www.fgks.org   »   [go: up one dir, main page]

Actas del Cabildo de San Juan Bautista de Puerto Rico 1817-1819

Page 1

Actas

del Cabildo de San Juan Bautista de Puerto Rico

ACTAS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA

PUERTO RICO

1817 - 1819

Propiedad de Roberto R".nos - Perea

Transcripción, Redacción de notas marginales, Indices y Revisión del Trabajo de imprenta por la

Dra AIDA R . CARO COSTAS Catedrática de Historia en fa Universidad de Puerto Rico

t.~\~\.:\Q-rt.C~ ,, • o t.'f..Ct.Ut.~~t.t\"iOt\~\Q.\}t.~ft.. ~,é~t.O ? ft..\f'iO~SZ.

PUBLICACION OFICI.AIJ)\S?OS\C\O

DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN Puerto Rico

1977

DERECHOS RESERVADOS Depósito Legal: B . 24.520-1976 Printed in Spain Impreso en España Imprime: M. PAREJA - Montaña, 16 - Barcelona

[5 DE MAYO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Noble [sic] y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco días del mes de mayo de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, alcalde ordinario de segundo voto, comisario ordenador honorario, caballero comendador d e la Orden Americana de Isabel la Católica; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y al calde provincial perpetuo por su majestad; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; y don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad. Concurrió, asimismo, el caballero rexidor -fiel executor, don José María de Torres Vallejo.

El caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le confirió de las planas presentadas por don Antonio Chieza, maestro de primeras letras, y que han formado los niños de su escuela. Manifiesta que la mucha actividad y eficacia del [f- 1 ]/ citado maestro hace esperar al público buenos pendolistas, famosos y útiles ciudadanos , por lo cual pide su aprobación, según se dispuso con el otro maestro, encargando el celo en esta casa de escuela a los señores diputados. Que considera al nominado don Antonio Chieza digno de las gracias y premios d e este cabildo porque será un estímulo poderoso de su eficacia y que de ella resultará el que la isla no carezca de jóvenes capaces de exercer los empleos que proporciona a quienes las autoridades, dice, preferirán con justicia de los advenedizos de otras provincias. Y se acordó: Aprobar las referidas planas; reencargar al maestro su esmero con los jóvenes; y que los señores diputados de escuelas las visiten mensualm ente para que en ellas se observen las reglas debidas y buen m étodo de enseñanza, pasándoseles las planas a fin de que puedan notar el adelantamiento o atraso de los discípulos; y que se franqu een a don Antonio Chieza los testimonios que pida de este expediente.

2.

(Procura dor gene• r a 1 r ecom ienda apr obación de las planas escolares sometidas por el maestro don Anto• nio Chieza así co• roo que se le dis• pense a éste "gracias y premios" por su labor pedagógi• ca. )

(Apru ébanse l as r eferidas planas y se provee para la vi• si ta mensual a las escuelas de prime· ras letras.)

[1]

[Gobernador da a conocer carta de recomenda ción extendida a favor del r egidor don Vicente Becerra y solicitud de éste para que l as ausencias en s u empl eo no le signifiquen perjuicio alguno dado que se h alla prestand o s erv icios militares en Venezuela .]

[Se da cur so favorable a la antes mencionada solicitud expresándose as i mi smo la satisfacción capitular por los servicios que rinde el r efer ido regidor. ]

ACTAS DEL CABILDO

En este [ f. iv. ]/ cabildo se r ecibió un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 2 de los corrientes, en que inserta el que le pasó el excelentísimo señor capitán general del exército expedicionario de Costa Firme recomendando al caballero rexidor de este ayuntamiento don Vicente Becerra ( en la actualidad capitán ayudante mayor del Batallón de Cazadores de Cachirí y existente en la pacificación de Venezuela) y acompañando una representazión de éste a fin de que no l e pare perjuicio su ausencia en lo concerniente al enunciado empleo de regidor; y en el que previene su s eñoría, por su parte, se ten ga presente tan respetable recomendación y los acreditados y distinguidos servicios d el interesado. Y se acordó : Contestar al señor gobernador y capitá n general el recibo y lo satisfactorio qu e ha sido a este cuerpo e l ver que uno de sus individuos haya sido tan útil en circunstancias tan críticas y calamitosas a su nación, madre patria y soberano, a quien de ningún mo do puede irrogar un perjuicio su ausencia en el empleo de regidor cuando éste lo ti ene confirmado por su majestad y está exercitado en su real se rvicio con tanta aceptación y tan considerables ventajas.

Con l o [f. 2] / que se concluyó esta [sic ] cabildo, que firmó Su Excelencia, de que d oy fee. = H ernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Torre s y Vallejo [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Andino [rúbrica ] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

[2]

[12 DE MAYO DE 1817.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista d e Puerto Rico, a los doce días del mes de mayo d e mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es d e u so y constumbre [ sic ] , concurrieron a es t a sala consistorial el señor alcalde ordinario de prim er voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, señor alcalde provincial perpetuo por s u maj estad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; señor don Juan Antonio Mexía , oidor honorario de la mis ma Real Audiencia y auditor d e guerra de marina; don

2

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Diego Pizarra, capitán de exército; don Manuel de Andino; y el caballero síndico [f· 2v. J/ procurador general, licenciado don José de Rivera. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 7 de los corrientes, en que inserta el real decreto de 29 de enero por el cual su m ajestad se sirvió nombrar su secretario de Estado y del Despacho de Gracia y Justicia al señor consejero de Estado honorario don Juan Esteban Lo zano de Torres. Y visto se acordó: Quedar enterado este ayuntamiento del contenido de dicha soberana determinazión y contestar al señor ca-_ pitán general el recibo de su oficio por el testimonio de este acuerdo.

En este cabildo evacuó Su Excelencia el informe que pidió el señor gobernador y capitán general, en 23 de enero último, sobre las facultades peculiares del fiel execu tor y diputaciones que acostumbra nombrar el ayuntamiento para la provisión, visitación y tasación de los víveres d e boca o postura de mantenimientos, con lo demás que expresa. Y se acordó: Que se saque t estimonio d el citado informe a continuación de la copia de las antiguas Ordenanzas Municipales, que también pidió el expresado señor capitán general, y se le pase todo a su señoría para su superior conocimiento. [f. 3)/

El escribano presentó las cuentas de propios que corren desde l.º de octubre de 1812 a fin de diciembre de 13, tiempo en que regía la Constitución, y las cuales se habían pasado al procurador general , licenciado don Juan *Antonio Mexía*, Bautista Márquez, para su vista, las que ha devuelto, concluído el año, sin despachar. Y se a co rdó: Pasarlas al del presente, licenciado don José de Rivera.

Don Domingo Arévalo, natural de la ciudad de Caracas , se presentó con una justificazión, aprobada por el señor gobernador y capitán general de esta isla, en que acredita su profesión de cirujano y el p ermiso que tiene d e dicho señor para exercer su facultad, con objeto de que esta Excelentísima corporazión tenga el conocimiento de todo y ofreciéndose gustoso a exercitarse en servicio público. Y se acordó : Haberlo por presentado con los e nunciados documentos para el fin que propone y se le ha concedido por el señor gobernador y capitán general, los que se le devol-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Gobernador parti• cipa real decreto nombrando a don J ua n Esteban Lozano de T orres secretario de Estado, de Gracia y de Ju sticia. ]

[A remitirse al gobernador testimonio del informe sobre las atribuciones inherentes al oficio de fiel ejecutor y diputaciones capitulares que se l e encomiendan.]

(Preséntanse cuentas de propios de 1812 a 1813, las que quedan referidas al procurador genera l.]

[Don Domingo Arévalo presenta documentación acreditativa de su profesión como cirujano y licencia del gobernador p ar a ejercerla.]

3

[Comunicase real decreto facultando al Ministro de Gracia y de J usticia a estampar sólo su apellido o media firma en los despachos de su ministerio.]

[Participase real orden desestimando petición del doctor don Francisco Oller s o b r e aprobación de su n o m b r a • miento como protomédico de la ci udad e isla.]

ACTAS DEL CABILDO

verán quedando copia en este [f 3v•J/ archivo para constancia.

Se recibió un oficio del señor gobernador, de 7 del corriente, en que transcribe el real decreto de 12 de febrero por el cual su m ajestad se dignó hacer gracia al excelentísimo señor ministro de Gracia y Justicia de que solo siente su apellado [sic] o media firma en los negocios de su ministerio excep to en los despachos y demás que su m ajes tad firmare. Y se acordó : Quedar enterado y que se archive; contestando a l señor capitán general el recibo por el testimonio de este acuerdo.

Con lo que se concluyó éste, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Reye s [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Jo sé de Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[3]

[2 DE JUNIO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista d e Puerto Rico, a los dos días del mes d e junio de mil ochocientos diez y s iete años, para [f. 4] / celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, seño r don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba ; señor don Juan Anto nio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Agustín Martínez y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ocupazión, ausenzia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, de 16 de mayo último, en que transcribe su señoría la real orden de 2 de enero d el corriente año por la cual su maj estad no ha t e nido a bien acceder a la solicitud de don Francisco Oller reducida a que se aprobase el nombramiento [ f, 4v. J/ de protomédico d e esta capital e isla. Asimismo, incluye el señor capitán general

4

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

una copia de la orden de la Regencia, fecha 13 de octubre de 1812, que trata del nombramiento real que solicitó de inspector de medicina y cirujía y resoluzión que recayó. Y se acordó: Quedar este cabildo enterado de t odo; contestar a su señoría el recibo por el testimonio de este [sic] acta y archivars e para constancia.

Don José Jesús Miraval, cirujano honorario de la real armada, presentó una cuenta ascendente a ochenta pesos, tres reales, diez y siete maravedíes, que se han gastado en la conducción del fluído vacuno desde la Aguadilla a esta capital. Y se acordó : Pasarla al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

Se vio una solicitud del doctor don Francisco Oller, médico y cirujano de la Junta de Sanidad, en que, haciendo una relación de sus méritos y servicios, pide por último que este ayuntamiento declare que debe seguir percibiendo los dos reales que siempre han exigido los de su clase por cada negro que visitan a bordo de las [ f. 5] / embarcaciones que arriban a este puerto de los de Africa, por no tener sueldo señalado como médico y cirujano de la Junta de Sanidad. Y se acordó : Que no incumbiendo a esta corpocazión la declaratoria que solicita esta parte, por ser gestión de sala o tribunal de justicia, se le haga saber que ocurra al tribunal del señor gobernador y capitán general a quien privativamente debe corresponder como presidente nato de la Junta de Sanidad y primer j efe de esta plaza e isla, quien ha tomado ya conocimiento acerca del mismo particular según ha informado el caballero regidor señor don Juan Antonio Mexía , encargado en el próximo pasado mes de las visitas de sanidad; y que se le devuelva su solicitud para el uso que estime conveniente

Con l o que se concluyó y firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernai z [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [ f- 5'· ] / [ 4]

[9 DE JUNIO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve días del mes de junio

[Se comunica orden de la Regencia sobre nombramiento solicitado por el referido doctor como inspector de medicina y ciru• jla.]

(Preséntase l a cuenta de gastos incurridos en l a con• ducción del fluJdo v a c u n o desde Aguadilla hasta la c i u d a d de San J uan.!

{Aludida c u e n t a queda referida al procurador g e n e ral.]

[Docto r don Fran• cisco Oller solicita declaratoria c a p itular sobre que de• be continuar percibiendo dos r eales por cada n e g r o que visite en las embarcaciones pro• cedentes de Afri• ca.)

[Concejo se declara sin jurisdicción para emitir l a aludida declaratoria y provee que el doc• tor Oller recurra al efecto al tribunal del gobernador.)

5

(Part icípase real o rden designando al doctor don J osé Espaillat médico de la real familia.)

(Se presen ta oficio del agente de negocios de l cabildo en Madrid informando Postura del fiscal en el informe sobre la reclamación de los derec h os de muelle y calles.]

ACTAS DEL CABILDO

de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario , como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, alcalde ordinario de segundo voto, cab a llero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honor ario; los caballeros r egidores , señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majesta d; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma R eal Audiencia y auditor de gue rra de marina; don Diego Pizarro, capitán de exército; y don Manuel de Andino; y el caballero síndico proc urador ge n eral, licenciado don José de Rivera. No concurrieron los demás señores por ocupación, ausencia y enferme dad.

En este cabildo se recibió un oficio d el seño r gobernador y capitán general, fecha, seis de los corrientes, en que trans cribe su señoría la rea l ord en d e 29 de marzo por la cual su majestad se dignó concede r al do c tor don José E spayllat, médico del Real Hospital Militar, los honores de médico d e su real familia. Y se acordó: Quedar enterado este ayuntamiento del contenido de la expresada real orden; ( f. 6 ] / archivarse para constancia y contestar al señor capitán general el recibo por el testimonio d e es te acuerdo.

[Procurador general recomienda el pago del gasto incurrido en traer el fluído vacuno a la capital.)

Los señores don Francisco Marcos Santaella y don Juan Antonio Mexía, e ncargado s de la correspondencia del agente de Madrid, don Manuel de Ledesma, prese ntaron un oficio de és te, fecha 24 de marzo , en que participa que el señor fiscal se adhirió al informe de la contaduría general en el expediente de r eclamazión de derechos de muelle y calles, y que todo se ha m an dado unir al expediente general que pende en la superioridad. Y se acordó : Contestarse el recibo de dicho oficio por los mismos señores encargados.

11 unta Municipal a ordenar el aludido pago. J

El caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le confirió del expediente del gasto de 80 pes os, 3 reales, 17 maravedíes, que se impendió en traer a esta capital, desde la Aguadilla, el fluído vacuno en brazos de niños que se solicitaron al intento; y representando que es muy justa la satis-[f, 6v·J/facción. Y se acordó: Pasar el expediente a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para que dispongan el pago de la cuenta.

6

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

El doctor don José de Bargas, natural de La Guayra, residente en esta plaza, prozedente de Cádiz con destino a la Habana, se presentó exponiendo que debe detenerse algún tiempo para arreglar asuntos de su casa y que en el desea exercer sus facultades de médico y cirujano oculista y dentista, para lo cual pide el permiso necesario a este ayuntamiento con exhibición de ocho documentos o títulos obtenidos de estas profesiones en la ciudad de Caracas, en Edinburgo, capital de Escocia, y en Londres. Y se acordó: Que obteniendo previamente la licencia del señor gobernador y capitán general de esta plaza e isla ocurrirá con ella a este ayuntamiento para acordar lo conveniente.

Relax público.

El caballero regidor don Diego Pizarro, encargado de la obra de sentar el relox en el lugar público que se tien e destinado, hizo presente que es necesario dar alguna paga al reloxero de profesión que hay en esta plaza, Carlos Desquadr es, a fin de que cuide de s u conservación, aseo, arreglo y que se haga cargo de darle semanalmente la cuerda necesaria, en todo lo cual está ya exercitado desde el mes de [f. 7] / marzo que se armó en el real almacén de sala de armas para examinar el terreno que ocuparía; y que habiendo tratado de es te particular con el propio relojero le ha expuesto que nada interesa por las ocupaziones y trabajo que le ha dado la colocación en que ahora está pero que en adelante exige quince pesos mensuales, quedando obligado a las composiciones de poca consideración; y estando diputado dicho se ñor Pizarro por este consistorio para que tratase el particular con el señor gobernador y capitán general lo ha practicado siendo su señoría de sentir que se le abonasen. Y oída la exposición se acordó : Conforme, pasándose t estimonio de este acuerdo a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para que dén la orden al mayordomo de propios para el abono de los [1• 7v• J / quince pesos mensuales de asignación, contándose el pago desde primero del mes de mayo próximo pasado.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernáiz [ rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Licenciado Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

7

[E l doctor don José de Vargas solicita licencia para ejercer sus profesion es de médicocirujano oculista y dentista.]

(Provéese que obtenga la referida licencia del gobernador y que Iuego se presente al cabildo para acordar Jo conveniente.]

(Se propone e l pago de quince pesos mensuales al relojero que ha de encargarse del reloj público ]

(Apruébase la alud i d a propuesta, proveyendo que la Junta Municipal dé la orden correspon• diente para dicho pago.]

[Gobernador confirma acuerdo capitular.]

ACTAS DEL CABILDO

[16 DE JUNIO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y seis días del mes de junio de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador h onorario; los caballeros rexidores, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Agustín Martínez; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. [ f. 8] /

Se recibió e n este cabildo un oficio del señor gobernador y capitán general, de 11 de los corrientes, confirmación del anterior cabildo. Y se acordó: Quedar enterado de él y que se archive.

Se concluyó este cabildo por no haber otros asuntos de que tratar y firmaron sus señorías, de que doy fee. = Hernai z [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escal.ona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

[6]

[30 DE JUNIO DE 1817.)

En la Muy Noble Noble [sic] y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta días del m es de junio de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor [1• sv· ] / alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario ; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor hon orario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perp etuo por su maj estad ; el caballero fiel executor, don Jo sé de Torres Vallejo; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audie ncia de Cuba y auditor de guerra d e marina; y don Agustín Martínez. Los dem ás

8
[
5]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, de 17 del corriente, en que transcribe el del señor intendente del día anterior que desea aclarar la duda que se le ofrece sobre la causa que motivó el haberse a signado al ayuntamiento la contribución de 40 pesos a ocho tiendas de pulpería; y el señor gobernador pide informe sobre lo acordado e n el particular. Y se acordó: Poner a continuación del [f. 9]/ expresado oficio, y por el presente esscribano, testimonio fehaciente del acta referente al particular en lo concerniente a él y transmitirse al señor gobernador y capitán general según lo pide, sirviendo de informe.

Se vio otro oficio del mismo señor capitán general, de 17 de este mes, con que acompaña su señoría copia del acuerdo celebrado en 16 sobre las harinas que s e habían introducido en estado de corrupción y se suministraban al públi co y guarnición, a fin de que enterado este ayuntamiento de su contenido determine lo conveniente a la execución de lo disp uesto y acuerde cuanto estime oportuno en b en eficio de es t e vecindario. Y se acordó : Hab er por recibidos dicho oficio y acuerdo, enterando de ellos al caballero rexidor diputado para que tenga la vi gilancia correspondiente a fin de que no se introduzca harina que no sea de buena calidad y se haga de toda la que venga al puerto [f. 9v· J/ los más escrupulosos reconocimientos para impe dir su expendio al público con perjuicio de su salud, practicando otro tanto con cualesquiera comestibles qu e se hallan en igual caso y tomando inmediatamente d e acuerdo con el señor gobernador y capitán general las providencias convenientes para impedir su venta y consumo.

Se trajo a este cabildo la solicitud que, en 9 del qu e expira, se devolvió al do ctor don José de Var gas para que solicitase del señor capitán general la licencia que solicitaba a fin de exercer en esta ciudad la medicina, cirujía y d e más profesiones en que está recibido según los títulos que exhibió, con un decreto del expresado señor gobernador y capitán general, fecha, 10 de mismo, en que expresa que no sólo le ha permitido el exercer su profesión sino que le tiene cometida una comisión de sumo interés a la humanidad. Y se acordó : No ofrecerse a este consistorio reparo alguno en que el nominado doctor Vargas exerza

9 {Gobernador pide informe sobre contri buclón impuesta a ocho pulper!as. 1

{Pro véese al efecto.]

(G obernador r equiere el cumplimiento de l o acordado r especto a la introducción de harinas en estado de descomposición.]

(Provéese para el reconocimiento de las harinas y de• más vív eres que se introduzcan para e l abasto de la c iu• dad.]

(Se presenta licencia o torgada por el gobernador al d octor do n José de Vargas para que ejerza su profesión médica .]

[Se acepta al referido doctor en el ejercicio de su profesión.]

[Don M iguel de Coto presenta título de cirujano.]

¡Solicitase el pago de cierta obra realiza da en la cárcel y en el Cuartel de Mili cias Disciplinadas; significándose as imism o ne cesidad de realizarse otras reparaciones en l a cárcel.]

ACTAS DEL CABILDO

con toda libertad las facultades en que está recibido y aprobado, haciéndosele saber con devoluzión de su instancia y este decreto. [ f, 1º] /

Don Miguel de Coto, vecino de esta ciudad, presentó el título de cirujano, que le ha librado en 30 de abril último el Real Protomedicato de la ciudad de la Habana, con objeto de que este ayuntamiento t enga el debido conocimiento en la práctica de su exercicio. Y se acordó : Haberlo por presentado y que se tome razón del título y se le devu elva al interesado.

[Provéese para el referido pago y re• paraciones a I a cárc el.]

El señor alca lde ordinario de segundo voto expuso que por dispo sición del señor gobernador y capitán general se hizo la composición del suelo de uno de los calabozos de la real cárcel que se hundi ó; y se pusieron en el Cuartel de Milicias 50 estacas para atar los caballos de la compañía de caballería que viene anualmente a solemnizar la función del patrón tutelar de esta ciudad; y que debiendo estos gastos satisfacerse por los fondos de propios lo avisaba para que tuviese efecto como también la n ecesidad que hay de blanquear la expresada real cárcel y hacer en ella algunos peque-[f- i0v ]/ños reparos de tomar goteras, componer los cerramentos de las puertas, etc. Y se acordó: Conforme; encargándose al mismo señor alcalde que mande hacer estos reparos, formar las cuentas de gastos y se pasen a la Junta Municipal para que delibere la satisfacción de ellos.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Torres Vallejo [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbri ca ], esscribano real y de cabildo.

[ 7 ]

[4 DE JULIO DE 1817.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro días del mes de julio de mil ochocientos diez y siete, se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposición del señor gobernador y capitán general , y concurrieron el mismo señor con el señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernáiz, comendador

10

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la [f. 11 ]/ de la [sic] Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, señor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez, don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. Los demás seño res no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupación.

Concurrió en es te estado el caballero fiel executor, don José de Torres Vallejo.

En este cabildo se trató acerca de hallarse la ciudad en el último estado de escasez de harina tanto que los panaderos han expuesto que ni en sus casas ni en los almacenes de los comerciantes de la plaza se halla alguna ni mas que dos barriles para los enfermos del Hospital. Y en esta virtud se acordó : Nombrar dos caballeros rexidores para que, como diputados de esta corporazión, se encargen [sic] de escribir a la isla de [f. 11v·J/ San Tomás con objeto de hacer venir 500 barriles por el pronto y ofreciendo pagarlos al costo y costas 40 días después de su llegada a la plaza o a proporción que se vaya expendiendo, con el interés que se exigiere por esta tardanza. Que venida que sea la h arina con noticia de todos sus costos y diferencia que debe haber de la moneda vellón macuquina y pagos d e amasijos y acarretos la entreguen a los panaderos para s u expendio al precio que resulte, de quienes recibirán el producto para la satisfacción del n egociante que haga la anticipación de este renglón alimenticio de primera necesidad. Que los señores diputados lo sean los caballeros rexidores don Santiago de Córdova y don Manuel de Andino, quienes podrán dirigirse a don José Gilio, de San Tomás, persona de aquel comercio, que en todas ocasiones ha servido con ventaja en las necesidades [f. 12]/ que han ocurrido a esta isla, lo que más que a otra persona consta al señor gobernador y capitán general que preside este acuerdo y a quien se suplica tenga a bien interponer su poderoso influjo y recomendación para la pronta consecución del enunciado abasto.

Con lo que se concluyó este extraordinario, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Mexia [rúbri-

[Signif(case e s c a sez de harina. )

(A gestionarse se traigan de la isla de San T omás 500 barriles de harina.)

[Designación de di• putados para efectuar la aludida gestión.]

11

(Gobernador con• firma acuerdo capitular .J

ACTAS DEL CABILDO

ca] = Torres Vallejo [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[8]

[7 DE JULIO DE 1817.]

En la [ f. 12v·J/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete días del mes de julio de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [ s ic], concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterling; el señor don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto ; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova y don Manuel de Andino. Los dem ás señores no concurrieron por ausenzia, enfermedad y ocupación.

En este cabildo se recibió un oficio d e l señor gobernad or y capitán general, de 2 de los corrientes, en que su señoría confirma el acuerdo de 30 del anterior . Y visto se acordó : Quedar enterado y archivarse .

Con lo que y no habiendo otra cosa de que tratar s e concluyó este cabildo, que firmó Su E xcelencia, de que doy fee. = St erlin [rúbrica] = Hernai z [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E scalona [rúbrica], ess c ribano real y de cabildo. [f. 13 ]/

[9]

[14 DE JULIO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce días del mes de julio

12

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Salvador Meléndez Bruna, de la Orden de Calatraba y Real y Militar de San Hermenegildo, mariscal de campo de los reales exércitos, gobernador y capitán general de esta isla; el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana ( de Isabel)* de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ocupación y ausencia y enfermedad [f 13 v. ]/

El caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le corrió del expediente promovido por don José Xavier de Aranzamendi para que se le satisfaga el costo de l relox público y cuenta que antes tenía pendiente con es t e consistorio por los derechos que pagó a la real hazienda correspondientes al ramo de Catedral que rindieron el número de barriles que el cabildo compró antes de ahora para el abasto público; y hallando el citado síndico justa y arreglada la expresada cuenta pide que se le satisfaga su montamiento Y se acordó : Conforme; pasándose el expediente a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para que tiren las órdenes de pago.

El mayordomo de propios representó que se le ha informado que Pedro Giral, uno de los individuos que tenían pulpería, de las de Ordenanza o composición de este cabildo, la ha quitado para trasladarse a la península. Y se acordó: Que el caballero rexidor diputado de abastos se informe de lo cierto e igualmente si ha contribuído la cuota anual que tiene asignada y debe hacer con anticipación; y en caso de resultar verídica su [f. 14 ]/ ausencia y que no ha traspasado la pulpería a otro recaude de él la asignación si no la hubiese pagado y dé cuenta para subrrogar otra pulpería de composición . Y si la hubiese vendido o cedido a otro sujeto intimara a éste la soluzión para lo sucesivo, haciéndolo pre sente a este ayuntamiento para la orden que se ha de dar al mayordomo .

* Lo comprendido entre paréntesis aparece tachado en el original.

!Procurado r general recomienda el pago de la cuenta presentada sobre costo d el reloj de la casa consistorial y de otra deuda capitular por concepto de compra de harina.] (Junta Municipal a dar las órdenes para que se hagan los antes mencionados pagos.]

[Se Informa Pedro Gira! ha cerrado su pulpería.]

[Diputado de abastos a investigar so-bre el cierre de dicha pulpería y cump limiento d e las obligaciones del pulpero.]

13

(S e p r es enta carta d e do n José Gllio informando haber remesad o el complete d e los 500 barril es d e har i na que se l e com praro n. 1

[A pate n tizarse a don J osé Gil io e l agra d eci m ien to capi tu la r por los serv ic io s pr estados en e l sum inistro de la har ina. )

ACTAS DEL CABILDO

Los caballeros rexidores don Santiago de Córdova y don Manuel de Andino, diputados por este ayuntamiento para entender en el abasto de harinas a este público por la falta de ellas que se experimentó en días pasados, presentaron la carta de don José Gilio, del comercio de San Tomás, su fecha, 12 del corriente, con la cual hace la última remesa para completar los 500 barriles que se le pidieron, expresando que celebra infinito hab e r llenado completamente el objeto de la comisión qu e se le encargó y los des eos del ayuntamiento, a qui e n r e ite ra sus ofrecimientos [ 1 • 14v. ] / para todo lo demás en que pue da complacerle. Y se acordó: Que los dos caballe ros diputados acus e n el recibo a don José Gilio tributándo le las más sinceras y expresivas gracias por la eficacia, fes tinación y desinterés con que ha llenado la confianza que en él d epositó es t e consistorio, puntualidad y franquez a con que h a subve nido a las críticas y calamitosas circ unst a ncias en que se hallaba este vecindario y su guarnición, cuyo servicio ha dado sin duda un realce al brillante mérito qu e tenía contraído y apreciable concepto que merecía a este público , el que se tendrá muy presente par a la más generosa recompensa en cuanto esté al alcance de los arbitrio s y facultades de esta corporación.

[ D o n Alejandro Go nzález presenta t l tul o s de profesor de f armacia.]

[Cons ignatarios y mayoristas de harina a s atisfacer contribución i mpuesta sobre libra de pan c o cido.]

El bachiller don Alexandro González presentó los títulos de profesor de farmacia que ha librado el Real ProtoMedicato de la Habana. Y se acordó: Tomar razón de ellos en el libro correspondiente y devolverse al interesado.

Para hacer más fácil y expedito el cobro de un maravedí en libra de pan cocido, aplicado a gastos del relax, se dispone que los consignatarios y negociantes por mayor de las harinas que se introducen en la plaza sean los que satisfagan [ 1 • 15 ] / al señor rexidor comisionado don Diego Pizarra el maravedí correspondiente a libra de pan, ascendente a siete reales, dos maravedíes, por barril de harina, de que se harán re sponsables conforme a la nota de su introducción .

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia , de que doy fee. = Melendez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Tares [sic] Vall e jo [rúbric a] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

14

[21 DE JULIO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad [f isv. ] / de S an Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y un días del mes de julio de mil ochocientos diez y siete años, para cel ebrar cabildo ordinario, como es de uso y consturnbre [ sic ] , concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comen dador de la Orden Americana de I sabel la Católica y comisario ordenador honorario, alcalde ordinario de segundo voto; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la R eal Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor también honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez y don Diego Pizarro, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San H ermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 19 de los corrientes, en que su señoría transcribe lo que le ha expuesto el señor comandante de ingenieros, el día anterior, acerca de que debe destruírs e, por las razones manifestadas, el lugar común situado en [ f. 16 ]/ en [sic] el cuerpo de guardia del oficial del puesto •del principal y hacer esta oficina en el sitio que debe estar luego que se hagan las fábricas proyectadas para sentar el relox público; que debiendo verificarse este gasto de los fondos de propio s esperaba se franqueasen los caudales necesarios para la obra que juzgue más oportuna; lo cual dicho señor capitán general comunica para que instruído el ayuntamiento acuerde lo conveniente sobre lo que debe pres tar para su execución. Y en su vista se acordó : Hacer presente a su señoría que será muy justo y fundado lo expuesto e informado por el señor comandante d e ingenieros en cuanto a la destrucción de la cloaca o lugar común del sitio o ubicación en que se halla y nueva construcción en paraje más a propósito, siendo también de su incumbencia el designar éste, pero no lo es en orden a que una y otra obra debe ( como dice) verificarse a expensas de los fondos d e [f 16·vJ¡ propios de esta ciudad a causa de ser fábrica de su propiedad;

(Comandante d e ingenieros urge l a destrucción de la cloaca del cuerpo de guardia. )

[Se objeta sufragar d e los fondos de propios la destrucción de la cloaca y la construcción de una nueva.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [10]
15

[Se comprueba el cierre de la pulpería de don Pedro Gira!.]

[A designarse el pulpero que ha de reemplazar a don Pedro Gira!.)

ACTAS DEL CABILDO

porque ha dispuesto la real cédula de 31 de julio de 1755 que la reedificazión de las casas de ayuntamiento y conservación de su s fábricas sea a expensas del producto de los ramos de alojas y aguardiente, teniendo además situados sobre ellos este ayuntamiento la cantidad de 100 pesos anuales para gastos extraordinarios; y así, no estando al cargo del ayuntamiento estos fondos sino al de la real hacienda de allí debe verificarse y ser ésta quien contribuya las expensas que ocasionen l as mencionadas fábricas ; y aún en el caso de que se quisiera proporcionar el costo del fondo de propios con calidad de reintegro el ca lamitoso o exhausto estado en que se halla, según ha informado el señor alcalde ordinario de segundo voto, presidente actual de la Junta Municipal por la enfermedad del señor don Manuel de los Reyes, que lo es de primero, y el mayordomo, no lo permite .

El caballero regidor don Santiago de Córdova evacu ó la comisión que se l e confirió para averiguar lo cierto de la ausencia de [f. 17 ]/ don Pedro Giral, uno de los pulperos de Ordenanza de este ayuntamiento. Y h abiendo informado que después de pagada la anticipación correspondiente ha quitado la tienda se acordó : Pasar el expediente al señor alcalde ordinario d e segundo voto para que tomando informes acerca d e los pulperos más pudientes de esta capital elija uno y lo subrrogue en lugar del di cho don P edro Giral para completar el número de Ordenanza acordado por este consistorio en cabildo pleno, haciendo saber la cuota que anticipadamente debe contribuir y dando después cuenta con el competente informe, que exten d erá a continuazión para constancia y que pueda transmitirse la conveniente orden al mayordomo.

Con lo que se concluyó este cabil do , que firmó Su Excel encia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscrib a n o real y d e cabildo.

[11]

[28 DE JULIO DE 1817.]

En la Muy Nob l e y Muy Leal Ciudad de [f. 11v•J/ San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho días del

16

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mes de julio de mil ochocientos diez y y [sic] siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; don José Torres Vallejo, fiel executor; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez y don Manuel de Andino. Los dos señores alcaldes ordinarios y demás caballeros rexidores y síndico procurador general no concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad.

En este cabildo, no habiendo asunto alguno pendiente al despacho y ni haberse contestado por el señor gobernador y capitán general el oficio que se le pasó con el anterior acuerdo, se trataron algunas materias tocantes al bien público; y se concluyó, firmando Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Tores [sic] Vallejo [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano de cabildo. [f, 18]/

[12]

[4

DE AGOSTO DE 1817.]

En la Muy y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cuatro días del mes de agosto de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de 2.º voto; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Santiago de Córdova; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. Los demás señores no concurrieron por enfermedad, ausencia y ocupación. Concurrió el señor don Juan Antonio Mexía. 3.

}

17
¡se tratan var ios asuntos.

(Se levanta sesión por no tener asuntos a considerar.)

(Alcalde provincial don Francisco Marcos Santaella solicita certificación de empleos y comisiones por él desempeñados y la conducta observada en los mismos.)

ACTAS DEL CABILDO

No habiendo as unto pendiente de que tratar en este ayuntamiento se puso por diligencia, que firmaron los señores concurrentes, de que doy fee . = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica!] = Licenciado Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [ rúbrica], esscribano real y de cabildo .

[13 ]

(11 DE AGOSTO DE 1817.)

En (f. isv. ]/ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los onze días del mes de agosto de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario, alcalde ordinario de segundo voto; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor también honorario de dicha Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad .

(Provéesc para la solicitada certificación.)

En este cabildo expuso el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad, que para fines convenientes necesitaba que esta Excelentísima corporación le confiriera una certificación fehaciente de los empleos, comisiones, méritos y servicios que haya contraído según consta de los acuerdos extendidos en sus (f. 19 ]/ Libros desde primero de enero del año de mil ochocientos once hasta la fecha, con individualidad y expresión de la conducta y desempeño que haya observado siempre y en todos ellos, en atención a que hasta el citado año de once exclusive se le había anteriormente certificado por esta misma corporazión acerca de iguales particulares hasta entonces practicados . Y se acordó: Librar al señor interesado la certificación que solicita con inspección de los Libros de Acuerdos y del concepto que su proceder merezca a esta corporación.

18

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Con lo que y no habiendo otro asunto pendiente de que tratar se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] ·= Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f- 19v· ] /

[14]

[18 DE AGOSTO DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, diez [sic] y ocho días del m es de agosto de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpe tuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor hono rario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino . No concurrieron por ocupazión, ausencia y enfermedad [sic].

En este cabildo no hubo cosa p endient e de que tratar en cuya virtud se puso por dili gencia, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica ] = Ante mí = To mas de Escalona [rúbrica]. [f- 20] / [15]

[1 DE SEPTIEMBRE DE 1817.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad d e S an Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de septiembre de mil ochoci entos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernái z, comendador de

(Se levanta sesión por no tener asuntos a considerarse.)

19

[Se tratan varios asuntos.]

{Gobernador somete presupuesto par a la construcción del m uell e de Mi• raflores y fija los fondos que han de invertirse en dicha obra .)

ACTAS DEL CABILDO

la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario, alcalde ordinario de 2.º voto; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; señor don Juan Antonio Mexía, oidor también honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova, don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera.

En este cabildo por no haber asunto pendiente se trataron algunas cosas tocantes al bien de la república ; y se concluyó, firmando Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santa ella [rúbrica ] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [1• 20v• J/ [16]

[15 DE SEPTIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; y don Santiago de Córdova. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 9 del corriente, con el que pasa su señoría un presupuesto del costo del muelle de Miraflores y cañería, de que está encargado el señor comandante ingenieros, ascendente a mil seiscientos trece pesos, dos reales . Dice el mismo s e ñor capitán general que para esta empresa se contará, desde luego, con el sobrante de carros y limpieza, todo lo demás exclus ivamen te del

20

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

arbitrio de [f. 21 ]/ matadero y carnicería que se aplicará para que no se detenga una obra tan útil ni admitir otra data para que sirva con lo demás que produce el ingreso de dicho Miraflores . Y se acordó: Conforme, nombrándose por superintendente Acuerdo. de fábrica al señor alcalde ordinario de segundo voto, como que es rexidor-alguacil mayor, a quien se pasarán el oficio y presupuesto con orden al mayordomo de propios para ponga [sic] a disposizión del señor superintendente el producto líquido de los ramos mencionados.

Se vio otro oficio del mismo señor capitán general, su fecha, 11 d el corriente, con que acompaña, para noticia de este ayuntamiento y fines convenientes, el acta que la Junta de Sanidad de esta ciudad celebró con motivo de la noticia que ha habido de las enfermedades contagiosas en el partido de Ponce. Y se acordó: Haberlo por recibido y enterado e l consistorio de su contenido se mandó archivar

Se trajo una solicitud que el [ f. 21 v. ]/ caballero rexidorfiel executor hizo al señor gobernador y capitán general pidiendo copia de varios acue rdos de e s te ayuntamie nto p ara continuar el expediente que ti ene promovido acerca de las atribuciones de su empleo y que dicho señor gobernador, con consulta del señor su tenie nte y auditor de guerra, decretó conforme; habiendo pedido también que la corrección d e la compulsa sea con su cita ción y la de un individuo del consistorio. Y se acordó: Que el presente esscribano rexis tre las actas que se m encionan y dé cuenta con ellas en el cabildo inmediato, a fin de que viéndolas se proceda a la compul sa en los términos que prevenga la ley de la materia y en la parte concerniente al punto que se controvierte.

Se presentó don José Xavier de Aranzamendi pidiendo la devolución de una escritura que otorgó a favor de este ayuntamiento y de la cantidad de 2,500 pesos que quedaron en su poder en el m es de enero del año próximo pasado cuando se rindieron las cuenta s del abasto de harinas para [ f. 22 ] / con ellos pagar el relox público encargado a Londres. Y se a cordó : Que a fin de prop end e r a lo qu e esta parte solicita y de dar por concluído el particular a que se refi ere se pase esta instancia al caballero regidor diputado don Diego Pizarra para que a c ontinuación informe si es cierto estar ya satisfec ho totalmente el importe del

(Se designa al a lcalde ordinario de segun do voto como super i nte nden te de la aludida obra.] (Gobernador envía acta de la J unta de Sanidad sobre l as enfermedades contagiosas que se han registrado e n e 1 partido de P once.]

[Regidor-fie l e jecutor so!Jc ita copia de varios a e u e r dos.]

[Escribano a presentar las aludidas actas en el próximo cabildo.]

(Don J osé J av ier de Aranzamendi soli cita devo lución de esc ri tura de fi anza por é l otorgada. !

[Aludida instancia queda referida a l regidor do n Diego Pizarro.J

21

[Pe tición de don José de Castro sobre traslado de part e de un censo.)

(Mayordomo a informar sobre varios extremos con• cemientes a dicho censo y al censata• rio.J

ACTAS DEL CABILDO

relox y se ha conferido por don José Xavier de Aranzamendi el competente documento de pago o finiquito en el que conste haber incluído la suma contenida en la esscritura de fianza .

Se vio una solicitud de José de Castro pretendiendo que de 3,000 pesos de que está hecho cargo, pertenecientes a las rentas de propios, los mismos que tomó en una estancia que le vendieron los herederos del difunto caballero rexidor don Antonio Córdova en Río Piedras, se le permita dejar ( f- 22 v, ] / dicha estancia con sólo 1,500 pesos para que la compre don Manuel Padilla, y los otros 1,500 reconocerlos él sobre una caballería de tierra donde habita en el partido de *Trujillo* Loysa, de la cual presenta propiedad, tasación crecida y certificazión de hallarse libre de todo gravamen. Y se acordó: Que pase esta solicitud al mayordomo de propios para que con vista de la relación de cargo, que anualmente se le confiere por el esscribano del ayuntamiento, informe si este censo está inserto en ella; si se han satisfecho sus réditos, por quien, y qué sujeto es en la actualidad el obligado, expresando si el que está satisfaciendo y poseyendo la finca ha practicado formal reconocimiento.

(Petición de León Ortega sob re traslado de un censo de cien pesos.)

[Accédese a la aludida petición.)

Se presentó León Ortega, vecino del Coroza!, pretendiendo que se le permita reconocer sobre una estancia que ha comprado, de la que presenta esscritura de propiedad y documento de que no reporta gravamen al guno, los cien pesos que sobre otra de menos precio tiene cargados y corresponden a las rentas (f- 23 ]/ de propios y arbitrios. Y se acordó : Conforme, en virtud del más valor de la finca; que otorgue la nueva esscritura de reconocimiento hipotecando especial y señaladamente la finca para que presentándola, con la toma de razón en el oficio de hipotecas, a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal pueda chancelarse la anterior y devolvérsele.

Con lo que se concluyó este cabildo , que firmó Su Excelencia, de que doy f ee . = H e rnaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E scalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

22

[22 DE SEPTIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a los veinte y dos días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordi-[f- 23v• ] /nario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alca lde ordinario de segundo voto; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor hono rario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Santiago de Córdova y don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador, licenciado don José de Rivera. También concurrió el caballero rexidor don Agustín Martínez. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo presentó el caballero regidor don Agustín Martínez el real despacho confirmatorio de su oficio, dado en Palacio, a treinta de mayo último . Y visto se acordó: Acatarlo y se acató en la forma de estilo; que se tome razón del citado real despacho en el libro correspondiente y se devuelva al caballero rexidor interesado con la competente certificación .

El caballero regidor interino don Manuel de Andino representó al señor gobernador y capitán general [f- 24 ]/ pidiendo que se le exonere de continuar en este encargo que le perjudica no pudiendo atender al cuidado de su hacienda d e campo; cuya representación pasa el expresado señor capitán general a este ayuntamiento, con decreto de 18 del corriente, para que informe. Y se acordó: Hacerlo a su señoría en los t érmino s siguientes :

«S eñor Gobernador y Capitán General. = Por la r esolución o a rtículo 4 . 0 de la real cédula de 28 de diciembre de 1814 se tributó a vuestra señoría exclusivamente la facultad de elegir interinamente los capitulares que faltasen del número existente en el año de 1808. En virtud de esta atribución eligió vuestra señoría interinamente a don Manuel de Andino en lugar de don Vicente Becerra , que se hallaba ausente y empleado en el real servicio de la reconquista

[Regidor don Agustfn Martfnez presenta real despacho confirmatorio de su oficio )

[Don Manuel de Andino solicita del gobernador le exo• nere de continuar desempeflando el oficio de regidor .)

!Informe capitular sobre la so licitud del regidor Interino don Manuel de Andino.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [17]
23

[Regidor don Die• go Pizarro informa sobre petición de don José Javier de Aranzamendi res• pecto a que se le devuelva escritura de fianza por él otorgada )

(Ordénase la devolución de la referida escritura.]

(Mayordomo rinde informe sobre pe• tlción de don José de Castro referente al traslado de par• te de un censo.]

[Don José de Castro a pagar réditos vencidos y reconocer dos censos.)

ACTAS DEL CABILDO

o pacificación de la provincia de Benezuela. Hasta ahora se nota o advierte la misma falta del propietario y parece que debe continuar el interino hasta que aquél regrese o en caso de fallecimiento [f. 24 v. ]/ se remate el empleo con las formalidades que prescriben las leyes y previene el mismo artículo 4 .º de la real cédula citada; sin embargo de esto y de que el regidor suplente merece la confianza de este ayuntamiento siendo privativo a vuestra señoría el nombramiento de interino conceptúa esta corporación que también lo es el admitirlos [sic] sus excusas cuando éstas se funden en causas justas y suficientes »

El caballero regidor don Diego Pizarro evacuó el informe que se le pidió el cabildo anterior acerca de la petición de don José Xavier de Aranzamendi para que se le devolviese una esscritura de 2,500 pesos que otorgó y que ya no deb e obrar por habérsele completado a más el total valor del relox público. Y visto se acordó: Que atendiendo al mérito que produce el nominado informe del rexidor diputado se acceda a la entrega de la esscritura otorgada por di cho Aranzamendi, lo que practicará el presente secretario, archivando este expediente para constancia tanto de la satisfacción practicada por el enunciado [f· 25 ] / Aranzamendi cuanto de la que ha efectuado este ayuntamiento por medio de su diputado concerniente a la compra del relox, siendo ya asunto concluído.

El mayordomo de propios evacuó el informe que se le pidió en el expediente instruído por José de Castro a fin de remover los capitales que tiene a su cargo sin re conocimiento sobre su estancia d e Río Piedras y pertenecientes al fondo de dichos propios. Y se acordó en su vista: Que por lo que instruye el nominado informe satisfaciendo José de Castro los 375 pesos de réditos que adeuda y practicando el reconocimiento de l os dos censos que se enuncian, como debió hacerlo en atención a ser dueño y poseedor de la finca o predio rústico en que están hipotecados , se proveerá en orden al traspaso que solicita lo que se estime conveniente, advertido que dentro del [ f. 25 v·J/ perentorio término de quince días ha de realizar el solvendo y reconocimiento indicados; y de lo contrario se acordará lo que corresponda, para cuyo efecto el presente secretario dará cuenta transcurrido dicho término.

En este cabildo dio cuenta el presente secretario con el expediente del caballero fiel executor y actas que en el anterior se mandaron traer registradas; y no habiendo

24

tiempo para inspeccionarlas con la proligidad necesaria por ser muchas, estar algunas de ellas equivocadas en sus citas, no apareciendo de los Libros en las fechas que se detallan y haber expuesto el señor alcalde ordinario de 2 . 0 voto, única justicia que al presente está presidiendo este acuerdo, tener que ir a practicar diligencias concernientes a la salubridad pública, por disposición del gobierno, siendo ya las doce del día y no admitir aquel encargo un momento de retardo se acordó : Suspender el particular de que se trata hasta el inmediato [I· 26 ]/ cabildo.

Con lo que se concluyó éste, que firmó Su Excelencia, de que doy fee . = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [18]

[1 DE OCTUBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de octubre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; los caballeros regidores , señor don Francisco Marcos Santaella, oidor (f. 2óv. ]/ honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcald e provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor también honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina ; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

Don Jesualdo Gayá se presentó exponiendo haber rematado y estar sirviendo el oficio de esscribano de real hacienda y rexistros del puerto de la Aguadilla y que debiendo ocurrir a su majestad en solicitud de real confirmación y fiat de esscribano real pedía a este ayuntamiento un certificato expresivo de la falta de esscribanos que se nota en los pueblos de esta isla y cuanto más le conste

[Se pos po ne examen de las actas solici t adas en co• pia por el regidorfiel ejecutor.)

(Don Jesualdo Gayá Informa haber r ematado el oficio de escribano de real hacienda y registros d el puerto de Aguadilla y solicita se le despac h e c er tificación sobre necesidad de e!ó= c r i banos en la Isla.)

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
25

[Se extiende atestado sobre buena conducta y eficiencia de don J esualdo Gayá y la necesidad de más escribanos en la Isla.)

[Don Julián Guzmán solicita se le acepte como Inquilino censatario de un solar en La Meseta.]

[Aludida solicitud queda referida al mayordomo y al procurador general.)

[Don José de Cas• tro presenta escritura de censo de 3,000 pesos sobre una estancia en Río Piedras.)

ACTAS DEL CABILDO

acerca de su suficiencia y buena comportación . Y se se [sic] acordó: Que siendo constante que el suplicante por su buena conducta, suficiencia y demás requisitos necesarios, es a propósito para el oficio de esscribano y que de éstos hay falta [f. 27 ]/ en toda la isla, habiendo informado este ayuntamiento en ocho de marzo de 1808, por mandado de la Real Audiencia del distrito, ser necesaria la creación de dos esscribanías públicas además de las dos que hay en esta ci udad y que también se hacía necesario crearlas en cada una de las cuatro villas y los 36 partidos de que entonces se componía esta isla para el mejor desempeño de los asuntos de administración de justicia y que hasta ahora no ha producido aquel informe el menor resultado a pesar de que se han aumentado los partidos a 45 y se ha creado en cada uno de ellos un alcalde ordinario siendo por lo tanto aún mucho más necesaria la insinuada creación de esscribanos ; devuélvase éste al interesado para que le sirva de atestado y haga el uso conveniente.

Don Bernardo Camaño y Julián Guzmán se presentaron para que este [f 27 v. ]/ ayuntamiento se sirva admitir al segundo por inquilino censuatario de la suma de 100 pesos, en que está tasado uno de los solares del barrio de La Meseta sobre el cual está la casa de tabla y teja que ha comprado al primero que antes tenía a su cargo dicho solar. Y se acordó : Pasar la solicitud al mayordomo de propios para que exponga si se adeudan réditos y con su informe llévese al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

[Se accede a l traspaso en don Manuel Padilla de la mitad del censo original que tenía don José de Castro.)

Se presentaron don Manuel Padilla y don José de Castro exibiendo éste la esscritura de reconocimiento que se le previno hacer en el anterior acuerdo y comprometiéndose con el primero a dividir e l capital de los 3,000 pesos en dos fincas diferentes, obligado éste a satisfacer los 375 pesos de r éditos decursos. Y se acordó: Haber por presentada la esscritura censual de 3,000 pesos de principal a favor de los propios y arbitrios de esta ciudad otorgada [f. 28 ]/ por don José de Castro, como se le previno en el acta de 22 del mes próximo pasado; y en atención a que el comprador de la finca o hipoteca, don Manuel Padilla, se obliga o compromete a la solución de lo s 375 pesos que se adeudan de réditos vencidos y para la mayor seguridad del insinuado censo que se compone de dos capitales de 1,500 cada uno, ofrece este último reconocer

26

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

uno de ellos en la mencionada hacienda que ha comprado a don José de Castro; y éste los otros 1,500 en el rústico predio que posee en el partido de Loysa y le pertenece según la esscritura de propiedad que ha exibido; se acceda a la división de los 3,000 pesos de censo y traspaso de por mitad en los términos indicados, otorgando ambos censuatarios las competentes esscrituras de reconocimiento con las seguridades necesarias e hipotecas especiales tomadas su razón [ f- 28v· J/ en el privativo oficio y expresándose en la que otorgue Padilla su allanamiento al pago de los réditos caídos, que deberá realizar inmediatamente con arreglo a lo que se dispuso en el anterior acuerdo. Y verificado se pres entarán a este consistorio para su archivo y que puedan chancelarse las precedentes.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = H er naiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Me xia [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Toma s de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[1 9 ]

[6 DE OCTUBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis días del mes de octubre de mil ochocientos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario concurrieron [f. 29 ]/ a esta sala consistorial el señor don Manuel H e máiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; los caballeros rexidores, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina ; don Agustín Martínez; don Diego Pizarro, capitán de infa ntería , caballero de la Orden Militar de San Hermenegildo; don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rive ra . Los demás señores no concurrieron por enfermedad, ocupación y ausencia .

En este cabildo se vio un oficio de los caballeros rexidores don Santiago de Córdova y don Manue l de Andino con que acompañan la cuenta, con pago, del abasto de

[Ambos ce nsatarios a presentar la correspondiente escritura de reconocimiento de censo.)

(Se presentan las cuentas saldadas de la harina enviada por do n José Gilio.]

27

[Quedan aceptadas y archivadas las referidas cuentas.J

(Procurador general y mayordomo rinden informe so~ bre solicitud de don J ulián Guzmán r especto a ser aceptado como inquilino censatario de solar en La Meseta.[

[A céptase a don Julián Guzmán como inquilino censatario.]

ACTAS DEL CABILDO

harinas que se puso a su cuidado y las que remitió don Jo sé Gilio de San Tomás. Y visto con lo que expuso el caballero síndico procurador general s e acordó : Quedar este cabildo e n terado de dichas cuentas, las que encuentra [f. '29v. ]/ justas y arregladas, que se archiven y dén las gracias a lo s expresados caballeros rexidores Córdova y Andino por su exacto y fiel cumplimiento.

En este estado concurrieron los caballeros regidores, fiel executor, d on José de Torres Vallejo, y don Santi ago de Córdova .

El caballero síndico procurador genera l y el mayordomo de propios evacuaron la vista del expediente in struído por Bernardo Caamaño y Juliá n Guzmán p ara h acerse éste cargo del valor de un solar de los propios de esta ciudad en que c ompró l a casa que el primero fabricó. Y en su vista se acordó : Que el di c ho Guzmá n quede obligado al princip a l d e cien p esos, notificándoles que pague n el año vencido qu e se adeuda; y que este expe di ente pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal p ara su co nstancia y archivación.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fe e = Hernaiz [rúbrica] = Mexi a [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martin ez [rúbrica ] = lose Maria de Torres Vallejo [rúbrica] = [ f- 30] / Pi z arra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Rive ra [rúbrica] = Ante mí = T omas de Escalona [ rúbrica], esscribano re a l y d e cabildo.

[20]

[13 DE OCTUBRE DE 1817.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece días del mes de o ctubre de mil ochocientos diez y siete años, para cele brar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic ] , concurrieron a esta sala c onsisto r ial el señor don Manuel Hernáiz , comendador de la Orden Americana de I sabel l a Católica, comisario ordenador honora r io y alcalde ordinario de segundo voto; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marco s Santaella, oidor honorario d e la Real Audie ncia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Santiago de Córdova; y don Diego Pizarra, caballero

28

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo y capitán de infantería. Los demás señores no concurrieron por ocu• pación, ausencia y enfermedad. (f- 30v. ]/

En este cabildo se presentó don Rafael Arroyo, vecino de Mayagüez, con el fiat de esscribano real y notario de Indias que su majestad l e ha concedido, la real cédula de dispensación de pasar a examen a la Real Audiencia del distrito, diligencias practicadas en el tribunal d el señor go bernador y capitán general acerca de este particular y auto de aprobación para que pueda exercer el oficio, pidiendo que de todo se tome razón en el lib ro correspondiente para la debida constancia. Y se acordó : Haberlo por presentado con los documentos que acompaña, tomándose la razón en el libro correspondiente y se devuelvan al interesado con la debida nota.

José de Castro presentó la esscritura de reconocimiento de un mil quinientos p esos de los tres mil que antes tuvo a su cargo y se han dividido entre él y don Manuel Padilla, reconociendo el primero en su hacienda de Loysa y éste debe hacerlo en la de Río Piedras que compró a aquél. ( f- 3L ] / Y se acordó: Haberla por exibida, que se archive y notifique a don Manuel Padilla que dentro de ocho días otorgue la que a él corresponde para que puedan chancelarse y devolverse las antiguas con la condición expresada en los anteriores acuerdos.

En este cabildo expuso el caballero regidor diputado de abast os, don Santiago de Córdova, parecerle oportuno practicar una visita general de tiendas para examinar los pesos y medidas y con mayor interés por haber dado el caso de tener que servirse provisionalmente para el repeso del pan en la plaza de un peso o balanza de un tendero, el que encontró falto, y pasando a otra tienda sucedió lo mismo; que de esto dio cuenta al señor gobernador y capitán general quien le dijo que lo hiciera presente al ayuntamiento y acordase sobre el particular. Y oída su exposición (f- 31v· J/ acordó: Hacerle presente que acerca del particular tiene informado es ta Excelentísima corporación al señor gobernador y capitán general, en 12 de mayo del corriente, que la visita de los víveres de boca, pesos y medidas, incumbe además del señor corregidor y justicias al caballero rexidor diputado de mes, con arreglo a la Instrucción de Intendentes que es la última disposición relativa a la materia; y esto sin exigir derechos por preve-

[Don Rafael Arro• yo presenta fiat de escribano r eal y notario de Indias y varios documentos concernientes al ejercicio de dicho oficio.]

[Don José de Castro presenta escritura de reconocimiento de un censo de 1,500 pesos.]

[Notificación a don Manuel Padilla para q ue otorgue es• cri tura de censo de 1,500 pesos.]

[Regidor diputado de abas tos r ecomi enda se practique la visita general de pesos y medidas.]

(lnfórmase que la práctica de dicha visita concierne al corregidor, justicias capitulares y regidor diputado de mes.]

29

(Preséntase la cuenta de los gastos incurridos en la reparación de calles y del piso alto de l a sala consistorial.)

(Aludida c u e n t a queda devuelta al superin ten dente de fábrica a los fines de que prepare por separado los gastos efectuados en cada una de las referidas obras.]

ACTAS DEL CABILDO

nirlo así la última real orden o determinación que hay acerca del asunto que expresamente lo prohibe.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real · y de cabildo.

[21]

[20 DE OCTUBRE DE 1817.]

En la [f. 32 ]/ Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte días del mes de octubre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de segundo voto; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Rea l Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Diego Pizarra, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Ribera. Los demás señores no concurrieron por ocup azión , ausencia y enfermedad .

En este cabildo el señor alcalde ordinario de segundo voto presentó una relación de gastos hechos en composición de calles y reparación del piso alto de la sala consistorial, que cae dentro de una pieza que servía antes de calabozo a la antigua cárcel y qu e [ !· 32v• ] / se destinó para herrería durante la nueva fábrica; y n otándo se que en la indicada relazión vienen confundidos y sin la debida separación las erogaciones o gastos de una y otra fábrica, siendo diversas y perteneciendo a distintos fondos, lo que después produciría una complicación u obscuridad en las respectivas cuentas, se acordó: Devolverla a l señor superintendente de fábrica del ramo de calles (el mismo que ahora también se nombra para la reparación de esta casa consistorial) a fin de que se sirva hacer que se formen, por quien corresponda, dos relaciones separadas, con inclusión cada cual de los gastos que ocurran, para que,

30

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

acompañando a cada una sus respectivos documentos de pagos, pueda al fin rendir la cuenta con la precisión de materias que se tratan y la claridad debida.

También se trató de un oficio que dirige el señor go_ bernador y capitán general, su fecha, 16 del corriente, para que se sirva este cabildo sin pérdida de tiempo y desde luego comunicar la conveniente [f- 33 ] / orden al esscribano del cuerpo para que inmediatamente proceda a verificar y poner corriente la compulsa de actas que detalló el regidor-fiel executor, don José María de Torres Vallejo, y a que se accedió por auto del tribunal de su señoría, sin constituir semejante solicitud materia de discusiones, con lo demás que expresa. Y se acordó : Contestar al señor gobernador y capitán general que e l ánimo de los individuos que componen esta corporación dista mucho de hacer aquel mandato y solicitud de que se trata materia de discusiones. Que el no haber hasta ahora realizádose la insinuada compulsa ha provenido de los motivos constantes en las anteriores actas relativas al particular y que se han transmitido a su señoría; y sobre todo por ocurrirle la duda de si debe conferir los testimonios de las actas que pide el caballero fiel executor a la letra, según expuso en su pedimento y ,se proveyó por el tribunal de gobierno en [ f. 33 v. ] / 3 de septiembre, previniéndose a mayor abundamie nto, en el oficio que acaba de recibirse que se confieran las actas según aquél pidió y se mandó cuando está prohibido que las materias concernientes a particulares diversos y que tienen su tendencia a otras personas *o particulares * no se franqueen a los que no sean partes lexítimas, debiendo estar reservadas en l os Libros de Ayuntamiento y su archivo ; y le parece a este consistorio que conteniendo las actas a que se• refiere el caballero fiel executor otras muchas materias diversas e inconexas a su oficio o empleo no deben dársele a la letra como aquél lo solicita y se manda a menos que su señoría tenga a bien así prevenirlo a pesar de las justas reflexiones qu e han dado motivo de duda a este ayuntamiento.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernai z [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f- 34 ]/

* Lo comprendido entre a steriscos aparece t ach ado en el original.

[Gobernador ordena que sin demora alguna se proceda a la compulsa de a c t a s solicitadas Por el regidor-fiel ejecutor.]

(Se explica la dilación que ha habido en el despacho de dicha compul sa.]

31

(Don Manuel Milan o solicita se le permita conti nu ar actuan do c omo mayordomo interino.]

[Accédese a la r eferida solicitud .]

ACTAS DEL CABILDO [22]

[27 DE OCTUBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete días del mes de octubre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernáiz, comendador de la Orde n Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario d e la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Santiago de Córdova, capitán retiro [sic]; don Agustín Martínez; don Diego Pizarra, capitán de infant e ría, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, licenciado don Jos é de Rivera. Los demás señores no concurrieron por ocupación, enfermedad y ausencia.

Se presentó don Manuel Milano pidiendo a este ayuntamiento se digne continuarle [ f. 34 v. ]/ en la administración de las rentas de propios y arbitrios, de que el difunto su hermano don Lore nzo era mayordomo, hasta la nueva elección y r endición de las cuentas del presente año que tiene a su cargo tiempo ha desde ,la enfermedad de aquél, con calidad de que responderá con la misma fianza. Y se acordó : Habe rlo por presentado y en consideración a ser constante la fianza otorgada por el mayordomo difunto existente e n estos archivos; la cláusula del testamento en que recomendó la administración a su hermano el suplicante; a la ratificación de fianza que éste hace; y a las dificultades que presentaría por ahora la elección de nuevo mayordomo y duplicadas rendiciones de cuentas , debiendo verificarse por los representantes del difunto del tiempo de su adminis tración hasta su fallecimiento y de aquí a dos o tres meses por el que ahora se eligiese, estando dispuesto que por la Junta Municipal se hagan estas elecciones en el mes de enero, conferirle la interinidad de mayordomo en los términos que expresa.

(Se tratan varios a s untos. ]

Se trataron otras materias del bien público .

Con lo que [f. 35 ] / se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] =

32

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Santaella [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [23]

[10 DE NOVIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez días del mes de novi embre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y costumbre, concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarro , capitán (f· 35v. J¡ de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, de 31 del mes próximo pasado, confirmatorio del acuerdo celebrado de 27 del anterior. Y se acordó : Archivarlo.

Se trataron varias materias concernientes al bien público; y se concluyó este cabildo, que firmaron los señores, de que doy feee [sic]. = Reyes [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = De Villafañe [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano de cabildo.

[24]

[17 DE NOVIEMBRE DE 1817.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Ri co, a los diez y siete días del mes d e noviembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es d e u so y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consis-[f· 36 ] /torial los do s señores 4.

[Gobernador con• firma acuerdo ca• pitular.I

[Se tratan varios asuntos.]

33

!Gobernador remite testimonio de real decreto aboliendo los privilegios exclusivos de pesca concedí dos a var ias corporaciones y proveyendo que solamente los matriculados pueden ejercitarse en aquélla.) (Oficio que le dlrije el cabildo al gobernador seflalándole que no ha de tomar acción alguna sobre el testimonio que ha recibido hasta tanto éste venga en la forma prescrita par l ey, par lo que s•. lo d evuelve para el fin pertinente.]

ACTAS DEL CABILDO

alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba [sic], alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Agustín Martínez; don Diego Pizarra, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera Los demás señores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupazión . .

Se vio el testimonio del real decreto de 20 de febrero último por el cual se dignó el [f. 36v·J/ rey, nuestro señor, abolir los privilegios exclusivos concedidos a varias corporaciones para la pesca, mandando que en lo sucesivo los que se exerciten en esta clase de industria deban ser precisamente matriculados; y su señoría transmite a este consistorio, con oficio de 31 de octubre, a fin de que se acuerde lo conveniente a su efectivo cumplimiento en la parte que comprenda. Y se acordó: Contestar al señor capitán general su citado oficio en los términos siguientes : «Señor Gobernador y Capitán General. = Este ayuntamiento contestando a vuestra señoría su oficio de 31 de octubre último dice: Que la ley 18, Título 23, Libro 8.º de la Recopilación de Indias declara írrito y nulo, sin efecto ni valor alguno, toda esscritura o testimonio que no esté extendido en el papel sellado correspondiente e impone a los jueces y escribanos que las admitieren, presentaren o fabricaren, la pena pecuniaria, por primera vez, de doscientos ducados y de privación perpetua de sus oficios, añadiendo a los esscribanos las que por derecho están impuestas a los falsarios, teniendo obligazión [f. 37 ) / todos, so las dichas penas, de dar cuenta a las justicias de cualesquier instrumentos o despachos que sin esta solemnidad llegasen a sus manos.

El testimonio que vuestra señoría ha remitido a este ayuntamiento, y que se le dirigió por el tribunal de marina, relativo a la abolizión del privilegio exclusivo de pesca que tengan l as corporaciones y particulares contiene este sustancial y punib le defecto; pues aunqu e el esscriban o

34

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de marina, don Antonio de Vega, asienta en él concuerda lo extendía en el papel común por no poderse verificar en el d el sello cuarto a motivo de su mala calidad, ni es cierta esta causal p or que hasta ahora se han podido extender en esta corporación y todos los tribunales de esta ciudad los que han ocurrido en aquella fecha, verificándolo con la misma facilidad y claridad que al presente; ni es suficiente [f- 37v. ] / para que se ha ya arbitrariamente contravenido a la disposición soberana con defraudación de los reales derechos o precio d el p apel. De admitirlo este cabildo y acordar sobre su contenido sin dar parte a vuestra señoría, como previene la ley citada, se haría acreedor a las mismas penas e n que ha incurrido el juzgado de marina. En este concepto lo devuelve a vuestra señoría para que se sirva prevenir su reforma legal por quien corresponde, adoptando las dem ás providencias que estime convenientes en orden a las p enas que aquélla prescribe en que h an incurrido sus contraventores; reservándose acordar esta corporación oportunamente o luego que el enunciado testimonio merezca entera fee y crédito lo que deba acerca del genuino sentido del real decreto de 20 d e febrero último »

En este cabildo se presentó Juan Lozano, arrendatario de los pasajes de Boca Habana y Toa y de los corrales de pesca de sus ríos, solicitando que se descuente d el [1• 38 ]/ total valor de su remate aquella parte que se gradúe pertenecer a los dicho s corrales que le parece no d eb en usar otras personas que los matriculados conforme al real decreto de 20 de febrero último que trata -del particular. Y se acordó: Que se haga saber al suplicante que los corrales de pesca existentes dentro de los ríos no son los abolidos por el real decreto que menciona y que debe continuar en su arrendamiento sin novedad ni permitir se haga por ningún particular basta otra resolución de este ayuntamiento o su principal jefe, el señor gobernador y capitán general.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su E xcelencia, de que doy fee. = Reyes [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica ] = Santa ella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = [f- 38v ]/ = Andino [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[Don J uan Lo zan o, arrendatario de los corra les de pesca de Boca Habana y de Toa, solicita descuento del remate de éstos por l os efectos que sobre ellos tiene el r ea l decreto de 20 de febrero de 181 7.J

[Se aclara que l os corrales de ríos no quedan afectados por el referido decreto.]

35

[Junta Municipal s olicita se design e r eemplazante d e l vocal don J u a o An to nio Mejla.)

ACTAS DEL CABILDO [25]

[19 DE NOVIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Nob le y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve días del mes de noviembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo extraordinario, obtenida la venia del señor gobernador y capitán general, concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la R eal Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina ; don Tiburcio Durán de Villafañe ; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Agustín Martínez; don Diego [f. 39]/ Pizarro, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y don Manuel de Andino. El seño r auditor d e guerra y teniente de gobernador no concurrió por sus ocupaciones. El caballero fiel executor por ha llarse ausente en su casa de campo; y con indisposición de salud los caballeros rexidores don José y don José María Dávila, y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera.

En este cabildo se abrio un pliego de la Junta Municipal que contiene su oficio del día de ayer y testimonio del acta que celebró en la que consta que habiéndose reunido para tratar de sacar a nueva subasta algunos pasajes y corrales de pesca, por estar para expirar el término de sus anteriores arrendamientos, se excusó de concurrir a dicha Junta el caballero regidor vocal señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina, a motivo de que había consultado al comandante de matrículas el cumplimiento [f. 39v. ]/ del r eal decreto de 20 de febrero último que trata de la abolición de los privilegios de pesca; de cuyo acontecimiento se hace sabedor a este cabildo para qu e dispon ga con la brevedad que exige la m a teria elegir otro caballero rexidor vocal en quien no s e encuentren impedimentos de esta n a turaleza. Y se a cordó , con sepa-

36

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

ración de la sala del señor don Juan Mexía por ser asunto que le to ca: Nombrar, como se nombró, con unanimidad de votos para vocal de la Junta Municipal al caballero regidor don Santiago de Córdova y que se participe al señor gobernador y capitán general para su confirmación.

Y habiendo h echo presente el señor alcalde ordinario de segundo voto que el estado de los fondos de propios no permitía satisfacer los sueldos de los empleados más necesarios y precisos a causa de estarse subviniendo con ellos e indultando la hospitalidad que la humanidad exige a los fi eles emigrados de la Guayana, que aquí han llegado enfermos y moribundos y se han colocado en las salas altas d e la real cárcel, procurando [f. 40 ]/ este cabildo economizar gastos sin perjuicio de los indispensables y muy precisos. Acordó también la supresión del empleo de juez de policía, por ahora, siempre que sea de la aprobación del señor gobernador y capitán general, quedando esta a cargo de los señores alcaldes ordinarios en general y de los inferiores de barrio en particular, cuidando cada cual en su respectivo cuartel el aseo y limpieza del público bajo las reglas prescritas en el Bando de Buen Gobierno . Y qu e para evitar al señor auditor de marina, don Juan Antonio Mexía, otra complicazión igual como la que ahora se ha advertido en el desemp eño de aquel empleo y el de regidor llano, que es d e este ayuntamien to, no se le confieran en lo sucesivo comisiones incompatibles , teniendo siempre a la vista lo dispositivo del artículo 25, Título l. º de las [f, 40v. ] / Ord enanzas de Matrículas que aquí rigen.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, d e que doy fee. = Reyes [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica] = Sa ntaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martine z [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[26]

[24 DE NOVIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro días del mes d e noviembre de mil ochocientos diez y siete, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic],

[Regidor do n Santiago de Córdova q u e d a designado vocal de la Jun ta Municipal.)

(Signifícase estado precario de hacienda municipal y ayuda que se está dispensando a los emigrados de la Guayana.]

lSuprímese empleo de juez de polic!a y sus funciones quedan asignadas a los alcaldes ordinarios y de barrios.)

[No se l e han de encomendar al regidor don J uan Antonio Mejía comisio nes incompatibles con su oficio de auditor de marina.]

37

(Gobernad or informa habrá de desplazarse a R ío Piedras y que el teniente de rey quedaba interinamente a cargo del mando pol!tico y militar.]

ACTAS DEL CABILDO

concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de l os Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernáiz, comendador [f. 41 ]/ de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador también honorario; los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Diego Pizarro, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. También concurrió el caballero rexidor don Agustín Martínez. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 22 del corriente, en que dice su señoría que en el mismo día dio orden a la plaza de que habiendo determinado ausentarse a Río Piedras, con el objeto de restablecer su salud, quedaba interinamente encargado del mando político y militar el señor teniente de rey, brigadier [f. 4iv. ]/ de los reales exércitos, don Franci sco Carabaño; lo que noticiaba a esta corporación para su gobierno e inteligencia y a fin de que se entienda con e l expresado señor teniente de rey en cuanto concierna a la capitanía general. Y se acordó: Haberlo por recibido; quedar enterado de cuanto contiene y q u e se contexte el recibo a su señoría por el testimonio de esta acta.

En este cabildo se tuvo presente la concurrencia de emigrados de la Guayana que, por ser fieles a nuestro predi lecto monarca, han salido despavoridos de aquel horroroso suelo para apartar la vista de las catástrofes más inhumanas e inauditas que executan los que hacen ostentación de ser ingratos y desleales a su monarca, al Estado y aún a su mismos hermanos; de aquéllos que no queriendo seguir unas ideas tan execrables temen, con sobrado fundamento, ser víctimas de semejantes monstruos de la nació n , llegando aquí hambrientos, sedientos, desnudos, enfermos y tan moribundos que unos han llegado a l [ f. 42 ]/ término de su vital carrera en cuanto han entrado en esta ciu dad ; y otros lo miran tan de cerca que están palpando l a l osa de l sepu lcro, excitando estos espectros de l a n atura leza la ternura, compasión y sensibilidad de l os gene-

38

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO·

rosos y leales pechos de todos los patricios a quienes representa esta corporación; pues sólo con saber padecer por su rey se entusiasman en el socorro por un efecto de su acendrada e inalterable fidelidad, a que los estimula más y más la generosidad e interés con que se conduce en semejantes ocasiones el señor gobernador, su jefe y presidente, pues no perdona medio ni fatiga, queriendo, ya que les ha dado este país, por su situación local, una franca y segura acogida, concederles también la hospitalidad más completa, y que llegue a noticia de todos los verdaderos españoles o que se distinguen con el timbre [f- 42v·J/ de leales, se propendió a excogitar un arbitrio capaz y suficiente a tan misericordioso y laudable fin.

Y después de examinar la materia detenidamente y discurrir sobre varios arbitrios que no sean gravosos al público ni aun a particulares, si posible es, para la subvención de estos infelices despatriados se advirtió que en el día está el público comiendo el pan al precio de 26 cuartos la libra, que se le impuso cuando el barril de harina costaba a diez y nueve pesos con inclusión de todos derechos; que en el día lo compran los panaderos a razón de 15 pesos y cuando por una regla de proporción deberían vender la libra de pan a 22 cuartos la mantienen en el precio antiguo de 26, lucrando indebidamente cuatro cuartos en cada libra con perjuicio del pueblo y ninguna otra utilidad que la suya propia.

Prevalido de esta justa reflexión acordó: Que la Acuerdo. libra de pan se venda al precio de 24 cuartos, [f 43 ]/ debiendo los panaderos contribuír 2 de cada libra para formar un fondo separado y destinado única mente a suministrar los precisos y diarios alimentos a los leales y pobres emigrados mientras duren tan tristes circunstancias y lo permita la abundancia de las harinas; como que de este modo se socorre a la humanidad afligida y desamparada, el público encuentra también un beneficio con la baja de dos cuartos en libra de pan, además de la dulce complacencia y satisfacción que le resulta de una obra tan acepta a los ojos de ambas majestades y de todos los habitantes del orbe a cuyos oídos llegue esta noticia, y a los panaderos ningún perjuicio cuando tienen la misma ganancia que antes a proporción de los respectivos precios a que compraban entonces y al que [f· 43 v.] / compran ahora; nombrándose un individuo de este ayuntamiento que corra con la recaudación, distribución, cuenta y razón de

¡se considera la fiJación de un arbl• trio para allegar fondos para la manutención de los emigrados de la Guayana.]

[Para la aludida finalidad se le seftala a los panaderos un arbitrio de dos cuartos sobre libra de pan.)

39

[Don Ma nu el Hernáiz, alcalde ordinario de s egunda elección, qu e da designado para la re• caud ac ió n d e d icho arbitrio.)

(A Infor m ar se al p úbllco el nuevo precio del p a n. )

ACTAS DEL CABILDO

este ramo. A cuyo nombramiento, habiéndose procedido, recayó con unanimidad de votos en el señor alcalde ordinario de 2. ª elección, don Manuel Hernáiz, quien deberá tomar noticia del número de emigrados que necesitan ser socorridos, precio diario a que alcanza la recaudación de este arbitrio y a cuanto lo que se invierte en el socorro; participándolo inmediatamente a este ayuntamiento para su debido conocimiento y que pueda oportunamente adoptar las medidas convenientes con arreglo a las o currencias. Y, finalmente, que se haga saber el precio del pan al público, en la forma acostumbrada, luego que esta a c ta merezca la aprobazión del señor gobernador y ca pitán general, recomendando sumisamente la brevedad p or lo delicado e interesante del objeto a que se dirige. [f . -44 ] /

Con lo que se concluyó y firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañ e [rúbrica] = Co rdov a [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas d e Es calona [rúbrica], esscribano de ayuntamiento.

[27 ]

[27 DE NOVIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete días del mes de noviembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposición del señor gobernador y capitán general interino, concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel H ernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario [f. 44v.]/ los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el señor don Juan Antonio Mexía, oidor también honorario de la misma Real Audiencia y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Agustín Martínez; don Diego Pizarro, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador

40

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

general, licenciado don José de Rivera . Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se abrieron dos oficios del señor gobernador, capitán general interino, sus fechas, de 24 del corriente, en que su señoría confirma los acuerdos de esta corporazión celebrados en los días 17 y 19 anteriores. Y se acordó : Quedar enterado de ellos y archivarse, participándose e l de la última data al señor don Juan Antonio Mexía.

Se vio otro oficio del mismo señor capitán general interino, de fecha del día de ayer, en que, con la consulta del señor teniente de gobernador, confirma el acuerdo de este ayuntamiento de 24 del corriente, que trata sobre la baja del precio del pan y soco-[f· 45 ]/rro acordado a los pobres emig rado s de la Guayana. Y se acordó : Pasar testimonio de la enunciada acta al señor rexidor diputado para qu e desde este instante haga se fijen l os cedulones, en los parajes acostumbrados de esta ciudad, haciendo saber al público qu e desde el día d e mañana, veinte y ocho, se ha de vender o es el precio de la lib ra de pan el de 24 cuartos; cumpliendo con los dem ás requisitos detallados en el acta en el próximo cabildo ordinario y empezando la recaudación y socorro desde el mismo día de mañana, llevando la cuenta y razón, con listas de los emigrados a quien es se contribuye, a continuación de estos acuerdos para la debida formalidad del expediente.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = R eyes [rúbrica ] = H ernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = los e Maria de Torre s i Vallejo [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = [ f. 45 v. J/ de Villa,. fañ e [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = To mas de Esca lo na [rubrica] , esscribano de cabildo .

[28]

[1 DE DICIEMBRE DE 1817.J

En la Muy Noble y Noble Leal Ciudad d e San Juan Bautis ta de Puerto Rico, a los [sic] primero día del mes de diziembre d e mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es d e uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos seño-

41 (Gobernador interino e o n f i r m a acuerd os capitulares.J

lGobernador interino aprueba la baja en el precio del pan y l a ayuda acordada para los emigrantes de la Guayana.) [A fijarse cedulones seflalan do nuevo precio del pan.)

[A iniciarse la recaudación del arbitrio Impuesto a l os panaderos y la ayuda a los emigran t es.]

ID o n Arturo O'Neill presenta ti· tulo de Marqu és del Norte.]

[Arrendatario de los corrales de pesca de Boca Habana y Toa insiste se le rebaje el valor de aquéllos.]

[Aludido arr endatario a sujetarse a lo acordado por el cabildo el 17 de noviembre de 1817.J

ACTAS DEL CABILDO

res alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario, y don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador también honorario; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don José de Torres Vallejo, fiel executor; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Agustín Martínez; don Diego Pizarro, capit án de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; (f . 46 ] / don Manuel de Andino; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se pre sentó don Arturo O'Neill, capitán graduado de Milicias de infantería, (se presentó) con una carta del rey, nuestro señor, su fecha, 18 de enero del corriente año, por la cual le ha concedido el título de Marqués del Norte como sucesor de su tío don Arturo O'Neill, a cuya carta ha puesto su Cúmplase el señor capitán general interino de esta isla, todo con objeto de que esta corporación tome razón de ella. Y se acordó: Conforme; devolviéndose al señor interesado con la nota correspon diente.

Juan Lozano , arrendatario del pasaje de Boca Habana y Toa, volvió a representar sobre gue se le rebase el valor de los corrales de p esca por las razones que expuso e n 17 de noviembre. Y se acordó : Que se esté por ahora a lo acordado en dicha fecha en atención a hallarse la enunciada acta confirmada por el señor gobernador y capitán general y existir (f - 4óv. ] / todavía el particular a que se r efiere pendi en te y en el mismo estado que entonces, reservándose esta solicitud hasta su oportunidad.

[Se h ace relac ió n numérica de los emigrantes de la Guayana.]

[Indicase m o n to total del arbitrio para ayudar aquéllos.]

En este cabildo, según las noticias que dio el señor diputado para la subvención de los fieles e infelices emigrados de la Guayana y citación que de ellos se hizo para que compareciesen en esta sala, se formó lista del número a que ascendían y resultó componer la totalidad de los que se han presentado ochenta y cuatro individuos, entre cabezas de familia, hijos, criados y agregados; y tirada la cuenta de lo que alcanza o monta la recaudación de los do s cuartos en cada libra de pan, con que han de ser socorridos, llega ésta a la suma de 14 pesos, 32 maravedíes; y s iendo precioso ceñir a esta cuota la suministrazión de

42

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

alimentos con el objeto de que todos disfruten de ella proporcionalmente se acordó : Comunicar la orden al señor diputado para que abone a las 56 personas de mayor edad, que resultan en lista formada al intento, (f. 47 ]/ y que se le pasará a razón de real y medio cada una, y a los 28 menores y de inferior clase, a un real, en atención a que el total de la dist ribució n cubre el de la recaudación *import* y sólo quedar a beneficio del fondo 32 cuartos diarios que se irán deteniendo para acordar según las ocurrencias.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = Reyes [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Torres i Vallejo [rúbrica] = Pizarra [rúb rica ] = de Vilfrtfañe [rúbrica] = Martínez [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [ f. 47 v•]/

[29]

[15 DE DICIEMBRE DE 1817 ]

En la Muy Noble y Muy Noble [sic] y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince días d el mes de diciembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y cost umbre, conc urri eron a esta sa la consistorial el señor alcalde ordinario d e primer voto , don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorari o de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Agustín Martínez; y don Diego Piza rro , capitán de infantería y caballero de l a Real y Militar Orden de San H ermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, enfermedad y ausencia.

Se recibió en este cabildo un oficio del señor gobernador, capitán general interino, fecha, 3 d e los corrientes, en que confirma su señoría e l acuerdo celebrado en primero d e los corrientes. Y se acordó: Quedar enterado y archivarse.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Fijase la ayuda a ser percibida por los emigrantes.]

[Gobernador inte• rino c o n f i r m a acuerdo capitular.)

43

(Gobe rnador interino ordena la compulsa de actas indicadas y de Ordenanzas Municipal es en las partes co ncerni entes a l as atribuciones y obvenciones de l fiel ejecuto r.)

(Desfgnase al alcalde provincial para que presencie la compulsa de l as r efer i das actas.)

ACTAS DEL CABILDO

Se vio otro del mismo señor, del día 6 del presente mes, en que su señoría dice que en auto de [f. 48 ]/ de [sic] tres, consultado por el señor asesor general, dispuso librar <licho oficio para que sin necesidad de otro recuerdo disponga esta corporación que por su esscribano se compulsen las actas que ya se han detallado en la parte re lativa a las atribuciones y obvenciones del fiel executor y a las Ordenanzas Municipales, omitiéndose lo concerniente a otros asuntos inconexos y extraños de estos objetos. Y en atención a que en el enunciado oficio se gradúan de justas las dudas que se presentaron a esta corporación mandando que no se confieran las nominadas actas sino en la parte relativa a las atribuciones y obvenciones del fiel executo r y a las Ordenanzas Municipales según se propuso se acordó: Conforme; nombrándose al señor alca lde provincia], oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella , para qu e con su presencia se disciernan y compulsen l as materias de las actas relativas al objeto , verificándose d esp ués d el mismo modo la corrección y concuerda y dándose después [f. <1av. ]/ cuenta con el testimonio a este ayuntamiento para los fin es que correspondan en justicia.

!Arren datario d e J o s corral es de pesca de Boca H abana y Toa solicita testimonio del expedie n te por é l promovid o sobre exen ció n del pago del valor d e aquéllos. ]

[Ordén asele obJ;erve lo acor dado sobre e l particul ar. ]

Se presentó Juan Lozano, arrendatario de los pasajes y corrales de pesca de B oca Habana y Toa, pidiendo testimonio del expediente promovido sobre que se le exima d el pago del valor de l os corrales de pesca. Y se acordó : Que esté a lo acordado en 17 de noviembre último y l. º del corriente.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rúbrica] ·= Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Martinez [rúbrica] ·= Pi zar ra [rúbrica] = Ante mí = Toma s de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[30]

[22 DE DICIEMBRE DE 1817.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan B autista de Puerto Rico, a los veinte y dos días del m es de diciembre de mil ochocientos diez y siete años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta [f. 49 ]/ sal a consistorial el señor alca lde ordinario de primer voto, don Manuel de los Reyes,

44

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

comisario ordenador honorario; el caballero regidor don Diego Pizarra, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, licenciado don José de Rivera.

Con motivo de no haber concurrido los demás señores por enfermedad, ocupación y ausencia, no se celebró cabildo, lo cual pongo por diligencia que firmaron los señores concurrentes = Reyes [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Rivera [rúb rica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[31]

[ 1 DE ENERO DE 1818 ]

Elecciones En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de 1818 _ San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de enero de mil ochocientos diez y ocho años, para efecto de celebrar la elección de los sujetos que han de exercer [f, 49v·J/ en el presente año los empleos de república se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor don Manuel de los Reyes, comisario ordenador honorario y alcalde ordinario de primer voto; los caballeros regidores, alférez real, don Fernando Dávi la; señor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella; fiel executor, don José María Torres Ballejo; señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Santiago de Córdova, don Agustín Martínez; y el caballero síndico porcurador general, licenciado don José de Rivera.

El señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Hernáiz y el caballero regidor don Jos é Dávila no concurrieron por enfermedad; lo mismo don Diego Pizarra ; y tampoco asistió don Manuel de Andino.

En e l orden y forma acostumbrada se procedió por los indicados señores concurrentes a la elección, que se verificó según lo dispositivo de las leyes, y resultaron elegidos los siguientes:

Para Alcalde ordinario de primera elección, el señor don Francisco Marcos Santaella, con cuatro votos . Don Agustín Martínez tuvo uno. Don Santiago Córdoba, otro.

45
[No se celebra cabildo por falta de quórum.[

(D o n Francisco Marcos Santaella patentiza su agra. decimiento por ha· ber sido electo al• calde ordinario de primera elecc ión pero expresa su parecer de que este ofi• cio es incompatible con el que desem• peña de fiscal Interino.)

ACTAS DEL CABILDO

[f. 50 ]/ Don Manuel Andino, otro. Don Alonso Cangas, uno.

Para Alcalde ordinario de 2.ª elección, licenciado don Jos é de Rivera, con cinco votos. Licenciado don Juan Bau• tista Márquez tuvo dos votos; y don Tiburcio Durán de Villafañe tuvo uno.

Síndico Procura dor general , don Lorenzo Angulo, con cinco votos . Don José Géigel tuvo tres votos.

Alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte, don Antonio Ramos, con cinco votos. Don Juan José Hernáiz tuvo tres votos.

Idem de la parte del Sur, d on Juan Hilado Mercado, con cinco votos. Don Juan Bautista Géigel tuvo tres votos.

Para Vocales de la Junt a Municipal, don Santiago de Córdova, con seis votos. Don Agustín Martínez, con cinco votos. Don Tiburcio Villafañe tuvo un voto. Don Diego Pizarra, tres; y don Fernando Dávila, uno.

Alarife de albañilería, reelecto, Francisco Martínez, con tod os los votos .

Idem de carpintería, Marcelo Figueroa, con todos lo s votos. [f. SOv, Jj

Fiel contraste, reelecto, con todos los votos, don Francisco Bruno .

Cuya elección, conforme está sentada, fue vista y leída por los dos señores rexidores don Francisco Marcos Santaell a y don Juan Antonio Mexía, más antiguos; y no habiendo tenido cosa alguna que exponer por los d emás señores de este ayuntamiento y síndico proc urador general acordaron que se pase al señor gobernador y capitán general de esta i s la para su confirmación como la de los alcaldes de los cuatro b arrios de esta ciudad, diputándo se para con duci r el pliego a su señoría, los caballeros regidores, *fiel executor* don Santiago de Córdova y don Agustín Martínez.

En este estado habiendo el señor alcalde provincial captado la venia para hacer una exposición y siéndole concedida dijo:

Que daba las más sinceras y expresivas gracias al Excelentísimo Ayuntamiento por la generosa memoria que de él había h echo para alcalde ordinario de prime ra elección; pero d ebía hacer presente que en el día estaba siendo fiscal interino de justicia y le parecía que este empleo era incompatible con el d e alcalde ordinario, no debiendo exercer uno sin dimitir o abdicar el otro. Y que en caso de qu e

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

46

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el señor [f. 51 ]/ gobernador y presidente fuese de este mismo sentir desde ahora dimitía y abdicaba el de alcalde ordinario y trataba de continuar con la fiscalía interina de justicia. Lo primero, porque de antemano la tiene a su cargo por un efecto de la bondad del señor gobernador y quiere perseverar desempeñando esta confianza en él depositada hasta otra disposición del mismo señor deponente o capitán general o hasta que su majestad confiera la propiedad a quien fuere de su real agrado. Y lo segundo, porque la está sirviendo gratuitamente a causa de habérsele negado por el señor intendente interino el triste y miserable auxilio de la cuarta parte del sueldo que le correspondía y aunque la alcaldía pueda presentar alguna pequeña utilidad quiere dar una evidente prueba de que no es el interés el que lo es timula a la aceptación de [ f- siv ]/ ningún empleo ni a su fiel, cabal y puro desempeño.

Hubo el ayuntamiento por hecha esta exposición y asimismo acordó testimoniarse .

Con lo que se concluyó este acto, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Manuel Reyes [rúbrica] = Fernando Davila [rúbrica] = Francisco Marcos Santaella [rúbrica] = lose María de Torres y Vallejo [rúbrica] = Tiburcio Durán de Villafañe [rúbrica] = Santiago de Cordova [rúbrica] = Juan Antonio Mexia [rúbrica] = Agustín Martinez [rúbrica] = José de Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[Anexos.]

[I]

Alcaldes de los Cuatro Barrios.

De San Juan : Don José Manuel de Otalora .

De San Francisco: Don Benito Carreras.

De Santo Domingo: Don José Barbudo.

De Santa Bárbara: Don Manuel González. [f· 52 ]/

[II]

En contestación del testimonio del acuerdo que se pasó al señor gobernador y capitán general dijo su señoría lo siguiente:

(Gobernador provee para que se efec tú e elecc ión de alcalde ordinario de primer y segun-

47

do voto disponiendo que dichos oficios deben recaer en personas ajenas al cuerpo capitular.)

(Quedan confirmados los demás electos.)

ACTAS DEL CABILDO

«Respecto a la justa excepción que hace el señor don Francisco Marcos Santaella no hay elección para alcalde de primer voto, de consiguiente, procédase a practicarla sin contraerse a ninguno de los individuos de la corporación por las mismas razones indicadas en el año anterior. = Sobre el alcalde de segundo voto debe rectificarse la elección por haberse votado también en uno de los regidores.

En los demás señores se confirman en todas sus partes los presentados.»

(Súplica al gobernador para que permita que la elección de alcalde recaiga en uno de los capitulares.]

En cuya virtud acordó este ayuntamiento suplicar a su señoría oficialmente sobre la disposición que contiene su oficio del día en orden a elecciones para que se sirva permitir al menos por este presente año el nombramiento de alcalde en uno de dentro, siguiendo la constumbre [sic] en que desde tiempo inmemorial se halla esta corporación, corroborada con el sentir y [ 1 • 52v.J¡ aprobación de todos los predecesores de su señoría y confirmada por sus mismos dictámenes en todas las anteriores, a fin de no introducir una novedad que cause el susurro y murmuración del público, pues esta corporazión ofrece ocurrir lisa y llanamente, y con previo conocimiento de su señoría, al soberano para que declare l o que deba observarse en lo sucesivo sin un óbice o tropiezo.

(Fiel ejecutor y regido r don Tiburcio Durán de ViUafañe asienten en que la elección de alcalde ordinario de primer voto se baga en persona ajena al cuerpo capitular.]

[Regidor decano extraña la postura asumida por los dos antes mencionados concejales.]

A excepción del señor fiel executor, don José María de Torres Vallejo y señor don Tiburcio Durán de Villafañe que dijeron que estaban prontos a hacer la elección de alcalde ordinario de primer voto de a fuera del Excelentísimo Ayuntamiento, según el decreto anterior de su señoría, el señor gobernador y capitán general, por considerarlo muy conforme con el orden que prescriben las leyes y, asimismo, las anteriores disposiciones que se han expedido por orden de nuestro soberano, el señor don Carlos 4.º.

El señor regidor que hace funciones de decano dijo que es extraña la precedente [ 1 • 53 ] / exposición pendiente súplica al señor capitán general del acordado en este día por esta Excelentísima Corporación, a que concurrieron como vocales, sin protexta alguna, los expresados dos señores Torres y Villafañe, habiéndolo hecho con anterioridad y prestado sus sufragios por individuo de este cuerpo en las inmediatas elecciones.

Se concluyó este acto, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Reyes [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santae -

48

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

lla [rúbrica] = Torres y Vallejo [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = De Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo. [III]

En el mismo día se recibió la [f. 53v• ] / contestación d el s eñor gobernador y capitán ge neral en que dice que por pura consideración al Excelentísimo Ayuntamiento, que en cuerpo pide por el presente año hacer el nombram iento de alcalde ordinario en uno de los individuos de la corporazión, d efi ere gustoso a su solicitud, esperando cumplirá con representar a su majestad a efecto de que en lo sucesivo se les permita hacerlo.

En cuya virtud se procedió a la nueva elección y r ectificación d el de 2.º voto, conforme es de uso y costumbre, y resultaron elegidos :

Alcalde ordinario de primera elección, don Agustín Martínez, con cinco votos. Don Tiburcio Villafañe tuvo un voto Y don Santiago Córdova, dos.

Alca lde de segundo voto, rectificado, don José de Rivera, con siete votos. Licenciado don Juan Bautista Márquez tuvo un voto.

Para vocal de la Junta Municipal en lugar de don Agustín Martínez, don Diego Pizarro.

Cuya elección se [f. 54 ]/ acordó pasarse a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su confirmación, cuyo acto firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Ma nuel de los Reyes [rúbrica] = Fernando Davila [rúbrica] = Francisco Mar cos Santaella [rúbrica] = Juan Antonio Mexía [rúbrica] = Santiago de Cordova [rúbrica] = Tiburcio Durán de Villafañe [rúbrica] = Agustin Martin ez Die z [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

[IV]

Confirmadas por el señor gobernador y capitán general en todas sus partes las elecciones de oficios concejiles y hallándose en la sala los dos señores alca l d es ordinarios electos, don Agustín Martínez y licenciado don José de 5.

[Gobernador acce• de a que la elección de alcalde ordinario de primer voto r ecaiga en un concejal.]

[Nuevas elecciones de alcaldes ordina• rios y de vocal de la Junta Municipal.]

[Confirmados por el gobernador l os alcaldes ordinarios e lectos prestan ju ramento.J

49

!Prestan juramen• tos de sus cargos el alcalde del barrio de Santa Mrbara, el fiel contraste y los alarifes de carplnterla y albañilerla ,J

ACTAS DEL CABILDO

Rivera, prestaron, en la forma de ley, el [í- 54v•J/ juramento de exercer bien y fielmente sus respectivos cargos en manos del caballero regidor decano, quienes [sic] les señaló su respectivo lugar y asiento.

Con lo cual se concluyó este acto, dejando para el día de mañana la citación del caballero síndico procurador general, alcaldes de barrio y alarifes a prestar sus respectivos juramentos; y firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Manuel de los R eyes [rúbrica] = Fernando Davila [rúbrica] = Francisco Marco s San.taella [rúbrica] = lose Maria de Torres y Vall e jo [rúbrica] = Juan Antonio Mexia [rúbrica] = Tiburcio Durán de Villafañe [rúbrica] = Santiago de Cordova [rúbrica] = Agustin Martinez Diez [rúbrica] = José de Rivera [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], escribano público, real y de cabildo. [f. 55]/ [ 32]

[2 DE ENERO DE 1818.]

En Puerto Rico, a dos de enero de mil ochocientos diez y ocho años, concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario d.e primer voto, caballero rexidor, don Agustín Martínez, y el caballero regidor decano, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina, con objeto de recibir el juramento a los alcaldes d e barrio y alarifes. Y habiéndose presentado don Manuel González, alcalde del barrio de Santa Bárbara; el fiel contraste, d.on Francisco Bruno; y el alarife de carpintería, Marcelo Figueroa, se les recibió por el citado señor decano el juramento de constumbre [sic], que prestaron cada cual de exercer bien y fielmente sus respectivos encargos; y lo firmaron, de que doy fee. También concurrió el alarife Francisco Martínez. = Agustín Martinez Die z [rúbrica] = Juan Antonio Mexia [rúbrica] = Manuel Gon zalez [rúbrica] = Francisco Martinez [rúbrica] = Franci sco Bruno [rúbrica] = Marselo Figueroa [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano de cabildo. [í- ssv. ]¡

50

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO [33]

[9 DE ENERO DE 1818.]

En Puerto Rico, a los nueve días del mes de enero de mil ochocientos diez y ocho años, concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, caballero regidor don Agustín Martínez, y el caballero rexidor decano, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina. Y habiendo comparecido el alcalde de la Santa Hermandad, electo y confirmado, de la parte del Norte, don Antonio Ramos, el señor decano le recibió juramento que prestó de exercer bien el empleo y oficio expresado de alcalde de la Santa Hermandad; y lo firmó con dichos señores, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Antonio Ramos [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica]. esscribano real y de cabildo.

[34]

[12 DE ENERO DE 1818.]

En [ f- 56 ]/ la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de S an Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce días del mes de enero de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario concu1Tieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordin ar ios de 1.0 y 2.º voto, don Agustín Ma r tínez, licenciado don Jos é de Rivera; los caballeros regidores, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario d e la Real Audiencia de Cuba, auditor de guerra de marina; don Diego Pizarra. Los dem ás señores no concurrieron por enfermedad, ausencia y ocupaciones.

En este cabildo se vio un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 9 del corriente, en que su señoría dice que habiéndole manifestado don Lorenzo Angulo las poderosas causales que le imposibilitan a no admitir el empleo de síndico procurador general, para que fue electo en este año, lo exonera mediante su renuncia y lo avisa a este ayuntamiento para que proceda a nueva elección. [ f- S6v. ] / Y se acordó : Proceder a ella, y habiéndose ejecutado, según uso y costumbre, resultó elegido por

(Juramento del alcalde de la Santa Hermandad de la Banda Norte.)

[Exonerado de servir su oficio el procurador general se provee para elecció n de dicho cargo.)

51

(Don Severo Mal agón es e lecto procurador general.) (Designación de diputados para fiestas votivas, para cwnplimen tar huéspedes dislinguidos y para las visitas de escuelas.)

(Participase publi• cación de la Bula de la Santa Cruzada y de la dispensa del consumo de carnes e n Cuaresma.)

(Cabildo concurrirá a dicha ceremonia.( (Se pospone la consideració n de var ios asuntos pen• clientes.)

ACTAS DEL CABILDO

todos los votos don Severo Malagón, *hijo* lo qu e se participará al expresado señor ca pitán general por el testimonio de este acuerdo para su confirmación.

En este estado concurrió el caballero regidor don Santiago de Córdova.

S e tuvo presente la costumbre que se ha observado en este ayuntamiento de nombrar de los individuo s del cuerpo diputados para las festividades y cumplidos que corren a cargo de él. Y se acordó: Elegir para la de la Purificación de Nuestra Señora, San Ju an B autista y Santa Ro sa de Lima, el señor alcalde ordinario de l. ª elección y el caballero regidor-alcalde provincial, seño r don F ranc isco Marcos Santaella . S an Felipe y Santiago, Corpus Christi y Santiago El Mayor, el señor alca lde de 2.ª elección y el caballero regidor-fiel e j ec utor. Cumplidos de las personas estables y transeúntes, los caballeros regido-(r· 57 ] / res señor alguacil ma yo r, don Manuel H ernáiz y don Santiago de Córdova. Visitas de esc ue las de prim eras le tras y de niñas, los mismos señores Hernáiz y Córdova . Para suplir la ausencia o enfermedad d e alguno d e es tos señores, don Manuel d e Andino .

S e vio un oficio del señor comisario de Cruzada participando qu e el 18 del corriente se publica la Bula y el novísimo pri vilegio para el uso d e carnes saludables en Cuares ma, con obj eto d e qu e esta corp oración concurra a la celebridad de este acto. Y se acordó: Concurrir en cuerpo, como es de uso y costumbre, y que se contexte el oficio al expresado señor comisario p or los caballeros regidores don Santi ago de Córdova y don Diego Pizarra.

S e acordó re servar para el primer cabildo que haya mayor número d e vocales los demás asuntos p endientes y oficios recibidos del señor gobernador y [1• 57v• J/ capitán ge n eral, con tex taciones de varios acuerdos anteriores y e l que incluye, el testimonio del real decreto sobre abolic ión d el privilegio de pesca que le remitió el comandante militar de marina .

Y se concluyó este cabildo y firmó Su E xcelencia, de que doy fe. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Mexia [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Pizarro [rúb r ica] = Ante mí = Tomas d e E sc alona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

* Lo comprendido en tre asteriscos aparece t achado en el original.

52

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

[15 DE ENERO DE 1818 .]

En Puerto Rico y enero quince de mil ochocientos diez y ocho años, para efecto de recibir el juramento al alcalde de la Santa H ermandad de la parte del Sur concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez, y el caballero [f. 58 ] / regidor decano, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina . Y habiendo comparecido don Juan Hilario d e Mercado, alcalde electo de la Santa Hermandad de la parte del Sur y confirmando [sic] por el señor capitán general, se le hizo entender su nombramiento, el cual aceptó y juró, en manos del expresado señor decano, exercer bien y fielmente el oficio. Y lo firmó con dichos señores, de que doy fee = Martinez [rúbrica] = Mexia [rúbrica] = Ju an Ylario de Mercado [rúbrica] = Ante mí= T omas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[36]

[19 DE ENERO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a los diez y nu eve [ f. sav. ] / días d el mes d e enero de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, caballero rexidor don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; y don Diego Pizarra, capitán de infantería, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por enfermedad, a us encia y ocupación.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capit á n general, de 16 de los corrientes, por el c ual aprueba su señoría el acuerdo de esta corporación en que eligió síndico a don S evero Malagón. Y en su vista se acordó: Citarle para que aceptara y jurara su empleo;

[Juramento del alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur.)

[Gobernador aprue• ba elección de don Severo Malagón como procurador general.)

[3 5]
· 1
53

[Alcalde ordinario de primer voto a recibir juramento y dar posesión a l procurador general.1

(Por falta de número suíiciente de vocales se vuel ve a posponer la c onsideración de asunt os "de la mayor delicadeza".]

[Para e l des pacho de l os referidos asuntos se solici ta del gobernador que si lo tiene a )lien requiera la concu . rrencia de t o dos los r egidores ya a cabildo extraordinari o u ordinario.)

fTuramento de los alcaldes de barrio de Santa Bárbara y Santo Domingo.)

JOj

ACTAS DEL CABILDO

y no habiéndolo hallado el portero en la casa de su habitación quedó encargado de la posesión y juramento el señor alcalde ordinario de primer voto para que se la confiera en la tarde de este día acompañado del caballero rexidor-vice decano. [ f. 59] /

Se tuvieron a la vista los varios asuntos pendientes de que se hizo mención en el anterior cabildo y siendo las materias que contienen de la mayor delicadeza, militando el mismo inconveniente de no haber número suficiente de vo cales, por ser aún menor el que ahora se observa de los que concurrieron el día doze, se tuvo por conveniente suspender el acuerdo sobre ellos y h acerlo presente al señor gobernador y capitán general, como presidente de esta corporación, para que si lo tiene a bien se sirva prevenir la concurrencia de todos los regidores que no se hallen lexítimamente impedidos ya sea para cabildo extraordinario o para el ordinario inmediato a fin de que no se retarden aunque inculpablemente por más tiempo.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron los señores concurrentes, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. 59v· ]/

En Puerto Rico, y enero, a diez y nueve de mil ochocientos diez y ocho, vino a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez, y por ante el presente esscribano recibió juramento de los dos alcaldes de barrio de los de Santa Bárbara y Santo Domingo, Antonio Sarabia y Juan Mantón, y prometieron cumplir fielmente sus oficios; y lo firmaron con su merced, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Juan Sarabia [rúbrica] = Juan Manton [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. 60] / [37]

[26 DE ENERO DE 1818.]

En l a Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis días del mes de enero de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don José

54

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Sterling, teni ente de gobernador y auditor de guerra; los dos señores alcaldes ordinarios de l.º y 2.0 voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera ; los cab alleros regidores, alférez real, don Fernando Dábila; señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, caballero de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; señor alcalde provincial perpetuo por su majestad y oidor honorario de la Real Audiencia d e Cuba, don Francisco Marcos Santaella; fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Manuel de Andino; y don Diego Pizarro, capitán de infantería y caballero de la Orden Real y Militar de San Hermenegildo. No concurrieron por enfermedad, el señor don José Dábila; ni tampoco el señor don Juan Antonio Mexía y don Santiago [f. 60v· J/ de Córdova.

Se vio el testimonio del real d ecreto de 20 de febrero último por el cual se dignó el rey, nuestro señor, abolir los privilegios exclusivos concedidos a varias corporaciones para la p esca , mandando que en lo sucesivo los que se exerciten en esta clase de industria deban ser precisamente matriculados, que dirigió al señor gobernador el comandante de Matrículas puesto ya en papel d el sello cuarto pero acompañado de un oficio con fecha de 24 de diziembre próximo pasado en que insulta y ofende altamente a esta Excelentísima corporación Y se acordó : Ante todas cosas y en primer lugar acatar y obedecer sumisa y r espetuosamente el enunciado real decreto, Acuerdo . co mo se verificó con las ceremonias de estilo; y hacer presente al señor gobernador y capitán general qu e este ayuntamiento no disfruta privilegios exclusivos de pesca en los mares ni en sus costas, de que habla la soberana disposizión, ni tampoco en sus puertos, rías, abras, [f. 61 ]/ ni en lo que baña el mar o agua salada, a que lo ha hecho extensivo el señor regidor, auditor de marina, don Juan Antonio Mexía , por la advertencia d e s u comandante en el decreto d e cinco de septiembre de l año anterior . Que si h as t a ahora ha usado o arrendado el asi ento de un corral en Ma rtín Peña únicamente (y no en Cangrejos porque éste ha pertenecido siempre al convento de reli gioso s Dominicos) ha sido en el conce pto de qu e es una Laguna, como dice el mismo comandante de Matrículas, qu e no es navega ble y está dentro de barras, no siendo mar ni costa, con cuyo escasísimo producto de 56 pesos , 5 reales, 11 ½ maravedíes, cada año de los del presente

[Se r ecibe el testimonio, extendido en papel del sello cuarto, del real decreto de 20 de febrero de 181 7.)

[Se acata lo provisto por dicho r eal decreto, significánd o s e , asimismo, que el ayun tamiento no disfruta privilegios exclusivos de pesca en los mares , costas, puertos, ríos y abras.[

[Expllcase el arrendamiento del c orral d e pesca de Martín Peña.)

55

[Cabildo da a CO• nocer lo que entiende es el esplri tu u objetivo que informa el real decreto de 20 de febrero de 1817, defendiendo su derecho a corrales de pesca contra cualquie r intromisión del comandante de matriculas y de l os subdelegados.)

[Ayuntamiento s e defiende d e 1 a s imputaciones q u e en referencia al In• cumplimiento d e 1 re al decreto de 20 de febrero de 1817 l e hace el comandante militar de Matriculas.)

ACTAS DEL CABILDO

trienio y otros tenues que obtiene este cabildo es que puede atender a los crecidos gastos ordinarios y precisos y a los extraordi-(f- 61 v·J/narios e indispensables que ocurren.

Así es que aun cuando quisiera negarse a esta corporación este pequeño arbitrio del corral de Martín Peña debería quedar la pesca de aquella Laguna a beneficio del público indistintamente y no de los matriculados de la isla por no ser mar ni costa, a que se contrae la voluntad de nuestro monarca, ni los matriculados que aquí se observan d e aquéllos que se exercitan en tiempo alguno en los servicios de la guerra de mar, a cuyos beneméritos servidores es que ha querido la augusta beneficencia compensar sus afanes, fatigas y distinguidos servicios concediéndoseles el privilegio exclusivo que deniega a las demás clases d el E st ado y corporaciones; siendo bien notorio que cuando se ofrece hacer alguna gente en esta capital para los buques de guerra o [f. 62 ]/ se cojen en leva o de los barcos del comercio surtos en este puerto acarreándoles los perjuicios consiguientes al retardo de sus salidas y expediciones por tener que invertir algún tiempo en buscar o proporcionar otros marineros ; a fin de que su señoría se sirva en vista de estas razones resolver lo que estime m ás conforme al espíritu del referido real decreto, y lo participe tanto a esta corporación como al comandante de Matrículas para que se abstenga de introducir la menor novedad ni permitir se introduzca por sus subdelegados en lo que toca a este ayuntamiento con referencia al particular.

Y en segundo lugar, contestar al oficio con que el referido comandante (f. 62v· J/ militar de Matrículas ha acompañado la precitada copia del real decreto manifestando al señor gobernador y capitán general que ningún celo ni exactitud puede graduarse de nimio, como lo ha hecho el comandante de Matrículas, cuando se trata de la observancia de l as leyes, no siendo los jueces ni magistrados árbitros o moderadores de ella sino unos meros executores. Que este ayuntamiento prevalido de máxima tan incontrastable fue que pidió el cumplimiento de la ley 18, Título 23, Libro 8.0 de la Recopilación de estos dominios, sin cuyo previo requisito no podrá acordar en orden a un documento insubsistente y carente de fee pública sin constituirse infrac tor de la voluntad soberana y hacerse acree-

56

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dor a las penas en ella fulminadas; *y* siendo bastante ofensiva y criminal a la inveterada y distinguida [f. 63]/ lealtad de esta corporación hacia su predilecto monarca, de que tantas pruebas ha dado, la expresión del comandante militar de Matrículas de que pedir la observancia de la l ey fue un pretexto para dejar incumplido el soberano decreto. Que este ayuntamiento no sólo tuvo en memoria todo el literal rubro y nigro de la ley sino también los artículos 28, 79 y 111 de la Instrucción inserta en la real resolución de 23 de julio de 1794, en que está mandado que las certificaciones que se dies en por los oficios de secretarios, contadores, esscribanos u otros ministros de justicia para cualquier efecto se escriban en papel del sello cuarto. Que las cartas acordadas y cuanto se d espache por los consejos, chancillerías y demás tribunales sea en el sello que está designado en los despachos [ f. 63v· J/ de oficios y que los testimonios de cualquier género y cuanto se trate ante juez secular ha de ser en papel d el sello 4.0 ; lo que si hubiera tenido presente el comandante de Matrícula habría sin duda omitido la escandalosa proposición de que la ley no era aplicable al caso cuando lo hiere céntricamente y está concordante con estas dispos iciones posteriores; se abstendría de confundir los que son testimonios, como el que envió con las cartas de correspondencia, y haría la precisión o discernimiento de que aquéllos han de venir en papel sellado y éstas en papel común, siendo los oficios que él pasa ; silenciaría las leyes 30, Título 1.º , Libro 2.0 y 25, Título 2.0 del propio Libro que cita por no ser ninguna ni alusiva al presente caso pues sólo tendría luga r y podría acomodarse la primera, cuando este [f. 64 ]/ ayuntamiento hubiera pedido algunos testimonios a su tribunal, lo que no ha sucedido, para querer le satisfagan derechos a su oficio. Y la segunda, cuando se disfrutaran por esta corporación algunos privilegios de pesca de los abolidos por la real orden que se acompaña y se r etardara el cumpliento [sic]; p ero lo que hizo fue allanar previamente el óbice legal en que tropezó y cayó el comandante de Matrículas para no experimentar los funestos efectos de aquel acontecimiento y luego al punto que lo h a allanado camina franca y prontamente por la recta senda que aquella soberana disposición le presenta. Tampoco se empeñaría en cubrir la falta

* Lo comprendido entre asteriscos aparece t achado en el ori gina l.

57

[G ober na dor c o nfirma acuerdo capi t ular sin q ue por e ll o s e afec t e el d er ech o r eclamado po r el fi el ejecut o r . )

[Gobernador p r ovée q ue los t estimo n ios d e a ctas s olici ta d as por el fi el e jec u tor s ól o h an d e d á r sel es de aqu ell as partes q u e co n cierna n al alud id o fun cionario .)

ACTAS DEL CABILDO

en que incurrió su esscribano poniendo el testimonio en papel común so color de que el sellado no [f 64v·J/ sirve, cuando es evidente y notorio que tanto en este consistorio cuanto en todos los tribunales se ha usado y está usando el p a pel sellado de oficio siendo bien clara, limpia y legible su escritura; y a pesar de que ahora se ha buscado o formado de intento una tinta fuerte o con vinagre para pon erse el testimonio todavía no se pudo conseguir el intento de hacerlo ileg ible.

Y, finalmente , prescindiría el comandante de Matrículas de persona lidades con este ayuntamiento cuando no ha sido ánimo ofenderle ni cree haberle ofendido en p e dir el cumplimiento de la ley para que, con infracción de lo que su majestad tiene mandado en sus Reales Ordenanzas, se suponga injuriado y produzca su cuna, nacimie nto y dis tinguida carrera; pues aunque esta corporación se encuentra condecorada y distinguida con el [f. 65] / tratamiento de Excelencia, que no ti e ne el comandante de Matrícula , mira esta prerrogativa corno una singular gracia del soberano para qu e en todo tiempo t e ngan efecto sus benéficas reales intenciones, que fue el objeto con que se le concedió en la real orden de 30 de mayo de 1815, y no para abusar de ella ni hacer la más ligera ostentación orgullosa teniendo presente que el orgullo lleva consigo siempre la ruina y el arr epentimiento según expresión de las sagradas páginas en el capítulo 16 de los Prove rbios.

En este cabildo se vio un oficio del señor gobernador y capitán general, de ocho de los corrientes, en que su señoría confirma la acta de este cabildo de 13 de octubre sin perjuicio del derecho que reclama el caballero fiel executor por lo que respecta al particular tratado en ella sobre visitas de [1• 6Sv. ] / pesos y medidas, de que trata su último artículo. Y se acordó: Quedar enterado *enter a do* este ayuntamiento y que se archive el expresado oficio.

Se leyó otro oficio del mismo señor capitán general de la pro puesta, fecha de 8 del corriente, en que su s eñoría dice hab e r determinado, con la consulta del señor a s esor general, y relativamente al acuerdo de este ayuntamiento d e 20 de o ctubre, que se participase a este cabildo que el testimonio de las actas que pide el caballero

* Lo com pren dido en tre as teri scos aparece t ach a do e n el original.

58

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

fiel executor correspondiente que se le suministre íntegramente con respecto sólo a los particulares que conciernen a su solicitud, en cuya inteligencia podrá llenarse el objeto d án dos e le por el secretario una certificación relativa a todos los puntos que tengan conexión o dependencia con los efectos a que se dirige la solicitud indicada. Y se acordó: Conforme en cuanto a la certificación por el presente esscri bano y cuenta que debe darse según el anterior acuerdo [ f. 66 ]/ de 15 de diciembre, que se pasó a su señoría en testimonio.

S e presentó Pedro Marchán, arrendatario de los corrales d e pesca de Martín Peña, exponiendo los perjuicios que sufre en su ramo por haber entrado por aquellos caños los matriculados a pescar con sus chinchorros, y pidiendo declaratoria sobre si pueden hacerlo o no, y que se le indemnice por estos perjuicios con no pagar mas que el primer año de su arrendamiento. Y se acordó: Reservar esta materia hasta que el señor gobernador y capitán general delibere lo que sea de justicia acerca de si el asiento de este corral es o no de los comprendidos en la real orden de que se hace mérito en esta acta.

Se acordó proveer la [f. 66v·J/ plaza vacante por fallecimiento del alguacil menor del Juzgado, Miguel Márquez, en Salvador Angles, que la ha pretendido, en atención a que de los informes tomados resulta ser de buena conducta y a propósito para el desempeño; y que su solicitud se pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para que dispongan el abono de su sueldo.

Con lo que se concluyó este cabildo, que lo firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. 67]/

[3 8 ]

[9 DE FEBRERO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve días del mes de febrero de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo

[Arrend atario de los corrales de pesca de Martín Pe• ña hace patente se lesionan sus derechos y pide indemnización p o r ello.]

[Pospónese l a determinación ¡ obre el particular.]

[Nombramiento de don Salvador Angles como alguacil menor.]

59

[Se exonera al regidor don Juan An• t o n i o Meila de ejercer las funciones propias del car· go en atención a s e r incompatibles con el oficio que desempefla de auditor de guerra.)

[1nforme del cabil• do al gobernador sellalando la n ecesidad de que al regí dor don Juan Antonio Mejía se le r eleve de las fun• clones de su car• go.J

ACTAS DEL CABILDO

ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el caballero fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe, don Diego Pizarro y don Manuel de Andino. También concurrió el señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad.

En este [f. 67v. ]/ cabildo se vio un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, 26 de enero último, en que transcribe su señoría lo que dijo al señor don Juan Antonio Mexía acerca de que quede exonerado de las funciones de regidor sin privar al ayuntamiento de un sujeto recomendado con un real despacho ni al dicho señor Mexía de pertenecer siempre a tan digna y respetable corporación, respecto a que restablecidas las matrículas era incompatible la auditoría de marina que obtiene con cualquier empleo gubernativo que en calidad de regido r haya de desempeñar.

Asimismo, remitió el expresado señor capitán general, para informe de este cabildo, el oficio del citado señor don Juan Antonio Mexía contestación al suyo, de que va hecha relación. Y en vista de todo acordó este ayuntamiento informar a su señoría lo siguiente :

«Señor Gobernador y Capitán General. = EsInforme. te ayuntamiento informa a vuestra señoría qu e los testimonios de las actas capitulares de 2 de mayo de 1809, 12 de junio del mismo, 17 de julio y 29 de agosto que acompañan, califican las justas causas que en otro tiempo tuvieron el señor predecesor de vuestra señoría, don Toribio [f- 68 ]/ Montes, y esta corporación para acordar la separación del señor rexidor don Juan Antonio Mexía en orden a todas sus actas y diputaciones; y ahora añade que estas mismas se vuelven a tocar con la experiencia pues además de que los empleados de marina están exentos de ser regidores por la real cédula de 5 de marzo de 1773, mandada guardar y cumplir por la de 4 de noviembre de 1786, de lo que dispone el artículo 25, Título Primero de las Ordenanzas de Matrículas de 1802, ocu-

60

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rre también que el enunciado señor Mexía siendo vocal de la Junta Municipal ha consultado contra sus atribucion es en el Juzgado de Matrículas, absteniéndose después de cumplir con el cargo de vocal de aquella Junta y rehusando venir a ella. Y que cuando se trata alguna cosa concerniente a las matrículas prefiere ésta a su corporación y no puede tampoco conservarse el sigilo del ayuntamiento en sus acuerdos teniendo que asistir el enunciado señor Mexía y oír leer la s (f 68v· J/ actas para que firmen los demás señores sabiendo de consiguiente anticipadamente para manifestarlo a su comandante lo que se acuerda en esta corporación con referencia a aquel Juzgado, a pesar de lo que dispone la l ey 82, Título S.º, Libro 2.º de la Recopilación. [ »]

Se acordó proveer la plaza vacante por fallecimiento del alguacil menor del Juzgado , Miguel Márquez, que se había concedido a Salvador Angles, que también ha muerto, en Rafael Má rquez, que la ha pretendido, en atención a que de los informes tomados resulta ser de buena conducta y a propósito para el desempeño; y que su solicitud se pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para que dispongan el abono de s u s u eldo.

Se vio en este cabildo un oficio del señor gobernador y capitán general, su fecha, tres del corriente, en que confirma su señoría el acuerdo anterior de este ayuntamiento , de 26 del mes anterior. Y se acordó : Quedar enterado de dicho oficio y que se archive.

Se leyó una solicitud de varios [f 69 ]/ abastecedores de carne de cerdo haciendo presente que el caballero rexidor-fiel executor les exige por cada puerco que matan un real y cuartillo y una libra de tozino. Y piden que si es justa esta contribución se les ha de p ermitir levantar el precio de la carne por las razones que manifiestan . Y se acordó: El advertir al dicho caballero fiel executor que se abstenga de *toda* toda exacción a los que ocupan puestos públicos en la plaza, por no estar en práctica y deberse por ahora reputar un abuso, mientras no se determine lo conveniente acerca del reclamo que tiene pendiente, en orden a sus derechos, ante el tribunal del señor gobernador y capitán general, siendo obligación de los señores jueces zelar el cumplimiento de este acuerdo para que no se repitan quejas de es ta naturaleza.

* Lo comprend ido entre asteriscos aparece tachado e n el original.

[Don Rafael Márquez queda nombrado alguacil menor.)

[G obernador confirma acuerdo capitular.]

[Abastecedores de carne de cerdo se quejan de la contribución que l es exige e l fiel ejecutor.]

)Se previene al fiel ejecutor se abstenga de exigir la dicha c ontribución.)

!Alcaldes ordinarios a cuidar se cumplimente lo arriba mencionad o.)

61

(Se indica deuda de las cajas reales al ayu ntamiento.(

(P a r a atender a urge ntes reparacio• nes d e obras pú• blicas y d e m á s gastos n ecesarios , e 1 ay untamiento reclama que la r eal hacienda le satis• faga lo qu e l e adeu• da ]

ACTAS DEL CABILDO

El mayordomo de propios presentó un documento librado por los señores ministros de real hacienda en que se acredita adeudar al [f, 69v·]/ ayuntamiento las cajas reales la cantidad de 1,582 pesos, por las reales mercedes de mil y cien pesos que disfruta, y cuya cantidad dicen los nominados señores ministros será satisfecha en los términos que permita el estado de los ingresos de la real te· sorería .

Y se acord6: Hacer presente al señor goberAcuerdo. nadar y capitán general que este cabildo no tiene en el día fondos para subvenir a los gastos extraordinarios que le ocurren y han ocurrido. Que la casa consistorial tiene reparos necesarios e indispensables que hacer para su conservación, pues las azoteas no están revocadas, con cuyo motivo se llueven y pudren sus techos ; tampoco tienen aquellas aún sabaletas ni petriles [sic], y según el reconocimiento, cálculo, del señor comandante de ingenieros y maestro mayor, don Agustín Cantero, no admiten la menor dilación de estas obras y asciende su costo a 700 pesos; y, finalmente, que el empedrado de las calles de esta ciudad se hallan en el estado más decadente y ruinoso, haciéndose ya muchas de ellas intransitables; para que [f, 70]/ se sirva su señoría oficiar al señor intendente a fin de que pase la orden a los señores ministros de real hacienda para que inmediatamente satisfagan a esta corporación los quinientos ochenta y dos pesos que se le adeudan de los cien pesos anuales que sobre los ramos de aguardiente y aloja le están asignados para los gastos extraordinarios y los 700 que se necesitan para los indicados reparos de estas casas consistoriales del mismo producto de aquellos ramos, según lo dispues to acerca de uno y otro particular en la real cédula d e 31 de julio de 1755, y los 1,000 que le están señalados y se le adeud an del año pas ado para el empedrado, de los ramos de muelle y calles, con arreglo a la real orden de 13 de junio de 1815.

Con lo qu e [f. 70v•]/ se concluyó este cabildo, que fi r m ó Su Excelencia, de que doy fee. = Martin ez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Torre s y Vallejo [rúbrica] ·= d e Villafañe [rúbrica] = Piza r ra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], ess cribano r eal y d e cabildo .

62

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [39]

[14 DE FEBRERO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad d e San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce días del mes febr ero de mil ochocientos diez y ocho años, concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primera elección, don Agustín Martínez, y el caballero rexidor decano, señor don Juan Antonio Mexía, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y auditor de guerra de marina, para efecto de recibir el juramento y dar l a posesión del empleo de síndico procurador general a don [ f. 71 ]/ Severo Malagón. Y habiendo comparecido éste prestó el expresado juramento de cumplir bien y fi e lmente el empleo que se le ha conferido por el Excelentísimo Ayuntamien to y ha confirmado su señoría, el señor gobernador y capitán general. = Martinez [rúbrica ] = Juan Seve ro Malagon [ rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[40]

[23

DE FEBRERO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a los veinte y tres días del mes de febrero de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial l os dos señores a lcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y don José [ 1 • 11v· J/ de Rivera; los caballeros regidores, s eñor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe ; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Orden Militar de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enferm edad

En este cabildo se presentó el bachiller profesor de farmacia, don Alexandro González, haciendo manifiesta la licencia que ti ene del señor goberna dor y capitán general para establecer botica pública en esta plaza, con objeto

[Juramento del procurador general, d o n J uan Severo Malagón.]

[El bachiller en farmacia , don Alejandro González, presenta licencia para establecer botica.)

63

[Alca l de ordi nar io de Lolza r inde infor me s ob r e los derechos del pasajero de Boca d e Lo lza J

(Al udido justicia a ve l ar que el dicho pas aje ro observe el arance l y que sus der ech os no l e sean les ionados. l

ACTAS DEL CABILDO

de que esta corporación tenga de ello la debida constancia. Y se acordó: Quedar enterado este ayuntamiento; y que se devuelva el expediente, quedando copia para que en todo tiempo se tenga noticia de la licencia con que exerce su profesión con oficina pública.

(Gobe rnador solicita informe sobre el preso José Ra· mos.J

[Info rme sobr e el par t ic ul ar a n t e s m encionado.!

El señor alcalde ordinario del partido de Loysa evacuó el informe que este cabildo le pidió sobre los d erechos del pasaj e ro de [1• 72 ]/ aquella Boca, dictados por aranzel que formó es te ayuntamiento, expresando en él que lo conceptúa ad emás de justo más ventajoso a aqu el vecind a rio siempre que el arrendatario cumpla con los requisitos que e n el insinuado arancel tiene detallados e igualmente que en cuanto a la cuerda de terreno se estará a la constumbre [ sic]. Y se acordó: Pasarle oficio a fin de que cele el puntual cumplimiento del aranzel, tanto por lo que respec ta a los viajeros o transeúntes cuanto al arrendatario, sin permitir se introduzca por ahora la menor novedad en esto ni en lo que respecta a la cuerda de terreno que siempre han disfrutado los pasajeros; quedando a su eficacia recomendado el reprimir cualquiera abuso que se note con perjuicio del arrendatario por parte de los que tienen cayucos y se entrometen a pasar cargas y persona s . S e vio un memorial de Jo s é [1• 72v. ] / Ramos, preso en la r eal cárcel, que el señor gobernador y capitán general pas a a e ste ayuntamiento para que informe sobre la clase y opinión de este individuo. Y se acordó: Informar a su señoría lo s iguiente : = «Señor Gobernador y Capitán General: = La opinión y fama pública reputa a este individuo de una conducta sumamente viciosa y relaxada por el juego y varios hurtos ocurridos en el pueblo y de que ha sido sindicado. [ »]

(Secr etar io d e ay untamien t o i nfor ma n o h aber s e cel ebrado cabil do en alguna s de las f echas ind ica d as en l a p etición del fie l ejec u tor .]

En este cabildo dio cuenta el se cretario con el testimonio de los acu erdos que pidió el caballero fiel executor con la nota de no haberse celebrado cabildos en algunas fechas de las expresadas en la petición de dicho caballero regidor y para los fines que importan puedan e instrucción o conocimiento del tribunal de gobierno o de cualquiera otra superioridad. Se acordó: Remitirlo a su señoría haciéndole presente que aunque en las actas en que tomaron posesión los fieles executores anteriores al doctor don Joaquín Torres Durán y el actual don José María Torres Vallejo consta que se le dio su asiento inmediato [f. 73 ]/ al alguacil mayor fue por que entonces no había alcalde provincial, cuyo empleo fue provisto a fines del año de 1808; pero

64

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

luego que éste entró se le dio posesión y asiento sobre el mismo fiel executor, don Miguel Ramírez, sin oposición alguna por parte de éste, por ser arreglado a la última real cédula que rige en la materia; y aunque después remataron los oficios de fieles executores Torres Durán y el actual Torres Vallejo y se les dio su posesión y asiento bajo del alcalde provincial nada articularon ni han podido articular por la misma razón; y, finalmente, que lo posterior a todas las actas citadas por el caballero fiel executor y que debe observarse es lo que en resumen puso este cabildo al fin de su informe de 12 de mayo del año próximo pasado de 1817, que ahora y siempre reproduce.

Con lo que [f. 73v• J/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

[ 41]

[2 DE MARZO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los dos días del mes de marzo de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; [f. 74] / don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo ; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón.

En este cabildo se recibió un oficio del señor contador, mini s tro de real hazienda de esta isla, don Ram ón de Viana, p articipando haber tomado la posesión de este empleo y acompañando su real despacho para la toma de razón. Y se acordó : Conforme; contestándose el ex presado oficio por los señores diputados de cortesía.

Don Antonio Chieza, maestro de primeras letras, presentó las planas de sus discípulos. Y se acordó: Dar vista 6.

[Indicase el asiento que en la corporación ha corres• pondido al fiel ejecutor.]

(Don Ramón de Viana participa haber tomado posesión del oficio de contador de rea l hacienda.]

(Don Antonio Chiesa presen ta planas de sus alumnos,

65

las que son referidas al procurador general.)

(Se lee acuerdo de la Junta Municipal.]

ACTAS DEL CABILDO

de ellas al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

Con lo que [1• 74v•J/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [ rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[4 2 ]

[5 DE MARZO DE 1818 .]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco días del mes de marzo de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposición del señor gobernador y capitán general, y tratar acerca de arbitrar medios para la mantención de los presos de la cárcel y sobre la calidad de moneda que se ha de llevar a carnecería para comprar la carne de que se hace mención en la junta de remate del ramo de carnecería, concurrieron a esta sala [f- 75 ] / consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; capitán don Santiago de Córdova; y don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo .

En este cabildo se leyó el acuerdo de la Junta Municipal. No tuvo efecto la celebrazión de este cabildo. = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[43]

[

6 DE MARZO DE 1818.]

En la Muy Nob le y Muy Leal Ciudad de [f- 75 v.J/ San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis de marzo de mi l

66

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ochocientos diez y ocho años, para continuar el cabildo extraordinario para que se citó el día de ayer, concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y don Jos é d e Rivera; los caballeros regidores, señor don Manuel Herná iz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; señor don Francisco Marcos Marcos [sic ] Santaella , oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán d e Villafañe; capitán don Santiago de Córdova; don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y don Manuel de Andino.

En es te cabildo teniéndose pres en t e que el motivo de su reunión era, por disposición del señor gobernador y capitán general, a fin de ver si el producto líquido que quedase del ramo de carnecería, previa deducción de los gastos concernientes a ella y de los per-[1 • 76 ] /tenecie ntes a la limpieza del pueblo, era suficiente a subvenir los pobres encarcelados contribuyéndoles, como hasta aquí, los precisos y diarios alimentos en el concepto de haberse dejado en el remate, que ha verificado la Junta Municipal, del abasto de carnes los cuatro cuartos que en arrelde contribuían los dueños de las reses para este objeto a beneficio de ellos; y que ya deben carecer aquellos infelices del socorro de los enunciados cuatro maravedíes para qu e en caso de que no sufrague a cubrirse esta atención el remanente líquido se arbitren medios o adopten las medidas que se juzguen más a propósito.

Examinándose detenida y reflexivamente la materia y tirándose la cuenta de las inversiones que tiene el precitado ramo de carnecería se vino en conocimiento de que cuando menos quedaban sobrantes todos los [f. 76v·J/ meses ciento veinte y siete pes os para destinarse a la mantención de los presos, cuya cantidad podía muy bien ser bastante, consumiéndose en este piadoso y caritativo fin la cuota de cuatro pesos diarios que se gradúo suficiente para que no les faltase lo necesario sin ser de consiguiente preciso buscar arbitrios a semejante intento. Pero teniéndose también en consideración que del propio ramo de carnecería se contribuían cada semana 24 pesos que era el único sobrante que había para la

!Goberna dor inter esa conocer si el r emanente del producto Uquido del arrendamiento de la carnicería era suficiente p a r a atender la manutención de los presos, y de no serlo sugiere se arbitren medios para esta finalidad.]

(Para el objetivo indicado se considera suficiente el aludido fondo.)

67

[Significase neces idad de allegar fondos para continuar l a cons tr ucción del Pue nte de M iraflo• res.J

[Quedan seilal ado.• como me dios para obtener l os aludldos fond os el qu e se puedan hacer eco nomías en los gastos municipales y el requ er ir de los deudores a l os p r opios satisfagan sus obligaciones.!

ACTAS DEL CABILDO

nueva construcción del Puente de Miraflores, que éste ya no existe a presencia de la nueva contrata y que de no excogitarse un medio con que proporcionar ya sea la misma o mayor cantidad vendría a paralizarse aquella obra, resultando de esto el considerable perjuicio de perder lo que en ella se ha invertido hasta aquí y el risible apotegma de que se empezó a edificar y no se pudo consumar, es te ayuntamiento, [f 77]/ que tiene sus principales miras en servir al público y cooperar con el señor gobernador y capitán ge n e ral a que haya obras permane ntes y de conocida utilidad y ventaja como la de que se trata, acordó: Que para el ins inuado fin de continuar obra tan benéfica sin gravar al vecindario con nuevas exacciones en tiempos tan calamitosos se pasen noticias individuales de todos los gastos y erogaciones ordinarias que reporta el fondo de propios por su mayordomo a dos miembros de esta corporación para que examinándolos con la madurez y meditación que corresponde vean si son susceptibles de economía y lo propongan al consistorio; nombrándose al efecto a los caballeros rexidores don Santiago de Córdova y don Diego Pizarro; y que al mismo tiempo [ f. nv. J¡ se formen listas de los sujetos que son deudores al fondo de propios, de réditos vencidos y demás ramos a él pertenecientes, con separación de los que disfrutan fuero y los que están s uj etos a la jurisdicción ordinaria, para que la primera se entregue al señor auditor de guerra y t eniente de go bernador, y la segunda, al s e ñor alcalde ordinario de l.ª elección, a fin de que compelan y apremien los morosos a la solución de lo que r e spectivamente adeuden con la celeridad qu e exige la actual n eces idad, en atención a que l as cantidades adeudadas y que has t a ahora se observan insolutas as cienden a más de *dos* tres mil pesos, con cuyo producto tan considerable podrá llevarse a la consumación la fábrica iniciada.

Con lo que [ C. 78] / se concluyó este cabildo, que firmó Su Excele ncia, de qu e doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica ] = Santaella [rúb r ica] = d e Torre s y Vall ejo [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = d e Villafa ñe [rúbrica] = Andino [rúbrica ] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano rea l y de cabildo.

* Lo comprendido entre asteri scos aparece tac h ado e n e l original.

68

[9 DE MARZO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los nueve días del mes de marzo de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de prime ro y segundo voto, don Agustín Martínez [ f- 78v· J/ y licenciado don José de Rivera ; y los caballeros rexidores, don Tiburcio Durán de Villafañe y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán gene ral, fecha, 6 de los corrientes, en que su señoría confirma el acuerdo de este ayuntamiento de 26 de enero que participó al comandante de Matrículas para su inteligencia y conocimiento Y se acordó: Quedar enterado de dicho oficio y archivarse .

Se vio otro oficio del mismo señor, su fecha, 7 del corriente, en que confirma su señoría el acta de 23 de febrero, quedando ilesas las acciones con que se considere el caballero fiel executor en los puntos qu e tratan de sus atribuciones . Y se acordó: Quedar enterado este ayuntamiento y archivarse el expresado oficio .

Se vio, asimismo, otro oficio del citado señor gobernador, d el 6 del presente mes , en que su señoría dice que a reserva d e proveer sobre la separazión [f 79 ]/ del señor oidor honorario, rexidor llano, don Juan Antonio Mexía, por lo que respecta al exercicio de las funciones de capitular que se consideran incompatibles con la auditoría de marina que obtiene, confirmaba los demás puntos contenidos en el ac ta de 9 d e febrero ; y que h abía pasado ya su señoría el oficio al señor intendente interino para que se sirviera mandar entregar los fondos que se reclaman. Y visto se acordó: Quedar también entera do este ayuntamie nto d el expresado oficio y archivarse

Asimismo, se recibió otro oficio de l propio señor capitán general y con él acompaña 25 pesos que de multas dirigió a su señoría el alcalde ordinario del Pepino con d estino a la f ábrica de l muelle de Miraflores . Y se acordó: Haber por r ecibido dicho oficio con los 25 pesos citados,

(Gobernador confirma acuerdo ca• pitular.J

(Gobernador confirma acuerdo capitular.)

(Gobernador confirma acuerdo ca· pi tular excepto en la parte referente a que el regidor don Ju a n Antonio Mejía quede relevado de sus funciones.]

[Gobernador r emite 25 pesos que le f u e r o n enviados por el alcalde ordi· n ario del P epino para la fabricación del muelle de Miraflores.J

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [44]
69

[Gobernador envía copia de real orden restableciendo el ramo de correos. )

[Don José Simón Izquierdo presenta títul o de escribano real y notario de Indias.)

ACTAS DEL CABILDO

los que el presente esscribano pasará al mayordomo de propios con cargo para que los tenga a disposición del caballero [I. 79v• J/ rexidor superintendente de la fábrica, señor don Manuel Hernáiz, para que se inviertan según previene el señor capitán general.

El señor gobernador y capitán general remitió, con su decreto de 6 del corriente, un exemplar de la real orden del Ministerio de Guerra que trata sobre restablecerse el ramo de correos a su antiguo explendor con arreglo a las varias reales órdenes que menciona. Y se acordó : Contestar a su señoría el recibo por el testimonio de este acuerdo y archivarse.

En este cabildo presentó don José Simón Izquierdo con los reales despachos que su majestad le ha librado de esscribano real y notario de Indias con las diligencias de examen y tomas de razón correspondientes. Y se acordó: Haberlos por presentados y que, quedando este ayuntamiento instruído de ellos y de que puede el interesado exercer el oficio de esscribano real y notario de estas Indias, se tome razón en el libro destinado al intento, devolviéndosel e originales con la nota competente del presente esscribano [I. 80] /

(Jun ta Municipal remite cuentas de propios de 1817, las que fueron referidas a l procurador general. )

(In vitaci ón al ca• bildo para que concurra a las procesiones de Semana Santa.)

)Cabildo asistirá a d i c h a s procesiones.]

El presente esscribano dio cuenta con las cuentas de propios y arbitrios del año p róxi mo pasado, qu e dirige a este cabildo la Junta Municipal, y en las que se advierte un alcance a favor del mayordomo de cantidad de trescientos cincuenta pesos y seis maravedíes. Y se acordó: Dar vista al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

El mayordomo de las cofradías de Nuestra Señora de Altagracia y Santa Rosa de Lima trajo el oficio de convite que anualmente se le hace al ayuntamiento para la concurrencia a las procesiones de Semana Santa. Y se acordó: Su concurrencia en los términos de constumbre [sic].

Con lo que [1• SOv, ] j se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica ] = Rivera [rúbrica] = d e Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E sca lona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

70

SAN

[31 DE MARZO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta y un días del mes de marzo de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de u s o y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, don Tiburcio Durán de Villafañe ; don Santiago de Córdova; capitán don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ocupación en sus ministerios, ausencia y enfermedad. [f- 81 ]/

En este cabildo se abrio un oficio d el señor gobernador y capitán general, su fecha, 10 del que expira, acompañando un parte del oficial de la guardia de prevención del Cuartel de Milicias en que manifiesta los reparos o composiciones que deben hacerse indispensablemente, en virtud del cual su señoría espera de este ayuntamiento disponga lo conveniente y que se verifique la reparación con la brevedad posible a fin de evitar los males que son consiguientes. Y se acordó : Que el oficio y parte se transmita al caballero rexidor don Manuel de Andino, que se diputa por superintendente de esta fábrica, quien pasará al mencionado Cuartel con el alarife de esta ciudad a fin de que practique el debido reconocimiento de las descomposiciones, vea su origen, *practique* y forme el cálculo de lo que puede gastarse en la reparazión, a la que se procederá con la mayor economía, librándose orden al mayordomo [f 81v·]/ de propios para el abono de estos gastos, de que llevará cuenta por separado de la principal, en que después ha de incluírla recayendo su aprobación.

Se vio otro oficio del mismo señor capitán general, fecha 21 del que acabó, en que avisa al ayuntamiento su salida a la visita de esta isla, encargada por el soberano; y previene que las materias que ocurran se entiendan con su señoría por medio de la correspondencia que ha establecido por partida de caballería, a menos que sea muy executiva la materia, que en este caso provindenciará el señor

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[lnd!case necesidad de que se efectúen re paraciones en el Cuartel de Milic ias Disciplinadas.)

[A efectuarse un reconoc imiento de dlcho Cuartel y a prepararse un cálculo de los gastos de su reparación.]

[Gobernador informa su salida para practicar la visita general de la Isla y dispone cómo se han de despachar los asuntos durante su ausencia.]

[45]
JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
71

[Alcalde provincial h ace dejación de un solar de propios en el Al to de Santa Bárbara.]

ACTAS DEL CABILDO

teniente de rey, de que también se le dará cuenta. Y se acordó: Quedar enterado, archivarse y contestar a su señoría el recibo por el testimonio de este acuerdo.

Con lo que [ f, 82 ] / se concluyó este cabildo, que finnó Su Excelencia, de que doy fee. = Martin e z [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[46]

[6 DE ABRIL DE 1818.]

En la Muy Nob le y Muy Leal Ciudad de San Juan B autista de Puerto Rico, a los seis días del m es de abril de mil ochocientos di ez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta consistoria l [sic] a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, don Tiburcio Durán de Villafañe y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron [ f. 82 v· ]/ por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo el esscribano hizo presente que el señor oidor honorario, alcalde provin cial , don Francis co Marcos Santaella, que no ha concurrido por hallarse sumamente ocupado en asuntos del ministerio fiscal de justicia, le ha dicho qu e ponga en noticia de este ayuntamiento su d e terminación de no continuar hecho cargo d el solar que Su E xcelencia le concedió en el Alto de Santa Bárbara, a motivo de no serle de ninguna utilidad ni haber podido fabri ca rlo hasta la fecha en que tiene satisfecho su rédito anual; y que más bien el rey o alguna otra persona particular se ha utilizado de él para sacar barro; y que siéndol e por consiguiente de gravamen lo d evol vía a fin de que el ayuntamiento disponga del citado solar según tenga por conveniente. Y se acordó: Conforme; pasándose orden al mayordomo de propios para que no continúe la cobranza d e este suelo, d e c uya detenninazión se dará (f· 83 ]/ noticia a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal, como corresponde.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = Martinez [rúbri ca ] = d e Villafañe [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante

72

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[47]

[8 DE ABRIL DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho días del mes de abril de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo extraordinario se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; el señor alcalde ordinario de 1.•r voto, don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán [f- s3v. ]/ y don Manuel de Andino. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se hizo presente que su reunión había sido por disposición del señor teniente de r ey a causa de estar el señor gobernador y capitán general en la visita de la isla y tener el gobierno interino para los casos urgentes y que no diesen espera de ocurrir a su señoría, como lo era el de notarse que el pan se escaseaba al público por la falta de harina; no pudiendo los panaderos abastecerlo porque a pretexto de no venir buques que condujesen este renglón alimenticio de primera necesidad la poca qu e había o se traía les costaba al precio de 25 a 26 pesos cada barril y no podían comprarla teniendo que dar al público el pan al precio de 25 cuartos, como en el día se vende. Investigada la cosa y cerciorada esta corporación de la [f- 84 ]/ verdad, atendiendo a que las circunstancias del tiempo son las que gradúan y nivelan el lexítimo valor de la s cosas y que en iguales apuradas circunstancias se ha vendido la libra de pan hasta 30 cuartos, siendo más conveniente e l que lo haya aunque a precio más subido que no el que se experimente su falta , teniendo igualmente en consideración que cuando el barril de harina cuesta a 14 pesos se ha regulado en todas épocas la libra de pan a 17 c uartos , aumentándose cuando e: precio es más subido por cada peso un cuarto la libra de pan y que por una

[Ind(case escasez de pan por falta de harina.)

73

(An te la escasez y consiguiente precio al to de l a har i na se a umenta el pre• cio de la libra de pan. ]

(A l os efectos de evitar en el futuro que se padezca falta de h arina al· caldes ordi narios y diputado de abasto deberán mantener• se enterados e informar al ayuntamiento la cantidad existente e n I a pl aza.]

(Aludi dos funclo• narios deberán vi• gilar que el peso de la libra de pan est~ completo y aplicar l as multas correspondie nt es a l os i n fractores del mismo. )

(De aprobarse este acuerdo par el te• nien te de rey se ha de cumplimentar Inme di atamente.]

ACTAS DEL CABILDO

regla de proporción costando ahora 25 pesos el barril d ebe ser el precio de la libra el de 28 cuartos se acordó : Que desde el día de mañana se venda la libra a este precio de 28 cuartos, [1• 84•·]/ a fin de que el público no experim en te su falta y lo s panaderos dejen de comprarla, qu ed án doles compensado el perjuicio con la alteración del precio h as ta tanto que mejoren las circunstancias y sobreviniendo m ás ab undan cia se mejore el precio del pan en obsequio a l público. Y con el objeto de evitar en tiempo una n ecesidad o fa lta de este alimento tan n ecesario, que sería cau sa de encarecer todos los demás, c uidará n los señores alcaldes ordinarios y e l diputado de abastos de tomar conocimiento de la harina que se encuentra en la plaza y el tiempo que puede durar, inform ándolo anticipadamente a este ayuntamiento para que pue da tomar providencias, como lo ha verifica do otras ocasiones; celando los mismos señores, al propio tiempo, (f. 85 ] / que ya que el precio de la libra de pan se sube al público, por exigirlo así las circunstancias, este aquélla completa, quedando a cargo de los comisionados hacer l as d ebidas prevenciones a nti cipadas a los panaderos y el imponer las multas que está n d etall adas por el Bando de Buen Gobierno a l os co n traventores. Y que es t e acuerdo se ponga inmediatamente en ejecución siempre que merezca l a aprobazión del señor teniente de rey, a quien se le pasará testimonio y t ambién al señor gobernador y capitán general para s u debido conocimiento.

Con lo que s e concluyó, y firmó Su E xcelencia, de que doy fee. = St erlin [rúbrica] = Martin ez [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. ssv·J/ [48]

[13 DE ABRIL DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Ri co, a los trece días del mes de abril de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y los caballeros regí-

74

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial p erpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; y el capitán don Diego Pizarro, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se presentó don Bonifacio Monclova, vecino del partido de Loysa, solicitando que a el pasaj ero de aquella Boca no se le conceda la cuerda de terreno para e l establecimiento de la casa que debe tener; porque estando en los terrenos de su estancia le perjudi ca en ella por las varias razones que expresa. Y se acordó: Pasar esta instancia al señor alcalde ordinario de aquel partido [f- 86] / para que informe sobre todo su contenido y con especialidad acerca de la constumbre [sic] que allí se ha observado en la cuerda de terreno que en todas partes tienen los pasajeros, haciendo al mismo tiempo que don Bonifacio Monclova exiba el título de la propiedad que alega y lo acumule, dirigiéndolo todo a este consistorio a fin de en su vista acordar lo que corresponda en justicia

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martínez [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[ 49 ]

[20 DE ABRIL DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte días del mes de abril de mil ochocientos diez y [f· 86v·J/ ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. También concurrió el señor alguacil mayor, caballero comendador de la Orden

1 D o n Bonifacio Monclova solicita que al pasajero de Boca de Lorza no se le conceda la cuerda de terreno para la casa que debe fabricar en dicho paraje,)

[Mencionada solicitud queda referi da al alcalde ordinario de Lorza para que in forme sob re la costumbre prevaleciente e n dicho partido sob r e otorgamiento de la cuerda de terreno as! como de la propiedad alegada pa r don Bonlfacio Monclova.J

75

(Teniente de rey participa lo que el gobernador le expresó respecto a la confirmación d e 1 cabildo extraordinari o de 8 de abril de 1818.]

(Diputado de abas• tos a conferenciar con el gobernador sobre el particular arriba indicado.]

[Ante el informe que rinde el alcalde ordinario de Lorza sobre comisión que se le hi· ciera se provee que haga guardar la costumbre sobre la cuerd a de terre n o que debe tener el arrendatario d e l pasaje de Boca de Lofza]

(Mayordomo presenta retrato de Fernando VII y requiere se dé la orden para su pago.]

ACTAS DEL CABILDO

Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario, don Manuel Hernáiz. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor teniente de rey de esta plaza, de 17 del corriente, en que transcribe lo que el señor capitán general le dijo en orden a la confirmazión del cabildo extraordinario de 8 del mismo y comoquiera que ya el mismo señor gobernador se halla en la plaza este cabildo acordó : Que el señor diputado de abastos, don Manuel [ 1 • 87 ) / Hernáiz, se entienda con dicho señor acerca de los puntos de que trata este mismo oficio y avise las resultas al consistorio .

El señor alcalde ordinario del partido de Loysa evacuó el informe que este cabildo le pidió en acuerdo de 13 de los corrientes, y en su vista se acordó : Participarle que haga guardar la constumbre [sic ] hasta aquí observada sin permitir se innove en cosa alguna y mantenga al actual arrendatario en la posesión que han estado todos los anteriores; pues s i aquellos terrenos, incluso la cuerda del pasajero, se vendió a don Bonifacio Monclova (de que no ti ene esscritura) debió ser con aquella pensión que siempre han sufrido los dueños de aquel terreno en obsequio del vecindario y todo el público, la que no ignoraba el precitado Monclova y debe de consiguiente someterse [ 1• 87 v· J/ a ella, a quien se le hará saber con devolución del recibo presentado dejándose copia en el expediente.

[Junta Municipal a proveer respecto al pago.]

(Prové ese se haga un r etrato de la reina I sabel, in• fanta de Portugal.]

En este cabildo presentó el mayordomo de propios un cuadro con e l busto del soberano, el señor don Fernando 7.º, exponiendo que el señor alguacil mayor lo había mandado hacer por disposición del señor gobernador y capitán general a fin d e que se colocase en esta sala de ayuntamiento donde era tan necesario; y que su costo había sido el de 53 pesos, incluso su marco dorado, con el obj e to de que se dispusiese tirar la orden para el pago. Y habiendo oído acerca del particular al señor alguacil mayor diputado y resultando cierta la orden del señor gobernador y presidente que precedió al efecto se acordó : Qu e se pasase el expediente a la Junta Municipal para que, previniendo se presente allí la cuenta con los respectivos comprobantes que d eben calificarla, disponga su pago. Y por cuanto se carece también en [ 1 • 88 )/ este consistorio de otro retrato de nuestra amadísima reina que se asemeje en cuanto sea posible a su original y sea igual al cuadro en que existe el de nuestro predilecto soberano, tanto para

76

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que ambos estén colocados en esta sala y hagan la debida simetría cuanto para manifestarse con la misma al público en las funciones públicas; se acordó, del propio modo, diputar al mismo señor alguacil mayor para que disponga inmedia tamente se ponga por obra con las debidas formalid a d es y lo presente en su oportunidad con la competente cuenta documentada.

Con lo que [ f- 88v. ] / se concluyó es te cabildo, que firmó Su Excelencia, de qu e doy fee. = Martinez [rúb rica] = Rivera [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Ante mí = Tomas d e Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[ 50]

[25 DE ABRIL DE 1818. ]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco de abril de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo extraordinario, en virtud de disposición del señor gobernador y capitán general, se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor teniente de gobernador, asesor general, don José Sterling ; los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera ; l os caballeros r exidor es, alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de I sabel la Católica, comisario ordenador honorario ; el señor don Franci sco Marcos S antaella, oidor honorario de [ f- 89 ] / la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; e l caballero fiel executor, don José María de Torres Vallejo ; don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orde n de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan S eve ro Malagón. Lo s d emás señores no concurrieron por o cup azión, ausencia y enfermedad.

En este cabildo ex t raordinario se vio el acuerdo de la Junta Sup erior d e Sanidad, de 22 del corriente, con un decreto del señor gobernador y capitán general para que se r eúna hoy el cabildo pleno a fin de tratar de lo acordado por di cha Junta; la c ual entre otras cosas especifica que dicho señor capitán general determine que el Excel entí-

[Junta Surerior de Sanidad s t licita el ay untamiento s e e ncargue de tener equipado y abaste• cido el degredo s e ñalado para los vari olosos y de designar vecinos que informen sobre fa.

77

llas en la asistencia de dichos enfermos.]

[Provéese respecto a camas y su correspondiente equipo, sirvientes, alimentos y visitas para los variolosos.]

ACTAS DEL CABILDO

simo Ayuntamiento, como a quien toca la conservación de la salud pública y cuanto más convenga al bien y utilidad de la población, entienda en preparar el edificio que se señalare para degredo de los contagiados de la viruela, en la mejor forma posible; y provea al menos 25 camas y demás utensilios, [f. 89v·J/ sirvientes y alimentos para los puramente pobres y necesitados; que también nombre un número de vecinos honrados que diariamente visiten los enfermos a fin de que dando cuenta de las faltas qu e noten en su asistencia se manden rem ediar, como desea el expresado señor gobernador y la Junta. Y después de varias reflexiones y discusiones, que tuvieron los señores con audiencia del caballero síndico procurador general, teni éndose presente que por la contrata de carros para la limpieza del pueblo se contribuyen mensalmente 150 pesos del producto de carnecería, estando ésta para concluírse y el contratista Tadeo Martín, que se hizo comparecer en esta sala, conforme en darla, desde último de este m es de abril, por fenecida, se acordó : Suspender por ahora la enunciada limpieza del público e invertir aquel producto para ella destinado en Acuerdo . cada mes para la provisión de 17 camas con sus utensilios, a fin de que sirvan a los pobres necesitados y enfermos de la epidemia de viruelas. Que se recojan las ocho camas que existen en el Real Hospital [f- 90]/ Militar, que se hicieron con igual objeto de piedad y se destinaron a casos de esta naturaleza, con todos los enseres de sábanas, camisas, xergones y fundas de almohada, que constan de relación en su respectivo expediente, y se trasladen con las 17 que han de hacerse al lugar que se designe por la Junta de Sanidad, para el completo de las 25 que se piden, sirviéndose el señor gobernador pasar la competente orden. Que para correr con la recaudación de los productos de carnecería y proporcionar la pronta construcción y habilitación de camas, con la mayor brevedad posible, se diputa a los señores caballeros rexidores, alguacil mayor, don Manuel Hernáiz y don Tiburcio Durán de Villafañe, quienes llevarán la debida cuenta y razón para rendirla oportunamente, dando parte al señor gobernador y capitán general luego que esté en disposición de recibir los enfermos el lugar que se señale para que se realice a él su traslación. Que al celo y ['· 90v.J/ prudencia de estos mismos señores quede el designar el número de sirvientes y ca-

78

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

lidad de alimentos, según las ocurrencias, por ser imposible graduarlos desde ahora comoquiera que han de disminuirse o aumentarse a proporción de la alta o baja que haya de enfermos. Que luego que se hallen éstos colocados en la casa de degredo avisen los mismos señores diputados al señor alcalde ordinario de primera elección para que nombre el número de vecinos honrados que han de visitarlos diariamente y dar cuenta de las faltas que noten; empezando esta visita por dos señores de esta corporación y turnando por los demás hasta su conclusión corno Padres de la Patria, que deben dar exemplo y estimular a los demás a que exerciten una obra de misericordia tan recomendada y acepta a los ojos de Dios. Y, finalmente, que se haga saber al público el nuevo destino que se dá al producto de c arnecería y que (f. 91 ]/ cesa la limpieza desde el día último del presente mes para que cada v ecino sin contar con los carros proporcione a sus expensas o por medio de sus sirvientes la de su propia casa, haciendo conducir las basuras a la cantera del Morro, que es el lugar destinado al intento, hasta que mejorando las actuales circunstancias pueda procederse a dar a aquel fondo su antigua inversión, siempre que merezca este acuerdo la aprobación del señor gobernador y capitán general.

Con lo que se concluyó, y firmó Su Excelencia, de que doy fee. = St erlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torres i Vallejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. ['· 91v•]/

[51]

[27 DE ABRIL DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete días del mes de abril de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y consturnbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo [sic], don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, caballero co-

(A Informarse al público la nueva inversión que se h ará de l os fondos de carnicerfa y exigCrse le que al cesar el servicio de limpieza pública que p r o v e I a e l ayuntamiento cada cual debe en cargarse de la particular basura de su casa.)

79

[Gobernador con• firma acuerdo capitula r.]

[Do n P edro Mar.:chán significa perjuicios que sufre en su arrendam ien• to de corrales de pesca de Mar tín Peña y pide se aclare derecho de pesca e n este lugar,]

(Pospónese aclarac ión solicitada hasta tanto el gobernador resuelva lo pertinente sobre el al udido derec ho.]

(D o n Bonifacio Monclova solicita testimonio del expediente p o r él promovido sobre l a cuerda de terreno d e I pasajero de L olza. ]

(Ordénasele se sujete a lo prov isto sobre el particular.}

ACTAS DEL CABILDO

mendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario ; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el caballero fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarro , capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermed ad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 22 de los corrientes, en que confirma su señoría el acuerdo anterior del día 20 . Y visto se acordó : Quedar enterado y archivarse. [f. 92 ]/

En este cabildo se presentó Pedro Marchán haciendo exposición de los perjuicios que sufre en Martín Peña por los matriculados que le d estruyen sus corrales, pidiendo resolución sobre a quien toca la pesca de este punto. Y se acordó: Que en atención a que por el acta de 26 de enero último expuso este ayuntamiento la duda que le *ocurría* ocurría acerca de si el corral d e Martín Peña debía quedar a beneficio exclusivo de los matriculados o al de todo el público indistintamente o persistir su arrendamiento como hasta aquí para que e l señor gobernador para que el señor gobernador [sic] resolviese lo que fuese de su superior agrado no habiendo aún recaído la resolución resérvese esta solicitud y aguárdese el resultado.

Se vio un escrito de don Bonifacio Monclova pidiendo testimonio del expediente obrado acerca de la cuerda de t e rreno d el pasajero de Lo ysa para ocu-[f· 92v· J / rrir formalmente a tribunal competente. Y se acordó: Que esté a lo acordado en veinte de los corrientes acerca de este particular mediante a hallarse confirmado por su señoría, el señor gobernador y capitán general.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martin ez [rúbrica] = Licenc iado Rivera [rúbrica] = H er naiz [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = de Torres y Vall ejo [ r úbrica] = Pizarro [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica ] = Ante mí = Tomas de Esca lona [rúbrica] , essc ribano real y de cabildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

80

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[4 DE MAYO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a los cuatro días del mes de mayo de mil ochozientos diez y ocho años, para celebrar cabildo [f- 93 ]/ ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto , don Agu stín Martínez; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el fiel executor, don José María de Torres de Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupazión y enfermedad.

En este cabildo se vieron las planas presentadas de los di scípulos del maestro de primeras letras, don Manuel Milano. Y se acordó: Pasarlas a la vista del caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y [ f. 93v• J/ parezca.

El caballero regidor fiel executor hizo presente que para el arreglo de pesos y medidas necesita que el Excelentísimo Ayuntamiento determine mandar hacer algunas que faltan como también las marcas con que se sellan. *Y la vara de medir y marco correspondiente*. Y se acordó: Conforme, diputándose al mismo señor exponente para que las mande completar y que pase la cuenta con los respectivos comprobantes para determinarse su pago.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torr es y Vallejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[53]

[18 DE MAYO DE 1818.]

En la ['· 94] / Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y ocho días del mes de

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el or iginal. 1.

[Se presentan las planas escolares del maestro don Manuel Milan o, las que quedan referidas al procurador gen eral.]

[Seilálas e necesl dad que se manden hacer patrones de algunos pesos y medidas y de sus marcas correspon• dientes.]

[Fiel ejecutor a encargarse se hagan los aludidos patrones y marcas.]

[52]
81

[Gobernador confirma acuerdo capitular. ]

[Don Ramón Vida! solicita copla de su título de preceptor de l atinidad. )

[Preséntase cuenta de la hechura de pesos y medidas y se provee para su pago.)

[Gobernador solicita circular por él expedida y provee que el escribano de cabildo recoja todas las por él emitidas. )

[Gobernador remite copia de acta de la Junta Superior de Sanidad y del Reglamento E conó, mi co de Vacuna, documentos estos qu e se refieren al procurador g e n e, r a l.)

ACTAS DEL CABILDO

mayo de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], y pleno por disposición del señor gobernador y capitán [sic] de esta isla, concurrió concurrieron [sic] a esta sala consistorial el mismo señor; los dos alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; los caballeros regidores, señor don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y rexidor alguacil mayor; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su maj estad; el fiel executor, don Jos é María de Torres Vallejo ; d on Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo ; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. No concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad [sic].

En este [f. 94v· ] / cabildo se vio el oficio del señor gobernador y capitán general, de 6 del corriente, en que confirma el acuerdo anterior del día 4. Y visto se acordó: Archivarlo.

Se presentó don Ramón Vidal, de este vecindario, pidiendo copia del título de preceptor de latinidad que se le libró por el anterior señor gobernador y capitán general, don Toribio Montes, y dice se tomó su razón en este ayuntamiento. Y se acordó: Conforme.

El caballero fiel executor presentó la cuenta del gasto impedido [sic] en la hechura de pesos y medidas . Y se acordó: Satisfacerse por el mayordomo de propios los diez y nueve pesos, siete y medio reales de su montamiento.

El señor capitán general pidió una de las circulares expedidas por su señoría desde su secretaría; y no hallándose en este ayuntamiento informado que no se pasan a él *cabildo* dispuso e l mismo señor que el presente esscribano [f 95]/ recoja todas las expedidas principalmente desde el tiempo en que cesó la constituzión de su secretaría.

Pasó a este cabildo el señor gobernador y capitán general, con oficio de 13 de los corrientes, copia del acta celebrada por la Junta Superior de Sanidad en 28 del mes anterior y Reglamento Económico de Vacuna, para que allane los particulares que l e comprenden. Y se acordó: Dar vista al caballero síndico procurador general a fin de que pro-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

82

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ponga los medios que estime más propios, equitativos y conducentes para la subvención de los gastos enunciados en el Reglamento y acuerdo de la Junta Superior de Sanid a d; y qu e tenga efecto o se lleve a la consumación o total perfección un proyecto que tiene su tendencia a la conservazión d e la humanidad y destrucción del contagio de la viruela natural que es quien la devora y aniquila. [f. 95v.J¡ Con lo que se concluyó este cabildo , que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Melendez [rúbrica] = Martinez [rúb rica ] = Rivera [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica]Santaella [rúbrica] = de Torr es y Vallejo [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

Teniéndose presente en es te cabildo la urgentísima necesidad en que se hallan estas casas consistoriales de ser reparadas a la mayor breve dad para evitar el sumo deterioso que padecen y que progresando experimenten su ruína se acordó : Que el señor diputado de fábrica, don Manuel Hernáiz, oficie inmediatamente con el señor intendente para que se sirva facilitar a este ayuntamiento la cantidad que está calculada por el señor comandante de ingenieros [f. 96]/ para sus reparos de los ramos de aguardiente y aloja, según está prevenida por real orden. = [rúbrica de Meléndez] = [rúbrica de Martínez] = [rúbrica de Rivera] = [rúbrica de Hernáiz] = [rúbrica de Santaella] = [rúbrica de Torres y Vallejo] = [rúbrica de Pizarro] = [rúbrica de Malagón] = Ante mí = Toma s de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[54]

[25 DE MAYO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco días del mes de mayo de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de u so y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el fiel executor, don José María de Torres

[A requerirse del intendente suministre los fondos pertinentes para la reparación de l as casas consistoriales .]

83

[G obernado r co nfi rma ac uerdo capitul ar y pr ovee para la fi jación de edi ctos c on vocan do interesa d os e n la c on tra t a de limpiez a pú b li ca, men ester este que preferi blem ente debía rea li zar s e con ganado mular.]

[Se r ef ie re a la Junta Muni cipal lo pro vis to por e l gobern ador a l r espec to.)

[Don Juan Fuer tes so li c i ta se le tras• pas e ce nso de cua~ tr ocien tos pes os que o rigi n alm ente te n ía don Migue l de T orres.)

[Ba jo l as con dicion es q ue se in di can accédese al tr aspas o d e 1 r efer ido ce n so .)

ACTAS DEL CABILDO

Vallejo; don Tiburcio Du-[f, 96v·J/rán de Villafañe; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

Se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, de 28 de abril último, confirmatorio del acuerdo extraordinario del 25, expresa que el ayuntamiento se sirva mandar fixar edictos a fin de que se haga en el mejor postor la contrata de limpieza, debiéndose advertir puede ser más conveniente se haga con ganado mular con preferencia a los carros. Y s e acordó: Pasar este oficio a los señores preside nte y vocales de la Junta Municipal para su c onocimiento m e diante a que en el día debe celebrarse el indicado remate de limpieza de la ciudad.

Se presentaron don Juan Fue rtes y Miguel de Torre s en solicitud de que este ayuntamiento permita al prime ro hacerse cargo de un ca pital d e cuatrocientos pesos que el segundo tiene reconocidos, con escritura, sobre la casa de su propiedad y que aqu él as egurará en la suya, sita en la Calle de la Real [ f, 97 ] / Fortaleza, cuyos documentos de propiedad, ta s ación y otros gravámenes exibe, pidiendo que para verificarse este traspaso s e mande librar la competente póliza al presente essc ribano a fin de otorgar la nueva esscritura que presentaron con la toma d e razón en el oficio de hipote cas para la devolución y chancelación de la a ntigua de Miguel de Torres. Y se a cordó: Que mediante a haber informado e l mayordomo de propios estar satisfechos puntualmente los réditos de este principal por Miguel de Torres y ordenado por la Instrucción de Intendentes se conserv e n siempre en ser los censos de los ayuntamientos se admita el traspaso d el enunciado capital en don Juan Fuertes, con tal qu e a dem ás de hipotecar expresamente la casa d e su propiedad presente fiadores, legos, llanos y abonados , otorgando previamente las competentes esscrituras de reconocimiento y obligación de éstas por el principa l y r éditos que se vencieren a fin de que pueda entonces [f- 97 v.] / quedar chancelada la del anterior censuatario.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee . = Martin e z [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = d e Villafañe [rúbrica] = Piz arra [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

84

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[1 DE JUNIO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero de junio de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Jos é E sterlin; los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y don José de Rivera; los caballeros rexidores, [i, 98 ] / señor don Francisco Marcos Santaell a, oidor honorario de la Real Audiencia d e Cuba y alcalde provincial p erpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán d e Villafañe; don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón . Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo el caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le confirió del oficio de l señor gobernador y capitán general, de 13 de mayo próximo pasado, y acuerdo de la Junta Superior de Sanidad y Reglamento de Vacuna, de 28 de abril anterior, que remitió en copia a este ayuntamiento a fin de que allanase los particulares que le corresponden. Y se acordó: Conforme, en atención a las razones [ i· 98v·J/ que exp resa y a no encontrar esta corporazión otros medios más a propósito con que cubrir las disposiciones de la Junta Superior de Sanidad y dispensar un beneficio al público, para cuyo efecto se pasará al señor gobernador y capitán general un testimonio de los acuerdos y representazión del mismo caballero síndico a fin de ver si merece la aprobación o que resuelva lo que fuere más conveniente .

Se recibió un oficio del señor intendent e, don Ju an Ventura Morales, fecha, de hoy, participando al ayuntamiento la toma de posesión de este empleo que el rey le ha conferido y para que reuniendo con dicho señor la cooperación al objeto d el servicio del soberano y pública prosperidad de esta benemérita capital y provincia pueda tener la felicidad de llenar los deberes de su ministerio y las consideraciones que apetece de la confianza y estimazión de esta corporación. Y se acordó : Haberlo por re-

[Procurador general expresa su parecer sobre el acuerdo de la Jun ta Superior de Sanidad y el Reglamento de Vacuna.!

[Cabildo se identifica con el aludido parecer e I e u a 1 qu e da referido al gobernador para su acción sobre el particular. )

!Don Juan Ventura Morales participa su toma de posesión como inten• dente y r ecaba la cooperación d e 1 ayuntamiento para el más efectivo desempeño de sus menesteres.)

[55]
85

[Gobernador remlte real cédula d e 12 de agosto de 1815 sobre percepción d el arbi tr io de pasajes y corral es de pesca de parte del ayuntamiento y solic ita informe respecto a ciertos extremos en ella contenidos. )

[Procurador general a expresar su criterio al respecto.]

ACTAS DEL CABILDO

cibido (f- 99 ] / y que se conteste a dicho señor intendente por los señores diputados de cortesía.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = San t aella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[56]

[8 DE JUNIO DE 1818 J

En la Muy Noble y Muy Noble [sic] y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho días del mes de junio de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; los caballeros regidores, señor don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de [1• 99v.J¡ I sabel la Católica y comisario ordenador honorario ; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Santiago de Córdova, capitán; don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 2 de junio corriente, con el que pasa su señoría la real cédula de 12 de agosto de 1815 que trata de que el ayuntamiento debe continuar en la percepción del arbitrio de pasajes y corrales de pesc a y como prevenga l a formación de expediente por los motivos que expresa oyendo previamente a esta corporación le pide qu e *le* ext ienda informe sobre los puntos que abraza. Y se acordó: Dar vista a l caballero síndico procurador general para qu e rep rese nte lo que se le ofrezca y parezca.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece t acha do e n el original.

86

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se presentó don Ramón Vida! exponiendo que ha rematado la escribanía pública y de cabildo de la villa de San Germán, que debiendo ocurrir a la soberana por un fiat de esscribano real suplicaba al ayuntamiento le ateste en la falta que se experimenta de éstos en la isla y que también le certifique lo que [f. 100 ]/ le conste acerca de s u buena calidad, conducta, constumbres [sic] y empleos que ha servido con utilidad pública. Y se acordó : Que siendo constante a este ayuntamiento la buena calidad, conducta y constumbre [sic] del suplicante, quien ha desempeñado con beneficio de este público algunos encargos; y que sobre la falta de esscribanos reales y públicos en esta isla informó la corporación, en ocho de marzo de 1808, por mandado de la Real Audiencia del distrito, exponiendo que era necesario crear dos públicos más en esta ciudad y en cada una de las cuatro villas y 36 partidos de que entonces se componía la isla para el mejor desempeño de los asuntos de administración de justicia y que hasta ahora no ha producido aquel informe el menor resultado a pesar de que se han aumentado a 48 los partidos y se ha creado en cada uno de ellos un alcalde ordinario, siendo por lo tanto aún mucho más necesaria la insinuada creación de esscribanos, se devuelva su solicitud a don Ramón Vida! con este atestado para que le sirva a los usos que puedan serle convenientes.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica ] = Hernaíz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f· 100v•]/

[57]

[15 DE JUNIO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista d e Puerto Rico , a los quince días del mes de junio de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don Jos é de Rivera; los caballeros rexidores,

[Do n Ramón Vida! informa remate que ha hecho de l a escribanfa pública y de cabildo de la villa de San Germán, solicitando a la par que se le ateste sobre necesidad de escribanos en la isla y r especto a su conducta personal y oficios en que se ha desempeñado.]

[Provéese para los referidos atestados.)

87

[Gobernador reco• m ie n d a la asistenc ia en pleno del ayuntamiento al paseo del real pen• dón en el dfa de San Juan.)

[Ayuntamiento a concurrir a dicha función y a pro veer res pec to a la uniformidad que debe observarse en los jaeces de los ca· ballos. J

ACTAS DEL CABILDO

señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador, don Juan Severo Malagón. No concurrieron los demás señores por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 9 del corriente, en que recomienda la asistencia del cabildo pleno a la fiesta y paseo del real pendón en el día del Patrón San Juan Bautista, a fin de que se mantenga en todo su esplendor semejante celebridad y no vaya en disminución o [f, 101 ]/ decadencia por defecto de los rexidores . Y se acordó : Conforme, en atención a ser un acto tan recomendado por las leyes de estos dominios y reales cédulas posteriores, con reserva de en el primer cabildo subsecuente a la enunciada festividad acordar acerca de la uniformidad que debe haber en los jaeces de los caballos para evitar la emulación y que cese el motivo que hay de que muchos de los caballeros rexidores se abstengan de montar por no tenerlos de lujo, iguales a los demás, ni proporciones para comprarlos o adquirirlos en esta ciudad, no permitiendo tampoco las actuales circunstancias de piratas y corsarios el encargarlos o hacerlos conducir de la península, como lo han verificado los predecesores o que han servido los oficios de este ayuntamiento.

[Gobernador remite copia de acta de la Junta Superior de Sanidad y urge s e provea respecto a la visita de s anida d a todos los buques.]

[Procurador gener al a emHir su opin ión sobre el particular.)

[Procurad or general solicita aprobació n d e las cuentas de propios de 1817.)

[C o n observac ión pertinente a determinada partida las aludidas cuentas quedan referida s a la Junta Municipal.)

Se vio también otro oficio del mismo señor capitán general, de 8 del corriente, con que acompaña su señoría copia del acta de la Junta Superior de Sanidad de 6 del mismo, a fin de que [f. 101v·J/ apure el ayuntamiento en sus recursos los medios de atender a una urgencia pública respecto a que los facultativos de dicha Junta Superior expusieron que no dejasen de hacerse las visitas de sanidad a todos los buques. Y se acordó : Dar vista de este expediente al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

El caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le confirió de las cuentas de propios y arbitrios del año próximo pasado pidiendo su aprobación por hallarlas justas y arregladas. Y se acordó: Aprobar dichas cuentas según lo solicita y que, previas las urbanidades de estilo, se pasen a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para los objetos convenientes y fines de su insti-

88

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tuto, noticiando a dichos señores que la partida de once pesos, dos reales, que en la cuenta general carga de deuda al señor don Francisco Marcos Santaella están por dicho señor satisfechos, siendo un defecto del mismo mayordomo el no haberlos solicitado (f- 102 ]/ de su señoría al respectivo tiempo, como era de su obligación y como lo ha confesado el mismo mayordomo, por cuya falta se l e ha reprendido.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de qu e doy fee. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica ] = S antaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica ] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbri ca ] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[58]

[22 DE JUNIO DE 181 8. ]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Puerto Rico, a los veinte y dos días del mes d e junio de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de u so y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; los [ f- iozv. ] / caballeros regidores, alférez real, don Fernando Dávila; seño r alcalde provincial p erpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba; fiel executo r , don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe; y el caballero síndico procurador general, d o n Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ocupa ción , ausencia y enfermedad.

En este cabildo se vio la queja de lo s pobres de l a real cárcel acerca de ser corto el alimento que se les suministra, cuyo expediente pasa a este ayuntamiento el señor gobernador y capitán general con su decreto de 20 del corriente. Y se acordó : Pasarlo al señor alguacil mayor, como diputado de cárcel p ara la subvenció n d e los presos, a fin de qu e informe a continuación los alimentos que diariamente se les suministra y cantidad que se invierte en e llos para en su vista acordar lo que convenga y contestar al señor gobernador y capitán general.

El mayordomo [f. 103 ]/ de propios presentó el retrato qu e se mandó hace r de la reina, nu estra señora, para a dorno d e esta sala consistorial, con la cuenta de su importe

!Se da a conocer queja de los presos sobre a1imentos que se les suministra.)

[Regidor diputado de cárcel a informar sobre el particular antes indicado. )

(Se pres enta el e ncargado retrato de la reina Isabel, infanta de Portugal.)

89

[Junta Muni ci pal a proveer r especto al pago del m is mo.]

(Preséntas e reglamento sobre matanza d e res es y venta d e carne. ]

ACTAS DEL CABILDO

ascendente a 57 pesos. Y visto se acordó: Haberlo por presentado y que se lleve la cuenta a la Junta Municipal para su pago, estando, como está, arreglada a sus comprobantes.

En este estado concurrieron los caballeros regidores, capitanes, don Santiago de Córdova y don Diego Pizarro, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo.

(Apruébase la vigencia del referido r eglamento.]

(Don N icolás Carr ión q ue d a desi gn ado par a e ncargars e d e c ier tos men esteres e n la matanza y ven ta d e rar nes .)

El señor alcalde ordinario de 1 •r voto presentó en este cabildo un reglamento, que le confirió el señor gobernador y capitán general, para que sirviese de pauta o norma en orden a la matanza y expendio de las carnes al público, derechos que deben exigirse, pagos y gastos que han de realizarse, con lo demás en el contenido. Y examinadas detenidamente por todos los señores las clasificaziones que incluye viendo que su tendencia [f. 103v.] / es a facilitar y proporcionar tanto la libertad tan recomendada por reales disposiciones cuanto la abundancia y bien del público, cuyo objeto principalmente ocupa la atención del gobierno y de esta corporación, sin embargo de los justos y fundados recelos que siempre les han acompañado de que no podrá conseguirse tan benéfico y laudable fin por las razones que con particularidad expusieron en acuerdo de 19 de agosto del año pasado de 1811 (excepto el caballero fiel executor que no era entonces de esta corporazión) en que se trató de esta misma libertad, se acordó : Que se observe el enunciado reglamento Acuerdo. exponiéndose al público por medio de aviso para que llegue a noticias de todos, a fin de ver si surte el efecto tan laudable que se apetece y sin perjuicio de en caso contrario tomar las providencias más oportunas y a propósito para remediar cualquier abuso o mal que se experimente con previo acuerdo del señor capitán general. Y por cuanto en uno de los capítulos del referido reglamento se establece que este ayuntamiento [f, 104 ] / tendrá un comisionado (que no tenga comercio ni abasto de carnes para el público) encargado de autorizar el romaneo, cobro de los derechos, aseo y exactitud de los sirvientes en el matadero y carnecería, dependiente en todo del señor regidor diputado, se nombró, con unanimidad de votos, a don Nicolás Carrión, en atención a qu e hace ti empo está desemp eñando este encargo, fiel y puntualment e, con aprobación d e e s te ayuntamiento , y es qui en en la actualidad lo sirve, a fin de que continúe en los mismos t érminos que hasta aquí, haciéndos ele sa-

90

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ber. Asimismo, quedan orientados el señor presidente y vocales de la Junta Municipal para que cese el expediente de pregones de este ramo.

Concurrió también en este acuerdo el señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz.

Y se concluyó, firmando Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] = esscri bano real y cabildo. [f. 104v·J/

[59]

[6 DE JULIO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis días del mes de julio de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primera y segunda elección, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe y don Diego P izarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Ma lagón. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo se leyó un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 26 del mes de junio próximo pasado, en que confirma su señoría el acta celebrada en 22 del mismo por este ayuntamiento Y visto se acordó : Archivarlo.

También se vio otro oficio del mismo señor gobernador y capitán general, del día 30 de junio pasado, en que pide a este ayuntamiento testimonio de los acuerdos en que constan los informes que dio a la Real Audiencia del distrito y a pedimento de don José Simón Izquierdo acerca de la deficiencia de escribanías que se notaban en esta

[A suspenderse los pregones para el remate del arrendamiento de matadero y carnicer!a.J

[Gobernado r confirma acuerdo capltular.J

[Gobernado r solicl ta tes t imo nios de los acuerdos donde s e cons ignan info rmes t o cantes a la falta d e sufi cientes es criban ías en la is la y en la ciudad.)

91

(Escribano de cabildo a suministrar los referidos testimonios.]

(Do n Juan Fuertes presenta escritura de censo de cuatrocientos pesos, la que es referida a la Junta Municipal.]

(Se tratan varios asuntos.)

ACTAS DEL CABILDO

[f 105 ]/ capital e isla, a fin de formalizar el expedien~ ;q¡~e se está instruyendo en su tribunal para la creación de las que sean necesarias por resolución del Supremo Consejo de Indias. Y se acordó: Que el presente esscribano, con vista de los Libros, compulse los enunciados acuerdos en la parte que se refieren al particular para dirigirlos a su señoría con el competente oficio.

Don Juan Fuertes presentó la escritura censual de cuatrocientos pesos que ha reconocido sobre una casa de su propiedad y que antes corrían a cargo de Miguel de Torres. Y vista se acordó: Pasarla a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para su archivación y que se devuelva la anterior al citado Miguel de Torres.

Con lo que ( f. iosv. ]/ se concluyó este cabildo, que finnó Su Excelencia, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Santaella [rúbrica ] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[60]

[13 DE JULIO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece días del mes de julio de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [ sic ], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de l.ª elección, don Agustín Martínez; los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpe tuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermeneg ildo; y el [f 106 ]/ caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad.

En este cabildo no habiéndose recibido la confirmación del anterior acuerdo ni haber asunto alguno pendiente de que acordar, se trataron algunas materias del bien del público.

92

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Y se concluyó, firmando Su Excelencia, de que doy fee - Martin ez [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [ rúbrica] = Ante mí = Toma s de Escalona [ rúbrica ] , esscrib ano rea l y de cabildo .

[61]

[20 DE JULIO DE 1818.]

En l a Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bau~ tista de Puerto Rico, a lo s veinte días d el mes de julio de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto del señor teniente de gobernador [f. 106v. ] / y auditor de guerra, don José Sterling; el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; los caballeros regidores, señor a lguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; don Santi ago de Córdova, capitán; don Diego Pizarra, capitá n y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y don Juan Severo Malagón, caballero síndico procurador general. No concurrió, por enfermedad , el señor alcalde ordinario de segundo voto; y por ocupación, el señor alcalde povincial, oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella. Tampoco concurrieron, por hallarse en el campo, el señor alférez real, don Fernando Dávi la; fiel executor, don José Torres Vallejo; y don Tiburcio Dur án de Villafañe; ni el caballero rexidor don Manuel de Andino.

En este cabildo evac uó el caballero sín dico procurador general la vista que se le dio del expediente creado acerca d e excogitar arbitrios con que cubrir l os gas tos que deben hacerse en la propagación d e la vacuna; y representando que no encu entra otros que los que anteriormente expuso y que el fondo d e propios absolutamente puede sufrirlos por las [f. 107 ] / razones que expresa. Y se acordó: Testimoniar su representazión y dirigirla al señor gobernador y capitán general con este acuerdo en que se h ace presente a su señoría que e l ayuntamiento no tiene facultades ni encuentra recursos más a propósito que e l enunciado por e l caballero procurador general. Que con respecto a que los profesores de medicina no presentan otro obstáculo sino el de la indispensable necesidad de que se practiquen

(Procurador general exp res ar su par ecer sobre arbitrios para sufragar l os gastos de la vacunación contra viruelas.(

(Cabildo acepta parecer del pr oc urador genera l y recomienda que las visitas de sanidad a l os buques s,e hagan gratis ]

93

(Por razones que seilala el alcalde ordinario de primer voto ni égase a desempeñarse en la policía y limpieza de calles.)

ACTAS DEL CABILDO

(G obernado r a proveer correctivos a la situación delatada por el aludí• do justicia municipal .)

(lnfórmase s o b r e cobro de r éditos vencidos de los propios.)

las visitas y que esto sería recargar los derechos con que deben contribuír los buques, desde luego, contando este ayuntamiento con la propensión de los referidos profesores al servicio público y sanidad general no duda que continuarán haciendo las visitas de los buques que vengan de las islas vecinas, gratis, para que de este modo no se obstruya el único arbitrio que le ocurre de pronto para llenar una atención tan recomendable, como es el que se propague la vacuna, y no se repita el exemplar de [f, 107v.J¡ introducirse como acaba de suceder la peste de viruel as de que han percido [sic] algunos en la presente época. En este cabildo se trató también de la policía y limpieza de calles, de que son jueces privativos los señores alcaldes ordinarios; y el de primer voto hizo presente que no podía desempeñar el encargo porque se hallaba deprimida su autoridad y expuesto siempre a lanzes que pueden tener resultas muy desagradables, siendo lo menos que le sucede la insubordinación y avilantez con que le hablan los aforados de guerra y de matrícula y *sien* dici éndole que no le reconocen para nada ; que ahora seis u ocho días habiendo mandado apagar una candelada le contestó un mozo de panadería que no tenía que meterse con él, que era artillero, y que no quería entregar la multa ni apagar la candelada; concluyendo el señor alcalde con la expresión que era impracticable en Puerto Rico toda disposición que no dimanase y se ejecutase [f. 108 ]/ por las autoridades militares. Y se acordó: Pasar la indicada exposición al señor gobernador y capitán general a fin de que dicte las providencias que tenga por conformes en el concepto de que esta corporación concibe que lo expuesto por el señor alcalde está fundado; y que las leyes que le autorizan para entenderse con los pulperos aunque sean de fuero extraño se han debilitado hasta el extremo reduciéndose a ineficaces y sin fuerza alguna; y que el señor capitán general es sólo el que puede, en cumplimiento de lo que el rey le manda, hacerlas cumplir y obedecer. En este cabildo se llamó al mayordomo d e propios para que diese cuenta del estado en que se hallaban los cobros de los réditos vencidos pertenecientes a los propios ; y expuso que algunos se habían ya verificado y consumido y que otros estaban pendientes y agitándose los más de ellos en el tribunal del señor alcalde ordinario de 1.°' vo-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado e n el original.

94

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

to, a quien se [f- 108v· J/ recomendó que los activase; y espera este cabildo de su señoría que determine lo que le parezca más conforme para con los deudores del fuero de guerra en la inteligencia que si no se toma una medida seria y eficaz se eternizarán dichos cobros, aumentándose con los réditos que vayan cayendo de nuevo.

Se preguntó al señor don Manuel Hemáiz si como diputado de carnecería concurría todos los días y contestó que ayer había estado y que hoy no por razón de venir a este cabildo; con cuyo motivo se le recomendó que con preferencia a cualquiera otro asunto no dejase de cumplir con esta obligación y que cuando estuviera enfermo lo avisara sin demora a l señor alcalde ordinario de 1.er voto para que nombre otro o vaya él mismo a suplir esta falta, al abrigo de la cual roban los carniceros a todo el público.

También se dispuso recordar, en las formas políticas de estilo, a los señores rexidores ausentes la concurrencia a los cabildos en que [f. 109 ]/ es preciso tratar los asuntos del bien procomunal.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y d e cabildo.

[62]

[28 DE JULIO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y ocho días del mes de julio de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Tiburcio Durán de Villafañe; (f. 109v· J/ y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón . Concurrió también el señor auditor de guerra y teniente de gober-

[Requiérese del diputado de carnicerla que asista diariamente a la venta de carnes.!

[Recordatorio a los regidores ausentes para que concurran a los cabildos. )

95

lGobernador participa real orden de mayo de 1818 fijando el derecbo de visita de sanidad a los africanos y decretando que e l regidor diputado de la visita y e l escribano cesen de percibir lo que cobr aban por la práctica de la misma.)

[Gobernador con. testa acuerdo c a • pitular.l

ACTAS DEL CABILDO

nador, don José Sterling. No concurrieron [sic] el señor alcalde ordinario de 2.0 voto por enfermedad. Tampoco asistieron los caballeros rexidores, don José Torres Vallejo, fiel executor; don Santiago de Córdova, don Diego Pizarra y don Manuel de Andino.

Se recibió en este cabildo un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 22 de los corrientes, en que transcribe su señoría la real orden de 4 de mayo último, que le pasó el comandante militar de Marina de esta isla, y trata sobre la queja que éste dio porque el médico de sanidad prescribía 2 reales de cada negro bozal que reconocía de los prozedentes de Africa, y determinando su majestad que devuelva, desde la fecha que indica, lo percibido y que en adelante el derecho de visita no sea m ás que 4 pesos y medio, en la forma que previene la real cédula de 3 de mayo de 68, cesando de percibir los 2 pesos que se señalan al rexidor y uno al esscribano de ayuntamiento, precisándolos a que verifiquen de oficio las diligencias de visita como propias de sus destinos. Y se acordó: Guardar y cumplir dicha real determinación de que queda hecho cargo este cabildo; que se archive y contexte a su señoría el recibo por el testimonio de este acuerdo. [f. 110]/

Se vio otro oficio del mismo señor capitán general, de 24 de los corrientes, contestando su señoría el acuerdo anterior. Y se acordó: Tener presente *cuanto* los puntos que recomienda como que son los mismos que ha tomado en consideración este ayuntamiento.

[In tendente remite expediente sobre recaudación y extinción del papel 111oneda y r especto a la indemnización que en el par tic u• l ar se r eclama para l os militares.)

)Aludido expediente queda referido al procurador g e n eral.)

)Junta Municipal re. quiere que el déficit que acusa las

El señor intendente remitió a este ayuntamiento el expediente que trata sobre el arreglo y acierto en las providencias que exigió la recoleczión y extinción del papel moneda y el que debe haber para la determinación del punto de indemnización de perjuicios a militares, promo vido por el señor capitán genera.!, a fin de que meditando en la balanza de la equidad y justicia lo que pueda proteger o debilitar la demanda se sirva manifestarlo en respuesta. Y se acordó : Pasar dicho expediente al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca y pueda este ayuntamiento contestar al señor intendente lo que sea de justicia.

Se vio el acuerdo de la Junta Municipal que trata sobre que este ayuntamiento se entienda con el Ilustrísimo señor

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

96

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Obispo o su provisor y vicario general para recaudar los alcanzes [f· 110v·J/ que haga don Eusebio Urquizu en las cuentas de la mayordomía de las monjas para con ellos cubrir el descubierto en que está en las de propios y arbitrios. Y se acordó: Que en atención a que no existe una constancia del alcance qu e se supone a favor de don Eusebio Val entín Urquizu acerca de la administración de los caudales de las rev erendas madres monjas Carmelitas que se devuelva este expediente a la Junta Municipal para que el caballero síndico evacue la vista pendiente y con lo que resulte que acuerde lo que tuviere por conveniente sin necesidad de entenderse con este ayuntamiento como que la administración d el fondo de propios está a su cargo, siendo la materia de que se trata.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santae lla [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E scalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [ f. 111]/

cuentas de propios del ex-mayordomo don Eusebio Urquizu sea cubierto con lo que a su be• n eficio haya r esultado en las cuen• tas de la mayordomía de l as monjas Carmelitas .]

(Expediente sobre el referido particular a ser devuelto a la J unta Mun icipal proveyéndose que el procurador general exprese su criterio al respecto y la indicada Junta tome acción finalmente.(

[3 DE AGOSTO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los tres días del mes de agosto de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; los caballeros regidores, alguacil ma yor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isab el la Católica y comisario ordenador honorario; y don Tiburcio Durán de Villafañe ; y e l caballero síndico procurador ge neral, don Ju an Severo Malagón. No concurrieron el señor ten iente de gobernador y auditor de guerra; tampoco, por enfermedad, el señor alcalde ordinario de 2.0 voto y señor alcalde provincial, oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella; ni el fiel executor, don José Torres Vallejo; don Santiago de Córdova, do n Diego Pi zarro y don Manuel de Andino.

8.

[ 63]
97

(Procurad or gener a 1 recomienda aprobación de planas escolares y form u 1 a sugestiones s o b r e m é todo de enseñanza d e don Manuel Milano y respecto a los diputados para la visita de escuelas .]

[Tenien t e de gobernad o r re c u e r d a obliga ció n del p r ocurador general respecto a los es clavos .)

[Pro cura dor genera! pr om e te desempe ñarse en la aludi da obligación.]

[Alcalde ordinario de primer voto soJici ta certificación de su elección y confirmación en dicho oficio.)

[Provéese para la referida certificación.]

ACTAS DEL CABILDO

El caballero síndico procurador evacuó *las planas* la vista que se le confirió de las planas de las esquelas de primeras letras del cargo de don Antonio Chieza y don Manuel Milano, (f. mv,J/ pidiendo su aprobación y que don Manuel Milano arregle su instrucción a autor de gusto; y que los señores diputados visiten dichas escuelas para que noten el adelanto o atraso de los discípulos. Y se acordó : Conforme.

En este estado entró en la sala el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterling, quien expuso que diariamente le ocupan mucha parte del tiempo los esclavos en las varias solicitudes que emprenden de s u favor; y que debiendo el caballero síndico procurador general protegerlos en la forma que está dispuesto por su majestad en última real resoluzión se le debía recordar y recuerda este particular. Y se acordó: Haber por hecha esta exposición de que quedó enterado el síndico, prometiendo que executaría su deber según está determinado por el rey.

El señor alcalde ordinario de ur voto pidió que se le provea de un documento que acredite su elección y confirmazión en este empleo y que hasta la fecha existe en él. Y se acordó: Que el presente esscribano le dé un certifica to con arreglo al expediente de elecciones. [1• 112 ] /

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron dichos señores, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica].

[64]

[12 DE AGOSTO DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce días del mes de agosto de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario se juntaron en estas casas consistoriales el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y los caballeros rexidores, don Tiburcio Durán de Villafañe; y don Diego Pizarra, capitán y caballero de la R eal

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

98

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general , don Juan Severo Malagón. (f. mv. ]/ No concurrieron el señor auditor de guerra, teniente de gobernador; el caballero alférez real, don Fernando Dávila, por hallarse en el campo; el señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz; el señor alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella, por indisposición de salud. El fiel executor, don Jos é Torres Valle jo, y don Santiago de Córdova por hallarse en el campo; y don Manuel de Andino.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitá n general, fecha, 7 del corriente, en que dice su señoría que habiéndose instalado en esta capital, por resolución de su majestad, la asamblea provincial de la Real Orden Americana de Isabel la Católica lo comunicaba a este ayuntamiento con inclusión de una copia del real decreto e instalació n para su inteligencia y gobierno. Y se acordó : Haber por recibido dicho oficio y copia, de que este cabildo queda enterado; qu e se archive, tomando razón en el libro competente, y se conteste a su señoría por medio de este acuerdo la recepción.

Se presentó don Juan Rubín de Celis, contramaestre de la real armada y arsenal de de [ sic] este puerto, exibiendo un expediente [f. 113 ]/ informatorio de su calidad noble e hidalgo con el fin de que se archive original en este ayuntamiento y se le dén los testimonios que pidiere. Y se acordó : Dar vista al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

El caballero regidor don Tiburcio Durán de Villafañe hizo presente el mal estado de su salud, que se halla bien patente, y que varios facultativos que le han asistido le preceptúan residir algún tiempo en los frescos del campo, tomando baños de aguas corrientes y que bajo este supuesto pedía se le permitiese por cuatro meses su residencia en el campo, suplicando al ayuntamiento lo hiciese presente al señor capitán general. Y se acordó: Haber por h echa esta exposición que encuentra este cabildo muy (f. mv·J/ justa y razonable, por lo cual espera del señor su presidente conceda el término pedido para el restablecimiento del señor exponente, lo cual se participará a su señoría por el testimonio de este acta.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmaron dichos señores, de que doy fee. = Martinez [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon

[Gobernador participa instalación de l a asamb lea p r ovinci al de l a Re al Orden Ameri cana de Isabel la Católica.)

(D on J u a n Rub ín de Celis presenta expediente de n obleza, el cual es referido al procura· dor general.]

[Regidor d o n Tiburcio Durán de Villafañe solicita se le permita desplazarse al campo y residir en é l cuatro meses para restablecerse de salud.]

[Cabildo recomiend a favorablemente a 1 gobernador 1 a enunciada solicitud.]

99

[Gobernador c o ofirma acuerdo c apitular.J

IPartlcípase no mbramiento de don Francisco Marcos SantaeUa como fiscal de justicia y de r ea l hacienda.)

[Se da a conocer real orden de 17 de junio de 1818 restituyendo en su oficio de médico d e la ciudad a 1 doctor don F r a ocisco Oller, quien deberá desempeñarlo gratuitamente.)

ACTAS DEL CABILDO

[rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[65]

[31 DE AGOSTO DE 1818.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los treinta y un días del mes de agosto de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Mayor [sic]; el señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz; el señor alcalde pro-(f· 114/]vincial , oidor honorario, don Francisco Marcos Santaella; don Diego Pizarro; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. En este cabildo se abrio un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 13 del que expira, confirmatorio del acuerdo de 12 del mismo . Y se acordó: Archivarlo .

Se leyo otro oficio del mismo señor, fecha, 14 del propio mes, con inserción de la real orden de 7 de julio último, por la cual su majestad se dignó resolver la competencia que tenía pendiente su señoría con la intendencia sobre el nombramiento interino de fiscal de justicia y real hazienda y nombramiento que el soberano hizo para servir la expresada fiscalía en el señor oidor honorario y caballero regidor-alcalde provincial de este ayuntamiento, don Francisco Marcos Santaella. Y visto se acordó : Quedar enterado de todo este cabildo; contestar al señor capitán general el recibo por el testimonio de este acuerdo ; tomar razón de la expresada real resoluzión en el libro correspondiente y archivarse . [f, 114v·J/

Se vio otro oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 19 del citado mes, en que transcribe su señoría la real orden de 17 de junio último, por la cual su majestad manda reponer al doctor don Francisco Oller en el destino de médico de ciudad, que había solicitado don Emigdio Antique por nombramiento que le hizo el cabildo constitucional; y que en virtud de la escasez de fondos en esta dicha ciudad no se le haga asignación alguna y que si así no le acomoda continuarlo ni a Antique se

100

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

nombre otro que lo desempeñe. Y se acordó : Haber por recibido dicho oficio y real disposizión; que se conteste a su señoría por el testimonio de este acuerdo; y tome razón en el libro competente, archivándose para constancia.

Se presentaron en este cabildo don Vizente Pizarra y Ramón Claudia exponiendo, el primero, haber vendido al segundo una casa en esta capital, a fin de que reconozca en ella 900 pesos que tiene a su cargo del fondo de propios y arbitrios reconocidos sobre una estancia de campo; y Ramón Claudia pretendi endo se le admita al [ f. 115 ]/ r econocimiento, prometiendo hipotecar la casa que compra y otra co ntigua de su propiedad, cuya esscritura y lib ert a d d e gravámenes comprueba con los documentos qu e exibe. Y visto todo se acordó : Conforme, en atención a que es m ás conveniente a esta E xcelentísima corporación tener sus capitales dentro de la ciudad asegurados en las casas que no sufren los atrasos que se experimentan en las pequeñas estancias de labor. Que se otorgue por Ramón Claudia la esscritura de nuevo reconocimiento para lo cual este decreto sirva de póliza en forma; y fecho se entregará aquel instrumento a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para su archivación y entrega de los anteriores a quien corresponde. •

Se vio en este cabildo el parte que ha dado a su comand ante el oficial que vive en el Cuartel de Milicias acerca de los varios reparos que necesita aquella fábrica y que el señor gobernador y capitán general envía [f- 115v.J¡ a este ayuntamiento para el r econocimiento y cálculo de los reparos y composiciones y poder con su vista decretarse el gasto. Y se acordó : Pasar dicho parte al señor superintend ent e d e fábrica para que haga según previene el señor gobernador y capitán general.

El mayordomo de propios dio parte de haber procedido a matar el comején de qu e abunda la fábrica y piezas de esta casa consistorial y que ha descubierto vigas podridas por las cabezas y alfagías y también algunas goteras que provis ionalmente ha h echo tapar. Y se acordó: Que el parte se pase al señor don Diego Pizarra para que haga recono cer estos de terioros, formar cálculo de lo que costará su reparazión y que d é cuenta para la providencia que haya lugar.

El doctor don Francisco Oller, médico honorario de cámara de su majestad, se presentó exponiendo que es la voluntad del rey, según la real orden de 17 de junio último

(Solicitud de traslado de un cen so de 900 pesos de don Vicente Pizarro a don Ramón Claudio.l

[Accédese a dicha solicitud prescri• biéndos e que don Ramón Claudio presente l a escritura d e I reconocimien• to de dicho censo. !

[Gobernador r e· quiere cálculo del costo de reparacio• nes a efectuarse en el Cuartel de Mi· licias Disciplina• das.]

[Regidor superin· tendente de fábrica a preparar dicho cálcul o.!

(Signifícase d e t erioro de la c a s a consistor ial y provéese para el re• conocimiento d e 1 mismo y f ormación de cálcul o de gastos para remediarlo.)

[Doctor don Francisco Oller solicita títu l o o diploma de

101

médico de la ciudad y se resuelve recurra a tal efecto al gobernador.]

[Requiérese la asist encia en pleno de vocales del ayuntamiento para tratar asuntos de interés comunal.)

ACTAS DEL CABILDO

que le ha comunicado el señor gobernador y capitán general, [1 • 116]/ continúe en el exercicio de médico de ciudad y que le es conveniente que esta Excelentísima corporazión le libre título o diploma de tal. Y se acordó: Que ocurra al señor gobernador y capitán general a cuya superior autoridad y como presidente de esta corporación incumbe proveer la solicitud.

Y, finalmente, habiendo otros asuntos de la mayor considerazión y d elicadeza que exigen la plenitud de los vocales de este consistorio para acordarse en ellos, hallándose ausente don Fernando Dávila, don José Torres Vallejo, don Santiago de Córdova y don Tiburcio Villafañe, se acordó : Avisarles su concurrencia para el cabildo próximo , día 7 del entrante mes.

Y se concluyó éste, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Martinez [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. 116v·]/

[66 ]

[7 DE SEPTIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los siete días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario se reunió el Excelentísimo ayuntamiento, compuesto de los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Agustín Martínez y licenciado don José de Rivera; y los caballeros regidores, alférez real, don Fernando Dávila; señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz; señor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario; fiel executor, don José Torres Vallejo; y don Diego Pizarro; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón El señor auditor de guerra y los caballeros rexidores don Tiburcio Durán de Villafañe y don Santiago de Córdova no concurrieron por indisposición de salud. Tampoco asistió el caballero rexidor don Manuel de Andino.

[Gobernador c o nfirma acuerdo capitular y provee se le dé al doctor don Francisco Oller tes-

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, dos del corriente, en que su señoría confirma el acuerdo anterior y manda dar al doc-

102

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tor Oller testimonio d e la real orden para [f. 117 ]/ que la una a su anterior nombramiento. Y se acordó : Haberlo por recibido y que se execute lo dispuesto por dicho señor capitán general, dándose el testimonio por el presente esscribano.

Se abrio otro oficio del expresado señor gobernador, del día 3 del corriente, en que su señoría avisa haber dicho a don Tomás Dávila, vecino de Bayamón, que para ocupar la vacante de regidor de este cabildo, vacante por fallecimiento de don José Dávila, se presente a servirla interinamente sin perjuicio de acreditar en la intendencia el derecho que tenga a ella; lo que avisará a esta corporación para que le admita a servir dicho oficio con reserva de los derechos del fisco y sin perjuicio de cualquiera que pueda ser mejor sucesión. Y se acordó: Quedar enterado y conforme con esta resolución bajo las reservas y prevenciones dictadas por su señoría; que el presente essc ribano le pase oficio para que se sirva venir a esta capital en donde [f- 111v. ]/ se presentará al señor alcalde ordinario de 1.ª elección que le recibirá el competente juramento y dará la posesión.

El caballero síndico procurador general evacuó la vista que se le comisionó del expediente que pasó el señor intendente a este ayuntamiento instruído acerca de de terminar el punto de indemnización de perjuicios en la circulazión y extinción d el papel moneda. Y se acordó lo siguiente: «Como representa el caballero síndico procurador general, póngase testimonio en el expediente que ha dirigido el señor intendente y devuélvas ele con el compet en t e oficio en contestazión al suyo de 22 de julio último. [ »]

S e presentó doña Isabel de Córdova, viuda de don Manuel Padilla, exponiendo que el fondo de propios le adeuda 170 pesos de la contrata de limpieza de esta ciudad y pide que esta deuda se le traspase a la r eal hacienda para cobrarla allí de lo que ésta adeuda al ayuntamiento. Y se acordó : Que informe el mayordomo de propios lo que le conste acerca de esta solicitud. [f. 118 ]/

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de qu e doy fee. = Martinez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Davila [rúbrica] = H ernai z [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torr es y Vallejo [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

103

timonio de la r ea l orde n que le restituye en s u oficio de médico de la ciudad.]

[B a j o condiciones que expresa el gobernador designa a don T o más Dávil a regidor interino.]

[Se r equ iere de l re• gidor don Tomás Dávila se presente a pres t ar juramen• to y tomar Posesión de su oficio.]

[Procurador gene• r a I rinde informe s o b r e expediente relacionado con la extinción d e 1 pa• pe) moneda e indemnización al respecto con los mili• tares.J

(D oña I s a b e I de Córdova solicita pago de deuda que p o r concepto de contrata de I i mP i e z a pública el ayuntamiento I e debla a su difunto marido.]

(Mayordom o de propios a informar sobre referida deuda.!

[Juramento y posesión del regidor llano inte rino d o n Tomás Dávila.]

ACTAS DEL CABILDO [67 ]

[10 DE SEPTIEMBRE DE 1818.]

En Puerto Rico, a los diez días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y ocho años, consecuente a lo acordado por el Excelentísimo Ayuntamiento, en siete de los corrientes, vinieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Agustín Martínez; y el caballero regidor don Diego Pizarro, por hallarse ausente el caballero rexidor que hace funcion es de decano, y los demás señores más antiguos ocupados y ausentes, a [f. 118•·] / efecto de recibir el juramento acostumbrado y dar posesión a don Tomás Dávila del interinarlo empleo de regidor, vacante por fallecimiento de su tío don José; y habiéndose presentado e l citado don Tomás se le instruyó, por el señor alcalde, del oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 3 del corriente, y acuerdo recaído a él; y dijo aceptar en los términos expresados el nominado empleo; en cuya virtud el caballero rexidor que hizo funciones de decano le recibió juramento por Dios, Nuestro Señor y una señal de cruz, en forma de derecho, que prestó prometiendo desempeñar bien y fielmente el empleo de regidor llano de este cabildo, guardando sigilo en los acuerdos y demás actos que execute como tal regidor ; y se le colocó en su lugar y asiento, que es el último, que ocupan los caballeros regidores llanos; y lo firmó junto con los señores que le dieron la posesión, de que doy fee. = Agustin Martin ez Diez [rúbrica] = Diego Pizarra [rúbrica] = Thomas Davila y Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona. [rúbrica], esscribano real y de cabildo [f- 119 ]/

[68]

[14 DE SEPTIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce días d el mes de septiembre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic] , concurrieron a esta consistorial [sic] el señor alcalde ordinario de segundo voto, don José de Rivera; los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor hono-

104

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial perpetuo por su majestad; fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Vizente Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; don Tomá s Dávila; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. No concurrieron por indisposición de salud, el señor teniente de gobernador y el señor alcalde ordinario de l!' voto y por ausencia, los caballeros rexidor es , don Fe rnando Dávila, don Tiburcio Durán de Villafañe, don Santiago de Córdova ; asimismo, el señor al guacil mayor.

El [f. 119v· J/ mayordomo de propios informó que se ad eudan a la viuda de don Manuel Padilla por la contrata de carro s la cantidad de 159 pesos y 3 reales; y como anteriormente t enía pedido que se trasmitiera esta d euda para cobrarla a la real hazienda por lo que ésta debe al ayuntamiento de la real merced se acordó: Que siendo n ecesa r io el allanamiento y consentimiento de la real hazienda para la cesión o delegación que se solicita por doña Isabel de Córdova, facilitando ésta en el tribunal de intendencia y ocurriendo despué s a esta Excelentísima corporación con manifestación del resultado se acordará lo que convenga.

El caballero síndico evacuó la vista que se le corrió del informatorio de hidalguía de don Juan Rubín de Celis , que s olicitó su archivación en este consistorio, y repres entando conforme se a cordó : Como propone o repres e nta e l citado caballero síndico procurador general, archivándose la informazión original y librándose por el presente esscribano los testimonios [f. 120 ] / que s olicite la parte .

Con lo que s e concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee . =

En este estado expuso el caballero fiel executor que hall á ndose falto el pan exigió, con conocimiento d el s eño r gobernador y capitán [sic], a los panad eros la suma de cincuenta p esos de multa, los que entre gó al mis mo se ñor; y lo que hacía presente a este consistorio para su noticia y qu e ce día aquella parte que pudiera caberle en dicha multa para que el mismo s eñor capitán general le di ese el destino que tenga a bien. = Rivera [rúbrica] = Sant aella [rúbrica] = de Torre s y Vall e jo [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas d e E s calona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f 120v. J/

[M ayordo mo in for• ma sobr e deud a re· c la m ada por doña I sabel de Có r dova.)

[Procurado r ge ne• ra l rinde info rm e sobre expedie n t e de n ob leza presentado por don Juan R u• bín de Ce lis J

IF i e 1 ejecutor in• forma m ulta que le ha impue sto a los panader os po r ven• der pan falto d el peso correspon di ent e. )

[ Al udido funcion a• rio r enu ncia a la parte que le corres• ponde de d i c h a mul ta. ]

105

IP o r ausencia de los alcaldes ordinarios y de asuntos de impo r tancia sobre que tratar se l evanta la sesión.]

[G obernador comunica restablecimiento de la Junta MI· litar y Politica y requjere se nom•

ACTAS DEL CABILDO [ 69]

[22 DE SEPTIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a veinte y dos de septiembre de mil ochocientos diez y ocho, se reunieron para celebrar cabildo ordinario los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de I sabel la Católica, comisario ordenador honorario; el fiel executor, don José de Torres Vallejo, don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; don Tomás Dávila; y el caballero s índico procurador general. Y no habiendo asistido, por indisposición de salud, el señor auditor de guerra, teniente de gobernador, y los dos señores alcaldes ordinarios, dijeron l os caballeros r exidores presentes que debían retirarse hasta el lunes próximo no habiendo asuntos de importancia que tratar; y firmaron, de que doy fee. =Hernaiz [rúbrica] = de Torres y Vall ejo [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano de cabildo. [I , 121 ]/

[70]

[5 DE OCTUBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista d e Puerto Rico, a los cinco días del mes de octubre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de go bernador y auditor de g uerra, don José Sterlin; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial perpetuo por su maj es tad ; don Santiago de Córdova, capitán; don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y don Tomás Dábila.

En este cabildo se abrio un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 2 del corriente, en que participa ha resuelto su majestad se vuelva a formar la Junta Militar

106

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y Política, que tuvo lugar en 14 de agosto del año de 1815, para tratar de nuevo sobre la nivelación de gastos, a fin de que ( f. 121v, ]/ se nombren por esta corporación dos rexi dores, avisando a su señoría quienes sean para pasarles copia de la enunciada real orden y la correspondiente citación. Y se acordó: Nombrar al señor don Juan Antonio Mexía y capitán don Diego Pizarra, participándose este nombramiento, como es costumbre, y contestándose al señor gobernador y capitán general para los fines que indica su citado oficio.

Se recibió otro oficio del mismo señor capitán general, fecha, 15 de septiembre último, confirmatorio del acuerdo de este ayuntamiento del día anterior. Y se acordó: Quedar enterado y archivarse.

Se vio un memor ial que el doctor don Francisco Oller presentó al señor capitán general en solicitud de que le librase título de médico de ciudad y su señoría lo decretó en 17 de septiembre último, disponi endo se cumpliera lo mandado en real orden de 17 de junio último y que no habiéndosele expedido a su tiempo el título se le dé testimonio de la misma real orden por el esscribano de ayuntamiento y se tenga por documento bastante y más calificat ivo. (f. 122 ]/ Y se acordó: Haber por recibido dicho memorial y decreto y se execute cuanto el señor gobernador y capitán general dispone en su decreto mencionado.

Concurrieron a este acuerdo el señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, y el síndico procurador general, don Juan S evero Malagón.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia , de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica ] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y d e cabildo.

[71]

[13 DE OCTUBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece días del mes de octubre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo or-[f· 122v·J/dinario, como es de uso y constumbre [sic],

bren dos r egidores como miembros de aquélla.!

[Designac ión de los referidos r egidores.!

[G obernado r c on[i r· ma acuerdo ca pi• tular,J

[Memorial y decreto sobre expedición del título de mé• dico de la ciudad al doctor don Fran• cisco Oller.1

[A cumplimentarse lo provisto por el gobernador en su decreto sobre I a materia antes i n• dicada.J

107

[Alguacil meno r don Carlos Mall é.n solicita su retiro de este oficio y pide pensión vitalicia.]

[Accédese a lo peticionado por don Carlos Mall én. J

[Regidor don Diego Pizarra objeta la pensión acordada para el al guacil menor.)

[Teniente de gobern ador expr esa s u dictamen al r e specto. )

ACTAS DEL CABILDO

concurrieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterling; y los caballeros regidores, señor alguacil, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario ; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial perpetuo por su majes tad; don Santiago de Córdova, capitán; y don Diego Pizarra, capitán y caballero de la R eal y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón . Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad.

Se presentó Carlos Mallén, alguacil menor del Juzgado, exponiendo que después de haber servido en este exercicio 32 años se halla imposibilitado de continuarlo por su avanzada edad y enfermedades de que adolece; pide que se le retire y dé alguna pensión vitalicia para no estar expuesto a mendigar su sustento. Y se acordó : Concederle su retiro y qu e atendiendo a sus buenos y dilatados servicios en el desemp eño exacto de sus obligaciones, en cuyo exercicio ha [f. 123] / pasado el mejor tiempo de su edad sin que le quede en el día otro auxilio qu e el que impetra de esta corporación, señalarle la mitad del sueldo de 15 pesos que gozaba En lo que convinieron todos los señores concurrentes a excepción del caballero regidor don Di ego Pizarra, que expuso que aunque considera el m érito del individuo no contempla que hay facultades para señalarle este haber; a lo que repuso el señor teniente de gobernador que no había disposizión alguna que impidiese el que este ayuntamiento pueda disponer de una pequeña cantidad, como de la que se trata, principalmente en obsequio de un individuo que le ha servido por tanto tiempo y que no es decoroso al c uerpo que en una edad octogenaria y rodeado de males se le abandone al espantoso extremo de la mendicidad, que es cosa que parecería vergonzosa [ f- 123v·J/ y degradante, y que es su dictamen era acreedor a los dos tercios de la paga que disfrutaba.

ID o n Luis Valenz u e I a solicita el oficio d e alguacil m enor.)

[A solicitarse informe sobre conducta del peticionario.)

Luis Valenzuela, de este vecindario, de estado casado, se presentó pidiendo ser admitido en la plaza de algua cil menor del Juzgado que resultará vacante si se retira Carlos Mallén. Y se acordó : Pedir informe de l a conducta de este individuo al señor alguacil mayor .

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Hernai z

108

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

[rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[72]

[19 DE OCTUBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve días d el mes de octubre de mil ochocientos diez y ocho a ños , para celebrar cabildo ordinario, (f- 124 ] / como es de uso y constumbre [sic], concurrió a esta sala consistorial el señor su presidente, don Salvador Meléndez Bruna, de la Orden de Calatrava y Real y Militar de San Hermenegildo, mariscal de campo de los reales exércitos, gobernador y capitán general de esta isla; los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; el señor alcalde provincial perpetuo por su majestad, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda; don Santiago d e Córdova, capitán; don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; don Tomás Dá vila; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. También concurrió el señor alcalde ordinario de segundo voto, don José de Rivera. Los dem ás señores no concurrieron por enfermedad y ausencia

En este cabildo se leyó el anterior y por lo re spective al particular del alguacil menor, Carlos Mallén, el señor capitán general expuso que no exigía por ahora (f. 124v·J/ contestación; y que habiendo informado el señor alguacil mayor sobre la buena conducta de Luis Valenzuela se acordó : Admitirle en la plaza vacante de dicho Mallén con el sueldo de su dotaci ón, qu e se abonará por el mayordo mo de propios.

Se presentó doña Isabel de Córdova viuda de don Padilla pidiendo el pago d e los ciento cincuenta y nueve pesos, tres reales, que no ha podido conseguir de la real hazienda a cuenta de lo qu e és ta adeuda a l ayuntamiento y cuyo ascendiente proviene de la contrata de limpieza de la ciudad. Y se acordó : Que en vista de la escasez de d inero en que se halla el fondo de propios vuelva la inte-

[Provéese para la admisión de d o n Luis Valenzuela co• mo a lguacil m enor. )

ID o ñ a Isabel de Córdova reitera su petición de p a g o de deuda.)

[Aludida reclamante a solicitar del intendente el pago

109

de dicha deuda de los fondos que la r e a 1 hacienda le debe al ayuntamien• to.]

(Gobernador p r O· pone sea el cabildo quien se encargue del acopio de harinas para abas• tecer la ciudad Y s eñala f o r m a de efe ctuarlo.]

(Se fija precio de venta del pan ]

ACTAS DEL CABILDO

resada a requerir al señor intendente a fin de que le abone la suma expresada y la d escuente de lo que se adeuda al ayuntamiento.

[Notificación a los panaderos limitándoseles a dos dlas el acopio de hari• na y requiriéndoles el sellar el pan, debiendo, asimismo dar un traslado de sus marcas al ayuntamiento.]

(Pospónese tratar sobre modo y tér• minos bajo los cuales el ayuntamiento habrla de encargarse del acopio de harinas.]

[Gobernador signif i c a utilidad d e que se conduzcan las basuras al lugar destinado para ello ]

El señor gobernador y capitán general, en beneficio de este público, como lo tiene de constumbre [sic], tratando de aliviarle por c uantos medios l e sugiere el bien y felicidad que le desea, propuso al ayuntamiento lo útil que sería si su Excelencia (facultado [f. 125 ]/ facultado [sic] a virtud de l a real orden de 17 de diziembre del año pasado de 1815) proveyese las harinas a los panaderos a fin de que el pan pudiera tenerlo el público a precio más equitativo del que corre en el día; conviniéndose con los comerciantes de la ciudad por la provisión de un número suficiente de barriles o tratando como se ha hecho en otras ocasiones con alguna persona de buen crédito de afuera de la isla que los remita a esta plaza, con objeto de que los dichos panaderos no sean los que hagan los acopios y pongan la ley al pueblo de vender el pan según les conviene y acomoda, sobre lo cual se acordó: Que siendo constante el precio equitativo a que Acuerdo. han tomado las últimas harinas venid as a l puerto la libra de pan de 14 ½ onzas corridas, bien cocidas y de buena calidad, se venda, desde el día de mañana, a 26 cuartos, lo qu e se anunciará al público en la forma [ f. 125v·J/ acostumbrada. Que a los panaderos se notifique, d esde luego, por el presente secretario que en adelante no han de tener acopiadas más h arinas que aquéllas que puedan consumir en dos días y que cada cual selle el pan, dando un traslado de l a marca al ayuntamiento, sin que se entienda que hay privación en que cualquiera persona compre harinas y l as expenda pues los que no pueden tenerlas acopiadas en observancia de l as leyes son los mismos panaderos. Y que, últimamente se difi era p ara el primer cabildo tratar sobre el modo y t érminos con que el ayuntamiento podrá mane jarse para el surtimiento d e h a r inas, quedando esta semana en hueco a fin de que cada uno de los señores que lo componen puedan pensar lo que más convenga a objeto de que se r ealice un proyecto tan justo y b eneficioso a esta r epública.

Asimismo, hizo su señoría presente l a utilidad que result a a esta plaza en la continuación de exportar sus b asuras al p araje señalado pues de lo contrario comoquiera [f- 126]/ que las arrojan a la calle en las continuas lluvias que hay corren al puerto y lo ciegan, de lo que ha de pro-

110

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

venir forzosamente cegarse la bahía en pocos años y siendo inútil perderá la plaza su comercio y cuantas m ás ventajas son de inferirse. Y se acordó : Que la limpia de la ciudad se verifique en mulas a fin de que el empedrado no se acabe de descompon er y también porque los carros son más costosos al ayuntamiento en sus composiciones y que en el día los 3 que hacían este servicio se hallan en el peor estado o más bien dicho inútiles. En consecuencia, el mismo señor gobernador y capitán general con los caballeros regidores don Diego Pizarra y don Tomás Dávila se encargaron de arreglar, en el día de mañana, este particular con el anterior contratista don Miguel Fuertes y caso que éste no execute la limpia por equitativo contingente, dis-[ f· !26v. ] /pondrán que tenga efecto esta providencia de policía aunque sea quedando al cuidado del ayuntamiento p or una administrazión. Y a fin de recaudar algún numerario qu e deberá en este caso necesitarse para compra de mulas y demás no habiendo caudal existente en el arca de propios dispuso su señoría se le pase por el mayordomo de propios relación de todos los deudores del cabildo con objeto de hacerles pagar su débito.

Igualmente manifestó el dicho señor gobernado r lo ruinoso que era a toda la isla la crecida saca de ganado vacuno para las colonias vecinas y que si sobre este particular no se pone remedio escaseará la carne para los abastos públicos. Que su señoría con el mayor dolor ve aumentarse el precio de ella, que llega rán al extremo de no poderla comprar sino las personas más pudientes y que esto no dimana de otra causa que de la exportación, según lo toca con la experiencia y por lo que le han informado los que de este negocio tienen buenos conocimientos. Que al ayuntamiento, como principal encargado de los abastos públicos, toca proveer de remedio [f. 127]/ en semejante materia y acordar lo que sea más conveniente para que no falte este renglón alimenticio de primera necesidad .

Oída con la atención que se merece esta manifestación de su señoría, el caballero síndico procurador general dijo que para el primer cabildo representaría en el particular aquello que le parezc a más arreglado y conveniente, con objeto de que se instruya expediente en forma y vengan con las providencias que se tomaren a tener efecto los buenos deseos del señor presidente y de esta corporación. Se trató sobre el poco producto que en el día rinde el

111

[Para conservación d e 1 empedrado y p o r razones económicas provéese la recogida de basuras se haga en mulas.)

[Contratista d e servicio de limp ieza a ser requerido a cumplimentar l o antedicho. )

[Fondos p ar a l a compra de mulas serán allegados solicitando d e I o s deudores a los propios la satisfacción de sus obligaciones de réditos.]

[Gobernador señala los efectos negativos que sobre e l precio de la carne tiene la exportación de ganado y solicita del ayuntamiento tome acción para evitar l a car estfa de d I c h o renglón.)

[Procurador general a formular recomendaciones so• b r e el particular arriba mencionado )

[A proveerse un nuevo sistema pa• ra la administra· ción de la carnicer I a q u e asegure mayores ingresos.]

ACTAS DEL CABILDO

ramo de carnecería y crecidos gastos que éste tiene sobre sí y lo conveniente que sería arreglarlo. Y se acordó: Que el señor diputado actual, don Santiago Córdova, asociado con el entrante del mes próximo venidero, don Diego Pizarro, examinando cuanto crean que es necesario, formen el sistema [ f. 127v. ]/ o arreglo que debe observarse en adelante y la presenten a la mayor brevedad al ayuntamiento .

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = Melendez [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Hernai z [rúb rica ] = Santaella [rúbrica] = de Torr es y Vallejo [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[73]

[26 DE OCTUBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y seis días del mes de octubre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala el señor don Salvador Meléndez Bruna, caballero de las [f 128 ] / Ordenes de Calatrava y Real y Militar de San Hermenegildo, mariscal de campo de los reales exércitos, gobernador y capitán general de esta isla; el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y alguacil mayor, encargado por el señor capitán general de la alcaldía de primer voto por enfermedad del señor don Agustín Martínez ; el señor alcalde ordinario de 2.º voto, licenciado don José de Rivera; los cab alleros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hacienda y alcalde provincial perpetuo por su majestad; el caballero fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Tiburcio Durá n de Villafañe; capitán don Santiago de Córdova; capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, don Diego Pizarro; y el caball ero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón.

En este cabildo se tuvo presente el particular, diferido en el anterior, a-[f· iiav·J /cerca de proyectar el modo de que

112

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

el ayuntamiento surta de harinas este público y los términos en que deberá manejarse. Y se acordaron, con unanimidad de votos, los artículos siguientes:

1.0 Que la compra y venta y amasijo sean libres.

2.º Que los panaderos no tengan más harina en depósito que la que puedan amasar en dos días para evitar el monopolio, según el espíritu de las leyes.

3.º El ayuntamiento podrá comprar aquí o encargar harina al Norte de América o islas vecinas para expenderlas al público en concurrencia con los demás; evitando por este medio e l que se estanquen en una mano, como hasta ahora ha sucedido, dando el precio a su arbitrio, pues teniéndolas el ayuntamiento proveerá de ellas a los panaderos a costo y costas, con lo que obligará a los particulares a no alterarlo.

4.º Para que los consignatarios as eguren la venta y pago de sus harinas en el ayuntamiento se les admita conviniendo en los plazos que deban satisfacerse y serán con los que puedan consumirse distribuyéndola entre los panaderos con arreglo al artículo 2.0 para que de este modo se asegure más que el precio del pan sea a costo y costas. [f. 129 ]/

5.0 Que habrá un libro de cargo y data para la cuenta y razón de la administración de este ramo, que estará en poder del regidor diputado de abastos, quien sentará las correspondientes partidas , que firmará con el síndico procurador general y el que verifique la venta de las h arinas y reciba su importe.

6.º Que se haga una arca de tres llaves para custodia del caudal de este ramo, de las que una tendrá el alcalde ordinario de 1.ª elección o en su defecto el d e segunda; otra, el regidor diputado , y la restante el síndico procurador general.

7.º Que dicha arca exista en la casa del referido alcalde de primera elección, donde deberán concurrir el diputado y síndico con sus respectivas llaves para recibir o entregar las cantidades que correspondan.

8.º Que se nombre por la Junta Municipal un guarda almacén, con el sueldo d e 20 pesos, a cuyo cargo estará la harina que se le entregue, llevando su [f. J29v. ]/ cuenta y razón que dará al regidor diputado para que éste rinda 9.

[Reglamento b a i o el cual el ayuntamiento ha de encargarse del abasto de harinas.!

[Compra-venta de amasijos.]

[Limite de acopio de harinas por los panaderos.J

[Acopio de harinas de parte del ayuntamiento.!

[Venta y pago de las harinas !

[Libro para lle var la cuenta y razón de l a administració n del abasto de harina s. J

[Arca de tr es llaves para custodiar los fondos.[

[Referida arca será depo sitada e n la casa del alcalde de primera elección.[

[Nombramiento de guarda-almacén.[

113

(Se im pone contribución sobre el pan para all egar fo ndos necesarios para s ufra gar gasto s d e 1 abasto.)

(Aludi d o s fondos n o po drán s er prestados o utiliz a dos en otro fin q ue el s eñalado. ]

ACTAS DEL CABILDO

la suya a la Junta Municipal fenecido el mes de su encargo y que la reciba el entrante.

9.0 Que para satisfacer el sueldo del guarda almacén, alquileres de que se haya de tomar para las harinas, conducción de ellas desde el muelle y que vaya haciéndose un fondo para tener con que comprarlas de pronto, que siempre salen a precio más cómodo porque el comerciante calcula la ganancia del tiempo de los plazos, se carguen do s maravedís por libra de pan sobre el precio a que se compren.

10 y último. Que por pretexto alguno se emplee dicho fondo en otro objeto ni haga préstamos de él con calidad de reintegro; cuya responsabilidad quedará a los claveros por la menor contravención y a los vocales de la Junta Municipal si lo tolerasen en la rendición de cuentas que previene el artículo 8.º . Y para la debida noticia de dicha Junta se le pasará con el competente oficio testimonio de este acuerdo.

[Do n Mig uel Fuertes p re senta c o ntra• ta par a efe ctuar la limp ie za de la ciud ad utilizando mulas , la cual le qued a ac ept a da.)

ID o n N ic ol ás Carr ión so mete contra ta para el abasto de carn e d e vaca y arrendamient o de la carnicería.]

Asimismo, quedó pendiente en [f. 130 ] / el anterior cabildo lo tratado acerca de la exportación de basuras de esta ciudad a motivo de que el señor gobernador y capitán general y dos caballeros regidores se encargaron de arreglar este asunto o con don Miguel Fuert es, anterior arrendatario de este ramo, o del modo que fu era más conveniente al ayuntamiento; y habiendo surtido buen efecto el encargo presentó el citado Fuertes la contrata para obligarse a hacer la limpieza en mulas por tiempo de dos años, contados desde 15 del entrante mes , por la suma mensual de 195 pesos, la 3.ª parte en moneda vellón. Y vista la expresada contrata se a cordó: Aprobarla y que se pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para su conocimiento y fines convenientes del pago .

S e prese ntó también la contrata que don Nicolás Carrión hace para [f. nov. ]/ abastecer de carne de vaca este público por 6 meses, contados desde l.º del entrante noviembre, al precio de 3 ½ reales el arrelde, tomando en arrendamiento la carnecería, para que s ea de su cuenta surtida de operarios, por la cantidad de 286 pesos mensuales que promete dar al fondo de propios y arbitrios, mitad en plata y mitad en moneda vellón; y 2 cabezas de res diarias, por 4 r eales cada una, a los pobres de la cárcel, todo bajo fianzas; y expresando en los 5 artículos que

114

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

comprende la dicha contrata (arreglada ya por el señor gobernador y capitán general con dos caballeros diputados de esta corporación) las demás condiciones que debe cumplir. Visto todo se acordó: Aprobar este arrendamiento y obligación en l os términos que manifiesta el documento presentado, que se pasará también a la Junta Municipal para que ella providencie lo más que corresponda en el particular y testimonio de este acuerdo.

El caballero síndico procurador general, [f, 131 ]/ consecuente a lo que prometió el anterior cabildo, representó lo que le pareció conveniente acerca de lo perjudicial que era a los abastos públicos y crianza de ganado vacuno la crecida cantidad de reses que se embarcan para las colonias vecinas, ya por los puertos hab ilitados, con los conocimientos necesarios, como de contrabando; que era de opinión no se exportasen más reses que las que se considerasen sobrantes todos los años a fin de que la real hacienda no perdiese el ingreso de estos derechos ni la crianza decayese, y que este tráfico se executara por los puertos que se señalasen por el señor capitán general y con su expreso permiso, privando bajo severas penas que en los demás no se embarcaran ganados con objeto de estorbar el contrabando. En vista de la representación acordó [f. 131v. ] / este ayuntamiento : Que quedando copia de ella en su archivo se pase original a su presidente, el señor gobernador y capitán general, a fin de que su s eñoría tenga la bondad de oir en la materia a los ayuntamientos y síndicos de las villas de esta isla por creer el de esta ciudad capital que asunto tan delicado y que concierne a l bien y pros peridad de toda ella debe mirarse por los cuerpos municipales con la mayor escrupulosidad para que con los informes d e todos recaigan las acertadas providencias que son de esperarse del expresado señor capitán general.

El caballero r egidor-fiel executor, don José María de Torres Vallejo , presentó el despacho de su majestad confirmatorio de su oficio. Y se acordó: Haberlo por presentado; se acató en la forma de estilo y que se tome d e él la raz ó n en el libro correspondiente, devolviéndolo al caballero ínteresado con la nota de haberse dado cumplimiento a este acuerdo.

S e acordó en este cabildo no ex-[ f- 132]/cluír de la plaza de alguacil menor, que obtiene Carlos Mallén, por haber expuesto que continuará sirviéndol a; y no estando coro-

[Acéptase la referida contrata.]

(Procurador general expresa su criterio sobre exportació n de ganado.)

(Recomiéndase al gobernador oiga el p a r e c e r d e los ayuntamientos y procuradores general es d e las viUas r especto a l a m ateria antes indicada.]

[Regidor-fiel ejecutor presenta la con• íirmación real de su oficio.]

[Do n Carlos Mallén a continuar en su empleo de alguacil menor )

115

[ Gobernador parti• cipa r eal orden de 27 de agosto de 1818 informando bailarse l a reina en e s tado de embaraz o y previniendo para l a ce lebración de rogativas públicas y secr etas POr el fe 1 i z alumbramiento de la sober ana.)

[Don Guillermo T. Sbotwell presenta con trata par a el abastecimiento de harinas.)

ACTAS DEL CABILDO

pleto el número d e estos individuos se entiende admitido, sin salir Mallén, a Luis Valenzuela

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [sic]. = Melendez [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Torres y Vall ejo [rúbrica] = de Villafañe [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Mala gon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f 132v J /

[74]

[9 DE NOVIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista d e Puerto Rico, a los nueve días del mes de noviembre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, caballero comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario, alguacil mayor y alcalde ordinario de primer voto interino por la enfermedad del señor don Agustín Martínez; los caballeros regidores, capitán don Diego Pizarra, caballero de Real [sic] y Militar Orden de San Hermeneg ildo, y don Tomás Dávila; y el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupazión y enfe rmedad.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, de 26 de octubre último, en que copia su señoría la real orden de 27 de agosto último que anuncia el feliz preñado de nuestras augusta soberana, a fin de que se hagan rogativas públicas y secretas para que e l Todopodero s o dispense a su majestad un dichoso alumbramiento. Y se acordó: Quedar enterado de la mencionada real orden; tomar razón de ella en el libro correspondiente y archivarse. [ f. 133 ]/

Se presentó por don Guillermo T. Shotwell, vecino de esta ciudad, la contrata siguiente:

Contrata celebrada entre el Muy Ilustre Cabildo, de una parte, y por la otra, don Guillermo T. Shotwell, bajo los pactos y condiciones siguientes:

Don Guillermo T. Sotwell [sic] se obliga a poner en esta p laza en los primeros de enero de 1819 quinientos

116

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

barriles de harina superfina de Filadelfia, por lo cual da el plazo de tres meses. = El primero de mayo siguiente otros 500 más, por lo cual da el plazo de tres meses. = El primero de septiembre siguiente 500 más, por lo cual da el plazo de dos meses . = El primero de enero siguiente 500 m ás, por lo cual da el plazo de un mes ; y por todos los cuatro meses siguientes la misma cantidad d e 500 barriles de harina hasta cumplidos 2 años. Los últimos serán pagados dinero [f. 133v·J/ en mano, e n macuquina, cuando estén entregados. Y o cargando tres pesos y medio sobre los costos de la factura.

Esta contrata valdrá si no entran en guerra los Estados Unidos o su majestad católica con cualquier poder establecido. Está bien entendido que por temporal o casualidad inesperada en este caso me darán el t érmino de dos m eses más de los plazos para el cumplimiento de lo que tengo arriba expresado. La harina estará entregada en el muelle sin gastos de derechos carretas o cualesquiera otros gastos.

Puerto Rico, 9 de noviembre de 1818. = Guillermo T. Shotwell.

Vista la anterior contrata este cabildo, como que la ha proporcionado por medio de diputados y con conocimiento del señor gobernador y capitán general, la aprobó en todas sus partes, comprometiéndose al pago de las harinas en la forma especificada en ella. Que se pase testimonio al expres ado señor capitán general y de este acuerdo, a fin de que mereciendo su confirmazión se pueda facilitar otro al contratista [f, 134]/ para su seguridad, y llevarse a la Junta Municipal el original con copia también de los artículos acordados en 26 del mes anterior a fin de arreglar el ramo de abasto de harinas según y como está allí decretado.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = M alagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[75]

[23 DE NOVIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres días del mes de

[S

117
e aprueba la referida contrata. )

( No se celebra cabildo por ause n cia de l os alcaldes ordinarios y del teniente de gobernador. ]

[Gobernador c o nfirma acuerdo capitular.)

[Se significa m a 1 estado en que se h alla el Cuartel de Milicias Discip lin adas y n ecesidad de r epararlo. ]

ACTAS DEL CABILDO

noviembre de mil ochocientos diez y ocho, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y cons-[f· 134v. ]/tumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los caballeros regidores , capitanes don Santiago de Córdova y don Diego Pizarro y don Tomás Dávila con el caballero síndico procurador general. Y no habiendo venido a esta sala el señor teniente de gobernador ni el señor alcalde ordinario de primer voto por ocupación, y ni el de segunda elección por halla rse enfermo, se dejó de celebrar el cabildo, lo que pongo por diligencia y de ello doy fee. = Tomas de Escalona [rúb rica ], esscribano real y d e cabildo.

[76] [2 DE DICIEMBRE DE 1818 .]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a los dos días del mes de diziembre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario interino, don Manuel H ernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Catolina [sic], comisario ordenador honorario y regidor-alguacil mayor; los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba , alcalde provincial perpetuo [ f. USJ/ por su majestad y fiscal de justicia y real hazienda ; don S antiago de Córdova, capitá n; don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el caballero síndico procurador general, don Juan S evero Malagón. Los demás señores no concurrieron por ocupación, ausencia y enfermedad

En este cabildo se abrio un oficio del señor gobernador y capit án general, de 11 de noviembre último, confirmatorio del acuerdo de l día nu eve anterior. Y se acordó : Archivarlo y practicarse cuanto aquella acta contiene .

S e vio otro oficio del mismo señor, d e 27 del propio noviembre, incluyendo otro del señor comandante del regimiento de Milicias de infantería y un parte d el oficial encargado d el Cuartel de dicho cuerpo que tratan del mal estado en que se h alla el referido Cuartel y necesidad que ha y de hacer algunas reparacio- [ f· 135 v. ]/nes; y como en el citado p arte d ecrete su señoría, en 23 de aquel mes, su pase al Excelentís imo Ayuntamiento para el reconocimien-

118

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

to, cálculo y efectiva composición antes que se haga mayor el daño se acordó: Que pasen estos documentos al señor superintendente de fábrica, don Manuel Hernáiz , a fin de que con la brevedad posible haga efectivo el decreto del señor go bernador y capitán general indicado.

Doña Isabel de Córdova , viuda de don Manuel Padilla, representó que el mayordomo de propios le cobra setenta y cinco pesos de réditos de un capital de mil y quinientos y como el cabildo le adeuda ciento y más pide que se rebata una de otra cantidad Y se acordó: Que informe el mayordomo de propios.

Se abrio un oficio reservado del señor gobernador y ca pitán general, de 13 de noviembre próximo pasado, y como para tratar la materia de que se habla se necesitaban vocales expeditos y solo había uno, que lo es el señor don Diego Pizarro, y el señor alcalde [f- 136]/ presidente, don Manuel Hernáiz, cuyo número no hace cabildo ni c ompone corporación se acordó : Reservarlo para el cabildo inmediato, oficiándose a los señores vocales ausentes para su concurrencia . En cuyo estado el señor regidor don Santiago de Córdova, como uno de los impedidos y por la parte que le toca, expuso que desde luego protextaba reclamar el agravio que directamente sufre o se hace sentir al señor don Lorenzo Zárate, en el modo que pueda, deba y le permitan las leyes.

En este estado concurrió el caballero rexidor don Tomás Dávila, quien, impuesto del mismo anterior oficio, expuso que se abstenía también de votar en el particular por ser pariente inmediato como primo hermano de la señora doña Margarita [f- 136v·J/ Andino, esposa del señor coronel don Lorenzo Ortiz de Zárate y también de la esposa de don Francisco Ruíz en grado prohibido.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo .

[77 ]

[7 DE DICIEMBRE DE 1818.]

En Puerto Rico y diciembre siete de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como

(ll egidor superintendente de fábri· cas a r econocer el deterioro del r efer i d o Cuartel y a formular cálculo de gastos para su re• paración.]

ID o ñ a Isabel de Córdova solicita se l e deduzcan de la deuda que tiene el ayuntamiento e o n ella los réditos vene i d o s sobre un censo.]

(Mayordomo a informar al respecto.]

[Pospónese tratar asunto planteado por el gobernador en un oficio reservado.]

119

[No se celebra cabildo por tal ta de quórum.)

(A deducirse de la d euda que tiene el ayuntamiento e o n doña Isabel de Córd o v a el montante de réditos vencidos sobre censo.)

ACTAS DEL CABILDO

es de uso y constumbre [sic], se reunieron en esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto interino, don Manuel Hernáiz, y el de segundo, licenciado don José de Rivera; el caballero regidor-fiel executor, don José María de Torres [L 137]/ Vallejo; y el caballero síndico procurador general.

Y no habiendo número suficiente de vocales dejó de celebrarse el acuerdo, lo que pongo por diligencia y doy fee. = Toma s de Escalona [rúbrica].

[78]

[ 14 DE DICIEMBRE DE 1818.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los catorce días del mes de diciembre de mil ochocientos diez y ocho años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto interino, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; el señor alcalde ordinario de segundo voto, don José de Rivera; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia Cuba [sic], alcalde provincial perpetuo por su majestad y fiscal de justicia y real hazienda; don José María de Torres y Vallejo, [f 137v.J¡ fiel executor; don Santiago de Córdova, capitán; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ausencia, enfermedad y ocupación. Concurrió en este estado el caballero síndico procurador general, don Juan Severo Malagón. Concurrió el caballero rexidor don Tomás Dávila.

En este cabildo se vio el informe del mayordomo de propios recaído a la solicitud de la viuda de don Manuel Padilla y como expresa que el ayuntamiento o sus fondos adeudan a la citada viuda ciento cincue nta y nueve pesos se acordó : Que de éstos se le rebatan los setenta y cinco pesos que ella debería pagar por el capital de un mil y quinientos que tiene a su cargo, reconocidos a censo y tributo, haciéndosele saber y a la interesada que se le

120

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

abonará el resto cuando el fondo de propios se halle con caudal suficiente.

El señor gobernador y capitán general con decreto de 7 del corriente repite una solicitud que hicieron a su señoría los facultativos de medicina y cirujía establecidos en esta plaza diri gida a que las visitas de los enfermos se les pague al respecto de 4 reales cada una, así que la ejecuten, y que los cirujanos romanzistas no [f- 138 ]/ curen si no lo respective a su exercicio . Acompañan también un aviso al público sobre la materia a fin de que el señor gobernador lo mandara insertar en La Gazeta . Dicho señor quiere oír al ayuntamiento sobre lo que crea y le parezca conducente al bien de la república. Y se acordó : Dar vista al caballero síndico procurador general para que represente en los términos que pide su señoría.

En este cabildo se vio un oficio del señor goberna dor y capitán general, fecha, de 13 de noviembre próximo pasado, en que copia su señoría el p árrafo 3.0 de un escrito presentado por el señor coronel graduado, comandante del regimiento de caballería de Milicias , don Lorenzo Ortiz de Zárate, para que informe reservadam ent e lo que sepa y le conste sobre los particulares que se indican; y si media desigualdad notable entre el alférez de fragata don Juan Ortiz de Zárate y su [ f- JJSv. ] / pretendida, doña María del Carmen Ruíz, que se hallaba reservada desde el dos de los corrientes. Y luego que fue leído se separó de la sala el caballero regidor don Santiago de Córdova por ser asunto que le pertenece como primo hermano de don Francisco Ruíz, reproduciendo la exposición que hizo en el cabildo del expresado día dos referente al particular; e igualmente el señor alcalde ordinario de segundo voto, li cenciado don José de Rivera, y caballero rexidor don Tomás Dávila, por ser el primero pariente por afinidad, en grado prohibido, con don Francisco Ruíz; y el segundo, serlo también por afinidad de don Francisco Ruíz y por consanguinidad con la señora esposa d el señor don Lorenzo Ortiz de Zárate. El señor alcalde provincial expuso que sin embargo de ser inverosímiles, calumniosas y de puro capricho las causales expuestas por don Francisco Ruíz, en su escrito de 7 d e noviembre, y por lo tanto insuficientes para su recusación siendo tal vez el motivo de no haber propendido a ella expresamente el tribunal de gobierno se abstenía voluntariamente de prestar [f- 139 ]/ su s u fragio en una m ateria tan odiosa y delicada para acreditar su imparcialidad y

121 (Solicitud de médicos y cirujanos para qce se les pag u e cuatro reales por cada visita profesional y se limi• t e l a práctica d e cirujanos romancistas.]

[Aludida solicitud queda referida a 1 procurador general. )

[Gobernador solicita d e I ayuntamiento informe reservado sobre ciertos parti• culares a que se hacen referencia en carta que Je dirijiera a su seflor fa el comandante del regimiento de caballer/a de las Mi• licias Disciplinadas, entre estos asuntos figura el que se indique si media desigualdad social entre e l alférez don Juan Ortiz de Zá· rate y su pretendida Doña María de l Carmen Rufz.)

[Por parentesco con las familias respecto a las que debe producirse información algunos ca• pitulares se abstie• nen de emitir su voto al efecto.]

ACTAS DEL CABILDO

que el Ruíz deseche los temores que, con tanta ligereza y ninguna reflexión, le acompañan y demuestra en su representación o escrito sin más fundamento que el de una natural inclinación a producirse con ligereza, ninguna reflexión y ánimo directo de ofender la probidad de los sujetos.

Votación de los señores que quedaron expeditos para votar.

Voto del señor rexidor menos antiguo, don Diego Pizarro. Dijo que son ciertos los enlaces que cita don Francisco Ruíz, pero también lo es que por notoriedad hay desigualdad conocida con el señor coronel don Lorenzo Ortiz de Zárate y su familia .

Dijo que lo que tiene que informar sobre El caballero el particular porque le consta y haberlo visto rexidor-fiel es lo siguiente = «La persona (f. 139v. ]/ de don executor. Francisco Ruíz y Peña, a quien se le trata de que es mulato por ser nieto de don Joaquín de la Peña y que éste era mulato liberto de la Havana a Puerto Rico, en vellón digo: Que no he oído decir que sean de tal condición y menos pardos, al contrario, que están reputados por personas blancas y de la mejor opinión y fama, siendo el exemplo, en este pueblo, toda esta familia de la mejor educación y se acredita con todos los enlazes en que está toda esta familia según lo expresa en su representación el mencionado Ruíz; y los hermanos de éste están en las colocaciones siguientes : El doctor don José María Ruíz, fis cal de la curia y un sacerdote de una vida exemplar. El segundo hermano, cura de la Catedral muchos años, don Nicolás Ruíz y Peña. Y el tercero, doctor don Aniceto Ruíz ha sido alcalde en este pueblo y en el día oficial real honorario y director de la amortización del papel moneda. Que doña Teresa Dávila, parienta de los señores Andinos por los enlaces en que se hallan (f. 140 ]/ con esta señora, está casada con el referido don Francisco Ruíz y cuando se hizo este matrimonio no hubo desazón entre las familias sino alegría y regocijo entre todos los parientes.

El señor don Manuel Hernáiz dice en toEl señor al- das sus partes lo mismo que el anterior cabacalde ordi- llero fiel executor. Y que con la reserva comnario inte- • • 1 - b petente se pase testlmomo a senor go ernarino. dor y capitán general.

Se concluyó este cabildo, y firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] -

122

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de Torres y Vallejo [rúb rica ] = Pizarra [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Cordova [rúbrica ] = Malagon [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de sabildo. [f. 140v·J/ [79]

[1 DE ENERO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Elecciones San Juan Bautista de Puerto Rico, a primero año d e 1819. de enero del año de mil ochocientos diez y nueve, para efecto de celebrar la elección de los oficios concejiles de esta república que han de servirse en él, se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto de el señor alcalde ordinario interino, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario y regidor-alguacil mayor; el señor alcalde ordinario de 2.º voto, licenciado don José de Rivera; los caballeros rexidores, alférez real, don Fernando Dávila; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad y fiscal de justicia y real hazienda; don Santiago de Córdova, capitán; don Diego Pizarra, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. No concurrieron, por enfermedad y ausencia, el caballero fiel executor, don José María Torres Vallejo; don Tiburcio Durán de Villafañe; y también el señor alcalde ordinario de primera elección, don Agustín Martínez; ni el caballero procurador general.

En el [f. 141 ] / orden y forma acostumbrada se procedió por los indicados señores concurrentes a la elección que se verificó, según lo dispositivo de las leyes, y resultaron elegidos los siguientes :

Para Alcalde ordinario de 1.•r voto, presidente de la Junta Municipal, el señor coronel, comandante del re gimiento de Milicias de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate, con cuatro sufragios. Don Alonso Cangas tuvo dos. Don Tomás Dávila, uno.

Para Alcalde ordinario de 2.ª elección, capitán don Manuel Dávila, con 3 votos . Don Santiago de Córdo va tuvo dos. Don Lorenzo Angulo, uno . Don Alonso Cangas, uno.

Para Síndico procurador general, don Manuel de l os

123

(Elecciones concejiles y de alcaldes de barrio quedan referidas al gobernador para su confirmación.]

[Quedan confirmad a s las aludidas elecciones.]

ACTAS DEL CABILDO

Reyes, hijo, con 4 votos . Don José Géigel tuvo dos; y el licenciado don Juan Bautista Márquez, uno.

Vocales de la Junta Municipal, don José María Torres Vallejo, fiel executor, con seis votos; y Tiburcio Durán de Villafañe. [f, 141v. ]/ con cuatro. Dos tuvo don Tomás Dávila; y dos, el señor don Manuel Hernáiz.

Alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Norte, don Juan José Hernáiz con cuatro votos. Tres tuvo don Manuel Navedo.

Parte d el Sur, el doctor don Sebastián Ximénez, con todos siete votos.

Alarife de albañilería, Juan de los Santo s Flores con todos los votos.

Idem de carpintería, Marcelo Figueroa con 6.

Contraste, Francisco Bruno con todos los votos.

Cuya elección, conforme está sentada, fue vista y l eída por los dos señores rexidores más antiguos, señor don Francisco Marcos Santaella y don Santiago de Córdova; y no habiendo tenido que exponer los d e m ás señores de esta Excelentísima corporación acordaron que se pase a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su confirmación, con la de los alcaldes de barrio, diputándose para conducir el pliego los caballeros rexidores don Santiago Córdova y don Tomás Dávila.

Con lo que se [f. 142 ] / concluyó este acuerdo, que queda pendiente hasta la respuesta del citado señor gobernador y capitán general; y firmó Su Excelencia, de que doy fee = Hernaiz [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarra [rú brica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[Anexo Unico.J

Confirmadas por el señor gobernador y capitán general según oficio de este día, las elecciones del anterior acuerdo , dispuso este ayuntamiento citar y se citaron a los dos señores alcaldes electos y síndicos procurador general; y no habi éndose hallado sólo al señor don Manuel Dávila, electo alcalde ordinario de segundo voto, compareció en es ta [f 142v. ] / sala consistorial y por el señor presidente se le hizo saber su elección y confirmazión, cuyo encargo aceptó, pres tando en consecuencia el correspondiente juramento de cumplir bien y fielmente las obligaciones de su

124

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

magisterio; le señaló su lugar y asiento, que tomó, y se co nclu yó esta diligencia en la cual también prestaron sus juramentos tres alcaldes de barrio y el alarife de albañilería; disponiendo su Excelencia que para el día de mañana, a las nueve, se reciba por el señor alcalde ordinario de primer voto saliente el juramento del entrante, del síndico procurador general, el otro alcalde de barrio, el alarife de carpintería y contraste.

Y se concluyó firmando su Excelencia, de que doy fee . = Hernaiz [rúbrica] = Rivera [rúbrica] = Davila [rúbrica] = S antae lla [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizar ra [rúb rica] = Davila y Quiñon es [rúbrica] = Manuel Franco [rúbrica] = Manuel Davila [rúbrica] = Narciso Nuñez [rúbrica] = Juan de los Santos [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E'scalona [rúbrica], esscribano de cabildo . [f, 143]/

[80]

[2

DE ENERO DE 1819 .]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Pu erto Rico, a los dos días del mes de enero de mil ochocientos diez y nueve, para efecto de prestar su juramento vino a estas casas consistoriales el señor coronel y comandante del regimiento de Milicias de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate, electo y confirmado alcalde ordinario de primera elección de esta ciudad, donde se hallaban el señor alcalde ordinario saliente don Manuel H ernáiz y caballero rexidor don Tomás Dávila. Y por el citado seño r alcalde saliente le recibió el juramento competente que prestó su señoría, en forma militar, de cumplir bien y fielmente el encargo cometido, en virtud de lo cual tomó su lugar y asiento. Y se concluyó esta diligencia, que firmaron sus señorías, de que doy fee . =Lorenzo Ortiz de Zarate [rúbrica] = Manuel Hernaiz [rúbrica] = Thoma s Davila y Quiiiones [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], essc ribano de cabildo. [f. 143v. ]/

[81]

[2 DE ENERO DE 1819. ]

En Puerto Rico, a los dos días del mes de enero de mil ochocientos diez y nueve años, compareció en esta sala

125

(Jur ame nto del alcalde ordinario de segu ndo voto, de tres alcaldes de barrio y del alarife de albañilerla.]

(Qu edan citados para que presten su juramento los demás electos ]

(Juram ento y poses i 6 n de don Lorenzo Ortiz de Zárate como alcalde o r di nar io de p r ¡. mera elección.]

11 uramento del alca! de de la Santa Hermandad d e 1 a Banda Norte, don Juan José Hernáiz.J

[J uramento de los alcaldes de barrio de Santo Domingo y de Santa Bárbara.)

ACTAS DEL CABILDO

consistorial don Juan José Hernáiz, alcalde de la San ta Hermandad electo y confirmado para la parte del Norte de la jurisdicción política de esta ciudad; y estando en ella el caballero regidor decano, señor don Manuel Hernáiz, y don Tomás Dávila, el primero le hizo saber al nombrado la elección, que aceptó y prestó el juramento, según derecho, de exercer bien y fielmente el encargo para que ha sido elegido; y lo firmó con sus señorías, d e que doy fee. También compareció el alarife de carpintería, Marcelo Figueroa, y prestó el propio juramento. = H ernaiz [ rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Jua n lo se H ernaiz [rúbrica] =Marselo Figueroa [rúbrica] = Ante mí Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo .

[82]

[11 DE ENERO DE 1819.J

En Puerto Rico, a onze de enero de mil ochocientos diez y nueve, comparecieron [f. 144 ]/ en esta sala consistorial los dos alcaldes de barrio nuevamente nombrados, Marcos Sosa para el de Santo Domingo y Juan Miró para el de Santa Bárbara, y prestaron juramento, conforme a d erecho , de exercer bien y fielmente sus encargos, el que les recibió el señor alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda, don Francisco Marcos Santaella, con func iones en este día de decano del Excelentísimo Ayuntamiento ; y lo firmaron co n su señoría, de que doy f ee . = Santaella [rúbrica] = Marcos Sosa [rúbrica] = Ju an Miro [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúb rica] , esscribano de cabildo. [f. 144v·J/

[83]

[11 DE ENERO DE 1819.]

Cabildo de 11 de enero 1819.

En Puerto Rico, a los once días del mes de enero de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reunió el Exceseñores lentísimo Ayuntamiento, compuesto de los dos alcaldes ordinarios de primero y segundo voto,

126

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

señor coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate, y capitán del mismo cuerpo, don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial p erpetuo por su majestad; don José María de Torres Vallejo, fiel executor; y don Diego Pizarro, capitá n y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ocupazión, ausencia y enfermedad. Y el caballero síndico procurador general aún no ha prestado el juramento .

S e tuvo presente la constumbre [sic] observada en este ayuntamiento de nombrar de los señores de él diputados para las festividades y demás que corre a cargo de él y se [ f. 145 ]/ acordó elegir, para la Purificación de Nuestra Señora, San Juan Bautista y Santa Rosa de Lima, el señor alcalde ordinario de l.ª elección, y señor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella. San Felipe y Santiago, Santísimo Corpus Christi y Santiago el Mayor, el señor alcalde ordinario de 2.0 voto, y el caballero alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz. Para los cumplidos de las personas estantes y transeúntes, los señores alguacil mayor y alcalde provincial. Para las visitas de escue las de t.•• letras y de niñas, al caballero regidor don Diego Pizarra. Para suplir la enfermedad de cualquiera de estos señores se ocupará cualquiera otro de los que se hallaren en la ciudad.

En este cabildo se vio un oficio del se ñor gobernador y capitán general, fecha, 18 de diciembre próximo pasado, con que pasa su señoría a este ayuntamiento el expediente sobre [f, 14Sv.J/ la subasta del oficio de regidor llano que obtenía don Vice nte Becerra, para los efectos convenientes *devolviéndolo para los efectos convenientes* devolviéndolo para lo demás que es de practicarse. Y se acordó : Contestar al señor gobernador y capitán geAcuerdo. n eral que no se ofrece reparo a esta corporación en que se l e despa che el título que solicita don Gabriel Zepero ni para admitirlo por uno d e sus r egi dores mediante no encontrar un impedimento legítimo para ello; excepto el caballero regidor don Diego Pizarro que expuso que d ebiendo mirar el honor de la corporación y bien del público y que ninguno le puede resultar de admitir a don

* Lo comprendido entre asteriscos aparece t achado e n el original.

!No mbramiento de dip utados para las fiestas votivas, cumplimentar huéspedes distinguidos y visitas de escuelas.)

[Gobernador remite expediente sobre subasta de un regimiento llano en don Gabriel Zepero. J

[Excepción hecha del regidor d o n Diego Pizarro, l os demás capitulares asienten en que se le d espac he título de r egido r llano a don Gabrie l Zepero.J

127

[Arrendatario de los corrales de pesca de Martín Peña significa daños que recibe de P e d r o Marchán.]

!Alcalde ordinario de primer vo t o a entender en el aludido caso.]

ACTAS DEL CABILDO

Gabriel Zepero por falta de idoneidad y tenido generalmente por fatuo lo hace presente para que su señoría, teniéndolo en consideración, determine lo que tenga por conveniente teniendo presente la ley de la materia .

Don Miguel Fax, arrendatario de los corrales de Martín Peña, se presentó exponiendo el perjuicio que le ocasiona el anterior, P edro Marchán, según expresa el escrito. Y se acordó: Pasar [f. 146 ]/ la solicitud al señor alcalde ordinario de l. ª elección para qu e hacie ndo comparecer las partes las oiga y administre justicia, participando a esta corporación el resultado por diligencia en el expediente para perpetua constancia.

El caballero síndico procurador general del año próximo pasado repres ento en 17 de diciembre que para evacuar la vista que el ayuntamiento le ha corrido d el expediente promovido sobre visitas por los facultativos de medicina y cirujía de esta ciudad, y lo demás que expresa; necesitaba que el secretario de la corporazión le facilite una exacta noticia de quienes sean los de aquellas primeras clases que hayan presenta do sus títulos, por qué tribunal son librados y qué ramos se hallan debidamente habilitados, como también los que p e rtenezcan a los cirujanos romancistas que expresan y demás [f- 146v·]/ facultativos que h ay a e n la ciudad, dándos ele razón de si antes de ahora ha habido algunas providencias o expediente acerca del particular. Y se Acuerdo. acordó: Como parece al caballero síndico procurador general.

Con lo que se concluyó esta acta, qu e firmó Su Excelencia, de que do y fee. = Zara t e [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = de Tores y Vallejo [rúbrica] = Piz arro [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[84]

[15 DE ENERO DE 1819.]

En Puerto Rico y enero quince de mil ochocientos diez y nueve años, para efecto de recibir el juramento al alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur vino a esta sala consistorial el señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comi-

128

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sario ordenador honorario [f. 147 ]/ y regidor-alguacil mayor y decano del Excelentísimo Ayuntamiento, donde se presentó el doctor don Sebastián Ximénez, alcalde de la Santa Hermandad de la parte del Sur, electo y confirmado por el señor gobernador y capitán general, y en manos del mismo señor decano prestó el juramento de derecho de exercer bien y fielmente su encargo; y lo firmó con su señoría, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Doctor Sebastian Xim enez [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalon a [rúbrica], esscribano de cabildo.

[85]

[19 DE ENERO DE 1819.]

Compareció hoy, día, diez y nueve de enero, Juan Font, alcalde de barrio de [ f- 147v·J/ Santo Domingo, electo y confirmado por el señor capitán general, y prestó ante el señor rexidor decano el competente documento [sic] de exercer bien y fielmente su oficio; y lo firmó con su señoría, de que doy fee. = Hernaiz [rúbrica] = Juan Font [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[86]

[19 DE ENERO DE 1819.]

En Puerto Rico y enero diez y nueve de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Lorenzo Ortiz de Zárate, coronel, comandante del regimiento de Milicias de caballería y alcalde ordinario de primer voto; y los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz; fiel ejecutor, don Jo sé María de Torres Vallejo; y el capitán don Diego Pizarra . Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad.

Se recibió un oficio del señor gobernador [ L 148 ] / y capitán general, fecha, 12 de los corrientes, confirmatorio del acu erdo de este ayuntamiento d el día anterior. Y se acordó : Qued a r enterado y archivarse. 10.

(Juramento del al• calde de la San ta Hermandad de la Banda Sur.]

(Juramento del alcalde de barrio de Santo Domingo.]

[Gobernador c o nfirma acuerdo cap itular.]

129

[Intend ente notifica nombramiento y aceptación de don Manuel Hernáiz como vocal de la Junta de Real Hacienda.)

[Juramento del procurador general.)

ACTAS DEL CABILDO

Se recibió otro oficio del señor intendente de esta isla, fecha, 13 del corriente, en que avisa haber proveído en el señor don Manuel Hernáiz la plaza de vocal de la Junta de Real Hazienda de esta provincia, vacante por fallecimiento del señor don Juan Antonio Mexía, y que aquel caballero alguacil mayor la aceptó, se presentó en la Junta, juró y está en exercicio de su encargo. Y se acordó: Quedar este cabildo enterado de todo; que se archive el oficio después de contestado.

En este estado se presentó el caballero síndico procurador general, electo y confirmado, don Manuel Vizente de los Reyes, y, según derecho, prestó, en manos del señor presidente de este [f. 148v·J/ este [sic] acuerdo, el jurame nto de exercer bien y fielmente el encargo que se le ha cometido y tomó en consecuencia el lugar y asiento que le corresponde.

[Maestro de primeras letras presenta planas escolares y solicita su aprobación y aumento de sueldo.]

[Refiérese al p r ocurador general la antedicha solicitud.)

[Canónigo doctor don Miguel de Andino solicita atestado sobre su c o nducta y ejercicio de su ministerio.]

El maestro de primeras letras presentó las planas de sus discípulos con un memorial que en lo principal pide la correspondiente aprobazión y certificaciones del auto que resulte y por un otrosí que se le aumente el sueldo de 200 pesos anuales que disfruta por las razones que alega. Y se acordó : Dar vista al caballero síndico procurador general para que en lo principal y otrosí represente lo que se le ofrezca y parezca .

[Provéese para el aludido atestado.)

(Alcalde ordinario de primer voto informa no haber determinado la causa del arrendatario de los corrales de pesca de Martín P eña

El señor canónigo doctor don Miguel de Andino, para los fines que expresa, pide a esta corporación un atestado acerca de su buena conducta y comportamiento; y si ha m erecido el afecto del ayuntamiento exercitándose en las funziones de su ministerio; y que en el púlpito y conversaciones públicas y privadas ha dado siempre ideas de amante y fiel a Dios y al rey. Y se acordó: Que es constante a este ayuntamiento la buena conducta y comportamiento [f. 149]/ que en todos tiempos y estados ha observado el señor canónigo que representa; que con mucha utilidad se ha exercitado en el púlpito y funciones de su actual ministerio, manifestando en público y en privado lo fiel y amante que siempre ha sido y es al rey, nuestro señor; y que en cuya virtud se le devuelva la solicitud con este acuerdo para que le sirva de atestado en forma a los fines que puedan convenirle.

El señor alcalde ordinario devolvió al ayuntamiento el expediente promovido por don Miguel Fox sobre perjuicios que le infiere Pedro Marchán, anterior arrendatario de los corrales de Martín Peña, con nota de no haber pro-

130

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

videnciado en la materia de que trata por haberse excusado a venir dicho Marchán al llamado del expresado señor alcalde en razón a que no la podía executar sin licencia [ f- 149v· ] / del señor comandante de ingenieros que lo tenía empleado en los trabajos del Puente. Y se acordó: Devolver el expediente al mismo señor alcalde para que su señoría, con arreglo a justicia, determine en este punto lo que sea conveniente según a derecho.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = Pi zarra [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[87]

[25 DE ENERO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco días del mes de enero de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate, y capitán [f- 150 ] / don Manuel Dávila; los caballeros rexidores, señor don Manuel Hernáiz, alguacil mayor, comendador de la Orden Americana de Is abel la Católica y comisario ordenado honorario ; señor don Francisco Marcos S antaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial perpetuo por su majestad; don Santiago de Córdova, capitán; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la *Orden Americana de Isabel l a Católica* Real y Militar Orden de San Hermenegildo; y el cab allero síndico procurador, don Manuel Vizente de los Reyes. Los demás señores no concurrieron por ausencia y ocupación.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y gobernador [sic] y capitán general, fecha, 20 de los corrientes, confirmatorio del acuerdo de 2 d e diziem-

* Lo compre ndido entre asteriscos aparece tachado en el original.

por razón que indica.)

[Expediente de I a aludida e a u s a es regresado a dicho justicia para q u e tome acción al respecto.)

[G obe rnado r c o nfirma acuerdo capitular.)

131

1Gobernador s o 1 1ci ta informe sobre petición del licenciado don José de Rivera resJJec..to a subir la pared de su casa.)

!Escribano a suministrar actas perti• nentes a la referida materia.)

!Gobernador solicita in.forme sobre memorial que le ha sometido el capitán de borriqueros, Miguel Córdova.]

IP o r resultarle al c u erpo capitular "oscuro y compli• cado" el memorial referido no puede rendir informe al efecto.)

ACTAS DEL CABILDO

bre último. Y visto se acordó: Quedar este ayuntamiento enterado de él y archivarse.

Se vio un memorial que el [f. lSOv.J/ licenciado don José de Rivera presentó al señor gobernador y capitán general solicitando levantar la pared de su casa contigua a la real cárcel por la parte del Este; y habiendo su señoría pedido los informes del maestro mayor de obras de fortificazión con el que ha dado lo pasa todo a este ayuntamiento, con decreto de 14 de los corrientes, a fin de que evacue el suyo en el particular. Y se acordó : Que el pres ente esscribano solicite los antecedentes y actas anteriores relativas a la materia y d é cuenta en el próximo cabildo a fin de dar el informe que pide el señor gobernador y capitán general.

Se vio otro memorial del capitán de borriqueros, Miguel Córdova, he cha al señor gobernador y que su señoría lo pasa a informe de este ayuntamiento, quien acordó lo siguiente que dijo a su señoría = [«]Señor Gobernador y Capitán General. = Está tan oscuro y complicado el presente memorial que esta corporación no puede discernir ni de lo que se queja Miguel Córdova ni lo que pide en conclusión; y de consiguiente tampoco puede dar a vuestra señoría acertadamente, como apetece, el [f. 151 ]/ informe qu e se le pide, por lo que se servirá vuestra señoría prevenirle se explique con más claridad.»

[Agente capitular de negocios en Corte remite copia de real orden de 26 de noviembre de 1818 orden ando al gobernador instruya expediente s o b r e reclamo que hace el ayuntamiento para que los derechos de muelle y calles queden ingresados en las arcas municipales.)

[Aludido agente envía cuenta de lo erogado por él en gestiones municipales.]

!Referida cuenta a s e r enviada a la J unta Municipal.]

El señor don Francisco Marcos Sant~ella, diputado para entenderse con el agente que este ayuntamiento tiene en la Corte, dio cuenta en este cabildo con sus cartas de 16 de octubre y l.º de diciembre que tratan del asunto pendiente sobre que los derechos de muelle y calles los mande su majestad ingresar en los fondos de propios y arbitrios de esta ciudad, remite copia de la real orden de 26 de noviembre que su majestad ha librado al señor capitán general para que instruya expediente sobre l a materia, y también una cuenta de los gastos ocasionados has ta 30 noviembre, ascendente a un mil ciento veinte y ocho reales vellón. Y se acordó: Devolver los oficios al señor diput ado para que sólo, por la [f. 151v·J/ muerte del señor don Juan Antonio Mexía, que le acompañaba, haga la contestación correspondiente y la cuenta se pase a lo s señores presidente y vocales de la Junta Municipal, a fin de que con los portes de correo la mande abonar al mayordomo de pro-

132

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pios en los términos que en otras ocasiones se ha verificado.

El caballero regidor diputado de mes, capitán don Diego Pizarro, dio cuenta de haberse recibido ya la cantidad de 375 barriles de harina a cuenta de la contrata celebrada con don Guillermo T. Stwell [sic] y que se hallaban depositados en el almacén de San Sebastián, que facilitó el señor gobernador y capitán general para evitar costos. Y se acordó : Hacerlo presente en la forma de estilo a la Junta Municipal para su inteligencia y gobierno; manifestando al mismo tiempo al señor gobernador y capitán general que sería más conveniente continuase en esta comisión de harinas por todo el presente año el caballero rexidor don [f- 152 ] / Diego Pizarro y que role anualmente en uno de los regidores esta comisión y no por meses en el diputado de abastos para evitar confusiones y trabamentas a fin de que su señoría resuelva lo que sea de su agrado y lo participe a esta corporación.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = H ernaiz [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[88]

[9 DE FEBRERO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los [f· 152v·J/ nueve días del mes de febrero de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto de los dos señores alcaldes ordinarios de l.º y 2.º voto, coronel, don Lorenzo Ortiz de Zárate, caballero de la Real y Militar Orden d e San Hermenegildo, comandante del regimiento de caballería de esta isla; y don Manuel Dávila , capitán de dicho cuerpo; y los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, com endador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; el señor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real ha-

133 [Infórmase h aberse recibido 375 barril es de harina de la contrata efectuada co n don Guillermo T. Shotwell.J

[Recomiéndase co• misión para entender en el abasto de harinas role anualm e n t e entre los regidores.]

1Go b ern a d or acl ara petició n d el capitán de bo rriqu er os, Migue l Córdo• va. l

[Ay untam ien to se pronun c ia contra e l p r i vilegio ex cl usi vo que r eclaman I o s bo r riqueros en I a car ga de objetos. )

(Escriba no pre senta expedien te s o b r e so li ci tu d d el li cenciado d o n J osé de Ri vera respecto a s u bi r la pared de s u cas a. )

(Ay un tam iento deja a la d isc r eció n del gobe rn ador el acce• d er a l a aludi da soli citud. )

ACTAS DEL CABILDO

cienda; y don Diego Pizarro, capitán y caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad.

El señor gobernador y capitán general, por su decreto de 27 de enero, aclaró la petición del capitán de borriqueros contenida a fin de que s ólo ellos sean los que carguen exclusivamente. Y se acordó: Informar [f. 153] / a su señoría lo siguiente:

«Señor Gob ernador y Capitán General. = En vista de la precedente acl a ración contenida en el decreto de vuestra señoría info r ma esta corpora ción que el instituto de los borriqueros e s para cargar y conducir por su propia conveniencia aquellas cosas de gravedad que no pueden en hombros y muchas a un tiempo, siendo mayor el beneficio que les result a ; pero no por e s to debe prohibirs e a los demás que propenden a evitar la ociosidad y proporcionars e la sub s is tencia que car guen l a s co s as ligeras a cualquiera hora que lleguen los pasajeros o s e llame por alguna persona para e s te fin, como que esto en nada perjudica a aquéllos y cede en conocida ventaja de los viajeros u otros, siendo (f· 153v.] / servidos a m enos costo que en mulos y sin n e cesidad de andar solicitando éstos, cuyos dueños también si se les concedies e este cargo o privilegio exclusivo se aprovecharían de él alt erando el precio de sus conducciones arbitrariamente en perjuicio de todo el público. Puerto Rico, 9 de febrero de 1819. »

El presente es s cribano dio cuenta con el exp e dient e que se le mandó traer y trata acerca del arrimo y carga pretendido por el licenciado don José de Rivera de su cas a sobre la pared de la real cárcel. Y en vista de él se acordó informar al señor gob ernador y capitán general lo sigui ente:

«Señor Gobernador y Capitán General. = En 16 de octub r e de 1816 se sirvió vuestra señoría prevenir a e s te ayuntamiento lo que consta de la copia que a continuazión va extendida ; pero como ahora ha precedido el reconocimiento del maestro mayor de reales obra s de fortificación, don Agustín Canter o, y con sus razones favore c e [f. 154]/ la intención de don José de Rivera podrá vuestra señoría, si a bien lo tiene, porque las e s time suficientes acceder a su solicitud en los términos que el referido maestro mayor demuestra o determinar lo que sea del agrado de vuestra señoría . »

134

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se presentó don Andrés Angulo pretendiendo traspasar un capital de mil pesos, correspondientes al fondo de propios, a una hacienda que dice ha comprado en Río Piedras, sacándolo de una casa baja en que está fincado en esta ciudad y el mismo que debió reconocer su hermana doña Petronila. Y se acordó: Que presentando el expresado Angulo la esscritura d e propiedad de la hacienda con los demás documentos que califiquen su (f- 154v•J/ l exítimo valor y gravámenes que reporte se accederá a esta solicitud.

En este cabildo se presentó don Gabriel Zepero exibiendo el título de regidor llano, que le ha expedido el señor gobernador y capitán general d e es ta isla en 19 de enero último, cuyo oficio, hallándose vacante por fallecimiento de don Vizente Becerra, remató en junta de almonedas; consta de dicho título haber prestado el juramento ante su señoría y que en veinte y seis de dicho mes se tomó de todo la razón en la real contaduría, a fin de que se le posesione en dicho oficio. Y se acordó: Recibirle el juramento acostumbrado de fidelidad y secreto, por el caballero rexidor decano, y señalársele su lugar y asiento, tomándose razón del título en el libro correspondiente y devolviéndosele con *la que* la nota que lo acredite.

En este estado el caballero rexidor don Diego Pizarro expuso que se ratificaba [f. 155]/ en su ant erior oposición y que dejaba su derecho a salvo para usar de él donde le convenga

En consecuencia compareció en la sala don Gabriel Zepero y el señor alguacil mayor como decano procedió al acto y en sus manos juró, según derecho, cumplir bien y fielm ente con las obligaciones de su instituto, guardando sigilo y fidelidad en cuanto se actuase en los cabildos, y le señaló su lugar y asiento que le corresponde .

El ayuntamiento tuvo noticia de qu e don Tiburcio Durán de Villafañe no puede por su enfermedad servir de vocal en la Jun ta Municipal y acordó nombrar en su lugar a don Tomás Dávila.

Con lo que ( f. 155v·J/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia con el caballero rexidor posesionado, de que doy fee . = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Pizarra [rú-

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

(Don Anclres A ngulo solicita traspaso de censo. l [Pospónese acción sobre lo antes indicado ha sta tanto el solicitante pr~sente d ocumentación que le es requerida. )

(Don Gabriel Ze• pero presenta titulo de regidor lla• no.)

(Regidor don Diego Pizarro objeta r ecibimiento del r eferido r eg id or lla• no.( [Juramento y poses i ó n del alu dido regidor llano l

[Don Tomás Dávila es nombrado vo• cal de la Jun ta Municipal.)

135

ACTAS DEL CABILDO

brica] = Gabriel Zepero [rúbrica] = Ante mí = Toma s de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo .

[ 89 ]

[15 DE FEBRERO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince días del mes de febrero de mil ochocientos die z y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], se reunió el Excelentísimo Ayuntamiento, compuesto d e los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel don Lorenzo Ortiz de Zárate, caballero de la Real y Militar Orden d e San Hermenegildo, comandante del r egimiento de caballería de esta isla; y don Manuel Dábila, capitán de dicho cuerpo; y los caballeros r exidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario [ f. 156 ]/ de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial; don Tomás Dávila; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vizente de los Reyes . También asistió el caballero r egidor don Gabrie l Zepero. Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad.

[Procurador gene- El caballero síndico procurador general representó en ral solicita varios datos referentes al el expediente de planas exibidas por don Antonio Chieza =Tiºc~Tes~.f n n ecesitar noticia más prolixa del número de niños que enseña, con distinción de los pudientes y pobres, estado de instrucción, tiempo que cada uno lleva de escuela, cuota que contribuyen, con otras noticias para poder arreglar su parecer. Y se acordó: Como representa el citado caballero síndico, haciéndose saber a don Antonio Chieza y que !Aludido maes tro a en el estado o relación que presente [ f, 156v· J/ se contenga suminiSlrar dichos también la edad de cada uno de los discípulos. datos.]

No hab iendo otro asunto pendiente que tratar se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Gabriel Zepero [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

136

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[1 de marzo de 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico , a primero de marzo de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde -de primer voto, coronel y comandante del regimiento de caballería de esta is la , caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; los caballeros rexidores, alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de I sa bel (f- 157 ]/ la Católica y comisario ordenador honorario; y don Gabriel Zepero. No concurrieron, por ocupazión, el señor teniente de gobernador y auditor de guerra y rexidor don Diego Pizarro. Por indisposición d e salud, el señor oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella; y don Tiburcio Durán de Villafañe y don Agustín Martínez. Y por hallarse en sus casas de campo, el caballero alférez real, don Fernando Dávila; el fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Santiago de Córdova y don Tomás Dávila. El señor alcalde ordinario de 2.º voto también se halla con indisposición d e salud

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 15 de febrero, confirmatorio del acuerdo celebrado el día nueve del mismo. Y visto se acordó: Queda r enterado y archivarse . (f- 157v· J/

Se recibió otro oficio del mismo señor capitán general , su fecha, 9 d el mismo mes de febrero, con el que acompaña su señoría la real orden de 28 de noviembre último que previene la formación de expediente para acreditar y calificar los propios de esta ciudad, a cuanto ascienden sus productos anuales y cargas que tienen sobre sí, cuales sean sus sob rantes o déficit y la necesidad d e aumentar salarios y emprender nuevas obras ; recaída di cha real orden a la solicitud de l ayuntamiento sobre que se l e restituyan los d erechos de muelle y calles. Y visto se acordó : Que el señor alcalde ordinario de vr voto y el señor alguacil mayor con vista de los expedientes anteriores y noticias que exijan d el mayordomo de propios y secretario del ayuntamiento, formen a la mayor brevedad el principio de este

[Gobernador c o níirma acuerdo capitular.]

[Gobernador remi• te copia de r e a l orden de 28 de no• viembre de 1 8 1 8 proveyendo p a r a que se informe a s u majestad respecto a distintos extremos concernientes a los fondos de propios.)

[Alcalde ordinario de primer voto y a 1 g u a c i 1 mayor quedan comisionados para formar el expediente co mprensivo de las no-

[90 ]
137

ti cias requerida s por la an tes mencionada re a l orden.)

(Requi érese el d esp a cho d el expedient e tocante a la solicitud de l os ayu n• t amiento s para per• c ibir l os derecho s sob re pasaj es y cor ra les d e pes ca .)

(Pro c urador g eneral a inform ar sobre la r e feri da ma· t eri a.J

ACTAS DEL CABILDO

expediente calificando cuantos puntos se comprenden en la real orden citada .

Asimismo, se vio otro oficio del propio señor capitán general, de 26 de febrero, recordando su señoría el despacho del expediente promovido a virtud de la real orden de 12 de [f. 158 ] / agosto de 1815, que trata de la solicitud que hicieron los extinguidos ayuntamientos sobre los productos de pasajes y corrales de pesca y previene la formación de un expediente en que se manifieste la utilidad o p e rjuicios que pueden resultar a la industria de que esta corporazión continúe percibiendo dichos productos, con lo más que expresa. Y como en este mismo día el secretario de el ayuntamiento ha exibido el dicho expediente, que le ha devuelto don Juan Seve ro Malagón , a quien el año anterior como síndico se le dio para su representación que no ha evacuado, se acordó: Pasarlo al del año actual para que se sirva *evacuar* hacer la que *le* compete con la pron t itud que exige la [f, 158 v· J/ materia.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Es c alona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[91]

[S DE MARZO DE 1819.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los cinco días del mes de marzo de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ex traordinario, en virtud de disposición del señor gobernador y capitán general, se reunieron en la sala consistorial el s eñor t e ni e nte de gobernador y auditor de guerra, don José Sterlin; el señor alcalde ordinario de primer voto, co r onel, comandante del regimiento de caballería de esta isla , don Lorenzo Ortiz de Zárate, caballero de la Real y Militar Orde n de [f. 159 ]/ San Hermenegildo; y los caballeros rexidores, señor don Manuel Hernáiz, alguacil mayor, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; el señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, oidor honorario

* Lo co mprendido entre a s t e riscos aparece tachado en el original.

138

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda; y don Gabriel Zepero. Los demás señores no concurrieron por indisposición de salud y hallarse en sus casas de campo.

Nota: No tuvo efecto el anterior acuerdo. = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano d e cabildo. [f. 159v· J/ [92]

[8 DE MARZO DE 1819.J

En Puerto Rico, a los ocho días del mes de marzo de mi l ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario concurrieron a la sala consistorial el señor alca lde ordinario de 1.•r voto, coronel y comandante del regimiento de caballería de esta isla, don Lorenzo Ortiz d e Zárate, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo; los caballeros regidores, alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; alcalde provincial, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorar io d e la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda; don Tomás Dávila; y el caballero síndico procurador gene ral, don Manuel Vizente de los Reyes . Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupazión y enfermedad.

En este cabildo habiendo llegado a los oídos de l os señores que le componen el eco de la infausta noticia de haber mue rto o concluído la carrera de sus días la reina, nuestra (que esté en gloria), turbados sus ánimos, cons[ f , 160 ] /ternados en sumo grado, llenos del más profundo dolor y sentimiento al ver que las lisonjeras esperanzas que se prome tieron y de que hicieron mención en el acta de 22 de julio de 1816 con motivo del venturoso y plausible matrimonio de nues tro predilecto monarca, el señor don Fernando 7.º (que Dios guarde) , han expirado igualmente; al considerar que todas las dichas o regocijos d e que se colmaron en aquel feliz momento han desaparecido en éste cual fugitiva sombra asemejándose a la leve espuma llevada por la tempestad o al humo que el viento disipa con la t e mprana catástrofe experimentada en 26 de diciembre (día aciago, funesto y fatal para toda la nación ) por permitirlo así la Divina Providencia, mediante

139 (No se celebra ca, blldo.J

(Prov éese q u e s e vistan de luto los capitulares y q u e se c elebren honras fúnebres por la muerte de la reina Isabel de Bragan• za ]

(Procurador gene- ral emite su opinión sobre pago de honorarios médicos por visitas.)

(Expediente sobre el antes menciona• do particular a rolar entre los capitulares.]

ACTAS DEL CABILDO

uno de sus adorables arcanos; queriendo este consistorio, ya que ha sido el primero de América a quien se [f. l60v,J/ ha transmitido este inexplicable disgusto y en el que no halla lugar fixo para su sosiego, dar pruebas a un mismo tiempo de su inveterado amor, fidelidad y de la grave y excesiva pena que le acompaña acordó: Que cada cual de sus individuos se vista inmediatamente de luto, a su costa, con arreglo a la última disposición soberana de la materia. Que se celebren con la brevedad posible exequias en la Santa Iglesia Catedral, con asistencia del Ilustrísimo Señor Obispo y caballero eclesiástico, del señor gobernador y capitán general, nuestro digno presidente, venerables comunidades, jefes y cuerpos militares y políticos, el día que se acuerde con su señoría Ilustrísima; a cuyo efecto y para el de intervenir en las insinuaciones políticas y necesarias, dirección, cuenta y razón de los gastos que ocurran y deben ser almados del fondo de propios diputó a los señores alcalde ordinario de (f. 161 ]/ l.ª elección y caballero regidor don Diego Pizarra, a quienes se dará testimonio de este acta y orden al mayordomo de propios a fin de que haga la satisfacción de los citados gastos.

El caballero síndico procurador general representó lo que le pareció más justo y arreglado en el expediente instruído acerca del pago de visitas de médico y demás que expresa. Y vista se acordó: Que role este expediente en los señores alcaldes y caballeros regidores a fin de que si algo más les ocurre acerca de su contenido se sirvan exponerlo *como que* como que el asunto de que trata es útil y necesario al público y con relazión a antecedentes de que no están impuestos muchos de los señores por haber entrado a servir sus empleos con pos-(f· 161v·J/terioridad a ellos.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Davila y Quiñon es [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

140

[15 DE MARZO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los quince días del mes de marzo de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, don Lorenzo Ortiz de Zárate y los caballeros regidores, alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz; y capitán don Santiago de Córdova. Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad; y por ocupazión en la Junta de Real Hazienda [ f. 162]/ el señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, oidor honorario y fiscal de justicia y real hazienda .

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 11 del corriente, confirmatorio del acuerdo del día ocho. Y se acordó: Quedar enterado y archivarse.

Se vio otro oficio del mismo señor, de 12 de los propios, con que acompaña su señoría otro del señor intendente del día anterior en que le pide en calidad de reintegro la suma de 6,000 pesos del residuo del impuesto que se recauda para la fábrica del relax por el regidor diputado don Diego Pizarra, a causa d e la ne cesidad en que se halla la real hacienda en el día de numerario para llenar sus atenciones. Y para poder con-[f- 162v·]/textar el señor capitán general el precitado oficio pide que este cabildo le dé su informe. Y se acordó: Que para llenarlo en la forma posible *se pasen estos mismos oficios * se pida el suyo al caballero regidor don Diego Pizarra, quien lo evacuará para el inmediato cabildo, como única persona que corre con este ramo.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó el ayuntamiento, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

* Lo comprendido e ntre asteriscos aparece tachado en el original.

[Gobernador e o n• firma acuerdo ca• pitular.]

[Gobernador p i d e informe sobre préstamo de 6,000 pe• sos que solicita el intendente ]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [93]
141

[No se accede al préstamo solicitado por el intendente.)

[Se presentan 1 a s cuentas de propios de 1818, las q u e s o n referidas al procurador g e n eral .)

ACTAS DEL CABILDO [94]

[22 DE MARZO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y dos días del mes de marzo de mil ochocientos diez y nueve años, concurrieron a esta consistorial [sic] los (f. 163 ]/ dos señores alcaldes ordinarios, coronel, don Lorenzo Ortiz de Zárate y capitán don Manuel Dávila; los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz y don Tomás Dávila; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vizente de los Reyes. Los demás señores no concurrieron por aus encia y enfermedad; y por ocupación en la junta de rem ates el señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fi scal de justicia y real hazienda.

En este cabildo dio su informe el caballero regidor don Diego Pizarra acerca del residuo del impuesto del relax y p etición del señor intendente de que se trató en el anterior cabildo. Y visto se acordó : Transmitirlo al señor gobernador y capitán general con devolución de los oficios d el señor intendente manifestándole la imposibilidad de poderse acceder a su solicitud. (f· l6Jv ] /

El esscribano presentó las cuentas de propios y arbitrios correspondientes al año próximo pasado, que la Junta Municipal pasa a este ayuntamiento para el curso correspondiente, de cuyas cuentas se advierte el alcance a favor del mayordomo administrador la suma de 192 peso s, [roto] real y 12 maravedies . Y se acordó: Dar vista al caballero síndico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca .

[Procurado r general i nforma sobre exped iente relaciona do con la p e rce pció n de l os der ec hos so bre p as ajes y corrales d e pesca.)

[Informe del ayuntam iento a 1 r especto. )

Habiendo representado el caballero síndico procurado r general lo que le pareció justo y arreglado en el expediente que trata sobre la utilidad o perjuicios que pueden resultar al público e industria de que este cabildo continúe percibiendo los derechos de pasajes y corrales se acordó : Informar al señor gobernador y capitán general lo siguiente = «Señor Gobernador y Capitán General. = Este ayuntamiento ha visto la anterior representación de su caballero síndico procurador general y la encuentra justa y arreglada, sin quedarle otra cosa que añadir sino que en vista de lo qu e contie-[f. 164 ]/ [sic] y cuanto más a vuestra señoría le consta en la materia no resultan perjuicios sino mucha utilidad al público en que esta corporación conti-

142

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

núe percibiendo los productos de estos ramos que invierte debidamente.»

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[95]

[29 DE MARZO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Cabildo de San Juan de Puerto Rico, para celebrar ca29 de mar- bildo ordinario, como es de uso y costumbre, zo de 1819. concurrieron a esta sala [f. 164v· J/ consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de l.º y 2.0 voto, coronel, don Lorenzo Ortiz de Zárate y capitán don Manuel Dávila; y lo s caballeros rexidores, don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero. Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad; el señor teniente de gobernador, ocupación; y lo mismo en las juntas de remates el señor fiscal de justicia y real hacienda, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de l a Real Audiencia de Cuba [sic].

El señor alcalde ordinario de prime r voto determinó el expediente suscitado entre don Miguel Fox y Pedro Marchán sobre puntos concernientes al arrendamiento de los asientos de corrales del caño de Martín Peña, disponiendo según lo que de él resulta: Que don Miguel Fox siente la casa de habitación y tienda, co n los permisos competentes, ,2ue siempre han tenido los corraleros en la cabeza del Puente antiguo, donde parece las construían antiguamente los arrendatarios en la cuerda de tierra que allí les estaría señalada en el terreno que pertenecía al Hato del Rey; que no se puede impedir a persona alguna que tenga canoas o botes (f- 165 ]/ para traficar por los caños; y que no habiendo Fox rematado otra cosa que los asientos de corrales de pesca, cuyo t é rmino l e corre desde l.º del corriente año, debe presentar las fianzas por la suma del arriendo para que se le libre el competente recudimiento [?]. Y se acordó: Que se haga saber esta determinación

[Fallo dado por el alca lde ordinario de primer voto en la causa del arrenda• tario de l os corra· les de p e s c a de Martín Peña.)

143

[A comunicarse dicho fallo al arren· datario.]

1Don Pedro Arroyo presenta título de escribano público de Mayagüez.]

[Ayun tamjento es invitado a concurrir a las procesiones de Semana San• ta.]

ACTAS DEL CABILDO

al citado don Miguel Fox para su cumplimiento y hallándose ausente por medio de oficio, que librará el presente esscribano al señor alcalde ordinario de Cangrejos, a fin de que se sirva hacerle la notificación en forma.

Se presentó don Pedro Arroyo, vecino del partido de Mayagüez, con e l título de esscribano público de él, que le ha librado el señor gobernador y capitán general de esta isla en 26 de los corrientes a virtud del remate que ha celebrado del mencionado oficio; a fin de que se tome razón de él en este ayuntamiento y se l e devuelva con la diligencia que lo acredite. Y se acordó : Conforme, [f. l 6Sv. ] / practicándose según u so y constumbre [sic ].

Se recibió un oficio de los mayordomos de las Cofradías de Altagracia y Santa Rosa pidiendo que el ayuntamiento, como lo tiene de costumbre, concurra a las procesiones de Semana Santa. Y se acordó: Asistir en los propios términos que se executa anualmente.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [ rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Gabriel Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. ri ! ~T~·- l -1

[96]

[19 DE ABRIL DE 18 19.]

[No se celebra ca• bildo por falta de quórum.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve días d el mes de abril del mil ochocientos diez y nueve años, para celeb...·ar cabildo ordinario se reunieron solo en esta [sic] [ f. 166 ]/ casas consistoriales el señor don Lorenzo Ortiz de Zárate, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, coronel y comandante del cuerpo de caballería de esta isla, *don Lorenzo Ortiz* alcalde ordinario de primer voto; -el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, alcalde provincial perpetuo por su majestad y fiscal de justicia y real hacienda; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vizente de los Reyes Y no habiendo concurrido los demás señores por ausencia, enfermedad y ocupación no se celehcó e l

* Lo comprendido entre asteriscos aparece t achado en el original

144

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

cabildo, lo que pongo por diligencia, de que doy fee. = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano del cabildo ( f- 166v.] /

[97]

[26 DE ABRIL DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautis ta de Puerto Rico, a l os veinte y seis días del mes de abril de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, don Lorenzo Ortiz de Zárate, coronel, comandante del regimiento de caballería , y don Manuel Dávila, capitán del mismo cuerpo; y los caballeros rexidores, alcalde provincial, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hacienda; y don Gabriel Zepero. Los demás señores no concurrieron por s u ausencia, ocupazión y enfermedad.

El caballero regidor don Gabriel Zepero presentó la certificazión de la secretaría de intendencia que acre dita haberse puesto en ella los testimonios de su remate a fin de que como oficio de menor cuantía se ocurra por su real confirmación, cuyo documento exibe, en virtud de lo dispuesto por real orden del asunto, con objeto de que tome conocimiento de esta pieza a virtud (f. 167]/ de la cual ya su oficio no puede caducar por falta de la real confirmazión. Y se acordó: Haberlo por presentado; que se tome razón de él y se devuelva al caballero regidor que lo presenta.

Don Gersualdo Gallá, don José Barbado y don Eugenio Ximénez exibieron los títulos de esscribanos públicos de los partidos de la Aguadilla, Añasco y Caguas, librados por el señor gobernador y capitán general de esta isla a virtud del remate que han hecho de estos oficios, a fin de que este ayuntamiento se sirva mandar tomar la razón competente y se les devuelvan diligenciados. Y se acordó: Conforme en los términos de uso y constumbre [sic].

Se presentó don Juan Soler, arrendatario del pasaje de Palo Seco, manifestando el estado deplorable o ruinoso en que se halla la casa de material que el ayuntamiento 11.

[Regidor don Gabriel Zepero presenta certificación d e la intendencia sobre rema te de su oficio y respecto a 1 a confirmación real del mismo )

!Se presentan tftu1 o s de escribanos públicos de AguadHla, A fi a s c o y Caguas.J

[Significase es tado ruinoso de la casa del pasaje d e Palo Seco.)

145

IA prepararse cál• culo de gastos pa• ra la reparación de la referida casa.]

!Diputado del abasto de harinas seña• la imposib ilidad en que se continúe la contrata que sob re este r en gló n se bi• z o con don Guillermo T. Shotwell.]

[Aludido asentis ta a expresar s u crite• rio a l respecto.]

ACTAS DEL CABILDO

tiene en aquel sitio a fin [f. 167v.] / de que se recomponga. Y se acordó : Pasar la solicitud al caballero rexidor don Tomás Dávila, como vecino inmediato a Palo Seco, para que a su presencia reconozcan los alarifes de esta ciudad, a quienes se notificará el día que dicho regidor designe, la casa de que se trata y formen el cálculo de lo que puede importar la obra y fecho dará cuenta al ayuntamiento para la providencia que corresponda.

El caballero regidor don Diego Pizarro, diputado del ramo de harinas hizo presente, por un oficio, la imposibilidad que se toca de poder continuar la contrata que se había celebrado con don Guillermo T . Stowell por las varias razones que expresa; y que este contratista estaba pronto a separarse de la contrata porque al mismo tiempo que le es gravosa al cuerpo capitular no le es a él de ninguna conveniencia. Y se acordó: Que se imponga al contratista don Guillermo T. Sotwell de lo expuesto por el caballero r exidor diputado en su oficio para que en el caso de estar llano a disolver [ f- 168 ]/ la contrata manifieste su conformidad con devoluci ó n del documento o testimonio que de ella le fue conferido a fin de acordar lo conveniente.

(Don Miguel F o x interesa d a r p o r concluido el rema• te que h izo de los corrales de pesca de Martí n P eña. ]

[Ayu n tamie nto i n• forma al goberna• d or que es de la com petencia privativa de l a J u n ta Mun icipa l el deter• m i n ar sobre cesación de r emates.]

Se recibió un memorial que don Miguel Fox, arrendatario de los corrales de Martín Peña, presentó al señor capitán general pretendiendo, por las ra zo nes que alega, resilimiento [sic] del remate que celebró; el cual documento pasa su señoría, con decreto de 17 d el corriente, a este ayuntamiento para ser oído y d es pués llevarse al señor a ses or. Y visto se acordó informar a su señoría lo siguiente:

«Señor Gobernador y Capitán Ge n e ral. = Informe . Nada puede instruír al tribunal de vues tra señoría, m e jor de lo que se ha pra ctica do, acerca del particular refe rido por el extranjero Fox que el mismo expediente original al efecto se acompaña, suplicando a vuestra señoría su devoluzión recomendándole para la debida corrección el estilo indecoroso y ofensivo con que [ f. 168v·J/ se produce el enunciado individuo y hacié ndole prese nte que la separación y resilimiento [sic] del remate que propone es materia que no pertenece a este ayuntamien to sino privativa y exclusivamente a la Jun ta Municipal donde fue celebrado.»

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de qu e doy fee. = Z a rate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Zepero [rúbrica ] = An te

146

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mí Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano rea l y de cabildo .

[98]

[4 DE MAYO DE 1819.]

En el día cuatro de mayo de mil ochocientos diez y nueve años no se celebró cabildo por no haber concurrido a la sala mas señores que los dos alcaldes ordinarios, lo que anoto para constancia. Escalona [ rúbrica ].

[99]

[10 DE MAYO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez días d el mes de mayo de mil ochocientos [f- 169 ]/ diez y nueve años , para celebrar cabildo ordinario , como es de u s o y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorenzo Ortiz d e Zárate ; y los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de I sabel la Católica y comisario ordenador honorario; y don Tomás Dávila. Los dem ás señores no concurrieron por a usencia, ocupación y enfermedad.

En este cabildo dio cuenta el esscribano d el expediente qu e trata acerca de que se disuelva la contrata de harinas celebrada entre el Excelentísimo Ayuntamiento y el comerciante don Guillermo T. Sothwell . Y vista la diligencia sentada en el citado expediente, firmada por Sthwell con devolución del documento [ f. 169v. ] / d e que se hi zo mérito en 26 de abril último y el allanamiento a separarse de la contrata que había celebrado como gravosa a ambas partes, se acordó : Disolverla en toda forma y que el expediente pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal donde para el de l a contrata a fin de que allí se practique lo más que corresponda.

El caballero síndico procurador general evacuó su representación en las cuentas de propios y arbitrios y como exprese h allarlas arregladas y comprobadas pide su apro-

(No se celebra cabildo por falta de q116r11m.J

[Por acuerdo de l a s partes se disuelve la contrata d e 1 abasto de harina s. 1

[Procurador general solicita aprobación de las cuentas de propios de 1818, Jo q u e en efec t o se

147

provee, remitién • dose las mismas a la Jun ta Municipal.)

[Gobernador decreta exención de pago de pasajes para los milicianos que v i e n e n a prestar servicio.)

ACTAS DEL CABILDO

bación; en cuya virtud se acordó aprobarlas y que pasen, previas las urbanidades de estilo, a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para los objetos convenientes y fines de su instituto.

Con lo que (f. 17º]/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica]. esscribano real y de cabildo.

[100]

[24 DE MAYO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cuatro días del mes de mayo de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic] , concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla, caballero de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo y don (f. 110v· ]/ Manuel Dávila, capitán del mismo regimiento; los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario; don José María de Torres Vallejo, fiel executor; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Tomás Dávila, don Gabriel Zepero; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vizente de los Reyes. No concurrieron, por ocupación, el señor teniente de gobernador y auditor de guerra; el caballero regidor don Diego Pizarra; por hallarse en el capitán [sic], el señor alférez real, don Fernando Dávila y don Tiburcio Villafañe; y por indisposición de salud, el señor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real y hazienda de esta isla .

En este cabildo se abrio un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 14 de mayo corriente, en que su señoría manda acordar la exención de pago en los pasajes a los individuos de Milicias que vienen al servicio de guarnición, caso que no lo esté en el remate de dichos pasajes, [f. 171 ]/ según la reclamación que hizo el comandante de

148

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dicho cuerpo. Y se acordó : Conforme; y que el presente esscribano lo notifique en la forma de estilo, dando cuenta de haberlo executado.

S e leyó otro de 22 del corriente mes con que acompaña dos exemplares del reglamento formado por el señor regente de la Real Audiencia del distrito sobre la administración y manejo del ramo de p enas de cámara para la inteligencia y cumplimie nto de los seño re s alcaldes ordinarios. Y visto se acordó : Quedar ente rado de dicho oficio ; conte starse como el ante rio r por m e dio del testimonio de este acu e rdo y ent re garse uno de los exe mplares a los seño res alcaldes ordina rios para su inteligencia , ar chiv án d ose el o t ro con e l oficio de su s e ñoría para la d e bida constancia .

Se presentó en es t e c a bildo el título de e s s cribano público qu e el señor c a pitán gen er a l libró a don Ma tías Vida !, que remató e ste oficio por lo r e spe ctive al [f 171v• J/ partido d e Ponze. Y s e a co r dó: H ab e rlo por presenta do ; qu e se tome d e él la r a zó n en el libro competente y devuelva al interesado con nota qu e acredite esta pres e ntazi ón y toma de razón.

Se prese ntó el r e vere ndo padre predica d o r fray Ma nuel d e Casa Ve rde , d el Ord en de Pre dicadores, exponiendo que desea dar a s u pre lado sup erior una prueba n a da e quívoca de su conducta r egul a r , ya mie ntras fue prior de dicho conven to como después, e n cuya virtud solicita que este ayunt a mie nto le certifiqu e a continuació n d e su p edimento, qu e le d e vuelva , cuanto se le ofrecie re en la materia. Y se acordó : Ce rtificar lo siguiente =

«Siendo constante y notorio que el r eve r e ndo padre predicador fray Manuel de Cas a Verde ha sido prior d el convento de reve r e ndos padres predicadores d e e s ta ciudad y en el día lector de t e ología d e vísperas , que ha mostrado siempre una conducta muy conforme y ajus tada a su monacal instituto y al lus tre y esple ndor de su reli gi ón ; tanto que p o r el bue n nombre d e ésta y con el lauda ble fin del ad elanto de la juventud d e la i s la reunió algún tie mpo a la cátedra d e vísperas [f. m]/ l a d e prima y leyó en el de su p r iorato m á s de la mitad de un curs o de filosofía por falta de lector que la d esempeñara; y que constantemente ha merecido el conce pto público y distinguido apr ecio de las autoridades por su política afabilidad y armonía que con todas indistintamente ha llevado; dando al mismo tiempo pruebas n ada equívocas de su amor a l soberano

[Gobernador remit e dos copias del r egl am en to sobre la a d mini st r ació n y man ejo d e la s p en as d e cámara .]

(Una de las r efer idas c opias a se r e ntregada a los alcaldes ordinarios .]

[Se prese n ta título d e es cribano público de l partido d e P o n c e li brado a favor de don Ma• óas Vida!.]

(Dominico fray M an uel de Casa Ver de solicita atestado sob re su con d ucta .]

(Provéese el al ud id o at esta do .]

149

!Cur a de R ío P ied r as s olici ta se r r eco nocido c o m o in q uilin o c ensa t ario de 1,000 p esos l

IA l a pres en t ación d e c ier tos document o s q ue se le exijen el a l ud ido c ura q uedará r e co no ci do como tal i nquili no ,!

!Cabildo informa reservadamente sobre particulares señalados en oficio d el g o bernador .J

ACTAS DEL CABILDO

tanto en sus conversaciones sociales cuanto en el púlpito, exerciendo las funciones de su ministerio, así se lo certifica este ayuntamiento, para los fines que puedan convenirle, en su Sala Capitular de Puerto Rico.»

Se vio otra solicitud del presbítero cura de Río Piedras en que pide ser admitido al reconocimiento de un capital de mil pesos que antes corrió a cargo de don Joaquín de la Torre prometiendo hipotecarlos en una casa alta que posee en esta ciudad. Y se acordó : Que exibiendo la esscritura d e propiedad de la [f. 112v. ] ¡ casa que expresa y certificazión del anotador de hipotecas que trate de la libertad de gravámenes se le admitirá al reconocimiento que solicita del capital de 1,000 pesos que antes reconoció don Joaquín de la Torre y traspasó su viuda, sin conocimiento de esta corporazión, librándosele certificación de este acuerdo con el fin de que por lo respective a este capital no se le infieran perjuicios con tal que no demore la exibición de documentos y formazión de la nueva escritura de reconocimiento cuando en vista de ellos se determine .

Este cabildo acordó informar al señor gobernador y capitán general reservadamente lo que le ocurre acerca de los particulares que comprende su oficio reservado, fecha, 22 del corriente, que se acaba de recibir, el cual con copia de lo certificado se cerrará , sellará y depositará en el archivo por el presente escribano, dándose al señor gobernador los triplicados t estimonios de todo.

Con lo que [ f. 173 ]/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia , de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernai z [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Reyes [rúbrica] = Ante mí = Tomas d e Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo .

[101]

[7 DE JUNIO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de Puerto Rico, a los sie te dí a s del mes de junio de mil o chocientos diez y nueve, para c elebrar cabildo ordinario, como es de uso y co nstumbre [sic], concurrie ron a esta sala consistorial el s eñor alcalde o r dinari o de s egundo voto, don Ma nuel

150

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Dávila, capitán de caballería; y los caballeros regidores, señor don Manuel Hernáiz, alguacil mayor, comendador de la Orden Americana de Isabel [f, 173v•J/ la Católica y comisario ordenador honorario ; don Santiago de Córdova, capi tán; y don Gabriel Zepero . El señor auditor de guerra, señor alcalde de primer voto y señor alcalde provincial no concurrieron por indisposición de salud; y los demás señores por ausencia y ocupación .

En este cabildo presentó don Feliciano Pérez Capote el título de esscribano público del partido de Río Piedras, que le libró en veinte y siete de mayo último el señor gobernador y capitán general a virtud del remate que en junta de almonedas se celebró a su favor. Y visto se acordó: Tomar razón de él en el libro correspondiente y devolverse al interesado con nota que lo acredite.

Y no habiendo otra cosa que tratar se concluyó este cabildo. En cuyo estado el señor regidor decano hizo pres e n t e que el señor capitán general en el día de ayer le comunicó la celebración de honrras por las almas de los señores reyes padres con objeto de que mandase citar a los señores que [f. 174]/ componen este ayuntamiento para su concurrencia. Y se acordó : Quedar enterado de esta exposición y concurrir en la forma de estilo el día de mañana, que es el señalado para la función = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano de cabildo.

[102]

[14 DE JUNIO DE 1819.J

En Puerto Rico, a los catorce días del m es d e junio de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario se reunieron en esta sala consistorial el señor alcalde ordinar io de segundo voto, don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, s eñor don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica [f. 174v•J / y comisario orde nador honorario; don Santia go d e Cór dova y don Gabriel Zepe ro. El se ñor auditor de gue rra, el señor alcalde ordinario de 1.cr voto no concurrieron por o cupación; el s eñor alcalde provincial, por in-

[Do n Feliciano P érez CaPote presenta titulo de escri• b a n o público del parti do de Río P iedras.)

[Ay untami ento asistirá a h o nras fúnebres en sufragio de las almas de los reyes padres ]

151

[Se presenta cuenta de gastos incurridos en traer el fluido vacuno des• de San Tomás.]

(A pagarse d i e h a cuenta de los fondos de p ropios.]

ACTAS DEL CABILDO

disposición de salud; y los demás señores por estar ausente [sic].

En este cabildo se recibió un oficio que pasaron al señor capitán general el caballero rexidor diputado de vacuna y el director y vicedirector de este ramo manifestan to a su señoría que por haberse perdido el fluído involuntariamente fue forzoso hacerlo venir en brazos de una mujer desde San Tomás, cuyos costos manifiesta el doctor don Jos é de Vargas, encargado de ello, por una cuenta ascendente a 73 pesos, 2 reales, cuyos documentos pasa el señor gobernador a este cabildo con decreto de 11 de los corrientes. Y siendo, como es, este gasto uno de aquéllos que el cabildo como para bien de su pueblo ha siempre satisfecho de los fondos de sus propios, con conocimiento del señor gobernador y capitán general, y que su señoría lo tiene [ L 175] / en esta ocasión por los documentos expresados se acordó: pago en los p rop ios términos que en distintas épocas se ha verificado, pasándose al mayordomo de propios este expediente al intento y con el fin de que tomand o el competente recibo del interesado le sirva de do cumen to bastante para las cuentas de su administración del presente año.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbri ca ] = Cordova [rúbrica] = Z epe ro [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo. [f. 175v•J/

[103]

[21 DE JUNIO DE 1819.]

En Puerto Rico , a los veinte y un días del mes de junio de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario se r eunieron en la sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, don Lorenzo Zárate, caballero de la Cruz y Placa de la Real y Militar Orden de San H ermenegildo, coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla; y el d e segundo voto, capitán don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, fi el executor, don José María de Torres Vallejo; y don Tomás Dávila. El señor teniente gobernador no concurrió por ocupazión ; por enfermedad, el señor alguacil mayor y señor alcalde provincial; y los demás señores por estar ausente [sic].

152

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Y no habiendo asuntos pendientes que tratar en el día se retiraron dichos señores, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = de Torre s y Vallejo [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Tomas d e Escalona [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 176 ]/

[104]

[S DE JULIO DE 1819.J

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad d e San Juan B autista de Puerto Rico, a lo s cinco días d el mes de julio d e mil ochocientos diez y nueve años, p a ra celebrar cabildo ordinario, como es de uzo y constumbre [ sic ], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial; el fiel executor, don Jos é María d e Torres Valle jo; y el capitán don Santiago de Córdova.

En este cabildo presentó el presbítero don José Andrés de la Peña los documentos que se le exibieron [sic] para verificar el reconocimiento de un capital correspondiente a los fondos de propios y arbitrios de esta ciudad y se acordó lo siguiente =

« En atención a que el presbítero cura de Río Piedras, don José Andrés de la Peña, ha presentado el do cumento de propiedad de su casa y certificación [f. 176v· J/ de la libertad de gravámenes, que se le exigieron en acuerdo de 24 de mayo último, se le admite por inquilino tenedor d e l capital de mil pesos que antes tuvo a su cargo don Joaquín de la Torre, debiendo reconocerlos por esscritura pública, con fiadores de las calidad es de la ley, pero con la precisa condición que ha de presentarla en el inmediato cabildo y acompañar a e lla documento que acredite la tasación de la finca hipotecada y que exceda en más del tercio libre de gravámenes a la cantidad del censo, sin cuyo r e quisito quedará sin efecto su admisión por censuatario o inquilino. [ » J

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = de Torres y Vallejo [rúbrica] = Cordova

!Se levanta sesión por no haber asuntos a considerar.]

[Cura de Río Pied r a s presenta la documentación que le fuera exigida para ser reconocido c o m o inquilino censatario.)

[Se fijan condiciones bajo las cuales el referido c u r a quedará re cibido c o m o inquilino c ensatario.)

153

[Gobernador remire copla de r e a 1 orden de I de mayo de 1819 proveyendo para que los mili tares retirados puedan recurrir a las justicias ordinarias siempre que se les ofrezca alguna pretensión en que dichos magi s• trados puedan actuar.!

[Cura de Río Piedras sollci ta prórroga para la presentación de la escritura que le fuera r equerida.!

(S e a c c e d e a la prórroga solicitada.!

ACTAS DEL CABILDO

[rúbri ca] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[105]

[12 DE JULIO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los doce días del mes de julio de mil ochocientos diez y (f. 177 ]/ nueve años , para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla, don Lorenzo Ortiz de Zárate; y don Manuel Dávila, capitán de dicho cuerpo; y los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica, comisario ordenador honorario; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda, alcalde provincial; y don Gabriel Zepero. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad.

En este cabildo se vio una real orden de l.º de mayo último, que dirige el señor gobernador y capitán general, y trata sobre que los militares retirados de cualquiera graduazión que sean acudan a las autoridades o jueces ordinarios siempre que se les ofrezca alguna [f mv.J/ pretensión particular por el conducto de sus inmediatos jefes, según expresa, y menos en los casos que menciona. Y vista se acordó : Quedar enterado de ella; que se archive tomada la razón y conteste al señor capitán general su recibo por el testimonio de este acuerdo.

Se leyó la solicitud del presbítero don José Andrés d e la Peña, en el asunto pendiente sobre reconocimiento de un capital de mil pesos correspondientes al fondo de propios, con inclusión de las tasaciones de la casa que ha de hipotecar, pidiendo que se le dispense, por las causas que alega, la presentación de la esscritura hasta el siguiente lunes. Y se acordó: Acceder a la prórroga que esta parte solicita devo lviéndoseles las tasaciones de la finca que ha de hipotecar para el otorgamiento de la esscritura que pre-

154

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

sentará en el cabildo inmediato con acumulación de aquéllas.

Se recibió un oficio del doctor don Francisco Oller, m édico honorario de cámara de su majestad, [f. 178 ]/ en que transcribe una real orden de 9 de mayo último por la cual su majestad le ha nombrado visitador general de sanidad de esta isla, cuya real determinación le comunicó el señor gobernador y capitán general de esta isla en 5 del corriente mes y año. Y visto se acordó : Haberlo por recibido y que se archive para los efectos convenientes en lo sucesivo participándose este acuerdo al interesado.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee . = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = H e rnaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo.

[106]

[19 DE JULIO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los diez y nueve días del mes de julio de [ 1 • 178v·J/ mil ochocientos diez y nueve, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala casa consistorial el señor alcalde ordinario de segundo voto, capitán de caballería, don Manuel Dávila; y los caballeros rexidores , don Santiago de Córdova y don Tomás Dávila. El señor auditor de guerra no concurrió ni el señor alcalde provincial por ocupación de sus ministerios . El señor alcalde ordinario y rexidor señor don Manuel Hernáiz, alguacil mayor, y don Gabriel Zepero no asistieron por indisposición de salud ; y los demás señores por estar ausentes .

En este cabildo prese ntó el presbítero cura de Río Piedras la escritura censual de mil pesos que se le mandó traer el cabildo anterior. Y vista se acordó : Haberla por prese nt ada, tenerse por bastante, en cuya virtud se le d evuelva para la toma de razón en el oficio de hipotecas y tra yé ndose con este requisito y el expediente que la motiva se proveerá conforme.

Con lo qu e [f 179 ]/ y no habiendo más que tratar en este día se concluyó el cabildo, que firmó Su Excelencia,

155 [Comunicase r e a 1 orden de 9 de mayo de 1819 designando al d o c t o r do n Francisco Oller visitador general d e sanidad de 1 a isla. ]

[Cura de R ío Piedras presenta escri• tura censua l que le fuera requerida, la cua l debe registrarse ante el ano tado r de hiPo tecas. l

[Gobernador solicita informe respecto a la pos ib ilidad de que de los fondos de propios se sufrague la manu• ten ción de varios presos del bergantín Santiago. )

[Dado el e s t a d o precario de la hacienda municipal ésta no puede asumir la indicada manu ten ción.]

ACTAS DEL CABILDO

de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Toma s de Escalona [rúbrica], anotador interino.

[1 07 ]

[27 DE JULIO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete días del mes d e julio de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario se reunió el señor alcalde ordinario de primer voto, don Lorenzo Ortiz de Zárate, coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla; y los caballe ros regidores, fiel executor, don Jos é María de Torres Vall ejo; don Santiago de Córdova , don Tomá s Dávi la y don Gab r iel Zepero. El señor alcalde ordinario de segundo voto no concurrió por indisposición de salud; el señor auditor de guerra y señor alcalde provincial, por ocupación en sus respectivos ministerios; y los [f 179v·]/ demás señores por ausencia y enfermedad.

En este cabildo pasó el señor gobernador y capitán general, con decreto de 23 del corriente para el informe correspondiente, el oficio que pasó a su señoría el comandante militar de Marina de esta isla con inserción de otro del excelentísimo señor comandante general de Marina de la Habana tocante a la manutención de varios presos del bergantín Sa ntiago que se hallan en la real cárcel de esta plaza, y que se hiciera si hay posibilidad de los fondos de propios. Y visto se acordó informar lo siguiente = «Señor Gobernador y Capitán General. = Para socorrer la necesidad en que se hallaban los presos de la real cárcel que no pue den por sí mantenerse en ella fue necesario destinar el sobrante del ramo de carnecería después de pagada la limpieza de la ciudad a motivo de que la corta limosna que se recogía para su alimento no alcanzaba a proporcionárselo; y siendo excesivo el número de dichos presos que siempre se hallan en arresto, por que esta cárcel recibe los de toda la isla a causa de la poca seguridad de las de los campos, no es suficiente el arbitrio excogitado para su precisa mantención; por esta razón y la de hallarse el fondo de propios en imposibilidad extrema de hacer nuevos gastos, no pudiendo cubrir los de su obliga-

156

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ción respectiva, no debe [ f. 180 ] / entrar a reportar el alimento de los presos que se indican pertenecientes al ramo de Marina, que siempre han sido sostenidos por ella, cuando ni los dependientes asalariados del cabildo están satisfechos de sus sueldos y ni se pueden principiar algunas obras de necesidad y utilidad a los mismos fondos de propios aunque sean de poco valor.»

El presbítero don José Andrés de la Peña presentó, con la toma de razón en el oficio de hipotecas, la esscritura de reconocimiento y expediente de que se hizo mérito en el anterior cabildo, pidiendo la d evolución de la antigua de don Joaquín de la Torre para su chancelación y certificación del presente esscribano del contenido de este expediente para unirla al protocolo del que otorgó el instrumento. Y se acordó : Conforme, pasándose todo a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal, en donde existen las escrituras censuales, a fin de que colocando la presente se devuelva la antigua en los términos que siempre ha sido de costumbre .

Se presentó [f ISOv.J/ el maestro de escuelas, don Antonio Chieza, pidiendo permiso para pasar a curarse al campo y dejar en su lugar a don Ramón Lacomba. Y se acordó : Pedir informe al caballero rexidor diputado de escuelas, don Diego Pizarro.

Se vio el expediente instruído por J osé Alonso para que se le abonen 65 pesos, 5 reales, 20 maravedíes, que impendió, de orden verbal del señor gobernador y capitán general, en la asistencia de un virolento; y cuyo expediente pasa s u señoría a este ayuntamiento para que disponga lo conveni ente al pago inmediato de la cantidad que se reclama. Y se acordó : Llevarlo a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para la orden de pago.

Con lo qu e se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy feee [ sic]. = Zarate [rúbrica] = lose Maria de Torres y Vall ejo [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Dav ila y Quiño nes [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f. 181 ]/

[108]

[9 DE AGOSTiO DE 1819.]

En Puerto Rico, a los nueve días del mes de agosto de mil ochocientos diez y nueve, no habiendo concurrido para

[Cura de Río Piedras presenta escri .. tura censual ya registrada por el anotador de hipotecas, la cual es trasladada a la Junta Municipal para su ar· chivo.]

[Maestro de escuela , d o n Antonio Ch i e s a, solicita permiso para trasladarse al campo a restablecerse de salud.)

[Gobernador orde• na pago de servicios por asistencia a un virolento.!

[Junta Municipal a librar orden para efectuar el referido pago. )

157

INo se celebra ca• bildo por falta de quórwn.J

ISe participa nombramiento de don Juan de Dios Rubión como capitán del puerto.)

ACTAS DEL CABILDO

celebrar cabildo ordinario mas que los dos señores alcaldes ordinarios y el caballero regidor don Tomás Dávila dejó de hacerse por falta de señores vocales respecto de hallarse enfermo el señor alguacil mayor, muy ocupado en funciones de su ministerio el señor alcalde provincial, y lo mismo en la diputazión el fiel executor; y los demás señores ausente [sic] en el campo; lo que pongo por diligencia y doy fee. = Tomas Escalona [rúbrica]. (f 181•·]/

[109]

[23 DE AGOSTO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y tres días del mes de agosto de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor don Lorenzo Ortiz de Zárate, caballero de la Cruz y Placa de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla y alcalde ordinario de primer voto; los caballeros rexidores, fiel executor, don José María de Torres Vallejo; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vizente de los Reyes. El señor teniente de gobernador no concurrió por ocupazión; el señor alcalde de segundo voto y el señor alcalde provincial por indisposición de salud; el caballero alférez real y don Tiburcio Villañe [ sic ] por hallarse en el campo; el señor alguacil mayor por indi sposición de salud y don Diego Pizarro por ocupación.

S e abrio un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 5 de agosto presente, *pasado* en que su señoría participa a este ayuntamiento la promoción del teniente de fragata de la real armada don Juan de Dios Rubión ( f. 182 ] / a la capitanía de este puerto, en los términos que al mismo señor se lo notició el comandante de Matrículas de esta i sla, en 29 de julio próximo pasado. Y visto se acordó : Qu edar enterado y contestar a su seño ría por el t estimonio de este acta

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

158
.

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se presentó don Rafael del Rosario Suazo con el título de esscribano público, que en 29 de julio próximo pasado le libró el señor gobernador y capitán general, cuyo oficio por lo perteneziente al partido de Manatí remató en junta de almonedas. Y visto se acordó: Tomar de él la razón en el libro competente y devolverse al interesado con nota que lo acredite.

José Ximénez, de este vecindario, pidió al señor gobernador y capitán general licencia para fabricar una casa terrera en el Alto de San Sebastián y su señoría se la concedió determinando pasar la instancia a este ayuntamiento para que la fábrica se execute con arreglo al artículo 32 del Bando de Buen Gobierno. Y se acordó : Pasarla de nuevo al caballero regidor capitán don [f. 182v· J/ Santiago de Córdova a fin de que como encargado de la policía pase con e l alarife de la ciudad a practicar lo que en tal es casos se executa.

En este cabildo se vio un escrito de Margarita Cordero, presentado desde 27 del mes anterior y que no se había provisto por no haber habido cabildo ordinario d es de aquella fecha, interponiendo apelación para este consistorio de la sentencia pronunciada en el tribunal del superior gobierno, en la demand a que le fulminó María de Jesús Sánchez, de este vecindario, sobre cobro de pesos, en la que se le condena a satisfacer 60 en plata por 180 que la última l e prestó en papeletas en la época de su d escrédito. Pide el nombramiento de conjueces para que con el principal de la causa sustancien y d eterminen el juicio de apelación con arreglo a las leyes. Y visto se acordó: Conforme, nombrándose para conjueces a los caballeros r egidores, fiel executor, don Jos é María de Torres Vallejo y capitán don Santiago d e Córdova, lo que se ha rá saber a quien corresponde por certificación de este acuerdo.

El señor alcalde ordinario de primer voto trajo un oficio que le pasó el señor capitán general, el día 21 del corriente, en que su señoría dic e que para evitar en lo posible la propagación de las enfermedad es [f 183 ]/ que se padecen en esta ciudad ha dispuesto, entre otras cosas, que los cadáveres se de po siten en la casa d e los carros o cementerio para darles cuanto antes sepultura, a cuyo efecto se sacarán de las casas una hora después de fallecer, en cuya providencia está de acuerdo con el Ilustrísimo S eñor Obispo. Que ha dispuesto también, en beneficio de la salud pública, que las camas y ropas que en la enfermedad sirvie-

[Don Rafael del Rosario Suazo presenta titulo de escrib a n o público de Manatí.)

[José Jim énez solicita y se le concede licencia p a r a fabricar casa ter re• ra en el Alto de San Sebastián.)

[Comisión al diputado de policía y alarife sobre e l mencionado particular .¡

ID o ñ a Margarita

Cordero interpone re curso de apelación y solicita nombramiento de jueces para entende r en ésta.)

[Nombramiento de jueces para enten• der en dicha apelación. )

(Disposiciones del gobernador sobre enterramiento de cadáveres y quema de camas y ropas pertenecientes a fallecidos.)

159

(Ayunta m iento design a su diputado para qu e cele respecto a l cumplim ien to de las refer idas disposiciones.!

[Provéese e l pago, en pesos fuertes y en su defecto e n macu qui nos , de la cuenta por l a conducción del ílu ído vacu n o.!

ACTAS DEL CABILDO

ren a los que fallezcan se conduzcan igualmente al cementerio, donde deb erán quemarse, todo lo cual le participa el expresado señor gobernador para que disponga se tomen por el ayuntamiento las providencias competentes a la execución de ambas disposiciones; cuidando en cuanto a la primera , de que los cadáveres estén con la debida decencia; y en cuanto a la segunda, para que se execute puntualmente comisionado al efecto un individuo de su seno, que es lo más acertado y propio en tales casos. Y vis to se acordó : Nombrar para todo al caballero regidor diputado de mes, que lo es [ f. 183v. ] / en la actualidad el capitán don Santiago de Córdova, quien executará cuanto el señor go bernador y capitán general dispusiere en orden a estos puntos tan interesantes al público.

Se acordó que el mayo r domo de propios pague la cuenta del doctor don José d e Vargas, que se mandó satisfacer en acuerdo de 14 de junio, por los gastos de traer de colonias la vacuna, en pe sos fuertes según menciona y caso de no hab erlos con e l demérito de un medio real por peso en l os 73 a que asciende s i se le entregan en moneda macuquina.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zara te [rúbrica] = de Torr es y Vallejo [rúbrica ] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica ] = Zepero [rúbrica] = Reyes [rúbrica ] = Ante mí = Tomas de E sc alona [rúbrica] , esscribano real y de cabildo. [f· 184] /

[11 0 ]

[25 DE AGOSTO DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco días del mes de agosto de mil ochocientos diez y nueve, años, para celebrar cabildo ext raordinario , en virtud de disposición del señor gobernador y capitán gene ral, se reunió el Excelentísimo Ayuntamien to compuesto del mis mo señor; los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, coronel, don Lo renzo Ortiz de Zárate, y capitán don Manuel Dávila; el señor alcalde provincial, don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hacienda; el caballero fiel executor, don

160

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

José María de Torres Vallejo; capitán don Santiago de Córdova, don Tomás Dávila; don Gabriel Zepero; y el caballero síndico procurador general, don Manuel Vicente de los Reyes.

El señor presidente y capitán general hizo presente las disposiciones que la Junta Superior de Sanidad de esta ciudad habrá tomado acerca de las enfermedades reinantes en la población con el objeto de que se corten y que el mal no progrese, como era de temerse en la estación en que nos hallamos, con el fin de que este ayuntamiento acuerde algunas otras que crea necesarias al mismo i ntento. Y se [!· 184v·J/ acordó:

l.º Nombrar cuatro caballeros regidores que se hagan cargo de cada uno de los barrios o cuarteles, de que se compone esta plaza, para que con su asistencia y las más noticias que adquieran por los alcaldes de barrio puedan imponer al señor gobernador de la menor novedad que ocurra en ellos.

2.0 Será de su obligación visitar diariamente los enfermos, saber de qué males adolecen, qu é facultativo les asiste y qu é proporción tienen para sostenerse y proveer del remedio posible a la mayor necesidad, dando cuenta al expresado señor capitán general para que determine el auxilio que deba hacérseles, con lo cual el vecindario en semejante conflicto observará el cuidado y esmero con que se l e mira justamente por los Padres de la Patria.

3.º El barrio de San Juan se encarga al caballero fiel executor, don José María de Torres Vallejo; el de San Francisco, a don Tomás Dávila; el de Santo Domingo o Campeche, a don Santiago de Córdova; y el de Santa Bárbara, a don Gabriel Zepero. Estos caballeros har án que por los facultativos se asistan los enfermos con el esmero y eficacia que acostumbran.

4.º Que los boticarios de esta ciudad reúnan las recetas que por los profesores se despachen gratis, por ser los medicamentos para los indigentes y pobres de solemnidad, en el presente mes y el próximo de (f. 135 ]/ septiembre y concluído éste las pasarán al ayuntamiento con relación de sus valores para ser abonadas las tres cuartas partes del importe de ellas por una regul ación que se hará de sujeto o sujetos inteligentes en la materia; y cuyo costo, por no gravar al público con un nuevo impuesto ni tener el fondo de propios caudal con qué cubrir esta 12.

[Gobernador da a conocer disposiciones dictadas por la Junta Superior de Sanidad respecto a 1 a s enfermedades prevalecientes y orientadas a q u e éstas no se propaguen.]

[Ayuntamiento dicta disposic i o n e s compl ementarias a las enunciadas.]

(l,o Nombramiento de cuatro regidores que informarán al gobernador sobre casos de enfermedad que se registren en los barrios.]

(2.o Obligaciones que se fijan a los aludidos regidores.)

[J.o Se designa a un regidor por ca• da barrio.]

[4.o Recetas de medicamentos p a r a los pobres a s e r pagadas las t r e s cuartas partes de su valor de la contri• bución que se alle• ga para el reloj de la casa consistorial. 1

161

[5.o Informe q u e deben dar a 1 o s regidores los facultativos.)

[6.• Mientras dure este perfodo de enfermedades, d e b e tratarse en todos los cabil dos ordinarios Jo que más convenga a la salud pública.)

ACTAS DEL CABILDO

atención tan recomendable, se hará deduciéndolo del que se recauda para el relox.

S.º Que los facultativos por sí o por medio del alcalde de barrio dén parte al caballero regidor encargado de cada uno de la enfermedad que mueren las personas y si creen o no de necesidad quemar las ropas y muebles de su inmediato uso para providenciar que se execute, lo que los mismos facultativos dispongan, de lo cual también se dará noticia al señor capitán general.

6.0 Y, últimamente, que ínterin pasa esta estación en que más que otra afligen a los pueblos las enfermedades se trate en todos los cabildos ordinarios [f, issv.J/ lo que fuere conveniente a la salud pública con respecto a lo que observen los caballeros regidores diputados y noticias que tomen para mejorar si conviniere l as providencias hasta aquí acordadas.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñon es [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[111]

[31 DE AGOSTO DE 1819. ]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los a los [sic] treinta y un días del mes de agosto de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor don Lorenzo Ortiz de Zárate y don Manuel [f. 186 ]/ Dávila; y los caballeros regidores, capitán don Santiago de Córdova, don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero. No concurrieron, por ocupación, el señor auditor de guerra, el señor alcalde provincial y don Diego Pizarra; por enfermedad, el señor alguacil mayor, el caballero fiel executor; y por ausencia, el caballero alférez real , don Fernando Dávila, don Tiburcio Durán de Villafañe; y el caballero síndico procurador, don Manuel Vizente de los Reyes.

162

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

En este cabildo se vieron dos oficios del señor gobernador y capitán general, fechas, 27 del que expira, confirmatorios de los acuerdos de este ayuntamiento, de 27 de julio y 23 del presente. Y vistos se acordó: Quedar enterado de ellos y archivarse.

En este estado concurrió el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial.

Con arreglo al acuerdo (f. 186v·J/ anterior se trató acerca de la salubridad de esta población y tres de los caballeros regidores diputados de cuartel expusieron que no encuentran, por las noticias que adquieren, que las enfermedades tomasen incremento; pero igualmente hicieron presente qu e no las adquieren exactas y puntuales de los enfermos existentes en sus respectivos cuarteles o manzanas porque ni los alcaldes de barrio tienen ni pueden suministrar las tales ocurrencias a causa de que los dueños de las casas en que existen no las prestan como debían. Y se acordó: Elevarlo por este acta al conocimiento de su señoría a fin de que se sirva tomar la providencia más conveniente para el efecto adicionando el edicto publicado para que ya sean los dueños de las casas en que residan los enfermos lo participen al alcalde del barrio y éste lo pueda hacer al resp ectivo regidor diputado o los mismos médicos que los asisten y que de este modo se consiga el zelo de la salubridad pública y que cada cual llene su privativo deber.

Con lo que se ( f. 187]/ concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[112]

[6 DE SEPTIEMBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los seis días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario se reunieron el señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, capitán don Santiago de Córdova, don Tomás Dávila y

(Gobernad o r c o nfirma acuerdos capitulares.)

{Regidores in forman no están recibiendo, como se ha mandado, noticias exactas tocan tes a los enfe rmos existentes en los barrios.)

[A enterar al gobernador de lo antes mencionado y a proponérsele que ordene a los dueños de las casas y a los médicos suministren las referidas noticias 1

163

(Gobernador notifica tom:i de posesión del secretario de gobierno y de c:ipitanla general, don Bonifacio Mazerón [7].J

(Inquilinos de tres ensi ll as de venta significan deterioro de las mismas.]

(A reconocerse las casillas y prepararse un cálculo del costo de sus r ep:ir:iciones.J

(lnfórmase no se registra novedad aigun:i en la salud pública.]

ACTAS DEL CABILDO

don Gabriel Zepero. El señor auditor de guerra no concurrió y el señor alcalde provincial por ocupación; por enfermedad, el señor alguacil mayor, el caballero fiel executor, y don Agustín Martínez. Por [f. 187v.]/ ausencia, el caballero alférez real, don Tiburcio Durán de Villafañe y el caballero síndico procurador general.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general , fecha, 4 del corriente, en que participa su señoría, para inteligencia y conocimiento de este ayuntamiento, que el día 30 del mes anterior tomó posesión del empleo de secretario del gobierno y capatinía [sic] general de esta isla el teniente coronel don Bonifacio Mazerón [?], a quien su majestad se dignó conferirlo. Y visto se acordó : Quedar enterado de dicho oficio, archivarse y contestar a s u señoría el recibo del oficio por el testimonío de este acta.

Se presentaron los inquilinos de las tres casillas exponiendo que con motivo de las agua s han descubierto muchas goteras que es forzoso cojerlas y repararlas para que los efectos que encierran no se les averían. Y se acordó : Pasar la solicitud al caballero regidor don Santiago de Córdova para que disponga que el alarife de carpintería reconozca las expresadas casillas y diga el costo que se deberá hacer en su reparación.

Los diputas [sic] de barrios o cuarteles expusieron que por las razones que toman no encuentran una novedad en la salud del pueblo que merezca variar las providencias hasta aquí tomadas.

Con lo [f. 188 ]/ que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica ] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de E scalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[113]

[20

DE SEPTIEMBRE DE 1819.]

En la Mu y Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte d ías del mes de septiembre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala sala [sic] consistorial los dos señores

164

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel don Lorenzo Ortiz de Zárate y capitán don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, señor don Manuel Hernáiz, alguacil mayor; don Santiago de Córdova y don Gabriel Ze p e ro. El señor auditor de guerra y señor alcalde provincial no concurrieron por ocupación ; y los demás c aballeros regidores por enferme dad y ausencia . [f. 188v·J/

En este cabildo se abrio un oficio del señor capitán general, fecha , 10 del corriente, confirmatorio del anterior acuerdo del día 6 del mismo. Y se a cordó: Quedar enterado y archivarse.

Se vieron otros dos oficios del mismo señor, fechas, 12 del propio presente mes, en que participa su señoría haber reasumido la intendencia de esta isla por el fallecimiento del señor don Juan Ventura Morales y demás circunstancia que expresa; nombrado para as esor e n estos ramos al s eñor auditor de guerra, don Jos é de Sterling. Y vis to se acordó : Quedar es t e ayuntamiento impuesto de los menciona dos oficios, archivarlos para cons tancia y contestarse a su señoría por medio del testimonio de este acta .

Se abrio otro oficio del propio s eñor gobernador y capitán general, de 16 d e los corrientes, en que su señoría se sirve prevenir al ayuntamiento la composición que n ecesita la Fuente d e Miraflores. Que encargó su rec omposición al señor comandante de ingenieros que ha ce más de un año la d etuvo por falta de fondos para concluírla. Que es indispensable que el ayuntamiento arbitre m edios p ara que dicho jefe disponga los r eparos que ·n ece sita o renunciar a una obra tan útil. Y s e acordó: Dar vis ta al caballero síndico pro curador gen eral para qu e con las noticias qu e tome d el [f• 189 ] / mayor domo de propios de lo que ha rendido este ramo y gastos que en él se han impendido r eprese nte a la mayor brevedad lo que le parezca justo y arreglado.

En este cabildo s e acordó : Que el caballe ro r egidor menos antiguo, don Gabriel Zep ero, d esempeñe las funciones de sínd ico procurador genera l de es te ayuntamiento por el fallecimi ento del que lo era en propiedad, don Manu el Vizente de los Reyes.

S e presentaron por el ma yordomo las cuenta s d el gasto originado en la composición de l Cuartel de Milicias, ascendente a novecientos treinta y seis pesos, dos reales y dos maravedíes, según las relaciones de quincenas autorizadas por el señor comandante de ingenieros y visto bue-

[G o bernador c o nfi rma ac uerdo cap i tular.)

[Gob ernado r par t icipa: h a b er r easumido la inten denc ia po r muer te del titular de ésta , y q uedar des ign ado el au d it or d e gu erra com o aseso r de la m is ma. )

[Gober na do r señ ala n ecesidad de repar ar l a Fuen te de Mir atlo r es y r equ ier e del ayun tamiento asigne tondos al respec to .)

1Procurado r gene• ral a informarse sobre los f ondos y gastos d e propios y expresar s u parecer respec to a l o r equerido p or e l gobernado r J

{Regid or don G ab r ie l Zepero a desempeñarse e o m o procurador g e n e. r a l.J

{Se presentan 1 a s cuen tas de la reparación de l Cu artel de Mil icias Disciplin adas )

165

[Quedan aprobadas las referidas cuen• tas.]

[Se presenta cálculo de gastos de reparación de las casillas de venta.]

(Prov éese para l a reparación de dichas casillas.]

[Doctor don Francisco Oller solicita le queden declaradas sus facultades y prerrogativas co• mo m édico de ciudad.]

[Procurador general a expresar su parecer al r especto.]

ACTAS DEL CABILDO

no del señor superintendente de fábrica, alguacil mayor, don Manuel Hernáiz . Y vistas se acordó : Aprobarlas y devolverlas al mayordomo de propios [con] este decreto para que le sirva de data en las de su administración del corriente año.[f· 189v·]/

El caballero regidor don Santiago de Córdova exibió el expediente para la composición de las casillas, de que se trató en el anterior acuerdo, con un cálculo, que formó el alarife de carpintería, ascendente a treinta y seis pesos, dos reales, que gradúa necesitarse para su composición. Y visto se acordó: Que siendo tan corta esta cantidad y el producto de las tres casillas tan conocido se practique la reparación para con la precisa intervención del mismo caballero diputado; y cuyo acuerdo se notificará al mayordomo de propios para que satisfaga el gasto.

El doctor don Francisco Oller pidió al ayuntamiento las facultades y prerrogativas que le competen como médico de ciudad. Y se acordó: Dar vista de esta solicitud al caballero rexidor y sindico procurador general para que represente lo que se le ofrezca y parezca.

Con lo que [f. 190 ]/ se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee . = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[114]

[27 DE SEPTIEMBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y siete días del mes de septiembre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de segundo voto, don Manuel Dávila, capitán de caballería de esta isla; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia [f 190v. ]/ y real hazienda de esta isla; y don Santiago de Córdova, capitán retirado; los demás señores no concu-

166

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rrieron por ocupación, ausencia y enfermedad . Concurrió también el caballero rexidor don Gabriel Zepero.

En este cabildo se vio un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 18 del corriente, confirmatorio del acuerdo de treinta y uno de agosto último, mandando su señoría que este ayuntamiento prevenga a los alcaldes de barrio dén al caballero diputado las noticias de los enfermos que hayan en sus cuarteles con la mayor puntualidad y que sean fieles. Y se acordó: Que el presente esscribano lo participe a dichos caballeros regidores y haga saber también a los alcaldes de barrio.

El caballero regidor que hace funciones de síndico procurador general, para evacuar la vista que se le confirió en 20 del corriente sobre el oficio del señor capitán general que trata de la composición de la Fuente de Miraflores, pidió que el esscribano de esta corporación, con inspección de los acuerdos respectivos y documentos o expediente que debe haber formado y existir archivado, le certifique a continuación, con distinción y claridad, el costo a que asciende la Fuente [f 191 ]/ en su construcción, el de los reparos subsecuentes productos o utilidades que ha rendido mensualmente e inversión o destino que se le ha dado. Y se acordó: Conforme.

El mismo caballero regidor, para representar acerca de la solicitud del doctor don Francisco Oller de que se trató en el cabildo anterior acerca de las facultades y prerrogativas que le competan como médico de ciudad, pidió que el esscribano de esta corporación le certifique desde c uando ha servido y desempeñado el referido Oller las funciones de m é dico de ciudad, si ha habido otro que haya obtenido este exercicio, con distinción de épocas, cuáles han sido los emolumentos que han percibido y qué facultades y prerrogativas han gozado, y que verificando vuelva el expediente. Y se acordó : Executarse según representa el citado caballero regidor. [ 1 • 191v·J/

S e presentó don Enrique Martínez reclamando cinc uenta y nueve pesos y dos reales, valor de tres barras de fierro, doce grilletes y sus candados, que en su taller hizo José Manuel Martínez de orden del señor alguacil mayor, para el servicio de la cárcel, cuya obra ajustó con el mayordomo de propios que se niega a pagar por falta de orden de este cabildo. Y se acordó: Pasar esta solicitud y cuenta que se acompaña al mismo mayordomo para que informe por orden de quién procedió al ajuste de la obra enunciada

[G obern ador c o nfirma acuerdo capitular y previene al ayuntami ento que ordene a los alcaldes de barrio suministre n la Información s o b r e enfermos existentes en sus respectivas demarcaciones.)

[Procurador general solicita información sobre la Fuente de Miraflores J

[Procurador general pide certificación sobre distintos particulares re• Iacionados con el ejercicio de médico de ciudad.)

[Don Enrique Mar• tfnez r ec lama el pago de tres barras de hierro, doce grilletes y sus candados que se hicieron en s u tall er para la cárcel.)

[Mayordomo a informar respecto a la orden y ajuste de los enunciados objetos.)

167

[Gobernador confirma acuerdo capitular.]

[Gobernador remlte copia de la carta acordada sobre reglamento de pollcla.]

[Ayuntamiento a cumplimentar lo provisto por dicha carta acordada.]

(Se consigna deterioro que acusa el Cuartel de Milicias Disciplinadas.]

ACTAS DEL CABILDO

y en qué precio lo verificó, pues aunque el suplicante expresa la cantidad de 59 pesos, 2 reales, se tiene noticia, por el señor caballero regidor don Manuel Hernáiz, que el ajuste sólo fue de treinta pesos

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Davila [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo . [f. 192 ]/

[115]

[ 4 DE OCTUBRE DE 1819.]

En Puerto Rico, a los cuatro días del mes de octubre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel y comandante del regimiento d e Milicias, don Lorenzo Ortiz de Zárate; y capitán don Manuel Dábila; y los caballeros regidores, don Santiago de Córdova y don Tomás Dávila. El señor teniente de gobernador y señor alcalde provincial no concurrieron por ocupazión; y los demás señores por enfermedad y ausencia.

Se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 27 de septiembre último, confirmatorio del anterior acuerdo del día 20. Y visto se determinó: Quedar enterado y archivarse .

Se vio otro del mismo señor, de 28 del propio septiembre, con que su señoría [f. 192 v , J/ pasa a este ayuntamiento copia de la carta acordada, que ha recibido en el último correo, del señor secretario del Supremo Consejo de Indias sobre reglamento de policía a fin de que se cumpla lo que previene el referido supremo tribunal. Y visto se acordó : Contestar a su señoría, por el testimonio de este acta, el recibo de dicho oficio y copia de la carta acordada que se menciona y que este cabildo procederá a cumplir con lo que se l e previene en ella.

Se recibió otro oficio del citado señor capitán general, fecha, 30 de septiembre próximo pasado, en que transcribe su señoría un parte del oficial que habita en el Cuartel de Milicias avisando de que hay varias goteras, comején

168

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y algunas otras descomposiciones a fin de que se tomen las providencias que se juzguen concernientes para remediar los deterioros a fin de evitar que se pierdan los efectos almacenados. Y se acordó : Contestar a su señoría, por el testimonio de este acta, que próximamente se acaban de gastar 936 pesos, reales y maravedíes en la composición de dicho Cuartel. Que al presente no tiene el fondo de p ropios con qué emprender nuevos gastos, que por lo que toca al comején [f· 193]/ se mandará ponerle arsénico para que muera; y que no olvidará las demás de scomposic iones a fin d e repa rarl as en cuanto haya modo de poderlo executar.

El mayordomo de propios informó que el costo de las barras de fierro para la real cárcel y sus candados fu eron ajustadas por él en SS pesos, S reales y medio, y no en 59 con dos reales que se reclaman por el herrero . Y se acordó: Pasar este expediente al caballero regidor-alguacil mayor, señor don Manuel Hernáiz, con el fin de que su señoría, en vista del relato de él y de lo que informa el mayordomo de propios, se sirva evacuar el suyo según el conocimiento que tenga del particular.

El presente esscribano certificó en el expediente promovido por don Francisco Oller en solicitud de que se le señalen las facultades y prerrogativas que le competen [f 193v.]/ como médico de ciudad Y se acordó: Volver el mismo expediente a la vista del caballero rexidor y síndi co procurador general según lo solicitó.

Del mismo modo certificó en el de la Fuente de Miraflo res según se mandó en el anterior acuerdo y del mismo se acordó: Oorrer la vista pedida al propio caballero rexidor y síndico.

El reverendo padre presidente del Convento de S an Francisco de esta ciudad, fray Juan Morales, ofició con esta Excelentísima corporación acompañándole testimonio de la real cédula de 15 de julio último por la cual su majestad se ha dignado habilitar los estudios estab lecidos en este Convento según expresa con el fin de que este consistorio conozca evid entem ente los d eseos que ahora y siempre ha tenido la religiosa comunidad de contribuir por su parte cuanto le es posible al fomento de la literatura e instrucción de un pueblo a quien dignamente represen ta esta corporación. Y se acordó: Haber por recibido dicho oficio y testimonio de la real cédula; que se contes te al reverendo padre presidente su oficio en los términos más expresivos por [ f- 194 ]/ el honor y decoro que ha mani-

[A efectuarse r eparaciones en dicho Cuartel cuando haya fondos para ello.]

[Mayordomo infor• ma sobre cantidad en que fue ajustada el hacer los ob• jetos ya menciona• dos para la cá rcel. 1

[Escribano certifica e n el expediente sobre las facultades y prerrogativas del médico d e ciudad.!

[Es cr ibano certifica e n e 1 expediente sobre la Fuente de Miraflores.J

(Presidente d e Convento de San Francisco remite testimonio de real céd ula de 15 d e julio de 1819 habilitando los estudfos establ ecidos en di· cho Convento.]

169

lln dlcase costo to• tal de las barras de hierro, grilletes y candados hechos para la cárcel.)

(J unta Municipal a dar las órdenes para el pago de la dicha cuen ta.]

ACTAS DEL CABILDO

festado hacia este cabildo en el que acaba de pasarle; y que se archive para constancia, nombrándose para la contestación a los caballeros regidores señor don Manuel Hernáiz y don Santiago Córdova, a quienes se diputa al intento. Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[116]

[11 DE OCTUBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los onze días del mes de octubre de mil ochozientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic] , [f· 194v.J/ concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor don Lorenzo Ortiz de Zárate, coronel, comandante del regimiento de caballería de esta isla; y don Manuel Dávila, capitán de dicho cuerpo; y los caballeros regidores , capitán don Santiago de Córdova, don Tomás Dávila y Quiñones y don Gabriel Zepero, que también desempeña las funziones de síndico procurador general. El señor auditor de guerra, teniente de gobernador y el caballero alcalde provincial, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda, no concurrieron por ocupación; y los demás señores por ausencia y enfermedad.

En este cabildo evacuó el señor alguacil mayor el informe en el expediente promovido por don Enrique Martínez cobrando el valor de unas barras de fierro que se construyeron para seguridad de los presos de la cárcel y expone que el total costo es cincuenta y cinco pesos y cinco y medio reales que expresa el mayordomo, de lo cual tuvo conocimien to el señor [f- 195 ]/ informante como que la disposición de la hechura de las barras la participó él de orden del señor gobernador y capitán general. Y visto todo se acordó: Pasar el expediente a la Junta Municipal para que allí se tiren las órdenes del pago que debe hacerse de esta obra.

í 170

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se presentó el bachiller don Alejandro González, boticario de número de esta plaza, exibiendo las recetas que ha despachado a los pobres de solemnidad con las medicinas de su botica en los meses de agosto y septiembre con objeto que se le satisfaga de su valor ascendente a 40 pesos, 2 reales, las 3 cuartas partes según este ayuntamiento tiene acordado en 25 del mes de agosto citado. Y se acordó : Que poniéndose testimonio del artículo 4.º de dicho acuerdo se pase la solicitud y recetas exibidas al boti(f- 195v·J/cario mayor del Real Hospital con el fin de que examinándolas exponga lo que le ofrezca y parezca con el fin de acordar s u pago en los términos propuestos.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[117]

[18 DE OCTUBRE DE 1819.]

En Puerto Rico , a los diez y ocho de octubre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorengo Ortiz de Zárate; y los caballeros rexidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hernáiz, comendador de la Orden Americana de Isabel la Católica y comisario ordenador honorario ; el señor don Francisco Marcos Santaella, alcalde provincial, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba y fiscal de justicia y real hazienda; don Santiago de Córdova, capitán retirado; don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero, que hace también funciones d e síndico [f. 196 ]/ procurador general. Los demás señores no concurrieron por ausencia, ocupación y enfermedad. En este cabildo se vieron dos oficios del señor gobernador y capitán general, fechas, 12 y 14 de los corrientes, confirmatorios de los acuerdos de 4 y 11 de los mismos . Y se acordó : Quedar enterado este ayuntamiento y archivarse.

171

[Bo ticario don Ale• jandro González presenta c u e n t a Por las recetas por él despachadas para los Pobres y re• clama el pago de l/4 partes del valor de aquéllas.)

[Recetas y solicitud de pago antes indicadas quedan referidas al boticario mayor d el Real Hospital.]

[Gobernador c o nfirma acuerdos capitulares.]

(Boticario m a y o r del Real Hospital informa precios de 1 o s medicamentos despachados por el boticario don Ale• jandro González están conforme a la tarifa.] [Se presenta cuenta de l as recetas despachadas por el alu dido boticario mayor, la que fue referida al boticario don Alejandro González.]

(S e pospone proveer r especto al pago de las aludidas cuen• tas.]

[Don Manuel Mar• celino Tudela soli• cita atestado sobre oficio y comjsiones por él desempefiadas asl como de su vida y costumbres.]

[Provéese d i e h o atestado.]

[Arrendatario del pasaje de Palo Se· co se queja de las actividades comerciales de revendedores y regatones.]

(R equiérese del gobernador ordene al alcalde de Palo Seco que arreste a los revendedores y regatones y l os re· mita a la ciudad para imponerles la pena condigna al dell to cometido.)

ACTAS DEL CABILDO

El boticario mayor del Real Hospital evacuó su informe en el expediente promovido por el de la misma clase, don Alejandro González, sobre pago de las recetas que presentó despachas en su botica a los pobres de solemnidad en los meses de agosto y septiembre y expresa ser, según tarifa corriente, conforme los precios que ha cargado. Del mismo modo acompañó las recetas despachadas en dicho tiempo en la real botica de su cargo, ascendente al valor de 61 pesos y [f. 196v· ]/ y [sic] 6 reales. Y se acordó: Pasarse éstas para reveerlas al bachiller don Alejandro González, reservando proveer hasta el inmediato cabildo sobre la satisfacción de las otras a fin de que los dos expedientes corran unidos en los términos que parezca más conveniente, que siempre será pasándolos a su señoría, el señor gobernador y capitán general, con el informe necesario.

Se presentó don Manuel Marcelino Tudela, procurador del número de esta ciudad, solicitando que esta corporación le atexte haber sido alcalde del barrio de Santa Bárbara en los años de 14 y 15 y su exacto desempeño, como también haber estado encargado del celo y cuidado de carnecería y en el abasto de la plaza y lo que conste a este Excelentísimo cuerpo acerca de su buena vida y constumbres [sic]. Y se acordó : Que siendo constante y notorio haber el suplicante obtenido y desempeñado exacta y puntualmente los encargos y comisiones que expresa, mereciendo la aprobación de este ayuntamiento y mostra do al mismo tiempo el desinterés, probidad y buena conducta que le caracterizan, se le devuelva su solicitud original con este d ecreto [para] que le sirva de atestado a los fines convenientes. [f. 197 ]/

Se presentó don Juan Soler, arrendatario del pasaje de Palo Seco, exponiendo el perjuicio que sufre en los derechos de su pasaje con el atravieso de cargas que en aquel punto hacen los revendedores y regatones de esta ciudad. Y se acordó lo siguiente :

«Estando prohibido por el artículo 25 del Bando de Buen Gobierno que los revendedores o regatones salgan fuera de la ciudad a comprar por su cuenta e introdu cir por sí cualesquiera especie de comestible bajo la pena allí expresada, particípese al señor gobernador y capitán general, en la forma de estilo, la precedente solici tud para que se sirva su señoría expedir la comp etente orden al alcalde de Palo Seco a fin de que aprehenda y remita con toda seguridad los revendedores o regatones que de esta ciudad

172

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

pasasen a aquel lugar a atravesar los comestibles con perjuicio d el pa sajero , de todo el público, en circunstancias [tan] aflictivas y calamitosas como [la que] experimenta con el [f. 197v·J/ reciente huracán y en cont ravención d e los acuerdos de policía y buen gobierno para imponerles la pena a que se hayan he cho acreedores.

Se abrio una carta, sacada del correo de España, que resultó ser de don Andrés Quintana y Clariana, agente de negocios, ofreciéndose al ayuntamiento para lo que le pueda ocurrir en la Corte. Y se acordó: Que el presente secretario contexte d án dole las gracias y manifestándole que el Excelentísimo cuerpo *lo* tiene ya su agente nombrado y que se acordará de él en el evento de necesitarse.

Se presenttó Enrique Martínez exponiendo que en fin del corriente concluye el arriendo de carnecería de esta capital y que siendo [sic] interesado a rematar este ramo con descuento de treinta y cuatro pesos. Y se acordó: Pasar esta solicitud a la Junta Municipal donde corresponde.

Se tuvo presente en este cabildo hab er noticias positivas y fidedignas de estar nombrado por gobernador y capitán general [f. 198 ) / de esta plaza e isla el excelentísimo señor don Miguel Tacón y siendo constumbre [sic] inveterada obsequiar esta corporación con un espléndido convite el día de su llegada o arribo a semejantes señores, aspirando los miembros que lo componen cumplir con este deber han acordado en esta fecha el que se prepare lo necesario para el efecto, sin embargo de no haber tenido hasta ahora avisos de oficio, a fin de que no suceda hallarse sorprendidos y no permita después la premura del ti empo llenar su obligación en esta parte, comisionado para el efecto a los señores regidores alguacil mayor y alcalde provincial, don Manuel Hernáiz y don Francisco Marcos Santaella, quienes llevarán la debida cuenta y razón, presentándola, puntualmente, con los d ebido s comprobantes para s u inspección, examen y aprobación en la forma de (f. 198v· J/ estilo siempre que este acuerdo merezca la confirmación del señor presidente, gobernador y capitán general.

Con lo qu e se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Hernaiz [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Cordo va [rúbrica] =

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

[Don Andrés Quintan a y Clariana ofrece sus servicios como agente de n egocios en Cor te .)

[Se le agradece su ofrec imi e nto, in• formándosele q u e el ayuntamiento ya t i e n e acreditado su correspondiente agente. )

[Don Enrique Martlnez interes a el remate del arrendamiento de la carnicería con un descuento. )

[Aludida solicitud a ser referida a la J unta Municipal.]

[Deslgnanse diputados a encargarse del convite que ha de ofrece rse a don

Migue l T a c 6 n, quie n se señala ha sido nombrado gobernador y capitán general de la isla.)

173

[Boticario don Alej a n d r o González seflala monto total de las recetas des• pachadas para los pobres en la botica del Real Hospital.]

[A remitirse al gobernador las recet as y las cuentas de éstas a los efectos que provea respecto a su pago.]

[Procurador geno ral solicita se le informe si de los fondos de • propios hay algún sobrante

ACTAS DEL CABILDO

Davila y Quiñones [rúbrica] = Gabriel Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[118]

[25 DE OCTUBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los veinte y cinco de octubre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, comandante d el regimiento d e caballerí'a, don Lorenzo Ortiz de Zárate ; y los caballeros regidores, señor alguacil mayor, don Manuel Hemáiz, comendador de la Orden Americana de Isab el la Católica, comisario ordenador honorario ; el señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba , fiscal de justicia y real hazienda, [f- 198 ]/* alca lde provincial; y don Gabriel Zepero. Los demás señores no concurrieron por enfermedad, ausencia y ocupación.

El bachiller don Alejandro González evacuó la vista que se le corrió de las recetas de medicamentos despachado s a los pobres en la botica del Real Hospital en los meses de agosto y septiembre y dice que su total valor asciende a 61 p es os, 3 reales, 17 maravedíes. Y se acordó: Pasar oficio al señor gobernador y capitán general acompañándole las solicitudes de esta clase y las mismas recetas presentadas para que en su vista se sirva su señoría dar la orden competente a fin de que el caballero diputado en la fábrica del relox satisfaga, según el acuerdo de 25 de agosto último , a la botica del Real Hos pital 46 pesos, 4 ½ reales, y al bachiller don Alexandro González, 30 pesos, 2 reales, 12 maravedíes, que componen las tres cuartas partes del total valor de las expresadas recetas , suplicando a su [ f- 198v·J/ señoría la devolución de ellas y los escritos de las partes para su archivación.

El caballero regidor y síndico procurador general representó en el expediente instruído acerca de la composición de la Fuente de Miraflores que necesitaba que el

* En el original aparecen dos folios numerados 198.

174

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mayordomo de propios informase si las cantidades que ingresan los fondos mensualmente alcanzan a cumplir sus indispensables atenciones y si hay algún sobrante con que poder subvenir a los reparos de la indicada Fuente. Y se acordó : Conforme.

El doctor don José de Vargas pidió una certificación de su conducta moral, política y facultativa con arreglo a los documentos que había presentado anteriormente a esta corporación, siendo extensivo el atestado a la exibición de los t ales documentos. Y se acordó en los términos siguientes =

«Es constante que el doctor don José de Vargas ha presentado a este ayuntamiento todos los documentos de que h ace mención en s u precedente solicitud de 6 de junio de 1817. La conducta que ha observado en esta ciudad tanto en lo moral como en lo político es digna de recomendazión. [f- 199]/ La prontitud, desinterés y acierto con que ha servido a todo el público sin distinción de horas en el exercicio de sus profesiones médica, quirúrgica y dem ás son muy notorias. Y las extraordinarias operaciones anatómicas que con feliz éxito ha practicado han sido muchas y memorables. Por cuyas circunstancias al paso que ha acreditado unos profundos conocimientos y sobresaliente habilidad se ha grangeado al mismo tiempo un distinguido aprecio y la estimación general.»

Se presentó el ministro executor reclamando el pago de cinco meses de su sueldo manifestando Jas muchas n ecesidad es que él y su familia padecen. Y se acordó: Pasar su solicitud a la Junta Municipal para la providencia que corresponda.

Con lo que se [f l99v. ]/ concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Z epero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo.

[119]

[8 DE NOVIEMBRE DE 1819 ]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los ocho días del mes de noviembre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], con-

que pueda dedicarse a la reparación de la Fuente de M iraflores.J

(Doc tor don José de Vargas solicita atestado sobre su conducta mor a 1, polltica y facultativa. )

(Extiéndese el aludido atestado.)

[Verdugo solicita el pago de s u sue ldo de cinco meses que se le adeuda.)

175

[Gobernador informa haber dado la orden para el pago de las recetas.]

(Boticarios a recibir el pago de las recetas que ha de efectuar el regidor don Diego Pizarro.)

[G obernador c o nfirma acuerdo capitular.]

[Diputados p a r encargarse del convite al nuevo gobernador informan no hay fondos disponibles para ello.)

ACTAS DEL CABILDO

currieron a esta sala consistorial el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don José Sterling; el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate; y los caballeros rexidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hacienda y alcalde provincial; don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero, que también hace funciones de sindico procurador general. (f. 200 ]/

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 28 de octubre próximo pasado, en que su señoría dice haber dado la orden competente al caballero regidor diputado de la fábrica del relox para que satisfaga las recetas de los boticarios de esta plaza en las tres cuartas partes de sus valores y remite el mismo señor los expedientes según lo pidió este ayuntamiento. Y se acordó: Archivarlos; y que el presente esscribano haga saber a los enunciados boticarios que ocurran a percibir el valor abonable de las recetas del caballero regidor diputado, don Diego Pizarro.

Se recibió otro oficio del mismo señor, fecha, 27 del propio octubre, confirmatorio del acuerdo de 25 anterior. Y visto se acordó: Archivarlo. [f- 200v.]/

(A solicitarse del gobernador disponga que de Jo adeudado Por la real hacienda a los pro• pios se abone alguna canti dad para efectuar dicho convite .]

{Licenciado d o n Emigd10 de Antique solicita sueldo como médico de la cárcel.J

Se abrio otro oficio del expresado señor gobernador y capitán general, de 22 del mes de octubre, confirmatorio d el acuerdo del día 18 del mismo mes. Y como en este cabildo se trató de preparar el convite para el nuevo señor capitán general electo y los señores diputados hacen presente ahora que el fondo de propios se halla absolutamente sin ningún numerario para las más precisas atenciones, adeudando de tres meses a esta parte los sueldos de sus empleados, que no puede cubrir les es imposible desempeñar su encargo. En cuya virtud se acordó: Oficiar al señor gobernador, capitán general, intendente, con el fin de que s u señoría se sirva mandar abonar al mayordomo de propios alguna suma que sea bastante a cubrir este preciso objeto de lo que la real hacienda adeuda al ayuntamiento y está demandando actualmente el mismo mayordomo, sirviéndose su señoría para el inmediato cabildo manifestar su determinación.

Se presentó [ f- 201 ] / una petición del licenciado don Emigdio de Antique haciendo presente la fecha desde que sirve de médico de cárcel y pidiendo sueldo por es ta ocupación o que se le exima de ella ; la cual instancia manda el señor

176

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

gobernador informarse a este ayuntamiento, quien acordó: Dar vista al caballero regidor que hace funciones de síndico procurador general a fin de que represente lo que se le ofrezca y parezca y poder dar al señor capitán general el informe que le pide.

El caballero regidor que hace funciones de síndico procurador general evacuó su representación en el expediente promovido por el doctor don Francisco Oller reclamando declaración de las facultades y prerrogativas que le [f· 201v• J/ competen como médico de ciudad; y como se reduce a que no se han conocido otras que las de ser preferido a los actos de visitas de sanidad y reconocimientos de enfermos encarcelados, únicas con que deberá continuar como hasta aquí, se acordó : Conforme y que se haga saber al interes ado.

Se presentó Domingo Arias, de este vecindario, pidiendo un solar de los que el ayuntamiento tiene en el barrio de La Meseta por las razones que expre sa. Y se acordó: Pedir informe sobre todo al mayordomo de propios.

Con lo que se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Sterlin [rúbrica] = Zarate [rúbrica] = Santaella [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Tomas d e Escalona [rúbrica]. esscribano real y de cabildo . [120]

[29 DE NOVIEMBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan [f. 202 ]/ Bautista de Puerto Rico, a los veinte y nueve de noviembre de mil ochocientos diez y nueve años, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [sic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señores alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, señor coronel, comandante del regimiento de caballería, don Lorenzo Ortiz de Zárate, y capitán de dicho cuerpo, don Manuel Dávila; y los caballeros regidores, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial; don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero, que hace funciones de síndico procurador general. Los demás señores no concurrieron por ausencia y enfermedad.

13.

177

[Aludida solicitud es referida al procurador general.J

[Procurador g en eral informa sobre fa• cul t ades y prerroga t ivas del médico de la ciudad.J

[Doc tor don Fra ncis co Olle r a s er no t ificado d e aquéllas.¡

[Don D o m i n g o Ari as solic ita u n solar en el barrio de La Mese ta.)

[Mayordom o a i nf o r m a r sobre el particular.1

[Gobernador c o nfirma acuerdo capitular.)

[Gobernador solicita se le informe la cantidad de dinero que precisa el ayuntamiento para el convite de su sucesor.)

[Indlcasel e que no es posible precisarla pero que los anteriores convi tes han pasado de 700 y 800 pesos.)

[G obern ador insta al ayuntamiento a concurrir a la publicación de la Bula de l a Santa Cruzada.)

[Acuérdase la asistencia a la misma.)

[G obernador participa acuerdo de la Jun ta Superior de Sanidad para que de los fondos de propios se su f r aguen l os gastos de un buque vacfo en donde ha de practicarse la cuarenten a. )

ACTAS DEL CABILDO

Se recibió un oficio del señor gobernador y capitán general, fecha, 10 de del [sic] corriente, confirmatorio del acuerdo del día 8 anterior. Y visto se acordó: Quedar enterado de él y archivarse.

Se vio otro del mismo señor, de igual fecha, en que pide su señoría le manifieste este ayuntamiento la cantidad que con-[f· 202v·J/ceptúa bastante para el convite con que ha de recibirse el señor su sucesor para disponer en su vista atendida la posibilidad de las reales cajas . Y se acordó: Contestar a su señoría que prefixarla con certeza es imposible y sólo puede manifestarle que todos los anteriores de esta especie han pasado de 700 y 800 pesos.

También se recibió otro oficio del propio señor en que avisa para la concurrencia de este ayuntamiento, según es constumbre [sic], a la publicación de la Bula de Santa Cruzada el día 30 del mes de enero del próximo año. Y visto se acordó : Quedar enterado y asistir como siempre lo ha verificado.

[lnfórmase estado precario de los propios impide el costear dichos gastos.]

(Don Manuel Ca• muñas presenta título de tasador general de pleitos.)

Otro oficio del mismo señor se recibió, su fecha, 22 del corriente, en que su señoría participa a este ayuntamiento el acuerdo de la Junta Superior de Sanidad en orden al abono que previene se haga del fondo de propios por el gasto que ocasione el cuido de un buque vacío en esta bahía para que en él hagan la cuarentena los pasajeros y carga de los buques que procedan de país infestado si los que los conducen a este puerto volvieren a salir de él sin cumplir los días que les está prefixado. Y se acordó: *Y se ac* contestar a su [f 203 ]/ señoría por el testimonio de este acta que le ha sido a este ayuntamiento muy grata la determinación precedente en beneficio de la humanidad y obsequio del público que representa pero no puede menos de hacer presente el calamitoso estado en que existe el fondo de propios incapaz de hacer efectiva esta resolución, a menos que su señoría tenga a bien adoptar el mismo temperamento que se excogitó para el pago (de las recetas de medicamentos que suministraron los boticarios a los pobres de solemnidad de esta ciudad en los meses de agosto y septiembre últimos en iguales circunstancias) cual fue sujetar el fondo *el fondo* del relax a esta contribución. Se presentó don Manuel Camuñas con el título de tasador general de pleitos de todos los tribunales de esta isla

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el original.

178

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

para su toma de razón. Y se acordó : Conforme, devolviéndose con la competente nota. [f. 203v.] /

Se presentó don José Alonso, vecino de esta ciudad, pidiendo permiso para construír a sus expensas una casilla en el sitio vacío que hay a espaldas del café de La Marina, donde también se hallan otras tres de la propiedad de este ayuntamiento, ofreciendo pagar por el sitio cinco pesos mensuales al fondo de propios, como satisfacen los arrendatarios de las suyas por cada una. Y se acordó: Conforme , en atención al beneficio que resulta al fondo de propios y al público sin perjuicio de tercero.

Se vio el informe del mayordomo de propios en el expediente instruído por Domingo Arias pidiendo un solar del barrio de La Meseta. Y se acordó: Que en atención a lo informado y a la imposibilidad que se nota en la actual inquilina para satisfacer los réditos devengados y que se devenguen en lo suc esivo se admite por censuatario a Domingo Arias, satisfaciendo previamente los réditos que se adeudan ascendente a la cantidad de veinte pesos con inclusión del presente año, lo que verificado se le expedirá el competente título, pero [f. 204]/ con la precisa condición de que dentro de un año ha de construír la habitación que ofrece en términos que no se opongan a las leyes y Bandos de Policía.

En este cabildo presen tó el señor alcalde ordinario de primer voto el informe calificado, que se le previno en acuerdo de primero de marzo d el corriente año, referente a la real orden de 26 de noviembre último en que su majestad mandó formar expediente para acreditar y calificar los propios d e esta ciudad. Y se acordó: Acumularlo al del mismo expediente y transmitirlo a su señoría, el señor gobernador y capitán general.

Con lo que [f. 204v. ] / se concluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee. = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Santa ella [rúbrica] = Davila y Quiñone s [rúbrica] = Zepero [rúbrica] = Ante mí = Toma s de E scalo na [rúbrica]. esscribano real y de cabildo .

[121]

[6 DE DICIEMBRE DE 1819.]

No habiendo concurrido e l día de hoy, seis de dici embre, en esta sala consistorial otro caballero regidor que el señor

179 (Don José Alonso solicita p ermiso para construir u n a casiUa de ventas, comprometiéndose. a pagarle al ayuntamiento una re nta por el lugar.]

!Se acce.de a lo pet icionado.)

!Mayordomo informa sobre el solar p e d i d o por don Domingo Arias.)

18 a j o condic iones que se expresan se admite. a don Domingo Arias como inquilino censa tario de solar en e l barrio de La Mes eta.]

(Alcalde ordinario de primer voto rinde el informe solicitado por real orden de 26 de noviembre. de 1818 sobre los propios de la ciudad.)

(Dicho informe a ser remitido al gobernador.)

(No se cele bra cabildo por falta d e q u órum.]

(Gobernad or informa h aber dispu esto se le abonen al ca bil do 500 p esos d e lo que le ade uda la r eal haci enda; ordena la suspe nsión t emporal d el pago d e c i e r t o s sueldos a s ! co mo que se reti re el b uque d e d icado p ar a hacer la cuarentena; y aprueba la con strucción de l a cas illa po r don José Alon so.]

ACTAS DEL CABILDO

don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda, alcalde provincial ; y no los señores alcaldes y demás regidores por hallarse los primeros indispuestos de la salud , igualmente el regidor don Gabriel Zepero, existiendo todos los demás en el campo, no se celebró cabildo ordinario, lo que pongo por diligenciay de ello doy fee. = Tomas Escalona [rúbrica], esscribano real y de cabildo. [f 205 ]/

[122]

[13 DE DICIEMBRE DE 1819.]

En la Muy Noble y Muy Leal Ciudad de San Juan Bautista de Puerto Rico, a los trece días d el mes de diciembre de mil ochocientos diez y nueve, para celebrar cabildo ordinario, como es de uso y constumbre [ s ic], concurrieron a esta sala consistorial los dos señore s alcaldes ordinarios de primero y segundo voto, coronel, comandante del regimi e nto de caballería de esta isla, don Lorenzo Ortiz de Zárate, y capitán don Manuel Dábila; y los caballeros rexidores, don Tomás Dávila y don Gabriel Zepero Los demás se ñores no concurrieron por ocupación, enfermedad y ausencia.

En este cabildo se recibió un oficio del señor gobernador, capitán general, fecha, 8 de los corrientes, en que su señoría manifiesta haber prevenido a la real contaduría la data de 500 pesos a cuenta de lo que adeuda al fondo de propios con objeto de atender a la erogación que ofrece el recibimiento del señor su sucesor, a reserva de abonarse el exceso que se haga en iguales términos, combinando la urgencia en que se halla el ayuntamiento con la posibilidad del real erario. Que la gratificación del secretario, portero y alguaciles se suspenda su abono hasta tanto que se cobren las deudas atrasadas [f, 205 v·J/ con lo que han de satisfacerse dichas obligaciones, no siendo posible distraer cantidad alguna del importe del relox; y que el buque destinado a hacer observar la cuarentena a los de bahía se mande retirar para ahorrar este gasto, atendida la estación que no ofrece ya recelo contra la salud pública; y aprobando últimamente el establecimiento de la casilla de que se trató en 29 de noviembre último . Y se acordó: Contestar a su señoría por el testimonio de este acuerdo

180

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que el ayuntamiento queda enterado de dicho oficio; que se haga la participación, en los términos debidos , a los señores diputados para el convite del nuevo señor gobernador de la disposición de la data de los quinientos pesos a fin de que se recauden; que en cuanto al buque no tiene noticia de haberse puesto para la cuarentena; y que el expediente de la nueva casilla se pase a los señores presidente y vocales de la Junta Municipal para lo que corresponda.

Se recibió otro oficio del señor subdelegado de Cruzada, provisor vicario general d e este obispado, incluyendo la real cédula de 3 de diziembre del año próximo pasado sobre la publicación de la Santa Bula y para que este ayuntamiento concurra a la ceremonia que se verificará el 30 del m es próximo venidero. Y se acordó : Acatar y obedecer el real ( f. 206 ] / mandato y concurrir a la festividad, como su majestad previene, c ontestándose el mencionado oficio al señor subdelegado .

Se vio la cuenta del mayordomo de propios concerniente al gasto de veinte y cuatro pesos erogado en la recomposición de las tres casillas mandada anteriormente executar. Y se acordó: Aprobarla y que se le devuelva para la data general que presenta a fin de año.

El doctor don Francisco Oller pidió testimonio del expediente que promovió a fin de que se le declarasen las facultades y atribuciones que le correspondían como médico de ciudad. Y se acordó: Dársele por el presente escribano.

El lizenciado don Emigdio Antique pidió a esta Excelentísima corporación, para fines que le son convenientes, certifique cuanto le conste acerca del exacto desempeño con que ha contribuído en las comisiones de m é dico titular de esta ciudad y la de asistir a la vacunazión de los moradores d e ella; como por la voz publica sus aciertos en los m étodos cutativos, [C. 206v· ] / caridad y vigilancia con los enfermos aun aquéllos del estado más miserable y si se comportó en lo dicho con el mayor deseo de ser útil en su exercicio por cuya razón se ha grangeado y obtiene el mejor concepto. Y se acordó: Certificar lo siquiente = [ «]El lice nciado don Emiglio de Antique que sirvió por nombramiento desde 13 de octubre de 1812 hasta 17 de agosto de 1817 el cargo de médico de ciudad, en cuya última fecha en virtud de real orden se repuso al doctor don Francisco Oller e n esta ocupación, desempeñó aquellas funciones según es público y notorio con el mayor celo. 181

[Diputados p ar a encargarse del convi te al nue vo gobernador a ser informados de la data de los 500 pesos.)

[Expediente sobre construcció n d e nueva casilla p o r don José Alonso a ser referido a 1 a Junta Municipal.)

[Se recibe real cédula de 3 de diciembce de 1 8 1 8 sobre publicación de la Bula de la Santa Cruzada )

[Cabildo asistirá a dich a pu_blicación.)

[Mayordomo p r esenia cuenta de los gastos de reparación de tres casillas de venta.)

[Aprúebase dicha cuenta.)

[Doctor don Franc isco Oller solicita testimonio del expediente sobre facul tades y pre rrogativas del médico de ciudad. )

[Licenciado d o n Emigdio Antique solicita atestado sobre su desempeño profesional como médico.)

[Ates tado que se le provee a l licenciado d o n Emlgdio An tique.)

[Escr ibano present a real confirmación d e su oficio. !

(Requiérese de l os facultativos que no hayan presentados sus correspandl entes títulos procedan a verificarlo.)

ACTAS DEL CABILDO

Consta a este ayuntamiento que desde el establecimiento en la isla de la vacuna está asistiendo eficazmente a los actos de vacunación con el mejor agrado y desempeño sin haber percibido por estas ocupaciones gratificación ni sueldo alguno. Que los aciertos en el método curativo de los enfermos, su vigilancia, caridad con los pobres y su desinterés son en extremo superiores a cuanto se le puede certificar; por cuyas buenas cualidades, la afabilidad d e su carácter y deseos que manifiesta en ser útil en su profes ión le han grangeado sin disputa el buen concepto que obtiene generalmente. Devué lvasele s u escrito con este atestado que le servirá de certificación en forma a los objetos que le convengan . »

El [f. 207 ] / presente esscribano exibió el real título confirmatorio de su oficio con el cúmplase del señor capitán general, intendente de esta isla, y toma de razón en la real contaduría. Y se acordó: Haberlo por exibido; que del mismo modo se tome razón en el libro destinado al intento; y se l e devuelva con nota que lo acredite sentada por el caballero r egidor menos antiguo y sin el juramento por tenerlo ya prestado.

Se trajo a la vista el expediente promovido por varios facultativos de medicina y cirujía pretendiendo el pago de visitas y lo demás que expresa. Y se acordó : Que para informar lo que convenga el presente esscribano hará saber a l os facultativos de medicina y cirujía que no han presentado sus títulos los verifiquen para su toma de razón en los libros que el ayuntamiento ti ene destinados al intento.

Con lo que [f. -zmv. ]/ se co ncluyó este cabildo, que firmó Su Excelencia, de que doy fee = Zarate [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila y Quiñones [rúbrica] = Zep ero [rúbrica] = Ante mí = Tomas de Escalona [rúbrica ] , esscribano real y de cabildo.

[

123]

[20 DE DICIEMBRE DE 1819.]

En Puerto Rico, a veinte de diciembre de mil ochocientos diez y nueve, vinieron a esta sala consistorial para celebrar cabildo ordinario el señor alcalde ordinario de primer voto, coronel, comandante del regimiento de caballería

182

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de esta isla, don Lorenzo Ortiz de Zárate; el de segundo voto, capitán del mismo cuerpo, don Manuel Dávila; y el caballero regidor don Tomás Dávila.

Y no habiendo concurrido los dos [f 208 ]/ únicos caballeros regidores que se hallan en esta plaza, señor don Francisco Marcos Santaella, oidor honorario de la Real Audiencia de Cuba, fiscal de justicia y real hazienda y alcalde provincial, por hallarse sumamente ocupado en asuntos de su ministerio, y don Gabriel Zepero por enfermedad, no se celebró el cabildo por no ser suficiente el número d e señores vocales; lo que pongo por diligencia y de ello doy fee. = Escalona [rúbrica]. [f 208v· J/

!No se celebra cabildo Por fa! ta de quórum ]

183

A

Africa, puertos de: 3, 62.

Aguadilla

-partido de: 3, 4, 97

-puerto de: 18.

Alto de Santa Bárbara: 46.

América: 92.

-del Norte: 73.

(V. Estados Unidos [de Norte América]).

Añasco, partido de: 97.

B

Banda del Norte: 31, 32, 79, 81.

Banda del Sur: 31, 35, 79, 84.

Barrio

-de Campeche: (V. Barrio de Santo Domingo).

-de La Meseta: 18, 119, 120.

-de San Francisco: 31 (A. I), 110.

-de San Juan: 31 (A. I), 110.

-de Santa Bárbara: 31 (A. I), 32, 36, 82, 110, 117.

-de Santo Domingo: 31 (A. I), 36, 82, 85, 110.

Bayamón, [partido de]: 66.

Benezuela: (V. Venezuela).

Boca

-Habana, pasaje de: 24, 28, 29 .

-de Loíza: 40, 48.

c

Cachirí: l.

Cádiz: 4

Caguas, partido de: 97.

Campeche, barrio de: (V. Barrio de Santo Domingo)

Cangrejos, partido de: 37, 95.

Caño de Martín Peña: 37, 95.

Caracas, ciudad de: 2, 4.

Corozal, [partido de]: 16.

Costa Firme: l.

Cuba, isla de: 1-29, 31-43, 47-60, 62, 64, 68, 70-73, 76, 78, 79, 82, 83, 87-92, 94-97, 100, 104, 105, 110, 111, 114, 116-121, 123.

E

Edinburgo: 4.

Escocia: 4.

España: 117.

Estados Unidos [de Norte América]: 74. (V. América del Norte). F

Filadelfia: 74.

Fortaleza, Calle de la Real: 54.

Guayana: 25-28.

Guayra, La: 4.

G H

Habana, Boca [Puerto Rico], pasaje de: 24, 28, 29.

Habana, ciudad de la: 4, 6, 9, 78, 107.

Hato del Rey: 95.

I

Indias: 20, 24, 44, 59.

Isla

* Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documentos.

INDICE TOPONIMICO *

-de Cuba: (V. Cuba, isla de).

- de Puerto Rico: (V. Puerto Ri co, isla de).

-de Santo Tomás: (V. Santo Tomás, isla d e)

L

Laguna de Martín Peña: 37.

Loíza

-Boca d e: 40, 48

-partido de: 16, 18, 20, 40, 48, 49.

-pasaje de: 51.

Londres : 4, 16.

M

Manatí, partido de: 109.

Marina, La: 120.

Martín Peña: 51, 83, 86, 95, 97.

-caño de: 37, 95.

-Laguna de: 37.

Mayagüez, partido de: 20, 95

Mese ta, barrio de La: 18, 119, 120.

Miraflores: 43, 113-115, 118.

-Muelle de: 16, 44.

Morro, cantera d el : 50.

N

Norte América: 73. (V. E s tados Unidos [de Norte América]).

p

Palo Seco : 97, 117.

-pasaje de: 97, 117

Pepino: 44.

Ponce, p artido de: 100.

Puerto Rico, isla de: 1-4, 7, 9, 18 , 28, 31, 41, 45, 47, 53, 56, 58, 61, 72, 73, 78, 86, 88-92, 95-97, 100, 103, 105, 107, 109, 113, 114, 116, 117, 120, 122, 123.

R

Río Piedras, partido de: 16, 17, 20, 26, 88, 100, 101, 104, 106.

s

San Francisco , barrio d e : 31 (A. I), 110.

San Germán, villa de : 56.

San Juan

- bahía de: 72, 120, 122

-barrio de: 31 (A. 1), 110.

- muelle de : 73, 74.

-puerto de: 3, 6, 37, 64, 72, 109, 120.

San Sebastián, [calle d e ]: 87, 109. [San Sebastián]: (V. P epino).

Santa Bárbara

-Alto de: 46.

-barrio de: 31 (A. 1), 32 , 36, 82, 110, 117.

Santo Domingo, barrio de : 31 (A. 1), 36, 82, 85, 110.

Santo Tomás, isla de: 7, 9, 19, 102. T

Toa, río de: 24, 28, 29.

Trujillo, partido de: 16.

V

Venezuela: 1, 17.

190
1NDICE TOPON1MICO

INDICE ONOMASTICO *

A

Alonso, José: 107, 120.

Andino (Familia) : 78.

Andino, Manuel de: 1-4, 7-9, 11, 13-15, 17-19, 24, 25, 28, 31, 34, 37, 38, 43, 45-47, 61-64, 66.

Andino, Margarita : 76.

Andino, Miguel de: 86.

Angles, Salvador: 37, 38.

Angulo, Andrés: 88.

Angulo Lorenzo: 31, 34, 79.

Angulo, Petronila: 88.

Antique, Emígdio de: 65, 119, 122.

Aranzamendi, J osé Javier de : 9, 16, 17.

Arévalo, Domingo: 2.

Arias, Domingo: 119, 120.

Arroyo, Pedro: 95.

Arroyo, Rafael: 20.

B

Barbado, José: 97

Barbudo, José: 31 (A. I).

Bargas, José de: (V. Vargas, José de).

Becerra, Vicente: 1, 17, 83, 88

Bruno, Francisco: 31, 32, 79.

c

Caamaño, Bernardo : 18, 19.

Camaño, Bernardo: (V. Caamaño, Bernardo).

Camuñas, Manuel: 120.

Cangas, Alonso: 31, 79.

Cantero, Agustín: 38, 88.

Carabaño, Francisco: 26.

Carlos 4.º: 31 (A. II).

Carreras, Benito: 31 (A. I)

Carrión, Nicolás: 58, 73.

Casa Verde , Manuel de: 100.

Castro, José de: 16-18, 20.

Claudio, Ramón: 65.

Cordero, Margarita: 109.

Córdova, Antonio: 16.

Córdova, Miguel: 87 .

Córdova vda de Padilla, Isabel de: 66, 68, 72, 76, 78 .

Córdova, Santiago de: 7-20, 22, 24-26, 31, 31 (A. II-IV), 34, 37, 42, 43, 45, 56, 58, 61-66, 68, 70-73, 75, 76, 78, 79, 79 (A. U.), 87, 90, 93, 100-102, 104, 106, 107, 109-117.

Coto, Miguel de: 6. CH

Chiesa, Antonio: 1, 41, 63, 89, 107. D

Dábila, José: (V. Dávila, José).

Dábila, José María: (V. Dávila, Jos é María).

Dávila, Fernando: 31, 31 (A. II-IV), 37, 58, 61, 64-66, 68, 79, 79 (A. U. ), 90, 100, 111.

Dávila, José: 25, 31, 37, 66, 67.

Dávila, José María: 25.

Dávila, Manuel : 79, 79 (A. U.), 83, 87-89, 94, 95, 97, 100-106, 110-116, 120, 122, 123 .

* Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documentos. 14.

Dávila, Teresa: 78.

Dávila y Quiñones, Tomás: 66-70, 72, 74-76, 78-81, 88-90, 92, 94, 95, 97, 99, 100, 103, 106-112, 115-117, 119, 120, 122, 123.

Desquadres, Carlos: 4.

Durán de Villafañe, Tiburcio: 23-29, 31, 31 (A. II-IV), 37, 38, 40-52, 54-66, 68, 73, 79, 88, 90, 100, 109, 111 , 112.

E

Escalona, Tomás de: 1-123.

Espayllat, José: 4.

Esterlin, José: (V. Sterlin, José).

F

Fernando 7.0 : 49, 92.

Figueroa, Marcelo: 31, 32, 79, 81.

Font, Juan: 85.

Fox, Miguel: 83, 86, 95, 97.

Franco, Manuel: 79 (A U.).

Fuertes, Juan: 54, 59.

Fuertes, Miguel: 72, 73.

G

Gayá, Jesualdo: 18, 97.

Géigel, José: 31, 79.

Géigel, Juan Bautista: 31.

Gilio, J osé: 7, 9, 19.

Gira!, Pedro: 9, 10.

González, Alejandro: 9, 40, 116-118.

González, Manuel: 31 (A. I), 32.

Guzmán, Julián: 18, 19.

H

Hernáiz, Juan José: 31, 79, 81.

Hernáiz, Manuel: 1, 3-10, 12-22, 24-28, 31, 34, 37, 38, 43, 44, 49-51, 53, 56, 58, 61-66, 69-74, 76-81, 83-88, 90-94, 99-102, 105, 106, 113-115, 117, 118.

1

I zquierdo, José Simón: 44, 59.

J

Jiménez, Eugenio: 97.

Jiménez, José: 109.

Jiménez, Sebastián: 79, 84.

L

Lacomba, Ramón: 107.

Ledesma, Manuel de: 4.

Lozano, Juan: 24, 28, 29.

Lozano de Torres, Juan Esteban: 2

M

Malagón, Juan Severo: 34, 36, 3941, 50, 52, 53, 55-66, 68, 70-74, 76, 78, 90.

Mallén, Carlos: 71-73.

Marchán, Pedro: 37, 51, 83, 86, 95.

Márquez, Juan Bautista: 2, 31, 31 (A. III), 79.

Márquez, Miguel: 37, 38.

Márquez, Rafael: 38.

Martín, Tadeo: 50.

Martinez, Enrique: 114, 116, 117.

Martínez, Francisco: 31, 32.

Martínez, José Manuel: 114.

Martínez Díez, Agustín: 3, 5-7, 9-11, 17-19, 22, 24-29, 31, 31 (A. II-IV), 32-67, 73, 74, 79, 90, 112.

Mayor, Agustín: (V. Martínez Díez, Agustín).

Mazerón [?], Bonifacio: 112.

Meléndez y Bruna, Salvador: 7, 9, 53, 72, 73 .

Mercado, Juan Hilario: 31, 35.

Mexía, Juan Antonio: 1-19, 23, 25, 27, 31-35, 37-39, 44, 70, 86, 87.

Milano, Lorenzo: 22.

Milano, Manuel: 22, 52, 63.

Miraval, José Jesús: 3.

Miró, Juan: 82.

Monclova, Bonifacio: 48, 49, 51.

Montes, Toribio: 38, 53.

Morales, Juan: 115.

Morales, Juan Ventura: 55, 113.

Nantón, Juan: 36.

Navedo, Manuel: 79.

Núñez, Narciso: 79 (A. U.).

194 1NDICE
ONOMASTICO
N

Oller, Francisco: 3, 65, 66, 70, 105, 113-115, 119, 122.

O'Neill , Arturo: 28.

Ortega, León: 16.

Ortiz de Zárate, Juan : 78.

Ortiz de Zárate, Lorenzo: 76, 78-80, 83, 86-97, 99, 100, 103, 105, 107, 109, 110, 111, 113, 115-120, 122, 123.

Otalo ra , José Manuel de: 31 (A I)

Padilla , I sabel de Córdova vda. de: 66, 68, 72, 76, 78.

Padilla, Manuel : 16, 18, 20, 66, 68, 72, 76, 78.

Peña, Joaquín de la: 78.

Peña, José Andrés de la: 104, 105, 107.

Pérez Capote, Feliciano: 101.

Pizarro, Diego: 2, 4, 9, 10, 13, 14, 16, 17, 19-31, 31 (A. III), 34, 36-38, 40-45, 48-ó7, 69-76, 78, 79, 79 (A. U ), 83, 86-88, 90, 92-94, 97, 100, 107, 109, 111, 119.

Pizarro, Vicente : 65, 68.

Quintana y Clariana, Andrés: 117.

Ramírez, Miguel: 40.

Ramos, Antonio: 31, 33.

Ramos, José: 40.

Reyes, Manuel de los: 2, 10, 22-31 (A. II-IV).

Reyes, Manuel Vicente de los: 79, 86, 87, 89, 92, 94, 96, 100, 109-111, 113.

Ribera, José de: (V. Rivera, José de ).

Rivera, José de: 1, 2, 4, 5, 7, 12, 15, 17, 19 , 21, 22, 24-28, 30, 31, 31 (A. II-IV), 34, 37, 38, 40-44, 49-51, 53, SS, 57, 59, 66, 68, 72, 73, 77-79 (A. U.), 87, 88.

Rubín de Celis, Juan: 64, 68.

Rubión, Juan de Dios: 109.

Ruiz, Francisco: (V. Ruiz y Peña, Francisco).

Ruiz, María de l Carmen: 78.

Ruiz [y P eña], Aniceto: 78.

Ruiz y Peña, Francisco: 76, 78.

Ruiz [y Peña], José María: 78.

Ruiz y Peña, Nicolás: 78. s

Sánchez, María de Jesús: 109.

Santaella, Francisco Marcos: 1-4, 6-18, 20-22, 24-29, 31, 31 (A. II-IV), 34, 36-38, 40-43, 46-66, 68, 70-73, 76, 78, 79, 79 (A. U.), 82, 83, 87-97, 100, 104, 105, 110, 111, 114, 116-121, 123

Santos Flores, Juan de los: 79, 79 (A. U.).

Sarabia, Antonio : 36.

Shotwell, Guille rmo T.: 74, 87, 97, 99,

Soler, Juan: 97, 117.

Sosa , Marcos: 82.

Sothwell, Guillermo T.: (V. Shotwell, Guillermo T.).

Sotwell, Guillermo T.: (V. Shotwell Guillermo T.).

Sterlin, José: 8, 11, 37, 42, 43, 47, SO, SS, 61-ó3, 65, 70, 71, 91, 113, 119.

Sterling, José: (V. Sterlin, José).

SthweU, Guillermo T. : (V. Shotwell, Guillermo T.).

Stowell Guillermo T.: (V. Shotwell , Guillermo T.).

Stwell, Guillermo T.: (V. Shotwell, Guillermo T.).

Suazo, Rafael del Ro sario: 109. T

Tacón, Miguel : 117.

Torre, Joaquín de la: 100, 104, 107.

Torres, Miguel de: 54, 59.

Torres Durán, Joaquín: 40.

Torres y Vallejo, José María de: 1, 6, 7, 9, 11 , 19, 21, 27, 28, 31, 31 (A. II, IV ), 37, 38, 40, 43, 50-54, 58 , 59, 61-ó6, 68, 69, 72, 73, 77-79, 83, 86, 90, 100, 103, 104, 107, 109, 110

Tudela, Manuel Marcelino: 117. u

Urquizu, Euseb io Valentín: 62. V

Valenzuela, Luis: 71-73.

Vargas, José de: 4, 6, 102, 109, 118.

tNDICE ONOMASTICO 195 o
p
Q
R

tNDICE ONOMASTICO

Vega, Antonio de: 24.

Viana, Ramón de: 41.

Vida!, Matías: 100.

Vida!, Ramón: 53, 56.

Villañe, Tiburcio: (V. Durán de Villafañe, Tiburcio ).

X

Ximénez, Eugenio: (V. Jim énez , Eugenio).

Ximénez, José: (V. Jiménez, José).

Ximénez, Sebastián: (V. Jiménez, Sebastián). z

Zárate, Lorenzo: (V. Ortiz de Zárate, Lorenzo).

Zepero, Gabriel: 83, 88-91, 95, 97, 100-102, 105-107, 109-114, 116-123

196

INDICE DE MATERIAS *

Alcaldes

Abastecedores: 38.

Abastos: 9, 72, 73.

-de carnes: 43, 58, 72, 73, 117. (V. Carnes).

-de harinas: 6, 7, 9, 16, 19, 26, 47, 72-74.

(V. Contrato para --).

(V. Diputado de ; Diputado de mes).

Abras: 37.

Abusos: 38, 40, 58.

(V. Agravio; Ofensas).

Acarretas: 7.

Administración

-de justicia: 18, 56, 83, 86.

-de penas de cámara: 100.

Administrador de propios: (V. Mayordomo de propios).

Aforados

-de guerra: 61.

-de matrícula: 61.

Agente de negocios en Corte: 4, 87, 117.

Agravio: 76.

(V. Abusos; Ofensas).

Agregados: 28.

Aguardien tes: 10, 38, 53.

Aguas: 112.

-salada: 37.

(V. Lluvias).

Alarifes: 31 (A. IV), 32, 45, 97, 109.

-de albañilería: 31, 79, 79 (A. U.).

-de carpintería: 31 , 32, 79, 79 (A. U ), 81, 112, 113.

Albañilería, alarife de: 31, 79, 79 (A. U).

-de Barrios: 25, 31, 31 (A . I, IV ), 32, 36, 79, 79 (A. U.), 82, 85, 110, 111, 114, 117.

-Mayor Provincial: (V. Regidor ).

--Ordinarios

-de la ciudad de San Juan: 11, 18, 22, 25, 31, 31 (A. 111, IV), 47, 56, 61, 78.

-de primera elección: 31, 31 (A. 111), 34, 39, 43, 50, 59 , 60, 66, 73, 79, 80, 83, 92. (V de primer voto).

-de primer voto: 2, 23-38, 4().58, 61-69, 75, 79, 79 (A. U .). 80, 83, 86-103, 105, 107-111, 113, 115-123.

-interino: 74, 76-79 (V. de primera elección).

-de segunda eleción : 26, 31, 34, 59, 73, 75, 79 (V. -- d e segundo voto).

-de segundo voto: 1, 3, 4, 6-10, 12-21, 24-28, 31 , 31 (A. 11, 111), 34, 37, 38, 40-44, 49-5 1, 53, 55, 57, 61-63, 66, 68, 69, 72, 73, 77-79 (A. U.), 83, 87-90, 94, 95, 97, 98, 100-116, 120.123.

-del partido

-de Cangrejos: 95.

-de Loíza: 40, 48, 49.

-de Palo Seco: 117.

-de [San Sebastián] del Pepino: 44.

* Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documentos.

A

1NDICE DE MATERIAS

-de la Santa H ermandad

-de la [Banda] Norte: 31, 33, 79, 81.

-de la [Banda] Sur; 31 , 35, 79, 84.

Alcaldía d e primer voto: 31, 73.

Alfajías: 65 .

Alférez de fragata: 78.

Alférez real: (V. Regidor --).

Alguaciles: 122.

-Mayor: (V. Regidor --).

-menor: 37, 38, 71-73.

Alimentos: 26, 28, 43, 47, 50, 58.

(V. Abastos ; Comestibles; Mantenimientos; Víveres).

Almacenes: 7, 87.

Almohada: 50.

Almonedas: (V. Junta de --).

Alojas: 10, 38, 53.

Alquileres: 73.

Alumbramiento: 74.

Amasijos: 7, 73.

Anotador de hipotecas: 100.

-interino: 106.

Apelaciones: 109.

Aprobación de Actas o Acuerdos Capitulares: 5, 8, 23, 26-29, 34, 36, 37, 38, 44, 47, 49-51, 53, 54, 59, 60, 65, 66, 70, 74, 76, 86, 87, 90, 93, 111, 113-115, 117, 119, 120

Aranceles: 40.

(V. Tarifas).

Arbitrios: 9, 16, 18, 22, 26, 1 43, 44, 56, 57, 61, 62, 65, 73, 87, 94, 99, 104, 107.

(V. Contribuciones; Derechos [contr.]; Impuestos).

Arca de tres llaves: 72, 73.

Archivo de ayuntamiento o cabildo: 18, 21, 22, 73, 100.

Arreldes: 43, 73.

Arrendamiento: 24, 25, 37.

-de carnicería: 50, 73, 117.

-de corral de pesca de Martín Peña: 37, 51, 95.

Arrendatarios: 40.

-de casillas [de ventas]: 120.

-de corrales de pesca de Martín Peña: 37, 83, 86, 97.

-del pasaje

-de Boca Habana: 24, 28, 29.

-de Boca de Loíza: 40, 49.

-de Palo Seco: 97, 117.

-de Toa: 24, 28, 29.

-del servicio de recogida de basuras: 73.

Arrestos: 107. (V. Presos).

Arsenal: 64.

Arsénico: 115.

Artillero : 61.

Asamblea provincial de la Real Orden Americana de Isabel la Católica: 64.

Asesor

-general: 29, 37, 50, 97.

-de intendencia: 113.

Asiento de corrales de pesca: 37, 95.

Asientos [de capitulares]: 31 (A. IV), 40, 67, 79 (A. U.), 80, 86, 88.

Atestados: 18, 56, 86, 117, 118, 122. (V. Certificaciones).

Audiencia de Cuba: (V. Oidor honorario de la Real Audiencia y Chancillería de [Puerto Príncipe] Cuba.).

Auditores

-de guerra: 8, 11, 16, 25, 37, 42, 43, 47, SS, 61-66, 69-71, 90, 91, 100-102, 106, 107, 111-113, 116, 119.

-de marina: 1-U, 1~9 25. 27, 31-35, 39.

Auditoría de marina: 38, 44.

Autoridades militares: 61.

Autos: 20, 21, 29, 86.

Avisos: 58, 78.

Ayuntamientos: 73 , 90.

(V. Archivo de o cabildo; Escribano de --; Libros de --; Libros [Capitulares]; Vocales de --).

Azoteas: 38. B

Bachiller en farmacia: 9, 40, 11 6-118.

Balanza: 20.

Bandos de Policía y Buen Gobierno: 25, 47, 109, 117, 120.

B años de agua: 64.

Barcos: 37.

Barras: 37.

Barras de hierro: 114-116.

Barriles: 7, 9, 26, 47, 72, 74, 87.

Barrios: 110

-de La Meseta: 18, 119, 120.

-de San Francisco: 31 (A . 1) , 110.

-de San Juan: 31 (A. 1), 110.

200

-de Santa Bárbara: 31 (A. 1), 32, 36, 82, 110, 117.

-de Santo Domingo o Campeche: 31 (A. 1), 36, 82, 85, 110.

Barro: 46.

Basuras: 50, 72, 73.

Batallón de Cazadores de Cachirí: l.

Bergantín Santiago: 107.

Blancos: 78.

Borriqueros: 88.

(V. Capitán de --).

Botes: 95

Boticarios: 110, 119, 120. -m ayor: 116, 117. -de número : 116.

Boticas: 40, 116-118.

Bozal: (V. Negro --).

Brigadier: 26.

Bul a de la Santa Cruzada: 34, 120 , 122.

Buques: 47, 57, 61, 120, 122. -de g uerra: 37.

Caballeria: 45.

-de Milicias Disciplinadas: 78-80, 83, 86-90, 96, 97, 99-101, 103 , 105, 107, 109, 114, 116-120, 122, 123.

(V. Compañía de ).

Caballería de tierra: 16.

Caballero

-comendador de la Orden Americana de Isabel l a Católica: 1, 3-10, 12-22, 24-28, 37, 38, 43, 49-51 , 53, 56, 61-63, 69, 71-74, 76, 78, 79, 84, 87, 88, 90-92, 99-102, 105, 117, 118.

-de la Orden de Calatrava: 9, 72, 73.

-de la Real Orden Militar de San Hermenegildo: 9, 10, 19-30, 36, 37, 40, 42-45, 48-61, 64, 68-74, 76, 78, 79, 83, 87-92, 96, 100.

-de la Cruz y Placa: 103 , 109.

Caballos: 6, 57.

Cadáveres: 109.

Café de La Marina: 120.

Cajas reales : 38, 120.

(V. Real erario; Real hacienda).

Calabozos: 6, 21.

Calles: 4, 21, 38, 72.

-derechos de: 4, 87, 90.

-empedrado de: 38, 72.

-limpieza de: 61.

-de la Real Fortaleza: 54 .

Cámara: (V Médico honorario de de su maj estad; Penas de --).

Camas: SO, 109.

Camisas: 50.

Campo: 17, 25, 61, 64, 65, 90, 91, 107-109, 121.

Candados: 114, 115.

Candelada: 61.

Canoas: 95 .

Canónigo: 86.

Cantera de El Morro: 50.

Cañería: 16.

Caños: 37, 95 .

Capitanes: 2, 4, 22, 25, 40-45, 48-61, 64, 68-76, 78, 79, 83, 86-89, 93-95, 97, 100, 101, 103-106, 109-117, 120, 122, 123.

-ayudante mayor del Batallón d e Cazadores de Cachirí: 1, -de borriqueros: 87, 88.

-general: 1-11 , 16, 17, 20, 21, 23-26, 28, 31, 31 (A. II-IV), 34-40, 42-45, 47, 49-51, 53-59, 61, 62, 64-68, 70, 72-74, 76, 78, 79, 79 (A. U.), 83-88, 90-95, 97, 100-102, 105, 107, 109-120, 122.

-interino: 27-29.

-general del ejército expedicionario de Costa Firme: l.

-de infantería: 10, 19-30, 36, 37 , 41.

Capitanía General: 26.

(V. Secretario de gobierno y )

Capitanía del puerto de San Juan: 109.

Capitulares interinos: 17.

Cárcel, real : 6, 21 , 25, 40, 42 , 58, 73, 87, 88, 107, 114-116, 119.

Cargas: 40, 88, 117, 120.

Carmelitas [rel.]: 62.

Carnes: 34, 42, 58, 72, 73. -de cerdo: 38. (V Abasto de --).

Carnicería: 16, 42, 43, 50, 58, 72, 73, 107, 117

Carniceros: 61.

Carpintería, alarife de: 31, 32, 79, 79 (A. U.), 81, 112, 113.

Carros para la limpieza: 16, SO, 54, 68, 72, 109.

Cartas: 9, 28, 87, 117.

-acordada: 37 , 115 (V. Oficios [com. o eser.]).

201
1NDICE DE MATERIAS
c

1NDICE DE MATERIAS

Casas: 1, 4, 7, 18, 19, 25, 36, 48, 50, 54, 59, 65, 87, 88, 90, 91, 95, 100, 104, 105, 109, 111.

-consistoriales, reparación de: 10, 38, 53, 65.

-de degredo: 50.

-de Palo Seco: 97.

Casillas [de ventas]: 112, 113, 120, 122.

Casos: 105.

Cátedra

-de prima: 100.

-de vísperas: 100.

Catedral: (V. Iglesia ).

Caudales: 10, 62, 72, 73, 78, 110.

Causales: 24, 34, 78.

Causas: 38, 109.

Cay ucos : 40.

Cazadores de Cachirí: (V. Batallón de --).

Cedulones: 27.

Cementerio: 109.

Censos [ec.J: 16-20, 54, 76, 78, 88, 100, 104, 105.

Censuatarios: 18, 54, 104, 120.

Cerdo: 38.

Ceremonias: 37, 122.

Cerramentos: 6.

Certificaciones: 13, 16-18, 37, 56, 63, 86, 97, 100, 104, 107, 109, 114, 115, 118, 122.

(V. Atestados ).

Circulares: 53.

(V. Edictos).

Cirujanos: 2-4, 6.

- honorario de 1a real armad a : 3.

-oculista: 4.

-romancistas: 78, 83 .

Cirujía: 3, 6.

(V. Facultativos d e ).

Claveros : 73.

Cloaca: 10.

Cofradías

-de Nuestra Señora d e Ja Altagracia: 44.

- de Santa R osa de Lima: 44.

Colonias: 72, 73, 109.

Comandantes

-general de marina d e la H abana : 107.

-de ingenieros: 10, 16, 38, 53, 86, 113

- de marin a : 34, 37, 62, 107.

-de matrículas: 25 , 37, 38, 44, 109.

-de Milicias Discip linadas: 65

-de caballería: 78-80, 83, 86-92, 96, 97, 99, 100, 103, 105, 107, 109, 115-120, 122, 123.

-de infantería: 76.

Comején : 65, 115.

Comendador: (V. Caballero de la Orden Americana de I sabel la Católica).

Comerciantes: 7, 72, 73, 99. (V. Negociantes; Regatones).

Comercio: 7, 9, 37, 58, 72.

Comestibles: 6, 117.

(V. Abastos; Alimentos; Mantenimientos; Víveres).

Comisario

-de Cruzada: 34

-ordenador honorario de reales

ejércitos : 1-10, 12-31, 37, 38, 43, 49-51, 53, 56, 61-63, 69, 71-74, 76, 78 , 79, 84, 87, 88, 90-92, 99-102, 105, 117, 118.

Comisionados: 9, 47, 58, 109, 117

(V. Comisiones; Diputaciones; Diputados).

Comisiones : 6, 9, 10, 13, 25, 66, 87, 109, 117, 122. (V. Comisionados; Diputa c i one s; Diputados).

Compañía de caballería: 6.

Comprobantes: 49, 52, 58, 117.

Compulsas: 16, 21.

Comunidades: 92, 115.

Co nfirmació n -de elecciones concejiles: 31 , 31 (A. 11-IV), 33, 35, 36, 63, 79, 79 (A U ), 80, 84-86.

-de oficios concejiles: 1, 17, 18, 73. (V. Aprobación de Acta s o Acuerdos Capitulares).

Conjueces : 109.

Consejero d e Estado honorario : 2.

Consejos: 37

-de I n dia s: (V. Real y Supremo --, secretario del ).

-de Regencia de España e Indias: 3.

Consi gna tarios: 9, 73.

Constitución de 1812: 2.

Consultas: 16, 25, 27, 29 , 37, 38.

Contadores: 37, 41.

Contaduría general: 4. (V. R eal contaduría).

Contra bando: 73.

Contramaestre de r ea l armada: 64.

202

Contraste: (V. Fiel --).

Contratistas: 50, 72, 74, 97. (V. Comerciantes; Negociantes).

Contrato: 43.

-para el abastecimiento de carnes de vaca: 73.

-para abasto de harinas: 74, 87, 97, 99.

-para limpieza de la ciudad: 50, 54, 66, 68, 72, 73 .

Contraventores: 24, 47

Contribuciones: 6, 38, 43. (V. Arbitrios; Derechos [contr.]; Impuestos).

Convento

-[de Dominicos]: 37, 100.

-de San Francisco: 115.

Convite: 44, 117, 119, 120, 122.

Coronel: 76, 78-80, 83, 86-97, 99, 100, 103, 105, 107, 109, 110, 113, 115-120, 122, 123.

Corporaciones: 24, 37.

Corraleros: 95.

Corrales de pesca: 24 , 25, 28 , 29 , 37, 51, 56, 86, 90, 95, 97.

(V. Arrendatarios de de Martín Peña).

Corregidor: 20.

Correo: 44, 87, 115 , 117.

Corsarios: 57.

Corte: 87, 117.

(V. Agente de negocios en --)

Costas: 7, 37, 73.

Criados: 28.

Crianza de ganado vacuno: 73.

Cruzada: (V. Bula de la Santa --).

Cuadro de Fernando VII: 49.

Cuarentena: 120, 122.

Cuaresma: 34.

Cuartel de Milicias [Disciplinadas]: 6, 45, 65, 76, 113, 11 5

Cuarteles (Barrios o Manzanas): 25, 110, 111, 114.

Cuartillo [moneda]: 38

Cuartos [moneda]: 26-28, 43, 47, 72.

Cuentas: 3, 4, 6, 9, 16, 19, 21 , 22, 26-28, 43, 45, 49, 50, 52, 53, 57, 58, 73, 87, 102, 109, 113, 114, 117.

-de mayordomía: 62.

-de mayordomos: 102, 113, 122.

-de propios: 2, 44, 57, 62, 94, 99.

Cuerda de t erreno: 40, 48, 49, 51, 95.

Cue rpo

-de caballería: (V. Caballería de Milicias Disciplinadas).

-de guardia: 10.

-de Milicias: (V. Milicias Disciplinadas).

-militares: 92.

-municipales: 73.

-políticos: 92.

Cuota: 9, 10, 28, 43, 89.

Cura: 78, 100, 104, 106.

Curia: (V. Fiscal de la--).

Chancillerías: 37.

Chinchorros: 37. CH

Débitos: 72.

Decretos: 6, 16, 17, 31 (A. II), 37, 44, SO, 58, 65, 70, 74, 76, 87, 88, 97, 102, 107, 113, 117. (V Reales --).

Déficit: 90.

Degredo: 50.

Demandas: 62, 109.

Dentista: 4.

[Derecho]: (V. Do c tor en --; Licenciado en --).

Der echos [contr.]: 9, 20, 24, 26, 37, 40, 58, 61, 62, 66, 73, 74.

-de calles: 4, 87, 90.

-de corrales: 90, 94.

-de mue lles: 4, 87, 90.

-de pasajes: 90, 94, 117. (V. Arbitrios; Contribuciones; Impuestos).

Derechos [leg.]: 24, 37, 38, 66, 81, 82, 84, 86, 88, 117.

Despachos: 2, 24, 37. (V. Real es --).

Despatri ados: 26.

De uda s: 38, 43, 57, 66, 68, 72, 76, 78, 119, 122.

Deudores: 43, 61, 72.

Dictámenes: 31 (A. II ), 71.

Dinero : 72, 74.

Diploma de médico de ciudad : 65.

Diputaciones: 2, 38, 49, 50, 52, 92, 108. (V. Comisionados; Comisiones; Diputados) .

Diputados: 1, 4, 7, 9, 16, 17, 27, 28, 41,

:tNDICE DE MATERIAS 203
D

1NDICE DE MATERIAS

49, 50, 73, 74, 87, 92, 93, 97, 110, 113, 115 , 118 , 119, 122.

-de abastos : 9, 20, 47, 49, 73, 87.

-de barrios o cuarteles: 110-112, 114.

-de cárcel: 58.

- de carnicería: 58, 61, 72.

- de cortesía: 41, SS.

-de fábrica: 53.

-de fiestas votivas: 34, 83.

-de mes: 20, 87, 109.

-[para cumplimentar huéspedes distinguidos J: 83.

-para fijación de precios de vívere s: 2.

-para velar por la calidad de la harina: 6.

-para visitas d e escuelas: 1, 34, 63, 83, 107.

-para visitas de sanidad: 3.

-para vacunas: 102.

(V. Comisionados; Comisiones).

Director

-de la administración de l a vacuna: 102.

-de amortización d e papel moneda: 78.

Discípulos: 1, 41 , 52, 63, 86, 89.

Doctor : 79, 84.

Doctor: 79, 84.

-[en Derecho]: 78.

-[Canónico]: 78, 86.

-[ en Medicina]: 3, 4 , 6, 40, 65, 66, 70, 102, 105, 109, 113, 114, 118, 119, 122.

Documentos: 2, 4, 16, 20, 21, 37, 38, 54, 63, 65, 70, 73, 76, 88, 97, 99, 100, 102, 104, 114, 118.

(V. Cartas; Escritos; Expedientes; Oficios [coro. o eser.]; Pliegos; Representaciones).

Dominicos: 37, 100.

Ducados [moneda]: 24.

Eclesiástico: 92.

Economía: 43, 45.

Edictos: 54, 111.

(V. Circulares).

Edificio: SO. E

Ejército expedicionario de Costa Firme: l.

Ejércitos reales: 2, 4, 9, 26, 72, 73.

Elecciones

-de alcaldes de barrios: 31, 31 (A. I), 79.

-[concejiles] : 22, 31, 31 ( A. II-IV ), 34, 63, 79-81, 84-86.

Embarcaciones: 3.

(

V. Barcos; Bergantín Santiago; Botes; Buques; Canoas).

Emigrados de la Guayana: 25-28 .

Emolumentos: 114

(V. Gra tificaciones ; Salarios; Sueldos).

Empedrado de las calles: 38, 72.

Empleados: 17, 25, 38, 86, 119.

Empleos: 1, 13, 16, 17, 21, 25, 31, 33, 34, 36, 38-41, SS, 56, 63, 67, 92, 112.

(V. Plaza [ empleo u oficio]).

Enfermedades : 1-4, 6-14, 16-24, 26-3 1, 34, 36-38, 40, 44-63, 71-74, 76, 78, 79, 83, 86, 88, 89, 92-97, 99, 103, 105, 107, 109-118, 120, 122, 123.

-contagiosas: 16 .

Enfermos: 7, 25, 26, 50, 61, 75, 78, 108, 110, 111, 114, 119, 122.

Enseres: 50.

Erogaciones: 21 , 43, 122.

Esclavos: 63.

(V. Negro bozal).

Escribanías : 59.

-de cabildo de San Germán: 56.

-públicas: 18.

-de San Germán : 56.

Escriba nos: 18, 24, 29, 37.

-de ayuntamiento: 16, 26 , 62 , 70. (V. de cabildo).

-de cabildo: 1-13, 15-25, 27-76, 78-97, 99-105, 107, 109-122.

- de m arina: 24.

-públicos: 31 (A. IV ), 56, 95, 100, 101, 109.

-real: 1-10, 12, 13, 15-22, 24, 25, 28-31 (A. II-IV ), 33-68, 70-76, 78, 79, 81, 83, 85-90, 92-95, 97, 99, 100, 102, 104, 105, 107, 109-122.

-de real hacienda: 18.

Escritos: 51, 78, 83 , 109, 118, 122.

Escrituras: 16-1 8, 20, 24, 37, 49, 54, 59, 65, 88, 100, 104-107.

Escuela de primeras l e tra s: 1, 24, 63, 83, 89.

-de niñas: 24, 83.

(V. Maestro d e primeras l e tras) .

Esquelas: 63 .

Españoles: 26

Estacas: 6.

204

Estancias: 16, 17, 48, 65.

[Estipendio por enseñanza]: 89.

Estudfos en Convento d e San Francisco: 115.

Examen: 20, 44.

Exequias por la muerte de la reina doña Isabel de Braganza: 92.

Expediciones : 37.

Expedientes: 1, 4, 9, 10, 16, 17, 19, 27, 29, 40, 49-51, 56-59, 61-64 , 66, 72, 83, 86-90, 92, 94, 95, 97, 99, 102, 106, 107, 113-120, 122.

(V. E scri tos; Instancias; Represen taciones; Solicitudes)

Exportación: 72, 73.

Extranjeros: 97. F

Facturas: 74.

Facultativos: 57, 64, 110.

-de cirujía: 78, 83, 122.

-d e medicina: 78, 83, 122.

(V. Doctor [en Medicina]; Licenciado [en Medicina]; Médicos).

Falsarios : 24.

Familias: 28, 78, 118.

- real: 4.

Farmacia: 9.

(V. Bachiller en ; Boticas) .

Festividades: 83, 122

(V. [Fiestas votivas]) .

Fiadores: 54, 104.

Fianzas: 16, 22.

-sobre arrendamiento de -carnicería: 73.

-corrales de pesca: 95.

Fíat: 18, 20, 56.

Fidelidad: 26, 92.

Fiel contraste: 31, 32, 79, 79 (A U).

Fiel Ejecutor: (V. Regidor ).

[Fiestas votivas]

-Corpus Christi: 34, 83.

-Purificación de Nuestra Señora: 34, 83.

-S an Felipe : 34, 83.

- San Juan Bautis ta: 34, 57, 83

-Santa Rosa de Lima: 34, 83 .

-S antiago : 34, 83.

-Santiago el Mayor: 34, 83.

Filosofía, curso de: 100

Finca: 16-18 , 104, 105.

Finiquito: 16.

Fiscal: 4.

-de la c uria: 78.

- interino de justicia: 31.

--de justicia y real hacienda: 65, 70-73, 76, 78, 79, 82, 83, 87-89, 91-97, 100, 104, 105, 110, 111 , 114, 11 6- 121, 123.

Fiscalía

-interina de justicia: 31.

-de justicia y rea l hacienda: 65.

Fisco: 66.

(V . Cajas reales; Real erario; Real hacienda).

Fluido vacuno: 3, 4, 102.

Fortificación: (V. Maestro mayor de obras de ).

Fragata: (V Alférez de --; Teniente de de la real armada).

Fray: 100, 115.

Fuente de Mirafüores: 113-115, 118.

Fueros, 43, 61.

-de guerra: 61.

Funciones

-públicas : 49.

- [religiosas ] : 6, 101.

Fundas: SO G

Gaceta Oficial, La: 78.

Ganado: 73.

-mular: 54.

-vacuno: 72, 73.

Ganancias: 26, 73.

Gastos: 3, 4, 6, 9, 10, 21, 25, 37, 43, 45, 53, 58, 61, 65, 70, 72, 74, 87, 92 102, 107, 109, 113, 115, 120, 122.

-extraordinarios : 10, 37, 38.

Gente: 37.

Gobernador: 1-11, 16, 17, 20, 21, 23-29, 31, 31 (A. II-IV ), 34, 36-40, 42-45, 47, 49-5 1, 53-59, 61, 62, 64-68, 70, 72-74, 76, 78, 79, 79 (A. U.), 83, 84, 86-88, 90-95 , 97, 100-102, 105, 107, 109-120, 122.

(V. Teniente de --).

Gobierno: 17, 58.

-interino: 47.

(

V. Secretaría de --; Secretario de y capitanía general; Tribunal de - - ).

Goteras: 6, 65, 112, ll5.

Gracia y Justicia : (V Ministerio de --).

1NDICE DE MATERIAS 205

1NDICE DE MATERIAS

Gratificaciones: 122.

(V. Emolumentos; Salarios; Sueldos).

Gravámenes: 16, 46, 54, 65, 88, 100, 104.

Grilletes: 114.

Guarda-almacén: 73 .

Guardia del Cuartel de Milicias [Disciplinadas]: 45.

Guarnición : 6, 9, 100.

(V. Plaza [guarnición]).

Guerra: 74 .

-de mar: 37.

(V Aforados de --; Auditor de --; Fuero de --; Ministerio de--). H

Habitación: 36, 120.

Hacienda: 17, 18, 88.

-de Loíza: 20

Harinas: 9, 26, 47, 72-74, 87, 97.

(V. Abasto de --; Contrato para abasto de harina).

Herederos: 16.

Herrería: 21

Herrero: 11 5.

Hidalgo: 64.

Hidalguía: 68.

Hierro: (V. Barras de--).

Hipotecas: 16-18, 54, 65, 100, 104-107.

[Honorarios médicos]: 78.

Honras [fúnebres] por los reyes padres: 101.

Hospitalidad: 25, 26.

Huracán [de San Mateo (III)]: 117.

Hurtos: 40.

IIglesia Catedral: 9, 78, 92.

Impuestos: 93, 94, 110.

(V. Arbitrios; Contribuciones; Derechos [contr.]).

[Indemnización]: 37, 62, 66.

Indigentes: 110.

(V. Pobres).

Industrias de la pesca: 24, 37, 90, 94.

Infantería de Milicias Disciplinadas; 76.

(V. Capitán de infantería).

Informaciones: 68.

(V. Atestados ; Certificaciones ; Informes).

Informes : 2, 4, 6, 10, 16-18, 37, 38, 40, 48, 49, 54, 56, 58, 59, 66, 68, 71-73, 76, 78, 87, 88, 93, 94, 97, 100, 107, 114-117, 119, 120, 122.

(V Atestados; Certificaciones).

Ingenieros: (V. Comandante de-- ).

Ingresos: 16, 38, 73.

Inquilinos

-de casillas [de ventas]: 112.

-[ censu ataria]: 18, 104, 120.

Inspector de medicina y cirujía: 3.

Instalación de la Asamblea Provincial de la Real Orden Americana de I sabel la Católica: 64.

Ins talación del reloj público: 4, 9, 10.

Instancias: 6, 16, 48, 109, 119.

Instrucción: 63, 115.

-[pública]: 89

Instrucción de Intendentes: (V. Real Ordenanza e d e Nueva España).

Instrumentos: 24

Intendencia: 65, 66, 113.

(V. Secretaría de ; Tribunal de --)

Intendente: 6, 38, 53, 55, 62, 66, 72, 86, 93, 94, 119, 122.

-interino: 31, 44.

(V. Real Ordenanza e Instrucción de de Nueva España).

Islas vecinas: 61, 73. J

Jaeces: 57.

J efes: 24, 26, 113.

-militares : 3, 92, 105.

- políticos: 3, 92.

Jergones: 50.

Jóvenes: l.

Jueces : 24, 37, 38, 61.

-ordinarios : 105

-de policía: 25 .

Juego: 40.

Juicio: 109.

Junta

-de a lmonedas: 88 , 101, 109.

(V. de remates).

- Militar y Política: 70.

-Municipal: 4, 6, 9, 10, 16, 19, 22, 25, 31, 31 (A. III), 37, 38, 42-44, 46, 49, 58, 62, 73, 74, 87, 94, 97, 116-118.

(V. Presidente de la --)

206

-de real hacienda: 93. (V. Vocales de ).

-de remates: 42, 94, 95 (V. de almonedas).

-de Sanidad: 3, 16.

(V. Superior de Sanidad).

-Superior de Sanidad: 50, 53, 55, 57, 110, 120.

(V. de Sanidad).

J uramentos: 31 (A. IV), 32, 33, 35, 36, 39, 66, 67, 79 (A. U.), 80-86, 88, 122.

Jurisdicción ordinaria: 43.

Justicia, administración de: 1, 29, 37, 48, 56, 86.

(V. Fiscal de y real hacienda).

Justicias: 17, 20, 24.

Juventud: 100.

Juzgados: 71.

-de marina: 24.

-de matrícula: 38.

(V Tribunales).

L

Latinidad: (V. Preceptor de --).

Lealtad: 26, 37

Lector

-de filosofía: 100.

-de teología de vísperas: 100.

Leyes: 16, 17, 24, 31, 31 (A. II, IV), 37, 38, 57, 61, 72, 73, 76, 79, 83, 104, 109, 120. (V Recopilación de de los Reinos _ de las Indias).

Libertad [en abasto de carnes): 58.

Libras: 9, 26-28, 38, 47, 72, 73.

Libros

-de ayuntamiento: 21.

-[Capitulares): 9, 13, 17, 20, 44, 59, 64, 65, 73, 74, 88, 100, 101, 109, 122.

-de cargo y data para administración abasto de harinas: 73.

Libras: 9, 26-28, 38, 47.

Licenciado

-[en Derecho): 1, 2, 4, 5, 7, 12, 15, 17, 19, 21, 22, 24-28, 30, 31, 31 (A. III, IV), 34, 37, 38, 41, 42, 44, 49-51, 53, 57, 59, 66, 73, 77-79, 87, 88.

-[en Medicina): 119, 122.

Licencias: 6, 40, 86, 109. (V. Permisos).

Limpieza

-de calles: 61.

-de la ciudad: 16, 25, 43, 50, 54, 66, 72, 73, 107. (V. Carros para la --; Contrato para ).

Limosnas : 107.

Listas

-de deudores de propios: 43.

-de emigrados de la Guayana: 27, 28.

Literatura: 115.

Luto por la muerte de la reina doña Isabel de Braganza: 92.

LL

Llaves: (V. Arca de tres ).

Lluvias: 38, 72, 112

M

Macuquina: 7, 74, 109.

Madre Patria: l.

Madres Monjas Carmelitas: 62

Maestro

-mayor de las obras de fortificación: 38, 87, 88.

-de primeras letras: 1, 41, 52, 63, 86, 107.

Magistrados: 37. (V. Jueces).

Mando

-militar: 26.

-político : 26.

Mantenimientos: 2.

(V . Abastos; Alimentos; Comestibles; Víveres).

Manzanas (Barrios): 111. (V. Barrios).

Maravedíes: 3, 4, 9, 28, 37, 43, 44, 73, 94, 107, 113, 115, 118.

Marcas: 52, 72.

Marco: 52.

-dorado: 49.

Mares: 37

Marina: 38, 107.

(V. Auditor de guerra de --; Auditoría de --; Comandante de--; Juzgado de--; Matriculados de --).

Marineros: 37.

Mariscal de campo: 9, 72, 73.

Marqués del Norte: 28.

Matadero: 16, 58

Matanza de reses: 58.

lNDICE DE MATERIAS 207

1NDICE DE MATERIAS

Matriculados [de marina] : 24, 37, 51.

Matríc ulas: 38.

(V. Aforados de ; Comandante de --; Ordenanzas de [de Marina]).

Matrimonio: 78.

Matrimonio de Fernando VII con la infanta Isabel de Braganza: 92.

Mayordomía: (V. Cuentas de --).

Mayordomos

-de la Cofradía de -[Nuestra Señora] de Altagracia: 44, 95.

-de Santa Rosa de Lima: 44, 95.

-de propios: 4, 9, 10, 16-19, 22, 38, 43-46, 49, 53, 54, 57, 58, 61, 65, 66, 68, 72, 76, 78, 87, 90, 92, 94, 102, 109, 113-116, 118-120.

- interino: 22.

Medicamentos: 110, 118, 120.

(V. Medicinas).

Medicina: 6.

( V Doctor en ; Inspector de y cirujía).

Medicinas: 116. (V. Medicamentos).

Médicos: 3, 4, 111.

-de cárcel: 119.

-de ciudad: 65, 70, 113-115, 119, 122.

-honorario de cámara de su majestad: 65, 105.

-de la real familia: 4.

-del Real Hos pital Militar : 4.

-de sanidad: 62.

(V . [Honorarios médicos]).

Medidas: 20.

Memoriales: 40, 70, 86, 87, 97.

(V. Escritos; Instancias; Representaciones).

Mendicidad: 71.

Mercedes reales: 68.

Método de enseñanza : l.

Métodos curativos: 122.

Milicias: 100.

-Disciplinadas: 76, 78-80, 83, 86-92.

(V. Caballería de --; Comandante de ; Cuartel de --; Regimiento de --).

Militares: 62.

-retirados: 105.

Ministerio

-fiscal: 46.

-de Gracia y Ju sticia: 2 .

-de Guerra: 44.

Ministros

-ejecutor: 118.

-de Gracia y Ju sticia: 2.

-de justicia: 37.

-de real hacienda: 38, 41.

Moneda: 42.

-macuquina: 109

-de plata: 73.

-vellón: 73.

-macuquina: 7.

(V. Cuartillo; Cuartos; Ducados ; Maravedíes; Papel moneda; Reales).

Monjas [Carmelitas]: 62.

Monopolio: 73.

Morad ores: 122. (V. Vecindario; Vecinos)

Mozo: 61.

Muebles: 110.

Muelles: 4, 38.

-de Miraflores: 44.

-derechos de: 4, 87, 90.

[Muerte de la reina Isabel de Braganza]: 92.

Mulas: 72, 73.

Mulato: 78.

-liberto: 78.

Mulos: 88.

Multas: 44, 47, 61, 68. N

Negociantes: 7, 9.

(V. Comerciantes; Contratistas; Regatones).

Negocios: 2.

Negro: 3.

-bozal: 62.

Niñas : 34

Niños : 1, 4, 89.

Nombramiento

-de alcaldes de barrios: (V. Elección de--).

-de alcalde ordinario: 31 (A. 111).

-de alcalde de la Santa Hermandad de la Banda Sur : 35.

-de inspector de medicina y cirujía: 3.

-interino de fis cal de justicia y real hacienda: 65.

-de médico de ciudad: 65, 66.

208

-de protomédico de la ciudad de San Juan y de la isla: 3.

-de regidor interino: 17.

-de regidores como miembros de la Junta Militar y Política: 70.

-de vocal para Junta Municipal: 25. .

Notario de Indias: 20, 44.

Numerario: 72, 93, 119. o

Obispado: 122.

Obispo: 62, 92, 109.

Obras públicas: 90, 107, 113.

Obras de fortificación: (V. Maestro mayor de --).

Ociosidad: 88.

Oculista: 4.

Ofensas: 37. (V. Abusos; Agravio).

Oficiales: 10, 45, 65, 76, 115. -real honorario : 78.

Oficina: 10, 40.

Oficio de hipotecas: 106, 107.

Oficios [com. o eser.]: 1-6, 8, 10, 11 , 16, 17, 19, 21, 23-27, 29, 31 (A. 11), 34, 36-38, 40 , 41, 44, 45, 49, 51, 53-57, 59, 62, 64-67, 70, 73, 74, 76, 78, 79 (A. U.), 83, 86-88, 90, 93-95, 97, 100, 102, 105, 107, 109; 111-115, 117-120, 122, Oficios [empleos]: 16, 18, 20, 21 , 24, 33, 35-37, 40, 44, 54, 95, 97, 100, 109, 122.

-concejiles: 57, 66, 73, 79, 83, 85, 88, 97 . (V. Confirmación de --).

Oidor honorario de la Real Audiencia y Chancillería de [Puerto Príncipe], Cuba: 1-29, 31- 44, 46-66, 68, 70-73, 76, 78, 79, 82, 83, 87-97, 100, 104, 105, 110, 111, 114, 116-121, 123.

Onzas: 72.

Operaciones anatómicas: 118.

Operarios: 73.

Orden Americana de Isabel la Católica: (V. Caballero Comendador de la --)

Orden de Calatrava: (V. Caballero de la--).

Orden Militar de San Hermenegildo: (V. Caballero d e la Real ). IS.

Orden de Predicadores : 100.

Ordenanzas

-de Matrículas [de Marina]: 25.

~Municipales: 2, 9, 10, 29, 38 .

Ordenes: 3, 4, 9, 10, 16, 17, 26, 28, 31 (A. 11), 38, 45, 46, 49, 50, 92, 107, 114, 116-119.

(V. Reales --) p

Pacificación de Venezuela: 1, 17.

Padres de la Patria: 50, 110.

Padres Predicadores: 100.

Padres [re!.]: 100, 115.

Pan: 9, 26-28, 47, 68, 72, 73.

Panadería: 61.

Panaderos: 7, 26, 47, 68, 72, 73.

País: 26, 120.

Papel

-común: 24, 37.

-moneda: 62, 66, 78. (V. Papeletas).

-sellado: 24, 37.

-del sello cuarto: 24, 37.

Papeletas: 109. (V. Papel moneda).

Parajes: 10, 27, 72.

Pardos: 78.

Pared: 87, 88.

Partidos [Div. terr.]: 18, 56.

-de Aguadilla : 97.

-de Añasco: 97.

-de Caguas: 97.

-de Loíza: 16, 18, 40, 48, 49.

-de Manatí: 109.

-de Mayagüez: 95.

-de Ponce: 16, 100.

-de Río Piedras: 101.

-de Trujíllo: 16.

Pasajeros: 88, 120.

Pasajeros: 40, 48.

-de Loíza: 40, 48, 49, 51.

-de Palo Seco: 117.

Pasajes: 25, 56, 100.

-derechos de: 90, 94, 117.

-de Boca Habana: 24, 28, 29.

-de Boca de Loíza: 40, 49.

-de Palo Seco: 97, 117.

-de Toa: 24, 28, 29.

Paseo del real pendón: 57.

Patricios : 26.

Pedimentos: 21, 59, 100

lNDICE DE MATERIAS 209

(V. Instancias; Peticiones; Representaciones; Solicitudes).

Penas: 37, 73, 117.

-de cámara: 100.

-pecuniaria: 24.

Pendolistas: l.

Península: 9, 57.

Pensión: 49, 71.

Perjuicios: 1, 37, 40, 43, 47, 62, 66, 83, 86, 90, 94, 100, 117.

Permisos: 2, 4, 73, 95, 107, 120.

(V. Licencias).

Pesca: 24, 25, 28, 29, 37, 51.

Pesos [moneda]: 3, 4, 6, 10, 16-20, 26, 28, 37, 38, 43, 44, 47, 49, 50, 53, 54, 57-59, 62, 65, 66, 68, 71-74, 76, 78, 86, 88, 93, 94, 100, 102, 104-107, 109, 113-118, 120, 122.

-fuertes: 109.

-plata: 109.

Pesos y medidas: 20, 52, 53.

Pestes: 61.

Peticiones: 17, 40, 88, 94, 119.

(V. Instancias; Pedimentos; Representaciones; Solicitudes).

Piratas: 57.

Planas [escolares]: 1, 41, 52, 63, 86, 89.

Plata: (V. Pesos --).

Plaza [guarnición]: 3, 4, 7, 9, 20, 26, 38, 40, 47, 49, 72, 74, 78, 107, 110, 116, 117, 119, 123.

(V. Guarnición).

Plaza [empleo u oficio]: 37, 38, 71-73, 86.

(V. Empleos).

Pleitos: (V. Tasador general de -).

Pliegos: 25, 31, 79.

(V. Escritos; Expedientes; Instancias; Representaciones; Solicitudes).

Población: 50, 110, 111.

(V. Vecindario; Vecinos).

Pobres: 26, 27, 43 , 50, 58, 73, 89, 110, 116-118, 120, 122.

Policía: 61, 72, 109.

(V. Jueces de--; Reglamento de --).

Póliza : 54, 65.

Portero: 36, 122.

Postor: 54.

(V. Remate; Subasta).

Posturas: 2.

(V. Precios).

Preceptor de latinidad: 53.

Precios: 7, 16, 26, 114.

-de la carne: 38, 72, 73.

-de conducción de cargas: 88.

-de la harina: 7, 2tí, 47, 73.

-de medicinas: 117.

-del pan: 26, 27, 47, 72, 73.

-del papel: 24.

-de víveres: 2.

Predicador: 100.

Predio rústico: 17, 18.

Pregones : 58.

(V. Remate; Subasta).

Prelado: 100.

Premios: l.

P resbíteros: 100, 104-107.

Presidente

-de cabildo: 7, 17, 26, 31, 36, 49, 64, 65, 72, 73, 76, 79 (A. U.), 86, 92, 110, 117.

-del Convento de San Francisco: 115.

-de la Junta Municipal: 4, 9, 10, 16, 19, 37, 38, 46, 54, 57-59, 65, 73, 79, 87, 99, 107, 122.

-de la Junta de Sanidad: 3.

Presos: 40, 42, 43, 58, 107, 116, 119.

Préstamos: 73.

Presupuesto para la reparación del muelle de Miraflores: 16.

Pretiles: 38.

Prior del Convento [de Dominicos]: 100.

Priorato: 100.

Privilegio exclusivo de la pesca: 24, 25, 34, 37.

Procesiones de Semana Santa: 44, 95.

Procurador de número: 117.

Profesiones

-de cirujano: 2.

-[farmacéutica]: 40.

-médicas : 4, 6, 118, 122.

-quirúrgicas: 4, 6, 118

-de relojero: 4.

Profesores

-de farmacia: 9, 40.

-de medicina: 61, 110.

Propios: 6, 10, 16-19, 22, 25, 43, 61, 62, 65, 66, 72, 73, 78, 87, 88, 90, 92, 102, 104, 105, 107, 110, 115, 118-120, 122. (V. Cuentas de ; Mayordomo de--).

Protocolo: 107.

Pro tomédico : 3.

Proverbios: 37.

210 lNDICE
DE MATERIAS

1NDICE DE MATERIAS

Provincias: SS, 86.

Provisor: 62, 122.

Pudientes: 89.

Pueblos: 18, 26, 40, 50, 72, 78, 102, 112, 115.

(V. Población; Vecindario; Ve cinos) .

Puente de Martín Peña: 86.

Puercos: 38.

Puertas : 6

Puertos: 37, 73.

Puestos públicos: 38.

Pulperías: 6, 9.

(V. Tiendas).

Pulperos: 10, 61.

Púlpito: 86. 100.

Quejas: 38, 58, 62, 87.

Real almacén de sala de armas: 4

Real armada: 3, 109.

(V. Contramaestre de --).

Real Audiencia y Chancillería de Puerto Príncipe, Cuba: 56, 59.

(V. Oidor honorario de la --).

Real botica: 117.

Real cárcel : 6, 21 , 25, 40, 42, 58, 73, 87, 88, 107, 114-116, 119.

Real confirmación de oficios: 97.

Real contaduría: 88, 122.

Real erario: 122.

(V Cajas reales; Real hacienda ).

Real familia: (V. Médico de la --).

Real Fortaleza : (V. Calle de la --).

R eal hacienda: 9, 10, 66, 68, 72, 73, 93, 119.

(V. Cajas reales; Fiscal de justicia y - -; Junta de --; Ministros de - - ; Real erario).

Real Hospi tal Militar: 4, 7, 50, 116-118.

Real Orden Americana de Isabel la Católica: 64.

(V. Caballero comendador de la --).

Real Orden Militar de San Hermenegildo: (V. Caballero d e la ).

Real Ordenanza e Inst rucción de Intendentes de Nueva España: 20, 37, 54.

Real pendón: (V. Paseo del --).

Real Protomedicato de la ciudad de la Habana: 6, 9.

Real y Supremo Consejo de Indias: 59. (V. Secretario del --).

Real tesorería : 38.

Real título confirmatorio del oficio de escribano real y de cabildo: 122. (V. Títulos ).

Reales [moneda]: 3, 4, 9, 16, 28, 37, 38, 53, 57, 62, 68, 72, 73, 78, 94, 102, 107, 109, 113-118. -vellón: 87.

Reales cajas: 38, 120. (V. Fisco; Real hacienda)

Reales Cédulas: 17, 20, 40, 57. -1755, 31 de julio: 10, 38. -1768, 3 d e mayo: 62.

-1773, 5 de marzo: 38.

-1786, 4 de novi em bre: 38.

-1814, 28 de dici embre: 17.

-1815, 12 de agosto: 56.

-1818, 3 de diciembre: 122.

-1819, 15 de julio: 115.

Reales Decretos: 24, 34, 37, 64.

-1817, 29 de enero: 2.

-1817, 12 de febrero : 2.

-1817, 20 de febrero: 24, 25, 37. (V. Decretos).

Reales Despachos: 17, 38, 41, 44, 73.

-1817, 30 d e mayo: 17. (V. Despachos).

Reales ejércitos: 2, 4, 9, 26, 72, 73 . (V. Comisario ordenador honorario de--).

Reales Ordenanzas : 37.

Reales Ordenes: 4, 20, 37, 44, 70, 97, 122.

-[1755, 31 de julio]: 53.

_:1812, 13 de octubre: 3.

-1815, 30 de mayo: 37.

-1815, 13 de junio: 38.

-1815 , 12 de agosto: 90.

-181 5, 17 d e diciembre: 72.

-1817, 2 de enero: 3.

-1817, 29 de marzo: 4.

-1818, 4 de mayo: 62.

-1818, 17 de junio: 65, 66, 70.

-1818, 7 d e julio: 65.

-1818, 27 de agosto: 74

- 1818, 26 d e noviembre: 87, 120.

-1818, 28 de noviembre: 90.

-1819, 1 de mayo: 105.

-1819, 9 de- mayo: 105.

Rece¡as: 110, 116-120.

211
Q
R

1NDICE DE MATERIAS

Recibo: 49.

Reclamación: 100.

Reconquista de ila provincia de Venezuela: 17.

[Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias]: 24, 37, 38, 57.

Recusación: 78.

Réditos: 16-18, 43, 46, 54, 61, 76, 120.

Regatones: 117. (V. Comerciantes).

Regencia de España e Indias: (V. Consejo de--).

Regente de la Real Audiencia y Chancillería de Cuba: 100.

Regidores

~ecano: 31 (A. II, IV), 32, 33, 35, 38, 67, 81, 82, 84, 85, 88, 10.1.

-[dobles]

-Alcalde Mayor Provincial: 1-4, 6-18, 20-22, 24-29, 31, 34, 36-38, 40-43, 46-66, 68, 70-73, 76, 78, 79, 82, 83, 87-94, 96, 97, 100-121, 123.

-Alférez Real: 31, 37, 58, 61, 64, 66, 79, 90, 100, 109, 111, 112.

-Alguacil Mayor: 16, 34, 37, 38, 40, 49-51, 53, 58, 61-66, 68-74, 76, 79, 83, 84, 86-88, 90-94, 99-101, 103, 105, 106, 108, 109, 111-118.

Fiel Ejecutor: 1, 2, 6, 7, 11, 16, 17, 19, 21, 25, 28, 29, 31, 31 (A. II), 34, 37, 38, 40, 43 , 44, 50-54, 58, 59, 61-64, 66, 68, 69, 73, 77-79, 83, 86, 90, 100, 103, 104, 107-112.

-llanos: 1-34, 36-38, 40-64, 66-76, 78-80, 83, 86-95, 97, 99-123.

-interino: 17.

-suplente: 17.

Regimiento de Milicias Disciplinadas: 76, 78-80, 83, 86-92, 97, 99, 100, 103, 105, 107, 109, 115-120, 122, 123.

Registros: 18.

Reglamento

-Económico de Vacuna: 53, 55.

-[para matanza de reses y venta de carnes]: 58.

-de Policía: 115.

-sobre administración y manejo de penas de cámara: 100.

Reglas: l.

-para el aseo y limpieza de la ciudad: 25.

Regidor vice-decano: 36.

Religión: 100.

Religiosos Dominicos: 37.

Reloj [de la casa consistorial o de ayuntamiento]: 4, 9, 10, 16, 17, n 94, 110, 118-120, 122.

Relojero: 4.

Remate

-del abasto de carnes: 43.

-de la administración de carnicería: 42.

-del arrendamien to de carnicería: 117.

-de asientos de corrales de pesca: 95.

-de corrales de pesca: 24, 95, 97.

-de la escribanía pública y de cabildo de San Germán: 56.

-del oficio de

-escribano público: 95, 97, 100, 101, 109.

-escribano de real hacienda y registros: 17.

-de fiel ejecutor: 40.

-de regidor llano: 18, 88, 97.

-de pasajes: 24, 100.

-del servicio de limpieza de la ciudad: 54.

(V. Arrendamiento;· Juntas de almonedas; Junta de remates; Subasta).

Rentas: 16, 22.

(V. Propios).

Reparación del piso alto de la sala consistorial: 21.

Representaciones: 1, 3, 17, 18, 28, 31 (A. III), 41, 44, 55-57, 61, 66, 68, 72, 73, 76, 78, 83, 86, 89, 90, 92, 94, 99, 113, 114, 118, 119. •

(V. Escritos; Informes; Instancias; Memoriales; Oficios [com o escri.]; Pedimentos; Solicitudes).

Reses: 43, 58, 73.

Retrato

-de Fernando VII: 49.

-de la reina Isabel, infanta de Portugal: 49, 58.

[Retrete]: 10.

Revendedores: 117.

(V. Comerciantes).

Ríos: 24, 37.

Rogativas

-públicas: 74.

-secretas: 74.

Romaneo: 58.

Ropas: 109, 110.

212

Saca de ganado vacuno: 72.

Sabaletas: 38.

Sábanas: 50.

Sacerdote: 78.

Salarios: 90.

{V. Emolumentos; Gratificaciones ; Sueldos).

Salas

-altas de la real cárcel: 25.

--de armas: 4 .

-de justicia: 3.

Salubridad pública : 6, 17, 50, 109-112, 122.

Sanidad: 61.

(V. •Junta de --; Junta Superior de --; Médico de --; Visitador general de --; Visitas de --).

Santa Cruzada: {V. Bula de la --).

Secretaría

--de gobierno: 53.

-de intendencia: 97.

Secretarios: 37.

--de ayuntamiento: 72, 83, 90, 117, 122.

(V. de cabildo).

--de cabildo: 17, 37, 40. {V. -- de ayuntamiento).

--del Despacho de Gracia y Justicia: 2.

--de Estado: 2.

-de gobierno y capitania general: 112

-del Real y Supremo Consejo de Indias: 115.

Sello: 37.

-cuarto: 24, 37.

Semana Santa: {V. Procesiones de --).

Sentencias : 109.

Síndico procurador general: 1-5, 7, 9, 11, 12, 15, 17-19, 21, 22, 24-28, 30, 31, 31 {A. IV), 34, 36, 39-41 , 44, 50, 52, 53, 55-66, 68-79 (A. U.) , 83, 86, 87, 89, 90, 92, 94, 96, 99, 100, 109-120.

Sirvientes: 50, 58.

Sobrantes: 16, 43, 90, 107, 118.

Solares: 18, 19, 46, 119, 120.

Solicitudes: 3, 4, 6, 13, 16-18, 21, 24, 28, 31 (A. III), 37, 38, 48, 51, 54, 56, 63, 65, 66, 68, 70, 78, 83, 86-88, 90, 94, 97, 100, 105, 112-118.

{V. Escritos; Instancias; Memoriales; Oficios [com. o eser.]; Pedimentos; Representaciones).

Subasta

-de corrales de pesca: 25.

-del oficio de regidor llano: 83.

--de pasajes: 25.

Subdelegado

-de Cruzada: 122.

-de matrícula: 37.

Sueldos

--de alguacil menor: 37, 38, 71, 72, 122.

-de empleados concejiles: 25, 107, 119.

-de fiscal interino de justicia: 31.

-de guarda-almacén: 73.

-de maestro de primeras letras: 86

-de médico

-de cárcel: 119.

-de ciudad: 122.

-y cirujano de la Junta de Sanidad: 3.

--de portero : 122.

--de secretario de ayuntamiento: 122.

-[de verdugo]: 118.

Suelo: 6, 26, 46.

Sufragios: 31 (A. II}, 78, 79.

(V. Votaciones; Votos).

Superintendente de fábrica: 16, 21 , 44, 45, 65, 76, 113. T

Tabla: 18

Taller: 114.

Tarifas: 117.

{V. Aran celes)

Tasaciones : 2, 16, 18, 54, 104, 105.

Tasador general de pleitos: 120.

Techos: 38.

Teja: 18.

Tendero: 20.

Teniente

-coronel: 112

-de fragata: 109.

--de gobernador: 8, 11, 16, 25, 27, 37, 42, 43, 47, 50, SS, 61-65, 68-71, 75, 90, 91, 95, 100, 103, 109, 115, 116, 119.

--de rey: 26, 45, 47, 49.

Teología de vísperas, lector de: 100.

Terreno: 4, 40, 48, 49, 95.

(V Cuerda de --)

lNDICE DE MATERIAS 213 s

1NDICE DE MATERIAS

Tesorería : (V. Real --).

Testamento: 22.

Testimonios: 1-4, 6, 21, 24-27, 29, 31, 31 (A. II), 34, 37, 38, 40, 44, 45, 47, 51, SS, 59, 62, 64-66, 68, 70, 73, 74, 78, 92, 97, 100, 105, 109, 112, 113, 115, 116, 120, 122.

Tiendas: 6, 10, 20, 95.

(V Pulperías).

Tinta: 37.

Títulos

-de cirugía: 122.

-de escribano público: 95, 97, 100, 101, 109.

-de facultativos de medicina y cirugía: 83.

-de Marqués del Norte: 28.

-de medicina: 122.

-de m é dico.

-de la ciudad: 65, 70.

-cirujano, oculista y dentista: 4, 6.

-de preceptor de latinidad: 53.

-de profesor de farmacia: 9.

-de propiedad sobre terreno: 48 .

-de regidor llano: 83, 88.

-sobre solar: 120.

-de tasador general de pleitos: 120.

Tocino: 38 .

Transeúntes: 34, 40, 83.

Traspasos: 18, 54, 88, 100.

Tribunales: 3, 37, 51, 83, 115, 120.

-de alcalde ordinario: 61.

-de gobernador: 3, 20, 21, 38, 59, 97

-de gobierno: 21, 40, 78, 109.

-de intendencia: 68.

~de marina : 24.

(V. Jueces; Juzgados).

Tributos: 78.

(V. Contribuciones; Derechos [ec.]).

Utensilios: 50.

Vacas: 73.

u V

Vacuna: 61, 109, 122.

(V. Diputado de --; Reglamento Económico de --).

Vacunación: 122.

Vara [med.]: 52.

Vecindario: 6, 9, 40, 43, 49, 53, 71, 109, 110, 119.

(V. Población; Pueblos; Vecinos).

Vecinos: 50, 97.

-de Bayamón: 66.

-de Corozal: 16.

-de Loíza: 48

-de Mayagüez: 20, 95.

-de San Juan: 6, 74, 120.

(V Población; Pueblos; Vecindario).

Vellón: (V Moneda --).

Venta

-de carnes: 58.

-de casa: 65.

-de comestibles: 6.

-de e s tancia: 16.

-de harinas: 6, 7, 26, 72, 73

-de pan: 47, 72.

-de pulpería: 9.

-de terrenos: 49.

[Ventas]: (V. Casillas de --)

[Verdugo]: 118.

Viajeros: 40, 88

Vicario general: 62, 122.

Vice-director de la administración de la vacuna: 102.

Vigas: 65.

Villas: 18 , 56, 73.

Vinagre: 37 .

Virolento: 107.

Viruelas : 50, 53, 61.

Visitador general de sanidad : 105.

Visitas

-general: 45, 47.

-de tiendas: 20

-[médicas]: 78, 83.

-de médico: 92.

-de pesos y medidas: 37.

-de sanidad: 3, 57, 61, 62, 119, 122.

-a variolosos: 50.

-de víveres: 20.

Víveres: 2, 20.

(V. Abastos; Alimentos; Comestibles; Mantenimientos).

Vocales

-de ayuntamiento: 25, 31 (A. 11), 34, 36, 65, 76, 77, 108, 123.

-de la Junta Municipal: 4, 9, 16, 19, 25, 31, 31 (A. III), 37, 38, 46, 54, 57-59, 65, 73, 79, 87, 88, 99, 107, 122.

-de la Junta de Real Hacienda: 86.

Votaciones: 73, 76, 78, 79.

(V. Sufragios; Votos).

Votos: 25, 26, 31, 31 (A. III), 34, 58, 73, 76, 78, 79.

(V Sufragios).

214
1817 5 de mayo 12 de mayo 2 de junio 9 de junio 16 de junio 30 de junio 4 de julio 7 de julio 14 de julio 21 de julio 28 de Julio 4 de agosto 11 de agosto 18 de agosto 1 de septiembre .. . 15 de septiembre .. . 22 de septiembre 1 de octubre 6 de octubre .. . 13 de octubre 20 de octubre 27 de octubre .. . 10 de noviembre 17 de noviembre 19 de noviembre 24 de noviembre 27 de noviembre 1 de diciembre 15 de diciembre 22 de diciembre 1818 1 de enero ... Anexo I Anexo II Anexo III Anexo IV 2 de enero 9 de enero 12 de enero 15 de enero 19 de enero 26 de enero 9 de febrero 14 de tebrero 1 2 4 5 8 8 10 12 12 15 16 17 18 19 19 20 23 25 27 28 30 32 33 33 36 37 40 41 43 44 45 47 47 49 49 50 51 51 53 53 54 59 63
218 23 de febrero . . . 2 dé marzo 5 de marzo 6 de marzo 9 de marzo 31 de marzo 6 de abril 8 de abril 13 de abril 20 de abril 25 de abril 27 de abril 4 de mayo 18 de mayo 25 de mayo 1 de junio 8 de junio 15 de junio 22 de junio 6 de julio 13 de julio 20 de julio 28 de julio 3 de agos to 12 de agosto 31 de agosto 7 de septiembre 10 de septiembre 14 de septiembre 22 de septiembre 5 de octubre 13 de octubre 19 de octubre 26 de octubre 9 de noviembre 23 de noviembre 2 de diciembre 7 de dici embre 14 de dici embre • 1819 1 de enero Anexo Unico 2 de enero 2 de enero 11 de enero 11 de enero 15 de enero 19 de enero 19 de enero 25 de enero 9 de febrero 15 de febrero 1 de marzo 5 de marzo 8 de marzo 15 de marzo 22 de marzo 29 de marzo 1NDICE DE CABILDOS 63 65 66 66 69 71 72 73 74 75 77 79 81 81 83 85 86 87 89 91 92 93 95 97 98 100 102 104 104 106 106 107 109 112 116 117 118 119 120 123 124 125 125 126 126 128 129 129 131 133 136 137 138 139 141 142 143
19 de abril 26 de abril 4 de mayo 10 de mayo 24 de mayo 7 de junio 14 de junio 21 de junio 5 de julio 12 de julio 19 de julio 27 de julio 9 de agosto 23 de agosto 25 de agosto 31 de agosto 6 de septiembre 20 de septiembre 27 de septiembre 4 de octubre 11 de octubre 18 de octubre 25 de octubre 8 de noviembre 29 de noviembre 6 de diciembre 13 de diciembre 20 de diciembre 1NDICE DE CABILDOS 219 144 145 147 147 148 150 151 152 153 154 155 156 157 158 160 162 163 164 166 168 170 171 174 175 177 179 180 182
Actas Indices Toponímico Onomástico Materias Cabildos INDICE GENERAL 189 193 199 215
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.