21, 22, 67.

Batlle Espina, Jose: 8, 11.

Becerra, Vicente: 20, 21, 108.

Be116n, Jose: 21, 22, 24, 37, 43.

Bell6n, Paulina Soffa de: 22, 37. (V. Mave, Carlota Sofia).

Beltran, Concepci6n: 26.

Bendrell, Bartolome: lS.

Beyluz, Juan: S2.

[Bonaparte], Napole6n: 114.

Bruno, Fernando: 1. (V. Bruno, Francisco).

Bruno, Francisco: 3, SS, S6, 110, 111. (V. Bruno, Fernando).

c

Caamano, Bernardo: 30.

Cabrera, Gabriel: lS.

Cabrera, Marcelino: SS (A.U.), S6, 60.

Calbo, Jose: 81, 84.

Camano, Bernardo: (V. Caamano, Bernardo).

Cantero, Agustin: 37, 42.

Carlos, infante: 86, 112, 123.

Carrera, Ben(tb: lS.

Carri6n, Nicolas: 98.

·Casado, Fernando: 7.

·Casaverde, Manuel de: 42.

Caumil, Guillermo: 68.

Cordero, Celestina: 119.

C6rdoba, Pablo: SS.

C6rdova, Santiago de: 1, 4, 7, 8, 10.37, 39, 42-SS, 60, 62-71, 73-79, 81-84, 86, 93, 106, 110, 122, 123.

Coto, Miguel: 114.

Cruz, Manuel de la: S8.

Cuebas, Juan de Dios: SS (A.U.), 61, 63.

CH

Chiesa, Antonio: 11, 68, 101, 118.

• Los ndmeros que aparecen en los apartados corresponden a la numeracldn de 1011 documentos.

Dapena, Tomas, 4.

David, Bernardo: 30.

Davila, Fernando: l, 4, 7, 8, 10.39, 4255 (A.U.), 60, 62-71, 73-88, 91-93, 97· 104, 106-110· (A.U.), 119, 123.

Davila. Jose: 1, 4, 1. 8, 10.36, 38, 39. 42-55 (A.U.), 60, 62-70, 73-84, 86, 93, 110. 122. 123.

Davila, Jose Marfa: l. 4, 7. 8, 10.36, 38, 39, 42-55, 60, 62-71, 73-78, 81-84, 86, 93, 110. 122; 123.

Davila, Rafael: 6.

Delgado. Jose: SS.

Dorado. Jose: 85.

Doval, Juan: 69. ·

Dueiio, Francisco: 66, 90.

Duran de Villafane, Tiburcio: l, 4. 739, 42-SS (A.U.), 62-71, 73-79, 81-88, 90-93, 97;.100, 102-104• t07-HO (A.U.), 112, 114, 117, 122, 123.

E

Escalera, Marfa de las Mercedes: 28.

Escalona, Tomas de: 1-125.

Espayllat, Jose: 73, 81, 82.

Esterlin, (V. Sterlin, Jose).

F

Fermin. Petrona: 35.

Fern4ndez Reyna, Manuel: 117.

Fernando el Cat6lico: 86, 112.

Fernando VII: 77, 86, 112, 114.

Ferrer, Vicente: 46.

Ferrer y Blanes, Jose: 110 (A.U.).

Figueroa, Pedro: 26.

Flores, Pedro: 110 (A.U.), llS.

Fromesta, Vicente: 1, 3.

Fuentes, Juan Francisco de· l 2 SS SS (A.U.), SB, 60, 62-72 14.19' SJ.g.{ 86•. 89, 90, 93-98, 103, 1os,' 108-llO(A.U.):

G

Garcia, Felipe: 4, 7.

Garcia, Jose: 16.

Garcia de la Pefia, Blas: 7.

Antonio Evaristo: lS.

Ginoljo, Jose Marla: 75, 105.

Giral, Pedro: 15.

G6mez, Manuel: 26.

GonzaJ.ez, Esteban: 21.

GonzaJ.ez, Juan: 84, 87, 88.

GonzaJ.ez Esmurra, Tiburcio: 77.

Grana, Francisco Paula: 26.

Guerrero, Jose: 26.

H

Hernaiz. Manuel: I, 4, 7-10, 12, 14-39, 42-55 (A.U.), 60, 62-71, 73-88, 90, 92, 93-103. 105-112, 114-123, 125.

Hernandez. Francisco Antonio: 20.

Hernandez, Santiago: 22.

Huertas, Luis de: 7, 15-17, 20.23, 26, 42, 114, 123.

I

Isabel la Cat6lica: 86, 112.

Izquierdo, Jose Sim6n: 109.

J

Jinorio, Jose Maria: 0 (V. Ginorio, Jose Marfa).

L

Lardizabal, Miguel: 32.

Ledesma, Manuel: 32, 70, 88, 89, 98, 120.

Leges, Francisco: 35.

Linage, Juan: IS.

Linares. Isidoro: 22.

Lobat6n, Manuel Marfa: 9S. (V. Morat6n, Manuel Marfa).

L6pez, Bernardo: 67.

L6pez, Juan Jacobo: 69.

Lorenz6n, Miguel: 60, 62.

Lozano,. Juan: 60.

M

Maldonado, Antonio Monserrate: 110, 113.

Maldonado, Jose Marfa:

Marfa Isabel Francisca, infanta de Portugal: 86, 112, 123.

244 tNDICB ONOMA.STICO D

Manas, Domingo: 60.

Mariategui, Antonio: 8.

Marquez, Juan Bautista: SS, SS (A.U.), S1, 59, 60, 62-79, 81-87, 89-110 (A.U.).

Marte: 1 (A.U.).

Martin, Agusdn: (V. Martfnez Diez, Agiisdn).

Martin, Tadeo: 13, IS.

Martinez, Carlos: 4, 7, 62,. 67, 101.

Martinez, Francisco: l, 3, 38, 55, 56, 110, 111.

Martinez, Jose Marfa: 34.

Martinez Diez, Agustin: 20-40, 42-56, 59, 60, 62-79, 81-84, 86, 88-105, 107-110, 112, 114, 116, 120, 123.

Mave, Carlota Sofia: 24. (V. Bell6n, Paulina Sofia de).

Mayo, Jose: 4, IS.

Maysone, Jose: (V. Maysonet, Jose).

Maysonet, Jose: (V. Maysonet Gonza· les Jose).

Maysonet Gonzales, Jose: 1, 4, 7-39, 42-5S (A. U.).

Melendez Bruna, Luis: 86.

Melendez Bruna, Salvador: 1, lS, 18, 20, 21, 24, 32, 34, 39, 43, 46, 54, 66, 70, 83, 93, 95.

Metckler, Francisco: 69.

Mexia, Juan Antonio: 1-56, 58-84, 86114, 116-125.

Milano, Carlos: 7, 8, 14, 17, 29, 70, 78.

Milano, Lorenzo: 78, 108, 120.

Milano, Manuel: 87, 101, 116, 117.

Molina, Francisco Antonio: 68.

Monserrate Maldonado, Antonio: 110, 113.

Morales, Francisco: 43, 44.

Morat6n, Manuel Marla: 95, (V. Lobat6n, Manuel Marla).

Moreno, Antonio: 17.

Moreno, Francisco: 120.

Moreno, Jose 'Bernabe: 81.

Muriel, Francisca: 35.

Nasitallo, Domingo: 17.

Negr6n, Marques de: 120.

Nin. Juan: 55 (A. U.), 56, 101.

Oller, Francisco: 39, 53, ·60, 81, 124.

Padilla, Manuel: 15, 17, 24, 37, 43, 77, 98, 114, 120.

Panel, Nicohis: 69.

Pasqual, Luis: 19, 64.

Pedrosa, Jose Marta: 99.

Pena, Jose Ancimi de la: 19, 24.

Pimentel, Francisco: 20.

Pizarro, Diego: 2().23, 25-39, 42-55, 59, 60, 62-71, 73-79, 81-84, 86, 93, 108, 110, 114, 122-125.

Pizarro, Rafael: SS.

Pizarro, Vicente: 1, 4, 7, 8, 10-21, 108. R.

Ramirez, Miguel: 1.

Reyes, Manuel de los: 110, 110 (A. U.), 112, 114, 117, 120, 121, 123-125.

Reyna, Gregorio: 15.

Reyna, Jose: lS.

Rivera, Jose de: 17, 74, 99-101, 108, 110, UO (A. U.), 111, 112, 114, 1J6, 117, 122, 125.

Rivera, Juan Angel de: 19.

Riwra, Juan Jacinto 21, · 122.

Robles, Cedllo Satvador ·Cle: 55, 56, 110, 111, 119.

Rodriguez de Abellan, Luis: 52, 73, 110 (A. U.), 111.

Rodnguez CalderOn, Juan: 15.

Rodriguez Olmedo, Mariallo: 48. •

Rola, 110 (A. U.-), 111.

Rosa, Antonio Abad de la: 114.

Rows,· :tuan: 53.

Ruvil'a, Miguel: 93, 95. s

Sa6z, Antonio: 16.

Salom6n: 1 (A. U.).

Sandoval, Manuel£ 26.

Sandoval, Manuela: 13.

Santaella, Francisco Marcos: 1-55 (A. U.), 57, 59, 60, 62-79, 81-99, 101-103, 105-110 (A. U.), 112, 114 117-120 122· 125. , ,

Saurf, Francisco: 20, 54,

Sierra, Geronimo: 15.

Silva, Blas de: 122.

Soler, Francisco: 15.

Soler, Juan: 5.

tNDICE
245
ONOMASTICO
N
0
p

Soler, Paco: 15.

Sterlin, Jose: 42-45, 47-53, 60, 62-65, 6769, 71-79, 81, 82, 84, 86, 97, 116, 117, 120.

Suazo, Juan Evangelista: 4, 23, 26.

Taii6n, Marcelo: 67-69.

Torrens, Miguel: 24-26.

Torres, Jose Antonio de: 28.·

Torres Duran, Joaquin de: 1, 4, 7, 8, 10-21, 107.

Torres Vallejo, Jose Maria de: 107110 (A. U.), 114, 117, 120, 121, 123, 125.

Tudela, Manuel Marcelino: 63, 101.

Urquizu, Eusebio Valentin de: 15, 17, . 51.

Vatlle Espina, Jose: (V. Batlle Espina, Jose).

Vicens, Juan: 62.

Vidal, Ram6n: 12, 33.

Villafane, Tiburcio: (V. Duran de Villafane, Tiburcio).

Vizcarrondo, Nicolas: 114, 123.

Vargas Jimenez y Cisneros, Guillermo de: 90.

Xinorio, Jose Marfa: (V. Ginorio, Jose Maria). y

Yrisarri, Pedro: 1, 4, 7-40, 42-55 (A . U.), 64.

Yusti, Jose: 46.

Zabalas: 34.

Zarraga, Jose Marfa: 4.

Zen6n y Castilla, Ram6n: 31.

246 1'.NDICE
ONOMASTICO
T
u
v
x
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\\ i"l ,' I. I ' .•
MATERIAS

INDICE DE MATERIAS * A

Abastecedores de carnes: lS. (V. Asentista del abasto de carnes).

Abastecimiento

-de carnes: 15.

-de harinas: 23, 24. (V. Abastos).

Abastos

-de carnes: 77, 98, 114, 120.

-de barinas: 27, 66, 70, 71, 108, 109.

-de pan: 25, 26.

(V. Abastecimiento; Carnes; Dipu· taci6n de abastos; Diputados de abastos; Marinas).

Abogado: 11. (V. Letrado).

Aceite: 27.

Achaques: 7.

Acreedores: 14.

Acuerdo honorlfico: 82.

Acuerdos: (V. Libros de-).

Acuerdos capitulares: (V. Confirma· ci6n de-).

Administraci6n

-de correos: 32.

-de los ramos de pasajes y corra· les de pesca: 60.

Administrador de carnicerfa: 98.

Adoraci6n de los Magos: 112.

Aduanas: 18, 27.

Aficionados: 43.

Aforados: 46. (V. Fueros).

Agente: 95.

-de negocios en Corte: 32, 89. (V. Apoderados en Corte).

Agio: 7, 13, 21, 22.

Agricultores: 8.

Agricultura: 4, 8, 49.

Aguardiente: 27.

Aguilas del imperio: 1 (A. U.).

Alarifes: lS.17, 34, 38, 42, 45, 54, SS (A. U.), 62, 100.

-de albaiiilerfa: 1, 3, SS, 56, 110, 111.

-de carpinterfa: l, 3, 44, SS, 56, 110, 119. 114.

Albaiillerfa: (V. Alarife de -).

Alcaides: 1, 25, 31, 37, 39, 45, 46, 87, 92. Alcaldes

-de barrios: -t.7, H. 14, Sl, S2, SS, SS (A. U.), 56, 60, 61, 64, 101, 105, 108, 110, 110 (A. U.), 111, 115.

--ordinarios: t, 48, 67, 68, 76, 102, tOS, 106, 110 (A. U.), 124.

-de prime1a elecci6n: 1, 1 (A. U.), 3-S, 7, 9, 14, 19, 30, 32, 3S, 57, 59-61, 64, 76, 77, 79-82, 87, 92, 100, 104, 114.

-de primer voto: 1, .1 (A. U.), 2, 4, 6, S.18, 20-56, 58-60, 62..66, 69-88, 91· 93, 97·99, 101-103, 106-110 (A. U.), 112, 114, 117, 120.125.

-de segunda etecci6n: 1, 7, 11, 19, 29, SS, 55 (A. U.), 110, 110 (A. U.), 114, 120, 122.

-de segundo voto: 1, 4, 8-40, 4247, SO.SS, 60, 6U6, 69-72, 74-79, 81-84, 86, 89, 90, 93-98, 103, lOS, 108-112, 114-121, 123, 125.

-provincial: (V. Regidor -).

-de la Santa Hermandad: 1, SS (A. U.), 119.

-de la Banda del Norte: 1, 2, SS, 110, 111.

-de la Banda del Sur: 1, 3, SS, 56, 110, 113, 124.

Alcaldfa

* Los ndmeros quc apareeen en las apartadoa conespondeo a la numenctdn de loa docmn,.tlos.

1NDICE DE MATERIAS

-de barrio: 101.

-[ordinaria] de primera elecci6n: 80.

Alferez real: (V. Regidor --).

Alguaciles: l, 14, 60.

-mayor: (V. Regidor --).

Alhaja: 8, 114.

Alimentos: 31.

(V. Carnes; Harinas; Mantenimien· tos; Viveres).

Almacenes: 93.

-de harinas: 23. (V. Reales --).

Almonedas: (V. Junta de --).

Alquiler

-casas de: 8.

-de casillas [de ventas]: 44, 120.

Altercados: 60, 124. (V. DisputaS).

Alwnbrado de la carcel: 31, 45, 46.

Alumnos del Colegio de Medicina y Cirujfa de Cadiz: 75.

Amasijos: 26.

Amitos: 36.

Amortizaci6n

-caja de: 87.

-de papel moneda: 18, 24-26.

Amos de esclavos: 90.

Apelaci6n: (V. Juzgado de - de cuerpos de artillerla e ingenieros ).

Apoderados en Corte: 32 70 81 8° '90 98, 120. , '

Arbitrios: 8, 12-18 23 29 42 53 66 69-71 • 78, 85, s1: 90' 92' 94' 96, 9s' 109, 112, 114, 120, 1.25. •

(V. Contribuciones; Derecbos· lmpues- tos). '

Areas: 37, 90.

- de tres llaves· 23

Arcediano: 17. • ·

Archivo

- del ayuntamiento: 24 30 33 42 51 • 7o, 98, 110 CA. ti.), h1, ·121: - de la Junta Municipal: 17•

Armas, de]: 86, 11 2.

-serv1c10 de las: 108.

(V. Plazas de annas).

Armeros: 100.

Arquitecto: (V. Maestro mayor -).

Arrelde: 98, 99, 103.

Arrendamiento

-de corrales de pesca: 15.

-del pasaje de Boca Habana: 19.

-del ramo de propios y arbitrios: IS.

(V. Arrendatarios; Remates).

Arrendatarios

-de casillas: 44. -de pasajes

-de Boca Habana: 19.

-de Ia Laguna de Cangrejos: 68.

-de Loiza: 46.

-del ramo de propios y arbitrios: 15.

Arrobas: 63.

Arroz: 4, 83, 87.

Artillerfa: (V. Director general del Real Cuerpo de --: Fuero mili· tar; Salva c:te --).

Artillero: 30. (V. Compaiifa de artilleros).

Asadura: 106.

Asentista del abasto de carnes: IOI. (V. Abastecedores de carnes).

Asesores: 42.

-general del gobernador: 42, 43, 94, 101, 125.

Asesorfas: 7.

Asiento de abasto de cames: .120.

Atestados: 7, 8, 11, 15, 28, 29, 31, 34, 44, 75, 81, 109, 114, 117, 119, 120. (V. Certificaciones).

Atrio: 121.

Audiencia y Chancillerfa de Cuba, Real: 32-79, 81-114, 117-125.

Audiencia de Cuentas la Habana, Real: 121.

Auditor

-de guerra de la capitanfa general: 42-45, 47-53, SS (A. U.), 60, 62-6S, 6769, 71-79, 81, 82, 84, 86, 97, 101,· 105, 116, 117, 120, 122, 123.

-de guerra de marina: 1, 2, 4, 7-9, 11-19, 22, 29, 32-34, 38, 39, 79, 81-83, 86-114, 117-125.

Auditorfa de guerra de marina: 80.

Autos: 7.

-definitivos: 42.

-interlocutorios: 42.

Ayudante

-mayor del Regimiento Fijo: 20.22.

-primero honorario de farmacia de ejercito de campaiia: 75.

Ayutttamiento

-constitucionales: 1, 11, 20.

.:.....de Maracaibo: 31.

(V. Archivo del --; Escribano

250
• O'" •
' ' •

de -; Secretario de --; Vocales de,,---). B

Bachiller: 33.

-en filosofia: (V. Titulo de --).

Balandras: 8.

Balcones de la casa consistorial: 66. Bando

-sobre matrimonio de Fernando VII: 86.

-de Policia y Buen· Gobiemo: 90, 94.

Barraca: 99.

Barracones: 66, 70, 99.

Barriles: 29, 30, 70, 93, 9S.

Barrios: 14, 16

-alcaldes de: (V. Alcaldes de --).

-de Campeche: (V. de Santo Domingo).

-de La Meseta: 17, 30, 35.

-de San Francisco: 4, 6, 52, SS (A. U.), S6, 60, 64, 110 (A. U.). llS.

-de San Juan: 4, S, SS (A. U.), 61, 110 (A. U.).

-de Santa Barbara: 4, 7, 11, 34, SS (A. U.), S6, 101, lOS, 108, 110 (A. U.).

-de Santo Domingo o Campeche: 4, SS (A. U.), 64, 110 (A. U.).

Barro: 27.

Bast611 del alcalde de Santa Hermandad: 124.

' Basuras: 4.

Batall6n ligero de Cazadores del general: 27, 81, 84, 117.

Bautismo del Salvador: 112.

Beneficencia, obras de: 30, 43, 60, 64., Bergantin de guerra Marte: 30.

(V. Buques).

Besamanos: 70.

Bienes

-de difuntos: 7.

(V. - mortuorios de extranjeros; Escribano del Juzgado de --).

-mortuorios de extranjeros: S3.

Bohios: 22, 85, 87, 99.

Borriqueros: 85, 90. (V. Capito de-).

Boticario

-mayor del Real Hospital Militar: 75.

-segundo del Real Hospital Mili· tar: 46.

Brigadier de reales ejercitos: IS., 18, 20, 21, 24. '

Bula de la Santa Cruzada: 60, 66: / Buques: 8, 10, 23, 93. (V. Bergantin de guerra Marte)

Bustos de [Fernando VII y de su esposa dofia Isabel, infanta de Portugal]: 112. · c

Caballero Cruzado de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica: SS, 60, 62, 63, 65-67, 69. (V. Comendador de la --).

Cabildo

-abierto: 71.

-constitucional: 17, 24, 51, 124, --eclesiastico: 18, 32. (V. Secretario de·-).

-de Maracaibo: 31.

(V. Escribano de --; Presidente de--).

Cafe de San Justo: 8S.

Cajas

-de amortizaci6n: 87.

--:reales: 23, 3S, 37, 42, 66, 70.

Caj6n: 36.

Calatraba: (V. Orden de --).

Caldero: 87.

Calles: 66, 85.

.-Cruz de Santa Barbara: 34, 38, 123.

-La Luna: 17.

-San Sebastian: 16, 114.

-derechos de: 14, 23, 42, 44-46, 70, 71, 7S, 78, 98, 108, 120, (V. Diputado de-; Empedrado de -; Policia de las --; Superintendencia de-).

Calzadas: 4.

Camara: (V. Escribano de -· Me· dico de-). '

Camas: 60, 78.

Caminantes: 22.

Caminos: 22, 24.

Campo: 4, 12-14, 69, 117.

-de Marte: 1 (A. U.).

Candelaria, fiesta de la: (V. Fiestas [votivas] ).

·rNDICE DE MATERIAS 251

lNDICE DE MATERIAS

[C8non] de arrendamiento de casillas

[de ventas]: 120.

Can6nigos: 20, 21.

Caiios: 7.

Capellan de carcel: 62.

Capellanfas

-de la carcel: 62.

-vacantes: 24.

Capilla de la carcel: .25. ·36, 47, 108.

Capitales [ec.]: 7, 16, 24.

(V. Censos; Principalts

Capitan: 114, 123.

-de borriquer•1s: 87.

.:...cie ejercito: .t.:!i, 125.

-general: 1, 3, 4, 6-11, 13-21, 23-35, 37, 39, 40, 42-56, 59, 60, 62, 63, 6573, 75-83, 85-88, 90, 93-96 98-102 114, 111-121, 123-125. •

-!Dtenno de la carcel: 108.

Cap1tanfa general: 15, 42, 53, 69.

(V. Secretarfa de la -)

Carb6n: 27.

Carcel: 1, 7, 8, 12, 13, 19-22 24 25 31 36, 37, 39, 43-47, so. 58 60 1 62 1 661 74' 87, 92, 99-101, 103, 108, i09, '120:

(V. Diputado de-)

Cargadores: 90, 94. •

Cargas: 85.

Caridad, hospital de: 30, 60.

Carmelitas, monjas: 19-21.

Carnes: 15, 27 • 60 63 77 98 99 103 106, 114, .120. •

Carnicena:· 15 11 30 37 46

10, 82, 98, io1, , 1o6 1io , 63, 66, 69, CV. Diputado

Carpinteria: CV. Alarife -)

l CA. U.), 20, 70. • CV 52, 67-69.

Carte.I es: "'• 112. CV. Cedulones).

Casas: 8, 11, 15-17 19 22 24 3

37, 42, 74, 77 , 8i s5 · . o, 34, 35, 105, 108, 114, 122.' ' 86, 94, 99, 100,

-de huerfanas: 30.

-de recogidas: 30

Casillas [de ventasj: 44, 45, 119, 120.

CV. Ventorrillos).

Casos: 124.

Catedral

-derecbos de: 66, 70 108 (V. Iglesia Catedral).' •

Catedras: 33.

-de medicina: 73, 81, 82, 102.

-de San Ildefonso: 33.

Catedratico de latinidad: · 33.

Caudales: 23, 30, 35, SO, 62, t25.

Causas: 42, -militares: 99.

Cazadores del General: (V. Batall6n ligero de -; Coronel de los -).

Cedulas: (V. Reales --).

Cedulones: 25-27, 77, 109. (V. Carteles).

Celebraci6n del aniversario de la res· tituci6n de Fernando VII al trono espaiiol: 70.

Censos: 12, 13, 16, 20, 24, 42, 60, 85. (V. Capitales [ec.J; Principales [censo]).

Cercas: 22.

Cerdos, corral de: 81.

Ceremonial: SO.

Ceremonias: 21, 50, 77. (V. Diputado de --).

Certificaciones: 1 (A. U.), 4, 7, 8, 11, 15, 17, 25, 28, 31, 39, 44-46, 53, 54, 68, 77, 81, 87, 99, 105, 107, 108, 117, 120. (V. Atestados).

Circulares: l, SI, 63, 67, 105.

Cirujanos: 81, 84, 88.

CV. Tftulo de --).

Cirujfa: 84, 87. (V. Colegio -de Medicina y de Cadiz; Facultativo de --).

Citaciones: 14, 15, 56, 57, 93, 110 (A. U.).

Ciudades: SO.

Clases: 43.

-privilegiadas: 18.

Clero: 11.

Cobranzas: 46, 51, 85, 98.

Cofradfas: CV. Mayordomo de las -).

Colector de capellanfas vacantes: 24.

Colegio de Medicina y Cirujia de Cadiz: 75.

Colegios seminarios: 33.

Colonias: 8, 67.

Colonos extranjeros: 63.

Com;uidaDte -de ingenieros: 82, 120.

-militar de marina y de las matriculas: 79.

-[militar] de Mayagiiez: 15.

Comedias: 43, 60.

Comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6Uca: 11., 73, 76,"79,

252
• ' ' ' '
'·'.{-

83-87, 90, 92-103, 105-112, 114-123, 125. (V. Caballero Cruzado de la--).

Comerciantes: 23, 24, 26, 30, 93. (V. Marchantes; Mercaderes).

Gomercio: 4, 8, 24, 49, 67, 95. (V. Junta de --).

C6micos aficionados: 44.

Colllisarfa de Cruzada: 21.

Comisario ordenador honorario de reales ejercitos: 1, 7-10, 12, 13, 15, 32, 55, 60, 62, 63, 65-67, 69, 71, 76, 79, 84-87, 90, 92-103, 105-112, 114-125.

Comisario subdelegado de la Santa

Cruzada: 60, 66.

Comisionados: 33, 66, 108. (V. Diputados).

Comisiones:· 4, 15, 16, 19, 24, 25, 32, 44, 46, 76, 82, 98, 100, 119, 120.

-para cwnplimentar a Fernando VII: 10, 12. •

-para traer el fluido vacuno de Santo Domingo: 15.

-de la vacuna: 114.

Compaiifa

-de artilleros: 117.

-de c6micos aficionados: 44.

-de Jesus, Orden de la: 59, 60.

Comprobantes: 7, 8, 17, 82, 89, 123. (V. Recibos).

Comµnidades [rel.]: 32, 86.

-de San Francisco: 77.

-de Santo Domingo: 77.

Confesonario: 108.

Confirmaci6n

-de acuerdos capitulares: 7-11, 1417, 19, 23, 25, 26, 28-31, 37-39, 46, 49-54, 62, 63, 65, 70, 76, 78, 81, 82, 87, 88, 90, 96, 101, 104, 105, 108, 109, 112, 114, 118, 123, 125.

-de elecciones

-de alcaldes de barrios: 4, 6, 52, 1.10, 111.

--concejiles: 55, 55 (A. U.), 56, 110, 110 (A. U.), 111.

-de empleo de medico: 124.

-de oficios [concejiles]: 3, 19, 113.

-de alferez real: 82.

Conquista [de America]: 86.

Consejero del Real y Supremo [Consejo] de Castilla: 86.

[Consejo] de la Guerra, Real y Supremo: 90.

Consejo de lndias, Real y Supremo: 121.

Consejo de su majestad: 90.

Consignatarios de harinas: 23.

Consistonos reales: 33.

Coristituciones: 33.

-de 1812: 20, 62.

Consultas: 8, 55 (A. U.), 73, 94, 101, 105, 117, 119, 125. ' (

Contadores: 8, 14, 15, 17, 114, 117, 120, 121, 123.

Contadurfa: 43, 121.

Contramaestre: 30.

Contraste: (V. [Fiel] --).

Contratas: 4, 7, 15, 18, 22, 77, 98, 114, 120.

Contratista [abastecedor]: 77.

-de camiceria: 101.

Contribuciones: 8, 19, 31, 70, 85, 87, 90, 94, 98, 99, 101.

-interiores: 18.

(V. Arbitrios; Derechos; lmpuestos).

Contribuyentes: 92, 98.

Convento de Padres Predicadores: 42, 46. 49, 81.

(V. de Santo Domingo).

Convento de Santo Domingo: 122.

(V. de Padres Predicadores).

Cordero [del escudo de armasJ: 86.

Cord6n, moneda redonda de: 29.

Corona [espaiiola]: 86.

Coronel de Batal 6n de Cazadores del General: 27, 117.

Corpus Christi, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]).

Corral: 17.

-de cerdos: 81.

-de pesca: 7, 15, 60, 67-69, 96.

Corregidor: .14.

Correos: 20, 40, 48, 59.

(V. Administraci6n de --).

Correspondencia: 81.

(V. Cartas).

Corte: 11, 32, 48, 70, 120.

(V. Agente de negocios en --; Apoderados en-).

Cortes [Constituyentes]: 21, 50.

Cortesfas: (V. Diputado de--).

Costas: 93.

Costumbre: 110 (A. U.).

Creditos: 66

Criadores: 9s.

Cristal: 121.

(V. Vaso de :....__).

Cruz de 1.• clase de la Orden Ameri· cana de Isabel la Cat6lica: 32.

Cruzada: (V. Bula de la Santa -; Subdelegado de -).

1NDICE DE MATERIAS 253

1NDICE DE MATERIAS

Cuademo: 4.

Cuaresma: 60.

Cuartel

-de Milicias [Disciplinadas]: 24, 42, 46, 49, 54, 62, 66, 82, 100.

-de San Francisco: S2.

Cuartos [moneda]:' 25, 27, 8S, 90, 94, 9S, 98, 99, 103, 109, 114.

Cucbilla: 63.

Cuentas: 14, 17, 23,. 25, 36, 45, 47, 64, 66, 71, 78, 82, 89, 98, 103, 114, 117.

-de harinas: 24-26, 64.

-de mayordomo: 7, 17, 31, 51, · 83, 89, 90, 98, 108, 112, 120, 123.

-de propios: 8, 12, 14, 15, 17, 31, 62, 70, 90, 125.

Cuerpos

-de artillerfa: 90.

(V. Director general del Real -).

-eclesiastico: 112.

-de guardia: 69.

-de ingenieros: 90.

-milit.ares: 53, 86, 112.

-politicos: 112.

Cura: 34.

Curadones: 87.

Chancro: 7.

Chantre: 21.

CH D

Dean: 32.

Declaraciones: S8.

Decretos: 4, 8, 14, lS, 27, 36, 39, 4246, 60, 62, 67, 69, 73, 7S, 78, 109 114 117 120, 123.

-[realesj: 1.

Defensa de Fajardo: 120.

Defensa, obras de: 18.

Degredo: 114.

Delincuente: 1 (A. U.).

Demandas: 29.

Demostraciones publicas para feste.iar enlaces de Fernando VII v del infa_nte don Carlos: 86, 112, 125.

Dentista: 53, 60.

Departamento: 90.

Dependientes: 62.

Depreciaci6n papel moneda: 18.

Derecho: 1 (A. U.), 42, 61, 76, 108, 113. (V. Doctor en --: Licenciado en--).

Derechos: 8, 11, 12, 15, 19, 23, 27, 30, 42, 4446, 60, 66, 70-72, 15, 85, 88, 94, 95, 98, 99, 107, 108, 120.

-de las Animas: 12.

-maritimos: 18.

-municipales: 27, 30.

(V. Arbitrios; Calles, derechos de; Contribuciones; lmpuestos; Muelles, derechos de).

Desaire: 77.

Despachos: 76, 81.

(V. Reales --).

Desposorios de Fernando VII Y del infante don Carlos: (V. Matrimonic;?s --).'

Destacamento de Miraflores: 8.

Deudas: 7, 14, 17, 18, 37, 43, 46.

Deudores: 17, 29, 46, 50, 51.

Dictamen: 18, 12S.

Difuntos: S8.

(V. Bienes de--; Escribano del Juzgado de Bienes de difuntos).

Dinero: 44, 60, lOS, 117.

Di6cesis: 48.

Diploma

-de caballero Comendador de la Orden Americana de Isabel la Cat6lica: 90.

-de doctor en cirujfa: 84.

-de tratamiento de Excelencia al ayuntamiento de San Juan: 81, 88, 89, 98, 121.

Diputaci6n Provincial: 11, 72.

Diputaciones: 1, 4, 7, 31, 32, 34, 43, SO, 53, 5S (A. U.), 98, 117.

-de abastos: 99.

-de carniceria: lOS.

-de ceremonias: 12.

-de cortesfas: 12.

-para cumplimentar a Fernando VII: 1.

-de obras publicas: 12.

-de policfa: 12.

Diputados: 8, 11, 13, 20, 22-27, 29, 32, 34, 38, 48, S3, SS, SS (A. U.), 60, 64, 70, 71, 77, 78, 81, 8S, 86, 88, 98, 100, 109, 110, 112, 120.

-de abasto de carnes: 120.

-de abasto de harinas: 27, 29, 30, 64, 70, 109.

-de calles: 1.

-de carcel: l, 2S, 36, 46.

254
• ' •

-de camiceria: 1, 7, 8, 60, 69, 98, 101, 103-106.

-de ceremonias: I.

-de Cortes: 72.

-de cortesias: t. 42, 60, 114.

-para cumplimentar a Fernan-

do VII: 10-12, 32, 48, 86.

-de escuelas: I, 4, 8, ti, 22, 23, 60, 114, 117.

-de festividadcs: 60, 114.

-de fiestas [votivas]: 1, 60, 114.

-de marina: 60.

-de mes: 60, 119.

-de obras publicas: 1.

-de plaza: 1, 60.

-de policia: I.

-de policia medica: 1.

-de sanidad: 8, 60.

-cit: sanidad y policia medica: 1.

-superintendente de fabrica: 42.

-de teatro: 60.

-de vacuna: 31.

Director general dcl Real Cuerpo de Artillerfa: 99.

Discipulas: 23.

Discipulos: 62, 68, 116-119.

Discurso: 86.

Dispensas matrimoniales: 60.

Disputas: 20, 75, 100.

(V. Altercados ).

Diversiones publicas: 43, Doctor

-en cirujia: 84, 87.

-[en derecho]: 1-32, 51, 107.

-en medicina: 39, 53, 60, 81, 82, 84, 87, 124.

Documentos: 7, 8, 17, 20, 24, 25, 37, 39, 42, 46, 49, 52, 60, 62, 64, 74, 81, 83, 84, 90, 107, 108, 110 (A. U.), 118, 123.

(V. Atestados; Escritos; Expedien· tes; Instancias; Oficios [com., es· critos]; Representaciones; Solicitudes).

Dominicos: 49.

(V. Convento de Padres Predicadores; Convento de Santo Domingo).

Donativos: 31.

Dotaciones: 33.

(V. Estipendios; Salarios; Sueldos).

Eclesiastico: 77.

Economia: 35.

Edificios: 37, 101.

Educaci6n: 119.

(V. Enselianza; Escuelas; Macstras de nifias; Maestros de primeras letras).

Ejercitos: 114. ,

-de campaiia: (V. Ayudante primero honorario de farmacia de --).

-capitan de: (V. Capitan de --). ··

-intendentc de: (V. Intendente de --).

Ejidos: 85, 99.

Elecciones

-de alcaldes de barrio: 4, 6, 55, 55 (A. U.), 56, 60, 110, 110 (A. U.), 111.

-concejiles: 20, 55, 56, 79, 110, 110 (A. U.), 113.

-constitucionales: 1, 20.

Embarcaciones: 8.

(V. Balandras, Bergantin, Buques; Goletas).

Embocaduras: 7.

Emolumentos: 8.

(V. Estipendios; Gratificaciones; Salarios; Sueldos).

Empedrado de calles: 27, 30, 71, 109.

Empleados: 13, 14, 17, 18, 20, 75.

Empleos: 5, 7, 14, 15, 42, 43, 61, 62, 78, 120, 124.

.-[concejiles]: 1, 4, 8, 20, 24, 29, 32, 55, SS (A. U.), 108-110, 113, 119. (V. Oficios [concejiles]).

Encabezamientos: 94. (V. Subsidios).

Encerados: 44.

Enemigos: 1 (A. U.), 86.

Enfermedades: 4, 7, 8, 11, 20, 25, 30, 33, 49, 51-53, 60, 62-79, 81-86, 88, 89, 91, 93, 94, 96, 97, 99-110, 112, 114 117-119 121-125. ' •

Enfermos: 7, 8, 10-15, 17-24, 26-28, 31, 32, 34-38, 40-48, 50, 54, 55, 75, 120, 122.

Ensayos: 67, 68.

Enseiianza: 117 119

(V. Escueias'; de niiias; Maestros de primeras Ietras).

Entrada: 43.

Epifania: 112.

Erari? real: 24, 30, 42, 70, 71. (V. Real hacienda).

Ermita de Santa Barbara: 38.

Erogaciones: 13 30 37 42 92 109 112 120, 125. ' , • , , , • (V. Gastos).

1NDICE DE MATERIAS 255
E

Escancbilo: 77.

Esclavos: 90.

Escombros: 27..

Escribanias

-ptlblicas: 109.

-real: 109.

-de real hacienda: 120.

-de registros: 120.

Escribanos: 7.

-de·ayuntamiento: 1, 13, 123.

-de cabildo: 1-15, 1744, 46-103, 105· 110, 112, 114, 116-125.

-de camara: 121.

-interino de gobierno: 73.

-y guerra: 66.

-del Iuzgado de Bienes de Difuntos: 109.

-del Juzgado de cuerpos de artillerfa: 90.

-publicos: 15, 64, 109.

-realeis: 1-4, 7, 9-12, 14, 15, 17-22, 24, 26-29, 3144, 46, 47, 49-55 (A. U), 60-70, 72-82, 84-95, 97-103 105 106 108-110, 112, 114, 116, 118-125.' '

-de real hacienda: 7

Esciitos: 4, 8, 20, 77, 81: 104.

(V. Atestados; lnformes· Instancias; Oficios [comunicados, escritos]; Representaciones; Solicitudes).

Escrituras: 49, 60, 74, 100.

(V. Instrumento publico [escritura]).

[Escudo de] armas: 86, 112.

EScueias: 4, 8, 11, 87, 101, 119.

-de primeras tetras: 33, 60, 105, 108, 114.

-de niiias: 60.

(V. Diputado de -).

Espaiioles: 102-.

Esquelas: 81, 112.

(V. Cartas).

Estado noble: 28.

Estado: (V. Secr;-etario de - y del' Despacho de Hacienda; Secretario de -Y del Despacho Universal de lndias).

Estatutos

-de la Real Orden Americana de Isabel la Cat61ica: 49.

-de la Sociedad Econ6mica de Amigos del Pafs: 51.

Esteros: 7.

Estipendios: 8, 39.

(V. Gratificaciones;

Salarios; Sueldos).

Est6mago: 7.

Estopilla: 36.

Estudios: 33.

-de medicina: 81.

Expedientes: 4, 7, 8, 11-17, 19-27, 29, 30, 33, 36, 38, 39, 42-46, 49, 50, 58, 60, 62, 64, 66, 67, 69-71- 73, 74, 76, 78, 88-90, 94, 98, 100, 101, 105, 108, 120, 123.

(V. Atestados; Documentos; Instancias; Representaciones; Solicitudes).

Extranjeros: 53, 67.

{V. Listas· de -, Matriculas de --).

F

Factura: 95.

Facultativos

-de cirujfa: 81.

-de medicina: 1, 31, 81.

(V. Medicos).

Familias: 11, 26, 28, 32, 45, 101, 120•

Farmacia, profesor de: 46.

(V. Ayudante primero honorario de de ejercito de campaiia; Practicante de --).

Festividades: 60.

(V. Diputado de --; Fiestas).

Fianzas

--del asesor teniente de gobemador: 42, 43.

-de mayordomo de propios: 78.

-de rematador de abasto de carnes: 98.

-de remate de corral de cerdos: 81.

Fidelidad: 10, 86, 112, 114.

[Fiel] contraste: 1, 3, 55, 55 (A. U.), 56, 110.

Fiel ejecutor: (V. Regidor --).

Fiestas

-de iglesia: 65.

-[reales]: so.

-de tablas: 14.

-fvotivas]: 14, 114.

-de Corpus Christi: 60, 114.

-de la Candelaria o Purificaci6n de Nuestra Senora: 60, 114.

-de San Felipe: 60, 114.

-de San Juan Bautista: 21, 60, 114.

-de Santa Rosa de Lima: 60, 114.

256 lNDICE
DE MATERIAS

-de Santiago: 60, 114.

1NDICE DE MATERIAS 257

-de Santiago El Mayor: 60, 114. (V. Diputados de --).

Filosofia: (V. Titulo de bachiller en --).

Finca: 13.

Fiscal de real hacienda: 35.

Fluido vacuno: 15, 39.

Fondos publicos: (V. Propios).

Fortificaci6n, obras de: (V. Obras de fortificaci6n).

Franquicia: 27.

Fray: 42, 122.

Frutos: 8, 18.

Fuente

-de Miraflores: 8, 14, 85.

-de San Antonio: 22, 24, 66, 78.

Fueros: 29.

-militar: 117.

Fuerza militar: 35.

Funciones

-de iglesia: 112.

(V. -- religiosas).

-publicas: 44, so, 123.

-religiosas: 1, 1 (A. U.), 11, 60, 64, 66, 77, 112.

-de tabla: 77.

G

Gaceta de Madrid, La: 32, 112, 120.

Gaceta Oficial, La: 32, 70.

Gala: 70.

Ganados: 27, 98. (V. Reses).

Garz6n de Morenos, sargento 1.0 : 99.

Gastos: 8, 10, 11, 14, 15, 17, 23, 30, 31, 35, 36, 45, 46, 64; 66, 78, 87-89, 92, 98, 100, 109, 120. 123, 125.

-de Ia Diputaci6n Provincial: 72.

-de Diputados de Cortes: 72.

-militares: 35.

(V. Erogaciones; Libramientos).

Gobernadores: 33.

-de Puerto Rico: 4, 7-11, 13-21, 23-35, 37, 39, 40, 42-46, 48-55 (A. U.), 59, 60, 62, 63, 65-83, 85-88, 90, 93-96, 98-102, 104-112, 114, 117-121, 123-125.

(V. Asesores general del -; Tenientes de--).

Gobierno de Puerto Rico: 4, 8, 15, 18, 23, 26, 30, 53, 66-69, 92, 94.

(V. Bando de Policfa y Buen -; Escribano interino de -; Se-

cretaP.a de -; Tribunal de -).

Goletas: 8.

[Grandes] de la Corte: 32.

Grano: 87.

Gratificaciones: 98, 101, 108.

(V. Emolumentos; Estipendios).

Gravamenes: 8, 21, 114, 120.

Guardia, cuerpo de:- 69.

Guarnici6n: 35, 53, 66, 86, 98, 114, 120. (V. Plaza [guarnici6n]).

Guerra: 35.

-[contra Napole6n]: 31.

(V. Auditor de -: Auditor de de marina; Auditorfa de de marina: Bergantin de Marte; ·Escribano interino de gobiemo y -: Tenencia a guerra de Toa Baja; Tenientes· a guerra).

Habitaciones: 45, 99.

Habitant.es: 8, 23, 32, 42, 43, 71, 86, 114.

(V. Morado1es; Poblaci6n; Vecindario; Vecinos). ·

Hacienda real: (V. Real Hacienda).

Hacienda: (V. Secretiuio de Estado y del Despacho de --).

Haciendas: 4, 14, 117.

Harinas: 46, 66, 82, 93, 95, 109, 114.

-compra de: 23, 24, 26, 29, 66, 70, 71, 108.

(V. Abastos de-; Diputados de abasto de -).

Herederos: 114.

Heridas: 58.

Hipotecas: 13, 105.

Hopas: 90.

Hospital

-de Caridad: 30, 60.

-Real: 73.

(V. Real Hospital Militar).

Huerfanas: (V. Casa de --).

Huerfanos: 1 (A. U.).

Iglesia: 11, 112. , •

-Catedral: 11, 20, 21,' 69, 77, 86. CV. Fiestas de --).

l i I L_
17
H
I

I l11111inaci6n: 50, 86, 112.

I mpl..'J"io: 1, 1 (A. U.).

: l 16, 25, 30, 70, 85, 94. (V. Arbitrios; Contribuciones; Derechos).

Inciensera: 36.

Industria: 4, 8, 49.

[lndustriales]: 8.

Infanta de Portugal: 86, 112, 123.

Infanteria: (V. Milicias [Disciplinadas] de-)-

Infantes: 32, 86, I 12, 123, 125.

Informes: 4, 7, 8, 12, 13, 15-17, 19-23, 25, 32, 35, 36, 42-44, 53, 60, 67-69, 74, 82, 90, 94, 99, 109, 114, 117-119, 124. (V. Atestados; Escritos; Reprcsentaciones; Solicitudes).

lngenieros: 90. (V. Comandantc de-).

Ingles: 52.

Ingresos: 15, 30.

Inquilinos: 8, 30, 35, 45, 87, 119, 120.

Inquisici6n: (V. Notario de Ia Santa -).

Inscripci6n [del de armas de la ciudad]: 86.

Insignia de jurisdicci6n [civil y criminal]: 124.

Instalaci6n de la catedra de medicina en el Convento de Padres Predicadores: 81, 82.

Instancias: 13, 15, 22, 32, 35, 43-45, 60, 69, 71, 75, 100, 105, 109, 122.

(V. Escritos; lnformes; Representaciones; Solicitudes).

Instrucci6n: (V. Escuelas; Maestras de niiias; Maestros de primeras Ietras).

Instrucci6n de Intendentes: (V. [Real Ordenanza e] Instrucci6n de Intendentes de Nueva Espana).

Instrucciones: 70, 105, 109.

Instrumento publico [escritura]: 64. (V. Escrituras).

Insultos: 1 (A. U.).

Insurrectos de Santa Fe y de Venezuela: 86.

Intendencia: 8, 15, 23, 30, 71, 94. (V. Secretaria de -; Tribunal de-).

Intendentes

-de la 42, 121.

-de Puerto Rico: 8, 9, 11, 14, 15, 18, 20,. 23, 26, 27, 30, 34, 35, 42, 44-46, 51-53, 66, 70, 73, 105.

-de ejercito: 72:

-interino: 87, 94, 102, 114, 120. (V. [Real Ordenanza e] Instrucci6n de Intendentes de Nue· va Espana).

Interprete: 15.

Invasi6n de piratas: 120.

Islas: 59, 60.

Jabon: 27.

Jarro: 36.

Jefes: 18, 29, 39. J

-de guarnici6n: 35.

Jornales: 37, 62, 90.

(V. Salarios; Sueldos).

Jueces: IS, 57, 76, 90, 117, 119.

-de policia: 30, 34, 55, 110.

Junta

-de almonedas: 54.

-de comercio: 18.

-Militar y Politica: 35.

-Municipal: 1, 4, 8, 10-12, 14-17, 21, 23-26, 30-32, 36-39, 43, 47, 49, 51, 55 (A. U.), 60, 62, 70, 71, 77, 78, 90, 98, 101, 108, 120, 123, 125. (V. Vocales de --.).

-ordinarias de la Soc1edad Econ6mica de Amigos del Pais: 51, 52. -de real hacienda: 8, 18, 27, 45.

Jura de Fernando VII [como monar...::a de Espana e lndias]: 15, 86, 114.

Juramentos: 1-6, 21, 24, 42, 43, 52, 54-. 56, 58, 61, 64, 107, 110 (A. U.), 111, 113, 115, 120.

Jurisdicci6n ordinaria: 13, 30, 56, 75, 76, 124.

Justicia [administraci6n de]: 1, 1 (A. U.), 24, 51, 57, 58, 66, 75, 76, 78, 101, 102, 109, 124."

Justicia, sala de: 7.

Justicia, vara de: 79-81.

Justicias: 92.

-mayores: (V. Tenientes --).

Juventud: 82, 119.

Juzgados: 60, 62.

-de apelaci6n de cuerpos de artillerfa e ingenieros: 90.

-de Bienes de Difuntos: 109.

Labradorcs: 27, 85, 98.

Lamina: 121.

258 1NDICE
DE MATERIAS
L

Lapida: 121.

Latinidad: (V. Catedratico de --).

Lavamanos: 36.

Lavanderas: 22, 24.

Lealtad: 1, 1 (A. U.), 50, 86.

Legajo: 30.

Legua: 15, 68, 69.

Lefiateros: 85.

Letanias: 77.

Letrado: 13.

(V. Abqgado).

Leyes: 4, 14, 20, 21, 23, 26, _33, 42, 43, 50, 55, 75-77, 79, 101, 105, 110, 110 (A. U.), 124.

(V. Recopilaci6n [de Leyes de los Reinos de las Indias]).

Libramientos: 37, 125.

(V. Gastos).

Libras: 25, 29, 30, 63, 9S, 109, 114.

Libros

-[de Actas Capitulares]: l.

-de Acuerdos: 1 (A. U.), 114, 119, 124, 125. 51

-de Matricula de Extranjeros: , 68, 69.

-de Nobles: 28.

-Repertorio: 70, 96, 102.

-de Toma de Raz6n: 15, 19, 32, 39,\ 42, 46, S2, 54, 59, 60, 63, 66, 67, 73, 81, 82, 84, 90, 105, 109, 114, 120. '

Licenciados

-[en Derecho]: 1-32, SS, 55 (A. U.), 57, 59, 63-79, 82-87, 89-112, 114, 116, 117, 122, 125.

-[en Medicina]: 81, 124.

Licencias: 26, 87.

-para ejercer el oficio de dentlsta: 53, 60.

-para establecer teatro publico: 43, 44. (V. Permisos).

Limosnas: 31, 60, 85.

Limpieza de la ciudad: 4, 13, 15.

Listas: 117.

-de extranjeros: 51.

LL

Llavero: 37.

Llaves, area de tres: 23.

M

Maestras de nifias: 22, 23, 26. Maestros

-mayor arquitecto: 22.

-mayor de reales obras de fortificaci6n: 20, 37, 42.

-de prjmeras ·letras: 4, 7, 11, 62, 101, 105, 108, 116-118.

Magistrados [capitulares]: 7S. (V. Alcaldes Ordinarios).. Mano: (V. Paiios de -).

Mantenimientos: 22, 117. I (V. Alimentos; Carnes; Harinas).

Mar: 7, 22.

Maravedies: 23, 24, 43, 53, 64, 70, 82, 95, 103, 120• .....-de plata: 60. -de velldn: 88 .

.Marchantes: 98. (V. Comerciantes; Mercaderes).

Marco: 121.

Mariscal de campo: 32, 34, 43, 46, S4, 66, 70, 83, 93, 95.

Marina: (V. Auditor de guerra de --; Auditoria de guerra de --: Comandante militar de y de las matriculas).

Marques de Negron: 120. ·

Matadero: 8, 12, 15, 17, 66, 88, 90, 94, 98.

Matanza de reses: 27, 46, 98, 103.

Materiales: 62.

Matriculas: (V. Comandante militar de marina y de las --). -de extranjeros: 51, 68. (V. Libros de --).

Matrimonios de Fernando VII y del infante don Carlos: 86, 112, 120, 123, 125.

Mayordomo -de la Cofradia de

·-Nuestra Senora de la Altagracia: 17, 71.

-Santa Rosa de Lima: 17, 71. -de propios: 7, 10, 11, 14, 15, 17, 19-23, 29-31, 35-37, 39, 44-47, so, 51, 53, 62, 64, 70, 78, 81-83, 85, 87-90, 92, 94, 98, 100, 102, 103, 108, 112, 120, 122, 123, 125. '

-interino: 108.

Mazas: 69.

Medallas: 114.

Media anata: 107.

Medicina: (V. Catedra de-: Colegio de y Cirujfa de Cadiz; Doctor en --; Estudios de --; Facultativos de -: Li·

259
1NDICE, DE MATERIAS

1NDICE DE MATERIAS

cenciado en --, Profesor de --).

Medicos: 124.

-de camara: 53, 81, 124.

-mayor del Real Hospital: 39. (V. Facultativos).

Memoriales: 4, 11, 13, 15, 74, 77, 78, 81, 98, 99, 117.

(V. Instancias; Representaciones; Solicitudes).

Menestra: 27.

Mercaderes: 94. (V. Comerciantes; Marchantes).

Mercedes: 37, 70.

-o gracias concedidas por Fernando VII al ayuntamiento, al gobernador don Salvador Melendez y a varios capitulares: 32, 34.

Mercerfa, tiendas de: 94.

Mesas: 36.

-de quincallerfa; 85, 94.

-[de ventas]: 94.

Milicianos:· 100, 117.

Milicias [Disciplinadas] de infanterfa: 54.

(V. Cuartel de--).

Militar: (V. Junta y Politica).

Militares: 18.

(V. Comandante militar de marina y de las matrfculas).

Ministerio de Indias: 32.

Ministros [rel.]: 1, 1 (A. U.).

Ministros

-ejecutor de justicia: 102.

(V. Alguaciles; Ministro de vara).

-de Estado y del ·Despacho Universal de Indias: 42.

(V. Secretario -).

-de reales cajas: 35.

(V. Ministros de real hacienda).

-de real hacienda: 8, 23 24 34 42

53, 71, 82. ' ' ' '

(V. Ministros de reales cajas).

-togado: 90.

-Universal de Indias: 4.

-de- vara: 62.

• (V. Alguaciles; Ministro ejecutor de justicia).

Minuta: 25, 89.

Misas: 36, 4i, 112.

Misal: 36.

Miseria: 8, 17, 30, 99.

Molinos: 4.

Monarca: 1, 1 (A. U.), 10, 15, 32. (V. Rey).

Monasterio de religiosas Carmelitas: 19, 20.

Monedas: 8, 21, 22, 29, 37, 46.

-metalica: 18.

-papel: (V. Papel moneda).

-de plata: 15.

-provincial: 18.

-redonda de cord6n: 29.

(V. Cuartos; Maravedies, Pesos; Reales).

Monjas Carmelitas: 19·21.

Monopolio de harinas: 23, 24.

Moradores: l (A. U.), 8, 86. (V. Habitantes; Vecinos).

Morenos: (V. Sargento 1.0 Garz6n de --).

Muelle, derechos de: 23, 42, 44-46, 71, 75, 78, 98, 108, 120.

Murallas: 66. N

Naci6n

-[espafiola]: 86.

-[inglesa]: 52.

Negocios: 70, 88, 120. (V. Agente de - en Corte).

Negros cargadores: 90.

Nifias: 33, 119. (V. Escuelas de--; Maestras de -).

Ninos: 4, 8, 33, 67, 117.

Nobles: (V. Estado noble; Libros de -).

N6mina: 51.

Notarfa de Indias: 109.

Notario de la Santa lnquisici6n: 15.

Numerario: 46. (V. Monedas). 0

Obispo: 48.

Obras

-de beneficencia: 30. 43, 60, 64.

-de defensa: 18.

-de fortificaci6n: 18, 37. (V. Maestro mayor de reales -).

-publicas: 8, 14, 23, 64, 101. (V. Diputado de-).

Oficiales: 99, 117.

260

-del destacarnento de Miraflores: 8.

-mayor: 8.

Oficios [concejiles]: 3, 20, 21, 44, 52, 54,. 63, 71, 72, 79, 82, 105, 107, 110 (A. U.), 118, 119.

(V. Empleos [concejiles]).

Oficios [comunicados, escritos]: 1, 4, 8, 11, 14-21, 23, 24, 26-34, 37, 39, 42, 45, 46, 48-55 (A. U.), 60, 62, 63, 65, 66, 70.73, 75-82, 86-88, 90, 94, . 96, 98102, 104-106, JOS-110 (A. U.), 114, 117, 118, 120•. 121, 123-125.

(V. Escritos: Informes: Instancias; Representaciones; Solicitudes).

Oficios [empleos, profesi6n]: 6, 7, 11, 15, 19, 37, 53, 60, 63, 109.

(V. Ernpleos).

Oidores honorarios de la Real Audiencia y Chancilleria de Cuba: 32-114, 117-125.

Operarios: 37, 63, 98, 120.

Oraciones [rel.]: 1, 1 (A. U.). (V. Preces).

Orden Americana de Isabel la Cat61i· ca: 32, SS, 60, 62, 63. (V. Comendador de la -).

Orden· de Calatraba: 15, 18, 21, 24, 32, 43, 46, 54, 66, 70, 83, 95.

Orden de la Compaiiia de Jesus: 59, 60.

Ordenanzas de Intendentes: (V. [Real Ordenanza e] Instrucci6n de Inten· dentes de Nueva Espana).

Ordenanzas Municipales: 15, 117-119.

C>rdenesi 7, 11, 14, 31, 37, 39, 47, 62, 70, 75, 77, 78, 82, 87-89, 94, 98, 101, 102, 112, 120, 125. (V. Reales -).

Omamentos: 36.

Omato: 8. ' p

Padre [rel.]: 42, 46, 49, 122.

Padres Predicadores: (V. Convento de -).

Pafses: 4, 20, 32, 66, 86, 121.

Pa:langanas: 36.

Palizadas: 22, 24.

Palometa: 36.

Pan: 27, 30, 109, 114. (V. Precio del --: Venta de --).

Panaderias: 26, 27.

Panaderos: 23-26, 30, 64, 93.

Panos de mano: 36.

Papeles: 28, 75.

-moneda: 7, 13-15, 17-26, 46, 83, 87.

-sellado: 78. , ; ·

Papeletas: 18, 25, 37, 46, 87. .: , (V. Papel moneda).

Parajes: 27.

Paramentos: 25.

Paredes: 37, 74, 100, 101, 108.

Partidos [div. terr.]: 109.

-de Bayam6n: 75.

-de Cayey: 4.

-de Lofza: 15.

-de Toa Alta: 11, 34.

-de Yabucoa: 106.

-de Yauco: .101.

Pasaje: 10, 15.

Pasaje

-arbitrios de: 96.

-de la Boca

-de Guayant!s: 105.

-Habana: 19, 60.

-de la Laguna de Cangrejos: 68.

-de Lofza: 46.

8.

-de Lofza: 15.

Pascua de Resurre.;ci6n: 70.

Pasto espiritual: 4, 48.

Patio de la c8rct:I: 101.

Patria: 1 (A. U.).

(V. Patriotismo).

Patriotismo: 34.

Patrono San Juan Bautista: 21, 50.

Paz: 35.

Pedimentos: 7, 29.

(V. Peticiones: Solicitudes).

Pena: 1 (A. U.).

Pendon real: 21, 50.

Peninsula: 13, 20, 70.

Pension: 99, 120.

Perjuicio: 70.

Permisos: 4, 7, 8, 43 48 59 60 68 69 112, 117. , , , • • ,' (V. Licencias).

Permuta: 42, 49.

Pesaa: 19.

(V. Corral de-).

Pescado: 15.

-salado: 27.

Peso [med.]: 12, 27, 29, 30.

Pesos: 98.

Pesos [moneda]: 7, 10, 12-1'7. 19-24, 28, 30, 32, 33, 35, 37-39 42-47, 53, 60, 62,

0 1NDICE DE MATERIAS 261

64, 66, 70, 78, 81-83, 85, 87, 88, 90, 92, 94, 95, 98, 101, 103-105, 108, 114, 120, 122.

-fuertes: 32.

-en plata: 14, 15, 17, 21, 24.

Peticiones: 24, 30, 44, 46, 122.

(V. Pedimentos; Solicitudes).

Piratas, invasi6n de: 120.

Plan en que debe quedar la fuerza militar en tiempo de paz y de gue. rra, economia, orden y fonnalidades que deben adoptarse para el dispendio de caudales: 35.

Planas escolares: 4, 8, 11, 62, 67, 116118.

Plano de la nueva carnicerfa: 37.

Plantios: 4.

Plata: 13, 18, 19, 24, 29, 37, 46.

(V. Maravedfes de --; Moneda de --; Pesos_ en --; Reales de--).

Plaza [empleo; profesi6n]: 60, 62, 75, 84, 102.

(V. Empleos; Oficios [empleo; profesi6n] ).

Plaza [guamici6n]: 8, J5, 18, 20. 22, 23, 27, 30, 32, 39, 40, 4l, 75, 81, 82, 90, 93, 100, 114, 117, 120, 121.

(V. Guamici6n).

Plazas: 85, 87.

(V. Diputado de --).

Plazas

-de armas: 70.

-publica: 94.

Pliegos: 9, 15, 17, 32, 40, 46, 49, 55, 59, 60, 71, 72, 75, 77, '98, 110, 121.

Poblaci6n: 8, 16, 31, 42, 49, 86.

(V. Habitantes; Vecindario; Vecinos).

Pobres: 8, 12, 13, 31, 43, 44, 50, 60, 66, 81, 83, 85, 87, 90, 94, 98, 99, 103, 109, 120.

Poder: 32, 120.

-especial: 90.

-general: 70.

Policfa

-de las calles: 30, 85.

-medica: (V. Diputado de sanidad y-).

(V. Bando de - y Buen Gol>iemo; Diputado de --; Jueces de --; Reglamento de --).

Portales: 94.

Portera: 1, 37, 39, 45, SO.

Postor para abasto de carnes: 77.

Postura: 117, 120. (V. Precios).

Practicante de farmacia: 75.

Prebendados: 77.

Preces: 112.

(V. Oraciones [rel.]).

Precio

-de la came: 27, 98.

-de la harina: 23, 24, 26.

-del pan: 25-27, 95, 109, 114.

Premios: 60.

Prerrogativas: St.

Presbfteros: 19, 24, 34,. 62, 77.

Presidentes: 33.

·

-de cabildo: 1, 1 (A. U.), 8, 10, 20, 23, 24, 32, 42-44, 46, so. 54, 66, 70, 77, 83, 93, 105, 116, 124.

-de Junta Municipal: 1, 26, 30, 32, 37-39, 47, 49, 55, 78, 101, 120, 123, 125. [Presidiarios]: 8, 12, 13, 90, 98, 99, 103. (V. Presos).

Presos: 31, 60, 85, 92, 94, 101. (V. [Presidiarios]).

Presupuestos: 54, 62, 120.

Principales [censo]: 19-21, 24, 25, 49, 122. (V. Capitales [ec.]; Censos).

Prior: 42, 46.

Privilegios: 60, 90.

Procesiones: 17. -de Semana Santa: 71.

Proceso: 99.

Proclamaci6n y jura de Fernando VII como monarca espafiol: 15, 86, 114.

Procurador general: 1, 4, 7-38, 40, 4255 (A. U.), 57, 59, 60, 62-79, 81-112, 114, 116-120, 122, 125.

Procuradores de numero: 61, 63.

Profesiones: ·81, 84, 87. (V. Oficios [empleos, profesi6n]).

Profesor -de farmacia: ·46, -de medicina: 73, 75, 84.

Propiedades: 74.

Propietarios: 8.

Propios: 7, 8; 10, 13-17, 20, 23·25, 29-37, 42, 44, 46, 49, 50, 53, 64, 66, 68-71, 78, 83, 85, 87, 90, 98, 101, 108, 109, 114, 119, 120, 125. (V. Cuentas de -; 'Mayordomo de-).

Protomedicato de la Habana, Real: 105.

262 l'.NDICE DE MATERIAS

Protomedico: 39, 53.

Provincias insurrectas: (A. U.).

Provisor: 77, 86.

-vicario general: 11.

Publica subasta: 107.

Pueblos: 1, 1 (A. U.), 8, 15, 23, 26, 29, 31, 32, SO, 51, 60, 77, 102, 105, 112, 114, 119, 120, 124.

(V. Habitantes; Poblaci6n; Vecindario; Vecinos).

Puentes: 4.

-de San Antonio: 22, 85, 87, 99.

Puerco: 85.

(V. Corral de cerdos).

Puerta [del retrete] de la carcel: 47.

Puerta de Santiago: 85, 87.

Puerta de Tierra: 99.

Puertos: 8, 86.

P!:Jas: 98. ·

Pulperias: 14, 15, 94.

Pulperos: 14, 15.

Purificadores: 36.

Pus: 30. 0

Quejas: 22, 24, 75-77, 81, 119.

Quincalleria, mesas de: 85, 94.

Quincalleros: 98.

Quintales: 83. R

Rampa de San Crist6bal: 17, 25.

Real carcel: CV. Carcel). •

Real contatlurfa: (V. Contadurfa).

Real decreto

-1814, 30 de julio: 20.

Real erario: (V. Erario real).

Real Hacienda: 14, 17, 23, 27, 30, 35, 43, 70, 72, 94, 120.

(V. Escribanfa de--; Escribano de--; Junta de·-; Ministros de--).

Real Hospital Militar: 39, 46, 75, 81, 102.

Real Junta Superior Gubernativa de' los Reales Colegios Cede Cirujfa?]: 114.

Real Orden Americana de Isabel la Cat6lica: 49.

(V. Caballero Cruzado de la -; Comendador de Ia--).

[Real Ordenanza e] Instru.-;ci6n de Intendentes de Nueva Espana: 14, 17, 23, 30, 70, 71, 78, 90, 94, 101, 105, 125.

Real pend6n: (V. Pend6n real).

Real Proto-Medicato de la Habana: 46.

Real Provisi6n

-1815, 17 de mayo: 42, , 1

Real Resoluci6n ·' -1799, 24 de agosto: 43.

Real y Supremo [Consejo] de la Guerra: (V. [Consejo] de la Guerra, Real y Supremo).

Real y Supremo Consejo de Indias: '(V. Consejo de lndias, ·Real y Supremo).

Real tesoreria: (V. Tesoreria).

Reales [monedas]: 7, 15, 23, 24, 27, 28, 43, 46, 47, 53, 64, 66, 78, 82, SS, 88, 90, 92, 95, 98, 103, 120.

-de papel: 60.

-de plata: 14, 15, 53.

Reales almacenes: 87.

Reales cajas: (V. Cajas Teales).

Reales Cedulas: 77.

-de Gracias: 42, 63, 69.

(V. de 10 de agosto de 1815).

-1768, 3 de mayo: 15.

-1799, 24 de agosto: 42.

-1806, 26 de diciembre: 105.

-1814, 28 de diciembre: 20.

-1815, 20 de abril: 50.

..,-1815, 30 de mayo: SO, 60.

-1815, 10 de agosto: 49 68 69 71 72. , ' ' ,

-1815, 12 de agosto: 96.

-1816, 6 de junio: 102, 105.

-1816, 17 de octubre: 123.

Reales Despachos: 52, 63 82

-1815, 10 de septiemb;e: S9, 60.

-1816, 30 de enero: 70.

-1816, 11 de noviembre: 120.

Reales Disposiciones: 67.

Reales Ejercitos: 1, 1 (A. U.), 32, 34, 43, 46, 54, 66, 70, 83, 93, 95.

(V. Brigadier de -; Comisario orde11ador honorario de --)

Reales Ord:enes: 4, 8, 46, 71, 75, 94, 99: -11 de Julio: 30.

-de Gracias: 67.

(V. Real Cedula de Gracias; Real Cedula de 10 de agosto de 1815).

-178'4, 28 de febrero: 71

-1785, 22 de febrero: 7l.

-1785, 26 de abril: 42, 4446.

1NDICE DE MATERIAS 263

-1790, 24 de mayo: 42, 44-46.

-1790, 24 de agosto: 42, 71.

-1812, 4 [?] de agosto: 8.

-1814, 16 de abril:' 8.

-1814, 10 de octubre: 4, 8, 19.

-1814, 20 de diciembre: 33.

-181S, 25 de marzo: 70.

-181S, 23 de abril: 3S.

-181S, 3 de mayo: 3S.

-181S, 30 de mayo: 32, 40, 60, 69, 86.

-181S, 13 de junio: 42.

-181S, lS de junio: 70, 71.

-1815, 24 de junio: 42.

-181S, 6 de julio: 42.

-181S, 22 de julio: 81.

-1815, 10 de agosto: 4S, 49, 67.

-181S, S de diciembre: 70, 71.

-181S, 17 de diciembre: 71.

-1815, 20 de diciembre: 72.

-1815, 24 de diciembre: 73.

-1816, 8 de enero: 7S.

-1816, 30 de enero: 73, 81, 82.

-1816, 24 de junio: 120.

-1816, 6 de julio: 121.

-1816, 1 de septiembre: 114.

-1817,· 21 de enero: 124.

Recaudadores: 66.

Recibos: 7, 17, 22, 89, 90. (V. Comprobantes).

Reclamaciones: 46, 49, S3, 78, 79, 98. (V. Reclamos).

Reclamos: 7, 20, 21, 23. (V. Reclamaciones).

Recopilaci6n [de I.eyes de los Reinos de las Indias]: 4, 14, 21, 50, 79, 101. [Recusaciones]: 42.

Reditos: 7, 12, 13, 17, 19-21, 24, 30, 3S, 42, 46, 49, 60, 99, 114, 122, 123.

Refrescos: 112.

Regalias: 8, 118.

Regencia

-de primeras letras: 87.

Regente

-de primeras letras: 67, 68. (V. Maestro de primeras letras).

Regidores

-decano: 2, 3, S2, SS (A.U.), 107, 108, 110 (A.U.).

-[dobles].

-alcalde mayor provincial: 1, 1 (A. U.), 2, 4, 7-10, 12-23, 28-30, 32· so. 52.54, 57, 59, 60, 62.79, 81-99, 101-1"03, 105-110, 112, 114, 117-120, 122.125.

real: 1, 4, 7, 10-39, 42.55,

60, 62-71, 73-82, 86, 87, 99, 110, 119, 123.

-alguacil mayor: J, 4, 7-39, 42-55, 60, 62-71, 73-90, 92-103, 105-110, 120.

-fiel ejecutor: 1, 4, 7, 8, 10-20, 98, 107-110, 114, 117-122, 124, 125.

-interinos: 20, 22, 24, 54, 108, 109.

-llanos: l, 4, 7, 8, 11-40, 42-60, 62110, 112, 114, 116-125.

-de mes: 66.

-propietario: 20.

-vice-decano: 4-6, 12, 32, 34, 35, 38, 43, 110 (A.U.), 111, 113.

Regimiento

-F i j o : (V. Ayudante mayor del --).

-de Granada: 84.

-de Milicias [Disciplinadas] de in· fanterfa: 54.

Regimientos [cone.]: 20.

Registros: (V. Escribanfa de --).

Reglamentos: 27, 120.

-interino para el ajuste de las cuentas de propios: 30, 31, 37, 39, 42, 45, 46, 62, 83, 85, 102.

-para la poblaci6n y fomento del comercio, industria y agricultura: 49.

-de Policfa: 51, 90.

-sobre venduta publica: 109.

Reina: 86.

Reinado: l, 1 (A. U.), 112, 114.

-de [los Reyes Cat61icos]: 86.

Reinos: 50, 59, 60, 123.

Reloj de la casa consistorial: 8, 64, 114, 117, 120.

Remates

-del abasto de carnes: 98.

-de corrales.

-de cerdos: 81.

-de pesca: 7, 15.

-de oficios concejiles: 20.

-de regidor fiel ejecutor: 107.

-de regidor llano: 54, lOS.

-de pasajes

-de Boca Habana: 60.

-de Loiza: 46.

-de regimientos [cone.]: 20.

Rentas: 19, 21, 35, 78, 94, 108.

(V. Propios).

Reparto de carnes: 98.

Repertorio: 4.

(V. Libros -).

Representaciones: 1, 1 (A.U.), 4, 7, 8, 11-13, 15-20,. 23-25, 29, 32, 34, 44, 46,

264 1NDICE DE MATERIAS
···):)!" fi

49, 51, 62, 68, 69, 71, 72, 75, 78, 87, 88, 90, 94, 98, 101, 104, 105, 116, 120, 124.

(V. Pedimentos;. Peticiones; Solicitudes).

Reses: 15, 27, 46, 98.

-vacunas: 106.

(V. Ganados; Matanza de--).

Restablecimiento de la Compaiifa de Jesus en los reinos de Indias y Filipinas: 59, 60.

Restituci6n de Fernando VII al trono espaiiol: 1, 1 (A.U.), 4, 32, 50, 70, 77, 86.

Resurrecci6n, Pascua de: 70.

[Retrato de Fernando VII]:· 121.

[Retrete de la carcel]: 47.

Revendedores: 85.

Revocaci6n de acuerdo capitular: 101, 104, 105.

Rey: 1 (A.U.), 23, 32, 40, 50, 59, 69, 76, 86, 99, 102, 114, 121, 123. (V. Monarca).

Reyes Cat6licos: 112.

Rio: 15, 68.

Robos: 98.

Rogaciones publicas 77.

Rogativa publica: 77.

Ropa: 85. s

Saca muelas: 53, 60.

Salarios

-de maestro de primeras letras: 101.

-de ministro ejecutor de justicia: 102.

-de ministro de vara: 62.

-de portero: 37., 39. (V. Gratificaciories! Jornales, Sueldos).

Salas: 47, 51, 52.

-de armas: 120.

-de justicia: 7.

Salud publica: 8, 66, 81, 106.

Salva de artillerfa: 70, 86, 112.

Salve: lli.

San Felipe, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]).

Sanidad: (V. Diputado de -; Visita de--).

San Juan Bautista, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]).

5anta Cruzada: (V. Bula de la --; Comisario subdelegado de la --).

Santa Hermandad: (V. Alcaldes de la--).

Santa Rosa de Lima, fiesta de: (V. Fiestas. [votivas]).

Santiago, fiesta de: (V. Fiestas . vas]). : ,

Santiago El Mayor, fiesta de: (V. Fiestas [votivas]).

Sarao: 112.

Sargento l.0 Garz6n de Morenos: 99.

Sargento mayor de Milicias de infanteria: 54.

Secretaria

la capitania general: 44.

-de gobierno: 42, 44, 45.

-de intendencia: 105.

Secretario

-de ayuntamiento: 12, 15, 20, 45.

-de cabildo eclesiastico: 77.

-de Estado y del Despacho Universal de Hacienda de lndias: 98, 114.

-de Estado y del Despacho Universal de lndias: 32, 42.

Sede vacante: 11.

maestro mayor de reales obras de fortificaci6n: 37.

Semana Santa: (V. Procesiones de --).

Semillas: 4.

Senado: 1, 1 (A.U.), 8.

Sermon: 112.

Sfndico administrador del monasterio de Carmelitas: 19, 20.

Sfndico personero: (V. Procurador general).

Sfndico procurador general: (V. Procurador general).

Situado: 30.

Sociedad: 8, 24, 77.

Sociedad Econ6mica de Amigos del Pais: 51, 52.

Socios de la Sociedad Econ6mica de Amigos del Pafs: 51, 52.

Solares: 16, 17,_ 25, 30, 34, 35, 38, 42, 46, 49, 99, 114, 123.

Solicitudes: 4, 7, 8, 10, 12, 13, 15-17, 19, 20, 22-30, 32, 34, 37-39, 43, 45, 46, 60, 63, 67-71, 73, 75, 77, 78, 87, 99, 101, 108, 114, 117-120, 123.

(V. Escritos; Oficios [comunicados, escritos]; Peticiones: Representaciones).

Subasta del oficio de escribano del

1NDICE DE MATERIAS 265

1NDICE DE MATERIAS

Juzgado de "Bienes de Difuntos: 109.

Subdelegado de la Santa Cruzada: 21, 60.

Subditos: 124. (V. Vasallos).

Subsidio: 30, 72.

Subteniente: 16.

Sueldos: 98.

-de apoderado en Corte: 32, 70, 88, 89, 98, 120.

-de capellan de carcel: 62.

-de empleados del ayuntamiento: 11, 14, 17, 30.

-de escribano de ayuntamiento: 13.

-de maestras de niiias: 22, 23.

-de Iiiaestros de primeras letras: 7.

-de ministro ejecutor de justicia: 102.

-de regidores: 98, 101, 105.

-alferez real: 101.

-diputado de carnicerfa: 101, 104, 105.

Suelos: 16, 17, 99. (V. Solares; Terrenos).

Superintendencia

-de calles\ 69.

-de fabrica: 114.

-de la fabricaci6n del matadero: 12.

Superintendente de fabricas: 37, 46, 54, 62, 82. (V. Diputado -).

Supenntendente de la fabricaci6n del matadero: 17.

Superior del Convento de Santo Domingo: 122.

Tabaco: 85.

Tabhls: 35, 120, -de fiestas: SO. T

Tarifas: 27, 87.

TTasaciones: lS.17, 25, 34, 38, 108, 117. eatro publico: 43, 44. (V. Diputado de teatro).

Techos: 37, 54, Te Deum: 1, 1 (A.U.), 32 SO 64 86 112, I I t t

Tejas: 35.

Tenencia a guerra de Toa Baja: 20.

Tenientes

-a guerra: 102, 119.

-de gobernador: 4345, 47-53, 60, 62-

65, 67-69, 71-79, 81, 82, 84, 86, 97, 101, 105, 116, 117, 119, 120, 125.

-justicias mayores: 63, 75, 76.

Terraplen de La Puntilla: 17.

Terrenos: 4, 22, 24, 25, 34, 38, 42, 85, 100, 108.

--erial: 15, 16.

(V. Solares; Suelos).

Territorio: 27, 75.

Tesorerfa: 14, 18.

Tesorero: 7.

Testamentarfa: 53.

Testimonios: 1, 4, 8, 9, 11, 13, 15, 1719, 23, 26, 28, 30-33, 37, 42, 43, 45, 49, 51, 60, 63, 71, 73, 75-79, 81, 85, 86, 89, 90, 94, 96, 99, 101, 102, 105, 108, 117, 120, 121, 123, 124.

Tiendas: 14, 94.

-de mercerfa: 94.

Tierras: 27.

(V. Solares; Suelos; Terrenos).

Tftulos: 12, 81, 87.

-de bachiller: 33.

-en filosoffa: 105.

-de cirujano: 114.

-de doctor [en medicinal: 82.

-para ejercer el oficio de dentista: 53.

-de escribano.

de gobierno y guerra: 66.

-del Juzgado de Bienes de Difuntos: 109.

-del Juzgado de cuerpos de artillerfa: 90.

-:-publico:· 15.

-de interprete: 15.

-de notario de la Santa lnquisici6n: 15.

-de procurador de nUmero: 73.

-de profesor.

-de farmacia: 46, 105.

-de segundo boticario: 46.

-de Protomedico: 39.

-de regidor

-fiel ejecutor: 107.

-llano: 19, 54.

-sobre solar: 114, 123.

-teniente justicia mayor: 75.

-de tratamiento de Excelencia para el ayuntamiento de Sarr-Juan: 88.

Toallas: 36.

Tocino: 27.

Trafico: 85, 94.

Transeuntes: 60.

266

Tratamiento rle Excelencia al ayuntamiento de San Juan: 32, 34, 40, 69, 70, 81, 86, 88, 89, 98, 121.

Tratamiento de Ilustrisimo para el cabildo eclesiastico.: 77.

Tribunales: 15, 29, 42, 50, 51, 70, 87, 90, 121, 124.

-de cuentas de la Habana: 121. -de gobiemo: 73, 119.

-de Intendencia: 19.

Tributos: 16.

Trigo: 4.

Trono: 1, 1 (A.U.), 8, 10, 21, 32, SO, 77, 86.

Tropas: 18, 27, 66, 117, 120. (V. Guarnicion; Milicias; Militares). u.

U.niforme: 70.

Universidades: 33. -de la Habana: 105.

Utensilios: 2S.

Vacuna: 15, 28, 31. -comisi6n de la: 114. (V. Flufdo vacuno).

Vara [de justicia]: 79-81. (V. Ministro de -).

Vara [med.]: 16, 74, 100.

Vasallos: 1 (A.U.), 86, 112. (V. Subditos).

Vaso de cristal: 36.

Vecindario: 16, 23, 26, - 35, 43, 50, 53, 72.

(V. Habitantes; Moradores; PoblaGi6n; Vecinos).

Vecinos: l, 4, 8, 30, 52, 60, 67-69, 75, 94, 117, 119.

(V. Habitantes; Moradores; Poblaci6n; Vecindario).

Velas: 36.

Vel16n: (V. Maravedfes de --).

Vendedora: 3S.

Venduta publica: 109.

Vendutero: 109.

Ventas: 18, 94.

Ventas: 18, 94.

-de barriles: 70.

-de came: 98.

-de harinas: 70, 9S.

-de pan: 29, 9S.

-de reses: 106.

(V. Casillas de --; Precios).

Ventorrillos: 8S.

(V. Casillas [de ventas]).

Verduleras: 8S.

Vicario general: 77, 86.

Vice-patrono: 33.

Villas: 109.

-de Coamo: 4.

Vinagre: 27.

Vino: 27.

Vinas: 4.

Virreyes: 33.

Viruelas: 114.

Visitas

-de colegios seminarios: 33.

-de consistorios reales: 33.

-de escuelas de primeras letras: 114, 117.

-de sanidad: 8, 12, lS, 66, 88, 94.

-de Ultimas voluntades: 60.

-de universidades: .33.

Viudas: 1 (A.U.), i7, 21, 22, 24, 3S, 37, 43.

Vfveres: 27.

Vocales

-de ayuntamiento: 11, 12, 51, SS, 118.

-de Junta Municipal: 1, 12, 26, 30, 32, 37-39, 47, 49, SS, SS (A.U.), 78, 101, 110, 120, 123, 125.

-propietarios de Junta de real hacienda: 45.

V6mito: 66.

Votaciones: 20, 30, 110.

(V. Votos).

Votos: 20, 32, 33, JS, 52, 55, SS (A.U.), 110, 119.

(V. Votaciones).

Yerbateros: 85.

Zanjas: 24.

Zapatos: 85. y z

lNDICE DE MATERIAS 267
v
"'
\\
CABILDOS
I. ,1
' j 1815 1 de enero 1 Anexo Unico 3 2 de enero 5 3 de enero 6 9 de enero 6 11 de enero 10 14 de enero 10 16 de enero 11 23 de enero ... 13 24 de enero 19 25 de enero 20 30 de enero 22 9 de febrero 24 13 de febrero ... 26 20 de febrero ... 28 27 de febrero 30 6 de marzo 35 13 de marzo 37 25 de marzo 40 4 de abril 42 10 de abril 44 17 de abril 48 24 de abril 50 8 de mayo 52 22 de mayo 56 29 de mayo 58 5 de junio 60 12 de junio ... 62 ..; 19 de junio 64 3 de julio 65 10 de julio 67 17 de julio 70 31 de julio 72 3 de agosto 75 7 de agosto 77 14 de agosto 78 21 de agosto 80 4 de septiembre 81 11 de septiembre ... 83
272 18 de septiembre 23 de septiembre 25 de septiembre 2 de octubre 9 de octubre 16 de octubre 23 de octubre 30 de octubre 6 de noviembre 9 de noviembre 13 de noviembre 20 .de noviembre 27 de noviembre 4 de diciembre 11 de diciembre 18 de diciembre 1816 1 de enero Ancxo Unico 2 de cnero 8 de cnero 8 de encro 9 de enPro 15 de eni?ro 16 de enero 22 de enero 29 de enero · 5 de febrero 12 de febrero .. . 19 de febrero 4 de marzo 11 de marzo 18 de marzo 26 de marzo l de abril 4 de abril 22 de abril 29 de abril 6 de mayo 13 de mayo 21 de mayo 27 de mayo 10 de junio 11 de junio 17 de junio 1 de julio 8 de .:. no 15 de .Julio 1NDICE DE CABILDOS 84 86 87 87 91 93 94 96 99 100 101 103 105 107 109 110 112 114 115 116 116 117 118 121 122 124 125 127 128 131 132 133 135 139 142 143 144 145 148 150 152 154 155 156 159 161 162
1NDICE DE CABILDOS 273 19 de julio 163 22 de julio 165 29 de julio .'169 5 de agosto 170 12 de agosto 172 19 de agosto 173 26 de agosto 175 2 de septiembre 176 3 de septiembre 177 9 de septiembre 179 13 de septiembre 181 16 de septiembre 182 23 de septiembre 183 30 de septiembre 184 7 de octubre 187 15 de octubre 189 21 de octubre 190 29 de octubre 193 5 de noviembre 195 11 de noviembre 196 18 de noviembre 197 25 de noviembre 199 2 de diciembre 200 10 de diciembre 202 16 de diciembre 204 1817 1 de enero 206 Anexo Unico 207 2 de enero 209 4 de enero 209 9 de enero 211 13 de enero 212 21 de enero 215 21 de enero 216 27 de enero 217 3 de febrero ... 219 10 de febrero ... ... 220 25 de febrero ... 222 .- 3 de marzo 225 10 de marzo 227 17 de marzo 228 21 de abril 229 28 de abril 231 18
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INDICE GENERAL
i Actas Indices Toponimico Onomastico Materias .. . Cabildos .. . ... \\ .·, ! ·') "' 1 237 241 247 269

ACTAS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Administraci6n de

HON. FELISA R. DE GAUTIER

Alcaldesa

HON. MODESTO RIVERA

Presidente de la Asamblea Municipal de San Juan

SRTA. CATALINA PALERM

Secretaria del Municipio de San Juan

SRA. ELIZABETH AMBROSIANI

Subsecretaria del Municipio de San Juan

SR. PEDRO E. PUIG Y BRULL

Director de Actividades Culturales

SR. LEONARDO RODRIGUEZ VILLAFANE

Subdirector de Actividades Culturales

DRA. AIDA R. CARO DE DELGADO

Consejera Tecnica del Archivo Hist6rico de San Juan

SR. LUIS M. RODRIGUEZ MORALES

Consejero Tecnico del Archivo Hist?rico de San Juan

COLABORADORA

Srta. Belen Fidalgo Colom

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