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Actas del Cabildo de San Juan Bautista de Puerto Rico 1781-1785

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ACTAS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

1781 - 1785

Transc ripción, Redacción de notas marginales, Indices y Revisión d el trabajo de imprenta por la Dra. AIDA CARO DE DELGADO Catedrática de His t oria en la Universidad de Puer to Rico

EXCEDENTE BIBLIOTECA ATENEO PUERTORRIQUEÑO

DISPOSICION AUTORIZADA OFICIAL DEL MUNICIPIO DE SAN JUAN

PUBLICACION

Puerto Rico

1966

DERECHOS RESBR VA.DQS Depósito Le¡al. B: 35 067 -196' Printed in Spain Impreso en España Imprime: M. Pareja - Montaña, 16 - Barce lona

[12 DE MARZO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de marzo de mil setezientos ochenta y un años, se juntaron a cabildo ordinario , en esta sala capitular, los señores don José Dávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don S ebas tián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, regidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .

El señor procurador en vista de l as cuentas de mayordomo expuso no ofrecérsele reparo en ellas, y se aprobaron.

También respondió a la instanzia del arrendador del corral de puercos pidiendo certificazión a mí, el esscribano, de las circunstancias de dicho arrendamiento para poder responder, y se le concedió.

José Antonio López, arrendador del pasaje de Loysa, se opuso a la medida de la legua [ f. 1] / que le corresponde, como está mandado hacer, y se mandó que sin embargo se ejecute la medida y en sus resultas se proveerá.

Francisco López, de Manatí , se presentó con lizencia del señor gobernador para trasladarse con sus haberes y familia al partido de Faxardo, pidiendo el pase para las reses que conduce, y se l e concedió con tal de que deje satisfecha la pesa que le toca este año y traiga la tornaguía del teniente de Faxardo [roto] inteligencia del señor diputado de mes.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Davila [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. iv. J /

[1155]

[20 DE MARZO DE 1781.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a veinte de marzo de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián l. A

Cabildo ordina rio.

[Se aprueban las cuentas del ma• yordomo.J

[El procurador ge• neral solicita certifie>tción sobre condiciones del arrendamiento del co rral de cerdos.]

[Se provee para la medición de la legua corre spondie nte al pasajero de Lo!za. ]

[Licencia a Fran• cisco López para trasladar s us reses de Manatí a Fajardo.]

[1154]

[ E l procurador ge• nera l co ntes ta la instan ci a del arrendador del co rra l d e cerdos ]

[Licencia a Ju an Ortíz para t raslada r 18 r eses d e Toa Al ta a Ponce.1

[ Se aprueb a la m ed ición d e la l egua c orr espo ndi ent e al pasajero d e Lo íza n o o bstan te la obj ecc ión levan tada por éste.]

[Se con testa ni padre d o mini co Fra nci sco Prado las p r egu ntas fo rmul adas sob re tránsi to d e escla vos. ]

[ Se t r atan varios asun tos.]

ACTAS DEL CABILDO

Ignacio Vaerga, fiel executor; d on Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rex.idores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Respondió el señor procurador general a la instanzia del arrendador del corral de puercos, y se le dió traslado a éste para resolver.

Se le concedió lizencia a don Juan Ortíz para trasportar del partido de Toa Alta 18 reses al de Ponce baxo las prevenciones aconstumbradas [sic].

El señor rexidor don Tomás Pizarro, diputado para medir la legua del pasaje d e Boca de Loysa, exhibió las diligencias de este asunto con dicha [f. 2] / medida, y se aprobó en todo y por todo y aunque por parte del arrendador se presentó escrito oponiéndose a dicha medida por falta de citazión, constando, como consta, que antes y después se le citó y avisó, se le dixo: que era falsa su relazión y que don Félix Ximénez y el mismo pasajero pusie3en al fin de la medida, que es la palma, un amojonamiento permanente en todos tiempos.

El padre Francisco Prado, administrador de las haziendas [de los] padres Dominicos, expuso varias preguntas cerca del modo de transitar sus esclavos por el río y otros puntos, y se le respondió al pie de su escrito.

Y no habiendo otra cosa que resolver, habiéndose comferenciado otras varias, se cerró este cabildo y lo [ f. iv. ] / firmaron sus señorías, de que doy fe.=Davila [rúbrica] = Ariz mendi [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pi z arro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1156]

[26 DE MARZO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a veinte y seis de m a rzo de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Baerga, d o n Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro , regidores, para tratar y comferir las cosas tocantes [r· 3] / al pro y útil de la república.

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SAN JUAN BAUTISTA DE P UERTO RICO

Respondió el arrendador del corral de p u ercos a escrito del señor procurador general, y se mandó llevar al doctor don J osé Diepa para que consulte.

Se comferenciaron otras varias cosas y entre ellas sobre haber avisado el señor alguacil mayor del estado de la dependencia, y se acordó que se lleve a debido efecto la denuncia, dándose la fianza que previene, se le remita testimonio de ella y también poder en forma para su seguimiento y lo demás que pide.

Y no asistió el señor rexidor don Tomás Pizarra por haber avisado está enfermo, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe .= Davila [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] Davila [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f· Jv.] /

[ 11 57]

[2 DE ABRIL DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de abril de mil setezie ntos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Se mandaron pagar 106 pesos, 5 reales, al maestro carpintero Facundo Matanza por la obra en la casa de Milicias .

Se determinó la instancia del arrendador del corral de cerdos declarando que exceptuando solo de pagar el derecho los cuerpos militares de los cerdos que introducen para su proprio abasto, los demás que se introduzcan para el abasto público paguen, como hasta aquí, medio real por cabeza, y por el perjuicio de la tal excen-[r· 4] / ción lleve cuenta formal el arrendador y con documentos comprobantes se le reintegrará al fin de su arrendamiento.

Habiendo avisado el señor alguacil maior que le ha sido preciso tomar en Santo Domingo 500 pesos para expensas (de don Antonio de Roias) , remitan la letra a favor de don Pedro de Larrea, quien había requerido con ella , y mandaron sus señorías que el mayordomo de pro-

Corra l para cerdos.

[ R efiércse a Clln• s ulta del letrado clon José Diepa lo concernie nte al arrendamiento del corral de cerdos. ]

[Corral para ce rdos. ]

[

Provéese para el oto rgamiento de fianzas y de un poder al alguacil mayor a l efecto que pros iga e n la denuncia formulada con tra e l teniente de gobernador don Francisco Rafael de Monse rrate.]

[Libramiento para c ubrir gastos de reparación de la casa-cuartel de las Milicias Disc iplinadas.]

[ Se determina sobre e l pago del derecho en la introducción de ce rdos para e l abas t o.]

[Libramiento l?ara gastos incu rndos en Santo Domin o en la causa contra el te.niente de go- bernador.]

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[Otorgam ient o de fianza y de un poder general para proseguir la causa contra el teniente de gobernador Monserrate.)

ACTAS DEL CABILDO

prios los entregue y perciba el recibo a continuazión de la letra.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe.=Davila [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Baerga [rúbrica]= Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [r. J / [1158]

[18 DE ABRIL DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de abril de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre [sic], en esta sala capitular, los señores don José D ávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas to cantes al pro y útil de l a república, a que concurrió e l señor procurador general, don Miguel Dávila .

Con atención a que para dar curso y proseguir la denuncia hecha por este cabildo contra los procedimientos d el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, don Francisco Rafael de Monserrate, pendiente en la actualidad en [f. 5] / la Real Audiencia del distrito, es necesario presentar en aquel soberano tribunal fianza de calumnia, dixeron sus señorías por ante mí, el escribano, que desde luego la daban y dieron con sus personas y bienes, muebles y raíces, presentes y futuros, obligándose todos y cada uno [roto] la cantidad de ocho mil pesos en resultas de no justificarla ; e igualmente confieren sus señorías todo su poder cumplido, cuanto por derecho se requiere y es necesario, en primer lugar, al caballero regidor y alguacil mayor de este ayuntami ento, don Féliz de la Cruz, y en segundo, a don Miguel Bernanrdo Ferrer, a ambos juntos, y a cada uno in solidum, especial, para que prosigan y den curso a la citada denuncia, presentando escritos, informaciones, testigos y todo género de [ f. 5~-] / pruebas; hagan pedimentos, juramentos, protextas y conclusiones; recusen jueces, letrados, notarios y escri-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

banos; oigan autos y sentencias, interlocutorios y difinitivas, consientan los favorables y de l as en contrario supliqu en y apelen , sigan ~o y otro recurso para :l.onde y con derecho deban; ganen reales provisiones, cédulas, cartas y otros despachos y los hagan intimar, guardar y cumplir; y finalmente p ractiquen y hagan en este asunto cuantas diligencias y actos judiciales convengan y sean necesarios; que para todo y l o incidente y dependien te les dan sus señorías este referido poder, con libre, franca y general administración y facu ltad de injuiciar, jurar y sostituir, r evocar los sostitutos y nombrar otros, que a todos relevan de caución y fianza, en forma; y para su cumplimiento y pode r obrar lo aquí expresa do, mandaron sus señorías se saque uno o los más testimonios d e [ f. 6] / esta Acta Capitular que fueren necesarios; y lo firmaron, de que doy fe.=Entre renglones : en resultas de no justifi ca rla. = Vale.=Joseph Davila [rúbrica] =Miguel .4ntonio de Arizmendi [ rúbrica ] =Sebastián Y gnacio de Baerga [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica]=B ernardino de Aponte [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica]= T110mas Pizarra [rúb rica) =Miguel Xiorro [rúbrica] =Miguel Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1159]

[23 DE ABRIL DE 1781.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de abril de mil setezientos ochenta y un años, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre [sic], los señores don Jos é Dávila y don Miguel (f· 6v·] / Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que asistió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

El albañil Domingo Alvarez pidió el cumplimiento del pago d e la obra y reparos hechos en la casa de Milicias, y se mandó que se reviese, si estaba comforme a su contrata, por persona inteligente y asistencia del señor rexidor de mes, don Bernardino de Aponte, en cuia vista se proveerá.

Se comferenciaron varias cosas y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. =Davila [ rúbri-

[ Se provee para la r e vi s ión de las re• paraciones efectua• da s e n la casa• cuarte l de las Mi• li cias Disciplina• das.) [Se tratan varios asuntos.)

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[Decla rada s in lugar petición del pasaje ro de Manatí, Jul ián Antonio de la Ros a, sobr echar chinchorro .]

[Se trat an varios asuntos. ]

[Se ~ospone la determinaci ó n sobre va r ios as unto s.]

ACTAS DEL CABILDO

ca] =Arizmendi [rúbrica] =Cordova [rúbrica]=Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica]=Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f- 1] /

[1160]

[30 DE ABRIL DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de abril de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Antonio de Arizmendi, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Antonio de Córdova, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Julián Antonio de la Rosa, arrendatario del pasaje de Manatí, pidió que se le permitiese lizencia para echar chinchorro entre la legua que le pertenece, exponiendo varias razones para ello, y se decretó que no había lugar.

Se trataron otras varias cosas y se cerró este cabildo que firmaron sus [f. 7v.] / señorías, de que doy fe.=Arizmendi [rúbrica] =Baerga [rúbrica]=Cordova [rúbrica]= Davila [rúbrica]=Pizarro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica), esscribano público y de cabildo.

[1161]

[7 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de mayo de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Antonio de Arizmendi, alcalde ordinario; don Antonio de Có r dova y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas toc an tes al pro y útil de la república

Y habiéndose conferenciado varias cosas se qued aro n para otro cabildo, [ f 8] / y lo firmaron sus señorías, de que [doy] fe.=Ari zmend i [rúbrica) = Cordova [rúbrica]= Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygn acio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

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[9 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de mayo de mil setecientos ochenta y un años, se juntaron a cabildo extraordinario, convocados por su [señoría], el señor gobernador y capitán general, los señores don José Dávila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió también el señor procurador general , don Miguel Dávila .

En este acto entró el escribano público, don [t sv.] / José de Reyna, a participar a sus señorías, de parte de s u señoría, el señor gobernador y capitán general, lo d eterminado por Su Alteza en los asuntos pendientes en aquella superioridad entre este ayuntamiento y el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, de cuya d eterminación pidieron sus señorías testimonio a dicho escribano para lo que corresponda, y que se inserte en este Libro de Acuerdos.

Con lo que se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Davila [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =A ponte [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Xiorro [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica] , escribano real y teniente de público y cabildo. ['· 9] / [ANEXO UNICO]

Vistos: Líbrese real provisión al gobernador de Puerto Rico para que haga saber al Cabildo, Justicia y Reximiento de aquella ciudad h aberse des es tim ado su d enuncia contra el tenie nte de gobernador, auditor, don Francisco Rafael d e Monserrate, por no venir en forma, sin perjuicio de las facultades que dan las leyes a los gobernadores de informar a su majestad, con justificación, de los excesos d e los ministros de justicia de su distrito; y haberse, asimismo, declarado que el teniente de gobernador en defecto de éste se subrroga en su lugar, del modo que previenen las leyes y novísimas reales disposiciones, pero que de ningún modo le eximen éstas de la obligación de con-

[Se participa al cabildo lo determinado por la Audiencia de Santo Domingo en los asuntos que el con• cejo tenla pendientes an te dicho tribunal.]

[ Real provisión de 26 de abril de 1781 co ntentiva de w1 auto de la Audie nc ia de Santo Domingo desestiman• do la denuncia formulad a por el cabildo contra el teniente de gobernador Monserra te; proveyendo para la vigencia de las antiguas ordenanzas municipales y para la remisión a la Audiencia de Santo Domingo de las o rdenanzas que re • dactase el concejo; anulando las re-

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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, -elecciones de los alcaldes ordinarios de 1781, y orde• nando la celebra• ción de nu evas elec• clones para estos oficios ; disponien• do que el alguacil mayor y el fiel ejecutor satisfagan la diferen cia existent e entre el precio po r e l cual re• mataron sus ofi. cios y el señ1laJo por la anter o r ta· sació n; imponiendo multa al teniente de gobernador; re• conviniendo a! cabildo por su contravención a las leyes ; mandando al gobernador dirija sus consultas a 111 Au diencia en deb1• da forma y cuide de mantener la buena relación en• tre los oue admi• nistren justicia, y que hagJ ~e cumpli mente la presente real provi• ~ión .]

ACTAS DEL CABILDO

sultar al gobernador y al ayuntamiento principalmente en las materias de pública utilidad como la de la disputa.

Y por lo que mira a las Ordenanzas propuestas por el teniente, se deberán por aho r a observar las antiguas y remitir a este tribunal las las [sic] que [r· 9v. ] / forme el cabildo, con la mayor brevedad, para que se examinen conforme a las leyes; y como contrarias a éstas se anulan las reelecciones para alcaldes en el presente año, y en su consecuencia pasen los capitulares dentro de seis días a celeb rar de nuevo elecciones para dichos oficios.

Y en orden a la reclamación de los perjuicios del real fisco en la falta de requisitos y de l menos justo precio en que han sido tazados y rematados los oficios de alguacil mayor y fiel executor, por ahora, y con re serva de lo que su majestad resolviere, satisfagan los poseedores, por un efecto de equidad, a lo menos la cantidad que resultare excedente de la última anterior tazación a la del actual remate.

Y por el desarreglo que se nota en el teniente, se le apercibe y multa en ciento y cincuenta pesos, aplicados a los estrados de este tribunal, borrándose y tildándose las expresiones de que se queja el cabildo, a quien también se apercibe por su contravención a las leyes y el mal espíritu que descu-[r· 10] / bre en sus procedimientos; y se encarga al expresado gobernador que en lo sucesivo dirija a este tribunal las consultas en debida forma y cuide de mantener la buena correspondencia entre los que administran ju s ticia , y haga prontamente efectiva esta providencia, dando cuenta.

Proveído por los señores presidente, regente y oidores de esta Real Audiencia y Chancillería, que rubricaron los señores , decano don Luis de Chaves, don Agustín Emparaan y don Ramón Jover, en Santo Domingo y febrero veinte de mil setecientos ochenta y uno.=José de Castro Palomino , secretario de cámara y gobierno.

Y para que lo referido tenga efecto, a excepción de lo que previene la providencia anterior en orden a la exhibición que deba hacer el alguacil maior, don Félix de la Cruz, con r es pecto a lo que resultare de la última anterior tasazión de dicho oficio y al menos justo precio en que se le remató, por quedar [f. IOv ] / pendiente la súplica que en esta parte de ella interpuso y le fue admitida por auto de dos de marzo último, acordamos mandar librar ésta, nuestra carta y real provisión, dirigida a voz, el nuestro gobernador de la ciudad de Puerto Rico, por la cual os mandamos que luego que la recibáis, la déis y haréis dar su

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

debido, puntual y efectivo cumplimiento, según y como se os previene y manda en el auto suprainserto, sin ir ni permitir se vaya contra su expresa forma y tenor ni tocar en lo que últimamente se os advierte, so la pena de nuestra merced. Dada en la ciudad de Santo Domingo y abril veinte y ·seis de mil setecientos ochenta y un años.

E, yo, don Francisco Rendón Sarmiento, secretario de cámara y gobierno del rey, nuestro señor, la hice escribir por su mandado, con acuerdo de su presidente, regente y oidores.= Rubricado= Rexistrada por el chanciller= (Lugar del sello)= Raimundo de Ezparsa = Raimundo de Ezparsa.

Por recibida [f. 11 ] / la antecedente real provisión, que su señoría obedece en la forma debida, y con las urbanidades de estilo hágase saber al muy ilustre ayuntamiento de esta ciudad y al señor teniente de gobernador, dándoseles testimonio del auto pro veído por Su Alteza, si lo pidieren, para que cada uno, en la parte que le toca, le dé su debido cumplimiento con la prontitud que se manda; y al mismo efecto el presente escribano borrará y tildará las expresiones de dicho teniente de gobernador, de que se queja el ilus tre cabildo, poniendo la diligencia correspondiente para que de todo conste.=José Dufresne.=Lo mandó su señoría, el señor gobernador y capitán general de esta isla, y lo firmó , en Puerto Rico, a siete de mayo de mil setecientos ochenta y un años, en papel común por no haber del sello cuarto. = Ante mí=José de Reyna, escribano público.

Corresponde con su original, que por ahora queda en mi rexistro y oficio, a que me remito, y en fee [f llv,J / de ello y en virtud del requerimiento del muy ilustre ayuntamiento, en este día, que fue el de su participación, saqué el presente para entregarlo a su señoría ilustre, y lo signo, y firmo, en Puerto Rico, a nueve de mayo de mil setecientos ochenta y un años, en papel común por no haber del sello cuarto.=En testimonio de verdad, José de Reyna, . escribano público.

Corresponde con el testimonio original de su contenido, a que me remito. Puerto Rico, catorce de mayo de mil setecientos ochenta y un años Nicolás de Aguayo [rúbri ca], escribano real y teniente de público -y. cabildo.

Auto. ( Auto del gobernador don J osé Dufresne proveyendo que el cab:ldo y e! teniente de gobernador cumplimenLen debidamente lo , mandado por el auto librad o por la. Audienc ia de San•to Domingo.]

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ACTAS DEL CABILDO

[El cabildo celebra nuevas elecciones para los oficios de alcaldes ordinarios, ello en cumplimiento de lo mandado por auto de la Audiencia de Santo Domi n go.]

{El gobernador D11fresne confirma la elección de los alcaldes ordinarios.]

[Se provee para la recepción de don José Canales como .alcalde ordinario de primera elección.]

[Recibimiento de don Antonio de Córdova como alcalde ordinario de s.-gunda elección.]

{Oficio.]

[11 63 ]

[14 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de mayo de mil setecientos ochenta y uno, en obedecimiento de lo acordado por Su Alteza, que re side en la [ f, 12 ] / ciudad de Santo Domingo, en el auto que antecede, dirigido a este cabildo por su señoría, el señor gobernador y capitán general, p ara efecto de hace r nueva elección de los dos alcaldes ordinarios prevenidos en el acuerdo de Su Alteza, se juntaron en esta sala ca p i tular los señores don José Dá vila y don Miguel Antonio de Arizmendi, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidor es; y habiendo votado cada uno en su lugar salieron electos los siguientes=

Para alcalde ordinario de primera elección, don Jos é Canales, co n seis votos.

Para alcalde de segunda, don Antonio de (f 12v• ] / Córdova, con s ie te votos

Y habié ndose dirigido el oficio acostumbrado a su señoría, el señor gobernador y capitán general, se sirvió confirmar esta elección, cuyo do cume nto se copiará en este Libro; y por hallarse ausente el dicho don José Canales, se mandó escribir carta para s u comparendo, y que venido que sea se l e d é su posesión por el señor rexidor-fiel executor, don Sebastián de B aerga; y hallándose presente el señor d on Antonio de Córdova se le dio posesión d e s u empleo, por el señor rexidor don Bernardino Aponte, p reced ida aceptación y juramento que hizo según derecho; y Jo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Joseph Davila írúbrica] = Miguel Antonio de Ar izmen.di [rúbrica]= Sebastian Y gnacio de Baerga [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica] =Domingo Davil a [rúbrica] =Thomas Pizarra [ rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguavo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo ( f. 13 ]/

[ANEXO UNICO . ]

Señor Gobernador y Ca p i tán General. Dir ijimos a vuestra señoría la n u eva elección de los dos alcaldes ordina-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ríos a que ha procedido este cabildo consecuente a lo acordado por Su Alteza y auto de vuestra señoría para ello, habiendo salido para el de primera elección, don José Canales, con seis votos; y para el de segunda, el caballero rexidor decano , don Antonio de Córdova, con siete. En cuya virtud suplicamos a vuestra señoría se sirva confirmar la expresada elección o disponer lo que sea más de su agrado. Nuestro S eñor guarde la importante vida de vuestra señoría muchos años. Sala Capitular de Puerto Rico y mayo catorce d e mil setecientos ochenta y [f· uv.] / uno . =Besan 1a mano de vuestra señoría, sus más atentos servidores.=José Dávila=Miguel Antonio de Arizmendi=Se bastián Ignacio Baerga =An tonio de Córdova =Bernardino de Aponte = Domingo Dávila=Tornás Pizarro=Miguel Xiorro.=

Puerto Rico, catorce de mayo de mil setecientos ochenta y uno.=En virtud de las facultades que obtengo , confirmo esta elección y déseles posesión.= Dufresne . Es copia de s u original, que queda archivado, a que me remito Puerto Rico, ut supra. Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

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[17 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de mayo d e mil setecientos ochenta y uno, para efecto de darle posesión en su em-[r· 14 ]/pleo de alcalde ordinario de primera elección a don José Canales coropareció en esta sala capitular con el señor r exidor diputado don S ebastián de Baerga , quien por ante mí, el escribano, l e recibió juramento al dicho don José Canales , qu e hizo por Dios, Nuestro Señor, y una señal de cruz, según d erecho, ofreciendo cumplir con dicho su empleo s egún las obligaciones de él; en cuya virtud dicho señor diputado l e puso la vara de alcalde en la mano y sentó en su co r respondiente lugar, y lo firmaron, de que doy fee.=S ebastian Ygnacio de Baerga [rúbrica] =losef Canales [rúbrica] =Ante mí=Nicolás d e Aguayo [rúbrica] , escribano real y teniente de público y cabildo. [f. 14v·J /

[ Oficio informando al ¡¡obernador la elección de los dos alcaldes ordinarios.]

Decreto.

[Confirmación del go bernador a la elección de alca,des ordinarios.]

[Recepción de don José Canales corno alcalde ordin ario de primera elec• ción.]

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[Recl amo de l pas ajero de Pueblo Viej o sobre derechos de p asaje. ]

[Oficio a l gober- nador para que provea respecto a l as Ord enanzas y d emás papeles t ocantes a ellas q ue cstáa en posesión d el t e n iente de gobernador Monser ra te ]

ACTAS DEL CABILDO [1165]

(21 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a veinte y uno de mayo de mil setezientos ochenta y uno, se juntar on a cabildo ordinario en esta sala de ayuntamiento los señores don Jos é Canales y don Antonio de Córdova, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaer ga, don Tomá s Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El pasajero de Pueblo Viexo reclamó contra don Valentín Martinez los derechos de pasaje, y se le dio traslado. Se acordó que respecto a que este cabildo ha cumplido la real provisión intimada en cuanto a la elección de alcaldes ordinarios, y que el no haberlo ejecutado con la formazión de nuevas Ordenanzas con la misma pronta obediencia ha sido el no haberse pasado las [f. 15]/ antiguas Ordenanzas y demás papeles de su asunto, que par an en el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, se le pase oficio al señor gobernador y capitán general para que se digne providenciar lo que corresponde, a fin de que en todo quede cumplida la disposición de Su Alteza. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. Entre renglones: don Tomás Pizarro, vaie.=Canales [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] ~Pizarra [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz. [rúbrica], esscribano público y de cabildo . [r, 1Sv.J/

[1166]

(28 DE MAYO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de mayo de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala de ayuntamiento los señores don Antonio de Córdova, rexidor-alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, pa r a tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república; y no concurrieron el señor alcalde ordinario don José Canales

.12

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

por haber participado se halla ernfermo; y el señor rexidor don Tomás Pizarra por hallarse ocupado en la diputación. Y en dicho cabildo se acordó lo siguiente:

Habiendo visto la real provisión de Su Alteza para que en el distrito de s u Real Audiencia (f. 16 ] / se tenga por abogado de ella al doctor don Jacinto de Santana, vecino del partido de Ma natí, que se ha servido remitir a este ilustre ayuntamiento su señoría, el señor goberna dor y capitán general, para que se tome razón de ella y se le d evuelv a original a la parte; teniendo presente este ilustre ayuntamiento el defecto de solemnidad con que debe presentarse en él, según y como hasta ahora se ha practicado, dixeron sus señorías se pase oficio al señor gobernador y capitán general, con testimonio de este Acuerdo, a efecto de que estando cierto su señoría de la sumisión y obediencia con que este ayuntamiento mira y executa sus mandatos principalmente cuando, como el presente, se deriva de l a superioridad d e Su Alteza se sirva tener a bien que aunque obedece, como debe, no puntualice el que envuelve el citado decreto, previniendo su señoría al doctor Santana se presente como corresponde.

El doctor don Jacinto Santana presentó es-(f • 16' • ] /crito en este día instando sobre la providencia al real título de abogado dirijido a este cabildo por su señoría, el señor gobernador y capitán general, y se proveió: Que lo acordado en el día.

Se comferenciaron otras varias cosas y quedaron a resolverse para otro cabildo, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Antonio Cordova [rúbrica] = Sebastian Y gnacio de Ba erga [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica]=Ante mí = Y gna c io H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1167]

[11 DE JUNIO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once d e junio de mil setezientos [ C. 17 ] / ochenta y uno, se juntaron a cabildo en es ta sala capitular, como lo han de uso y constumbre [sic], l os señores don Antonio de Córdova , alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Baerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro , rexidores, para tra-

[ Oficio al gobc r • na dor para que requie ra d e l d octor do n J acinto Santana p resen te personalmt.ntc a n• te el cabil do la rea l pro visión co ncernien te a su recepción como abogado.]

[Se pro,•ee a l e scrito d e l d octo r Santa na.] [Se trat a n vari?s asun tos .]

13

[ Se provee para la visi ta de pesos y medidas.]

[Provéese a e scrito del pasajero de Pueblo Vi ejo ]

[Se tratan vari 'l, a s untos.]

(Se admite a Juan Rexina como pregonero de la ciudad.]

ACTAS DEL CABILDO

tar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El señor fiel executor expuso que era tiempo de proceder a la visita de pesos y medidas y lo hacía presente a este cabildo, a que los señores de él accedieron para remedio del público en las ventas de comestible.

Y habié ndose dado otras providencias a escrito separado del pasajero de Pueblo [ f. 17•·]/ Viexo y comferenciádose otras, se concluió este cabildo que firmaron sus s eñorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica]=Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí= Ygnacio Herrá nz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1168]

[

18 DE JUNIO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de junio de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han [ f 18 ] / de uso y constumbre [sic], en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova , alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; y don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El señor alcalde ordinario expuso que por cierta causa estaba preso Juan R exina y le ha condenado a que sirva de pregonero por no haberlo en la república, y que lo hacía presente para que el ayuntamiento teniéndolo a bien lo admita y se le dé el sueldo asignado a este oficio, y sus señorías, atendida la necesidad que hay de este ministro y que no se encuentra quien lo qui e ra ejercer, le admitieron y mandaron sus señorías [r, 18•·]/ se pase al mayordomo la orden correspondiente por mí, el esscri bano

(Se tratan vari os asuntos. ]

Se comferenciaron otras varias cosas y se cerró este cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí = Y g nac io H e rránz [rúbrica], esscribano público y de eabildo.

14

[2 DE JULIO DE 1781.)

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos d e julio de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo en esta sala capitular los señores don Antonio d e Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Baerga, fiel executor; don B e rnardino de Aponte, don Jos é Dávila, don Domingo [ f. 19) / Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Se mandó satisfacer a Domingo Alvarez, albañil, el resto de la obra de la casa de Milicias , según la cue nta presentada.

El mayordomo presentó la cuenta de gastos hechos hasta aquí , con los recibos, y se proveió que la revies e el señor rexidor don José Dávila.

Y habiendo expuesto el señor rexidor don Miguel Xiorro que para precaver los daños y perjuicios que puede n tener las otras casitas se n ecesita d a rl es alquitrán a fin de que del todo no se inutilicen, manda ron sus s eñoría s que así se execute, para cuio efecto se pase la orden al mayordomo.

El pasajero de Palo Seco representó varios perjuicios que se le hacen con las canoas de los vezinos de Vayamó n , y se dió tras-[t· 19v· J / lado al señor procurador general. Y habiéndose comferenciado otras varias cosas quedaron a resolverse para otro cabildo, y lo firmaron sus s e ñorías , de que doy fe. = Cordova [rúbrica]=Baerga [rúbrica]= Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio H errá nz [rúb r ica], esscribano público y de cabildo.

[ 1170]

[9 DE JULIO DE 1781.)

En la ciudad d e San Juan d e Pue rto Rico , a nueve de julio de mil se tezientos y o chenta y uno , se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova , alcalde ordinario ; [!. 20 ) / don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y

[Ordénase el pago de la obra efectuada en la casacuartel de Milicias Disciplinadas.]

[Se 1,>rovee para l a revis ión de las c uentas del mayordomo.]

[ Se provee pa ra el uso de alqu itr á n en la conservación de las casillas de ,·ent as. ]

[Represe ntación del pasajero de Pa:o Seco sobre daños que le cau san .]

[Se tratan var io~ asun tos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
[ 1169]
15

[Se otorga din ero a censo a los pre;bfteros don Tom ás y don Es teba n de Castro.]

[Oficio a l gobernador para q ue rem ita todos los expedientes ne cesarios para proveer r especto a la recopilac ión de las Ordenanzas Municipales .] [Se t rata n varios asuntos .]

ACTAS DEL CABILDO

útil de la república. En este tiempo llegó el señor rexidor-fiel executor don Sebastián de Vaerga.

Habiendo pedido por un memorial el señor rexidor don Tomás Pizarra que se le concediese el traspaso de 500 pesos de censo de esta ciudad a los presbíteros don Tomás y don Esteban de Castro se le concedió baxo la escritura que deberán otorgar.

Se acordó que respecto a haber remitido a este cabildo su seño ría, e l señor gobernador y capitán general, las Ordenanzas Municipales con la real provisión y falta r la informazión de utilidad que se practicó y otros expedientes y apuntes para su recopilazión, se dirija oficio a su señoría para [f. 20v·] / que se sirva mandar se remitél todo para dichos fines y q u e se archiven las citadas Ordenanzas en el entretanto.

Y habiéndose tratado otras varias cosas, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Baerga [rúb rica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], escribano público y de cabildo.

[1171]

[16 DE JULIO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a diez y seis de julio d e mil setezientos ochenta y un años , se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre rsic], los [f, 21 ] / sefiores don Antonio de Córdova, alcald e ordinar io; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel exec uto r ; don Domingo Dávila, don José Dávila, don Tomás Piza rra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

[ Se apr u e b a n cuenta~ de mayordom o.]

[Gohcrnador solicita del cabildo informe respec to a la causa de la car est1a de carnes y m edio~ para solventarla.]

Imformó el señor rexidor don José Dávila a las cuentas del mayordomo de los gastos h echos hasta ahora, y se aprobaron y devolvieron para dar la cue nta general.

Respondió el mayordomo a l asunto de Félix P acheco sobre la casilla de la plaza, y s e dió vista a José González.

El seño r alcalde ordinario don Antonio de Córdova expus o: Que su señoría, el señor gobernador y capitá n general , s e hallaba en ánimo de venir a este cabildo para tratar el punto de la falta de carnes que actualmente se experimenta en la república y que habiendo tenido ocu[f, 21 v•] / pazión precis a qu e se lo h a imposibilitado expu-

16

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

siese el señor alcalde lo que su señoría tenía que exponer, que se reduce a que tratado este asunto con la maior reflexión se imformase a s u señoría l os motivos en que consiste, dando razón clara e individual del medio o remedio para este caso, por que su señoría desea cumplir el buen orden y gobierno que debe tener la república. Sobre que se comferenció l argament e y acordaron sus señorías que para el cabildo venidero se citen a todos los s eñores capitulares y se podrá evacuar lo que su señoría des ea .

Que en la carnecería se pongan dos argollas y recomponga el cepo o se h aga de nuevo con los candaos correspondientes , por el señor rexidor diputado, dando cuenta de su costo. [ f 22]/ Con lo que se concluió este cabildo y lo firm aron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pi zarra [ rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1172]

[23 DE JULIO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de julio de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Canales y don Antonio de Córdova, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio Vaerga, fiel executor; don José Dávi-[f· 22••]/ la, don Domingo Dávila, don Bernardino de Aponte y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y comferir las cosas to ca nt es al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila, a que no asistió el señ or rexidor don Miguel Xiorro por haber participado estaba emfermo .

Habiéndose comferenciado largamente el punto de la falta de carnes, cuio informe pide su señoría, el señor gobernador y capitán general, se le pasó el oficio siguiente:

Señor Gobernador y Capitán General. En el cabildo de este día (para el cual fueron comvocados todos los capitulares) se han reflexionado los motivos de la falta de carnes para el abasto público como vuestra señoría le expuso al señor alcalde don Antonio de Córdova. Y en primer luga r se halla que l a demolición de los hatos y sus resultas es motivo, en dichas, [ '· 23 ]/ principal.

2. A

(Se provee para la colocación de dos argollas y de la reparación del cepo en la ca micei:ia .]

[Oficio al gober • nador dándole a conocer 1~ causas de la carestía de carnes y formulando recumendaciones para conjurar• la ]

17

[ I nstancia de Félix Pachecn es re• ferida a con s ulta del doctor en derecho J osé Diepa.]

[Se eligen a las personas qu e efectuarán el escrutinio de las reses existentes en la isla.]

ACTAS DEL CABILDO

En segundo, que siendo la dotazión diaria catorce reses, comforme al manifiesto sobre que se arregló, no llegan jamás completas, y muchas veces ninguna por la negligencia de los tenientes a guerra que no cumplen las órdenes de los diputados. En tercero, que habiéndose aumentado el gasto con la venida de las tropas no será posible aun cuando se contribuiérese entera la dotazión de abastecer el todo d e la plaza. El ayuntamiento deseando ir acorde con los vigilantes pensamientos de vuestra señoría cree que algo se puede adelantar haciéndose escrutinio de las reses que existen en la i sla y hacer nuevo reparto con el fin de que visto su número se aumente la dotazión. Finalmente, consideradas todas las cosas en tan importante asunto y en la actualidad confiesa el cabildo que sin socorro de afuera no es posible mantener el número de individuos que existen en ella ya de tropa y ya de república.

La instanzia de Félix Pacheco se pasó por con-[t· 23v·J / sulta al doctor Diepa. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Canales [rúbrica] =--= Cordova [ rúb rica]=Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbri ca ] = Davila [rúbrica] = Pi zarro [rúb rica] =Davila [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1173]

[30 DE JULIO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de julio de mil setezientos ochenta y uno , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Baerga, fiel executor ; don Domingo Dávila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y [r. 14 ]/ comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y asistió el señor procurador general.

Habiendo contextado el señor gobernador y capitán general al oficio que se le pasó a su señoría, en el cabildo antecedente, y pedido se le informe de los sujetos que pueden hacer el escrutinio de las reses que existen en la isla, eligieron sus señorías a don Antonio de Matos, a don José Ramírez y a don Francisco López, y que poniéndose copia en este Libro del oficio de contextazión se le pase a su señoría el que corresponde a evacuar este asunto.

18

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Juan Romero, arrendatario del pasaje de Palo Seco, representó muchos y varios perjuicios que le causan las canoas del río, y habiéndose dado vista al señor procurador general se remitieron estas diligencias al señor rexidor don Domingo Dávila con facultad y comisión (f· 24v·J/para que castigue y multe a cualquiera individuo que sea causa de dichos perjuicios.

Habiendo apelado al cabildo don Valentín Martínez de la sentencia dada por el señor alcalde ordinario don Antonio d e Córdova se hubo por presentado y se nombraron diputados a los señores don Sebastián Ignacio de Vaerga y don Tomás Pizarra.

El señor alguacil mayor don Félix de la Cruz habiendo escrito al cabildo el estado de la dependencia, con fecha de l.º del corriente, se le contextó hoy, cuio borrador y su carta qu e dan archivados.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo, a que no asistió el señor rexidor don José Dávila, y lo firmaron s us señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Piza rro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Davila [rúbrica] = Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica] escribano público y de cabildo . [f· 25] /

[ANEXO UNICO]

Muy señor mío : Por el de vuestra señoría de 23 del corriente, referente a al [sic] cabildo celebrado del mismo día, sobre el abasto de la plaza en especial en la provisión de carnes (como uno de mis mayores cuidados) quedo enterado de que la demolición de los hatos es el principal motivo de la escasez del ganado y falta de la peza repartida, y que la negligencia de los tenientes a guerra en el cumplimiento de las órdenes d e los diputados contribuye en parte a esta falta; y como sin embargo de que justamente estoy entendiendo en la convenencia y disconvenencia de la demolición de hatos para que en cazo que se haga sea útilmente, con conocido beneficio y adelantamiento de la isla, según la proporción y oportunidad de los terrenos . Y contra la negligencia que pueda haber en los tenientes a guerra (he dado al mismo tiempo las órdenes más eficaces) me resta sólo para extablecer el medio más seguro de la peza el proceder, según vuestra seño-

¡g

[Se provee para el castigo y multa d e quien les ione los derechos d e Juan Romero c o mo arrendatario d e 1 pasaj e de Palo Seco. ]

[Designación de di• putados para en• t ende r en ap ela• ción.]

[Se conte sta a es• crito del alguacil mayor d o n F é l r< de la Cruz.]

Carta.

[Carta de l gobe rnad or Dufresne al cabildo solicitando de éste l e informe las personas que podían encargarse de efectuar el re• conocimiento de las reses existentes en la isla.]

[P rovéese respecto al traslado de tres vacas del partido de La Vega a l de Huma cao ]

ACTAS DEL CABILDO

ría concibe, a un nuevo examen de las reses que existen en toda la isla, y a este fin espero que vuestra señoría me informe los [f. :.sv. ] / sujetos que con exactitud y exmero podrán desempeñar este encargo para ponerlo, desde luego, en execución a efecto de que reglado con el mejor conocimiento el número de reses que puedan contribuir por razón de pesa se asegure su indispensable diaria remisión a esta capital, con lo que aunque no alcanze la peza al completo proveimiento de la guarnición y vecindario, por el aumento en que se halla, será menos sensible que la falta que se va experimentando del todo de las carnes por algunos días continuos. Dios guarde a vuestra señoría muchos años . Puerto Rico, 30 de julio de 1781. Besa la mano de vuestra señoría su más atento, seguro servidor.=José Dufresne=Muy Ilustre Ayuntamiento.

[1174]

[6 DE AGOSTO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de agosto de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Canales y don Antonio de Córdova, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Baerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar ['· 26] / y comferir las e.osas tocantes al pro y útil de la república.

Juan Luis Montero, con lizencia del señor gobernador para su transporte del partido de La Vega al de Jumacao, expuso tenía tres vacas que llevar a él , y se le dio la providencia correspondiente. Y no habiendo otra cosa que acordar, se ce r ró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que do y fe.=Canales [rúbrica] =Cordova [rúbri ca]= Baerga [rúbrical=Aponte [rúbrica] =Pi zarra [rúb rica]= Xiorro [rúbrica] =Ante mí = Y g nacio Herránz [rúbrica], escribano público y de cabildo.

[1175]

[13 DE AGOSTO DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de agosto de mil sete-[r. 26'·] /cientos ochenta y un años, se

20

SAN JUAN BAUTISTA DE PUER TO RICO

juntaron a cabildo en e s ta sala capitular los señores don José Canales, alc a lde ordinario; don Sebastián de Baerga, fiel executor, do n Miguel Xiorro, rexidores, par a tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república , a que concurrió también el señor procura dor general, don Miguel Dávila .

En es t e cabildo se presentó Juan Francisco Pagán pidiendo lice ncia para la translación de su ganado, que tiene en el partido de Bayamón al d e Faxardo, y se le con cedi ó co n respecto a la licencia que presentó de su señoría, e l señor go bernador y capitán gene ral, y con tal de que d eje satisfech a la pesa y traiga la tornaguía.

Don Va lentín Martínez acusó rebeldía a los pasaj ero s, a quienes se l es mandó que no respondiendo para el c abildo venidero se l e extraerían los autos con apremio.

El señor rexidor-fiel exec u tor pres entó dos recibos, el uno, de cuatro pesos por dos [f, 27] / argollas, y el otro, de dos pesos p ara t res candados para el cepo de la carnicería, cuyo costo se mand ó sa ti sfacer por el mayordomo. Con lo qu e y por no h ab er otra cosa qu e acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee .=Canales [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Dav ila [rúbrica]= Ante mí =Nicolás de Aguayo [rúbrica] , escribano real y teniente de público y cabildo.

Nota: Que en e s te estado entró el señor rexidor don Tomás Pizarra que se r etiraba de Ja diputación de la carn icería, de que do y fee.=Aguayo [rúbrica]. ['· 27v, J /

[ 1176]

[20 DE AGOSTO DE 1781.J

En la ciudad d e San Jua n de Puerto Rico, a veinte d e agos to de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario lo s señores don Antonio de Có rdova, alcalde ordinario; don Sebastián I gnacio de Vaerga, fiel e xecutor; don Bernardino de Aponte y d on José Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurri ó el señor procurador general, don Miguel Dávila . E l señor rexidor don Miguel Xio rro no concurrió a este cabildo por haber imforrnado se h allaba emfermo.

[Licencia a Juan Francisco Pagán para trasladar /!,ª· nado del part ido de Bayamóu al do Fajardo.]

[ Se urge de los pasajeros con tes• tación al plant eamiento de don Va• lentín Martlnez. )

[Ordénase e l pago de tos gastos hec hos en ta adqui• sición de argolla s y candados para la carnicer!a.]

[Se tratan varios asuntos.)

21

[Licencia a F rancisco d e l Rosa ,,o de Dios para trasladarse con s u familia y s iete rese s del partido d e Rio Pie d r a s al de Lo fz a )

[ Se arc hi va instan cia de Manuel Lamas.]

[ Li b ramient o p ara gas tos d t. r e paració n de la cárcel. J

[ Determinase que F éli x Pach eco y José González rec urran al tribunal para dirimir su ple ito.]

[ Destitución d e 1 a lguac il Tom ás de Gu1.mán.]

ACTAS DEL CABILDO

Francisco del Rosario de Dios se presentó con lizencia del señor gobernador para trasladarse del partido de Río Piedras al de Loysa, con su familia y siete reses, y se le permitió las llevase baxo del método prescrito. [ f, 28 ] /

Al escrito de Manuel Lamas con don Valentín Martínez se proveió se suspendiese y archive su instancia, como lo pide el mismo Lamas, y se le haga saber a Valentín.

En este estado entró el señor rexidor don Tomás Pizarro. Se mandaron pagar al mayordomo c inco pesos al herrero Domenech por l a compostura de la cerrad ura y una llave de uno de los calabozos de la cárcel, y doce reales, al albañil Calderón . Y no habiendo otra cosa, se cerró el cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscrib ano público y de cabildo. (f- uv.J /

[1177]

[27 DE AGOSTO DE 1781.J

En la ci udad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de agosto de mil setecientos ochenta y uno, se juntaron en esta sala capitular a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don José Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Entró el señor rexidor don Miguel Xiorro.

Con consulta del doctor don José Diepa, se determinó la instancia de Félix Pacheco con José González, se determinó* que ocurriesen las partes al tribunal donde pende el a rtículo.

En atención a constar a todos los señores de este a yunt a miento la mala verzación que haze ( f. 29 ] / de s u oficio d e alguacil Tomás de Guzmán, desac a to con que trata a los señores diputados y el hallarse amancebado con escándal o e incorregible, pues los mism o s señores lo han executado varias veces sin tener enmie nda, dixeron sus señorías que le separaban y separaron desde este día al citado Guzmán de su oficio de alguacil, y que se le haga saber por mí, el esscribano, y a los demás ministros y al mayordo-

* En e l original aparece tachado.

22

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

mo . Y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúb rica ] =Bae.rga [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f, 29v, ] / [1178]

[3 DE SEPTIEMBRE DE 1781.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a tres de septiembre de mil se t ezientos ochenta y un años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Canales y don Antonio de Córdova , alcalde s ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino d e Aponte y don Jos é Dáv ila , rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la r e pública. Entró el señor rexidor don Miguel Xiorro.

Jos é Antonio López pidió lizencia para po ner corral en el pasaje que r e mató de Loysa , y se le co n ce dió con tal que traiga a vender el pescado a esta ciudad y arrancar l as estacas de él acabado el tiempo.

El alguacil depu es to , Guzm án, s uplicó se l e volv iese a su e mpleo p rotextando l a [f· 30] / enmienda d e s u s h echos, y se decre tó no hab er lugar p or ahora y que por mí, el escrib ano, se le refieran los motivos d e s u d eposición .

Don Valentín Martínez instó a que Ma nuel L amas, pasaiero que se nombra de Pu ebl o Viexo, co ntinúe los autos o le p ague las costas, y se ]e dió traslado y q u e pasen a los señores alcaldes ordinarios para su prosecuzión y det erminación.

Dixeron sus señorías q u e a consecuencia d e l o tratado verbalmen t e en el cabildo próximo pasado, en orden a recomendar al real trono la virtud y méritos del señor doctor don Nicolás de Quiñones, deán de esta Santa I gl esia Catedral, para ]a mitra vacante por muerte del señor d on fray Manuel Ximénez P érez, acordaron sus señorías, a consecuencia de todo, se pase oficio a su señoría, e l señor go b ernador y (f. JOv, J / capitán general, para que teni éndolo a bien se sirva auxiliar la representazión qu e se incluie para su maj esta d, de la que se pondrá copia en este Libr o. Y no h abiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabild o y lo firmaron sus señorías, de qu e doy fe. = Canal es [rúb ri ca ] = Cordova [rúbrica] = Baerga [ rúbrica ] = Aponte

[ Li cencia para colocar e~ de pesca en Loíza bajo determinadas condi ciones.]

[ Declárase sin lu• ga r petic ión de Tomás de Guzmán sob re reintegro a s u cargo de al• guacil.]

[Se r efiere a los alcaldes ordinarios los autos obrados en la causa de Valentín Martínez y Manuel l.a· mas.j

[Oficio al gobernador para qu= « se s irva auxiliar• la representación oue hace el cabildo al rev recomen• d:mdo al deán don '-f icolás de Quiñones para obispo de la isla.]

23

[Se concede tes timonio de autos a José González.]

[Tomás de Guzmán queda restituido en su oficio de alguacil. ]

[Se ordena a Julián Cueto y José Garda no impidan la administración de la carnicería a Andrés Santana.J

ACTAS DEL CABILDO

[rúbrica]=Davila [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1179]

[10 DE SEPTIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de septiembre de mil setezientos ochenta y P· 31 ] / uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

José González pidió testimonio de los autos que ha seguido Félix Pacheco, y se le concedió.

Al alguacil Tomás de Guzmán se le reintegró en su oficio, usando de equidad y oyendo del señor rexidor don Tomás Pizarro.

El arrendatario de la matanza de carnes de la carnecería, Andrés Santana, se quejó de Julián Cueto y José García, representando que le impedían el uso de la administración en ella y que no podía dar cum-(f· 3iv.] / plimiento a su arrendamiento como lo tenía escriturado, y acordaron sus señorías que respecto a que este ayuntamiento no reconoce ni ha reconocido otro arrendador ni administrador que a Andrés de Santana, en virtud de su remate y demás obligaziones, con que lo ha estado exerciendo el señor rexidor de mes, don Miguel Xiorro, se lo haga saber a dichos Cueto y García para que no le impidan el uso de dicha administración. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [1úbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí = Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f 32 ] / [1180]

[17 DE SEPTIEMBRE DE 1781.]

E n la ciudad de San Juan de Puerto Rico a diez y siete de septiembre de mil s etecientos ochenta y un años, se

24

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don José Canales y don Antonio de Có rdova, alcaldes ordinarios; don Bernardino de Aponte y don Jos é Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas toc&ntes al pro y útil de l a repúbli ca, a que no concurrió el caballero rexidor don Miguel Xiorro por haber ido a la justicia de un reo.

El señor don José Dávila hizo presente habérsele nombrado de comisionado para el nuevo manifiesto de ganados por su señoría, el señor gobernador y capitán general, y hace ánimo de salir cuanto antes para que su falta a los cabildo [ sic ] en el tiempo que esté en esta ocupación no le pare ningún p erjuicio .

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo [f. 32•·] / que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Canales [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica ], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1181]

[24 DE SEPTIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de septiembre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. (f· 33 ] /

José García Romero y Julián Cueto se quejaron de la providencia dada en el cabildo de diez del corriente, y para proveer se mandó dar traslado a Andrés Santana.

El señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova expuso que el señor gobernador y capitán general le había prevenido que expusiese al cabildo la necesidad de hacerse la horca de firme, construiéndose los dos pilares de argamasa y un madero y escalera de madera, capaz de quitars e y ponerse , y se acordó que desde luego se execute y corra con la obra el se ñor diputado de mes , cuios gastos salgan del ramo de multas, y en caso de faltar lo suplan los proprios hasta su r eintegro.

Félix Pach eco presentó memori a l dando dos pesos más por el alquile r d e la c as illa que habita, y se resolvió n o

[E l regidor dor.i José Dávila par ti• cipa su nombra• miento como comisionado p a r a efectuar el reconocimiento de gana• de lo que moti• Yará su ausencia del cab il do.]

[Se trdlan vari'>' asuntos.]

[J osé García Romero y Jul ián Cuelo s e que jan tle lo ordenado respecto a la adm inistr ac ión de la carniceda. ]

[Provéese sobre la cons trucción de la horca.]

25

[ Se declara sin lugar ofrecimiento d e F élix Pacheco respec to a l al q uiler de la casilla de venta que ocupa.]

[Por circunstancias de guerra cabildo no puede r emesar diez mil pesos exigidos por la Audiencia de Santo Domingo como fianza en l a e a u s a contra e l teniente de gobe rnador Fra n cisco Rafael d e Mons errate .J

ACTAS DEL CABILDO

ha lugar por [ f. 33 v. ] / ahora . Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] = Dav ila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H e rrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1182]

[28 DE SEPTIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y ocho de septiembre de mil setezientos ochenta y uno, con motivo de haber llegado el señor alguacil maior, don Félix de la Cruz, [f· 34 ] / de la comisión a que fue destinado a la ciudad de Santo Domingo, se abrió cabildo ordinario y se juntaron a él los señores don Antonio de Córdova, alcald e ordinario; don Félix de la Cruz, algua cil maior; don Sebastiá n Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don B ernardino d e Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir la s cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor alcalde don J osé Canales por haber escrito, al señor rexidor don José Dávila, se h a llaba e mfermo. Concurrió tambié n el seño r procu ra dor general, don Miguel Dávila.

El señor alguacil mayor dio c uenta de su comisión y exhibió un a certificazión, por duplicado , [f. 34v. ] / comoreh en siva d e l a providencia del tribunal s up e rior de la Real Audiencia; y en vista d e lo resuelto por Su Alteza, en orden a que es t e ilust re ayuntamiento d epo s ite e n a q u ellas real es cajas d e Santo Domingo l a ca n ti dad d e di ez mil p esos para proveer sob re l a d en uncia que ti e ne hecha contra e l teniente d e gobernador y auditor de guerra, don Francisco Rafael d e Mons errate, dixeron s us señorías que re specto a no ser asequib le la remisión del dinero en l a ac tu a l situazión de l a guerra, por el peligro de ser interceptado por los e nemigos, se libre nuevo oficio a l señor g obe rnador y ca pitán general proponién dole estas dificultad es y suplicándole nuevamente se sirva adm itir una informazión, secreta o pública, d e los excesos del auditor para que con es ta justificazión que de el so b erano m ás bi e n informado de la realida d d e lo que expone [ f, 35 ] / el cabildo en su recurso, que re serva elevar a los pies d el real trono , y con efecto se lib ró e l o fi cio del t e nor siguiente:

í
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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Señor Gobernador y Capitán General. Mui señor mío: Vuestra señoría tiene presente que habiendo denunciado este cabildo al teniente de gobernador y auditor de guerra, don Francisco Rafael de Monserrate, sobre su mal versado manejo, elevó su denuncia hasta la Real Audiencia del distrito, pero Su Alteza, por su real provisión de 26 de abril de este año, se sirvió d eses timarla por no haber ido en forma. El cabildo creió que esta falta d e formalidad hubiese consistido en la d e las fianzas para las resultas y por Acuerdo d e 18 del mismo mes se obligó hasta la cantidad de 8 mil pesos, que se constituía a d epositar previamente al procedimiento, y aún muchos más miles si fuesen necesarios. Sin embargo, Su Alteza no h a tenido a bien determinar otra cosa sino que depositándose 10 mil pesos en las cajas d e aquella ciudad de Santo Domingo [f. 35v, J / y formalizándose expecíficament e los capítulos se proveería y que se diese cuenta.

Nadie es capaz de dudar de la justificación y sabiduría con que procede Su Alteza, y aunque sería mui fácil expecificar muchos capítulos, bastantes a ll enar la denun cia, consistente principalmente en que la venalidad d el auditor ha h echo baratillo de su tribunal y de su asesoría, con todo no encuentra asequible el d epósito de la cantidad en las cajas de aquella isla en un tiempo tan crítico como el actual de la guerra en que ya a la ida y ya a la vuelta d e aquel puerto ha apresado e l ene migo porción de embarcaziones, por lo que no le parece que debe aventurar tanta suma a un peligro tan inmiente [sic].

El cabildo, constituído por Dios y por el rey para mirar por el bien de l a república, cree que haría traición a su alto ministerio s i esperase con indiferencia las dilaciones d e las resultas de la cuenta que Su Alteza propone dar a la real persona en un tiempo [ f, 36] / que, por la razón dicha, se pasa un año sin tener noticia de Europa, pues si. se interceptase por el enemigo, como sucede fr ecuent emente, la embarcazión en qu e se diese tal cuenta o en la que vengan las r esultas a caso sucedería que ni en dos ni en tres años podría la piedad de nuestro católico monarca proveer d e r emedio a un mal que eficazmente lo exíge por instantes.

La consideración de estos incomve nientes llenarían d e consternazión al cabildo sino tuviese presente por una parte, qu e la desestimazión que Su Alteza hizo de su denuncia es sin perjuicio de las facultades que dan las leyes a los gobernadores de imformar a su majestad, con ju sti-

Oficio.

[Oficio al gober- nador solici tándole instruya una in• formación, secreta o pública, respecto a los excesos cometidos por el t e • niente de gober• nador Moaserrate y denunciados ante la Audiencia de Santo Domingo poc el cabildo.]

27

ficazión, de los excesos de los ministros de justicia de sus distritos, lo que parece que es lo mismo que prevenir a vuestra señoría que haga la justificazión una vez que no debe desentenderse ni de los clamores del público ni de los oficios de un cabildo sobre asunto de tanta gravedad e importancia. Y por otra, que dándose esta cuenta, coroforme a las leyes de ellas (f 36v·] / mismas, se deduce que también los inferiores al príncipe, por justas causas, pued en suspender y aún remover algún maxistrado de su cargo y oficio teniendo por justas causas la prevaricazión de su oficio, porque según derecho el oficial convencido de robo o cohecho puede ser suspenso por el ordinario sin necesitar para ello de hacer consulta a la real persona, lo que más bien se confirma por una real cédula que permite esta suspensión, porque a maioridad de razón vale la consecuencia de que se permite en el de sobornazión que se compara al sacrilexio y al crimen de lesa majestad, como que según doctrina asentada las l eyes que prohiben proceder contra la s personas constituídas en dignidad, sin consulta de superior, se entienden cuanto a no poder cas• tigarlo pero no para poder prenderlo .

Este conocimiento alivia los cuidado s del cabildo y le obliga a hacer a vuestra señoría la más sumisa y formal instancia para el procedimiento contra el auditor de guerra [1• 37 ] / en la averiguación y justificación de los excesos que le tiene denunciados pues una vez que vuestra señoría tiene facultades no debe tenerlas sin ejercicio en caso tan urgente y prevenido por Su Alteza que no se las perjudica, y el cabildo está pronto a dar las fianzas que se tengan por comvenientes y bastantes. Al menos cuando vuestra señoría, sin embargo de este nuevo oficio, no tenga a bien proceder por si mismo podrá vuestra señoría servirse, como le suplica el cabildo, dar su comisión bastante al señor t eniente de rey de esta plaza para que con asesor verifique la informazión, ora sea pública ora secreta, y evacuándola la devuelva a manos de vuestra señoría para providenciar so bre lo demás que corresponda. Cuando ni a esto haia lugar, el cabildo tendrá la satisfacción de que en cuanto ha estado de su parte ha llenado los deberes de su obligación insinuándolo a vuestra señoría tan vivamente y descargando, como descarga, en vuestra señoría toda la* responsabilidad para con Dios y con el rey, en cuio nombre le requiere en la mejor ['· 37v.] / y más reverente forma que puede y debe y desde el cuerpo le

* En el original aparece tachado.

28
ACTAS DEL CABILDO

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

suplica, con la maior sumisión, se sirva hacerse cargo de los fundamentos sólidos que justifican la solicitud del cabildo. Nuestro Señor prospere la persona de vuestra señoría muchos años. Puerto Rico, a 28 de septiembre de 1781. Y habiéndose firmado se remitió con el portero, y se concluió este cabildo, el que firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Aponte [ r úbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Y g nacio Herránz [rúb rica ], esscribano público y de cabildo [1183]

[1 DE OCTUBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de octubre de mil setezientos ochenta y uno , se juntaron a cabildo ordinario, [f· 38] / como lo han de uso y constumbre [sic], los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; d,.m Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don José Dávila, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la repúblic a, a que asistió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

No habiendo respondido ni contextado el señor gobernad or y capitán general al oficio que se le pasó en el cabildo último pasado se le instó a su señoría por otro d el teno r siguiente:

Mui s eñor mío: El cabildo suplica a vuestra señoría se sirva no tener a m al que le signifique cuán sensible le ha sido que vuestra señoría no se haya dignado contextarle su antecedente oficio, del 28 d el mes que acabó ayer, en orden al procedimiento que exige la conducta del auditor de guerra en consecuencia de la denuncia y soberana [f· J8v ] / disposizión de Su Alteza, de 21 de febrero de este año, que no pe r judica las superiore s facultades de vuestra señoría para ha cerle la justificación conforme a las leyes. Este sentimiento consiste en que la gravedad del asunto no permite la menor demora pues en ella peligra el efecto de la justificazión: porque el auditor se toma tiempo o para seducir los testigos que sabe que pueden declarar o para atropellar a los que no pueda seducir y adjudicar después al atropellamiento el espíritu

Oficio

[ Segundo oficio al gobernador urgiéodole provea para la información tocante a los exces os del teniente de gobernador Monse rrate ]

29

[Se ordena a Julián Cuelo y Jos~ García presenten escrirura de venta otorgada por André s Santana sob re la adm inis t rac ión de la carn icería.]

[Se aprueban cuent as de gas tos d e la c o misió n dese m • peñada ante la Audfoncia de Sant o Domingo y d e la re parac ión d e la horca y casillas de ve nt a. ]

ACTAS DEL CABILDO

de las declaraziones para tachar a los declarantes. ¡Cuántos exemp]ares tiene el ayuntamiento de estos hechos!

A vuestra señoría no se le esconden como ni tampoco el arbitrio que toma el auditor de expecies poco comformes a la verdad, d e que ha ve ncido felizmente sus asuntos en la soberanía con lo que lle n a d e temor a los de la plebe y se está ha ciendo partido con los [ f. 39 ] / poderosos.

P or la justa consideración de los males que de esto resu lta a l público y que a lguno s d e los t estigos o pueden morir o ausentarse antes que llegue el caso d e reci bírseles sus de claraziones, no tien e arbitrio el cabildo para dejar de reiterar su s r equ e rimi entos a vuestra señoría con la misma sumisión que en su ante cedente oficio para que vuestra señoría se sirva proveer, como en él se le suplica y aquí insta d e nuevo, baxo las más saludables protextas. Nuestro Señor prospere la vida de vuest r a señoría muc hos años. Sala Capitular d e Puerto Rico, a l.º d e octubre de 1781.

Re sp ondió Andrés S a ntana y se pidieron autos, como también a otros esc rit os que presentaron Julián Cueto y José Ga rcí a sobre el mismo asunto, mandá ndoles que prese nt en las escrituras de venta que les ha hecho el citado Santana y que se ponga también el expe dient e d e éste en que se le dio la [f J9v. ] / administració n de carnecería como arre ndador d e e lla .

Se aprobó la cuenta presentada p or el señor alguacil mayor, don Félix d e la Cruz, importante novecientos y cincuenta p esos, de los gastos causados en su comisión y también el gasto de la horca y cas illa s, presentada por Facundo Matanza .

Con Jo qu e se concluió es t e ca bildo y lo firmaron su s señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica]=Cruz [rúbrica ] = Baerga [ rúbrica] = Davila [rúbrica ] ~ Davila [rúbrica] = Piza rra [rúbrica] Xiorro [rúbrica] = Davila [rúb rica] = Ante mí = Y gnac io H erránz [rúbrica ] , esscribano públi co y d e cabildo.

[ 1184]

[8 DE OCTUBRE DE 1731.)

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, [r, 40 ) / a och o de octubre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova , alcalde ordinario ; don F élix de la

30

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que asistió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

El señor gobernador y capitán general se sirvió contextar a los dos oficios que a su señoría se le pasaron en los dos cabildos antezedentes , en la forma siguiente:

Mui señor mío: Habiendo reflexionado sobre los dos oficios de vuestra señoría, de 28 de septiembre último y 1.0 del corriente, he providenciado se instruia la informazión instada en ellos sin perjuicio de las di sposiciones s uperiores que en e l asunto se han dado ; y al mismo fin de instruir la su-[f· 40v·J/perioridad para los procedimientos o determinaziones ulteriores pasándome vuestra señoría a el efecto la competente instrucción comprehensiva a todos los puntos que deben justificarse; lo que participo a vuestra señoría para su inteligencia en contextazión a los citados oficios. Dios guarde a vuestra señoría muchos años . Puerto Rico, 8 de octubre de 1781. Besa la mano de vuestra señoría, su más seguro servidor: José Dufresne. Muy Ilustre Cabildo.

José García y Julián Cueto presentaron las dos escrituras que se les mandó presentar, y se acordó que se pusiesen con los autos p e didos, como se mandó, y que a Andrés de Santana se le vuelva a notificar cumpla con el depósito, con apercibimiento, y que a Sebas tián Moreno se le haga saber este depósito por no haberse podido hacer en el cabildo pasado.

El señor rexidor diputado de mes, don Sebastián de Vaerga, [f· 41 ] / presentó el cuaderno de las diputaziones de matanza de carnes, desde el año de 77 hasta el de 80 irrcfusive, por ser volumoso [sic], y se mandó archivar. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí:= Y gnacio Hen:án z, [rúbrica], esscribano público y de cabildo

Oficio.

[Gobernador D U• fresne provee se ins truya la información contra ei tenienle d e gobe l'• nador Monserra; te.]

[Ptesentacíón de esc ri tu ras por Jos é' Garcia y Julián Gueto.]

[Notifica e i 6 n 3' Andrés de Santana sobre cumplí• miento del depósito requerido.]

[Se manda archivar cuaderno de' d i p u t a ciones de matanza de reses durante lo s años: de tm a 1780 iil>clusive: ]

31

{Capitulares juramentan guardar fidelidad y secreto a todo lo tratado y acordado en la~ sesiones concejiles.]

[Cabildo r e ro i t e al gobernador interrogator io conforme al cual deberán s e r examinados los t estigos que indica en nómma seriarada y en la causa contra el t eniente de gobernador Monserrate ]

[Poder especial al regi dor • algua.cil mayor don Félix de la Cruz para que practique t odas las diligenciasnecesarias para la averiguación de los -excesos cometidos por el teniente de gobernador Mon:11errate ]

ACTAS DEL CABILDO [1185]

[15 DE OCTUBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de octubre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de u so y constumbre [sic], los señores don [f. ]/ Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávila, y don Miguel Xiorro, rexidores para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

Para que de ningún modo pueda tener transcendencia lo que en este cabildo y los demás que sucedan ocurran en ellos que tratar y decidir, acordaron sus señorías hacer, corno hicieron todos y cada uno, juramento solemne por Dios, Nuestro Señor y una señal de cruz, de guardar fidelidad y secreto en tal forma que por ningún motivo, acción ni dernostrazíón se trascienda, baxo la responsión a Dios y al rey y so pena de perjuros. (f. 42 ] /

En este cabildo se pasó oficio a su señoría, el señor gobernador y capitán general, con el interrogatorio de preguntas a cuio tenor se examinen los testigos que se enuncian en la nómina que también acompañan, rub ricada por mí, el esscribano, todo en prosecuzión de la delación y averiguación de ella, cuia copia, de todo, mandaron sus señorías archivar, corno se archivaron.

A consecuencia de lo acordado en este mismo día a e fecto de proseguir y averiguar con justificazión la delación hecha contra los procedimientos del señor auditor de guerra, diputaron sus señorías al señor rexidor-alguacil mayor, don Félix de la Cruz, y a maior abundamiento l e daban y dieron poder bastante, cuanto por derecho se requiere, expecial para que sobre este asunto y en esta ciudad haga y practique las diligencias que sean (f / necesarias hasta concluir y finar dicha instancia, presentando escritos, testigos y todo género de prueba s ; haga pedimentos, requerimientos, protextas, recuse jueces letrados, notarios y esscribanos , oiga autos y sentencias, interlocutorios y diñnitivas, consienta los favorables y d e las en contrario suplique y apele; y finalmente, practique y haga cuantos actos y dilig encias judiciales y extrajudiciales convengan, y que este ilustre ayuntamiento haría y hacer pudiera _ron 1íbre, franca y general administración

3.7

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y facultad de injuiciar y jurar; para cuio cumplimiento obligaron sus señorías sus personas y bienes habidos y por haber, con sumisión y renunciación de leyes y derechos que pueden sus señorías [1· 43 ] / renunciar y la general de ellas; y mandaron se le dé a dicho señor alguacil mayor testimonio de esta Acta en lo que respecta a este asunto, con pie y cabeza de ella.

Se dieron decretos a escrito de Andrés de Santa Ana y de Julián Cueto, pidiendo autos con los antecedentes.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Antonio de Cordova [rúbrica] = Felis de la Cruz [rúbrica] =Sebastian de Baerga [rúbrica] =B ernardino de Aponte [rúbrica] = Jo seph Davila [rúb rica] = Domingo Davila = [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =Miguel Davila [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y d e cabildo. [ f. 43v. ] /

[1186]

[22 DE OCTUBRE DE 1781. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y do s de octubre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Domingo Dávila, don Tomás P izarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas to ca ntes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

Antonio Colón pidió lizencia para aumentar su ganado de uno y otro sexo en Sabana Hoyos, y para determinar se dio comisión al señor rexidor don José Dávila para que informe sobre ello y que se le remita el escrito. [r· 44 ]/ [f. 44 v. y 45 aparecen en blanco.]

Diego González, maestro alarife, pidió que se le nombrase por alarife de esta ciudad por fallecimiento de José Casimiro Vazán, y se le admitió y que se presente ante el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova para que le ins truia en el uso de él.

A los autos de Cueto y Santana se decretó que se llevasen al asesor doctor don José Diepa, abogado de los Reales Consexos.

A escrito de Cueto se mandó librar execuzión contra la persona y bienes de Andrés de Santana por los prove3. A.

[Se proveen decretos a escritos de Andrés de Santa· na y de Julián Cuelo.]

[Comisión al regidor José Dávila para que informe respecto a la petic ió n de aumento d e re ses presentada por Antonio Co'.ón.]

[Diee,o González es admitido como alar ife de la ciudad ]

[Autos de Julián Cueto J Andrés de Santana son referidos a l asesor le• gal.]

33

[Orden de arresto y embargo de b ienes contra Andrés de Santana.]

[Se ordena poner en libertad a Andrés San tana y qu e preste la fianza corresp o nd iente.]

ACTAS DEL CAB ILDO

nientes que hubi ese tomado en la matanza d e carnes arreglándose a la relazión que le dé el señor fie l executor, cometida dicha execuzión al señor alguacil maior. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró [ f. este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Cordova [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica ] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1187]

[29 DE OCTUBRE DE 1781.]

En l a ci udad d e San Juan d e Puerto Rico, a veinte y nueve de octubre de mil setezientos ochenta y uno, se j u ntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdova, alca lde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio d e Vaerga, [f. 46 ] / fiel executor; don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y cornferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

A escrito presentado por Andrés Santana reclamando sus perjuicios en la cárcel donde se halla, se acordó que respecto a estar asegurado el cabildo con el embargo, qu e consta de autos , c u alquier resulta del artículo pendiente en él en orden a quien correspon d a la administrazión de carnecería: póngasele e n libertad dando la correspondiente fianza de saneamiento.

Llegó la consulta del doctor don José Diepa y autos del asunto y proveyeron sus señorías que queden Andrés de Santana y José Garzía en l a posesión d el asient o o arrendamiento h asta que finalizen su dependencia donde l a tiene, con obligación de hacer constar, el que [f. 46v·] / la vendiere, su derecho a este ilustre cabil d o, dándose el un o a el otro por instrumento la s fianzas correspondientes para las resultas de lo juzgado y sentenciado, s in perjuicio de la fianza que corre sponde al arrendamiento del cabildo , y Julián Cue to quede en los mismos t é rminos que previene su auto.

[Cahildo d eclina juris di cción en d epós ito r eque rido a And rés de Santana .]

Y p o r lo que corres ponde a la decl inatoria sobre e l depós ito mandado hazer a Santana declinaban y declinaron sus se ñorías la jurisdicc ión en la misma forma que l o expresa la consulta, remitié ndose testimonio de todos a l

34

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

señor teniente de gobernador y auditor de guerra, a costa de las partes.

Los señores don Félix de la Cruz y don Sebastián Ignacio de Vaerga fueron de contrario sentir y que su voto es: que el arren-[f· 47 ]/damiento de la matanza de carnecería que pertenecía a Andrés de Santana se subrogue en José García Romero, en los términos que convinieron por la escritura otorgada a los 15 de enero de este año y corre con los autos, y qu e en estos términos José García otorgue, dentro de tercero día y cumpla con todo lo demás que se previno por decreto de este muy ilustre cabildo, de 29 del mismo, de mancomún con Julián Cueto con respecto a la parte que és te tiene en dicho arrendam iento, habiéndose por separado a Santana del manejo de carnecería según e l jnstrume nto que sobre ello otorgó su propria solicitud explicada en su escrito de 10 de septiembre; y la administrazión que se ha hecho de subarrendador y con respecto a la seguridad de los in-[ t· 47 v. ]/tereses de proprios y rentas de esta ciudad, y como asunto económico de ella toca y pertenece a este ilustre cabildo, se dé traslado a la parte de Cueto y Rom ero del exhorto del señor teniente de gobernador y auditor de guerra traído a este cabildo por el ·escribano don Nicolás de Aguayo para substanciar el artículo de declinatoria y determinarlo por separado conforme a dere cho .

Al exhorto que se cita en la antecedente exposición proveieron sus señorías que, poniéndose con los autos del as unto , se guarde, cumpla y execute lo provisto en este día con consulta del doctor don José Diepa. Y qu e habiendo p e dido vista los señores don [f. 48 ]/ Félix de la Cruz y don Sebastián de Vaerga se mandó dar la dicha vista ínterin se compulsa el testimonio.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Cruz [rúbrica] = Ba erga [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Ante mí= Y gnacio Herrán z [rúb rica ] , esscribano público y d e cabildo.

[1188]

[S DE NOVIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de noviembre de mil setecientos ochenta y uno, se juntaron [ '· 43v. ] / a cabildo ordinario los señores don José Canales

[Do n Félix de ia Cruz y don Sebas• tián de Baerga expresan su opinión respecto al arren• damiento de la carnicería.]

[Provéese se cumpla Jo acordado en esta reunión.]

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[ Licencia a Juan Garcla Ca zuela p ara c o locar c o rral de desova zón.]

[ N o mbramiento d" diputa dos para ente nder en a pe lac ión ]

[ Li cencia a Crist óbal Garcfa pa r a traslad ar di ez n ,ses de Bayamón a Fajar uo.]

[El regidor Tomás Pizarra p art icipa su salida p ar a efectuar comis iones de gobierno.]

[Andrés San tan a pres enta un escrito sobre apelación int erpuesta nor José García y J ulián Cucto.J

ACTAS DEL CABILDO

y don Antonio de Córdova, alca l des ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

El pasajero de Boca Xavana, Juan García Cazuela, pidió lizencia para poner corral de desovazón , y se le concedió en atenzión a la falta de carnes y con la condición de traer el pescado a vender a la plaza, como promete.

Don Joaquín Varriga se presentó en grado de apelazión de sentencia dada por el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova, se hubo por presenta do y se nombraron de diputados [f, 49] / a los s eñores rexidores don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro.

Cristóbal García, de Vayamón, pidió lizencia con la del s e ñor gobernador para trasportar diez reses al de Faxardo, se le concedió bajo las circunstancias de estilo.

El señor alguacil mayor*. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus s eñorías, exponiendo el señor rexid o r don Tomá s Pizarra que se iba a comis iones del gobi erno, de que doy f e .=Canales [rúbrica] =Cordova [rúbrica ]= Cru z [rúbrica]= Bae rga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúb r ica]= Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Yg nacio H e rránz [rúbric a ]=, e s scribano público y de cabildo. [ 1 • 49v. ] /

[1189]

[12 DE NOVIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de n ovie mbre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los s eñores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Seba s tián Ignacio de Vaerga, fiel exec utor; don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

Andrés Santana presentó escrito al traslado d e apelación que i n terpusieron José García y Julián Cueto d e la

* En el original aparece tachado.

36

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

providencia de 29 del próximo pasado sin contextar a dichos escritos, y se mandó llevar a la consulta.

El pasajero de Boca de Loysa representó que era corto estipendio el de un medio real por cada carga que pasa en ida y vuelta y también que se le diga cuánto debe exigir por el pasaje [f· 50]/ de reses y puercos, y se proveió que se esté a la constumbre [sic] y método antiguo, baxo de culos respectos lo remató.

Don Jos é Serrano expresó que trasportaba con lizencia del señor gobernador, del partido de Añasco al de la villa de San Germán, 16 reses y tres puercos, y se le concedió baxo las circunstancias que en iguales casos se ha dispuesto .

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúb rica], escribano público y de cabildo .

[1190]

[19 DE NOVIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de noviembre de mil [f. SOv. ] / setecientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario lo s señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

A consecuencia de la consulta dada por el asesor en el artículo de apelació n de José García y Julián Cueto se l es denegó y mandó dárseles testimonio si lo piden las partes .

Joaquín Varriga representó que su apelazión no tenía curso y suplicó se le diesen los autos por que se le pasaba el término, y se mandó que ocurriese al tribunal [f, 51 ] / de su competenzia.

Victorino de Aldea pidió libramiento de su salario, y se le concedió.

José García y Julián Cueto repitieron la pronta providencia de su recurso apelatorio, y se decretó lo provisto en el día.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cor-

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[El pasajero de Boca de Lofza si.:• nifica la cortedad del estipendio por conducción de cargas :y requiere se le senale el que ha de c o b r a r por transportar re ses y cerdos .]

[ Licencia a José Serrano para traslada r 16 r eses y 3 cerdos de Añ nsco a San Germán ]

[Derúégase apelació n de José García v Julián Cue,. to.]

[ Se provee que Joaquín Barnga recurra al tribunal correspondiente para dilucidar su causa. ]

( Se autoriza pago de salario a Victorino de Aldea ]

(A instancia de ri>curso apelativo interpuesto por José Garcla y Julián Cueto se provee lo ya acordado sobre el particular.]

[Se urge la asistencia de t odos los capi rulares p a r a entender y r esolver una causa pendiente ante e l t eniente de gobernador.]

ACTAS DEL CABILDO

d<Jva [rúbrica] =Baerga ['rúbrica] =Aponte [rúbrica]= Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. Slv, ] j

[1191]

[26 DE NOVIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puer to Rico, a veinte y seis de noviembre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron en esta sala capitular los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El esscribano de real hazienda, don Juan José Cestero, entró y entregó varios cuadernos y papeles concernientes a la causa que se trata con e l señor teniente de gobernador y auditor de guerra; y en atención a que para su examen y -deliberar lo que en s u vista se debe ( f. 52] / comferenciar y r e solver, y que en esta ocasión no se pue de por la falta de los d em ás señores capitulares, di xeron sus señorías que inmediatamente se les avise la necesidad de concurrir todos, con la maior prontitud, para dar despacho a tan importante negocio, y que los papeles se archiven en el de este cabildo . Y lo firmaron sus señorías, de que doy fe =Cordova [rúbrica ] = Baerga [rúb rica ] = Xiorro [rúbrica ] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y d e cabildo.

[1192]

(28 DE NOVIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y ocho de noviembre ( f s2v.] / de mil setecientos och e nta y un años, a consecuencia de lo acordado en el cabildo de veinte y seis, se juntaron en esta sala capitular, a cabildo extraordinario, con permiso de su señoría, el señor gobernador y capitán general, los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Baerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don

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Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que también concurrió el señor procurador general, don Miguel Dávila.

En este cabildo se vieron y leieron los papeles traídos por el esscribano de real hazienda; y se firmó la representazión hecha a su majestad para su remisión [f· 53 ] / y un oficio para el señor gobernador y capitán general. Y acordaron sus señorías que para el seguimiento de la dependencia se dé poder a don Francisco Gómez de Cos y a don Diego Paniagua, agentes en la Corte, revocando el que está comferido [sic] a don Pedro Layseca, cuia correspondencia con los apoderados la diputar on en el señor alcalde don Antonio de Córdova. Se firmó también el poder y no habiendo otra cosa, se cerró e ste cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] = Cruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Y gnac io Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f. 53•·] /

[1193]

[3 DE DICIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tre s de diciembre de mil setezientos ochenta y un años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Canales, alcalde ordinario; don Sebas tián de Vaerga, fiel executor; don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar las cosas tocantes al pro y útil de la república, y no asistió el señor alcalde ordinario don Antonio de Córdova por hallarse ocupado en comisión del real servicio sobre recolección de arroz; ni el señor alguacil mayor, don Félix de la Cruz, por estar ocupado en la diputazión, según su esquela que me dirigió.

Se comferenciaron varios asuntos y quedó su decisión para otro cabildo, y lo firmaron sus señorías, ['· 54 ] / de que doy fe.=Canales [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[ Se fir m a u na r ep resentació n a 1 r ey y un oficio a l gobernad o r.]

[Pode r a d o n F rancisco Gómez d e Cos y a don Diego Pa niagu a , agen tes del concejo en la Corte.]

[ Revocación de pc,der dado a don Pedro Layseca.]

[Firma del poder.]

[ Se tratan varios as un tos cu va d e terminació n q u e d d pos pu es ta pa r a un p róximo cabil do ]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
39

( Cristóbal Caballero solicita su salario como maestro de niños.]

[El fiel ejecutor don S ebastián de Baerga expone incidentes habid os con Andrés de Saotana y el retlamo, no atendido p or e l gobernador, d e awcilio de tropa para reducir aquél a prisión. ]

ACTAS DEL CABILDO [1194]

(10 DE DICIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de diciembre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Antonio de Córdoba, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, algu acil mayor; don Sebastián de Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir ( f. 54v.] / las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Pidió Crixtóbal Caballero l os cincuenta pesos que se le ha asignado por mae s tro de niños. Y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Cordova [rúbrica] = Cruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [ rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.

[1195]

[17 DE DICIEMBRE DE 1781.]

En la ciudad de San Juan de Puerto [f. 55 ] / Rico, a diez y siete de dixiembre de mil setezientos ochenta y uno, se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Canales, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrieron los señores don Antonio de Córdova, alcalde ordinario, por hallarse ocupado en el asunto de la recolección de arroz; y don Félix de la Cruz, alguacil mayor, por estarlo en la diputazión y carnecería. El señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga, expuso que recomviniendo a Andrés de Santana sobre asuntos de la diputazión no le obedeció y mandó ponerle preso, y le mandó a decir con Antonio Rodríguez, alguacil, que no quería ir; (f. ssv.] / que pasó personalmente al señor gobernador para que le implorase el auxilio de tropa, a lo que le r espondió su s e ñoría que lo pidiese por escrito y aunque lo verificó así lo que sucedió fué que se mandase declarar a Santana, de cuia declarazión se dio vista al señor exponente; pero que no la ha contexta-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

do ni la contexta porque a la petición del auxilio no procedió como parte sino como juez, por ministerio de la diputazión, y no le es decoroso a su empleo entrar en litigio con Santana cuando esto sólo corresponde al juicio de residencia; lo que propone al muy ilustre ayuntamiento con protexta de que en adelante no le pare perjuicio si por evitar estos trámites se abstuviese de pedir auxilio para iguales [f. 56 ] / funciones de su empleo.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo h a sta el fin del a ñ o, por la sol emnida d de las Pascuas que se acercan, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Canales [rúbrica]=Baerga [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Ante mí = Ygna c io Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1196]

[1 DE ENERO DE 1782. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron en esta sala de ayuntamiento los señores don José Canales y don Antonio de Córdova, al-[f· 56•·] / caldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para efecto de proceder a la elección de oficiales y ministros según constumbre [sic]; y no asistie r on los señores don Sebastián Vaerga 1 por haber participado con el portero se halla emfermo, con calentura; ni el señor rexidor don José Dávila por hallarse ocupado en el escrutinio de reses para la pesa. Y habiendo los señores vocales practicado las cer emonias. y usos aconstumbrados [sic] salieron electos los siguient es:

Para Alcalde ordinario de primera elección, salió electo don Tomás Pizarra, con seis votos.

Para el de segunda, don Francisco de los Olivos, con otros seis. [ 1 • 57 ] /

Para Procurador General, don Francisco de Andino,. con siete.

Para Padre General de Menores, don José Dávila, con otros siete.

Para Depositario de multas, don Antonio de Córdova,. con seis votos.

[Cabildo de Elecciones.]

(Confirmación de e lecciones.]

[Se ordena comparezcan a rec ibir s u posesión los electos que es tán presentes, y que para los ausentes se despachen carta s de comparendo.]

(Se da posesión de s u s respectivos empleos al alcal• de ordinario de primera elección, mayordomo, contraste y alcaldes de barrio.]

ACTAS DEL CABILDO

Para Alcalde de la Santa Hermandad del Norte, don Antonio de Escovar, con siete votos.

Para el de la del Sur, don Manuel de Castro , con seis.

Para Mayordomo de proprios, don Manuel Pérez, con siete votos.

Para Fiel contraste, Bernardo Ravelo, con los mismos siete votos _

Cuia elección, así hecha, se le dirijió para su confirmazión al señor gobernador y capitán general, en oficio a este fin, y se sirvió su señoría de comfirmarlos; y en su virtud mandaron los señores comparezcan a recibir la posesión los presentes, y por los ausentes se es-[f· 57v, J / criban por mí, e l escribano, cartas de comparendo para que juren de fidelidad ante e l señor alguacil maior, don Félix de la Cruz, a quien sus señorías diputaron para ello .

Al señor don Tomás Pizarro se le dió posesión de su empleo por el señor rexidor decano, don Antonio de Córdo va, poniéndole el asiento que corresponde. Lo mismo se executó con don Manuel P érez y Bernardo Ravelo, mayordomo y contras te, e igualmente a los alcaldes de barrios José González Elías, Manuel Nuñez, Antonio José Blanes y don Vi cente Pacheco.

Y mandaron sus señorías se ponga a continuazión el oficio que se pasó a su señoría, el señor gobernador y capitán general, con el decreto de comfirmación; y lo firma ['- 58 ] / sus señorías con los posesionados , de que doy fe.= Jo sef Canales [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúb rica ] = Felis de la Cru z [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica] = Domingo Davila [rúbrica] = Thomas Pizarro [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] = Manuel Perez [rú- , brica] =Bernardo Rab elo [rúbrica]= Vic ente Quadrado y Pacheco [rúbrica]=loseph Gonzalez [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1197]

[7 DE ENERO DE 1782.J

{Juramento y n> cepción de Fran.cisco de los Oli\lOS como alcalde .ordinario de s e;81llldO voto.]

En Puerto Rico, a siete de enero [ f. sav. ] / de mil setecientos ochenta y dos años, habiendo comparecido en esta sala de ayuntamiento don Francisco de los Olivos, el señor alguacil maior, don Félix de la Cruz, le recibió juramento de fidelidad de su empleo de alcalde ordinario,

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que lo hizo por ante mí, el esscribano, por Dios, Nuestro Señor y una señal de cruz, y prometió usarlo a su leal saber y entender, y lo firmó con el señor diputado; quien le dio posesión del empleo, sentándole en el que le corresponde y dándole la vara que le pertenece, de que doy fe.=Felis de la Cruz [rúbrica] =Francizco de los Olivo s [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H errá nz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[ANEXO UNICO]

Señor Gobernador y Capitán General . Dirijimos a vuestra señoría la elección hecha d e alcaldes ordinarios. [f. 59 ] / de la Hermandad y demás oficios concejiles, en la forma siguiente:

Para Alcalde ordinario de primera elección, al rexidor don Tomás Pizarro, que salió con seis votos. Para el de segunda don Francisco de los Olivos, con otros seis votos. Para Procurador Gene ral, a don Francisco de Andino, con siete votos. Para Padre General de Menores, don José Dávíla, con siete. Para Depositario de multas, don Antonio d e Córdova, con seis votos. Para Alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Norte, don Antonio Escavar, con seis votos. Para Alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur, don Manuel de Castro, con seis votos. Para

1 Mayordomo de proprios, don Manuel Pérez, con siete.

' Para Fiel contraste, Bernardo Ravelo, con siete.

En cuia inteligencia suplicamos a vuestra señoría se

1 sirva comfirmarla o determinar lo que fuere de su agrado. Puerto Rico, [ f , 59v. J / 1.0 de e nero de 1782. Besan la mano de vuestra señoría sus más atentos, seguros servidores.= José Canales=Antonio de Córdova=Félix de la Cruz= Bernardino de Aponte=Tomás Pizarro=Domingo Dávila =Migue l Xiorro.

Pu erto Rico, 1.0 de enero de 1782 . Comfirmo esta elección y dése posesión de los empleos. Dufresne.

Así pare ce de su original, que queda en el archivo de cabildo. Puerto Rico, 7 de enero de 1782. Y gnacio H erránz [rúbrica], escribano de cabildo.

[Oficio al gobernador solicitá.ndole la confirmación de las elecciones.]

[ Confirmación de las elecciones.]

43

( Se refieren a 1 procurador general las cuentas d e mayordomo.]

[Or dénase pago de los gastos de r e• paración de la horca.]

[Designación de diputados para entender en apelación.]

[Nombramiento de comisionados par:.& efec l uar el pregón y remate de los pasajes y co• rrales de pesca vacantes.]

[Nombramiento de diputados para las fiestas votivas.]

ACTAS DBL CABILDO [1198]

[7 DE ENERO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a siete de enero de mil setezientos ochenta [ f. 60 ] / y dos, se juntaron a cabildo ordinario en es ta sala capitular, como lo han de uso y c onstum bre [sic], los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario de primera elección; don Francisco de los Olivos, de segunda; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Antonio de Córdova , don Berna r dino de Aponte, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El mayordomo, don Valentín Martínez, presentó las cuentas de su año, y se le dio vista al señor procurador general.

Facundo Matanza pidió siete pesos de gastos hechos en la recomposición de la horca, y se le mandaron pagar bajo de recibo.

Apeló don Jur.::i Villamediana, para este ayuntamiento, de sentencia dada por el señor teniente de gobernador y auditor de guerra en pleito con (f· 60v. ] / Bartolomé Alaña, y se hubo por presentado y se nombraron de diputados a los señores alguacil mayor, don Félix de la Cruz, y don Bernardino de Aponte, rexidor, y precedieron los requisitos necesarios.

Acordaron sus señorías que se saquen al pregón y rema te los pasajes y corrales de pesca de la jurisdicción, vacantes, y se diputaron para ello a los señores don Tomás Pizarra y don Antonio de Córdova.

Para las fiestas votivas de Candelaria, San Juan y S anta Ro sa , a los dichos señores don Tomás Pizarra y don Félix de la Cruz, alguacil maior.

Para las de Corpus y Santiago, a los s eñores don don [sic] / Francisco de los Olivos y don Sebastián de Vaerga, fiel executor.

[Designación de diputados para cumplimentar visitantes distinguidos. ]

[ Se provee para la reparación del asiento que ocup:i en la ca rmcerfa el diputad:,.¡

Para las cortesanías de los sujetos forasteros que llegan a esta ciudad y es necesario (f· 61 ] / cumplementar, los señores don Antonio de Có r dova y don José Dávila, rexidores.

Se acordó que el puesto de la carnecería en que debe estar el señor diputado se halla indecente y precisa su recomposición, y se diputó al señor diputado don Félix

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

de la Cruz para que con la equidad posible lo recomponga.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe.= Pi zarro [rúbrica] = Olivos [rúbrica] = Cruz [rúbrica] = Cordova [rúbrica ] = Davila [rúb rica] = Aponte [ rúbrica] = Xiorro [rúb rica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica ], esscri b ano de cabildo.

(1199]

[9 DE ENERO DE 1782.]

En Puerto Rico, a nueve de enero [f. 61•·] / de mil setezientos ochenta y dos años, compareció en esta sala de ayuntamiento el caballero procurador síndico general, don Francisco de Andino, y en manos del señor alguacil maior, don Félix de la Cruz, hizo el juramento acon stum brado [sic], de usar el empleo bien y fielmente, a su l eal saber y entender, y en su virtud se le dio el asiento que le corresponde, y lo firmaron, de que doy fe.=Cruz [rúbri ca ]= Francisco de Andino [rúbrica]= Ante mí= Y gnacio Herránz [rúbrica ] , esscribano de cabildo.

(1200]

[12 DE ENERO DE 1782.]

En P uerto Rico, a do ce de enero de mil setecientos ochenta y dos [f. 62 ] / años, habiéndo sele hecho saber por carta a don Manuel de Castro la elección que se hizo en él de alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur, compareció en esta sala capitular, a quien el señor diputad o, rexi dor-alguacil mayor, don Félix de la Cruz, l e recibió juramento que hizo por Dios, Nuestro S eñor y una señal d e cruz, según d er echo, bajo del cual ofreció cumplir con dicho empleo con toda fidelidad, en cu ya virtud dicho señor r exidor diputado le dio posesión d e él y lo firma ron, d e que doy fee . =Cruz [rúbrica] =Manuel de Castro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano r e al y teniente de público y cabildo. [f. ó2v. ] /

[Juramento y recepción de Fran· cisco de Andino como procurador general.]

[Juram ento v recepción de Manuel de Castro como a lca lde de la Santa Hermandad de la Banda Sur.]

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[Juramento y recepción de Anto n io d e Escobar como alcalde d e l a San ta He rm an dad d e la Ba nda No r te . ]

[ El regi d o r Mi guel Ji o rro e><plica ,J a usencia d el ca b ild o.]

[ Po r recusación se s u s l"it uye u n diputado para entende r en ape lación. ]

[ Nomb r ami en to d e d iputados para en• tend e r en a pelació n.]

ACTAS DEL CABILDO [1201]

[ 13 DE ENERO DE 1782. J

En Puerto Rico, a trece de enero de mil setecientos ochenta y dos, habiéndosele hecho saber a don Antonio d e Escobar el nombramiento de alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Norte, compareció en esta sala capitular y su merced, el señor rexidor diputado y alguacil mayor, don Félix de la Cruz, le recibió juramento, que hizo por Dios, Nuestro Señor y una señal de cruz, según derecho, bajo del cual ofreció cumplir con su empleo con toda fidelidad, en cuya virtud le dio dicho señor rexidor diputado posesión de él y lo firmaron, de que doy fee. = Cruz [rúbrica] = Antonio de E s cobar= [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1202]

[14 DE ENERO DE 1782. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, (f. 63 ] / a catorce de enero de mil seteziento s o c henta y dos , se juntaron a cabildo ordinario los se ñores don Tomás Pizarra, alcalde o r dinario; don F élix de la Cruz, alguacil maior; don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila, rexidores , para tratar y comfe rir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que asistió el s eñor procurador general, don Francisco de Andino.

El señor rexidor don Miguel Xiorro me escribió esquela diciendo que no concurre por estar de t ornapurga.

Don Juan Villamediana r ecus ó al señor rexidor don Bernardino de Aponte, diputado de su ap elazión con Alafia, y se nombró al señor rexidor don Miguel Xiorro.

Don Vicente Medina se presentó en grado de apelazión de la sentencia dada por el señor teniente de gobernador y auditor de guerra en el [ 1 • 6Jv. ] / pleito con don José de Quiñones, y habiéndose por presentado se nombraron por diputados a los señores alguacil maior y rexidor don Miguel Xiorro .

[Se r emi te n y archiva n l os e >< tract os de la pesa d e 1 o s par t id os d e Lofza, Ca guas , Hum acao y Fajardo .]

El comis ionario don José Madiedo remitió los extractos de la pesa de los partidos de Loysa, Caguas, Jumacao y Faxardo, y se mandaron archivar. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus seño-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rías, de que doy fe.= Pizarro [rúbrica]= Cruz [rúbrica]= Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo . ['· 64] /

[1203]

[21 DE ENERO DE 1782.]

En Puerto Rico, a veinte y uno de enero de mil setezientos ochenta y dos, habiendo comparecido en esta sala el señor rexidor don José Dávila y héchole saber la elección de Padre General de Menores lo aceptó y juró, en manos del señor alguacil mayor, don Félix de la Cruz, de usarlo bien y fielmente, a su leal saber y enten der, y lo firmaron, de que doy fe. =Cruz [rúbrica] = loseph Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1204]

[21 DE ENERO DE 1782.J

En la ciudad de San Juan de [ r, 64v·] / Puerto Rico, a veinte y uno de enero de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo en esta sala capitular los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores , para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El señor gobernador remitió oficio a este cabildo , incluiendo real despacho, para que asista en la forma aconstumbrada [sic] a la publicazión de la Bula, que se ha de celebrar el 27 del corriente. Lo mismo executó el señor comisario de Cruzada, don Juan Lorenzo de Matos, provisor y arcediano, y se dio la respuesta correspondiente de qu edar dispuestos a su cumplimiento.

Don Bernardino Cardona y don Antonio habiendo (f· 65 ] / remitido sus respectivos extractos de la pesa a l señor gobernador los trajo a este cabildo e l señor rexidor don Antonio de Córdova, de orden de s u señoría, y se mandaron archivar con los otros.

Se mandó recomponer a Domingo Alvarez el pilar del balcón de la parte del Norte por estar descompuest o y que traiga la cuenta.

[Juramento de l regidor don José Dávila como Padre General de Menores.]

[Oficios del gobernador y del comisa rio de Cruzada para q ue el cabi:do asista a la publicación de la Bula de la Santa Cruzada.]

[Se presentan y archivan otros extractos de la pesa.]

[Ordénase la reparación de un pilar del balcón d e la casa capitular.]

47

[Se ordena el pago del costo de r eparación del pilar del balcón .]

[Reemplazo d e diputado para entender en apelación.]

[El mayord omo d e b e r á informar respecto al costo de reoaración de las casillas de ventas de la p laza.1

ACTAS DEL CABILDO

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] = Cru z [rúbrica] = Cordova [rúbrica ] = Aponte [rúbrica ] =Davila [rúbrica] = Davila [rúb rica ] =Ante mí=Ygnacio H er ránz [ rúbrica], esscribano público y de cabil d o. P· 6Sv. J /

[1205]

[28 DE ENERO DE 1782 .]

En la ciudad de San Ju an de Puerto Rico, a veinte y ocho d e enero de mil setezientos ochenta y dos , se juntaron a cabildo ordinario los señores d o n Tomás Pizarro y don Francisco de los Olivos , alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don José Dávila, rexidores , p a ra tratar y comferir las cosas tocantes a l pro y útil de la república. A este tiempo e ntró e l señor rexidor don Miguel Xiorro.

El al arife Domingo Albarez presentó la cuen ta d el ga sto del pilar que se mandó componer, importante 44 real es, y se mandaron pagar.

Habiéndose dado por excusado el señor rexidor don Migu el Xiorro de la diputazión para el recurso de l a apelazión de Juan Villamediana, [f 66 ) / se nombró en su lugar al seño r rexidor d on José Dávila .

El señor rexidor don Miguel Xiorro expuso que las casillas de la plaza se iban d e teriorando y precisa s u recomposición, y se mandó se le h aga saber al mayordomo, don Manuel P érez, para que averi gue el d eterioro e i mforme del costo que puede tener s u recomposición. Y no habiendo otra cosa que acordar, se ce rró es t e cabildo y lo firmaron sus señorías, doy fe.=Pizarro [rúbrica ] =Olivo s [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Xiorro [rúbrica] =Ante mí = Y gnacio H e rránz [rúbrica] , esscribano de cabildo. [f, 66v0 ,J /

[1206]

[4 DE FEBRERO DE 1782.]

En la ciudad de San Ju an d e Pue rto Rico, a cuatro de febrero de mil setezientos ochenta y dos, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Francisco de los Olivos, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor;

48

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república . Juan Romero, que fue pasajero, pidió que sobre la casa que había fabricado en aquel sitio, y se le dixo por este cabildo se tomaría providencia, cuio documento presentó, representó que ha llegado el caso de disponer de dicha casa y se resolviese, a que se decretó que se procediese a la tasazión de ella en la forma prevenida en su pedimento: cuia diputación se dio al señor rexidor don Domingo Davila y que se traiga [f. 67 ] / para det erminar.

El mayordomo habiendo examinado el deterioro de las casillas expuso que sólo necesitaban dos manos de alquitrán, y se le mandó lo pusiese por obra. Pidió también permiso para comprar cera para las funciones, y se le concedió mandándole que en ocasión proporcionada y con equidad hiciese la compra.

Se quejó don Andrés de Quiñones, morador en Loysa, del pasajero y pidió se le pusiese arancel a los derechos que debe llevar; y se mandó, que por cada caballo de carga y la persona, medio real, de ida y vuelta, por cada hombre solo de ida y vuelta, doce cuartos, sin perjuicio <le los ajustes que al pasajero le comvengan hacer, y que se le prevenga al pasajero el buen trato con los pasajeros y mantenga prontas [f. ó7v,] / las canoas correspondientes , cuia noticia de todo se le dé por carta al teniente a guerra.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Olivos [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1207]

[18 DE FEBRERO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a diez y ocho de febrero de mil setecientos ochenta y dos años , se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores [f. 68 ] / don Francisco de los Olivos , alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, don José Dávila, y don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas to cantes al pro y útil de la r epública. Y no 4. •

[Se l?rovee para la t asación de la casa perteneciente a Juan Romero ]

[ Provéese para la aolicación de dos manos de alquitrán a las casillas de ventas, y para la compra de cera.]

[Arancel orescrito para el oasajero de Lolza.]

[Prevenciones a 1 pasajero de Lo{za.]

_)
49

[S úp li ca al go be rnad o r para que provea resp ecto a l a re p aración d e l puen t e d e Martín P.:-ña y de la ca,.1 capi tu lar, y el remed io n eces ario con t ra l as prácticas d e los presidiarios lice n c iad os en la ci u d ad.]

[ Licencia a Alonso Gómez para t rasladar once r e s es d el partido de Bayamón al de Caguas.]

[Licenc ia a Josi del Valle para t rasla d ar once r eses d el partido d e T o a Alta al de Caguas J

ACTAS DEL CABILDO

concurrió el señor alguacil mayor por haberme escri to esquela diciendo que está ocupado en asuntos de su diputación.

El procurador general, don Francisco de Andino , representó mui vivamente la urgente necesidad de recomponer la puente de Martín P eña y l a casa de ayuntamiento, y concluió exponiendo el daño de [sic] causan los presidiarios que se licencian en esta ciudad, y sobre todo pidió el remedio; a que se decretó qu e e l señor rexido r decano, don Antonio de Córdova, pusiese en manos de su señoría, el s eñor gobernador y capüán general, suplicando de parte del cabildo l a providencia que fuese digno dar , [ f 68•·] / añadiendo que respecto a que los dichos presidiarios se han extendido por la isla, cuia relaxada conducta es preci so les inspire iguales daños, se sirva su s eñoría incluir en su p r ovidencia este remedio .

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y firmaron sus señorías, de que doi fe. Entre r e nglones: y don Miguel Xiorro. Vale.=Olivos [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúb rica] = Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo

[1208]

[25 DE FEBRERO DE 1782.]

En la ciudad d e San Juan d e Puerto Ri co, [ 1 • 6 ] / a veinte y cinco de febrero d e mil s e teziento s o chenta y dos años, s e juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Francisco de los Olivos, a lcalde ordinario; don F é lix de la Cruz, alguacil mayor; d o n Bernardino d e Ap onte, don Domingo Dávila, don José Dá vila y don Miguel Xiorro, r e xidores, para tratar y comfe rir las cosas to cant es al pro y útil de la república.

Alon s o Gó m e z, con li zencia del s eñor gob e rnador para tras la d arse d el partido de Bayamón al d e Cagua s , pidió l a de es t e cabildo para la conducción d e once reses vacunas que lleva, y se le concedió .

Don José del Valle, con igual lizencia para t r asladarse de Toa Alta al citado de Caguas, pidió la correspo ndiente para llevar cuatro vacas, tres novillas y cuatro b ece r ros , y se le concedió.

El señor rexidor don Miguel Xiorro en t erado d el e xamen que hizo el m ayo rdomo del d e-(f· 69v J / t erioro d e las

50

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

casillas de la plaza expuso que las advertiría por defuera y [no] como debió pues en los términos que se hallan es inútil el medio que se tomó; y mandaron sus señorías se reconozcan por el señor alguacil mayor y dé cuenta, avisando al mayordomo cese en lo que se le mandó. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es te cabildo que firmaron sus señorías, de qu e doy fe.=Olivos [rúbrica] = Cruz [rúbrica] =Aponte [rúb rica ] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbri ca], esscribano público y d e cabildo .

[1209]

[

4 DE MARZO DE 1782.J

En la ciudad de Puerto Rico, a cuatro [f. 7º ] / de marzo de mil setezientos ochenta y dos, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pi zarro y don Francisco de los Olivos , alcaldes ordinarios; don F élix de la Cruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Los mayor domos de las cofradías de Santa Rosa y Animas, d e San Francisco, se presentaron participando que se habían mudado las procesiones de Lunes y Martes Santo, y se proveió que a el cabildo no se le ofrece reparo y se les devolviese lo s documentos.

Juan Romero nombró para l a tasazión de la casa de Palo Seco al maestro ma yor don Juan Santaella, y se hubo por nombrado y se mandó que el señor comisionado don Domingo Dávila [f 70v. ] / le reciba juramento y proceda a dicha tasazión.

S e acordó mandar librar, como se libraron, seteci entos pesos de las rentas de proprios para satisfacer los testimonios de lo obrado por este cabildo contra el auditor de guerra, mandado así por Su Alteza, y que se le entreguen al señor alguacil mayor, don Félix d e la Cruz.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe. =Pizarra [rúbrica]= Olivos [rúbrica]= Cruz [rúbrica] Cordoba [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f· 71 ] /

51

[Ordé nase al a lguac il mavr r pra c• tique reconocimie n to del deterior-, que acu s a n las c as illas de venta s. ]

[Se parti cipa c am bio d e l d fa d e !.i JJ!OCesjón de l a cofr a d!as d e San ta R os a y An im as.)

[Nombra m iento d el maestr o m a y o r J ua n S antae ll a CO· mo t asador d e ta ca sa de Juan R1 l • mero,J

[ Libramiento para sa ti sfacer los tes ti mon ios de lo obrad o en la cau sa con t r a el t e n ie n te de gobernador y a u di t o r de gu err a F r anc i s e o Rafael de Monserrate.)

)

[Se in cluyen quince r eses más e n e l manifies to de gan a d o correspondie nte a l pa r ti d o de La Vega. ]

-; r -

[Decré t ase se obs e rve el a rancel y p rev enciones hechas al p asa jer o de Lolza.]

[Nombramiento de diput a dos pa ra el reparto general de la pesa.]

ACTAS DEL CABILDO [1210] [11 DE MARZO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a once de marzo de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo los señores don Tomás Pizarro y don Francisco de los Olivos, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y no asistió el señor alguacil mayor por la ocupación en la diputazión.

A consecuencia de decreto de su señoría, el señor gobernador y capitán general, se acordó que en el manifiesto de La Vega se añadiesen quince res es por el Hato de Mata de Caña, perteneziente al capitán don Baltasar Díaz, como se anotó para la contribuzión de pesa en aquel partido.

El pasajero de Lo ysa, José Antonio López, enterado de lo resuelto en Acuerdo de cua-[f· 11v-] / tro del próximo pasado, pidió se le diese vista de la instanzia hecha por don Andrés de Quiñones para promover súplica, y se decretó que se guardase lo determinado en el asunto.

Para el reparto general de la pesa, en vista de los manifiestos que han llegado, se nombró de diputados para él a los señores don Tomás Pizarro y don Antonio de Córdova, tratando antes con su señoría, el señor gobernador y capitán general, lo que a tan importante asunto corresponde y a cuio fin se les entregue a dichos señores los manifiestos.

Y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica]= Olivos [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. P· 72] /

[1211]

[18 DE MARZO DE 1782. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de marzo de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor;

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. No concurrió el señor rexidor don Antonio de Córdova por haber manda do esqueJa expresando hallarse ocupado en comisión d el señor gobernador sobre el Reximiento de Bruxelas.

Se acordó y mandó que el mayordomo disponga la compra d e tafetán negro pa ra las hopas de Semana Santa de los maceros y sombreros, por estar las viejas inútiles. [f. nv.] ¡

El arrendador de la carnecería, Andrés de Santana, representó los perjuicios [que se le] siguen en la falta de carnes, respecto a que con arreglo a las 14 reses diarias que deben matarse hizo su arrendamiento, pidiendo el remedio en esta p arte, y se dio vista al señor procurador general.

Que se componga la caxa de guerra del pregonero por estar d escompuesta. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ 1 • 73 ] /

[1 212]

[8 DE ABRIL DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de abril de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Antonio de Córdova y don José Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no asistió el señor rexidor don Miguel Xiorro por estar emfermo. Entró el señor fiel executor, don Sebastián Ignacio Vaerga.

Para ajustar la casa de Juan Romero, situada en Palo Seco, se diputó al señor don Antonio de Córdova, y que dé cuenta.

A la solicitud del arrendador Andrés de Santana, con vista del señor procurador general, que accedió a ella, se mandó que el señor [ f. 73•·] / rexidor diputado de mes, don José Dávila, como tan de su inspección y cargo, destine el sujeto que haia de pasar a la recaudación de las reses de pesa que se deban en los partidos, dándoles las

[ Se ordena la com• pra de tafetán nogro para las ho • pas y sombreros de los maceros en Semana Santa.)

[ Se refie r e a l procurador general representación d e 1 arrendador d e la carnicerla s o b r e falta de carnes. ]

[Ordénase el arreglo de la caja de guerra del pregonero.)

[ Diputado p ar a ajustar precio de ven ta de la casa de Juan Romero.]

[Ordénase al diputado de mes designe la persona que ha de proceder a requerir de los partidos las re ses adeudadas al abasto.J

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[Ordé nase se haga la información de u tilidad requerida para la redacción de Ordenanzas.]

[El fiel ejecu tor part icipa haberse rea lizado la visita gener a l de pesos y medidas.]

[Provéese que el maes tro carpintero efec t úe el recono.cimiento de las cas illas de ventas e .informe sobre el costo de reparación de las mismas.]

ACTAS DEL CABILDO

ó rdenes e instrucciones que comvengan a hacer efectiva la recaudazión.

En consecuencia de no haberse podido facilitar la informazión de utilidad que estaba hecha para la formazión de Orde nanzas, cuio documento para en poder del señor auditor de guerra para es tos fines y ha respuesto que tal informazión no parece, mandaron sus señorías qu e nuevamente se p ro duzca con los sujetos que puedan dar razón a efecto de que se consiga tan importante fin, [f 74 ] / para lo cual se diputa al señor alcalde ordinario don Tomás Pizarra.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es t e cabild o y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Pizarro [ rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [ r úb rica ] , esscribano público y de cabildo.

[1213]

[15 DE ABRIL DE 1782.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a quince d e abril de mil setezientos ochenta y dos, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil [ f , 74v,] / maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga , fiel executor, y don Antonio de Córdova, rexidores, para tra tar y comferir l as cosas to cantes al pro y útil de la república, a que no asisti eron los seño re s don José Dávila y don Miguel Xiorro por haber participado se hallan emfermos

E l señor fiel executor participó h aber pasa do la visita genera l de pesos y medidas, lo que había participado en el cabildo antecedente y se olvidó escribir. Llegó el señor rexidor don B ernardino de Aponte.

El señor alguacil maior, don Félix de la Cruz, dio cuenta d e haber revistado las casitas de la plaza, como se le diputó, y que todas, con expecialidad, es tán deterioradas las tres, en tal forma que necesitan de entera recompos ición; y acordaron sus señorías que el maestro carpintero de es ta ciud a d, don Facundo Matanza, [r, 75 ] / reconozca según su arte l as dichas casillas y diga el costo que puede tener su recomposición, echando el techo d e betún según lo ha propuesto e l señor rexidor don Miguel Xiorro.

'[Compra de la ca-sa d e l p asaje de Palo Seco.]

El señor rexidor don Antonio de Córdova, diputado para trat ar con Juan Romero la com pra de la casa de Palo

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S eco, dio cuenta de que después de una larga co m ferencia con él sobre el precio se h abía aveni d o a d a rl a por d os mil pesos, rebajando de su tasazión hecha quinientos y cinc uenta pesos, que de ello daba cuenta; y de que hab iéndoselo participado a su señoría, el señor gobernador y capitán general, no había puesto reparo alguno, y acord aron sus señorías que, desde luego, se haga la compra en los dos mil pesos, dándole, de pronto , los mil de ellos, para cuio efecto se pase el libramiento correspondiente al mayordomo y qu e éste ocurra por el visto bueno del señor gobernador , y [ f. 75•·] / los otros mil se le den lo más breve que se pueda

Y no habiendo otra cosa que [acor]dar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica]=Aponte [rúbrica]=Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo . [f. 76 ] / [ 1214]

[22 DE ABRIL DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Pu erto Rico , a veinte y do s de abr il de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, al g ua cil ma yor; don Sebastián de Baerga, fiel executor ; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte , don José Dávila y don Domingo Dáv ila, rexidores, para tratar y c onferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república, a la que no concurrió el señor rexidor don Miguel Xiorro por estar enfermo.

Se acordó en e s te cabildo que se alquile la casa que se h a comprado a Juan Romero , por el mayordomo de la ciudad con acuerdo del señor rexidor decano don Antonio de Córdova, a quien se nombra d e diputado en este asunto.

Con lo que y habiéndose conferenciado varias cosas tocantes al [r. 76v· J / mismo pro y útil de la r epública, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Pizarro [rúbrica]=Cruz [rúbrica]=Baerg a [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [ rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mi =N icolás de Aguay o [ rúbrica], escriba n o real y teniente de público y cabil do.

[ Se provee para el pago del importe de la compra de la casa de Palo Seco.]

f Se provee P.ªra el alqui ler d e a casa , :e Pa lo Seco. ) [Se t ratan • ario s ns unt os.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RI CO
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[Licencia a Juan del Río para tras• Jadar vemte reses del nartido de Toa Alta al do Luquillo.]

[Nombramiento de diputados para en• tender en apela- ción.]

[Se provee para la pintura y aseo de la imagen de San Juan Bautista.]

ACTAS DEL CABILDO [1215]

[29 DE ABRIL DE 1782 ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de abril de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; [f. 77 ] / don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y coroferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor don Miguel Xiorro por estar erofermo.

A Juan del Río, morador en Toa Alta, se le concedió lizencia, con la del señor gobernador, para trasladar veinte cabezas vacunas al partido de Luquillo, a cuio comveniente se presente para el aumento en el rol, y al teniente a guerra de Toa Alta para que las excluia.

Diego Lamas se presentó en grado de apelación de sentencia dada por el señor teniente de gobernador y auditor de guerra, y se hubo p<:jr presentado en el grado que haya lugar y se nombraron de diputados a los señores fiel executor, don Sebastián de Vaerga y don José Dávila.

Con lo que se acabó este cabildo no habiendo otra cosa que acordar, y lo firmaron [ f, 77v.] / sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [ rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1216]

[6 DE MAYO DE 1782.J

En la ciudad de Puerto Rico, a seis de mayo de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignaci o de Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte y do n Domingo Dávila, rex idores, ( C. 78 ] / para tratar y conferir las cosas tocantes al p ro y útil de la república .

El mayordomo, don Manuel Pérez, representó que la imagen de San Juan se necesita recomponerlo y aseado

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

por es tar deteriorado, y se le mandó lo pusiese por obra y presentarse la cuenta con recibo del pintor.

Se dio libramiento de treinta y nueve pesos contra el mayordomo de proprios y a favor de don José Ximénez por el costo de formar y escribir los repartos d e reses y cartas de remi sión de ellos a los partidos, incluso el papel.

Se aprobó por el señor gobernador y capitán general y por sus señorías el reparto de la pesa y se firmaron lo s documentos r espectivos y el general que quedó archivado.

Y no ofreciéndose otra cosa, se cerró este (f· 7Sv, J / cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Pizarro [rúbrica] = Cruz [rúbrica]= Baerga [rúbrica]= Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1217]

[13 DE MAYO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece d e mayo de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fie l executor; don Antonio de Córdova y don José Dávila, rexidores, para tratar (f· 79 ] / y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Manuel Silencio representó al señor alcalde ordinario don Tomás Pizarro que por hallarse impedido su merced de actuar en la demanda que tiene pendiente en su tribunal y el señor, su compañero, don Francisco de los Olivos , también por razón de enfermedad éste, se pasase a este ilustre ayuntamiento para que nombre juez que conozca de la causa, a que se difirió por el señor alcalde con consulta del doctor don José Diepa; y vista la representazión en este cabildo se proveió: Que r especto a que en él no reside facultad de elexir juez se devolviese a la parte para que, mejor instruído, ocurra donde le comvenga .

Y habiéndose comferenciado otras varias cosas y no resuéltose, se cerró este cabildo [ r. 79v. J/ y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica]= Baer ga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúb rica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

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(Libramiento para sa tisfacer gas tos incurridos en la preparación y remisión a los par- tidos del reparto general de la pesa.]

[Se aprueba el reparto general de la pesa.]

[ Ma[!Uel Silencio requiere del cabildo la designación de un juez para entender en su causa.]

[ Cabildo se declara sin juris dic ción para designar el Juez.]

(Se tratan vari::,s asunto s .]

{Ordénase el pa go de ga stos de construcció n de un cepo y reparación de una silla en la carn icer/a.)

[Licencia a Pe dro Díaz para trasladar s eis reses d e l partido de Guaynabo al de Humac ao.)

[Se tratan varios as untos: .~

ACTAS DEL CABILDO [1218]

[27 DE MAYO DE 1782.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a veinte y s iete de mayo de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Piza• rro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar [f. 80 ] / y comferir la s cosas tocantes al pro y útil de la república.

Facundo Matanza pidió se l e pagasen trece pesos y dos reales de la constmcción de un cepo y composición de u na silla en la carnecería, y se mandó se le pagasen por el mayordomo [ba]xo de recibo.

Pedro Díaz pidió lizencia de trasladar seis res es de] partido de Guaynavo al de Jum acao, e n los términos an tes prevenidos, se l e concedió.

Y habiéndose comferenciado otras varias cosas, se cerró este cabildo y Jo firmaron sus señorías, de que doy fe. =Pizarra [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica]= Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabiJdo. [ f. so,.] /

[121 9]

[3 DE JUNIO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Pue rto Rico , a tres d e jun io de mil setezientos ochenta y dos , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Sebastián I gnacio d e Vaerga, fi e l executor; don Antonio de Córdova, don José Dáv ila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes a l pro y útil de la república.

{Se trat a n varios S e comferenciaron varias cosas y se cerró este cabildo , asun t os. ) que firmaron sus señorías, de qu e doi fe.=Pizarro [rúbrica ] = Baerga [rúbrica] =-Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f 81 ]/

58

[1220]

[10 DE J UNIO DE 1782.]

En la ciudad de San Ju an d e Puerto Rico, a diez d e junio de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix d e la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don José Dávila y don Domingo Dá vila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

S e trataron varias cosas p or no haber ninguna particular que resolver, y lo firmaron sus señorías, de que d oy fe . =Pizarro [rúbri ca] =Cruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Ante mí=Y gnac io H e rránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. Slv,] /

[1221]

[17 DE JUNIO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a di ez y siete de junio de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde orrunario; don Sebastián Ignacio de Vaerga , fiel executor y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y no asistió el señor rexidor d ecano, don Antonio de Córdova, por haber mandado a decir que se halla ocupado e n la data de arroz a la trop a, en lo que está encargado.

Habiendo pasado a este cabildo su señoría, el seño r gobernador y capitán general, por medio del señor rexidor d ecano, don Antonio de Córdova, oficio en form a expresando ser re soluzión de su majestad concurra e l ayuntamiento a dar gracias por los beneficios que Dios, Nuestro S eñor, ha hecho a su real persona y monarquía , [C. 82 ] / y que lo mismo se exec ute al día siguiente con rogativa, impl orando las gracias y bendiciones de su omnipotencia; y*, el citado señor rexidor convocó a todos los señores capitulares ausentes y en los días 15 y 16 se cumplió exac-

* En e l original aparece tachado.

[Se tratan vano , as untos.]

[ CumpUmentandu ma ndato rea l se celebran fun ciones re li¡:iosas de agradecimiento a Dios po r beneficios disncns ados a l rey y a la monarqula, y pa ra la im petración de gracias y bend iciones p a r a aquéllos y sus va• salios.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
59

[Se afirman d erechos de conducción de pasaje al pasa- jero de Palo Seco, y se establece multa para los contraventores.]

[Se participa posesión dada a don Manue l Jacinto de Acevedo como c ontador oficial real.]

ACTAS DEL CABILDO

tamente con lo que su majestad manda, cuio oficio mandaron s us señorías copiar en este Libro.

El pasajero de Palo Seco representó los daños que le causan las canoas particulares que navegan para esta ciudad embarcando los individuos que a él le tocan, y que este exceso se remediase; a que se decretó: Que [estan] do prohibido por repetidos d ecr eto s la dicha prohibición, nueva mente lo hacían sus señorías y impusieran la multa a los contraventores de veinte y cinco reales y que se le entregase el documento para su efecto (f· 82v.] /

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica].

En este estado pidió audiencia el esscribano don José de de [sic] Reyna y habiendo entrado expresó que* de parte de su señoría, el señor gobernador y capitán general, qu e desde el día diez del corriente se había dado posesión del empleo de contador oficial real a don Manuel Jacinto de Acevedo y que por ocupaciones d el escribano de real hazienda, don José Cestero, no había pasado su señoría esta misma noticia, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pi zarro [rúbrica] = Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H e-rránz [rúbrica], esscri bano de cabildo. [ f. 83 ] /

[ANEXO UNICO ]

[Oficio del gobernador comunicando al concejo lo dispues to por la real orden de 27 d e djciembre de 1781 tocante a la celebraci ón de funci ones religiosas para patentizar agrade• c imiento a Dios por beneficios reci• bidos por el rey y la monarquía, y para implorar bendicio nes y gracias pa ra a~u éllos y s u s súbdi to s.]

Mui señor mío: Previniéndose por real orden de 27 d e di xiembre del año próximo pasado la resoluzión de su m ajestad de que por los muchos e inestimables b e n eficios que Dios, Nuestro Señor, ha hecho a su persona y monarquía, señaladamente en el curso d e aquel año, se cante el Te Deum y se zelebre una misa de acció n de gracias en cada uno de los pueblos de aquéllos y estos reinos, con asistencia de los prelados o superiores eclesiásticos y de los seculares tribunales y ayuntam ientos según estilo ; y que, asimismo , al día siguiente se haga con iguales formalidades una rogativa pública con exposición del Santísimo Sacramento del altar, en que se imploren del Omnipotente sus gracias y bendiciones para su majestad y real familia y para todos s us amados y fieles vasallos, a cuio fin se exhorte por los prelados a sus súbditos para que lo executen con el fervor y preparaziones correspondien-

* En el original apar ece tachado.

60
1 1

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

tes. Lo participo [ f, &3v.] / a vuestra señoría para su cumplimiento en la parte que le toca. Dios guarde a vuestra señoría muchos años. Puerto Rico, 10 de junio de 1782. Beso la mano de vuestra señoría, su más atento servidor. José Dufresne. Muy Ilustre Ayuntamiento.

Es comforme a su original, que queda arch ivado .= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1222]

[1 DE JULIO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de julio de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; d on José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Se comferenciaron [f· 84] / otras* varias cosas y no se resolvieron, quedando para otro cabildo, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Pizarra [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Davila [ rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[ Se tratan varios asuntos y se pospone su <ieterminación. J

[1223]

[8 DE JULIO DE 1782.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de julio de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; y don Félix de la Cruz, al-[t· 34v.J / guacil maior, y por no haber concurrido los demás señores y que el señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, está ocupado en su diputación, se mandó anotar y firmaron, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica]=Cruz [rúbrica]=Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

* En el original aparece tachado.

[Se levanta sesión capitular por ausencia de cap1tu• lares ]

61

[Se levanta sesión por no haber asunto qu e acordar.]

[ Se a utoriza dar al procurador gcnerd l de la villa de San Germán tes t imonio de real cédula sobre asistencia d e compaiHa de cab.1llerla a l paseo el pendón.]

ACTAS DEL CABILDO [ 1224 ]

[15 DE JULIO DE 1782.)

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de julio de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabil do ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordi nario; [ f. 85 ) / don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebas tián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don José Dávila y don Domingo Dávila , rexidores, para tratar y comferir l as cosas to cantes al pro y útil de la república, a que no asistió el señor rexidor don Antonio de Córdova por hallarse en la precisa ocupación de diputado.

Y no habiendo cosa que acordar, se cerró el cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pi za rro [rúbrica) = Cru z [rúbrica) =Baerga [rúbrica) = Davila [rúbrica ] = Dav ila [rúbrica ) = Ant e mí =Ygnacio Herránz [ rúbrica ) , esscri b ano d e ca bildo. [ r· 8Sv. J /

[1225]

[22 DE JULIO DE 1782.)

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a vei nte y do s de julio d e mil setezientos y ochenta y dos años , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor ; don José Dávila y d on Domingo Dávila, rexidores, para t ratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la r e públi ca .

El procurador d e la v ill a d e San Germán , don J osé Antoni o de Sepúlveda, pidió t es timonio de la re a l cédula en que manda s u m ajestad asista l a compañía de caballería, sin costo d e la ciudad, a la funci ón del p endón real el día d e S an Juan, como patrón, y se le mandó d ar.

Y no habiendo otra cosa qu e acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron [f 86 ]/ sus señorías, de que doy fe .= Pizarro [rúbrica] =Cruz [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Ante mí =Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscrib ano d e cabildo.

1:2

[ 1226]

[29 DE JULIO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de julio de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor, y don Jos é Dávila, rexidores, para tratar y comferir la s cosas [f. 86•· ]/ tocantes al pro y útil de la r epública.

Ignacio Huertas se p resentó con lizencia de la capitanía gen eral para trasladarse con su familia del partido de Toa Vaxa al de Río Piedras, p idien do se le conce da la correspondiente permisión para llevar ocho cabezas de ganado, y se le concedió baxo de la condición d e presentarse an t es a lo s tenientes a guerra para el descuento y a umento respectivo en el rol de la pesa.

Y no h abiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo que firmaron s us señorías, de que doi fe.= Piz arra [rúbrica ] =Cruz [rúb rica]= Davila [rúbrica] =Ante m í= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 87 ] /

[1227]

[5 DE AGOSTO DE 1782. ]

En l a ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a cinco de agosto de mil setezientos ochenta y d os, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; d on Seb astián Ignacio de Vaerga, fiel executor, y don Antonio de Córdova, rexidores, para t ra tar y comferir las cosas to cant es a l pro y útil de la república. Entraron los señores rexidores don José Dávila y don Miguel Xiorro .

Vicente Ramos habiéndose presentado con licencia del señor gobernador para trasladarse con s u familia del partid o de Vayamón al d e Las Piedras, pidió la lizencia corre spo ndiente para conducir diez animales vacunos con sus c r ías, y se le concedió en la forma aconstumbrada [sic]. [ f. 87•· ] /

Yo, el esscribano, hice presentazión de un oficio de su señoría, el señor gobernador y capitán general, qu e con fe-

[Licencia a 'gnacio Huertas o-ratrasladar ocho reses del partido d<: Toa Baja a l d<: Río Piedras ]

[Licencia a Vi ce ntoRamos para trasl<ldar diez reses con sus crias del parti• do de Bayamón aJ de Las P1edra s.l

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RI CO
63

fE l gobernador soicita informe r especto a algún acercamiento o planteamiento qu e h aya hec ho don Nicol ás d e los R íos a los capitulares tocante a la denuncia contra el tenien te d e gobernador Monse • rrate.J

(Con ce io contesta en lo negativo respecto al asunto sobre que solicita informe el gobernador.]

ACTAS DEL CABILDO

cha de tres del corriente se me entregó hoy por el de gobernación, don Martín Campderros, reducido a que a instancia de don Nicolás de los Ríos expongan sus señorías si co n alguno de los señores que componen este ilustre cuerpo ha hablado dicho don Nicolás una palabra en el asunto de la denuncia hecha por este cabildo contra los procederes y conducta del señor tenie nte de gobernador, auditor de guerra, ni pers uadídole ni inducídole a tal denuncia ni absolutamente a diligencia alguna contra dicho señor auditor, añadiendo si han oído algo contra la conducta de don Nicolás.

Y enterados sus señorías de todo , dixeron sus señorías* q ue se pase en respuesta oficio a su señoría, el señor gobernad o r y capitán general, (para cuia re s oluzión se separ ó el señor fiel executor, [ r. 88 ] / d on S ebas tián de Vaerga) ex poniendo que don Nicolás d e los Ríos no ha hablado ni tratado cosa a lguna con sus señorías en orden a la denuncia ni inducídoles ni persuadídoles a ella y por consigui ente a diligencia alguna contra el señor auditor de guerra.

{Ofir.io al gobernad or para que remita al archivo de cabildo toda docum entación o tes timonio de ella t ocante a la denuncia capitular contra e l ten iente de goberoador Mons errate ]

S e pasó oficio separado a s u señ oría, el señor gobernado r y capitán gener al, pidiendo se sirva remitir [a] este arc hivo d e ca bildo todos los documentos y papeles formalizados sobre la d enuncia h echa contra el señor tenie nte de gobernador y auditor de guerra, o bien testimonio de ellos o sus originales por ser indispensa bles y necesarios en es te cabildo y con e l ju sto fin de tenerlos resguardos para c ualesquier resultas.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y l o firmaron (f. ssv·]/ sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] =Lacru z [rúbrica] =Baerga [rúbrica]= Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo .

[1228]

[12 DE AGOSTO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de agosto de mil setecientos ochent a y dos años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala ca pitular para tratar y conferir las cosas tocantes al [f 89 ]/ pro y útil de la r e pública

* En e l original aparece tachado.

64

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; y don Sebastián de Baerga, fiel executor; a que no concurrió el señor rexidor don Domingo Dávila por estar enfermo ni el señor alcalde don Francisco de los Olibos y el señor rexidor don Bernardino Aponte por impedidos.

Se trató por sus señorías que respecto a haber observado que se han compuesto las casillas sin que por este cabildo se haya dado orden para ello sino solo para que se viese el costo que podía t ener y con su vista providenciar el más equitativo: el presente escribano se informará de Facundo Matanza de orden de quién procedió a esta obra para con su respuesta providenciar sobre el asunto.

Se participó por el señor rexidor-fiel (f· t 9v.] / executor que en esta semana intenta proceder a la visita de pesos y medidas; con lo que y por no haber otra cosa qu e tratar, s e concluyó este cabildo que firmaron sus seño rías, de que doy fee.= Pi za rro [rúbrica] =Lacru z [n"1brica] =Baerga [rúbrica] =Ante mí =Nicolás de A.guayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1229]

[19 DE AGOSTO DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de agosto de mil setezientos ochenta y dos, se juntaron a cabildo ordinario los seño r es don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; y don Sebastián Ignacio [ r·~]/ de Vaerga, fiel executor, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

En virtud de la íntima que se le p asó al maestro Fac undo Matanz a sobre la recomposición de las casillas exhibió dos esquelas, la una, de mí, el esscribano, en que consta la forma con que d ebía practicarlo para ello * comforme al Acuerdo de 15 de abril de este año, y la otra, del señor rexidor don Miguel Xiorro sobre e l mismo asunto , y acordaron sus señorías se suspenda por ahora la decisión de este punto hasta que por dicho maestro se pida el costo y trabaxo.

Santiago Rijos pidió se certificase por mí, el esscribano, lo que me conste del título que tengan Domingo Albarez y Diego González, albañiles de esta ciudad, para ello des-

* En el original aparece tachado.

5 A.

[Cabildo ordena a l escribano se informe sobre quien dio la orden para la r epa r ación de las cas illas de ventas.]

[-Pa rticipase s e efectuará vis ita de pesos y medidas.]

[Se presentan do• cumen tos tocantes a la reparación de l as casillas de ventas, y se pospone ckcis1ón al r espect o.]

[Provéese para la solicitud de certi• ficación de los tl• tulos de albaflil de Domingo Albarez y Diego González.J

65

[ Se tratan varios as unt os.]

[ Se tratan varios asuntos ]

ACTAS DEL CABILDO

pachado por este cabildo con otras varias circunstancias (f· oov. ] / en el asunto, y se mandó como lo pide en todo para lo que se le franqu e n [sic] los libros respectivos de Acuerdos.

Y no habiendo otra cosa que acor dar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , d e que doy fe.=Pizarro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1230]

[26 DE AGOSTO DE 1782.]

En la ciudad d e San Juan d e Puerto Rico , a veinte y seis de agosto de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario lo s señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la [ f. 91 ] / Cruz, alguacil mayor; y don Antonio de Córdova, rexidor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no concurrió el señor r exidor don Domingo Dávila por enfermo, y don José Dávila por estar de diputado de mes.

Y aunque se trataron varias cosas no hubo ninguna que acordar, con lo que se concluyó esta diligencia que firmaron sus señorías, de que doy fee. = Pizarro [rúbrica]= Lacruz [rúbrica]=Cordo v a [rúbrica]=Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y t e niente de público y cabildo.

[1231]

[2 DE SEPTIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto [ f. 9iv. ] / Rico, a dos de septiembre de mil setecientos ochenta y dos, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Anto nio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para t ra t ar y cornferir las cosas to c antes al pro y útil de la rep úb lica.

S e co mferenciaron vari os a suntos y quedó su resolución para otro cabildo y lo fir maron sus señorías, de que doy fe.=Pi za rro [rúb rica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova

66

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio IJerrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. ( f. 92 ] /

[1232]

[9

DE SEPTIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve d e septiembre de mil setezientos ochenta y dos años, se iuntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre [sic], los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Baerga , fiel executor; y don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

José Antonio López pidió lizencia para poner corral e!1 la sovazón [sic] e n la ribera de Loysa , y se le conced:ó con tal de que traiga la pesca a es ta ciudad para su venta.

Bartolom é Gonzáles pidió lizencia para traspasar de La Vega a Jumacao varias reses, una yegua y un caballo [f. 92v.] / baxo las circunstancias d e dar cuenta a los respectivos tenientes a guerra para el des cuento y aumento en el rol de p esa.

Y habiendo representa do el señor fiel executor que no tiene silla ni p eso en que repesar la carne que se reparte en l a carnecería, mandaron sus seño rías que el mismo señor rexidor-fiel ejecutor lo haga poner corriente como proprio de su oficio y ponga la cuenta para pagar su costo.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúb rica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúb rica] =Xiorro [rúbrica] = Ante mí= Ygnacio Herrán z [rúbrica], escribano público y de cabildo. [f. 93 ] /

(Licencia a Jos~ Antonio López para coloca r corral de pesca en la ribera de Loíza.]

(Bartolomé González solicita licenc ia para trasladar varias re ses del partido de La Vega al de Hu macao. ]

[ Provéese para la co loca ción en la carnicería de una silla y un oeso para ser utilizados por el fiel ejecutor.]

[1233]

[16 DI;: SEPTIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de septiembre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al

67

[ Des ignación de dip u tados para entender en apelació n.]

(Se trata con Fac undo Matanza la reparación de las cas illas de ventas. ]

ACTAS DEL CABILDO

pro y útil de la república . Llegó el señor fiel executor, don Sebastián Vaerga .

Don José Valladares se presentó en grado de apelazión de los autos seguidos con Pedro Felipo, y se le hubo por presentado, y nombraron sus señorías de diputados a los señores don Sebastián Vaerga y don José Dávila, y que se le entregasen los autos; y el juramento se diputó al señor rexidor don Miguel Xiorro.

Se mandó a solicitar a Facundo Matanza para tratar sobre el remedio que pi[de] en el día la recomposición de las casitas [ f. 93v.] / de tablas, y se obligó a hacerlo prontamente y a presentar en el cabildo venidero una proposición en términos de hacerse cargo de ellas por algunos años baxo los capítulos que expresará.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f· 94 ] /

[1234]

[23 DE SEPTIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y tres de septiembre de mil setezientos y ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Francisco de Andino.

[El procurador ge• neral represe nta que las r eo tas d e l arrendamiento d e l corral en La Laguna o Boca d e Cang rej os perteoe• ce a los p r opios.]

En* Este caballero representó que cumpliendo con sus obligaciones le parece que l os relixiosos de Santo Domingo no tienen derecho de arrendar el corral en la Laguna o Boca de Cangrejos, sino que su producto corresponde a la pública hazienda como lo hará constar y probará a favor de los proprios este derecho, [f. 94v, ] / nombrándosele un defensor con expensas para ello, y se decretó como lo pide y solicite el mismo señor procurador el defensor a quien se le pagarán sus derechos.

Facundo Matanza a consecuencia de lo que prometió

* En el original aparece tachado.

68

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

en el cabildo pasado representó los capítulos sobre los cuales ofrece tener en uso por diez años, y se mandó que se acomulen las dos esquelas que tiene exhibidas y de todo se dé vista al señor procurador general presentando la cuenta del costo que ha hecho en la actual recomposizión por no haberla presentado hasta ahora.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firma-[!· 95 ] / ron sus señorías, de que doy fe. = Pizarro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1235]

[30 DE SEPTIEMBRE DE 1782 ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de septiembre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, [r· 95v.] / alguacil maior; don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El ayudante don Manuel de Fuertes se presentó en grado de apelación de la sentencia dada por el señor alcalde ordinario don Tomás Pizarra en el pleito con Violanta Rivafrecha, y se hubo por presentado y se nombraron de diputados a los señores don Félix de la Cruz y don José Davila.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pi zarro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], escribano de cabildo. [f· 96 ] / [1236]

[7 DE OCTUBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de octubre de mil s et ezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde

[Refiér ese al procurador ge nera 1 la p r o ouesta de Facundo Matanza sobre !as c:isilla s d e ventas ]

[ Designación de d , putados para eniender e n a pelación. ]

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[Don Miguel Antonio de Arizmendi solicita el embargo d e los bienes pertenecien tes al teniente de gobernado r Monserrate.]

[Cuentas del mayord omo Valenlin MarLínez re fe rida: a los concejales diputados para examinar las. ]

[Provéese que los carpin teros Francisco O!ivencia y Juan d e la Pue rta examinen reedificación de las cas illas de ventas.]

[Do n Nicolás de lo s lllos solici ta pago d e hon orarios por servicios profes i•r nales en la causa contra el tenient.~ de gobernador Monserrat e .]

ACTAS DEL CABILDO

ordinario; don F élix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Antonio de Córdova, don B e rnardino de Aponte, don Jos é Dávila y don Migue l Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.

Don Miguel Antonio d e Arizmendi presentó un escrito con varios otrosies sobre la denuncia hecha contra el auditor de guerra pidiendo se librase d espacho al señor gobernador para el embargo d e sus bienes y otras cosas, a que se proveió conforme y quedó dicho escrito y providencia archi-[f· 96v· ] / vados.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Dávila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnac io Herránz [rúbrica], escribano público y de cabildo.

[1237]

[14 DE OCTUBRE DE 1782.]

En la ciudad d e Puerto Rico, a catorce de octubre de mil setezientos ochenta y do s, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario ; don Antonio de Córdova , don José Dávila y don Miguel Xiorr o, rexidores, para tra tar [ f. 97 ] / y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.

El señor procurador general r espon dió a las cuentas dadas por el mayordo mo don Vale ntín Martínez, y se mandaron pa sar a l os señores diputados que se nombraron, don F élix d e la Cruz y don Miguel Xiorro. Tambié n respondió a lo expuesto por Facun do Matanza sobre la reedificazión de las casillas y arrendamiento de ellas, y se mandó que se revean por los carpinteros Francisco Olivencia y Juan d e la Puerta, presenciándolo e l se ñor rexi d o r don Antonio de Córdova y para que l es tome j uramento de fid elidad a don Mig ue l Antonio de Arizmen di. *

Don Nicolás de los Ríos representó que por las d efensas hechas en los asuntos contra e l señor t enien te de gobernador se le di esen cien to y cincuenta p esos en que procediendo con mode razión [ f. 97v.] / es tima lo que ha trabajado, a que se decretó: Que re sp ec to d e haberse ofrecido

* En el original aparece tachado.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

y hecho cargo desde el principio de estos asuntos don Miguel Antonio de Arizmendi entiéndase el suplicante con él.

Andrés Gutiérrez, natural de Madrid, se presentó para alguacil de vara, vacante por muerte de Manuel Paniagua, y le se admitió, recibiéndole el juramento de fidelidad el señor rexidor don Antonio de Córdova.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pi zarro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xior ro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [r· 98 ] /

[ 1238]

[21 DE OCTUBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de octubre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Pedro García Pagán, del partido de La Vega, se presentó con lizencia del señor gobernador para trasportar su familia al de Jumacao y a este cabildo la de llevar ocho reses, y se le concedió baxo de las circunstancias de estilo

Acordaron sus señorías que el mayordomo de proprios recomponga la tabla de [f. 96v·l / las armas de la ciudad que está rompida y la haga retocar y fixarlas.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[12 39 ]

[29 DE OCTUBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de octubre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron en esta sala de ayuntamiento, a cabildo ordi-

[Andrés Gu1iérrez queda recibido como alguacil de va• ra.J

[Licencia a Pe dro Ca rcfa Pagán para traslada, ocho re• ses del partido de La Vega al ele Hu• macao.]

[ Provéese pa ra la reparación de la 'tabla de arm a s de la c iudad.]

71

[Provéese para que se instruya anle tribunal compe tente querella contra N icolás Fernández por injurias contra el cu erpo capitular.]

[Apruébanse cuentas del mayordomo don Val c ntln Marúnez.J

ACTAS DEL CABILDO

nario, (f. 99 ] / los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Habiendo expuesto el señor rexidor don José Dávila el desacato y poco respeto con que Nicolás Fernández ha tratado a este magistrado, a presenzia de don Agustín Serrano, don Antonio López y el capitán de Urbanos don Francisco Vivas, suponiendo colucción y fraude en el manejo de las reses que por razón de pesa se contribuien a la plaza para su abasto, con otras sindicaziones dignas de severa corrección y castigo, acordaron sus señorías que por medio del señor rexidor-alguacil maior, don Félix de Lacruz, (f- S9v. ] / a quien se le comfiere toda la facultad que es necesa ria para que presentándose en el tribunal que le parezca instruía la quexa y querella de la injuria que ha vertido contra este cuerpo para vindicar su honor, a cuio efecto se le compulsará testimonio con pie y cabeza de este Acuerdo.

Se aprobaron las cuentas dadas por don Valentín Martínez y se le devolvieron para el uso de su derecho .

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 100] / [1240]

[S DE NOVIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de noviembre de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores alcalde ordinario don Tomás Pizarro; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio Baerga, fiel executor y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

[El alguacil mayor Félix de la Cruz delata fraudes del arrendatario de la matanza de reses.]

El señor rexidor-alguacil mayor, don Félix de Lacruz, representó en este cabildo que con motivo de que al fin de su diputación del mes de junio de este año no dejaba

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

res alguna para que al día siguiente pudiese hacerse matanza en la carnicería: con este motivo y el de haber advertido que hubo bastante carne para el abasto público procuró indagar de donde pudieron [f. i00v.] / salir las reses que se mataron el día primero de julio; y en efecto, averiguó que el arrendatario para esta matanza, Andrés de Santana, tomaba el detestable arbitrio de reservar y mandar fuera de la ciudad (al sitio que media dentro de la Puerta de Tierra y el Puente de San Antonio) algunas reses de las que el rexidor diputado disponía se matasen diariam ente y suponiendo haber cumplido con exactitud lo dispue sto por el diputado cobraba las certificaciones de todas las reses mandadas matar como si se hubiesen muerto para después introducirlas como de nuevo; de que resultaba, por una parte, el perjuicio público, por otra, que cobraba por dos vezes las certificaciones de unas mismas reses, y por último, dejaba en descubierto el honor del diputado que bajo del concepto que se había obedecido su orden apuntaba [f. 101 ] / en su diario como consumido el mismo número de reses que había mandado matar, cuya relación no podía venir bien con la del alcabalero que apuntaba las efectivamente muertas.

Orientado el señor exponente de estas malversaciones del arrendatario, entró en la diputación del mes que acabó y aunque tuvo noticias de algunos fraudes fueron después de executados y en términos que no le era fácil evidenciarlos cuando por el contrario se exponía a que avisado Santana fuese más difícil la inquisición. Por último, habiendo mandado el señor exponente matar veinte y seis reses puso personas que viesen y le avisasen el número de las que se mataban y en efecto le informaron que sólo se habían muerto veinte y una. Por cuya razón, [f· io1v. ] / luego que pasó el señor exponente a la carnicería a la distribución de la carne preguntó al arrendatario Santana por el número de reses que se habían muerto y le aseguró que las veinte y seis que se habían mandado. Reconvino el señor exponente sobre lo mismo a los carniceros Jacinto v Francisco y le aseguraron lo proprio. Pero como ya el se"ñor exponente estaba cerciorado de lo contrario hizo comparecer al estacador de los cueros, Juan Sánchez, y le requirió seriamente sobre que no le ocultase el verdadero número de reses muertas por que le convencería con los cueros (quien sin embargo de estar prevenido de antemano por Santana) le respondió que a la verdad sólo se habían matado veinte y una.

En vista de este fraude y colución de los dos carnice-

[El alguacil mayor ordena castigar con azotes a los dos carniceros envueltos en el fraude que delata.]

[El alguacil mavor solicita testimoni o de este Acuerdo en que ha hecho la refet i da delación. ]

ACTAS DEL CABILDO

ros con [f. 102 ]/ Santana, mandó castigar a aquéllos con azotes, res ervando a este ilustre cuerpo el procedimiento contra el arrendatario Santana. No obstante una conducta tan moderada y piadosa, pues los carniceros el uno llevó sobre cuarenta y el otro sobre veinte y cinco azotes, ha tenido el señor exponente la pena de saber de que por alguno d e los señores de este ilustre ayuntamiento se ha improbado su determinación y han informado al señor gobernador y capitán general que no se hacía matanza en la carnicería porque había d exa do estropeados los carniceros. En cuya virtud, d esea ndo el señor exponente aclarar la verdad y purificar su conducta en el concepto de su señoría, por la impresión que pueda haber hecho el referido informe sin insinuarle los motivos, pide se le dé testimonio de es ta [f· 102 • - ] / exposición con cabeza y pie d el Acuerdo

[Se com1s1ona al alcalde ordinario

Tomás Pizarro para que inves tigue y l uego informe al cabil-:lo sobre e l fraude delatado.]

Vista la represen tación d el señor rexidor-alguacil mayor, don Félix de Lacruz, en orden al malversado manejo de Andrés de Santana en el arrendamiento de la matanza de carnes para el abasto público sobre lo que no debe desentenderse este cuerpo, acordaron sus señorías que para proceder a información sumaria de los hechos que se expresan y dem ás qu e le sean relativos se ponga testimonio de este Acuerdo y de dicha representación diputando, como diputan, al señor presidente-alcalde ordinario don Tomás Pizarro, suplicando a su señoría se sirva admitir la diputación, y evacuada devolverla con lo obrado para proveer en lo económico y peculiar d e este cuerpo, reteniendo ['· 1º3] / su señoría el conocimiento por lo que respecta a la imposición de las demás penas en que haya incurrido Santana.

[Se nrovee para e l testimonio solicitad o.]

[Se tratan varios .asuntos ]

Asimismo acordaron s u s señorías se le dé t estimonio de dic ha representación al señor rexidor-alguacil mayor, como lo pide. Con lo que y por no h abe r otra cosa que acor d ar, aunque se conferenciaron varias, se concl u yó es te cabildo que firmaron s u s señorías, de que d oy fee.=Pizarro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] = B aerga [ rúbr ica ] = Xiorro [rúbrica]=Ante mí=Nicolás de Ag11ayo [rúbrica ], escribano real y teniente de publico y cabildo. [f· 103v· J/

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[1241]

( 11 DE NOVIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a once de noviembre d e mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y coroferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Ent r ó el señor rexidor don Miguel Xiorro.

Julián Cueto representó que siendo compañero de Andrés Santana en el arrendamiento de la carnecería y sabe que se le ha encausado por su mal manejo en él, se le tenga presente para en el caso de que se le separe pueda él como compañero entrar en dicho manej o, y se decretó que se le tendría presente en resultas de lo que se determinase.

Don Pedro Vicente de la Torre se presentó con [ t, 104] / testimonio de auto de su señoría, el señor gobernador y capitán general, pidiendo que estando, como está, exceptuado de pesar por las haziendas del Plantaj e y San Pedro, le obligaba ahora el teniente a guerra de Toa Vaxa a que la contribuiese, y suplicó se provea en este asunto que se le preve nga a dicho t e nien te lo que debe executar en atenzión a lo que difusamente expone. Y se acordó: Que respecto a que por Acuerdo de 25 de octubre d e 79 está dispuesto que por dos años se exceptúen las haziendas de don Pedro Vicente de la Torre de pesa, con atenzió n a lo que entonces representó en el superior tribunal de gobierno con imforme de este ilustre ayuntamiento, y que han pasado los referidos dos años y se ha hecho nuevo reparto , ocurra donde le convenga para lo que se le d ev uelva, quedando acordado este expediente. (t. 104"·] /

El señor rexidor-alguacil maior expuso que sin embargo de hab e r aceptado el poder que se le confirió por este ilustre ayuntamiento para la querella de Nicolás Fernánd ez, se halla con justos motivos que le impiden el progreso, y se diputó al señor rexidor don Antonio de Córdova para cuio seguimiento se certifique por mí esta Acta y se presente con ella con el mismo poderío y amplitud que se le dio al señor alguacil maior

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este

(Julián Cueto solicita que en caso de que Andrés Santana sea r elevado como arrendatario de la matanza se le considere a él como tal.]

[Deniégase relevo de pesa a las hacie ndas de don Pedro Vicente de la Torre.]

[Reemplazo de di· pu tado para en ten • der en querella :1 formularse contra Nico lás Fernández.J

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

[Libranza para sat isfacer gastos de r eparación de las casiUas de venta ]

[Gobernador contesta exhorto capitular referente al t eniente de gobernador Monserrate .J

[Llbramiento para pagar gastos de fiestas votivas.]

[Provéesc para que Manu e l Fuertes recurra al juez a qu o en solicitud de testimonio de la sent encia dada en la causa de Violnnta de Ribafrecha ]

ACTAS DEL CABILDO

cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. ['· 1(\5] / [Folios 105v. y 106 aparecen en blanco.] /

[1242]

[18 DE NOVIEMBRE DE 1782.J

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a diez y ocho de noviembre de mil setezientos ochenta y do s años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz. alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga , fiel executor; don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Se le mandaron pagar a Facundo Matanza ochenta y tres pesos y tres reales de la r etasación que se hizo de las casitas con tal de que antes recomponga dos de ellas que se mojan.

En este cabildo entró el escribano de real hazienda y exhibió testimonio de la contextazión que hace su señoría, el señor gobernador y capitán general, al exhorto que se le pasó en 7 del próximo pasado. [t 106v-J /

El mayordomo presentó las cuentas de lo gastado en las fiestas votivas, y vistas, se le mandaron pagar y Y.• , se le devuelvan p ara la cuenta general.

Don Manuel Fuertes pidió testimonio de la sentencia pronuncia da en la causa con Violanta de Ribafrecha de] recu rso apelatorio de los señores don Félix de la Cruz y don José Dávila, diputados en é l, y se decretó que respecto a que lo s señores diputados han concluído este asunto y son pasados los términos prevenidos por derecho, ocurra al señor juez a quo en quien deben parar los autos para ha cer dar cumplimiento a la resoluzión dada por dichos señores diputados.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe.=Pizarro [rúbrica l = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. ['· 107 ] /

76

[1243]

[25 DE NOVIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cinco de noviembre de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Tomás Pizarro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

En este cabildo se volvió a presentar don Pedro Vizente de la Torre, con los do cumentos que se citan en Acuerdo de onze del corriente, pidiendo se le exonerase de la pesa por lo correspondiente a sus haciendas del Plantaje y San Pedro con atención a las razones expuestas en dichos documentos, y se determinó que respecto a que este cabildo no es facultativo para determinar sobre dicha exoneración de p esa se le devolviese el expediente para que ocurriese donde le corresponde .

En este mismo cabildo se recibió [ f. 107v.] / el sumario remitido por el señor alcalde ordinario y presidente de él, d.on Tomás Pizarro, evacuado por su merced por diputación de este mismo cabildo, sobre los excesos de el arrendador de la matanza de carnes, Andrés de Santana, y determinaron sus señorías se viese por cada uno de sus señorías en particular para su resolución en el cabildo venidero.

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee =Pizarra [rúbrka] =Lacruz [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [r. 108 ] / [1244]

[2 DE DICIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a dos de dixiembre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarro, alcald e ordinario; don Félix de Lacruz , alguaci l mayo r; don

[ A s olicitud de relevo de pesa presentada por Pedro Vicente de la Torre el cabildo declara no serle facultativo e l proveer la misma.]

[ Se recibe sumario de los excesos cometidos por el a rrendador de 1a matanza de ca rn es Andrés de Santana.] [Se tratan varios &s uatos.j

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
77

[Des ign ación de diputados para ent ender en apel aci ón .]

[Don Pedro Vicen le de la Torre presenta auto del gober- nado r relevándol, de la pesa.] [Condiciones y p rec io de venta d el pescado que qu edan presentas pa ra José Antonio López, pasajero d e la Boca de Lolza.J

ACTAS DEL CABILDO

Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dá vila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, regidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Entró el señor rexidor don Bernardino de Aponte.

Benito Sánchez Camilo se presentó en grado de apelazión, y se hubo por presen tado y se nombraron de diputados a los señores rexidores don Antonio de Córdova y don Bernardino de Aponte.

Se presentó don P edro Vicente de la Torre con nuevo auto del señor gobernador y capitán general en [ f. ioav. ] / que le excepciona de la pesa de sus haziendas, y se decretó que se cumpla y guarde y para su efecto se expida carta al teniente a gue rra de Toa Vaja por los señores diputados del reparto.

Que habiéndose tenido fixa noticia de la mala versación que hace José Antonio López, pasajero de Boca de Loysa, en la venta del pescado del cor r al que se le concedió, mandaron sus señorías que se expida carta al capitán don B ernavé de Aguiar para que le intime a dicho José Antonio que el pescado preciso que venda a l vecindario sea a real, el arrelde; que el que cond uzga a es ta ciudad sea a real y medio; y que a ningún regatón allí ni en el camino lo expenda a ningún precio , en inteligencia de que del pescado que conduzga ha de traer nota de los caballos para entregarla al señor diputado de mes, y ha de llevar la [f 109 ] / que le dé el señor diputado de haberlo cumplido. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe = Piza rro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. ['· l09v ] /

[1245]

[9 DE DICIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de diciembre de mil setecientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario e n esta sala capitular los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebas tián Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova y don Bernardino Aponte,

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

re xidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El señor rexidor decano, don Antonio de Córdova , expuso de orden del señor gobernador y capitán general y que se acordase en este cabildo y es lo siguiente: Que ignorando su señoría las operaciones del enemigo quiere que los partidos de Río Piedras, Guaynabo, Bayamón, Toa Vaja y Toa Alta y La Vega, se suspenda desde hoy la contribución de l a pesa hasta que su señoría lo mande y que se pase a los demás partidos por su orden, debiendo prevenir a estos partidos que tengan las pesas [f. 11º] / de sus respectivo s partidos a la orden de los diputados nombrados.

Que a el cabildo de la villa, de orden del señor gobernador, se le despache oficio para que tenga a la disposición del diputado que su señoría nombrase, en caso de sitio, mil reses o las más que pueda.

En cuya virtud acordaron sus señorías se libre orden a los nominados partidos para la inteligencia de lo que deben practicar como a los demás que deben entrar pesando en el mes de enero venidero. Y por lo tocante a la segunda disposición de su señoría, el señor gobernador, se libre oficio a los señor [sic] del Muy Ilustre Cabildo , Justicia y Reximiento de la villa de San Germán para su cumplimiento.

En este cabildo se presentó Benito Sánchez Camilo recusando a los señores don Antonio de Córdova y don Bernardino de Aponte, que se nombraron en el recurso que hizo a este [f. u0v. ] / cabildo, y se nombraron en su lugar a los señores don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, nombrándose de diputado para el juramento al referido don Bernardino de Aponte.

Don Victoriano Aldea se presentó cobrando su salario de ciento y cincuenta pesos, y se mandó que el mayordomo de proprios se lo satisfaciese.

El señor rexidor don Sebastián Baerga hizo presente estaba para hacer visita de pesos y medidas en los días sucesivos.

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Pizarro [rúbrica]=Lacruz [rúbrica]=Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Ante mí = Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. (f. 111 ] /

[Los partidos de Río Piedras. Guaynabo, Bayamón, Toa Baja, 1 oa Alta y Las Vegas, quedan temporerameu te relevados de la contribución de pesa.]

[En la eventualidad de un sitio la villa de San Germ:in deberá proveer mil reses para el abasto d e la ciudad.]

[Rec usación de diputados para en• tender en apelación y de s ignación de reemplazantes.]

[Se autoriza pago del s alario al maestro d e niños Victo• riano Aldea.]

[ Visita de pesos y medidas.]

'
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[Dipu t ados para entender en apelación aceptan y juran la comisión.]

[Libramiento para pagar gas tos de reparación de l cuarto los Dos Amigos.]

[Se autoriza pa go d e gas tos de r eparación de la silla y de una bal anza de la carn icería.]

(Se tratan ,arios asunlos.]

ACTAS DEL CABILDO [1246]

[16 DE DICIEMBRE DE 1782.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de diciembre de mil setezientos ochenta y dos años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Tomás Pizarra, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Aceptaron y juraron la diputazión los señores rexidores don Domingo Dá vila y don Miguel Xiorro.

Se pagaron a Antonio Travieso, carpintero, dos pesos por la recomposición del cuarto de los Dos Ami gos que se comunicaba con el de las mujeres, cuio libramiento se t iró al mayordomo.

También se pagaron veinte reales por la coro- ['· 111v•]/ posición de la silla de la camecería a Juan de la Puerta, y c uatro pesos a Ignacio Arana por cuenta de una balanza pa ra la misma carnecería, para lo que se libró al mayordomo el documento necesario.

Se con.ferenciaron otras varias cosas y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. Y se dio p unto en reverencia del nacimie nto de Cristo, Señor Nuestro , y Pa scua s.= Pizarro [rúbrica] =Lac ruz [rúbrica ]= Ba erga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Y gna c io Herránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo. ['- 112 ]/

[1247]

[1 DE ENERO DE 1783 . ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de e nero de mil setezientos ochenta y tres años, para efecto de las elecciones de alcaldes y d emás ministros , se juntaron en esta sala de ayuntamiento los señores don Tomás Pizarra y don Francisco de los Olivos, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; d on Antonio de Córdova, don Benardino de Aponte, don José Dávila, don Domingo Dávi-

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

la y don Miguel Xiorro, rexidores; y después que cada uno dio su voto, salieron electos los siguientes:

Para Alcalde ordinario de primera elección salió electo don Domingo Dávila. [f. 112v·]/

Para el de segunda elección, don Andrés de Quiñones.

Para ,Alcalde de la Hermandad de la Banda del Norte, don Antonio López.

Para la Banda del Sur, don Gregario Ortiz .

Para Procurador General, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Para Padre General de Menores, don Miguel Xiorro.

Para Depositario de multas, don Antonio de Córdova.

Para Mayordomo de proprios, don Manuel Pérez.

Para Fiel contraste, Bernardo Ravelo. Cuia elección, así hecha, se dirijió a su señoría, el señor gobernador y capitán genera l, para su confirmazión, y con efecto lo hizo s u señoría y en su virtud mandaron los señores llamarlos, excepto don Andrés de Quiñones y los alcaldes de Hermandad que se hallan ausentes, y mandaron sus señorías se les expida carta. [f· 113 ] /

Y habiendo entrado en esta sala don Miguel Antonio de Arizmendi, don Manuel Pérez y Bernardo Ravelo, se les recibió juramento que hicieron en manos d el señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, en la forma aconstumbrada [sic] y lo mismo hicieron don Andrés Delgado , don José Gorvea, Andrés Romero y José Antonio Montesino, alcaldes de barrio, y diputaron sus señorías para la recepción y juramento de alcaldes al señor rexidor d ecano, y lo firmaron, de que doy fe.=Thomas Pizarra [rúbrica] =Francisco de los Olivos [rúbrica] =Felis de L ac ru z [rúbrica] =Sebastian de Baerga [rúbrica]= [r. 113••]/ Antonio de Cordova [rúbrica]= Bernardino de Aponte [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =Miguel Antonio de Arizmendi [rúbrica] = Manuel Perez [rúbrica] = Bernardo Rabelo [rúbrica] =lo seph de Gorbea [rúbrica] = Joseph Antonio Monte zino [rúbrica] = Andres Romero [rúbrica].

Nota: No firmó don Andrés Delgado por haberle dado un vaguido . =An te mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[Elecció n de fun• cionarios coocejiles.]

[Goberoador aprue- ba la eleccióo.]

[Carta de comparendo para los electos ausentes.]

[Recepción y jura• mento de al gunos de los elec tos y de los alcaldes de barrio.]

6. A. 81

[Recepc ió n d e l alc alde o rd inari o And rés de Qui 11ones y del a lcalde de la Sa nta H ermanda d Gregorio Ortiz J

[Ofic io capitular al gobernad o r par ticip áttdol e e l r es ulta• do d e las e le cciones concejiles y solicitá ndole su confirm ac ió n .]

ACTAS DEL CABILDO [ 1248 ]

[10 DE ENERO DE 1783 .]

En Puerto Rico , a diez de dicho mes, [ f. 114] / habiendo comparecido en esta sala capitular don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario electo, y don Gregorio Ortiz, alcalde electo de la Santa Hermandad, aceptaron sus empleos y juraron en manos del señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, de u sarlos bien y fielmente, a su leal saber y entender, y lo firmaron, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Andr es de Quiñones [rúbrica] =Gregorio Ortiz d e la Renta [rúbrica ] = Ante mí = Y gnacio H errán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo

[ANEXO UNICO.]

Señor Gobernado r y Capitán General. Dirijimos a vuestra señoría la elección hecha de alcaldes ordinarios, ['· 114v.]/ de la Hermandad y demás oficios concejiles en la forma siguiente:

P ara Alcalde ordinario de 1.• elección, don Domingo Dávila.

Para el de 2. ª, don Andrés de Quiñones.

Para Alcalde de la Santa Hermandad del Norte, don Antonio López.

Para el Sur, don Gregario Ortíz.

P ara P r ocurador General, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Para Padre General d e Menores, don Miguel Xiorro .

Para Mayor domo de proprios, don Manuel P érez.

Para Fiel contraste, Bernardo Ravelo.

Para Depositario de multas, don Antonio de Córdova .

[G o be rnador CO!l· fi rma las e leccicnc s co n cejiles. ]

Confi rmación

En cuia inteligencia suplicamos a vuestra señoría se sirva confirmarla o d e terminar lo que fuere d e su agrado. Sala Capitular de Puerto Rico. l.º de enero de 1783. Besan l a mano de vues tra señoría su s [ f. 113] / m ás atentos seguros servi dores. Tomás Pizarro=Franci sco de los Olivos =Félix de Lacruz=Sebastián de Vaerga=Antonio de Córdov a = Berna rdino de Aponte = José Dávila = Domingo Dávila=Migue l Xiorro.=

Puerto Ri co, l.º de enero d e 1783. Confirmo esta elección, y devuélvase. = Dufresne.

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SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

Es comforme a su original, que queda archivado. Puerto Rico, 10 de enero de 1783. Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. (f· 115v.]/

[1249 ]

[13 DE ENERO DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece d e enero de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio Vaerga, fiel ejecutor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi; y no el señor alcalde don André s de Quiñones por haber participado se halla impedido ni el señor rexidor don Antonio de Córdova por estar ocupado en la diputazión de mes.

Se acordó que se saquen al pregón los pasajes y corrales de pesca que haya vacantes , y para ello se diputaron a los señores don Domingo Dá vila [f. 116 ]/ y don Antonio de Córdova.

Para las fiestas votivas de Candelaria, San Juan y Santa Rosa, a los señores alcalde ordinario don Domingo Dávila y alguacil maior don Félix de la Cruz.

Para las otras del Corpus y Santiago, a los señores don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario, y don Sebastián de Vaerga, fiel ejecutor.

Para las corte sanías que ocurran de sujetos que llegan, a los señores don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores

Consecuente al oficio que se pasó al cabildo de la villa de San Germán, en 9 del próximo pasado dixiembre, ha respondido que está pronto a las mil reses y demás que se necesiten, y también sus personas y haziendas para cuanto ocurra en servicio de su majestad, lo que se mandó participar a su señoría, el señor gobernador y capitán general, por [f. 116v.]/ medio del señor rexidor don Antonio de Córdova.

E l caballero procurador general presentó una exposi-

[ ~ signación d e com1sar1os para sacar al pregón los p asajes y corrales d e pesca, para la celebración de fies tas votiva s y para la recepció n de v is itante s d ist inguidos.]

[ La vill a d e San Germán contesta estar d ispues ta a sumini strar las mil rcs,,s asignádales p a ra e l ca so d e un s itio.]

[ El procurado r ge• n eral presenta escrito de buen gobie rno.]

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[Libramiento para satisfacer gas~o'> in curridos en la causa contra el teniente de gobernad or Francisco Rafae l de Monserrate ]

[Provéese sobre escrito de buen gobierno presentado por e l procurado r general.]

[ Se t ratan varios as untos. ]

ACTAS DEL CABILDO

ción de buen gobierno, y por contener muchos y varios capítulos y* se mandó traer pa ra el cabildo siguiente. El mismo caballero procurador general presentó una cuenta, importante 251 pesos, 4 real es y 8 maravedíes, de varios gastos que ha suplido en la causa d el señor auditor de guen-a, pidiendo se le paguen por el mayordomo de proprios, y con efecto se mandaron librar y entregar e n los mismos t érminos y en la misma forma que se han gastado los demás causados en Santo Domingo sobre el mismo asunto .

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , doy fe.=Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica]=[f· 117 ]/= Xiorro [rúbrica ]=Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herránz [rúb r ica], esscribano público y de cabildo.

[1250]

[21 DE ENERO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y uno de enero de mil setecientos o c henta y tres años, se _juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores alcaldes ordinarios don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones; don Féli"-< de Lacruz, alguacil may or; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino Aponte, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para trat a r y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, y no el caballero rexidor don Tomás Pizarra por haber avisado se halla enfermo. [f. 117v• ]/

En este cabildo se proveyó la representación d el señor procurador general, cuyos c,riginales se mand aron archivar y en testimonio se despachó el correspondiente oficio a su señoría, el señor gobernador y capitán general, con el pro veído del día.

Con lo que y por no h a b er otra cosa que acordar, a unque se confe renciaron varias, se co ncluyó este cabild o que firmaron sus señorías, de que do y fee . = Davila [rúbri ca ]= Quiñones [rúbrica] = Lacr uz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbri-

* En el original aparece tachado

84

ca]=Xiorro [rúbrica]=Arizmendi [rúbrica]=Ante mí= Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1251]

[22 DE ENERO DE 1783.]

En la ciudad de Puerto Rico, a veinte y dos de enero de mil setezientos ochenta y tres , habiendo comparecido don Antonio [r· 118 ]/ López y héchole saber la elección de alcalde de la Santa Hermandad, lo aceptó y juró en manos del señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, de usarlo bien y fielmente, a su leal saber y entender, y lo firmó, de que doy fe.=Cordova [rúbrica] =Antonio Lopez [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[1252]

[27 DE ENERO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de enero de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio [f. 118v·]/ de Vaerga, fiel ejecutor; y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, y no el señor don Antonio de Córdova por estar ocupado en la diputazión de mes .

El pasajero de Pue blo Viexo, don Francisco del Valle, pidió se le diesen reglas para manejarse en el pasaje para exigir sus derechos porque muchos vecinos y expecialmente don Valentín Martínez se intentaban excluir, y se declaró: Qu e los derechos que le corresponden son de todos los vecinos que embarquen y transporten sus víveres, exceptuando sólo los que tengan embarcadero, no pudiendo éstos embarcar a nadie s in pagar los derechos, pena de responder el que así lo hiciere. [f· 119 ]/

El mayordomo, don Manuel Pérez, presentó las cuentas del año próximo pas ado, y se le dio vista al señor procurador general.

[Recibimiento de Antonio López como alcalde de la Santa Herm and ad de la Banda Norte.]

[Quedan es t ablecidos l os derechos que puede percibir el pasajero de Pueblo Vi e¡o, don Francisco de l Valle.]

[Don Manuel Pérez presenta las cuen tas de su mayo rdomía. ]

JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
SAN
85

[ El regidor Antonio de Córdova comisionado para escoger lugar de emplazamie nto para el corral de cerd os. ]

[ Des ignación d e dip utados para entende r e n a pelació n ]

[S e dec lara s in lugar pe tic ión del maes t ro d e niflos Cris t óba l Caba ll ero.]

[Procurador general d a info r me sobre c uentas del mayor domo don Manuel Pérez.]

[ Licencia a Juan

An tonio H erná nd ez p ara traslada r cat o n:e reses del parti do d e Bayamón al d e Gu rabo ]

[ Se provee sobre otros asun tos ]

ACTAS DEL CABILDO

El m i smo señor procurador general r esp ondi ó a l a i n stancia que hace Dionisia de Huertas sobre el corral d e puercos, y se mandó que el señor rexidor don Antonio de Córdova solicite el sitio donde debe hacerse y lo tra iga.

Don Vicente García se presentó en grado de apelación de sentencia dada en el gobierno, y se hubo por presentado y fueron nombrados de diputados los señores don Félix de la Cruz y don Sebastián de Vaerga, y lo aceptaron y juraron.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, [ f , 1t9v,]/ de que doy fe. =Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Baerga [rúb rica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1253 ]

[3 DE FEBRERO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de febrero de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Cordova , don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la [ f. 120 ] / república, a qu e asis tió el señor procurador general , don Miguel Antonio de Arizme ndi.

Se determinó la solicitud del maestro niños [sic], Cristóbal Caballero, que no ha lugar a ella en consecuencia de los anteriores expe di entes de e s te cabildo .

Respondió el seño r pro curador gene ral a las cuentas de mayordomías, y de su expos ición s e dio vista al mayordomo.

A Juan Antonio Hernández se le c oncedió lizencia con la d el señor gobernador para trasportar a Gurabo, del partido de Vayamón, catorce reses, en la forma de estilo .

Se dieron otros varios expedientes y se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías , de que doy fe. =Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H erránz [ rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. •20v· ] /

66

[10 DE FEBRERO DE 1783 .

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de febrero de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de l a Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova , don Bemardino de Aponte y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Habiendo solicitado Dionisio de Huertas hacer corral de puercos en el Horno de Santiago y en La Puntilla, por haberse quitado el que había de cuenta del rey, cuia construcción sería de su cuenta y daría cien pesos por tres años, se dio vista al señor procurador general y con su respuesta se dio comisión al señor rexidor don Antonio [f· 121 ]/ de Córdova para que solicitase el sitio; y con efecto informó que entre la fortificazión de San José y el Hospital Real lo había mui oportuno; y con acuerdo y convenio de su señoría, el señor gobernador y capitán general, se mandó en este cabildo dar vista al pretendiente .

El alcaide de la cárcel representó el deterioro que padecen estas casas de ayuntamiento, y habiéndose dado vista al señor procurador general se acordó que el maestro albañil, Domingo Alvarez, y carpintero, Juan de la Plaza, lo reconozcan muí por menor dando cuenta y fixa noticia d el costo de todo para proveer de este remedio y también sobre lo demás que expone, y se diputó para ello al señor don Sebastián de Vaerga .

Y no (f· 121 •·]/ habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías de que doy fe.=Davila [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica]=Xiorro [rúbrica] =Ari zmendi [rúbri ca ] = Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica] , esscribano de cabildo .

[El r egidor Antoni o de Córdova informa sobre el lug:ir más conve niente para em pla1.ar e l corrn l de ce rdos ]

[ Pro\'écse oara que el albañil Do mingo

Al va r cz y él carpintero Juan de la Plaza reconozca n el deterio ro d e las casas d e ayuntamien to y hagan un estimado del costo total d e las reparaci ones a e fectuarse.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [ 1254]
]

[Licencia a Maúas Cómez para trasladar cuatro reses del partido de La Vega a l de Humacao.]

[ E.l mayordomo Manue l Pérez contesta r ep aros d el proc urador general a las cuentas de su mayordomía.]

[Se pos pone dete1·minaci6n sobre va • rios asun tos.]

[Designación de diputados para revisar las cuentas del mayordomo don Manue l Pérez. ]

ACTAS DEL CABILDO [1255]

[17 DE FEBRERO DE 1783 .]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de febrero de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, alca lde ordmario; ['. 122 ] / don Bernardino de Aponte, don Jos é Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y com.ferir l as cosas tocantes al pro y útil de l a república.

Don Matías Gómez habiéndose presentado con lizencia del señor gob ernador y capitán general para trasladarse con su familia del partido de La Vega al de Jurnacao, pidió la necesaria de este cabildo para llevar cuatro reses, y se le concedió .

Llegó el señor fiel ejecutor, don Sebastián Ignacio de Vae r ga.

Satisfizo el mayordomo d e proprios a los reparos del caballero procurador general, y se volvieron a su vista.

Se comferenciaron otras varias cosas y qu e daron a resolverse en ot ro cabildo, ['· 122v, ] j y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Davila [rúbrica] =Baerga [rúbrica] = Aponte [ rúbrica] = Davila [rúbrica] = Xio rro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1256]

[25 DE FEBRERO DE 1783. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a vemte y cmco de febrero d e m il setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario en es ta sala capitular los señores don Domi ngo Dávila, alcalde ordmario; don Sebastián Baerga , fiel executor; don José Dá vila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas toc antes a l pro y útil de la república, a que concurrió tam bién el señor p ro curador general, don Miguel [f, lll]/ An tonio de Arizmendi; y el caballero don Bernardino Aponte av isó que no concurría por estar enfermo.

En este cabildo respondió el señor procurador general a las cuent as de l ma yordomo, y se nombraron de di-

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putadas para su revisión a los señores don Sebastián de Baerga y don Antonio de Córdova.

Andrés de Santana presentó escrlto quejándose del procurador Pablo de Rivera sobre el remate de la Boca de Guayanez, y se dio traslado al dicho procurador.

Manuel Claudia se presentó con licencia de su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su t raslación del partido de Arecivo al de Faxardo, pidiendo la corres pondiente de este ilustre ayuntamiento para trasportar cinco reses, y se le concedió.

Facundo Matanza se presentó asimismo cobrando lo qu e se le tiene regulado por su trabajo en la recomposición de las casillas, y se mandó que siempre que lo verificase de las dos que están descompuestas se les satisfaría.

Juan Díaz pidió, asimismo, (f· 123v.]/ permiso para p asarse del partido de Toa Alta al de Gurabo, con diez y ocho reses, y se mandó que presentando la licencia d e su señoría, el señor gobernador y capitán general, se provehería

Con lo que y por no hab er otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo qu e firmaron sus señorías, de que doy fee.=Davila [rúbrica ] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Arizmendi [rúbrica]=Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1257]

(10 DE MARZO DE 1783.]

En la ciudad de S an Juan de Puerto Rico, a diez de marzo de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario (f· 124 ]/ los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don José Dávila y don Migue! Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Don Juan Romero pidió la libranza de los mil peso s qu e se le deben de la venta de la casa de Palo Seco, y se mandó que el mayordomo dé razón de los caudales que existen de la ciudad para dar providencia.

Pablo de Rivera respondió a l a instancia de Andrés de Santana, y se le mandó dar traslado a éste.

[Andrés de Santana presenta queja sobre el remate de la Boca del Gua• yanés.J

[Licencia a Manuel Claudio para tras • ladar cinco reses del partido de Are· cibo a l de Fajardo.]

[Facundo Matanza so licita pago de la reparación de las casiUas de venta.]

[Juan Oiaz soli c ita licencia para trasladar dieciocho reses de l partid'> de Toa Alla al de Gurabo.J

[Se tratan varios asunt os.]

[ Don Juan Romero s olicita el pago de mil pesos que se le adeudan de la venta de su casa de Palo Seco.]

[ Don Pablo de Rivera contesta la queja de An drés de Santana sobre remate de la Boca del Guayan és. ]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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(Cristóbal Caballero solicita revocai:ión de auto.]

[ Se refiere al gobe rn ador la tasación de lo s gastos de reparación a efectuarse e n la s casas de ayun tam iento ]

[ Se autoriza al concejo la celebración de un cab ildo ext raorclinario J

ACTAS DEL CABILDO

Cristóbal Caballero pidió revocazión del auto de su pretensión, y se mandaron traer a la vista. (f· 124v.] /

Habiendo presentado el señor fiel executor las tasaziones de los reparos que se deben hacer a estas casas de ayuntamiento, se mandaron pasar a su señoría, el señor gobernador y capitán general, precedida la atención y ceremonia de estilo.

Se expidió oficio al señor gobernador pidiéndole el permiso para abrir cabildo extraordinario el día doce del co rriente. Y habiéndolo llevado yo, el esscribano, respondió su se ñoría que lo concedía, e igualmente dejé en sus manos las tasaziones que se refieren.

Y por no haber otra cosa que acordar, se cerró este c abildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. =Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 125 ]/

[1258]

[12 DE MARZO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de marzo de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ex traordinario, como se previene en el antecedente Acuerdo y permiso de su señoría, el señor gobernador y capitán general, los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don F élix de la Cruz, a lguacil mayor; don S eb as tián I gnacio de Vaerga , fie l executor; d on Jos é Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel de Arizmendi; y no asistieron don Antonio de Córdova, d on B ernardino de Aponte y don Tomá s Pizarra, aunq u e se l es citó en sus m is mas personas, por impedimento lexítimo d e accidentes que padecen según sus respectivas respuestas que se r eservaron. [ f. 125v·]/

Acordaron sus señorías* que en consecuencia de no haberse servido contextar su señoría e l oficio que este ilustre cuerpo le ha dirijido antecedentemente, y d e otros ult eriores acaecimientos, ha proveído en Acuerdo extraordinario lo que se sigue*, que habiéndose librado oficio al señor gobernador y capitán general, don José Dufres-

* Todo lo c omprendido entre lo s d os as,teriscos aparece tachado en e l original.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

ne, con fecha de 21 de enero de este año, con inserción de cierta representazión del señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, comprehensiva de varios puntos relativos al beneficio público peculiares del ayuntamiento, desórden es y relaxaciones que se notan en la ciudad e isla: Que aunque este ilustre cabildo, justicia y reximi en to ha mirado con sumo dolor se halla sin arbitrio, jurisdicción ni autoridad para remediarlas como que aún para los casos en que según las leyes podrían proceder [r· 126]/ les están restringidos por la capitanía general.

Habien do , pues, lib rado dicho oficio para que su señoría, con respecto a cuanto en é l y en dicha representazión se exponía, se sirviese dar las más serias y prontas providencias para e l remedio de tan lamentables males, quedando en espectazión de ellas para promover otras igualmente urgentes e importantes . Esta es la fecha en que habiendo corrido 50 días dicho señor gobernador no se ha dignado de contextar ni de alguna manera corresponder ni aún siquiera acusar recibo a su señoría, muy ilustre, por más que de lunes a lunes esperaban la urbana, debida respuesta. Pero dilatándose tanto ésta y mirando su señoría ilustre que la ciudad e isla corre aceleradamente de mal en peor, de suerte, (f. 126v. ] / que es indispensable que no poniéndose pron tíssimo y eficacíssimo remedio llegue a s u total ruina y exterminio en punto d e abastos, cuia fa lta se hace mui sensible y tanto más cuanto estamos en la crítica situazión de la guerra, y que el decoro y respeto debido a la magistratura está expuesto a ser la befa del pueblo, determinó su señoría ilustre, previo el permiso del señor gobernador y capitán general, citar para este acuerdo extraordinario a efecto de requerir a su señoría, con todo el respeto que es capaz, se sirva deliberar sobre el oficio antecedente y representarle con el mismo respeto lo demás que ocurre en materias que le son resultivas.

Que s u señoría no ignora la queja que por medio de oficio formal le pasó el señor don Sebastián de Vaerga, rexidor-fiel executor, sobre [L 127 ]/ el insulto y disacato que en diciembre del año próximo [sic] executaron en su persona un soldado y un cabo de Milicias cuando en fuerza de las obligaciones de su oficio quiso averiguar la denuncia que se le dio en orden a venta de comestibles, sobre lo cual su señoría no tuvo a bien dar el menor paso ni a su justificación ni castigo

[ Cabildo informa al gobernador las vejaciones que pa• dece el cuerpo capitular de parte de los militares. y le requiere asimismo haga honrar y respetar los dere~hos, preem!• neoc1as e 1nmurudades del concejo y proceda al castigo de aquéllos que han fa! tado al respeto debido a la autoridad mun ici pal.]

91

ACTAS DEL CABILDO

Que de estos y otros antecedentes que se referirán han provenido otras muchas vejaciones e insultos a los individuos de este ilustre cuerpo, entre los cuales se comprehenden las exposiciones que los señores don Sebastián de Baerga y don Miguel Xiorro pro-[r· 127 v ]/pusieron en el Acuerdo de diez y siete de fe brero de este año, las que se les encargó reservarlas para en vista de la respuesta de su señorla a l predicho oficio que se le pasó.

Que igual vejamen y chufla que la que refiere el señor don Sebastián de Baerga ha tenido que sufrir la tarde del día nueve el señor don Félix de Lacruz, de la que como un hech o público se ha hablado al día siguiente en la casa del coronel don Francisco Pertuzo.

Que el lunes de esta propria semana el oficial de la gua rdia del Principal de propria autoridad atravesó una partida de arroz con pretexto falso o verdadero de que era para la tropa, y aunque el señor regidor diputado previno que se repartiese al público dicho [ f . 128 ]/ oficial Je mandó por recado con el ministro de vara, presente todo el ayuntamiento que estaba en acuerdo, que no querla, que lo defenderla a puñaladas, otras insolencias dijo de que el ministro no se atrevió a informar; siendo lo cierto qu e no obstante la orden de su señoría con que se cuente a la disposición del señor diputado sobre el asunto el oficial extrajo el arroz y su señoría con conocimiento de todo dijo que qué había de hacerle.

Que aunque s u señorla se sirvía prevenir en la orden de la noche del lunes qu e el oficial del Principal no debía [f. 128v· ]/ entender en las cargas sino auxiliar al diputado, varios ofiziales mandaron en la mañana de ayer que se atravesasen y se atravezaron los arroces a la entrada de la ciudad; que otro oficial ha tenido la libertad de exponer que si algún regidor quisiese impedirle que tomase lo que quisiese d e la plaza del mercado le molerla lo s huesos a palos;* que no refiere el ilustre ayuntamiento otras hablillas del pueblo que aunque le son muy sensibles no tienen por su multitud cabida en este acuerdo, pero que le es preciso exponer con la mayor veneración que está persuadido que el principal origen de estos insultos y vejaciones consiste en que su señoría con motivo de la fal*; habiendo ido un oficial por la carne y no teniendo el marchante cambio de la papeleta la llevó sin pagarla y quejándose el marchante a su coronel le dixo

* Lo comprendido entre asteriscos aparece tachado en el manuscrito.

9'2

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

que había hecho bien y mandó prevenir al cabo que corre con la entrega de la carne que la tomase la tropa aunque no tuviese dinero suelto con que pagarla [f. 129 ]/ y que el marchante solicitase después en los cuarteles o casas sus cobranzas, lo que es gravísimo perjuicio al marchante que no le es posible verificar esta recaudación y al público, por que en vista de su pérdida no se atreverá a conducir res alguna cuando los demás regimientos se juntan unos con otros para satisfacer con las papeletas.

Que no refiere el ilustre ayuntamiento otras hablillas del pueblo que aunque le son muy sensibles no tienen por su multitud cabida en este Acuerdo; en virtud de todo lo cual mandaba y mandó su señoría ilustre que, insertándose en este Acuerdo las referidas quejas de los señores don Sebastián de Baerga y don Miguel Xiorro, se libre sobre todo nuevo despacho al señor don José Dufresne, gobernador y capitán general de esta ciudad e isla, para que su señoría con atención a las leyes del reyno, disposiciones de su majestad y particularmente a la real orden exibida por el señor regidor [f. 129v·]/ fiel ejecutor, que manifiesta con cuanto decoro debe tratarse al magistrado especialmente un magistrado tal como el de esta ciudad, cabeza de la provincia que por la nobleza, calidad y distinción de todos y de cada uno de sus individuos es muy acreedor al respeto público sin excepción de personas, tenga a bien su señoría hacerle honrar no sólo en cuerpo sino en particular y prevenir que todos le honren y guarden los derechos, preeminencias, inmunidades y prerrogativas que el rey quiere le sean guardadas y que no dexe sin la debida corrección ni castigo el desacato e inrespecto que contra sus capitulares se cometa por cualesquiera personas, sean de la calidad, estado, condición y carácter que fuesen, como que las leyes a todos exigen un mismo respeto y veneración a la magistratura.

De otra suerte, añadieron sus señorías, se verían en la necesidad de abstenerse de las funciones [r· 130 ] / de sus ofi~ios y retirarse a sus casas ínterin que su majestad, a qmen reservaban y reservan elevar su queja con justificazión de los hechos referidos y otros, se digne resolver lo que fuere de su real agrado; protextando a los pies de su real trono que todos y cada uno de sus individuos están prontos a sacrificar sus vidas y haziendas en obsequio de su soberanía y aún del beneficio público pero lexos de incurrir en el deshonor y crimen que prescribe

93

[Re presentación del reg id or-fie l ejecutor, don Sebasti án de Baergn, significando las vejaciones d e que ha s ido objeto d e parte de algunos oficiales.]

ACTAS DEL CABILDO

su real pragmática sobre duelos y desafíos, para cuio cumplimiento es que llevan protextada su separación de sus oficios como que de otra suerte juzgan inevitable la efusión de sangre que amenazan los antecedentes si su s eñoría no se digna interponer su autoridad, proveiendo de las más activas y prontas providencias para la averiguación [ r. 13ov. ] / de los h echos, castigo de los delincuentes y debida satisfazión a este ilustre ayuntamiento ofendido en su cuerpo y en cada uno de sus individuos aun en el ministerio de sus diputaciones .

Y por éste que sus señorías proveieron, así lo mandaron, acordaron y firmaron sus señorías, de que doy fe.=Domingo Davila [rúbrica] =Andres de Quiñones [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica] =Sebastian de Baerga [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] = Migu e l Antonio de Arizmendi [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica] , esscribano público y de cabildo.

[ANEXOS] [I]

El señor rexidor-fiel executor, don Sebastián Ignacio de Vaerga, expuso: Que habiendo [f. 131 ] / salido por la Puerta de Santiago, el día 11 de febrero de este año, oyó varios oficiales de las compañías sueltas que decían y repetían muchas veces ahí va carne, y advirtiendo que estaban cerca unas reses tuvo por sin duda que lo decían por éstas; pero como pasando la mañana del día siguiente por el atrio de la Santa Iglesia oyó que en tono de chufla un oficial de las mismas compañías, que estaba en dicho atrio, y don Manuel Osorno, en un balcón de enfrente, tratando de si habría carne habie ndo tanta en la isla, que si aquel día habría no habría más; y siguiendo el señor exponente quedaron diciendo ahí va carne, cuias incípidas truanadas y otras de igual jaez hacía tercio el racionero don Sebastián Conde; dio quexa de este insulto el señor exponente al señor gobernador y capitán general pero sin lograr otra ( f. 131v.] / satisfacción que la de hubiese respondido su señoría qué quería se* les hiciese, y añadióle que si no se lo habían de decir si los tenían sin carne, expresiones que le fueron muí sensibles qu e la misma chufla, por que queda el magis trado expuesto aJ

* En el original aparece tachado.

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ludibrio y al escándalo de la tropa bien segura de su impunición.

Que el señor exponente está en la necesidad de no concurrir a la plaza a las funciones de su diputazión para evitar insultos que no sólo han de quedar impunes sino que no se estiman injuriosos; en cuia virtud lo hace todo presente para que en desagravio de la autoridad pública, honor del cuerpo y precauzión de que se continúen semejantes befas y escarnios contra la voluntad soberana que tan repetidamente tiene encargado el respeto al magistrado, principalmente en la cédula que en [f. 132 ]/ testimonio exhibe, y lo firmó, de que doy fe.

A consulta del Consexo de 7 de agosto próximo pa- Real Ord en sado ha resuelto el rey, por punto general que en las incidencias de tumulto, motín o toda conmoción o desorden popular o desacato a los magistrados públicos nadie goce de fuero, sea de la clase que fuere, y todos estén sujetos a las justicias ordinarias o a los delegados del Consexo si entendieren por particular comisión; y de orden de su majestad le participo a vuestra señoría para su inteligencia por lo que toca a los dependientes de la renta de correos, a quienes dispondrán vuestras señorías se haga saber. Dios guarde a vuestra señoría muchos años. San Ildefonso, 23 de septiembre de 1766 . El Marqués de Grimaldi.

Sebastián de Baerga [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], escribano de cabildo. [r· 132v·]/

[II]

El señor rexidor Don Miguel Xiorro expuso : Que eI día 12 del mismo mes de febrero padeció en la plaza el livor [sic] y verguenza de haberle dicho el capitán don Manuel Loriente que no despachaba mas que negros y mulatos, y fue el caso: Que en virtud de reclamo del criado del señor teniente de rey y del del señor canónigo don José Correa, se apersonó el señor exponente al reparto de un poco de tocino; y en su intervención el dicho capitán Loriente, aunque lo vio allí, clamaba solo por el negro Henrríquez que lo despachase; y luego que despachó a uno y a otro de los dos dichos sujetos l e fue forzoso separarse y decirle al capitán Loriente que allí quedaba Henrrique para que lo despachase, a que le recomvino al señor exponente que si se daba por sentido de que hiciese aprecio o atenzión al negro y no a su persona

Otra exposición .

[ El re gido r d oo Migue l Ji o rro da, c uenta d e injuria co me tida contra é l por e l ca p itán Ma,nu e l Loriente. J

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO 95

{Se presentan d os au tos d e l gobernador contestando a dos ac uerdos capi- tul ares. ]

[Li bramiento <le m il pesos para c omp'.etar pago de la compra de la casa de Ju an Romero en Palo Seco. )

[Pago de l sa lario y p revenciones que s e le hace n al ma est ro de niños Crist óbal Caballero.)

ACTAS DEL CABILDO

cuando no despachaba sino a negros y mulatos, [f, 113 ] / díjole entonces que se informara mexor pues hallaría que sólo se habían despachado los dos dichos sujetos; a esto instó del mismo modo y contextándoJe el señor exponente con lo arriba dicho, uno y otro en tono alto, se acercó don Juan Cano y le dijo que cómo hablaba en voz alta a un oficial, que s i con él fu era le metería el bastón, lo que tuvo que sufrir diciendo daría cuenta a su señoría, el señor gobe rnador, y que no se la d!o por consexo de un amigo; y lo firmó, de que doy fe . =Miguel Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [r, UJ•,J /

[1259]

[17 DE MARZO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y s iete de marzo de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y · don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el s eño r procurador general , don Miguel de Arizmendi.

Pidió audiencia el esscribano de gobierno, don Martín Campderros, y habiendo entrado p ar ticipó a sus señorías dos a utos contextando al Acuerdo de 21 de enero, y el extraordinario de 12 del corriente, dejando testimonio de uno y otro. Y en su inteligencia dixeron sus señorías que del ambos* testimonio en que se contexta al Acuerdo de [ 1 • 1.14] / veinte y uno de enero se le dé vista a l señor procurador general, y el otro se archive.

Se libra : on los mil p es os que se debían a Juan Romero p or la compra de su cas a en Palo Seco , último resto .

A la instancia hecha por el maestro d e niños, Cristóbal Caballero, s e d e terminó: se librasen los cincuenta pesos que le están asignados, respectivos al año de 82, y que e ntienda que éstos los ti e ne por equidad del cabildo y mérito que ha contraído en lo anterior; que no so licite e n lo sucesivo más premio, y qu e si así no le comviene cier re la escuela como otras veces se le ha prevenido; y se le devuelvan los do cumentos que presentó.

* En el original aparece tachado

96

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

La instancia de Andrés Santana se mandó pasar a la consulta del doctor don José Diepa. Y no habiendo otra cosa que acordar, [f, 134v,] / se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]=Baerga [rúbrica]=Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1260]

[24 DE MARZO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de marzo de mil setezientos ochenta y tres años, se .i untaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, [f, 135 ] / alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Miguel Xiorro , rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

El señor procurador general respondió al auto de su señoría, el señor gobernador y capitán general, y se proveió se hiciese como lo expone, para lo que se diputaron a los señores don Domingo Dávila y don Antonio de Córdova para que traten con su señoría los puntos siguientes:

Que todos los capítulos com prehendidos en la representazión del señor procurador general peculiares a la obligazión del cabildo se guarden, cumplan y executen por quienes corresponde.

Que por lo que t oca a los demás en que se pueden ofrecer tropiezos con los militares lo [ f , 135v.] / expongan a su señoría para su debido cumplimiento, como son sobre ventas de soldados, rondas y extraccióh de gana dos, y últimamente, representen a su señoría si lo tiene a bien e l que se [pu]blique el Bando.

Se aprobaron l as cuentas de la mayordomía del año de 82, excepto una partida de cera robada, no justificando el mayordomo su inculpabilidad en el robo.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es te cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Da1. A.

[Instancia de Andrés Santana es referida a consulta del doctor e n leyes don José Diepa]

[Designación de diputados para tratar con el gobernador varios a s untos contenidos en la respuesta q ue da el procurad or ge nera l al auto del gobernador concerniente a 1 acuerdo capitular de 21 de ene ro de 1783 ]

[Excepción hecha de una partida de cera robada, se aprueban las demás c uentas do 1782.]

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[Se refiere al procurador general la representación del pasajero de Lolza sobre el acuerdo capitular de 4 d e febrero de 1782 concernjente al cobro de derechos de pasajes.]

ACTAS DEL CABILDO

vila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo. (f· 136 ) / [1261]

[31 DE MARZO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a treinta y uno de marzo de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores d o n Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; y don Miguel Xiorro, rexidor, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El pasajero de Loysa representó se declarase que la providencia dada por este cabildo, a instanzia del señor don Andrés de Quiñones, sobre los d erechos que se fü,aron en ella no deben comprehenderse sino solamente a los vecinos habitantes desde el Hato de Cacique hasta la Boca de Río Grande, y se acordó se diese vista al señor procurador general con ·copia de la [ t. 136v· ] / providencia acordada en 4 de febrero de el año próximo pasado. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio H erránz [ rúbrica J, esscribano público y de cabildo.

[1262]

[6 DE ABRIL DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co , a seis d e abril de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don F élix de la Cruz, alguacil maior; don Antonio de Córdova, don Bern ardi n o de Ap onte* [t 137 ] /

* Este comienzo de Acta aparece tachado en el manuscrito.

98

[1263]

[6 DE ABRIL DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de abril de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don José Dufresne, brigadier de los reales exércitos, gobernador y capitán general de esta isla; don Domingo Dávila, don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para efecto de recibir y dar posesión de los empleos de gobernador y capitán general al señor don Juan Daván, coronel de los reales exércitos, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio Arizmendi.

Y habiendo presentado su señoría real orden, con fecha de ocho de abril del próximo pasado, dada en Aranjuez, en que su majestad se sirve comferirle los emp leos de gobernador y capitán general de esta (f· mv,] / isla, leída por mí, en alta voz, la obedecieron sus señorías como carta de su rey y señor natural, besándola y poniéndola sobre sus cabezas; y en su cumplimiento se le dio a su señoría la posesión de dichos empleos, sentándolo en la silla que le corresponde, precedido antes el juramento que previene la misma real orden y comforme a la fórmula establecida en las leyes de estas Indias y oferta de dar las fianzas acomstumbradas [sic] entre los treinta días; y mandaron sus señorías que por mí, el esscribano, se le den a su señoría los testimonios y documentos necesarios para dar cuenta a su majestad de esta citada posesión; y lo firmaron [r· 138 ] / sus señorías, de que doy fe.=loseph Dufresne [rúbrica] =luan Dabán [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Andres de Quiñones [rúbrica] =Pelis de Lacruz [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica] = Bernardino de Aponte [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica]= Thomas Pizarra [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =Miguel Antonio Arizmendi [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. IJSv. ] /

[Recibimie nto c.l• gobernador del sei\or coronel don J uan Daván.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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Re al Cé dula.

[Título de go be:nador y capitán general para don Juan Dabán)

ACTAS DEL CABILDO

[ANEXO UNICO.]

El Rey. Don Juan Daván, coronel de mis reales exércitos, teniente de rey e inspector de las tropas de la plaza de la Havana e isla de Cuba. Por cuanto, he tenido por comveniente relevar al brigadier de los reales exércitos don José Dufresne del gobierno y capitanía general de la isla de Puerto Rico y hallándome bien sat isfecho de los servicios, inteligencia y mérito que os asisten, he venido en comferiros el expresado gobierno y capitanía general, cuio empleo exerceréis por el tiempo de mi real voluntad con las proprias facultades y autoridad q u e gozan los demás gobernadores y capitanes generales de mis dominios de las Indias según las leyes de ellas, así en todo lo respectivo al gobierno militar como el político:

Por tanto, mando al referido brigadier don José Dufresne o en su defecto al que interinamente exerciere las funciones proprias [r, 139] / del gobierno y capitanía general de su cargo, a los alcaldes ordinarios, rexidores y demás que componen el ayuntamiento de la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a los gobernadores, tenientes de gobernador, alcaldes ordinarios y otros ministros de justicia de los pueblos de la comprehensión de la citada isla, a los ministros de mi real hazienda y a los oficiales de mis reales exércitos y armadas y demás personas a quien tocar pueda, que os hayan y reconozcan como a tal gobernador y capitán general de la isla de Puerto Rico en virtud sólo de esta mi real cédula, firmada de mi real mano, o testimonio de ella, que dirigiréis luego que toméis posesión del mando a los xefes y demás personas que corresponda para que sin la menor réplica ni contradizión [ f. 139v. ] / cumplan vuestras órdenes y las hagan cumplir puntualmente en sus respectivas jurisdicciones, que así es mi voluntad.

Y para que no se os pueda poner reparo alguno en el absoluto exercicio de la autoridad perteneziente al carácter de gobernador y capitán general de la isla de Puerto Rico, declaro no necesitáis de otro despacho más que ésta, mi real cédula, pues por ella os dispenso de todas las formalidades y requisitos que se acons tumbran [ sic] y previenen las leyes de Indias para nombramiento de gobernadores y capitanes generales de esos mis dominios, por convenir así a mi real servicio. Y es mi voluntad que en el ayuntamiento de la ciudad de Puerto

100

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Rico, con asistencia de todos los individuos que lo componen y pudieren concurrir, hagáis el juramento de que bien y fielmente habéis de desempeñar dichos empleos, quedan-[ f, 140 ]/do obligado al juicio de residencia en los proprios términos que lo quedan los demás gobernadores y capitanes generales de mis dominios de América.

Y finalmente, mando a los oficiales de mi real hazienda de Puerto Rico os satisfagan los sueldos que están asignados en cada un año a su gobernador y capitán general, desde el día en que se os dé a reconocer por tal, pues en virtud de vuestro recibo o cartas de pago se pasará en cuenta al tesorero oficial real lo que por esta raz ón se os satisfaga sin que sea necesario otro recaudo para su lexítima data. Dada en Aranjuez, a ocho de abril de mil setezientos ochenta y dos . Yo, el Rey.=Don José de Galbez.

Vuestra majestad comfiere por el tiempo de su real voluntad al coronel de sus reales exércitos don [f. t«>v.] / Juan Daván , teniente de rey de la plaza de la Havana, el gobierno y capitanía general de la isla de Puerto Rico.

Es comforme a la real cédula de su majestad, que se devolvió a su señoría, el señor gobernador y capitán general. Puerto Rico, seis de abril de mil setecientos ochenta y tres. Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1264]

[7 DE ABRIL DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de abril de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga , fiel executor; don Antonio de Córdo-[f· 141 ] / va, don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Los señores don Domingo Dávila y don Antonio de Córdova expusieron haber cumplido la diputazión de haber tratado con el señor antecesor don José Dufresne los capítulos del Acuerdo de veinte y cuatro del próximo pasado, y que su señoría quedó llano a todo lo que se le propuso.

[Diputados infor• man sobre cumplimiento de la comisión que se les hlciera en el cabildo del 24 de marzo de 1783 )

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[Se pos pone h asta el próx imo cabildo determinación sobre varios asunt os.]

[Licencia a Juan Sánc hez para trasladar ocho reses del partido de Manatí al de Cagua s.]

[Se trat an varios asu ntos.]

ACTAS DEL CABILDO

Se proveieron otros expedientes para resolver se e n el cabildo q u e viene, y lo firmaron sus señorías, de que d oy fe.=Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = (f 141 •· ] / Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica], escribano público y d e cabildo.

[1265 ] [28 DE ABRIL DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de abril de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Juan Daván, coronel de los reales exércitos, gobernador y capitán general de esta isla; don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones , alcaldes ordinarios; d on F élix de Lacruz, aiguacil mayor; don Sebastián Ignac io de Vaerga, fiel ej ecutor; don Antonio de Có r dova, don Bernardino de Apont e, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tr ata r y comferir [ f. 142] / las cosas t oca ntes al pro y útil de la r epública, a que concurrió el señor procurador gene ral , don Miguel d e Arizmendi.

A* Juan Sánchez, del partido de Manatí, presentó lizencia del gobierno para pasar al de Caguas con su familia, y pidió la de llevar o cho r eses y se le concedió en la forma de estilo .

Se comferenciaron varias cosas, y se dieron otros exp edi e nt es y lo firmaron sus señorías , [de ] que doy fe.= Dabán [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Lac ru z [rúbrica ] =Baerga [ rúbrica] =Cordova [rú brica] =Aponte [rúbrica]=Davila [rúbrica]=Xiorro [rúb rica]=Arizmendi [ rúbrica] = Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica], escribano público y de cabildo. [ r· 142 •·]/

[1266]

[S DE MAYO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de mayo d e mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron

* En el original aparece tachado.

102

a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores alcalde ordinario don Domingo Dávila; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, a que no concurrió el señor rexidor don Tomás Pizarra por estar ocupado en la diputaci ó n .

Se presentó Pablo d e Rivera solicitando se le diese el corral de puercos por cinco años y por ciento y cincuenta pesos, y se mandó reservar el expediente para el tiempo del remate.

Se presentó asimismo Andrea Montes quejándose de los perjuicios que le causan las lavanderas en sus terrenos, y se comisionó al [f 143 ] / señor rexidor don Miguel Xiorro para que los reconociese e informase para dar providencia en el as unto.

De la misma suerte se presentó cuenta por el mayordomo de proprios de los gastos hechos en el convite que se le hizo al señor gobernador actual, que importó ciento setenta y un pesos, siete reales y veinte y ocho maravedíes, y se le mandó satisfacer para abonársele a su tiempo.

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [f, 143•·]/

[1267]

[12 DE MAYO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Pu erto Ri co, a doce de mayo de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la repúbli ca, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio Arizmendi .

[Pablo de Rive ~a so li cita en arrendamiento po r cinco años el corral de cerdos.)

[Queja de Andrea Montes sobre daño s que ca us an a s us te rre nos las lavanderas.)

[Se autoriza pago de los gastos m curridos en un convite celebrado en honor del gobernador don Juan Dabán J [Se tratan varios asuntos.)

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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[C.Obernador r C• qu , ere del cabildo aetermjne e l n umero de reses nece sarias para d a bas to de carne, de la ci udad.]

[Go bernador s o licita de l ca bildo fije e l prec io de venta de la carne de cer• d o, t ocino y man• t eca. ]

ACTAS DEL CABILDO

El señor rexidor don Tomás Pizarro entregó los estados que los cuatro alcaldes de barrio han formado de orden del señor gobernador, comunicada por su antecesor en la diputazión, don José Dávila; y en su inteligencia expuso que el señor gobernador manda se entreguen a este ilustre ayuntamiento para que examinados qu e sean se forme la cuenta de las reses que sean necesario matar para el abasto de esta ciudad, incluiendo igualmente las que se [sic] necesitan los cuerpos militares qu e existen, y las embarcaziones que puedan llegar a este puerto, habiendo de tener [ f. 144] / cada res diez arrobas de carne lo menos.

Asimismo expuso que en atención a la escasez que hay de carnes de cerdo, tocino y manteca, se reglen los precios que se le puedan poner po r ahora hasta que abunde y convenga poner otros más equitativos; y que evacuado se le comunique todo a su señoría, por medio de diputados, para determinar lo más conveniente al bien público.

Entraron los señores don Antonio de Córdova y don Sebastián de Vaerga.

[Cabildo comisiona a los regi d ores don J osé Dávi:a y don To más Pizarro para que determin.:n e l consumo de car• n e que debe tener cada familia; y determina que el prec io d el tocino y la manteca sea fi. jado por el fiel e jecutor.]

Acordaron sus señorías de nombrar, como nombraron, por diputados para evacuar la exposición antecedente con el señor gobernador a los señores don José Dávila y don Tomás Pizarro, quienes, con arreglo a los padrones y práctica exper iencia en sus diputaciones, dispondrán la carne que cada casa y familia puede y d ebe consumir. Para el arreglo de los precios de tocino y manteca [ r· 144•-] / se esté al arancel que disponga el señor fiel executor, con aprobazión del señor gobernador, como peculiar a su oficio.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fe .=Davila [rúb rica] =Quiñones [rúbrica] =Baerga [rúbrica]=Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Xiorro [rúbrica] = Ariz mendi [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [1268]

[19 DE MAYO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de mayo de míl setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domi ngo Dávila, alcalde ordinario; don Sebastián [f· 145 ] / de Vaerga,

104

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

fiel executor; don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Se abrió un pliego que dirijió a este cabildo el señor gobernador y capitán general y en él incluie su señoría, con oficio, testimonio de un auto de publicazión y la real cédula de su majestad que se establece el Banco Nacional de San Carlos, para su noticia y que se archive; y se mandó leer y leió, y que se archive, lo que se le contextó a su señoría.

Teresa Muñoz ofrece obligarse a los 150 pesos a que estaba obligado Andrés Villoda, por hab e rle comprado la casa, y dá por sus fiadores a don Antonio Viera, a don José de Torres y a Gabriel Muñoz, y se la admitió.

Se mandó llevar la instancia del pasajero de Boca d e Loysa al doctor don José Diepa. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este [ f. 145v.] / cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Davila [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1269]

[26 DE MAYO DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de mayo de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila , alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Sebastián de Vaerga, fie l executor; don Bernardino de Aponte y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e lai república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi [r. 146 ] /

El portero exhibió un pliego cerrado del gobierno, y abierto, incluie su señoría, el señor gobernador y capitán general, una real orden de 28 de marzo del presente año, en El Pardo, en que se declara el cese de los capitales que entraron en caxa por motivo de la guerra, y causa de la paz, para que d e ella s e tome razón y quede este cabildo en inteligencia de haber cesado estos impuestos; y se acordó que se tome razón de ella en este Libro y respon-

[Gobernado r e n v(a a l cab ildo testimonio de un auto de publicación y . a real céd u la esta• bleciendo el Ban• co Nacional de San Carlos.]

[Se a dmi te por censataria de 150 p e sos a Teresa, Muñoz. ]

[Se refiere al doctor en leye s don, J osé Die pa la ins• tan c ia d el p a saj e ro de Boca de Loíza. l,

[

6 obernador e nvfa, al c a bil d o r ea l or• den de 8 de mar• zo de 1783 decretando el cese de los impues tos que· por motivo de la guerra con Ing laterra se e s tableciero n sobre la renta· del tabaco y de las• alcabalas .]

[Cabildo informa al go be rnador no ten e r r e paro al¡¡u• no a la petic tón de Ma nu el [ ?] Santiago Rodóguez provisto el q ue en caso d e urge ncia esté dispues t o a contri b uir co n al• guna r es para e l aba s to y se ña la no es c ie rto e l que los regi d o res haya n tomado r es a lguna s in c onocimien to d e s u du e ño )

[Deniéga se p rete t•· sión de Simo na. Hern á ndez.)

[ Vis ita d e pesos y medida s .)

[Pr ovéese para la reparaci ón d e las c as illas de ven tas ]

[ Real Orden d e 8 de marzo de 1783 decretand o e ! cese de los im pues t o , sob r e la rent a d el t abaco v d e las a l-ca ba la s .]

ACTAS DEL CABILDO

da al señor gobernador, como se hizo, de quedar enterado el cabildo del cese de los impuestos, y que habiendo impuesto 2,800, s e sirva su señoría mandar su reintegro y qu e esto se le participe al may ordomo para que practique las dilige ncias correspondient es y d é cuenta.

A la preten sió n que introdujo en el gobierno Manuel [ ?] Santiago Rodrígu ez e informe de ella que se pidió por el señor gobernador y capitán gene r al se informó ( f. 146•·] / que no se le ofrece al cabildo r e paro alguno siempre que esté s ujeto a contribuir, e n la s pre cis as urgencias qu e o c u r r an a la plaza, a lgun a r es, como hasta aquí Y que es incierto h a b e r s e tomado por los r exidores ninguna sin co nocimiento d e su due ño.

Simona He rn á ndez h a biendo informado el señor rexi dor don Tomás Pizarra sobre su pretensión se la negó, como consta de s u mem orial y diligencias.

El s eñor fiel executor avisó disponía [sic] salir a visita r los p es os y m e did as , co mo es de su obligación.

Seis individuos de los que tienen alquiladas las casillas de la plaza r ep r esentaron la necesidad de su recomp osición porque se mojan; y s e mandó que el mayordomo la s h aga co mpone r, llevando cuenta.

Y no habiendo otra cos a que ac ordar, se [!· 147 ] / cerró es t e cabildo y lo firm a ron su s se ñorías, de que doy fe. = Davila [ r úbri ca ] = Lacruz [ rúbrica] =Baerga [ r úbrica] = Aponte [rúbrica ] = Xiorro [rúb r ica] =Ari z m en di [rúbrica ] = Ante mí= Y gnaci o H e rrán z [rúb r ica], esscribano de cabildo.

[ ANE XO UNICO.]

He ch a la p a z con I nglaterra y cesando los m o ti vo s q u e m ovieron al r ey para exp edir s u real c édula d e 17 de de [ si c ] agos t o de 80, sobre l a i mposición a censos de los cap itales de d e pósit os s ob re l a r e n ta del t abaco o alcabalas, h a (f. 147•·] / resu e lto su m ajes t a d q u e d e si n efecto dich a céd ula y s i p o r acci d e n te hub iese alguna u rgen cia e n qu e co m ven ga h ace r u so de ella l o consultará vues tra señorí a p r imero y esp erará la r es oluzión de su m ajesta d, de c uia rea l o r d en se lo p ar ti ci p o p ara su inte li gencia y el d eb i d o cumplimiento. Dios guarde a vuestra se ñoría muchos años. El Pardo, 8 de m a rzo d e 1783. Don José de Galvez. S e ñor Gobernador de Puerto Rico .

Es conforme a su original, que se devolvió al gobierno.= Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

106

[2 DE JUNIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a d os de junio de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Andrés d e Quiñones, alcalde ordinario; don Sebastián (f· 148 ] / Ignacio de Vaerga, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi; y no concurrió el señor rexidor don Bemardino de Aponte por estar en la diputazión de mes; ni el señor don Antonio de Córdova por estar o cupado e n la data de arroz.

Se abrió un pliego remitido en el correo de Santo Domingo en que participa el señor don Julián Díaz de Sarabia, oidor fiscal de aquella Real Audiencia, que en breve vendrá a tomar residencia del tiempo del gobierno del señor gobernador que fue don José Dufresne; y se mandó se contexte a su señoría, por los señores fiel executor y rexidor don Miguel Xiorro, dirigiéndose en la embarcazión que [ f, 148v·] / en el día está para salir a aquel destino .

Se volvió a presentar el do c tor don Jacinto Santana con el título de abogado, y se proveió se diese vista al señor procurador general para que con arreglo a los autos obrados en el gobierno sobre este as unto y que solicitará d eduzga lo que corresponde, cuia prese ntazión hace el expresado doctor para que se obedezca y se tome razón devolvié ndosele.

Se admitió por inquilino de 300 pesos censuales, que tenía de los proprios Francisco Albarez, a d on Bernabé Dávila, baxo de hipoteca y f iadores abonados, de la satisfacción de mí, el esscribano y escritura en forma.

Se acordó, con el permiso d el señor gobernador, comunicado al señor rexidor don Tomás Pizarra, que se construía una casita baxa, de azotea y pilares, para pescadería en el frente d e [ r, 149] / la Puerta de San Justo, en aqu ella herradura que hace expecie de plazoleta, aprovechando sus paredes en lo que sea posible , y que esté d ecente p a ra el reparto d e los señores rexidores, cuio encargo se dio al mismo señor rexidor, llevando la cuenta y satisfaciendo el mayordomo su costo.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, doy fe. =Quiñones

[Don Julián Dlu de Sarabia participa s u próxima llegada como juez res idenciador del ¡¡obernador d o n José Dufresne.]

[Titulo de abogagado presentado por el d octor don Jacinto Santan a es referido al procurador general.]

[Se admite por inquilino censatari,, de 300 pesos a don Bernabé Dávila.]

[Se provee para la construcción de una «casita• para pes cadería al frente de la Puerta de San Ju sto.]

JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [1270]
SAN
107

[Se refiere al gobernador para su decis ión solicit ud de li cencia para trasladar 30 reses del partido de Bayamón al de Humacao.]

[ Se recibe al docLor don Jac inlo Santana al uso y e jercicio de su profesión de abogado.]

ACTAS DEL CABILDO

[rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Arizmend i [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], escribano público y de cabildo. [f. 149Y·J/

[1271]

[11 DE JUNIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a onze de junio de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Juan Dabán, coronel de los reales exércitos , gobernador y capitán general; don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario; don Félix d e Lacruz; alguacil mayor; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes a l pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general, don Miguel de Arizmendi .

A la representación del caballero procurador general s obre la solicitud de don Andrés Corsino García de conducir t rein ta reses del partido de Bayamón al de Humacao, se mandó pasar el expediente a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su conocimiento y decisión.

A otra representación del mismo caballero procurador general sobre la admisión de el doctor don Jacinto [f ~ ] / Santana al uso y exercicio al oficio de abogado, se le admitió desde luego y se mandó anotar en el Libro que corresponde . Con lo que y por no haber otras cosas que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Dabán [rúbrica] =Quiñones [rúbrica ] =Lacruz [rúbrica] = Ba erga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] = Ante mí= Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1272]

[16 DE JUNIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto ['· 1~·]/ Rico, a diez y seis de junio de mil setezientos ochenta y tres años,

108

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

se juntaron a cabildo ordinario los señores don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel ejecutor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas .tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

En el cabildo antecedente se trató sobre el abasto de harinas y se dispuso que los señores don Félix de la Cruz y don Antonio de Córdova solicitasen algunos vecinos, y entre ellos a don Jaime O'Daly, para la introducción de ochocientos o mil barriles, y diesen cuenta del sujeto que pudiera vender el pan al público con más equidad. Los dichos señores dieron cuenta en este cabildo haber practicado [f. 151 ]/ las diligencias más exactas para llenar la o bligación de su encargo, y que a don Antonio de Viera, a quien (con los demás que se referirán) les hicieron comparecer, dixo éste que daría a catorce pesos el barril; Santiago Rixos, a doce pesos y medio; don Jaime O'Daly, a doce, y qu e sobre cualquiera precio que otro ofreciese hacía de equidad dos reales, haciéndo se responsable de su buena calidad.

En este mismo día, mejor reflexionado, Santiago Rijos ofreció darla a once pesos y seis reales; fianzas correspondientes, prefiriéndosele en la venta después que se acabe la que existe en la plaza actualmente. Que igualmente se llamaron a José Concepción, a don Valentín Martínez y a Felipe Vaeza y ninguno de éstos se dispusieron a nada.

En este cabildo se ha presentado el citado don Antonio Viera prometiendo dar cada b arri l de [ f. 151 •·]/ harina a doce pesos, presentando varios documentos y expo ni endo que su mérito le recom endaban el privilexio de otros vezinos. Y en consecuencia de todo acordaron sus señorías: Que se pase testimonio de esta Acta a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para que inte ligenciado de todo se sirva resolver lo que sea más comforme al beneficio público, tenien do su señoría presente que habiéndose comferenciado en este cabildo sobre que puede haber algunos otros sujetos que ofrezcan maior ventaja al público, es de sentir este cabildo que por m edio de carteles fixados en los lugares públicos puede resultar maior benefic io. Para todo lo cual se diputaron a los mismos señores don F élix de la Cruz y don Antonio d e Córdova.

[Se solicitan abas• t ecedo res d e harina.]

[Don Antonio Vic• ra varia su oferta en el precio de venta de la harina.]

[Don Santiago Rijos varía su oferta en el precio de venta de la nari• ,,r..]

[Cahildo sol icita del i¡obernador determme quién entre los aspirantes a ello ha de constituirse en abastecedor de harina.]

[Cab il do acuerda la fijaci ón de carteles para solicitar abas tecedor de harina. ]

109

110

(La nueva oferta de don Antonio Viera sobre el precio de venta de la harina es referida al gobern ador J

[Cabildo inform a al gobernador estar prohibido t o d o lo que solicita el pasajero de Pa lo Seco ]

[Se hace paae mc la e sca sez de harina .]

ACTAS DEL CABILDO

Al escrito presen tado por el referido don Antonio Viera con los documentos se proveió que se pusiese con el testimonio del Acuerdo [ f, 132 ]/ de este día y se lleve a su señoría, el seño r gobernador y capitán general.

El pasajero de Palo Seco se quejó al señor gobernador de los daños que padece en las canoas que transitan y regatones, pidió informe su señoría y se proveió que todo lo que representaba estaba prohibido.

Y por no haber otra cosa que comferenciar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúb rica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica]=Antemí=Ygnacio H er ránz [rúbrica], esscribano de cabildo . [ '· 1S2v·] /

[1273]

[20 DE JUNIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de junio de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario, no obstante ser viernes, por haber asunto preciso que acordar y conforme a lo resuelto sob re que pueden hacerse dos cabildos ordinarios en cada semana, uno el día lunes y otro, el viernes, los señores don Domingo Dávila y don Andrés d e Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián de Baerga, fiel exec utor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Tomás Pizarro, don Miguel Xiorro, rexidores, a que conc urrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

[Se so lici ta d e l go- bernad o r provea par a la introd ucc ión d e h a rin a. ]

A representación del señor rexidor diputado de mes, don Bernardino de Aponte, sobre que se represente a su señoría, el señor gobernador y capitán general, la escasez de harinas que hay en esta ciudad en la estación presente, que amenaza huracanes el tiempo y no se podrá echar mano de los plá tanos y casabe, para que se sirva su señoría dar providencia de que se traigan di chas harinas del paraje donde [f 153 ] / lo tenga por conveniente; a lo que se accedió por sus señorías haciéndole presente otras razones al mismo señor gobernador y capitán general, toda s dirijidas al bien público, y mandaron se sacase testimonio de la representación y auto con el expediente acordado en el cabildo anterior de diez y seis del corrien-

111

te para dirijirlo a su señoría, el señor gobernador y capitán general, y que se archivasen las diligencias.

Habiéndose hecho presente por el señor rexidor-alguacil mayor que el escudo de armas del estandarte del real pendón estaba totalmente inutilizado dispusieron sus señorías se hiciese otro nuevo y que se satisfaciese su importe por el mayordomo.

Al informe del señor rexidor diputado don Miguel Xiorro, sobre la queja de Andrea de Montes de los p e rjuicios causados en sus terrenos por las lavanderas que van a lavar al Puente de San Antonio, se mandó dar vist a al señor procurador [f. is3v. ] / general.

Con lo que y por no hab e r otra cosa qu e a cordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Davila [rubrica] = Quiñones [rubrica] =La.cruz [rubrica] =Baerga [rubrica]= Co rdova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

(1274]

[30 DE JUNIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de junio de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don [r. 154] / Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador gene ral, don Miguel Antonio de Arizmendi.

En este cabildo se abrió un pliego remitido por su señoría, el señor gobernador y capitán general, que contiene un oficio que incluye un exemplar d e los artículos preliminares de paz entre el rey, nuestro señor, y el de la Gran Bre taña , el que se mandó archivar y se cometó [ ?] su recibo.

En es te mismo cabildo se determinó la instancia de Andrea de Montes, sobre solicitar estipe ndio d e las lavandera [sic] de la fuente del Puente de San Antonio, que no ha lugar a su solicitud, y que en caso de r ecibir

[Po r d e t e rioro del e xis te nte , se o rde• na hacer un nuevo escudo d e armas para e l es t an darte. )

[Se refier e a l proc ura d o r general info rm e del r e gid o r d o n Miguel Jiorro sobre la q ueja promov id a por Andrca de Montes. )

[Se tr atan varios as uutos.J

[Goberna d o r e nvía al c a b ild o un e jempla r d e los artlc uc ulos preliminares de p az suscri tos e ntre e l rey de España y el de Ing laterra.]

[ Se dec'.a ra si n lugar so l ic itud de Andrea d e Mon te s sob r e exacción de es t ipe ndios a las lava n dera s d e ia fuen t e d el Pue n t e d e San An ton io.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

'[José Antonio Lópcz solicita ,e provea respecto :i su recurso sobre el pasaje de la Boca d el rlo de Lolza.]

rAutorizació n ;i Diego Ortiz para trasl adar 40 r eses del partido de Toa Alta al de Fajardo.]

(Se t ratan varios as u n t os.]

{ Recibimiento d e don Manuel Chiquero Saaved ra como t en iente d e gobernador y auditor de guerra.]

ACTAS DEL CABILDO

algún perjuicio en sus terrenos se le reservaba su derecho para que lo repitiese en el tribunal o tribunales que correspondiese.

En este propio cabildo se presentó José Antonio López instando sobre la determinación de su re-[f, t 54v.]/curso hecho en razón del pasaje de la Boca d e l río de Loysa, y se pidieron autos.

Se presentó asimismo don Diego Ortíz con licencia de su señoría, el señor gobernador y capitán general, para tras ladar cuarentena reses del partido de Toa Alta al de Faxardo, y se le concedió por lo que a este cabildo cor responde.

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías de que doy fee.=Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1275]

[3 DE JULIO DE 1783.)

En la ciudad de San Juan de Puerto [ f. 155] / Rico, a tres de julio de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don Juan Daván, coronel de los reales exércitos, gobernador y cap itán general; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para efecto de dar posesión al señor don Manuel Chiquero y Saabedra de los empleos de teniente de gobernador y auditor de guerra. Y habiendo presentado el real título de esta merced, que su majestad le ha hecho , se leió por mí, el esscribano, y obedeció en toda forma por sus señorías; y en su cumplimiento se le dio al referido señor don Manuel Chiquero posesión de dichos empleos, sentándol e el señor rexidor decano en el asiento ['· 155v·] / que le corresponde, y mandaron sus señorías que se tome razón del expresado título y certificación de la posesión para los efectos que le comvengan. A cuio cabildo concurrió también el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, y

112

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=luan Dab án [rúbrica] =Manuel Chiquero y Saabedra [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica] =Sebastián de Baerga [rúbrica] = Antonio de Cordova [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica]= Miguel Antonio Arizmendi [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 156 ] /

[1276]

[6 DE JULIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de julio de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teni ente de gobernador y auditor de guerra y auditor de guerra [sic]; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz , alguacil mayor; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don José Dávila y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, y no asistió el señor rexidor don Miguel Xiorro por estar ocupado en la diputación de mes, cuio aviso me dio por su esquela.

Al escrito que presentó don Antonio Viera en el asunto de harinas, pidiendo testimonio del Acuerdo de 16 de junio pasado, [ f. 156v· ] / se de cretó que respecto a que pasó el referido tes timonio con s us papeles al gobierno, en cuio asunto tiene resuelto lo comforme, que ocurra a su señoría, el señor gobernador y capitán general, a exponer lo que le comvenga.

La instancia del pasajero d e Boca de Loysa, Jos é Antonio López, vista en este cabildo se mandó pasar, por ser punto de jus ticia, al tribunal d el s e ñor teni ente de gobernador para qu e determine lo que correspond e .

Se vio el expediente e n la pretensión h echa en el gobie rno por el bachiller don José Villafaña so b re cebar las res es d e los par tidos del sur, baxo de fi anza, y se d ecr e tó que otorgándose a satisfacción de mí , el esscribano, se traig a para su a p ro b ación .

Entró el señor rexidor diputado don Miguel Xiorro y expuso de parte d el seño r g obernador y capitá n general que se comferenciase cer c a d e los m edios que pueden 8. A.

[ Provéese que d o n Antonio Viera rep rese nte ante el gobernador lo que e s tim e conveniente en e l asun to d el abastec imien to de harina.]

[Instan c ia del pasajero de Boca de Loíza es re ferida para s u d eterminación al teniente de gobernador.]

[J osé Vi ll afaña deberá otorgar fianzas sobre s u obli· ¡,ación para cebar las r eses de los parlidos del sur.]

[A conside rarse la posibilidad de que algunos vecinos de l as inmediaciones puedan hacerse car~o de sup lir las deficiencias en ~, número de reses a s imado para e! abasto de la ciudad.]

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( Cabildo informa respecto a la jurisdjcción del pasajero de Pueblo Viejo ]

ACTAS DEL CABILDO

tomarse para remediar las [f, IS7 ] / faltas de carnes para el abasto de la república por algunos vecinos de estas inmediaciones y compeler a los contribuientes a la obligación de satisfacer los quebrantos que por su culpa se hayan ocasionado; y se acordó que se diese comisión al mismo señor diputado para que vea si los vecinos de las inmediaciones pueden buenamente abastecer sin libertarse de la p esa, a que son obligados y cuando no y respecto de no sufrir dilación el asunto admitiéndoles este descuento para cuando llegue su caso, reservándose la ciudad acordar lo comveniente y acordar en el cabildo siguiente lo que corresponde en razón d e l o d emás d e que hace expresión este Acuerdo y providencias que pue dan conducir a és ta expecie de abastos, participándosele [ f, 157v ] / a su s eñoría, el señor gobernador y capitán general, por el mismo señor diputado. Y no habiendo otra cosa, se cerró es te cabildo y l o firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1277]

[14 DE JULIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a ca torce d e julio d e mil setecientos [ f, 158 ] / ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don S ebastián Ignacio Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Bernardino de Aponte*, Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir l as cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió d señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

El capitán del R eximiento d e Bruxelas, don José Forxis, representó al señor gobernador que le impedía Juan León, pasajero d e Pueblo Viexo, el tranporte a esta ci udad d e sus víveres por Pue rto Nuevo, sin tener allí canoa ni otro buque en que pod erlo hacer; y mandó su señoría imformase sobre este particular e l cabildo y con efecto lo

* En el original aparece tachado.

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

executaron sus señorías [ f, 158v·]/ imformando que dicho pasajero en modo alguno lo puede impedir por que su arriendo es limitado al partido de Guaynavo, en el que no está comprendido el de Río Piedras.

Se mandaron al mayordomo que costee dos zambullos para las necesidades de los presos por haberse tapiado los conductos que tenían con la obra que se está haciendo.

El señor rexidor don Tomás Pizarro trajo a este cabildo, d e parte del señor gobernador y capitán general, el oficio del señor pre sidente de Santo Dom ingo que acompañaba una real orden d e su majestad sobre contribuzión que debía hacerse para la real cárcel de aquella ciudad; y enterado de todo y para acordar lo conveniente ha resuelto que el mayordomo de proprio s certifique de las cantidades existentes en su poder pertenecientes a ellos y lo que le faltase que cobrar, con expresión de sus respectivos plazos, y lo traiga para otro cabildo, lo que se par[f, 159 ]/ticipe a su señoría por el mismo señor rexidor; con lo que se concluió este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[1278]

[17 DE JULIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de julio de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo extraordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de La-(fi 159v·]/cruz, alguacil maior; don Sebastián Ignacio Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para efecto de participar a este cabildo que ha llegado el señor don Julián Díaz de Saravia, del Consejo de su majestad, fiscal de lo criminal en la Real Audiencia de Santo Domingo , a tomar la resi dencia al señor brigadier don José Dufresne, gobernador y capitán general que fue, y al auditor y demás ministros de su tiempo, previniéndose por su señoría, el señor gobernador y capitán general actual, don Juan Daván, la participación referida con fecha de

[Se orovee pa ra la adqui s ición de dos zam b ullos para los presos.]

[Se participa al cabildo real orden sobre contribución que d e be hacer la isla para la construcción de la cárcel de Corte de Santo Domingo.]

[Mayordomo deberá certificar sobrr fondos c~stentes .: i ngresos a p e rcibirse. ]

[Se participa al cabildo la llegada de don Julián Dlaz de Saravia como juez residenciador del gobernador D.ifresne y de los demás funcionario s de su período ¡¡.;bernativo. ]

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[Mayordomo certifica sobre fondos existente s e in PrC• sos a percibirse. J

[En atención a no tener fondos cabildo pospone hasta el próximo añ.o pago de la contnbución que debe hacer para 1 a co nstrucción de la cárcel de Corte de Santo Domingo.]

ACTAS DEL CABILDO

quince d e l corriente, de lo que quedaron sus señorías inteligenciados, y que por mí, el esscribano, se de fe de esta diligencia y se devuelva al referido señor fiscal, juez de residenzia.

Concurrió a este cabildo el señor procurador, don Miguel Antonio de Arizmendi y no lo hizo el señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, po r hallarse enfermo según P· 160:l/ avisa por su esquela; y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1279]

(21 DE JULIO DE 1783.]

En la ciudad de San Ju a n de Puerto Rico, a veinte y uno de julio d e mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiqu ero Saave dra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dá ( f. u,ov· ] / vila, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil mayor ; don Sebastián Ignacio d e Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Tomás Pizarra, rexidores, para tr a tar y comferir las cosas tocantes a l pro y útil de la r epública, a qu e conc urrió e l señor procurador general, d on Miguel Antonio de Arizmendi.

A consecuencia del Acuerdo de 14 del corriente ha pasado el mayordomo d e proprios, don Manuel P é rez, la certificación que se le pidió; y en su virtud y de otras consideraziones que se han tenido presentes d e las que se deduce no haber en el día fondos suficientes para satisfacer la cantidad de quinientos treinta y siete pesos y dos reales , que se le han asignado en el repartimiento, constante del real despacho presentado y sí poderlas haber para principio del año entrante, acordaron sus señorías [f. 161 ]/ se pase testimonio de este Acuerdo al señor gobernador y capitán general para su contextación del oficio de su señoría, presidente de la Real Audiencia de Santo Domingo, suplicando a su señoría se sirva acceder a esta espera y solicitud.

Se volvió a comferenciar sobre las carnes , y se quedó

U6

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

para otro cabildo; y se cerró éste que firmaron sus señorías, de qu e doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Davila [rú• brica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f, 161v· ] / (1280]

[28 DE JULIO DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho d e julio de mil se tecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; don Antonio de Córdova y don Bernardino de Aponte, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Se comferenciaron varias cosas y se quedaron a resolver para otro cabildo, que firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Apont e [rúbrica] =Ariz· mendi [rúbrica] =Ante mí = Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f. 162 ] / (1281]

[S DE AGOSTO DE 1783.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a cinco de agosto de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capital [sic] los señores don Manuel Chiquero, abogado de la Real Chancillería de Granada , teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova , don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la r e pública, a que con• currió también el señor procurad0r general. don Miguel

[Se trata sobre el abasto de carnes ]

[Se pospone deter, minación sobre varios asuntos.]

117

[Se fijan carteles o cedulones reawrienda un abastecedor de mil barriles de harina.]

ACTAS DEL CABILDO

Antonio de Arizmendi, y no el caballero rexidor don Tomás Pizarro por haber avisado estar ocupado en asunto del real servicio.

En este Acuerdo el dicho señor rexidor- [ f. 162•·] / alguacil mayor expuso: Que con motivo de hallarse encargad o de la diputación mensa l procuró cerciorarse de la harina existente en esta ciudad, e informado que sólo habrían para este mes lo participó a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para que en su inteligencia se sirviese su señoría tomar las providencias que fuesen de su superior agrado, con cuya noticia determinó su señoría se hicies e nuevo repuesto de mil barriles; para io cual mandó fijar cedulones públicos a efecto de que el vecino que quisiese encargarse de este acopio se presentase a este ilustre ayuntamiento, a quien le previno su señoría lo participara para que además de los que se presentasen proponiendo la conducción de dichas harinas hiciesen comparecer otros que pudiesen encargarse de ellas. Y vistas las proposiciones de todos ad[mita] [f· 163 ] / su seño ría ilustre la que sea más equitativa al público y que con testimonio de cuanto en esta materia se obrare se le dé cuenta para resolver lo más conveniente.

[Don Antonio Viera se ofrece como abastecedor de harina bajo las condiciones que exp re sa.]

[Don Santiago Betún se ofrece como abastecedor de harina.]

En este acto entró don Antonio Viera, vecino de esta ciudad, y ofreció tra er dentro de un mes los mil barriles de harina que se piden para el abasto de esta república, de buena calidad, a onze pesos y medio cada uno, y de peso de siete arrobas y media, haciéndose responzab le a todo ello con tal de que se le habilite de buque o de permiso para facilitar su cond ucción en el que encuentre . Enseguida se leyó una petición de Santiago Betún en la que se ofrecía a dar cada arroba de harina al precio de doce reales, y siendo este postor más equitativo se notició al don Antonio Viera por s i quería hacer algún beneficio, quien se ofreció a darla por e l mismo precio; y en este estado y con [r. 163•·] / esta noticia el Santiago Betúm hizo baja, ofreciendo a dar cada arroba de dicha especie al precio de onze rea les y medio, e n cuya vista nada se adelantó por el citado Viera .

[Condiciones generales ba io !as cuales ambos pretend ien tes proponen su abastecimiento de harina.]

[Condiciones parli• culares que propone Santiago Betún.]

Y siendo las condiciones con que uno y otro proponen introducir dichas harinas de igual naturaleza y reducidas a que se le hayan de dar los auxilios necesarios para ello. y ofreciendo a mayor a bundamien to las seguridades correspondientes con fiadores saneados, el Betúm obligándose a traer las expresadas harinas dentro del término de un mes, de buena ca lidad, haciéndose responsable de todo

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ello con dichos fiadores o en su defecto con la consignación de la cantidad de cinco mil pesos hasta tanto cumple la contrata .

En atención a todo ello acordó este ilustre ayuntamiento se difiera a la postura hecha por el citado Betúm en los términos, modo y forma que queda expresado, de lo que se pase al correspondiente [f· 164 ] / testimonio a su señoría, el señor gobernador, en contestación de este exp ediente promovido por su señoría en este cabildo. Y para que a consecuencia de las demás condiciones con que se han ofrecido relativas a que se le haya de habilitar con los auxilios necesarios, siendo esto privativo de dicho señor gobernador disponga o facilite los medios que le parezcan más oportunos del mismo modo que sobre el otorgamiento de las referidas fianzas o consignación de las cantidades que ofrece. =

En este cabildo se trató también del expediente relativo a la construcción d e la cárcel de Corte de Santo Domingo y exacción de la cuota asignada para e llo a los proprios de este ilustre ayuntamiento, a que no se había correspondido con el apronto efectivo por falta d e caudales ; y hallándose en el día cerciorada la ciudad de la real orden de su majestad preventiva de que se rediman los ( f. 164v.] / capitales impuestos c on motivo de la anterior guerra a favor del real erario, y teniendo imvertido en ello y de los caudales de sus proprios la cantidad de dos mil y ochocientos pesos, a efecto de poder hacer apronto de dicha cantidad, acordó se practiquen las diligencias conducentes para la mencionada redemción con los caballeros oficiales reales y d emás a quienes competa. A cuyo fin se da comisión a los señores rexidores don Antonio de Córdova y don Tomás Pizarro.

En este estado entró el caballero rexidor don Tomás Pizarro.

Se presentó asimismo en este cabildo don Gregario Sandobal con e l t ítulo de escribano de gobernador [sic] y se le admitió al uso y exercicio de el oficio, y se mandó anotar.

También se present ó Andrés de Santana solicitando informes de los señores de es te ilus tre ayuntamiento, y se proveyeron conform e, sobre los servicios hechos en carnicería. Con lo que y por no haber (f. 165 ] / otra cosa que conferenciar, aunq ue se trat aron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Quiñone s [rúbrica] = Cordo-

[ Don San Liago Betún aceptado como abastecedor de harina ]

[El goberna do r debe rá proveer las facilidades oara la introducción de la harina y determinar r especto a las fianzas a ser oto1ga da s por Betún ]

[Cabildo pro\'ee pa• ra el p ago de su cuota para la construcción de la cárcel d e Corte dt: Santo Domingo. ]

[ Grega rio Sandobal es r ecibido como escribano de go- bernació n.)

[ Andrés de Santana solicita informes sobre sus se rvicios en !a carolcerfa.]

[ Se tratan ,·ario s as untos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
119

[Licencia a Andrés d e Saataaa para colocar corra l de dcsovacióa de peces en la Boca de Lo fz:i ]

ACTAS DEL CABILDO

va [rúbrica]=Aponte [rúbrica] = Da vila [rúbrica] =Pizarra [ rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [ r úbrica ] = Santiago Betun [rúbrica] =Ante mi = Nicolás de Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público.

[1282]

[11 DE AGOSTO DE 1783.]

En la ciudad de San Jua n de Puerto Rico , a once de agosto de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores los señores [sic] don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor d e guerra; don Dom ingo Dávila y don Andrés de Quiñon es, alcaldes [ r· 165•·] / ordinarios; don José Dávila y don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi, y no los señores don Bernardino de Aponte y don Tomás Pizarro, rexidores, por hallarse emfermos, según aviso que me pasaron a mí, el esscribano .

Se concedió lizencia a Andrés de Santana para el corral d e desovo en la Bo ca d e Loysa con tal de traer la pesca a esta ciudad, invirtiendo en el vezindario de allí lo que estime comvenient e para sus u rgencias. Y no habi e ndo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe.=Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Chiquero [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica ], esscribano público y de cabildo. (f· 166 ] /

[1283]

[25 DE AGOSTO DE 1783 .]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a veinte y cinco d e agosto de mil setezientos ochenta y tre s años, se juntaro n a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero d e Saavedra, teni e nt e de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñon es, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova, d on B ernardino d e Aponte, don

120

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Jos é Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi. Entró el señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga.

En el antecedente cabildo se le previno al mayordomo de proprios entregase al señor don Julián Díaz de Saravia, fiscal de la Real Audiencia de Santo Domingo y actual juez de residencia en ésta, los 530 pesos y dos reales señalados [ f. 167v. J/ a esta capital para la construcción de la cárcel de Corte de aquella ciudad; y habiéndolo executado, con el recibo que ahora ha presentado , se mandó se pase oficio a su señoría, el señor gobernador y capitán general para que unido con el expediente original dé cuenta d e su cumplimiento.

En este cabildo se comferenció cerca de los negocios y causas que tiene relativos, *que tiene en* residencia l a ciudad contra el doctor don Francisco Rafael de Monscrrate y para su seguimiento y deducir lo que le correspondo. *y*. Acordaron sus señorías diputar, como diputaron , a los señores don Félix de Lacruz y don José Dávila, a quienes para e llo se les dé testimonio d e este Acuerdo.

Se mandaron pagar a Facundo Matanza los 83 peso s y 3 reales de las casitas, por haber presen tado document o de la recomposizión [ f. 168 ] / de las casitas. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron s u s señorías, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica]=Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] = Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1284]

[1 DE SEPTIEMBRE DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de septiembre de mil setezientos [ f. 168•·] / ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor d e guerra; don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones , alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil maior;

* En el original aparece t achado.

[Oficio al gobernador informándole se ha hecho entrega a don J ulián Díaz de Saravia para la construcción de la cárcel de C.orte de Santo Domingo.]

[Comisión a don Félix d e la Cruz y a don José Dávila para que prosigan co n los pleitos y c ausas contra el teniente de gobernador Francisco Rafael de Monserrate .]

[Libramiento pa ra satisfacer los gas• tos de reparación de las casillas de ventas.]

121

CSe reciben dos real es cédulas sobre determinaciones hec ha s r especto al matrimonio.]

{Se participa JI cabildo auto ordenando a And ds de Santana se ab s• ten ga de ínten1en ;r e n el r eparto de carnes.]

[Don Manuel de Arrovo solicita 500 pesos a censo. ]

ACTAS DEL CABILDO

don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y el señor procurador general.

Se vieron dos reales cédulas de su majestad traídas por mí, el esscribano, entregadas por el esscribano de gobierno, sobre decisión de los puntos de matrimonio expuestos en la real pragmática, y se mandó se t omase razón de e llas en el Libro donde toca y se devuelvan .

El mismo esscribano de gobierno presentó en este cabildo un testimonio de auto en que se previene que Andrés de Santana se abstenga de introducirse en la carnecería, con motivo ni pretexto alguno, a hacer asignaciones y repartos [ f. 169] / como privativo todo ello de la dirección y celo de los caballeros diputados sobre fieles, a quie nes asimismo se les haga saber para que no lo consientan y que por sí lo dirijan, cuiden y celen con la igualdad , proporzión y prudencia que exija o la escasez o calidad de las carnes, a cuio fin y para su intimazión se r e mitiese dicho auto a este ayuntamiento, en cuia inte• lige ncia mandaron sus señorías se archive.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Lac ru z [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica]= Pizarro [rúbrica] = Xiorro [ rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnac io Herránz [rúbrica] , esscri bano de cabildo. [f, l69v.J /

[1 285]

[9 DE SEPTIEMBRE DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de septie mbre de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario l os señores don Manuel Chiquero Saavedra, teni ente de gobernador y auditor d e guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz , alguacil ma yor; don Sebastián de Vaerga, fiel execut o r; d on José Dávila y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir ]as cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador genera], don Miguel Antonio de Arizmendi.

Don Manuel de Arro yo se presentó pidiendo a censo quinientos pesos de los proprios d e la ciud ad, e n lo que

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se ofrecieron varias disputas; se acordó que se espere a la cuenta que ha de dar al fin del año el mayordomo por que en la actualidad h ay fábricas de considerazión y que siempre que haya sobrante se tendrá presente para su imposición. Y e l señor a lguacil mayor, don Félix de la Cruz expuso que sin embargo [í· 170 ] / de las fábricas de consid erazión que se refieren, como por su señoría, e l señor gobernador y capitán general, está prev en ido que de 2800 pesos que se sacaron d e cajas reales se mantengan en ser [sic] , es consencuente que esta res erva sea con respecto a las urgencias públicas, por cuia razón es de sentir el señor exponente debían imponerse los demás caudales que hubiese en las cajas de proprios, dejando ilesos los 2800 pesos referidos en punto al obed ecimiento de la orden de s u señoría, e l señor gobernador y capitán gener al, por el beneficio que resulta ría a favor de los proprios para los salarios anuales que se invierte n en los ministros que sirven a la república.

En cuia virtud y por estar conformes la maior parte de los señores vocales d e la suspensión por ahora la [sic] imposición por los justos motivos que tienen enunciados y ser indispensable para e llo algún [ 1 • 170 •·] / conocimiento de causa, expecialmente la relativa a los caudales existentes y la d e cuando se podrán conceptuar sobrantes, entre otras cosas dixo su señoría, el señor presidente, que aprobaba y aprobó este cabildo en esta parte, y qu e se cumpla y lleve adelante.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es te cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Cliiquero [rúbrica ] = Davila [rúbrica 1= Lacr u z [rúbrica] = Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. 171 ] /

[1286]

[15 DE SEPTIEMBRE DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Pu er to Rico , a quince de se ptiembre de mil setecientos ochenta y tres años, se junta r on a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dáv ila , alcalde ordinario; don S ebastián de Vaerga, fiel executor; don Bernardino de Aponte, don José Dá-

[Cab ildo pos pon-o oto rgamie nto de dicho censo.]

[ El a IRuacil mayor don Fé lix de la Cruz es de s entir que e l censo sea oto rgado ]

[ El presiden te del cabildo apoya la proposición en e l otorgamien lo d e 1 c enso.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
123

[E l ten ien t e a guerra de Rfo Piedras noti fica que en su partido Pedro Rodrliuez ha i ntroduc ido, con la correspondiente I icencia, 4 res es .]

( Solicítase cer1ificación d el recibimiento de don fa. cinto Santana como abogado.]

[J os~ Gooz:llcz solicita traspaso de censo a su favor .]

ACTAS DEL CABILDO

vila, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la r e pública, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

El teniente a guerra de Río Piedras, don Manuel de Cagigal, dio c uen ta que e n su p a rtido había e ntrado P edro Rodríguez, de la de Toa Alta, c uatro reses con guía de aqu el t enient e a guerra y p erm is o del señor gobernador y capitán general, y mandaro n s us señorías que se archive la carta.

El señor presi dente pidió se le diese a s u señoría certificazión por mí, e l escribano, del r ecibimiento d e abogado d el doctor don Jacinto Santana, qu e se hizo en Acuerdo de once de junio de este año, [ f. 111 •· ] / y se mandó d ar.

Y no h abiendo otra cosa qu e acor d ar, se cerró este cabildo y l o fir m aron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] = Davila [rúb rica ] =Baerga [rúbrica ] =Aponte [rúb rica ] = Davila [rúbrica ] =Pizarra [rúb r ica] =Xiorro [rúbric a]=Arizmend i [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H er ránz [rúbrica], esscribano de cab ild o.

[1287]

[22 DE SEPTIEMBRE DE 1783 ]

En la ciud ad d e San Juan d e Puerto Ri co, a veinte y d os de septiembre d e mil setezientos ochenta y tr es años, s e juntaron a cabildo ordi nario e n esta sal a cap itula r los señores don Manue l Chiquero S aavedra, teni e nte d e gob e rn a dor y auditor d e [r. m ] / guer r a; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Fé li x de Lacruz, algu acil ma yor; don S ebastián de Vaerga, fi el exec utor; don Tom ás*, Jos é Dá vila, don Tom ás P izarra y d o n Miguel Xiorro, r exidores, p a ra tr atar y comferir las cosas to cantes a l pro y útil d e la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio d e Arizmen di.

José Gonzá lez pidió que los 500 pesos d e censo que tienen los padres Castros, don Tomás y don Esteban, pres bíteros, se le fu esen traspasa dos baxo de hipoteca y fiadores , y se d ecret ó que ha ciéndose co n s tar la lexitimidad d e l a hipoteca que expresa y afianzando en los términos que ofrece se proveería.

* En e l original aparece t ach ado.

124

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Se contextó el imforme que solicitó el señor gobernador sobre oficios de contadores y demás prevenidos en la real provisión [ f. 172v. ] / de su alteza, de 16 de junio del corriente año, que a este fin se tuvo presente.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[12 88 ]

[30 DE SEPTIEMBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta de septiembre de mil setezientos ochenta y tres, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero y Saavedra, teniente de gobernador y auditor de [f 173 ] / guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don B ernardino de Aponte, don Jos é Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Representó e l pasajero de Palo Seco, volvió a exponer sobre la casa y dem ás, y se le respondió que respecto a que era punto pendiente e n el gobierno ocurra a él a deducir sus derechos.

Don Pedro de la Torre pidió el oficio que pasó a* este cabildo al señor gobernador sobre los trece capítulos de buen gobierno, y se mandó dar.

Los alguaciles pidieron se les aumente el s ueldo, y se mandó informase el señor procurador general.

Y se acabó este cabildo y lo firmaron su s señorías, [f. 173v. ] / de que doy fe = Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Arizmendi [rúbrica] = Ante mí = Y gnacío H erránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[A solicitud del gobernador, el cabildo informa sobre los oficios de contadores.]

* En el original aparece tachado.

[Se provee para q ue el pas ajero de Palo Seco recurra a l tribunal de gobierno a defende r sus derechos .]

[ Don Pedro de la Torre solicita oficio que envió el cabil do a l gobernador sobre as untos de buen gobierno.]

[Los algua ciles solicitan aumento de sueldo.]

125

[Solicitud de a u• m ento d e sueldo de los alguaciles es r e ferida a los jueces. ]

[Se orovee para la eva!uación de ta casa hipotecada de los padres pred icadores Castro.]

[Libramiento de 8 pesos y medio pa• ra pagar una n ue • va a lfombra para el go bernador.]

ACTAS DEL CABILDO [1289 ]

[6 DE OCTUBRE DE 1783. J

En la ciudad de San Juan de Puerto Ri co, a seis d e octubre d e mil setezientos ochenta y tres años , se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila y don Andrés d e Quiño nes, alcaldes ['· 174 ] / ordinarios ; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Tom ás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores , para tratar y comferir la s cosas to cantes al pro y útil de la república.

La solicitud d e los alguaciles pasó a los señores jueces para que informen, según expone e l señor procurador general, y s e dará provide ncia y que pa r a ello se capte la venia y ceremonia de estilo.

Para resolver sobre el traspaso d e 500 pesos que pide de los padres predicadores Castros, se mandó a evaluar la casa hipoteca de ellos por los maestros de la ciudad.

Se acordó qu e respecto de h aberse consumido la alfombra que sirve en las funciones al señor gobernador y se ha presentado una cuio valor es de ocho pesos y medio, se libren c ontra el mayordomo [r. 174•·] / y con efecto se pasó el libramiento. Con lo que se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1 290]

[13 DE OCTUBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de octubre de mil setezientos oche nta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manu el Chique ro Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; d on Andrés d e Quiñones , alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, [ r· 175] / don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de

12r

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio d e Arizmendi. El señor alcalde don Domingo Dávila participó hallarse accidentado de la salud y no podía concurrir.

Se le admitió a José González el traspaso de los 500 pesos que hacen los padres predicadores Castros respecto a los documentos que acreditan el maior valor de la casa que hipoteca, y que otorgue la escritura y fianza qu e ofrece.

El señor rexidor don Antonio d e Córdova dio noticia que el señor gobernador y capitán general le había d ado orden que ocho presos pa sas en a quitar la yerba que crece mala entre la ciudad y el Charco de Las Brujas, por ser útil al bien común, dándoles a los [f , mv. ] / dichos peones un real y cuartillo, que han estado en este trabajo dede [sic por d es de] 18 del próximo mes pasado hasta nueve del corriente inclusives, cuio gasto asciende a 27 pesos y medio según la cuenta dada por e l alcaide de la cárcel y presentó dicho señor rexidor para que se paguen de lo s proprios, y que su señoría pondrá el visto bueno; y visto todo acordaron sus señorías se lib ren los citados 27 pesos y medio y así se executó .

Habiéndose comfe rencia do sobre el ingreso que pueden tener los proprios de ciudad en la construcción de un nuevo corral de cerdos, como ant es había y se arruinó por causa de la fortificazión en la próxima pasada guerra, se diputó al señor rexidor don Tomás Pizarra para que acordase co n su señoría, el señor gobernador y capitán general, el sitio donde sin perjuicio a lguno se puede contruir [sic]; y con efecto ha dado cuenta que en el de La Puntilla h a comvenido su señoría y así mismo ha participado que [f. 176 ] / Di onisia de Huertas y otros son interesados en su arre ndamiento y se les pudie ra llamar para concluir este asunto.

Y habiendo entrado Dionisia de Huerta s con José García se vieron las proposiziones que hacían; y visto y reflexionado t odo por los señores del ilustre ayuntami ento qued ó dicho Hu ertas obligado a contruir [sic] a s u costa el corral, cubierto en parte para el beneficio de los puercos, y ha de contribuir ciento y veinte p es os por tres años a los proprios y rentas, que acabados queda a beneficio de ellos di cho corral, bien reedificado y dispuesto para volverlo a arrendar, otorgando de todo escritura de fianza. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . = Chiquero [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte

[ Se le concede 1ras paso de censo a favor de José Gon1.á lez.]

[ Li bramiento d e veint isie te pesos y medio para sati sfacer ¡orna! CO· rrespondien te a los presos que desyerbaron el terrea o comprendido entre la ciudad y el Charco de las Brujas.]

[Se determina que en La Puntilla sea construido el nuevo corral de ce r• dos.]

[ Provéese para que Dionisio de Huertas c onstruya el corra l de cerdos y quede como arrendatario de~ mismo por tres años. ]

127

[Se tratan varios as unt os.]

[El teni ente a iruerra de Río Piedras info rma que don P ed r o de la Torre ha introd ucido en su partido una yunta de bueyes.]

ACTAS DEL CABILDO

[ rúbrica] = Davila [rúbrica] = [ f. 176v. ]/ Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Ygna c io Herrán z [rúbrica], escribano público y de cabildo. (1291]

[20 DE OCTUBRE DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de oct ubre de mil setezientos ochenta y tres años , se juntaro n a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente d e gobernador y auditor d e guerra; don Domingo Dávila y don André s d e Quiñones, alcaldes o rdinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir la s cosas tocantes al pro y útil de la república , a que concurrió el señor procurador genera l, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Se comferenciaron varias cosas y por no haber ning una q u e resolver, se cerró este [ f. m] / cabildo y lo firmaron s us se ñoría s, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] = Davila [rúb rica ] = Quiñones [rúbrica] = Cordo va [rúbrica] = Apo nte [rúbrica~ = Piza rra [rúbrica] = Xiorro [rúbrica ] = Arizmendi [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [ rúbrica] , esscribano d e cabildo. (1292]

[27 DE OCTUBRE DE 1783 .]

En la ci ud a d de San Juan de Puerto Rico, a veinte y s iete de octubre de mil setezientos ochenta y tres años , se juntaron a cabi ldo ordinario los señores d on Man uel Chiq uero Saavedra, t enient e d e gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila y don [r· •77v. ] / Andrés d e Quiiíones, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarra y don Mi.guel Xiorro , rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e l a república.

El teni e nte a guerra de Río Piedras avisó por ofi cio que d el Arecibo había traído a su partido una yunta de bueyes al capitá n de Milicias d on P e <l ro de la Torre, para

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

su hazienda de Savana Llana; y se acordó se le contextase y pasase esta noticia a los señores rexidores para ponerlo en el rol para el abasto .

El pasajero de Palo Seco representó que necesitaba la casa comprada en aquel sitio por hallarse habitando en un casucho o rancho y daba dos pesos más de alquiler al mes. Y se proveió que pasase esta solicitud al tribunal de justicia.

Se comferenciaron varias cosas y no habiendo otras que resolver, se cerró este cabildo y lo firmaron [f. 178] / sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [ rúbrica] =Davila [rúbrica] = Quiñones [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[ 1293]

(10 DE NOVIEMBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a diez de noviembre de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra , teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Tomás Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y coroferir las cosas (f· 178v ] / tocantes al pro y útil de la república.

Don Jaime O'Daly , comprador de la casa de don Nicolás de los Ríos, redimió los 300 pesos a que estaba obligado y estaban hipotecados sobre ella; y se le dieron al teniente de Milicias don Manuel de Arroyo baxo del seguro, fianzas y demás que corresponde, a satisfazión del mayordomo de proprios.

El alcaide de la cárcel repres entó que necesitaba para los presos de una p ipa para el agua y de un balde para sus necesidades, y s e mandó que el mayordomo de proprios se los haga dar por ser cos a corta y procure su conservazión.

Andrés de Santana r e presentó varios perjuicios que le hace el teniente a guerra de Loysa sobre la p esca del corral que se l e concedió y venta del pescado, y se mandó que imforme el teniente a guerra de di cha ribera. Con lo que, por no hab er otra cos a que acor d ar, aunqu e se

9 A

[ El p asaje r o de Palo S eco s olicita e n a lquile r la casa d e aqu e l paraj e y ofrece dos pesos m ás po r d icho a l q u iler.]

[Se tra tan vari o s a sun tos.]

[ Don Jai me O 'Dal y red ime 300 pes os a censo y q ue dan és t os o torgados a d o n Manue l de Arroyo ]

[Se ord e na a 1 mayord omo s um in istre u na pipa para el agua y un balde p a ra lo s presos.]

[ Andrés de Sant 3 • na se queja d e loo perjuicios q ue le cau sa en s us d erechos del co rra l de pesca e l ten ie nte a gue r ra d e Loíza.]

129

[Recibimiento d e don Manuel de Acos ta como con• tador judicial.]

ACTAS DEL CABILDO

comferenciaron varias, (f. 179]/ se cerró este cabildo que firmaron sus señorias, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1294]

[17 DE NOVIEMBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de noviembre de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don José Dávila y don Miguel Xio r ro, rexidores, para tratar las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Se presentó don Manuel de Acosta con título de contador judicial despachado por el gobierno, [ f. l79v,J/ en remate que hizo al oficio, y se l e admitió a su uso y exercicio y se mandó tomar razón del t ítulo y que se le devuelva. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]= Arizmendi [rúbrica] =Ante mí= Y gnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1295]

[24 DE NOVIEMBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de noviembre de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel de Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; [f, 180]/ don Félix de la Cruz, alguacil maior; y don Miguel Xiorro, rexidor, para tratar y c.omferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurad or general, don Miguel Antonio de Arizmen di. Entró el señor rexidor don Antonio d e Córdova. ~~nt~~tn varios S e trataron varias cosas, y se cerró este cabildo y lo firmaron, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica]=Davila

130

SAN JUAN

BAUTISTA

DE PUERTO RICO

[rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Arizmendi [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1296]

[1 DE DICIEMBRE DE 1783.l

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de diciembre de mil setecientos [f· ISOv ] / ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los 5eñores don Manuel de Chiquero Saave dra, teruente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila, alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comfcrir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi. Entró el señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga.

El teniente a guerra de Río Piedras avisó por carta que han ingresado en su r ibera de la de Toa Ba."<a, once reses, en la hazi enda de don José Gonzáles, residente en esta ciudad, avisando que por si acaso no se halla en el padrón al citado González se entienda que José García, segundo, debe responder por ellas.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo, y lo fi r maron sus se ñorías, d e que doy fe . =Chiquero [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Baerga [rúbrica]= Cordova [rúbrical =Aponte [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =[f· 181 ]/ Arizmendi [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1297]

[9 DE DICIEMBRE DE 1783.]

En la ciudad de Puerto Rico, a nueve de diciembre de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario; don Bernardino de Aponte, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y coro.ferir las cosas t ocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general.

[El teniente a v.uerra de Río Piedras informa la introducción en su par• tido de once reses pertenecientes a don José Gonz1• les.]

131

[Li bramiento del salario al maestro Cri stóbal Caballer o.]

[Se pospone determinación de varios a s untos.]

[ El maestro de nifio s don Vi c toriano d e Aldea solici ta el pago d e , u sa lario.]

[ El reverendo padre s uperior d el Conven to de Predi ca d ores solíci ta del cabildo in forme sobre la cond u cta y efectivo d es empeño d e lo s menes t e res re 1 ;. ¡tiosos por parte de l a co munida J de los Dom inicos.]

ACTAS DEL CABILDO

Pidió el maestro Cavallero su s3Jario de cincuenta pesos que ha devengado por su oficio, y se le libraron . Y habiéndose tratado otras varias cosas se quedó su decisión para otro cabildo, y lo firmaron sus señorías, de [f· i siv,] / que yo, el escribano, doy fe . = Quiñones [rúbrica ] =Aponte [rúbrica] =Pizarro [rúbrica]= X iorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrical=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1298] [15 DE DICIEMBRE DE 1783.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de diciembre de mil setezientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Domingo Dávila y don Andrés de Quiñones, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor, y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

Pidió el maestro de niños, don Vic toriano de Aldea , los 150 p esos que le están asign a dos, baxo de recibo. [ f- 182 ] /

[El cabildo i nforma sob re los a l udidos extremos. ]

Se presentó por el reverendo padre superior del real Convento de Predicadores, fray Rafael de Argumedo, un escrito suplicando imforme este el ilustre cuerpo, a continuazión, si en dicho Convento hay desórdenes, escándalos , u omisiones repr ensibles; si la comunidad sirve el culto divino con todo el decoro y religiosidad que se pued e; si se predica, se enseña, comfiesa, y asiste espiritualmente a los emfermos y sanos con consexos, exemplos, y buenos modos, sin embargo del cortísimo número a que se ven reducidos, y qu e fecho se les entregue para los efec tos que les convengan. Y se acordó : Que la ciudad a consec uencia de todo imforma: Que por lo respectivo al gobierno inte rior de la comunidad, conducta y manejo d e los religiosos no l es consta cosa alguna. Y por lo que r esp e ta [sic] al servicio exterior del cu lto divino, d ecoro, y relixiosidad de dicha comunida d y que ésta adaptándose a los institutos de la vida monástica, se porta con el mayor arreglo, [f, 182v·] / cumpliendo con los deberes de enseñar, comfesar, predicar y asistir espiritualmente a em-

132

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

fermos y sanos, no obstante el corto número de individuos que comprende la citada comunidad .

Y no habiendo otra cosa que acord ar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Chíquero [rúbrica] =Davíla [rúbrica] =Quiñones [rúbrica]= Lacruz [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo .

[1299]

[22 DE DICIEMBRE DE 1783.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de diciembre [ f. 133]/ de mil setecientos ochenta y tres años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capi t u lar los señores don Manuel Chiquero y Saabedra, abogado de la Real Chancillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra de esta isla; don Andrés de Quiñones, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro, r exidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que conc urrió también el señor procurador general, don Miguel Antonio de Arizmendi.

En este cabildo se hizo pres ente por el señor rexidor don Antonio de Córdova hab érsele escrito por el doctor don Juan de Arredondo, apoderado general de este cabildo en la ciudad de Santo Domingo , que de los cien pesos que se le habían remitido para expensas quedaban existentes en su poder ochen-[ f· 183•·]/ta y cinco pesos.

Se abrió una carta que vista se halló ser del ilustrísimo señor obispo electo de esta diócesis, doctor Felipe José de Tres Palacion, [sic] en que da cuenta del nombramiento que su majestad se ha servido hacerle para la mitra de este obispado, entre otras cosas, y se acordó se archivase y contestase, como se practicó; con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo y se dio punto en reverencia del Nacimiento de Nuestro Señor Jesucristo y Pascuas, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Chiquero [rúbrica] =Quiñones [rúbrica] =Lacruz [rub rica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Arizmendi

[Se informa sobre los fondos que tienen en su poder el apoderado del cab ildo de S a n Juan en Santo Domingo.]

[S u Ilu strísima, doctor Felipe José de Tres Pa.lacios, notifica al cabildo s u designación como obispo de la is la.l

[Se tratan varios asuntos.]

133

[E.lecciones conre• jiles de 1784.)

(Confirm ación d e las elecciones con• cejiles y de alca:des de barrios.]

(Citación a los electos residentes en la ciudad.]

(Carta de comparendo para 1 o s electos ausentes.]

ACTAS DEL CABILDO

[rubrica] =Ante mí=Nicolds Aguayo [rubrica], escribano real y teniente de público. [f· 184 ]/ [1300]

[1 DE ENERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a primero de enero de mil s e tezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cab ildo para las elecciones de alcaldes ordinarios, de la Herma ndad y demás minis tros y oficios concejiles, como lo han d e uso y constumbre [sic], los señores don Domingo Dávila y don And rés de Quiñones, alcaldes ordinarios; d on Félix d e la Cruz, alguacil mayor; don Sebas tián de Va erga, fi el executor; don Antonio de Córdova , don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Miguel Xiorro.

Y habié ndose comfe r enciado la rg a m ente sobre tan inportante asunto y salieron electos los siguientes:

Para Alcalde ordinario de primer voto, don Miguel Xiorro , con seis votos.

Para el de segunda, don Francisco Andino, con ocho.

Procurador General, don Antonio de Matos, con siete.

Para P a dre general, don Tomás Pizarro, con siete.

Para Depositario de multas, don Antonio de [f 184• ]/ Córdova, con siete.

Para Mayordomo de proprios, don Eusebio Urquisu, con siete votos

Para Fiel contraste, Manue l Moxica, con nueve.

Para Alcalde d e la Hermandad del Sur, don F rancisco d e Burgos, con ocho.

Pa ra Alcalde del Norte, don Lorenzo Na ve do, con ocho.

Cuia elección , así h echa, se dirijió a su señoría, el señor gobernador y ca p itán general , y Ja co mfirmó, como la de alcaldes de b arrios; y en su virtud se mandaron llamar los que en esta ciudad residen, a quienes se les hizo saber la elección respe ctiva de sus emp leos ; y por los ausentes se mandó expedir carta para que comparezcan y darles la posesión de ellos por e l señor rexidor d ecano, don Antonio d e Matos, quien se l a dio e n este acto a don Francisco de Andino, de [ f. 185 ]/ alcalde ordinario de segunda elecci ón, y juró en manos del seño r rexidor decano; y el señor, su compañ e ro, don Miguel Xiorro, como de estilo, cumplir según sus obligaziones,

B4

a su leal saber y entender, y les puso en sus respectivos asientos. Lo mismo hizo don Eusebio Urquisu, de mayordomo de proprios, al que se le mandó dar fianza en bastante forma.

Compareció Manuel Moxica y aceptó y juró su oficio de contraste. También executaron lo proprio los alcaldes de barrios . Entró don Antonio de Matos y héchole saber su empleo de procurador general y lo aceptó y juró como los antecedentes . E igualmente se mandó poner copia del oficio que se pasó al señor gobernador y capitán general, con el decreto de su confirm ació n. Y se concluió este cabildo, que firmaron sus señoris con los [r. issv. ] / elexidos, de que doy fe =Domingo Davila [rúbri ca ] =Andre s d e Quiñones [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica]= Seba stian de Baerga [rúbrica] =Antonio d e Cordova [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Thomas Pizarro [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbri ca ] =Francisco de Andino [rúbrica] =Antonio de Mathos [rúbrica] =Eusebio Val ent in Urquisu [rúbrica] =Manuel Mu.xica [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica]=, esscribano público y de cabildo.

[1301]

[10 DE ENERO DE 1784.]

En Puerto Rico, a diez de [ f, 186] / enero de mil setecientos ochenta y cuatro años, compareció en esta sala don Jos é Loren zo de Navedo, alcalde de la Santa Hermandad electo de la Banda del Norte, y su merced, el señor r exidor decano , don Antonio de Córdova, diputado para este efecto, le recibió juram ento que hi zo por Di os, Nuestro S eñor, y una señal de cruz, so cuyo cargo ofreció cumplir bien y fielmente, a su leal saber y entender, con las obligaciones de su empleo, y lo firmó con su merced, de que doy fee.=Cordova [rúbrica ] = l osef Loren zo Nabedo [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica] , escribano real y teniente de público y cabildo. [f, 186v. ] /

[ANEXO UNICO.]

Señor Gobernador y Capitán Gen eral. Dirijimos a vuestra señoría la elezión hecha en este ayuntamiento, de al-

[Recibimiento de los alcaldes ordina rios y d el mayor• domo.]

[ Recibimiento del contras t e, de los alcaldes de barrioJ, y del procurador gene ral.)

[Provée se se copie en este Libro e l oficio d e l cabil d:> solicitando la conOrmación de las elecciones. y la confirmación datla por e l gobe ma• dor.]

[Recibimiento de don José Lorenzo d,e Navcdo como alcald e de la Santa Hem,andad de .a Banda del Norte.1

Confirmació n [ d e las elecciones concejiles.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
135

[Oficio del cabildo al gobe rnador solicitando la confi,¡mació n de las elecc iones concejiles y la de los a lcal des de b a r rios.]

[Gobernado r co,1firma las elecciones ]

ACTAS DEL CABILDO

caldes ordinarios, de la Hermandad y demás oficios concejiles, en la forma siguiente:

Para Alcalde ordinario de primera elección salió electo don Miguel Xiorro, con seis votos.

Para el de segunda elección, don Francisco de Andino, con ocho.

Para Procurador General, don Antonio de Matos, con siete.

Para Padre General de Menores, don Tomás Pizarra, con siete.

Para Depositario de multas, don Antonio d e Córdova, con siete.

Para Mayordomo de proprio s, don Eusebio Valentín Urquisu, con siete.

P ara Fiel contraste, Manuel Mcxica, con nueve votos.

Para Al calde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur, don Francisco de Burgos, con ocho.

Para el d el Norte, don J osé Lorenzo Navedo, con ocho.

En cuia inteligencia suplicamos a vuestra señoría se sirva comfirmar la citada elección y la de alcaldes de barrios, que adjuntamos, o determinar lo que fuere de su agrado. Sala Capitular de Puerto Rico, 1.0 de enero de 1784. Besan la mano de vu estra señoría (f· 187 ]/ sus más atentos servidores. Domingo Dávila = Andrés d e Quiñ de La Cruz=Sebastián de Vaerga=Antonio de Córdova=Bernardino de Aponte=José Dáv ila=Tomás Pizarro=Miguel Xiorro. Puerto Rico, l.º de enero de 1784.

Comfirmo esta elección y devuélvase para que se le dé a los electos la posesión de sus empleos. Daván .

Es comforme a su original, que queda archivado. Pu erto Rico, 12 de enero de 1784. Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[1302]

[12 DE ENERO DE 1784.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de enero de mil setezientos ochenta y cuatro, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre [sic], los señores don [ f, 187v·] / Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro , alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don Jos é Dávila, don Domingo Dávila y don José Dávila, rexidores, para tratar y com-

136

ferir las cosas tocantes al pro y útil de la r epública, a que concurrió el s e ñor procurador gene ral, don Antonio de Matos

El señor goberna dor y capitán general remitió a este cabildo un oficio del comandante de Milicias en que pide se recomponga la casa de Milicias por que se está cayendo; y a consecuencia de lo decretado por su señoría, se acordó s e pase al reconocimiento de ella para que puesto por dilig e ncia se proceda al formal de peritos de quienes, precedidos sus jur amentos , expongan con individualidad cu anto neces ite y el cuánto de su valor, comisionado todo al señor rexidor don Antonio de Córdova, y evacuado s e t r aiga.

El señor comisario de Cruzada pasó un oficio con re a l orden para que s a lga la ciudad a recibir [ f. 188 ] / la Santa Bula de Cruzada, el día 8 del pró ximo mes pasado, y se le contextó.

El señor procurador ge neral, don Antonio de Matos , presentó su e s crito d e bu en gobierno exponiendo varias cosas qu e se necesita n de rem e dio, y se proveió a tod o, s egún consta del decreto al pie de dicha expos ición.

Se acordó se saquen al pregón , como es co n s tum b r e [sic] , los pasajes y corrales vacantes, para lo qu e se c omisionaron a los señores alcalde ordinario de primera elecci ó n y r exidor decano y t a mbié n para el d e la cas a de Palo S eco.

Para las fiestas vo tivas d e Ca nd elaria, S a n Juan y Santa Rosa, a los señores alcalde primer o y alguacil mayor.

Para la s otras del Corpus y Santiago, a los seño r es alcalde s egundo y fiel executor.

Pa r a las cortes anía s , a los seño r es don Anto nio de Córdova y d on José Dávila. Y no habiendo otra cosa qu e acordar, [ f. 188•·] / s e cer ró es te cabildo y lo fi r m aron s u s señorías , de qu e doy fe. = Chi quero [rúbri ca ] = Xior r o [rúbrica] = Cor dov a [ rú bric a] = Apo nte [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica ] = Antonio d e M athos [rúbrica] = Ante mí = Y g na cio H e rrán z [rúbrica ] , esscrib ano de cabildo.

[Comandante Je las Milicias Disc i• plinadas s o licir a reparación de la casa-cuartel de dicha s Milicias. ]

[ Provéese para el reconocimiento d t.! la casa-cuartel de las Milicias Disci• plinadas a los efectos de determinar sobre su r e paración.]

[Oficio al cab il do para q ue en cor• poración salga a reci bir la Bula d e la Santa C.:ruzada.]

[El procurador genera l presenta escrito de buen gobierno.]

[ Pro véese para ia s uba sta en arreodamien to de los pasajes y corrales de pesca y de la c a s a d e Palo Se• co.J

[ Des ignación d e co mj sarios para las fie s tas votivas y para Ia rece¡J• ción de hué spedes distinguidos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
137'

[Designación de d :• putadas para en• tende r en apelación .]

[José Antonio López solici ta e 1 arriendo del" pasajo:: de Lofza.J

[Don J osé de Mat os solici ta cer ti• ficación de l os empleos d esemneñad os p or m iembros de s u famiHa.J

[

Provéese para la r eparación de la casa • cuarte I de las J\lil icias Disciplinadas.]

ACTAS DEL CABILDO [1303]

(19 DE ENERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de enero de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario, como lo han de uso y constumbre [sic], los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de [f, 189 ] / gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro, alcalde ordinario; don Félix de la Cruz, alguacil maior; don Sebastián de Vaerga, fiel execu tor; don Antonio de Córdova y don Bernardino de Aponte, rexidores, para tratar y comferir las cosas to cantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

José Antonio López se presentó pidiendo nombramient o de diputados para la apelación interpuesta ante las justicias ordinarias d el juicio que sigue con José García, y s e nombraron a los señores don Félix de Lacruz y don Bernardino de Aponte, baxo del juramento aconstumbrado [sic].

El mismo José Antonio López prese ntó otro escrito s obre el arriendo del pasaje de Loysa, haciendo postura de 1,000 pesos, y se le admitió cuanto ha lugar por derecho y que se tenga presente para en su debido tiempo [f, ts9v.J / con lo demás decretado en dicho escrito.

Don Jos é de Matos pidió que con arreglo a los Libros de cabildo se le provea de certificación, por mí, de los e mpleos que han obtenido varios individuos de su familia y se le entregue, y se d ec retó como lo pide.

S e t ra j ero n las diligencias de la casa de Milicias que según el cálculo hecho por los maestros asciende a 1,640 pesos su recompo si ción, se mandó hacer para lo que se diputó a] señor fiel executor.

[Se provee para ta matanza de 16 reses diarias para el abasto de carne. ]

[Se excluye por el m o m en to a lo~ ecles iásticos d e la cont ri bución d e pesa para el ab3.y to.]

El señor rexidor d ecano, don Antonio d e Córdova, trajo a este ayuntami ento d e parte de su señoría, el señor goberna d or y capitán general, los manifies tos de las reses de pesa d e los part idos d e esta jurisdicción a efecto d e hace r el reparto con respecto a diez y seis re ses diarias para ]a matanza, según y que hasta a ho ra se ha practicado, y sin incluir por ahora las p ersonas eclesiás ticas m ediante a h aberse sobre ello movido disputa sobre ello y te nido a bien el suspenderlo hasta [ f , 190 ] / las resultas d el s uperior recurso que su señoría tiene interpuesto; lo que así se acordó y diputó para ello a los señores don Anta-

138

nio de Córdova y don José Dávila. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Bae rga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Antonio d e Mathos [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H e rrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ f. t90v.] /

[1304]

[21 DE ENERO DE 1784.]

En Puerto Rico, a veinte y uno de enero de mil setecientos ochenta y cuatro años, compareció en esta sala capitular don Francisco de Burgos, alcalde de la Santa Hermandad de la Banda del Sur, a quien el señor rexidor decano, diputado, recibió juramento que hizo por Dios, Nuestro Señor y una señal de cruz, so cuyo cargo ofreció cumplir con su encargo bien y fielmente, a su leal saber y entender, y lo firmó con dicho señor diputado, de que doy fee.=Cordova [rúbrica] =Francisco de Burgos [rúbrica] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1305]

[26 DE ENERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto [f. 191 ] / Rico, a veinte y seis de enero de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro, alcalde ordinario; don Félix de Lacruz, alguacil maior; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general.

Se abrió un pliego dirigido por su señoría, el señor gobernador y capitán, en que expone que aunque por el capítulo 8.0 del Bando del Buen Gobierno se amplió la facultad de poner corrales en las bocas de los ríos en el tiempo de sovazón [sic]. con mexor reflexión lo prohibe su señoría permitiéndola solamente en los meses de enero,

[Recibimiento de don Francisco de Burgos como aJ. calde de la Santa Hermandad d.e la Banda del Sur.]

[Limitando a los meses de ener.>, febrero y mano de cada año el período durante el cual se pueden colocar corrales de pesca en las bocas di, los ríos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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[Doña Ana de Castro solicita certifi cación so b re empleos d ese mp eñad os po r su p adre, he rmanos y ma rido.)

[ Aprué ba nse k,s remates d e los p~s aj es y s e declara e l p r ec io de venta d e l pescado que pu ed e exieir el p as aj ero d e Loiza.J

[ Se p r e sentan la~ c uen ta s d e la construcció n de la pesc adería.]

[Se arrie nda la c as a de Palo Seco el pasaj er o d e dich o Juga r .)

[El te niente a gu erra de Toa Alta informa la introducció n de 19 res es e n di cho pa rtido. ]

ACTAS DEL CABILDO

febrero y marzo de cada año, a que se determinó por sus señorías que se contexte ( 1 - 191v. ]/ a dicho oficio.

Doña Ana de Castro pidió certificazión de que su padre y hermanos don José y don Andrés, alcaldes ordinarios, y su marido, don Casimiro Escovar, de la Hermandad, y se mandó dar.

Se aprobaron los remates y se declaró a favor de Andrés Santana el derecho de exigir un real y cuartillo por el arrelde de pescado, en Loysa, y real y medio en esta ciudad, baxo de cuio concepto remató el pasaje.

Se presentaron las cuentas de la pescadería, con recibos de ellas, y se dio vista al señor procurador general.

Vistas las representaciones del pasajero de Palo Seco y la de Juan Francisco Núñez sobre el arriendo de la casa de Palo Seco, se proveió en aquel expediente que, desde luego, la lleve dicho pasajero por el tiempo que le falta de su arriendo, por seis pesos mensuales, y que se remate en lo sucesivo incorporada en el pasaje.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron [f. 192 ] / sus señorías, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]= Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica]=Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica]=Mathos [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo

[1306]

[3 DE FEBRERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a tres de febrero de mil setezientos ochenta y cuatro, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel de Chiquero Saabedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Vaerga, [f· 192v] / fiel executor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

Dio noticia el teniente a guerra de Toa Alta, don Tomás Daza, haber pasado a aquel partido del de Río Piedras, catorce vacas, tres terneros y dos terneras, y s e mandó se archive este oficio con los demás que ocurran para instruzión de los señores rexidores en su oportunidad. Y no habiendo otra cosa, se cerró este cabildo y lo

14(;

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

firmaron sus señorías, de que doy fe . =Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica]= Mathos [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] esscribano público y de cabildo. [f, 193] / (1307]

[9 DE FEBRERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de febrero de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino , alcaldes ordinarios; don Sebastián de V,aerga, fiel executor; don Antonio de Córdova , don Bernardino de Aponte y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Los señores diputados del reparto de reses de la isla para el abasto trajeron a este cabildo los documentos correspondientes, y vistos se mandó llevar el extracto general a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su aprobazión y providencias de su cumplimiento, y qu e los demás papeles se archiven; pagándose 38 pesos que ha costado su instrucción, escribiente don Crisanto Vázquez, y papel, archivándose también el sobrante de una resma.

Se aprobó la cuenta de la construcción d e la pescade['· 193v,] / ría, importante 541 pesos, 3 reales y medio, y se mandaron pagar al mayordomo.

Don Diego Gonzáles tras ladó, con lizencia del señor gobernador, de su partido de Bayamón al de Jumacao, 5 vacas paridas, otra preñada, una ternera y un toro padrón, y se mandó archivar el documento de su cumplimiento.

La misma se presentó de Domingo Rodríguez, de Toa -Alta para Jumacao , d e 4 vacas, 2 novillas, 4 b ecerros, 2 terneros y 10 reses de ceba, y también se mandó archivar.

Don José Cebollero se presentó quejándose de don Francisco Rodrígue z de la Torre por que firma los escritos, en causa que exhibió, no siendo abogado recibido en este cabildo y pidiendo se testen sus firmas; y se mandó pase a la consulta del señor auditor.

El señor rexidor decano, don Antonio de Córdova, expuso de orden del señor gobernador que hallándose su señoría con el e ncargo y obligación d e as istir [ r. 194 ] / a

[ Se refiere al gobernador el e xtra cto del r eparto de res es para e l abasto de l a ciudad.]

[ Se provee el p ago de 38 pesos de gas tos incurridos e n la preparaci ó n de dicho extracto. l

[ Se aprueba la c uenta de la co nstrucción d e la pesc adería.]

íDon Diego González tras l a da 8 r ~s es d el partido de Bayamón al de H umacao.]

( Don Domingo Rodríguez tras lada 22 reses del p a rtid o de Toa A!ta al de H umacao.]

[ Don José Cebolle ro solicita se testeo l as firma s hechas en escritos no r d on F rancis=o Rodríguez de la Torre, quie n no es abogad o recibido po r el cab ildo .]

141

[Se solicitan pro• veedores de harina que puedan trae r• la de las islas ve• cinas.)

[Santiago Rijos se ofrece para la alu• dida mtroducción de harina.)

[Francisco Gonzá• lez queda en d ar su contestación so• bre la introduc• ción de harina de las islas vecinas.)

ACTAS DEL CABILDO

la subsistenzia del reximiento que ha de mudar los que están de guarnición y hallarse sin las competentes harinas para ello, se comvocasen los vezinos que pudieran conducirlas de las islas extranjeras con toda prontitud; en cuia inteligenzia y la de que son necesarios por ahora 400 ó 500 barriles, se mandaron comparecer a don Antonio Vieras, Santiago Rijos, Francisco González, Felipe Vaeza, José Concepción, Santiago Betún y Sebastián Moreno y todos, excepto Vaeza, por estar ausente, comparecieron en este cabildo y habiéndoles la proposición sólo Rijos se dispuso a hacer este emvío a 14 pesos y medio el barril de 8 arrobas netas.

Y González quedó en avisar de su respuesta en todo este día, para la que y lo demás que se ofrezca en el [f, 194 • ] /asunto, hasta cumplir el encargo de su señoría, se diputó al dicho señor rexidor, quien dará cuenta a este cabildo de lo que se resolviese. Y no habiendo otra cosa que acordar, se firmó y acabó este cabildo, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica=Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =An te mí= Y gnacio H erránz, esscribano de cabildo.

[1308]

[15 DE FEBRERO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de febrero de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, [1• 195 ] / teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Miguel* Félix de la Cruz, alguacil maior; y don Antonio de Córdova, rexidor, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y no concurrió don Bernardino de Aponte por haber avisado por el portero que se halla emfermo.

[Se acepta post,t• ra hecha poi Jua,1 de Aquino respecto a! arrendamiento del local de la pescade ría y se provee se saque al pregón y remate dicho 1:>· cal.)

Juan de Aquino presentó escrito diciendo que por la nueva casa de pescadería daba SO pesos anualmente, de ·alquiler, para poner una tienda de pulpería dejando lugar a la venta del pescado, y se admitió la postura y se mandó sacar al pregón para el más que diere, y se diputaron a los señores don Miguel Xiorro y don Antonio de Córdova.

Se presentó escrito por don Vicente Ramos pidiendo

* En el original aparece tachado.

142

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

al cabildo que a su derecho comvenía se sirvan sus señorías exponer su concepto sobre si María Romualda Caravallo podrá [f 195v.] / igualmente por sus natales casarse con el caballero rexidor don Sebastián de Vaerga, cuios documentos y executoría de nobleza son aprobadas por este cabildo y fuera de ello notorios y descubiertos; y si podrá igualmente Antonio Caravallo o alguno de sus hijos ser admitido en este ilustre ayuntamiento para algún oficio de rexidor, alcalde ordinario o algún otro empleo honorífico, y el motivo por qué.

Por un otrosí presentó tres escritos de un tenor a efecto de que se sirva exponer en todos su censura original. Y por segundo otrosí, representa que por cuanto el señor teniente de gobernador, como asesor nato, ha prestado su disenso, se sirva el cabildo no aconsejarse con dicho señor en esta instancia. Lo que visto y comferencia do y respecto hallarse sus señorías discordes, se acordó que cada uno de dichos señores inform ase por separado en dicho expediente, lo que así se practicó, habiéndose acordado enseguida de todo por el señor teniente de gobernador que quedase reservado [ f. 196 ] /en poder del presente escribano hasta tanto que por el tribun al competente se pidan, en lo que se comformaron los señores capitulares a excepción del señor don Félix de la Cruz, que su dictamen es que se entreguen a la parte los tres expedientes para el uso que le comvinies e.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Entre renglones, se pidan. Vale.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1309]

[1

DE MARZO DE 1784.]

[Don Vicente R11mos s olicita del cabildo exponga su parec:er sobre si Maria Romualda Caravallo p u e d e contra er nupcias con el regidor don Sebastián d e Vaerga y si Antonio Caravallo o alguno de sus hijos puede ser elegible a oficios c a p i tula• res.]

[Don Vicente Ramos presenta tres esc r ituras solicí• ta del cabildo que en la instancia que él eleva ante• riormente no se asesore con el teniente de gobe rnador. l

En la ciudad de San Juan [f· 196v·] / de Puerto Rico, a primero de marzo de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular, como lo han de uso y costumbre, los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova 143

[Se acuerda que quede res ervado y en poder del escribano la instancia y expedien tes presen- tados por d o n Vicen te Ramos hasta que el tribun~I competente los requie ra.]

[Gobernador s olicita del cabildo con vooue a aquellos vecinos que .,uedan hacerse oeargo del diari ? abastecimiento de agua para la ciudad.1

(Cabildo cumpli • menta petici ón del ¡obemador.]

[Comparecen pos1ores para el suministro de harina ]

[Santiago Rijos hace la postura má s baja para la provisió n de h arina. l

ACTAS DEL CABILDO

y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

En este cabildo se hizo presente por el señor rexidor alguacil mayor, de orden de su señoría, el señor gobernador y capitán general, que respecto a la escasez de agua que se experimenta en esta ciudad se acuerde lo más conveniente a subvenir a esta necesidad, convocando a aquellos vecinos que se juzguen con posibilidad para hacerse ca rgo de conducir diariamento [sic] el agua que se necesite en esta plaza. En cuya virtud se hicieron comparecer a don José García, don Nicolás Matías Fernández, José Concepción Diez, y Andrés de Santana, y habiéndose excusado de entrar en esta propuesta los tres últimos, dijo el primero le era necesario saber la noticia de a quienes y qué [ '· 197 ] / porción de agua deban consumir diariamente y que en su inteligencia se resolvería.

A consecuencia de la comisión dada por este ilustre ayuntamiento, en acuerdo de nueve de febrero, para la conclucción o envío de la citada cargazón de harina, en dicho acuerdo el señor rexidor d ecano , don Antonio de Córdova, expuso que habiendo hecho comparecer ante sí a Francisco Gonzáles Borboya , Vizente Gómez, Felipe Baesa y a Santiago Rijos, después de hechas las posturas de catorce pesos, trece y seis reales, trece y medio, trece, puso la última Santiago Rijos en doce pesos y cinco r eales, por las ocho arrobas de harinas, netas, de buena calidad, a cuyo precio se obligó a darla a los panaderos con las reposiciones necesarias.

[Se p rese nta cuenta de gastos d e construcción d e 1 matader o.]

[ S e aprueba la cuenta y se provee para su pago.]

rse autoriza pa¡zo de otros gastos h echos en r elación con la camicerfa.J

[Don Manue l Pé r~z prese nta las c uent as d e su mayo rdomía.]

[Se tratan varios a s untos.]

En este mismo cabildo se presentó el señor procurador general que acabó de ser, don Miguel Antonio de Arizmendi , con la cuenta de lo consumido en el matadero que se pus o a su cargo, cuyo importe es de quinientos cincuenta y tres pesos, dos reales y diez y nueve maravedíes; y habiéndose aprobado se mandó satisfacer alma-['· 197•-] / yordomo de proprios, precedido el visto bueno de su señoría, el señor gobernador y capitán genera l.

Asimismo se presentó el señor alguacil mayor, diputado de mes, con una cuenta de seis pe sos gastados en varias co mpras para la carnicería, y también se mandó satisfacer.

Don Manuel Pérez hizo presentación de las cuentas de su mayordomía del año próximo pasado, y se mandó dar vista al señor procurador general; con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Xio rro [rúbri ca] =Andino [rúbrica] =Lacruz [rúbrica]=Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí

144

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. (f· 198 ] / [1310]

(8 DE MARZO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a ocho de marzo de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario don Miguel Xiorro, alcalde ordinario; don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y cornferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos, y no el señor alguacil mayor por hallarse en la diputazión.

Traje yo, el escribano, a este cabildo la sentencia de residencia, la cual se leió y mandaron sus señorías se guarde en el archivo.

Se aprobó el remate de la casa de pescade ría en Juan Bautista Aquino, en 50 pesos por todo este año y dejando lugar competente para vender el pescado.

Don Manuel Pérez, como mayordomo que fue el año pasado, pidió su alcance de cuentas que ha dado, y se mandó que en re-(f, 193v,] / sultas de la respuesta del señor procurador general se le proveerá.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Antonio de Mathos [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herr ánz [rúbrica], esscribano público y d e cabildo.

[1311]

(15 DE MARZO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quinc e de marzo de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron en esta sala capitular los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; y por no haber con- (f. 199] / currido los dem ás capitulares no se ce!ebró cabildo, mandaron sus

40 A.

[Lectura de la ser,tencia de residencia. ]

[Se aprueba arrendamiento de la casa de pescadeda en Juan Bautista Aquino.]

[Don Manuel P6rez solicita alcance de las cuentas de su mayordomía.]

[Por ausencia de los regidores no se celebra cabildo.]

145

[Se remite al cabildo copia del tratado de paz firmado entre Esp!l• ña y Gran Breta• íla.J

[ Se informa los esclavos siempre han sido los encargados de llevar la carga.)

[Se provee a los escritos de Eusebio Concepción y Ramón Montero.j

ACTAS DEL CABILDO

señorías se anote, y lo firmaron, de que doy fe.= Entre renglones, no se celebró cabildo. Vale.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica]=Andino [rúbríca]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo

[1312] [22 DE MARZO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de marzo de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel d e Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra, don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; y don Antonio de Córdova, rexidor decano, para tratar (f· 199•·] / y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El señor gobernador y capitán general remitió a este cabildo, por mi mano, un exemplar del tratado difinitivo de paz celebrado entre nuestra Corte y la de la Gran Bretaña, a fin de que se retenga para lo que sea comveniente, !o que se contextó y mandó archivar.

Se pidió imforme por el señor gobernador, a instant.:ia de los negros libres, sobre el carguío que lo quieren sólo los esclavos, y se imformó que este ayuntamiento siempre ha conocido correr las faenas que en él se expresan por los esclavos sin que en ellas se haian introducido otras personas negras o blancas que conora [ ? ] el origen y no sabe tengan privilexio a!guno en que se funden.

Se dieron otras providencias a Eusebio Concepción y a Ramón Montero en sus dos [ f. 200 ] / escritos, que se les devolvió. Y no habiendo otras cosa que acordar, lo firmaron sus señorías, de que doy fe . =Chiquero [rúbrica]=Xiorro [rúb rica] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1313]

[29 DE MARZO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y nueve de marzo de mil setecientos ochenta y cuatro años,

146

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Vaerga, fiel [f· 200v. ]/ ejecutor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Domingo Dávi!a y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república .

El mayordomo, don Eusebio Valentín, representó que hiendo a la contaduría en solicitud de los 100 pesos anuaJes concedidos para extraordinarios le piden justificazión de su mayordomo, por certificación mía, y se me mandó ]a diese.

El señor rexidor don José Dávi!a expuso que el pasajero Pedro Aguilar tiene ocupado el cuarto baxo de ]a casa del pasaje, que se le alquiló, lleno de sal, cuio perjuicio es iminente por la corrupción y destrozo que causa a ]as paredes, lo que necesita de remedio, y que siendo dicho cuarto destinado para alojo de los que vienen a pasar debe estar libre a este fin. Y se [r· 201 ] / mandó que !uego, luego saque la sal y deje libre el cuarto para aloxamiento de los vecinos que transitan, cometiéndose esta diligencia para su cumplimiento al mismo señor rexidor.

El señor rexidor decano expuso a nombre de su señoría, el señor gobernador y capitán general, que en este Acuerdo se tratase de comvocar los vecinos que pareciese pudiesen traer un a car gazón de harina, hasta 500 barriles , prefiriendo al que hici ese mexor postura en la venta de ella. Y entendido por los señores, mandaron comvocar a Santiago Rucos, a Francisco González, a Antonio Creus, a Manuel Pérez, a Pedro Carbone, a Felipe Vaeza y a José Concepción, enterándoles que los barriles han de tener ocho arrobas netas y conducidos por embarcazión español [sic]. Y habiéndose así [f. 201v·] / ejecutado a los susodichos y tenídose entre los postores varias pujas, se determinó la mexor que hizo Creus, de catorce pesos por cada barril de ocho arrobas netas, cuia noticia dixeron sus señorías se pase al señor gobernador, para que resuelva lo que sea de su agrado, por medio del señor rexidor exponente .

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica]=Ante mi=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. ['· 202] /

[ Ce rtifi ca c ió n para e l may ordomo don Euseb io Va lent m .]

[Ordé oas e al pasajero de Palo Scoo d eje libre el cuarto de es pera en la casa d e l pasaje.]

[ Anton io Cre u s .hace la mejor 1)()3· t u ra para el suminist ro de 500 barriles de harina.]

H7

[Reconocimiento de la Casa Cuartel de Milicias Dlscipli• nadas.]

[Se tratan varios a s untos.]

[Se declara sin lugar petición de l ex mayordomo don Manue l Pérez SO• bre reintegro d~ cli nero.J

ACTAS DEL CABILDO [1314]

[19 DE ABRIL DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y nueve de abril de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don F élix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián de Baerga, fiel executor; don Domingo Dávi la y don Tomás Pizarro, rexidores , para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concunió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

En este cabildo se presentó por el señor diputado don Sebastián de Baerga la diligencia de reconocimiento de la casa de cuarte! de Milicias, y se mandó se pusiese en execución. Con lo que y por no ha- [f, zo2v. ] / ber otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo qu e firmaron sus señorías, de que doy fee.= Xiorro [rúbrica] = Andino [rúb rica] = Lacruz [rúbrica] =Baerga [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Antonio de Mathos [rúbric a] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica ], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1315]

[26 DE ABRIL DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y seis de abril de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero S aavedra, teniente de gobernación y auditor de guerra; don Francisco de Andino, alcalde ordinario; don Bernardino de Aponte [f, 203 ] / y don José Dávila, r exidores , para tratar y comferir las cosas tocantes a l pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

Don Manuel Pérez pidió que respecto a que como mayordomo que fue el año p róximo pasado suplió a la ciudad 400 y pico de pesos, cuias cuentas están en vista del señor procurador general y no se han despachado, necesitaba 350 para pagárselos a quien se los había prestado; y se mandó no hab er lugar y que se le haga saber

148

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

al señor procurador general para que evacue las cuentas con la más posible brevedad.

El arrendador del pasaje de Loysa, Andrés de Santana, representó que con el motivo de haberse mandado por el señor gobernador se derribe el corral de pesca y que sólo se pongan en los meses de enero, febrero y marzo, no puede continuar en él por los perjuicios que le resu.Jtan y hacía dejación de él, y de todo se dio vista al señor procurador general. [f. 203v.] / Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Andino [rúbrica]= Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Mathos [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1316]

[4 DE MAYO DE 1784.]

Nota: Que no se cc..lebró cabildo, hoi, cuatro de mayo, por no haberse juntado en esta sala mas que el señor alcalde don Francisco Andino y el caballero rexidor don Tomás Pizarro y estar en diputación los caballeros rexidores don Antonio [ f. 204 ]/ de Córdova y don B ernardino de Aponte, lo que así se mandó anotar por el dicho señor alcalde, y lo firmaron sus merce des, de que doy fee. = Andino [rúbrica] = Pizarro [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

[1317]

[10 DE MAYO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de mayo de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes

[Urgese del procu• rador general evacuación de 1 a s cuenlas del ex mayordomo Manuel Pérez.]

[Andrés de Santana renuncia al a.rrendamiento del pasaje de Lolza. J

[No se celebra cabildo por ausencia de capitulares.]

149

[ Se recibe y acata Utulo de teniente d e rey extendido a favor de don Fran• c isco Torralbo.]

[Gobernador remite copia d el acta d e la segunda junta d e accionistas d el Banco Nacional de San Carlos.]

[Se declara sin lugar reba ja solicitada por e l ar~nd atar io del corral de Loíza.] [Procurador general informa sobre cue ntas d e l mayordomo Manuel Pérez.]

ACTAS DEL CABILDO

ordinarios; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Bemardino de Aponte, don José [ 1 • 204v. ] / Dávila y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

En este cabildo, yo, el presente escribano, leí letra a l etra un real título de su majestad, su data, en El Pardo, a 21 de marzo del corriente año, en que se sirve hacer merced al señor don Francisco Torralbo, teniente coronel y serxento maior de esta plaza, de teniente de rey de ella; el decreto proveído en primero d el prese nte mes, por su señoría, el señor gobernador y capitán general, y el juramento que en cuatro del mismo hizo.

Y concluído, se acordó tomarlo este ilustre ayuntamiento en sus manos, besarlo y ponerlo sobre su cabeza como carta y rescrito soberano y que en todo se cumpla su real disposición, según y como en él se expresa y manda, y que tomándose razón en los Libros Capitulares se le d e vuelva el original a dicho señor teniente rey, con lo s testimonios que pidiere.

El señor gobernador y capitá n general remitió a este ayuntamiento por mano de mí, el escribano, un exemplar en la segunda junta de accionistas del Banco Nacional de San Carlos para qu e quede instruído [r, 2J5 J / de sus progresos, e n cuia intelige ncia se acordó que se archive.

Res pondió el seño r procurador general a la instanzia del arrend amiento d e l corral de Loysa, y se decretó no h aber lugar a la rebaxa que pide e l arrendatario y que sintiéndose agraviado d e la providencia que expresa ocurra al tribunal donde dimana , citando a quien tu vies e por comveniente, para qu e l e pare el perjuicio que h a ia luga r y con r eserva.

Respondió t a mbié n el señor proc u ra dor general a l as cuentas y se d io traslado al mayordomo por término d e segundo día y con lo que dij e re o no se lleven para su revisión a los señores don Félix d e la Cruz y don S ebastián Vaerga .

[Designación d e c:Ji putados para entender en apelactó n ]

Domingo de Vargas por s u p rocurado r se presentó en grado de apelazión del pleito con Baltazar López, y se nombraron de diputados a los s e ñor es don Antonio de Cór-[ f, zosv, ] / dova y don Bernardino de Aponte, cometiéndose el juramento al señor don Sebastián de Vaerga.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Entre renglones, de teniente de rey de ella. Vale.=Chiquero [rúbrica ] = Xiorro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Piza-

150

rro [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo.

[1318]

[17 DE MAYO DE 1784 .]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a diez y siete de mayo de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino , alcaldes ordinarios; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Bemardino de Aponte y don [f· 206] / José Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Domingo de Vargas recusó al señor don Antonio de Córdova en su diputazión del cabildo antecedente, y habiéndosele por recusado se nombró al señor alguacil mayor Don Fé lix de Lacruz.

Marcos Albarez pidió se traspasas e un tributo de la ciudad de 1,300 pesos, a que era obligado Antonio Caballero, y dio por sus fiadores a don José Ram.írez, a José Denis del Castillo y a Ignacio de la Cruz, y se le admitió otorgando la escritura correspondiente.

Los señores diputados revisores de las cuentas del mayordomo que fue don Manuel Pérez expusieron sobre ellas y se le volvió a dar vista.

El señor rexidor don José Dávila expuso que de orden de su señoría, el señor gobernador y capitán general , comunicada al señor don Antonio de Córdova, quien no ha podido concurrir a este cabildo por hallarse de diputazión, que fuesen convocados los vecinos que se tuviesen a bien para el envío [f. 206•·] / de harinas por no haberlas en la pla[za], facilitando la saca de frutos del país por la fa!ta de dinero para las mencionadas harinas y víveres que se les señalen, y que admitidas las proposiciones se remate en quien más ventaja hiciere al público. En cuia virtud se llamaron a d on Valentín Martínex, a don Antonio Viera, a Santiago Rijos, a Juan Antonio Moreyra, a Francisco González, a Antonio Creus, a don Manuel Pérez y* a don Nicolás Femández, a Manuel Silencio y a José Concepción; y todos concurrieron, excepto Francisco González por hallarse ausente; y porque Juan Antonio Moreyra representó por las proposiciones suias las había hecho por medio de su compañero Joaquín Plaza, en su memorial al señor

* Aparece tachado en el original.

[ R e e u s ación y reemplazo de cliputado para entender en apelación.]

[Se admite tra.;paso de censo en Marcos Albarez ]

[Informe de los co mi sionado s para revisar las cuen tas del mayordomo Manuel Pérez.]

[Se solicitan abastecedores de harinas.]

[Se convocan posibles abastecedor.!t> de la harina.]

JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
SAN
151

[ Se hacen postura s al abastecimien to de harina.]

[Se com1s10na al regidor don J os.! Dáv ila para que entienda en las propues tas que sobre el abastecí• miento de harina formulan don Nicolás Femández y J osé Concepción.]

ACTAS DEL CABILDO

gobernador; que don Nicolás Fernández expuso las pondría en dos días; José Concepción en el día de maña [sic]; que Santiago Rijos prometió dar a 17 pesos el barril de harina admitidas las proposiciones; y que Antonio Creus también las admite con tal de que se !e faculte [t. :m] / la extrazión de víveres que le acomoden y traer en retorno los que le parezcan, sin que se le limite dicho retorno y se le prevenga con mu cha anticipazión el viaje, dand o la harina a 16 pesos y medio. Sobre todo esto acordaron sus señorías que el señor rexidor don Jos é Dávila lleve el extrato [sic] hecho y oiga las proposiciones que ofrecen dar Fernández y Concepción, y en vista de todo. solicitando y averiguando la más ventajosa, la pase a su señoría, el señor gobernador y capitán general, para su digna determinación, a cuio fin se le dio a dicho señor rexidor la facultad y diputazión de este asunto.

[Se p resenta estimado del costo d:: una caballeriza y una cocina para la casa • cuartel de las Mijj cias Disciplinadas.]

El señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga, expuso que en el próximo pasado cabildo representó que por el mayordomo de proprios había dado orden el señor gobernador para que en la casa de Milicias se hiciese una caballeriza para cuatro caballos, y cocina, y que habi- ['· 207v. ] / éndose resuel to ver balmente se impusiese d el costo qu e había de tener uno y otro y diese cuenta, la dá con efecto de 150 pesos entrando la texa que se ha de aprovechar de la casa, madera que se quitó de ella, en cuia inteligencia acordaron sus señorías que se execute.

[ Se solicita estimad o de costo de cons trucción de u n alj ibe en la casacuartel de las Mil i c i a s Disciplina das.]

Igualmente exp uso el citado señor rexidor que por orden del señor gobernador, comunicada al señor rexidor don Antonio de Córdova, se mandaba se abriese un aljibe en la citada casa y lo representa para la determinazión debida, en lo que acordaron sus señorías se traiga para otro cabildo el importe más o menos de lo que pueda costar el aljibe, para resolver. El señor don Antonio de Córdova no concurrió por los motivos que arriba se expresan, ni don Domingo Dávila por emfermo.

Y se cerró este cabildo , que firmaron s us señorías _ d e qu e doy fe =Xiorro [rúbrica]=Andino [rúbrica] = Baerga [rúb rica] =Apont e [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí = Y gnacio H erránz [rúbrica], escribano de cabildo. [ f. 208 ] /

152

[24 DE MAYO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y cuatro de mayo de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Bernardino de Aponte, don José Dávila, don Tomás Pizarro y don Domingo Dávila, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. Entró el señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga.

Respondió Manuel Pérez a las articulaciones de sus cuentas y se dio vista de todo al señor procurador general.

En este cabildo a consecuencia de la diputazión comferida al señor don José Dávila, en el anterior, expuso en cumplimiento de ella, que habiéndosele presentado Antonio Creus y Santiago Rijos ofreciendo traer cada barril de harina para el surtido de esta plaza siempre que se le mande y con las condiciones de [ f. 208•·] / sacar frutos de la i1sla para las extranjeras, como se previene en los cedulones, y que se le haya de preferir al tiempo de su venta a otro cualesquiera al precio de catorce pesos y medio, lo hacía así presente al ilustre ayuntamiento para que en su inteligencia y en la de no haber comparecido Nicolás Fernández y José Concepción, como ofrecieron, ni otro alguno que hiciese más beneficio, acordase lo que tuviese por conveniente; en cuia inteligencia acordaron se dé cuenta de todo a su señoría con testimonio de esta acta, por medio del señor comisionado, para que en su vista resuelva su señoría lo que hallase más conveniente a beneficio de la causa pública.

Y *El ,señor fiel executor, a consecuencia de lo acordado en el antecedente sobre el aljibe en la casa de Milicias , expuso que para su construzión imformaron serían menester 450 pesos, más o menos, lo que hace presente para la debida resoluzión; y acordaron sus señorías que con respecto a no haber en el día caudales existentes para su construcción se tenga presente para cuando haya, y se ['· 200] / participe a su señoría, el señor gobernador y capitán genera!. Y no habiendo otra cosa que acordar, s e

* Aparece tachado en el original.

[F..l ex mayordomo don Manuel Perez contesta los reparos levantados a s u s cuentas d e mayordomJa.]

[El regidor don José Dávila infor• ma sobre las condiciones bajo 11!-S c u a I e s Antoruo Creus y Santia¡¡o Rijos ofrecen ha• cerse cargo del abastecimiento de harina.]

[Se presenta esti• mado de costo de la fabricación de uo aljibe en IJl casa • cuartel de Milicias Disciplinadas]

SAN JUAN BAUTI STA DE P UERTO RICO
[1 319]
153 •

[ El rey ordena la celebración de c abildo abierto para tratar sobre el empedrado de las calles.]

[Celebración d el cabildo abierto.]

ACTAS DEL CABIWO

ce rró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica]=Xiorro [rúbrica]=Andino [rúbrica] = Lacruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica ] = Piza 1·ro [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [I · 209v. ] /

[ 1320]

[2 DE J UNI O DE 1784 .]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico , a do s de junio d e mil setecientos ochenta y cuatro años, p ara efecto de dar cumplimiento a la real orden, fecha e n El P ardo , a veinte y ocho de fe b rero de este año, e n que e! excelentísimo señor don José d e Gá l vez previene a su señoría, el señor gobernador y capitán general de es ta isla, de orden de su majestad (que Dios guarde), que en cabildo abierto de este ayuntamiento y con asistencia d e todos l os ingenieros y de algunos d e los principales vecinos d e esta población se trate y ven til e el punto interezante de empedrar s us calles; mandó su señoría, dicho señor gobernador y capitán general, se celebrase este cabildo y que se citasen para su concurrencia a él, en primer lugar, a l os señores capi tulares, y enseguida, a los sujetos que menciona la dicha real orden; y con efecto concurrieron junto con su señoría, el referido señor gobernador y capitán general, los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Félix de Lacruz, alguacil mayor; don Sebastián de Baerga, fiel exe- [ f· 210 ] / cutor; don Antonio de Córdova, don José Dávila, don Tomás Pizarra y don Domingo Dávila, rexidores; don Juan Francisco Mestre, teniente coronel y comandante de ingenieros ; don Carlos Masdeu, teni ente coronel e ingeniero del <letal; don Ramón Villalonga y don Juan Pardiñas , teniente y subtenien te del mismo cuerpo; don Severino Xiorro, t eniente coronel retirado; don Pedro Vizente de la Torre, sargento mayor de la antigua milicia; don Miguel Antonio de Arizmendi, don Joaquín P over y d on Agustín Antonio Valldejuli; sobre cuyo asunto se trató y conferenció largamente en tre todos los señores concurren tes, proponiendo cada uno su parecer, y por último, se res o lvió diferir su decisión para otro cabildo para e n ínte rin tomar los medios m ás prudentes [ f. 210v·] / y convenientes al cumplimiento de la pre dicha real orden, l a que su señoría man d ó

154

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

copiar a continuac ión; y lo firmó con los demás señores, de que doy fee.=Dabán [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Andino [rúbrica = Lac ruz [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Juan Fra ncisco Me s tre [rúbrica] = Ma s d eu [rúbrica] = Villalonga [rúbrica] = Pardiña s [rúbrica] = Xio rro [rúbrica] = Pedro Vizente de la Torre [rúbrica] = Ari z mendi [rúbrica] = Pov er [rúbrica] = Valldejuli [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano rea! y teniente d e público y cabildo. [ f. 211] /

[ANEXO UNICO

Enterado el rey del co ntenido de la carta de vuestra señoría, de veinte y cuatro d e agosto último, número 60, y del de la r epresentación que acompaña y le hizo ese ingeniero comandante so bre l a dis minución progresiva que ha ido teni endo el fondo de este puerto, causas d e este d año y medios de repara rlo, se ha servido su majestad resolver: Que e n cabildo abierto de ese ayuntamiento, y con asistencia de todos los ingenieros y de algunos d e los princi pales vecinos de esa població n, se trate y ventile el punto in t erezante de empedrar sus calles, se medi t en y propongan los arbi tri os m ás efectivos y menos gravosos que podrán toma rse para ello, y que hecho el presup uesto d el costo, dé vuestra señoría cuenta de todo para que con el debido conoci miento pueda resolver su majestad sobre el asunto; lo prevengo a vuestra señoría de su real o r den para el más pronto y efectivo [ f. mv. ]/ cumplimiento . Dios guarde a vuestra seño ría muchos años . El Pardo , veinte y ocho de febrero de mil setecientos ochenta y cuatro. = Gálvez = Señor Gobern ador de Puerto Rico.

Corresponde con !a real orden original de su contenido, que devo l ví a s u señoría, el señor gobernador y capitán general . Puerto Rico, dos de junio de mil setecientos ochenta y cuatro años. Nicolás Aguayo [rúbrica] , escribano r eal y t eniente de público.

[1321]

[

7 DE JUNIO DE 1784]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de junio de mil setecientos ochenta y cuatro años , se junta-

[ Real orden de 13 de febre ro de 1784 proveyendo para la celebración de ca• bildo abierto e n que se trate sobre e l empedrado d-, las calles y se propongan los arbi• trios menos gravosos para llevar a efecto esta obra.]

155

[Vicente G a r c fo p re.;enta inforrn ación d e limpiez'.l d e sang re. ]

[El ex m ayor d omo d o n Manue l P ér ez solicita e l alcance d e s us c ue11tas d e mayordomía. ]

[El gob erna do r o rdena que en io. casa que el ca bildo tiene e n Palo S eco se provea p ara e l alojamien to d e tres milician:,s y o ara la c onstrucción d e una caballeriza ]

ACTAS DEL CABILDO

ron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; y don Tomás Pizarra, rexidor, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. [f, 212 ] / Vicente García se presentó con una informazión de pureza de sangre pidiendo su aprobazión, y se decretó ocurriese al tribunal que le corresponde.

Don Manuel P érez volvió a reclamar el alcance de sus cuentas, y se le mandó pagar bajo de fianza de estar a las resultas de ellas, y que se unan a aquel expediente. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica]= Pizarra [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrán z [rúbrica], esscribano d e cabildo. [ f 2u•·] / [1322]

[14 DE JUNIO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de junio de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova y don José Dávila, rexidores , concurrió también el señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga, para tratar y comferir las cos as tocant es al pro y útil de la república.

El señor don José Dávila expuso, de orden de su señoría, el señor gobernador y capitán general, que se dispusiese en la casa de Palo Seco, propria de esta ciudad, un cuarto desocupado para aloxar un cabo y dos soldados milicianos que han de servir para correos de lo que ocurra en servicio de su majestad ; y asimismo , se provea una caballeriza para dos caballos, con su pesebre, cubierto de yaguas por la parte exterio r de dicha casa, y se acordó ['· 213 ] / que se reflexionará con la madurez que corresponde y para otro cabildo se resolverá.

[Se provee r esp ec• to a l caño y pozo h echo _par a los d esperdicios del m atad ero.]

También expuso el citado señor rexidor que e! caño hecho en el matadero para verter sus inmundincias [sic] estaba imposible de verterlas porque no llega a la mar, habiéndose hecho con este motivo un pozo que infesta aquel sitio y la carne; y se mandó que el dicho señor rexi-

156

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

dor provea del remedio pronto que necesita como cosa tan importante.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica]=Ante mi=Ygnacio H erránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f, mv. ] /

[1323]

[21 DE JUNIO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de junio de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarks; don Sebastián de Vaerga, fiel executor, y habiéndose conferenciado varias cosas quedaron para resolverse para otro cabildo, y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica=Ante mí= Ygnacio H errán z [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[1324]

[28 DE JUNIO DE 1784.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de junio de mil setecientos ochenta y cuatro años, se jun-[ f· 214 ] / taron a cabildo ordinario, como lo han de uso y con stumbre [sic] / los señores don Manuel de Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Félix de la Cruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la re• pública, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

Respondió el señor procurador gene r al respondiendo a la nueva vista que se le dio de las cuentas de Manuel Pérez, mayordomo que fue de propios el año próximo pasado, pidió que para conocerse excesiva la cuenta particular de la recomposición de las casillas se comis ionase a los mismos señores diputados para que a su pres encia y con citazión de Pérez hagan tasar por expertos el trabaxo y costo

[Se p ospone determinación sobre varios asuntos.]

[ Procurador gene• ral solicita se haga tasar por expert os la reparación de las casillas de venta, a los efectos de abonar sólo lo jus to a las cuentas del mayordomo d o n Manurl Pé rez.]

157

[Man u e 1 Figuera designado alcaict~ de cárcel.]

[Don Fé lix de Lacruz comisionado para entregar l os inve ntarios al al , caide d e cárcel y r ecit,ir d e és!e la fian za prefijada .)

ACTAS DEL CABILDO

de materiales y le admitan tasador de su parte si quisiere nombrarle, [f. 214 •·] / para que sólo se le abone lo justo, y se decretó como lo pide.

Habiéndose visto varios memoriales presentados por los pretendientes al empleo de alcaide de la real cárcel , vacante por fallecimiento de José Arsola, José Miguel de Castilla, Pablo de Rivera, Manuel de Figuera y José Polanco y Antonio Rodríguez; vista también la exposición d el señor procurador general en que pide que el nombramiento de tal alcaide se haga en persona de calidad, conducta y arreglado proceder y que sea de la confianza de sus señorías y con las seguridades ordinarias para su respo nsión; acordaron los señores nombrar, como con efecto nombraron, para la dicha alcaidía al dicho Manuel Figuera, con tal de que afianze hasta en cantidad de mil pesos, lo que verificado se le ponga en posesión, entregándole todos los libros, papeles, enseres, y [r· 215 ] / efectos pertenecientes a dicha alcaidía, y los presos para que los tenga a su cuidado y disposición de sus respectivos juzgados, llevando en adelante los libros de asiento que corresponde, con la debida claridad, y exigiendo a los presos, con moderazión y con arreglo a las leyes, práctica y constumbre [sic], los derechos que deban satisfacer; haciéndolo así saber a Manuel Figuera y al mayordomo de propios para que desde el día de su posesió n le ,satisfaga con el salario aconsturnbrado [sic]; y para la entrega de inventario y otorgamiento de fianza en la forma que queda acordado, se comisiona al señor don Félix de la Cruz, cuia comisión sea extensiva para que dicha fianza sea a su satisfacción y para la práctica de todo ello y dar cuenta al cabildo, concluído que sea, con los documentos comvenientes para que le conste, participándose al mismo fin [l, 215•·]/ al señor gobernador y capitán general, por medio de oficio que, previas las solemnid ades de estilo, entregará a su señoría el presente esscribano. Y no habiéndose ofrecido otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Lacruz [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Antonio de Mathos [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ r· 216]/

158

[5 DE JULIO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a cinco de julio de mil setecientos ochenta y cuatro años, se j untaro n a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero y Saabedra, abogado de la Real Chancillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; y don Sebastián de Baerga, fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió también el señor procurador general, don Antonio de Matos.

En este cabildo se presentó doña Teresa Colón en grado de apelación de la sentencia pronunciada por el señor alcalde ordinario don Francisco Andino en los autos seguidos por su marido ausente, Manuel de Guzmán, con Bartolomé Montero sobre cobro de pesos; y se hubo por presentada nombrándose de juezes diputados a los señores don Sebastián Baerga y don Domingo Dá-[f, 216 •· ] / vila.

Asimismo, se presentó el nuevo alcaide de esta real cárcel haciendo presente varios reparos que necesita, y se diputó al señor alguacil mayor, don Félix de Lacruz, para que inspeccionado de ellos y averiguado su importe diese cuenta a este ilustre ayuntamiento para las demás providencias que correspondan.

Se presentó también el caballero rexidor decano, don Antonio de Córdova, con el título de contador de la mesa maestral de di ezmos para que se tornase razón en el Libro que corresponde, y se mandó hacer así y que se devolviese • • l ongma~.

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar , aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. - Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Mathos [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente público y cabildo . ['· 217 ] /

[Designación de di putados para ente.ader en apelación.]

[ El alcaide de la cárcel da cuenta de varia s reparaciones que urgen reahzarse en ésta.]

[Don An tonio de Córdoba pr~se1,t:1 título de contador de diezm os.]

[Se tratan Yarios. asuntos.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO [1325]
159

[No se ee! cbra cabildo por ausencia de varios capitulares.]

[Libramiento para satisfacer el gasto de reparación del caño de desagü e d e l matadero.]

ACTAS DEL CABILDO [1326]

(12 DE JULIO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a doce de julio de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron e n esta sala de ayuntamiento los señores don Miguel Xior ro y don Francisco de Andino , alcaldes ordinarios; y el señor procurador general, don Antonio de Matos, y por no haber conc urrido otros iseñores capitulares no se cele!::>ró cabildo y lo mandaron anotar, y lo firmaron, de que doy fe.=X io rro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Mathos [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica] , esscribano de cabildo.

[1327]

(19 DE JULIO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan d e Puerto Rico, a diez y nueve ( 1 • 211v• ] / de julio de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián Baerga, fiel executor; y don José Dávila, rexid ores, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.

En este cabildo se presentó el mayordomo, don Eusebio Valentín, con la cuenta del gasto hecho en la recompos ición del caño de desague del matadero, que por encargo del señor rexidor don José Dávila, comisionado, corrió con e lla; y se aprobó y mandó satisfacer su importe, de cuarenta y cuatro pesos, tres reales y veinte y siete maravediz, precedido el visto bueno de su señoría, el señor gobernador y capitán general.

[Se tratan vario, asuntos.]

Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunq ue se confe-( f. 218 ] / rendaron varias, se concluyó este cab ildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Xiorro [rúbrica ] =Andino [rúbrica] =Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica ] =Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo .

160

[ 1328 ]

[27 DE JULIO DE 1784. ]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de julio de mil setezientos ochenta y cuatro años , se juntaron a cabildo los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; y don Antonio de Córdova , rexidor, para tratar y comferir las cosas tocantes [ f. 21sv. ] / al pro y útil de la república, a que asistió el señor procurador general , don Antonio de Matos .

No habiendo cosa particular, se cerró e ste cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe. = Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Cordova [rúbrica] = Matho s [rúbric a] =Ante mí=Ygnacio H e rránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1329]

[3 DE AGOSTO DE 1784. ]

En Puerto Rico, a tres de agosto de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron en esta sala capitular los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; y el s e ñor procu r ador [f· 21 9] / general, don Antonio de Matos; y no habie ndo concurrido otros señores capitulares no se abrió cabildo, y lo mandaron sus señorías anotar, y lo firmaron, de que doy f e . = Xiorro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Matho s [rúbrica] =Ante mí = Ygna c io Herrán z [rúbrica], esscribano de cabildo .

[ 1330 ]

[9 DE AGOSTO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a nueve de agosto de mil setecie ntos ochenta y cuatro años, se juntaron en esta sala [ f 21 9v·] / capitular los señores don Miguel Xiorro y don Francis co de Andino, alcaldes ordinarios; don José Dávi!a y don Domingo Dávila, r exidores; y el señor procurador general , don Antonio de Matos, para tratar y oonferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, y no asistieron los s e ñores alguacil mayor, don Félix de 11 A.

[Se levanta sesión por n o h aber cos.~ particular a tratarse.]

(No se celebra cabildo por au sen c, a de va r ios ca pitulares.]

SAN JUAN
BAUTISTA DE PUERTO RICO
161

[Se tratan vari os asuntos. ]

ACTAS DEL CABILDO

Lacruz; fiel executor, don Sebastián de Baerga; y rexidor, don Antonio de Córdova, por haber participado, por medio del portero, hallarse enfermos.

En este cabildo se presentó Pedro de Agui!ar, arrendatario del pasaje de Palo Seco, con un escrito haciendo presente que los vecinos de Toa Vaxa conducían sus cargas por el río de Boca Havana, y se reservó para otro cabildo; y por no haber otra cosa, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este acuerdo que firmaron sus señorías, por ante mí, por imposibilidad del proprietario, de que doy fee.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Mathos [rúbrica] =Ante mí=loseph de Reyna [rúbrica], esscribano público. ['· 220] /

[1331]

[16 DE AGOSTO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y seis de agosto de mil setecientos ochenta y cuatro, a consecuencia del cabildo abierto que se celebró en el dos de junio último pasado para el justo fin de cumplir la real orden de su majestad, de veinte y ocho de febrero de este mismo año, sobre la precisa obra de empedr ar las calles de esta ciudad, se volvió a abrir cabildo al que concurrieron su señoría, el señor coronel de los reales exércitos, gobernador y capitán general, don Juan Dabán; los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián Ignacio de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores; los señores ingenieros don Juan Francisco Mestre, teniente coronel y comandante; don Carlos Masdeu, teniente coronel; don Ramón de Villa-['· 220v.] / longa y don Juan de Pardiñas, teniente y subteniente del mismo cuerpo; don Severino Xiorro y Díaz, teniente coronel retirado; don Pedro Vicente de la Torre, sargento maior reformado de las Milicias Urban as, antiguas; don Miguel Antonio de Arizmendi, don Joaquín P over y don Agustín Antonio de Baldejulli, vecinos, a cuio tiempo llegó el señor procurador general, don Antonio d e Matos , y también entró el señor rexidor diputado de m e s , don Tomás Pizarra .

Y pa ra acreditar de bien pensada la resoluzión debida a es te ta n importante asun í.o, se presentó por el señor comandante de ingenieros, do n Juan Francisco Mestre, e!

162
[Queja del arrendatario d el pasaJc de Palo Seco.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

cálculo prudencial meditado en el cabildo anterior citado, por el que se manifiesta mui por menor el costo que puede tener el empedrado de las calles situadas de Norte a Sur de la ciudad, que son las más precisas para el uso del público por lo pendiente de ellas, y cuio derrame precipita los terrenos simples conduciéndolos [f. 221 ] / ala bahía que la perjudica en el todo y hace ofensa al puerto y su entrada. - Y con refexión a que el importe de todo, según se calcula por calles (y bien puntualizado para conocer su arreglo), asciende a 20,174 pesos, 6 reales y 25 maravedies, entraron sus señorías a meditar el arbitrio sobre que pueda costearle; y después d e un largo, maduro, examen del estado de la isla, su mísera situación actual y que en cuanto ha dado la posibilid a d de sus h a bitantes tienen ya sobre sí excesivas cargas en los mismos terrenos que laboran, en los ganados que crian y aún en sus mismas personas por las guardias y vigías con que custodian las Puertas y sus proprias poblaciones, acordaron: ser único medio el de imponer una pensión equitativa sobre los frutos co-[r· 221•-] / mestibles que exportan y venden las embarcaciones de Europa y de esta América, a saber :

España. Sobre cada pipa de vino tinto, 9 reales; sobre Caldos. la media pipa, cuatro y medio. Sobre !a cuarterola, dos y cuartillo; y sobre el barril, de seis en pipa, uno y medio. Sobre cada barril de vino blanco, de seis en pipa , tres reales. Sobre el de una arroba del de Málaga, veinte y un maravedíes; y sobre el barril d e aguardiente de anís, de seis en pipa , cuatro y medio reales.

Comestibles. Sobre cada barril de harina, un real y medio. Por el de almendra, el quintal, uno y medio. El quintal de avellana, un real. El porrón de pasa, medio real. El barril de lo mismo, el quintal, un real. El de fideos, quintal, un real. Sobre el quintal de garbanzos, habichuelas, lentejas, etc., un real. Botijuela de aceite de a media arroba, medio real. Botija de azeitunas, lo mismo. Quintal de cebollas, un real. Ristra de ajos, dos maravedíes. Barril de [f. 222 ]/ dos arrobas de mantequilla, un real y medio . El quintal de quesos de Flandes, siete reales. El de bacalao, uno y tres cuartillos. Jabón, quintal, uno y medio.

[Se presenta e s timado de costo del empedrado de las calles que corren de Norte a Sur.]

[Cabildo propone arbitrios sob r e sé1iero s y comes ti.. b 1es importadM para allegar fondos necesarios para e l empedrado de las calles.]

163

Géneros . Frutos de América.

ACTAS DEL CABILDO

Géneros . Resma de papel, cuatro maravedíes. Quintal de cera, en pasta y labrada, doce reales. El de fierro, uno y medio. El de clavazón, uno y tres cuartillos.

Frutos de América . Cebollas de América, sobre el quintal, un real. Ristra de ajos, dos maravedíes. Quintal de carne de tasajo, un real. Botijuela de manteca de puerco, medio real. Quintal de quesos, tres reales y medio. El de pescado salado, un real El de jabón, uno y medio. Sobre la fanega de cacao, tres reales. Sobre la docena de cordovanes, un real y medio. La carga de tabaco en rama, cuatro. Y de cada toza de caoba, dos reales y medio .

Cuya exacción, dixeron -sus señorías, se debía entender para el solo fin de imvertirlos en la referida obra del empedrado, [r· mv. ] / debiendo cesar satisfecha enteramente esta atención. Y mandaron se dirija al señor presidente testimonio de este Acuerdo para que se sirva dar cuenta a su majestad , a fin de que se logre su real aprobación, archivándose el cálculo. Con lo que se cerró este cabildo y lo firmaron todos los señores de él, de que doy fe.=luan Dabán [rúbrica] =Miguel Xiorro [rúbrica] =Francisco de Andino [rúbrica] =Sebastian de Baerga [rúbrica] =Antonio de Cordova [rúbrica] =Bernardino de Aponte [rúbrica] = loseph Davila [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Thomas Pi zarro [rúbrica] =Anttonio de Mathos [rúbrica] =luan Francisco Mestre [rúbrica] =Carlos Masdeu [rúbrica] =Ramon de Villalonga [rúbrica] =luan Pardiñas [rúbrica]= [f· 223 ]/ Seberino Xiorro [rúbrica] =Pedro Vicente de la Torre [rúbrica] = Mi guel Antonio de Arizmendi [rúbrica] = loachin Pover [rúbrica] =Agustín Antonio Valldejuli [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo.

[1332]

[31 DE AGOSTO DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a treinta y uno de agos to de mil setecientos ochenta y cuatro, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino Aponte (f· 223•·] / y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y

164

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. En este estado entró el señor rex i dor don Sebastián Baerga.

En este cabildo se present ó don Manuel Colón, del vecindario de Arecivo, con una señal para los animales de su hato y criadero que tiene en el sitio de Hato Grande y Sabana Hoyos, por decir no tener ninguna y que no se mezclen con los de los condueños. Se dio comisión a don Juan Alonso Ramos para que con citación de dichos condueños se aprobase la citada señal.

También se presentó el señor don Sebastián de Baerga con la cuenta de lo gastado en l a construcción de la casa de Cuartel de Milicias, y se nombró de diputados a los señores don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila para su revisión. [t. 22~]/

En este mismo cabildo se recibió una carta remitida por don Lu cas de Fuentes, teniente a guerra de Bayamón, dando cuenta de haber introducido en su partido del de Loysa, don Francisco Díaz, diez reses, y se mandó archivar. Con lo que y por no haber otra cosa que acordar, aunqu e se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee. = X iorro [rúbrica] =Andino [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [f. 224 v.] / [1333]

[6 DE SEPTIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de septiembre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel de Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que no asistió el señor rexidor don José Dávila por hallarse emfermo.

[Manuel Colón pre senta 'I solici!.1 aprobación de la señal para su ganado.]

[Se prese nta cuenta de gastos de la c.onstrucción de la casa • cua rtel de Milicias Disciplinadas.]

[Se inform~ la introducción de die< reses en e l parti• do de Bayamón .J

[ Se tratan var ios asuntos.]

[ Traspaso de ceruo en don José García.]

Don José García se presentó pidiendo reconocimiento de 500 pesos censuales que tenía sobre sí don Cayetano de Quiñones y falleció, y se le admitió baxo la escritura que ofrece. 165

[Traspaso de censo en María Muñoz.]

[Queja de l pasajero de Pa10 Seco s oore conducción de vlveres por vecinos.] (Negros cargadores s olicitan a r a ncel para s us tareas de cargar.]

[Aprué banse gastos de r eed ificación de -la casa • cuartel d e Mili c ias Disciplinadas.]

[Se tratan vari os asuntos ]

ACTAS DEL CABILDO

Lo mismo pidió María Muñoz, de 400, a que es obligado don Manuel Guzmán, y también se la admitió baxo de escritura. [1 • 225] /

Se quejó e! pasajero de Palo Seco de David Quidlan, de Manuel García y Jos é Martínez sobre que éstos transitan víveres con sus canoas po r Boca Javana, contra el derecho d e su pasaje; y se proveió que has t a que en el s-:.icesivo remate o en la formazión de Ordenanzas se d eclara lo que corresponde, se siga la costumbre.

Los negros cargadores pidieron se les diese una regt!· ladón de lo que deben llevar por sus cargamentos a la plaza de las Puertas de !a ciudad, y se mandó que e l señor diputado de m es, don Félix de la Cruz, imforme, prece dida la competente instruzión.

Se aprobó la cuenta de la reedificazión de la casa de Milicias y se aprobó mandando pase al mayordomo para su data en la cuenta general. Y por no haber ocurrido otra cosa, se cerró este cabildo (f· 225v.] / y !o firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Xiorr o [rúbrica] =Andino [rúbrica]= Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herrám. [rúbrica], esscribano de cabildo .

[ 1334]

(13 DE SEPTIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a trece de septiembre de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron en esta sala capitular a efecto de celebrar cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Baerga, fiel exec utor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, asimismo, para tratar y confe- (f 226] / rir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Y por no haber cosa alguna que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo qu e firmaron sus seño rías, de que doy fee. = Xiorro [rúbrica] = Andino [rúbrica]=Baerga [rúbrica] =Cordova [rúb rica ] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí =Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo.

166

[1335]

[20 DE SEPTIEMBRE DE 1784.]

En la c iudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte de septiembre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel [f· 226•·] / Xiorro, alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, don Tomás Pizarro , y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república.

El señor alca!de dio cuenta que se hallaba con aviso del doctor don Juan de Arredondo, apoderado de este cabildo, para satisfacer por él 85 p esos que paran en su poder, resto de los que se le remitieron para expensas de los recursos de este cabildo en la Audiencia de Santo Domingo ; y se mandó se entreguen al mayordomo de proprios , dando recibo a dicho señor alcalde. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró es te cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica]=Xiorro [ rúb .-ica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1· 227 ]/

[1336]

[27 DE SEPTIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y siete de septiembre d e mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chique ; o Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Sebas tián Ignacio de Vae rg a, fiel executor; y don Domingo Dávila, r exidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

El mayordomo de la ciudad respondió que había r ecibido los 85 pesos del señor alcalde ordinario don Miguel Xiorro, re sto de los que debía el doctor don Juan de Aredondo [ sic].

Antonio Quiñones pidió por traspaso los 375 pesos que tiene de censo don Eusebio Mcnéndez, y se le negó.

[Sobran te de la partlda para recur• sos del concejo an• te la Audiencia de Santo Domingo a s e r entregado al mayordom o. ) [Mayordomo recibe s?bran te de pa1- tida enviada 31 apoderado en San• to Domingo.]

[De niégase trasp aso de censo.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RlCO
167

[Designación de d i• pu tadas para en• tender en apela• c ión ]

[El ex mayordom o Manue l Pérez se q ueja d e la di • !ación en liquidar s u s c uen tas ue ma yordomía.]

[Se levanta sesión por no te n e r se asun to alguno que acordar ]

ACTAS DEL CABILDO

Manuel Cintrón apeló para este cabildo de sentencia dada por el señor alcalde ordinario [ f. 227v.] / de segun d a elección, y se nombraron de diputados, habiéndose por presentado este recurso, a los señores don Félix de la Cruz y don Sebastián Ignacio de Vaerga, y se cometió el juramento al señor alcalde don Miguel Xiorro.

Manuel P érez se presentó quejándose de la dilación de r ecobrar lo que se le de b e de res ulta s de las cuentas que dio el año próxjmo pasado como mayordomo, y se de cretó que aún es tán pendjentes dichas cuentas y que en su oportunidad se le tendrá presente

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy f e.=Chiquero [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Andino [rúbrica] = Baerga [rúbri ca] = Davila [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio H errán z [rúbrica], esscribano de cabildo. ['· 228 ] /

[1337]

[S DE OCTUBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Pu erto Rico, a cinco de octubre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra; don Miguel Xiorro, alcalde o r dinario; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. No habiendo habido cosa alguna que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.= Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =.Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (f 22Bv. ] / [1338]

[11 DE OCTUBRE DE 1784. ]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a once de octubre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro

168

y don Francisco de Andino, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don José Dávila y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república.

Se han comferenciado varios asuntos y no habiendo cosa que resolver, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de qu e d oy fe.=Xiorro [rúbrica]=Andino [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Davila [rúbrica] =An te mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [ r· 229 ] / [1339]

[18 DE OCTUBRE DE 1784.]

Nota: Que hoy, lunes, diez y ocho de octubre, no se celebró cabildo por no haber concurrido más que el señor alcalde don Francisco Andino y el señor rexidor don Domingo Dávila, habiéndoseme mandado anotar así por dicho señor alcalde, de que doy fee.=Aguayo [rúbrica], esscribano .

[1340]

[25 DE OCTUBRE DE 1784.]

Nota: Que hoy, lunes, veinte y cinco de octubre de mil setecientos ochenta y cuatro, no se celebró cabildo por no haber concurrido mas que los señores don Miguel Xio rro, alcalde, y don Domingo Dávila, rexidor, lo que se mandó anotar por dichos señores, d e que <loy fe . =Herránz [rúbrica] . [r. r1.9v·]/

[1341]

[8 DE NOVIEMBRE DE 1784.]

En Puerto Rico, a ocho de novi embre de mil setecientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario

rSe lratan vario, asuntos.]

[ No se celebra cabildo por falta d e capit ulares. ]

[N<> se ce.lebra ca, bildo oor fa lt a de cap itulares.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
169

[Se recibe copia de la Real Ord~nanza e Instrucción de lntendeocia.]

rEl presbítero do:1 J:>sé Gutiérre, de Arroyo presenta ti· tulo de abogado de la Real Audiencia de Santo Domin• go.J

[Se tratan varios asuntos.]

[Comisión a don Antonio de Córdova y don Domingo D ávila para qu~ bagan el arancel solicitado por los negros cargadores.]

[Se refieren al procurador general ~tidones sobre los solares de Santiago.]

ACTAS DEL CABILDO

en esta sala capitular, como lo han de uso y costumbre [sic], los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Baerga, fiel executor; y don José Dávila, rexidores, para tratar y confe rir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que co ncurrió también el señor procurador general, don Antonio de Matos, y no lo hizo don Domingo Dávila por hallarse enfermo.

En este cabildo se recibió oficio de su señoría, el señor gobernador, intendente y capitán general, acompañado de copia de los artículos que comprehende la Real Ordenanza e Istrucción de Intendencia, y se contestó ofreciendo su puntual cumplimiento.

También se presentó el presbítero don José Gutiérres de Arroyo con [f, 230]/ el título de abogado de la Real Audiencia del distrito, y se mandó copiar en el Libro que corresponde y que se le devolviese original para su uso. Con lo que y no habiendo otra cosa que acordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de que doy fee.=Xiorro [rúbrica]= Andino [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Anttonio de Mathos [n.'lbrica]=Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y ca b ildo.

[1342] [15 DE NOVIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a quince de noviembre de mil setecientos ochenta y cuatro años, se [f. 2.JOv,Jf juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra ; don Miguel Xior r o , alcalde ordinario ; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; y don Domingo Dávila, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos.

En la instanzia de los negros cargadores se decretó que los señores rexidores don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila formen el arancel y lo traigan.

En la instanzia del presbítero García y otros sobre los solares de Santiago se d io vista al señor procurador. Y no habiendo habido otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe =Chiquera

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[rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Baerga [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Mathos [rúbrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [f. 231 ] /

[1343]

(22 DE NOVIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y dos de noviembre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro y don Francisco Andino, alcaldes ordi narios; don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro y don Sebastián de Vaerga, rexidores y fiel executor, para tratar y conferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Antonio de Matos. Se comferenciaron varias cosas y no habiendo resoluzión alguna, se cerró este cabildo, y lo firmaron, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Andino [rúbrica]~Baerga [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Mathos [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H er ránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. (r· 231v·]/

[1344]

(6 DE DICIEMBRE DE 1784.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a seis de diciembre de mil setezientos ochenta y cuatro años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Miguel Xiorro, alcalde ordinario; don Bernardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república. -

Por el esscribano de gobierno, de orden del señor gobernador, se trajo a este cabildo testimonio de la real cédula para que en estos reinos no se permita que los tribunales eclesiásticos tomen conocimiento sob :-e validazión ni nulidad de testamentos, inventaría, secuestro ni depósito de bienes que dejaren los testadores aunque sean clérigos y también sus herederos, alma u otras obras pías. Y habiéndose leído, la obedecieron sus señorías en la forma aconstumbrada [sic] y mandaron se archive.

(Se tratan vari.,s as untos.]

(Se recibe testimonio ele real cédula prohibiendo a los t ribun ales eclesiás• t icos entende r en validación o nu!t• dad de testamen• tos, etc,]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
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[ Presentación de papeles de nobleza ¡,or don Franc isco Goozález de la Borbolla ]

[Se aprueba a r ancel para negro s ca rgadores.]

[Compen saciones por pérdida s de so lare s.]

ACTAS DEL CABILDO

Don Francisco Gonzáles de la Borbolla presentó su filiación y papeles de nobleza, y se [ '· 232]/ mandó dar vista al señor procurador general.

Se presentó por los señores diputados el aranzel que instruía a los negros cargadores los derechos que deben llevar de las cargas que conducen de las dos Puertas de San Justo y San Juan a la plaza; y se aprobó mandando que por mí se les dé una copia para su uso y se archiven los originales .

Se determinó que a Pedro García se le den 17 pesos y medio por el solar que le había dado la ciudad y se lo quitaron para l a fortificazión; y a Manuel Sevilla quince por el suio, en consideración de lo mismo, a cuio fin se pase por mí el boleto correspondiente al mayordomo.

[Provéese para e l pago del s alario de l maestro.]

[ Elección del Año de 1785 J

Cristóbal Caballero pidió los 50 pes os que le están asignados anualmente por maestro de niños, y se decretó que cumplido el año ocurra al mayordomo de propios para que se le paguen.

El señor [ ' · 232•·]/ rexidor don José Dávila no concurrió por estar de diputación mensa!. Y don Sebastián d e Vaerga por hallarse enfermo. Y no habiendo otra cosa qu e acordar, se cerró este ca bildo y lo firmaron s u s señorías, dando punto comforme a la constumbre [sic], desde ahora, de que doy fe.=Xiorro [rúbrica] =Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] =Ante mí=Y~ nacio Herrán z [rúbrica]. esscribano público y de cabildo. [ '· 213] /

[1345]

[1 DE ENERO DE 1785.]

En la ciuda d de San Juan d e Puerto Rico, a primero de enero de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron en esta sala de ayuntamiento los señores don Miguel Xiorro y don F rancisco Andino, alcaldes ordinarios; don Félix de l a Cruz, alguacil mayor; don Antonio de Córdova, don Be rnardino de Aponte, don José Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para efecto d e proceder a la elección anual, que es constumbre [sic], y conforme a la ley de los oficios concexiles; y no concurrieron los señores don Sebastián de Vaerga ni don Domingo Dávila, el primero, por estar enfermo, y el segundo, por hallarse de diputaci ón. Y los señores electores d espu és de hecho el

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

escrutinio correspondiente a tan importante asunto fueron .comunicando los votos y sa-[r. mv. ]/lieron electos los siguientes:

Para Alcalde ordinario de primera elección salió electo el señor rexidor don José Dávila, con seis votos.

Para el de segunda elección, el teniente coronel don Severino Xiorro, con otros seis votos.

Para Procurador Gene ral, don Joaquín Power, con todos, siete votos.

Para Padre General, el señor don Domingo Dávila, con seis.

Para Depositario de multas , el s e ñor don Antonio de Córdova, con seis votos.

Para Alcalde de la Santa Hermandad d e l Norte , don José Osario, con sie te votos.

Para el de el Sur, don Gerónimo Aponte, con seis.

Para Mayordomo con la calidad de dar competente fianza, don Eusebio Valentín, reelexido.

Para Fiel contraste, Pedro Eüas, con siete votos

Cuia elección se dirijió a su señoría, el señor gobernador y capitán general, en oficio separado, para su comfirmación y la de los alcaldes [f. 234] / de barrio; y una y otra la comfirmó su señoría. En cuia virtud mandaron los señores se ponga testimonio de dicho oficio y comfumazión.

Y se llamaron a los electos, quienes aceptaron sus respectivos empleos y juraron en manos del s eñor rexidor decano, don Antonio de Córdova, por Dios, Nuestro Señor, y una señal <le cruz, de usar sus oficios bien y legalmente, como corresponde, a s aber, el señor teniente coronel don Severino Xiorro con el señor don José Dávila; don Joaquín Pover, don Eusebio Valentín y los alcalde s de barrio, don Joaquín Benedito Varriga, Francisco Noriega, Jos é Franco [?] y don Francisco Ayala, y a todos -se l es di o posesión sentándolos en el correspondiente a sus empl e os. Y por lo que toca a los ausentes, se expida carta llamándolos, y diputaron sus señorías al señor rexidor de m e s , don Domingo Dávila, para la posesión; [ r· 234v. ] / y con lo cual se concluió este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Mi guel Xiorro [rúbrica]=Francisco de Andino [rúbrica] =Felis de Lacruz [rúbrica] = Antonio de Cordova [rúbrica] = B e rnardino de Aponte [rúbrica] =Thomas Pizarro [rúbrica] =loseph Davila [rúbrica] =Seberino Xiorro [rúbrica] = loachin Pover [rúbrica] =Domingo Davila [rúbrica] =Eusebio Valentin Urquizu [rúbrica] =loaquin Benedito Barriga [rúbrica] =Francisc o Ayala [rúbrica]=

[Gobernador confirma las elecciones ]

[Recepción y j uramento de los n u evos f u ncionarios municipa les.]

[A despacha r se ca rta de comparend o para los elec tos ausentes.]

173

[Confirmación de las elecciones de 1785.J

ACTAS DEL CABILDO

Francisco Noriega [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio Herrdnz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1 • 235] /

[ANEXO UNICO]

Señor Gobernador, Intendente y Capitán General. Dirijimos a vuestra señoría la elección hecha en este ilustre ayuntamiento de alcaldes ordinarios, de la Hermandad y demás oficios concejiles, en la forma siguiente : Para Alcalde ordinario de primera elección, el señor rex.idor don José Dávila. con seis votos. Para el de segunda elección , el teniente coronel don Severino Xiorro, con seis votos. Para Procurador General , don Jo aquín Power, con siete. Para Padre General de Menores, el señor rexidor don Domingo Dávila, con seis votos. Para Depositario de multas, el señor rexidor don Antonio de Córdova, reelecto.

Para Alcalde de la Hermandad del Norte, don José Osorio Velasco, con 7 votos. Para del [sic] Sur, don Gerónimo Aponte, con seis . Para Mayordomo de p r oprios, reelecto, [con] calidad de dar fianza en forma, don Eusebio Valentín Urquisu. Para Fiel contraste, Pedro Elías, con siete votos.

Cuia elección suplicamos a vuestra señoría se sirva comfirmar y [f. 235•·] / la de alcaldes de barrios que incluimos, o d eterminar lo qu e fuere más de su superior agrado. Nuestro S eño r prospere la vida de vuestra señoría muchos años. Sala Capitular de Puerto Rico y enero 1 de 1785. Besan la mano de vuestra señoría sus más atentos servidores. = Miguel Xiorro = Francisco de Andino = Félix de Lacruz = Antonio de Córdova = Bernardino de Aponte =José Dávila = Tomás Pizarro = Puerto Rico, 1.0 de enero de 1785.

Comfírmase esta elección y devuélvase para que se dé posesión a los electos. Davan . =Ante mí=Ignacio Herránz, escribano de cabildo .

Es comforrne a su original, que queda archivado. Puerto Rico, 2 de enero de 1785. Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [f. 216 ] /

[1346]

[10 DE ENERO DE 1785.]

En Puerto Rico, a diez de enero de mil setecientos ochenta y cinco años, habiendo comparecido don José Oso-

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SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rio de Velasco, electo y comfirmado alcalde de Hermandad de la Banda del Norte, presente el señor rexidor don Domingo Dávila, diputado para su posesión, en esta sala capitular juró en manos de dicho señor diputado de usar su empleo comforme a las leyes y su leal saber y entender por Dios, Nuestro Señor, y una señal de cruz, según derecho, y lo firmaron, de que doy fe.=Davila [rúbrica] =loseph Ossorio y Velasco [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano de cabildo. [ f· 2.36v.] /

[1347]

[10 DE ENERO DE 1785.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez de enero de mil setezientos y ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don José Dávila y don Severino Xiorro y Díaz, alcaldes ordinarios; don Antonio de Córdova, don Bernardino de Aponte y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Pover.

Facundo Matanza presentó memorial, al señor gobernador, pidiendo 16 pesos , 3 reales, del costo del potro de dar tormento, que se le mandó hacer; y habiéndolo dirijido su señoría a este ayuntamiento, se acordó que el mayordomo de proprios lo satisfaga baxo del recibo y se le pasarán en data.

El maestro de niños, don Victoriano Aldea, pidió los 150 pesos de su sueldo señalado, y se le mandaron pagar por el mayordomo bajo de recibo. [ f· m ]/

El mayordomo de proprios presentó la escritura de seguro para sus cuentas, y se hubo por presentada y mandó se archive para su tiempo.

El señor provisor y vicario general dirijió a este cabildo su oficio suplicando composición de la calle que baxa del Palacio Episcopal a la Catedral, en lo que sea posible, a causa de hallarse mui barrancosa y esperar por horas al Ilustrísimo señor Obispo que padece la pensión de gota y es anciano. Y se acordó que los señores rexidores don Antonio de Córdova y don Domingo Dávila lo pongan en noticia del señor gobernador a fin de que se acuerde el mejor medio de dicha recomposición y menos costo, ínterin resuelve su majestad lo que del asunto se tiene representado.

[Recibimiento uc don José Osorio de Velasco c<>mo al• calde de la Santa Hermandad de la Banda Norte.]

[Libramiento para saúsfacer costo del potro de tonnento 1

[Libramiento oara pagar sueldo de maestro.]

[Ml\yordomo pre• senta escritura de seguridad para sus c uen tas.]

[Solicitase reparación de la calle que baja del Palacio a la Catedral.]

175

[ Se sacan a s ubast a los pasajes de P alo Seco, Manatí y Sibuco.]

[Nombramie n to de comisarios para las l'iestas votivas.]

[Nombramien to de comisarios p a r a honrar huéspedes distinguidos. ]

[ Procurador general solicita Ordenanzas para f am iliarizarse con las obligaciones de su cargo.]

(Mayi, r domo presenta sus cuentas ]

[No se puede proveer por e l momento la r eparación de :a call e qu e b aj a d el Palacio ET>iscopal a l a Cated ral. ]

ACTAS DEL CABILDO

Se mandó s acar al pregón y remate los pasajes de Palo Seco, Manatí y Sibuco, y se diputaron para ello a los señores don Severino Xiorro y don Domingo Dávila. ['· 237'·] /

Para las fiestas votivas d e Candelaria, San Juan y Santa Rosa, se diputaron a los señores don José Dávila y don Antonio de Córdova. Para las de Corpus y Santiago, a los se ñores don Severino Xiorr o y don Bernardino Aponte.

Para las cortesanías, a lo s señores don Miguel Xiorro y don Joaquín Pover En este tiempo entró el señor rexidor don Domingo Dávila.

El señor procurador gener al pidió las Ordenanzas para imponerse en las obligaciones d e su empleo, y se mandó la s solicite del señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga, en quien para la copia que rola por los señores rexidoresfieles executores. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica] =Aponte [rúbrica] =Davila [rúbrica] =Pizarro [rúbrica] = Pover [rubrica] = Ante mí = Ygnacio Herránz [rubrica] , escribano público y de cabildo. [ '· 238 ] / [1348]

[17 DE ENERO DE 1785.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a diez y s iete de enero de mil setezientos ochenta y cinco años, se j untaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro y Díaz, alcalde ordinario ; don Antonio de Córdova y d on Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y cornferir las cosas tocantes al pro y útil de la r epública, a que concurr ió el señor procurador general, don Joaquín Pover.

El mayordomo de proprios presentó su cuenta del próximo año pas ado y se dio vista al señor procurador gen eral.

El s eñor diputado rexidor don Antonio de Córdova dio cu enta de haber pasado con el señor rexidor don Domingo Dávila a irnformar a su señoría sobre el oficio que dirijió e l señor provis or y vicario general para la composición de la calle d el Palacio Episcopal; y habiendo respondido su señoría que estando dado cuenta a su majestad [r, 238'·] / sobre este asunto no se puede acceder a este intento, cuia respuesta se dio por este cabildo al expresado señor provisor.

176

SAN JUAN

BAUTISTA DE PUERTO RICO

Respondió el señor procurador general a las imformaciones presentadas por don Francisco González Borbolla, en que expone no ha y facultad en este cabildo para declarar la nobleza s in que se pasen por el Consexo de Indias a donde debe ocurrir; y se acordó que se hiciese como lo expone y se le d evolviesen a la parte.

El señor procurador general presentó el escrito de su cargo exponiendo varios capítulos relativos al gobierno y facultades d e l cabildo, y se mandó res ervar su providencia para cuando concurran los dem á s señores capitulares. Y no habiendo otra cosa que ac ordar, se cerró este cabildo y lo firmaron [ f. 239 ] / sus señorías , d e que doy fe.=Xiorro [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Pover [rúbri ca ] = Ante mí=Ygnacio H erránz [rúbrica ] , esscribano público y d e cabildo.

[1349]

[24 DE ENERO DE 1785 .]

En la ciuda d d e San Juan d e Puerto Rico , a veinte y cuatro de enero d e mil setezientos o ch e nta y cinco a ñ o s , se juntaron a cabildo ordinario los señores don José Dávila y don S everino Xiorro y Díaz, alca l des ordina rio s; don Sebastián d e Vaerga, fie l executor; don Miguel Xiorro, rexidor, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la repúbli ca, a que concurrió el seño r procurador [ f. 239v. ] / general, d o n J oaquín Pove r.

El señor procurador general respondió a las cuentas y pasaron a los señores don Antonio de Córdova y don Tomás Pizarro, rexidores, para que se revean como dip utado s que se nombraron.

Los a lguaciles representaron que no se le s pagaban sus citaziones, y se mandó que ocurran a los juezes r espec tivos, en cuios tribunales obran sus diligencias. Y por no haber otra cosa qu e acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, d e que doy fe. = Dav ila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica ] = Baerga [rúbrica] = X i orro [rúbrica ] = Pover [rúbrica ] = Ante mí = Y gnacio Herránz [rúbrica], escribano de cabildo.

[ P rocu r ador ge neral informa cabildo no tiene facultad para declarar nobleza de don Francisco Gonzá! ez Borb olla.]

[Procurador general presenta escrito de buen gobie rno.]

[Procurador general responde a las cuentas de mayord omía y éstas son referidas a dioutados.]

[Alguaciles se quejan no se les pa2a las citaciones . ]

12. A. 177

[Recibimiento de don Gerónimo de Aponte como alcalde de la Santa Herm andad de la Banda del Sur.]

[Deniégase desi stimfonto que hace el arrendador del pasaje de Palo Seco, y se le requiere la prestación de la fianza correspondiente.]

ACTAS DEL CABILDO [1350]

[26 DE ENERO DE 1785.]

En Puerto Rico, a veinte [ f. 240 ] / y seis de enero de mil setecientos ochenta y cinco, compareció en esta sala capitular don Gerónimo de Aponte, alcalde de la Santa Hermandad electo de la Banda, de la Banda [sic] del Sur; a quien el señor rexidor don Domingo Dávila, diputado para este efecto, le recibió juramento que hizo por Dios, Nuestro Señor, y una señal de cruz, so cuyo cargo ofreció cumplir con las obligaciones de su encargo füen y fielmente, a su leal saber y entender; y lo firmó con dicho señor diputado, de que doy fee.=Dávila [rúbrica] =Geronimo de Aponte [rúbrica] =Ante mí = Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y teniente de público y cabildo. [f, 240v,J /

[1351 ]

[31 DE ENERO DE 1785.]

En la ciudad de San J u an de Puerto Rico, a treinta y uno de enero de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro, alcalde ordinario; don Antonio de Córdova, don Ter más Pizarra y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Power En este tiempo entró el señor fiel executor, don Sebastián de Vaerga.

Se prese ntó el rematador de Palo Seco, Miguel de Acosta, queriendo desistir del remate, y se le negaron sus razones y se le mandó que otorgue la fianza que prometió de los 3,700 pesos, en que lo remató, dentro de tercero día, con apercibimiento de prisión, entendido que las resultas desde el día 22 del remate serán de su cuent·a. Para cuias providencias se diputaron a los mismos señores diputados del remate, don Severino Xiorro y don Domingo Dávila. [r, 241 ] / Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cab ildo y lo firmaron, de que doy fe . = Xiorro [rúbrica ] =Baerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Pover [rúbrica]= Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscrib ano público y de cabildo.

178

[1352]

[14 DE FEBRERO DE 1785.]

En la ci udad d e S an Juan de Puerto Ri co, a catorce d e febrero d e mil setecientos ochenta y cin co años, se juntaron a cabildo ordinario en esta sala capitular los señores don Manuel Chiquero y S aa b e dra, abogado de la Real Chancill ería de Granada, abogado de l a Real Chancillería de Grana d a [sic] , teniente de gobernador y auditor de [ r· 241 •·] / guerra; don Severino Xiorro, alcalde ordinario; don S e bas ti án de B aerga, fiel executor; don Domingo Dáv ila y d on Migue l Xiorro, rexidores, para tratar y conferir las cosas to can t es al pro y útil d e la república, a que concurrió tambié n el señor procurador general, don Joaquín Pover.

En este cabildo se presentó don Manu e l de Acosta con el título de escribano real, y se le admitió al uso y exercicio de él, y que anotándose en el Libro que correspo nde se le d evolviese original.

Se pres en tó tambi én e l alcaide de esta real cá rcel solicitando s e mandasen hacer veinte y cinco o treinta pares de grillos para los preso s, y ,se mandó se hici esen v einte y cinco, corriendo su cons trucción de s u cuenta y avisando en resultas.

Se presentó asimismo d on Manue l P é rez solicit an d o el curso d e las cuen tas que tien e presenta d as so bre la composición de las casillas, y se mandaron llevar las ['· 242 ] / dilig encias a l señor diputado don S e b astián d e Baerga para qu e p or sí solo les diese curso por h allarse ausente el otro diputado . Con lo que y por no haber otra cosa que a cordar, aunque se conferenciaron varias, se concluyó este cabildo que firmaron sus señorías, de qu e d oy f ee = Chiqu ero [rúbrica] =Xiorro [rúb rica ] =Baerga [rúbrica ] = Davila [rúbrica] = Xiorro [rúb rica ] = Pover [rúbrica] = Ante mí=Nicolás Aguayo [rúbrica], escribano real y tenie nte de público y cabildo.

[1353]

[21 DE FEBRERO DE 1785.]

En la ciudad <le San Juan de Puerto Rico, a veinte y uno de febrero de mil setezien tos [r, 242"·] / ochenta y cinco

[Don Manue l de Acosta queda re cibido como escribano real.]

[Provéese se hagan 25 nares de g riU 03 para los presos.]

[E l ex mayordomo don Manuel Pére1 solici ta informe sobre las cuentas que tiene presen• ladas respecto a la reparación de las cas il las de vent a.]

SAN JUAN BAUTISTA DE P UERTO RICO
179

[Provéese sob r e escrito de buen gobierno presentado por el procurador ¡;eneral.]

[ Se admite por abo2ado al doctor don Juan Luis de Yepes.]

[Se aprueban cuentas del mayordomo don Eusebio Valen• t!n.]

ACTAS DEL CABILDO

años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saabedra, abogado de la Real Chancillería de Granada, teniente de gobernador y auditor de guerra; don José Dávila y el teniente coronel graduado don Severino Xiorro, alcaldes ordinarios; don Sebastián de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Pover, y no asistió el señor rexidor don Domingo Dávila por hallarse emfermo.

Se dio la providencia correspondiente al escrito del señor procurador general que presentó sobre varios particulares relativos al buen gobierno.

Se presentó con título de abogado el doctor don Juan Luis de Yepes, y se hubo por presentado y en su cumplimiento se acordó la admisión para que actúe, y que ( f. 243 ] / tomándose razón de él se le devuelva. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica]= Davila [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Baerga [rúbrica]= Cordova [ rúbrica ] =Xiorro [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo. [1354]

[28 DE FEBRERO DE 1785.J

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a veinte y ocho de febrero de mil setecientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Severino Xiorro, teniente coronel graduado, alcalde ordinario; don Antonio de Córdova y don Miguel Xiorro, rexidores, para [f· 243•·] / tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e l a república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Power.

Se aprobaron las cuentas del mayordomo don Eusebio Valentín, y se mandó que los 397 pesos, 4 reales y 27 maravedíes, que resultan a su favor, se satisfaga de ellos en su cuenta que ha de dar del p resente año, como mayordomo que se reelixió. Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron sus señorías . d e que doy fe . =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica ] =Xio-

180

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

rro [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Ante mí=Ygnacio Herránz [rúbrica], esscribano público y de cabildo . ['· 244] / [ 1355]

[7 DE MARZO DE 1785.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a siete de marzo de mil setezientos ochenta y cinco años, para efecto de celeb rar cabildo ordinario se juntaron en esta sala capitular lo s señores don José Dávila y don S everino Xiorro, alcaldes ordinarios; don Be rn ardino de Aponte, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarra, rexidores, para tratar y cornferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don Joaquín Power.

Se remitieron a este cabildo, por el señor teniente rey, gobernador interino, dos reales órdenes, que la una, dá reglas de método con que se deben dirijir las representaziones, memoriales y demás a su majestad, pertenecientes a partic ulares. Y la otra, igualmente, para todos los empleados en el servicio del rey que executen lo mis- [f. 244•·] / mo y como se prescribe en dichas reales órdenes, y se m andaron archivar.

El alcaide de la cárcel exhibió la cuenta de los 25 pares de grillos, por SS pesos que se obliga el herrero Tomás Eraso; y se aprobó mandando que construído s que sean se paguen por el mayordomo de proprios, precedido el visto bueno del señor gobernador.

Y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron s us señorías, de que doy fe.=Davila [rúbrica] = Xiorro [rúbrica] = Aponte [rúbrica] = Davila [rúbrica] =Pizarra [rúbrica] =Pover [rúbrica] =Ante mí =Ygnacio H erránz [rúbrica]. esscribano público y de cabildo. [ f. 245 ] /

[1 3 56 ]

[14 DE MARZO DE 1785.]

En la ciudad de San Juan de Puerto Rico, a catorce de marzo de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los señores don Manuel Chiquero Saavedra, teniente de gobernador y auditor de guerra ;

[ Se reciben dos r eales ó rde nes esta• b! eciendo reglas o normas conforme a las c ual es se deben dirig ir r e presentacio ne s o memoriales al r ey.)

[ Se aprueba la cu e nta de la adquisici ó n d t! 25 par es d e grillo s.]

181

[Don Valentín Martfnez queda r ecib,do como regidor llano 1

[Se provee para la adquisición de ciertas meJ •das } pe- sos.]

ACTAS DEL CABILDO

don Severino Xiorro, alcalde ordinario; don Antonio d e Córdova, don Bernardino de Aponte y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir las cosas tocantes al pro y útil de la república, a que concurrió el señor procurador general, don J oaquín Pover

Se prese nt ó don Valen tín Martín ez con el título d e rexidor llano , expedido por su señoría, e l señor gobernado r y capitán general, pidiendo se le d é la posesión de dicho e mpleo ; todo lo cual visto, examinado y reconocido, se acordó por todos los señores oa pi- [ r· 245v, ] / tulares se diese al susodicho la. expresada p osesión, como con efecto se le dio por el se ñor rexidor decano, don Antonio de Córdova, sentándolo en el sitio y lugar qu e le co rrespondía. Acordando igualmente que desde h oy en adelante se le tuvies e por tal rexidor d e esta ilus tre ciudad, y se l e guardasen todas las honrras, merce des y preemine ncias que e n este co ncepto le corresponden _

S e acordó que e l mayordomo de proprios haga const ruír do s medios almudes con s us cuartillas; y dos cuartillas de fanega; un peso con sus balanz as y sus pesas correspondientes de una libra hasta ocho; y para evitar la confusión y desorden que se advier t e en la plaza en todos los efectos que se con ducen a e lla , cuia cuenta [ f. 246 ] / presentará con los respectjvos comprobantes, se acordará lo comveniente a s u pago y lo d emás que corresponda .

Y no habiendo otra cosa q u e acordar, se cerró es te cabildo y l o firmaron sus señorías, con el señor rexidor p osesionado, de que doy fe.=Chiquero [rúbrica] =Xiorro [rúbrica] =Cordova [rúbrica ] =Aponte [rúbrica] =Pi zarro [rúbrica] = Pover [rúbrica] = Valentín Martínez [rúbrica] =Ante mí= Ygnacio Herránz [rúbrica ] , esscribano público y de cabildo. [ f. 246v,] / [1357]

[22 DE MARZO DE 1785.]

Extraord~ar¡io Lunes Santo.

En la ci ud ad de San Ju an de Puerto Rico, a veinte y do s de marzo de mil setezientos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo extraordinario, convocados por su señoría, el seño r gobernador y capitán g e n eral, los señores don José Dávila y don S everino Xiorro y Díaz, ,alcaldes ordinarios; don Sebastiá n de Vaerga, fiel executor; don Antonio de Córdova, don Bernardino d e Aponte, don Va-

182

lentín Martínez, don Domingo Dávila y don Tomás Pizarro, rexidores, para tratar y comferir sobre un pliego cerrado, re mit ido por dic ho señor gobernador, a qu e concurrió el señor procura dor general, d o n Joaquín Power .

Se abrió el pliego d e s u se ñoria que ex p res a qu e para pasar a practicar las d iligencias promovida s por don Esteban Le Blan de S. Cheron, apoderado del excelentísimo señor duque de Crillón, sobre que se reconozcan ciertas tierras que su pon e realengo e n el partido de Humacao, entre el Hato d e Peña Pobre y la Sie rra [ r· 247 ] / de Luquillo, y evitar qu e no prescrib a e l t é rmino concedido al último para que tome posesi ón de los t er renos que le son concedidos e n virtud d e real cé dula p resentada por di c h o apo d erado , se hace indispensable citar a es te cabildo para es t e reconocimiento con arr eglo a lo prevenido en la misma, siendo circunstancias de que impone a s u s señorías para que e n s u virtud t engan a bien comvoca r un cabildo ex traordinario a fin d e h a cer elección en é l del sujeto qu e ha de concurrir al expresado acto.

En cuia inteligencia aco rd a ron sus señorías quedan entendidos d e las diligencias que se pretenden p rac ticar, a cuio fin queda citado este ca bildo, e igualmente e lexido al se ñor rexidor don Tomás Pizarro para qu e concurra al expresado acto. Y que se pa se a s u [ r. 247 v. ] / señoría el oficio co rr espondiente en contextación del que dirijió . Y no habie nd o otra cosa, se cerr ó es te cabildo y lo firmaron su s señorías , de que d oy fe.=Davila [rúbrica ] =Xiorro [rúbrica] = B aerga [rúbrica] = Cordova [rúbrica] = Aponte [rúb rica] = Martínez [rúbrica] = Davila [rúbrica] = Pizarra [rúbrica] = Pov er [rúbrica]= Ante mí =Ygnacio H e rrán z [rúbrica], esscriba no público y de cabildo.

[ 1358 ]

[S DE ABRIL DE 1785.]

En la ciudad d e San Juan de Puerto Rico, a cinco de abril de mil se t ezi e ntos ochenta y cinco años, se juntaron a cabildo ordinario los se ñores don Manue l Chiquero Saa bedra , t e ni e nt e de gobernador y auditor de guerra; don Severino Xiorro , [ c1 248 ] / t e niente coronel, alcalde ordinario ; don Bernardino de Aponte, don Va]entín Martínez, don Domingo Dávila y don Miguel Xio-

[Cabildo queda CD· terado del r econocimiento a practicarse de ciertas t ierras en Humacao, las q ue so n pedidas para el duque de Cri lló n .]

[El regidor don Tomás Pizarro q ueda dcsi~nado para asistir a dicho re• conocimiento.]

SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO
183

[Provéese peritos reconozcan las ca• sillas de venta ]

[ Se apl'Ud>:i uc nta de ¡:astos por adquisición de pe• sos y medid as.]

ACTAS DEL CABILDO

rro, rexidores, para t r atar y comferir las cosas tocantes al pro y útil d e la república, a que concu rrió el señor procurador general, don Joaquín Power.

Se presentó Juan de la Puerta, carpintero, con la noticia del costo de la recomposición de las casillas, como se le mandó, en cuia vista acordó que, por ser excesivo, pase el expediente al señor don Miguel Xiorro para que con perito de su satisfazión examine y reconozca el estado de las dic has casitas y c uanto sea necesario para su reedificación, evitando lo superfluo, cuios peritos expongan baxo d e juramento su sentir y d evuelva este expediente para d ecretar.

El mayordomo presentó la c u en ta del costo d e las m e dida s, pesos y pesas que se le previno en Acuerdo d e 14 de marzo, qu e a s ciende a ocho [ f. 248 v, J/ pesos y medio, y se mandaron abon ar, cuio expedie n te y cuenta se le ent r egue para la gen eral que d eb e dar.

S e di e ron otros varios expedientes sobre el remate del p asaje d e P a lo Seco, y no habiendo otra cosa que acordar, se cerró este cabildo y lo firmaron, d e que doy t e.=Chiquero [rúbrica]=Xiorro [rúbrica] =A ponte [rúbrica] =Martinez [rúbrica ] =Davila [rúb r ica] =Xiorro [rúbrica] = Pov er [rúbrica]=Ante mí=Ygnacio H er rán z [rúbrica] , esscribano público y de cabil d o [ f.2 49] /

184

A

América : 1263 (A. U.), 1331.

Añasco, partido de : 1189

Aranjü ez: 1263.

Arecibo, partido de: 1256, 1292, 1332.

Arecivo : (V. Arecibo).

B

Bahía d e San Juan: 1331.

Banda del Norte: 1196, 1197 (A. U.), 1201 , 1247, 1248 (A U.), 1300-1301 (A. U.), 1345-1346.

Banda del Sur: 1196, 1197 (A. U.), 1200, 1247, 1248 (A. U.), 1300, 1301 (A. U.), 1304, 1345, 1345 (A. U.), 1350.

Bayamón, partido de: 1169, 1175, 1188, 1208, 1227, 1245, 1253, 1271, 1307, 1332.

Boca

- de Cangrejos, Laguna de: 1234.

-de Guayanez: 1256.

-Habana [Puerto Rico]: 1188, 1333.

-río de: 1330.

-de Loíza: 11 55, 1189, 1244, 1268, 1274, 1276, 1282.

-de Río Grande: 1261.

Brujas, Charco de las: 1290.

Bruselas: 1211, 1277.

B ruxelas: (V. Bruselas).

e

Caguas, partido de: 1202, 1208, 1265.

Ca n g r e j os, Boca de : 1234

Cuba, isla de: 1263 (A. U.).

CH

Charco de las B rujas : 1290.

E

España: 1331.

Europa : 11 82, 1331.

Fajardo, partido de: 1154, 1175, 1188, 1202, 1256, 1274.

Fa.xardo: (V. Fajardo).

Flandes : 1331.

G

Granada : 1281, 1299, 1325 , 1352, 1353.

Gran Bretaña : 1274, 1312. (\'. Ing laterra).

Guayanez, Boca de: 1256.

Guaynabo, partido de: 1218, 1245, 1277,

Guaynavo : (V. Guaynabo).

Gurabo, partido de: 1253, 1256.

H

Habana [Cuba].

-[ciudad de]: 1263 (A. U.).

Habana [ Puerto Rico]: (V. Boca-- ).

Hato

-Grande: 1332.

- de Peña Pobre: 1357.

Horno de Santiago: 1254.

Humacao, partido de: 1174, 1202, 1218, 1232, 1238, 1255, 1271 , 1307, 1357.

* Los números que aparecen en los apa rt ados corresponde n 11 los docum e ntos.

INDICE
*
TOPONIMICO
F

Indias: 1263, 1263 (A. U.).

Inglaterra: 1269 (A. U.). (V. Gran Bretaña).

I s la

-de Cuba: 1263 (A. U.).

-de Puerto Rico: 1162 (A. U.), 1263 (A. U.).

-de Santo Domingo: 1270, 1277, 1278, 1279, 1283.

Juma cao: (V. Humacao) L

Laguna de B oca de Cangrejos: 1234.

Loíza

- Boca de: 1155, 1189, 1244, 1268, 1274, 1276, 1282.

-corra l d e: 1317.

-partido d e: 1176, 1202, 1206, 1293, 1332.

-pasaje d e: 1154, 1178, 1210, 1261, 1303, 1305, 1315, 1317.

-ribera de: 1232

-río de: 1274.

Loysa: (V. Loíza ).

Luquillo

-partido de: 1215

-sierra d e: 1357. M

M adrid : 1237.

M álaga: 1331.

Man atí

-partido d e: 1154 , 1166, 1265.

-pasa je de: 1160, 1347.

Martín Pe ña, puente de: 1207 . p

Palo S eco

-pasaje d e: 1169, 1173, 1209, 1212, 1213, 1221 , 1257, 1259, 1272, 1288, 1292, 1302, 1305, 1322, 1330, 1333, 1347 , 1351 , 1358

-río de: 1173.

Pardo El: 1269 , 1317, 1320.

Pie dras, Las, partido de: 1227.

Ponce, partido de: 1155.

Pueblo Vi ejo, pasaje de: 1165, 1167, 1178, 1252, 1277.

Pueblo Vi e xo: (V. Pueblo Viejo).

Puente

-de Martín P eña: 1207.

-de San Antonio: 1240, 1273, 1274.

Puertas: 1331, 1333.

-de San Juan: 1344.

- de San Ju s to: 1270, 1344.

-de Santiago: 1258 (A. l.), 1342.

-de Tierra: 1240.

Puerto Nuevo : 1277.

Puerto de San Juan: 1320 (A. U.), 1331.

Puerto R ico, i s la de: 11 62 (A. U ), 1172, 1173, 1173 (A. U.), 1207, 1258, 1258 (A. l. ), 1263, 1263 (A. U.), 1265, 1307, 1319, 13i0, 1331.

Puntilla, La: 1254, 1290. R

Río

-de Loíza: 1274.

-de Palo Seco: 1173.

Río Grande, Boca de: 1261.

Río Piedras

-partido de: 1176, 1226, 1245, 1277, 1286, 1292, 1296, 1306 .

-ribera de: 1296. s

Sabana Hoyos: 11 86, 1332

Sabana Llana: 1292

San Antonio, puente de: 1240, 1273, 1274.

San Germán, v illa de: 1189, 1225, 1245, 1249.

S an Juan

-bahía de: 1331.

-Pue rta d e: 1344.

-puerto de: 1267, 1320 (A. U.), 1331.

San Justo , Puerta de: 1270, 1344.

S antiago, Puerta de: 1258, (A l.), 1342.

Santo Domingo

-ciudad de: 1157, 1162 ( A. U.), 1163, 11 82, 1249, 1277, 1281 , 1283, 1299, 1335.

-[isla de]: 1182, 1270, 1277, 1278, 1279, 1283.

-puerto de: 1182.

Savana Lla na: (V Sabana Llana).

Sibuco, pasaje d e: ~47.

Sierra de Luquillo: 1357.

190
TOPONÍMICO I
ÍNDICE

Tierra, P uerta de: 1240.

Toa Alta, p a rtido d e: 1155 1208 1215, 1245, 1256, 1274, 1286, 1306, 1307'.

Toa Baj a, partido de: 1226, 1241 , 1244 1245, 1296, 1330. '

Toa Vaxa: ( V. Toa Baja )

V

Vayamón : (V. Bayamón).

Vega, partido de La: 1174, 121 0, 1232, 1238, 1245, 1255.

Voca de Loysa: ( V. Boca de Loíza).

X

Xava na , Boca : (V. Boca Habana).

ÍNDICE TOPONÍMICO 191
T

Acevedo, Manuel Jacinto de: 1221.

Acosta, Manuel de: 1294, 1352.

Acosta, Miguel de: 1351.

Aguayo, Nicolás de: 1162, 1164, 1175 , 1180, 1187, 1200, 1201, 1214, 1228, 1230, 1240, 1243, 1245, 1250, 1256, 1266, 1271, 1273, 1274, 1281 , 1299, 1301, 1304, 1309, 1314, 1316, 1320, 1320 (A. U.), 1325, 1327, 1332, 1334, 1339, 1341, 1350, 1352.

Aguiar, Bernab é de: 1244.

Aguilar, Pedro de: 1313, 1330.

Alaña, Bartolomé: 1198, 1202.

Albarez, Domingo: 1159, 1169, 1204, 1229, 1254.

Albarez, Francisco: 1270.

Albarez, Marco ~ : 1318.

Aldea, Victoriano de : 1190, 1245, 1298, 1347.

Alvarez, Domingo: (V. Alb arez, Domingo).

Andino, Francisco de: 1196, 1197 (A. U.), 1199, 1202, 1207, 1234, 1300, 1301 (A. U ), 1306-1309, 1311-1334, 1336, 1338, 1339, 1341, 1343, 1345, 1345 (A. U.).

Aponte, Bernardino de: 1155-1159, 1162, 1163, 1163 (A. U.), 1166, 1167, 1169, 1172, 1174, 1176, 1178-1180, 1182, 1185, 1188, 1190, 1192, 1194, 1196, 1197 (A. U.), 1198, 1202, 1204-1206, 1208, 1211, 1213, 1214, 1216, 1228 , 1236, 1244, 1245, 12471250, 1254-1256, 1258, 1262-1267, 12691271, 1273, 1276-1278, 1280-1284, 1286, 1288-1292 , 1296, 1297, 1300, 1301 (A. U.), 1303, 1305-1308, 1310, 1315-1319, 1331, 1332, 1344, 1345, 1345 (A. U.), 1347, 1355-1358.

Aponte, Gerónimo: 1345, 1345 (A. U.), 1350.

, Aquino, Juan Bautista de: 1308, 1310

Arana, Ignacio: 1246

Argumedo, Fray R afael de: 1298.

Arizmendi, Miguel Antonio de: 11541163 (A. U.), 1236, 1237, 1247-1250, 12521254, 1256, 1258-1260, 1263, 1265-1288, 1290, 1291, 1294-1299, 1309, 1320, 1331.

Arredondo, Juan de: 1299, 1335, 1336.

Arroyo, Manuel d e: 1285, 1293.

Arsola, José: (V. Arzola, José).

Arzola, José: 1324.

Ayala, Francisco: 1345.

B

Baerga, Sebas tián Ignacio de: 11541158, 1160, 1162-1179, 1181-1196, 1198, 1206, 1211-1222, 1224, 1227-1229, 12321234, 1236, 1239-1242, 1244-1250, 12521258 (A. l.), 1259-1261, 1264, 1265, 12671279, 1282-1288, 1296, 1299, 1300, 1301 (A. U.), 1303, 1305-1308, 1312-1314, 13171320, 1322, 1323, 1325, 1327, 1330.1332, 1334, 1336, 1337, 1341-1345, 1347, 1349, 1351-1353, 1357.

Baesa, Felipe: (V. Baeza, Felipe).

Baeza, Felipe: 1272, 1307, 1309, 1313.

Baldejulli, Agustin Antonio de: (V. Valdejulli, Agustín Antonio d e)

Barriga, Joaquín: 1188 , 1190.

Barriga, Joaquín Bene dicto: 1345.

Bazán, José Casimiro: 1186.

Betum, Santiago: 1281, 1307.

Blanes, Antonio José: 1196

Burgos, Francisco de: 1300, 1301 (A. U.), 1304.

c

Caballero, Antonio: 1318.

Caballero, Cristóbal: 1194, 1253, 1257, 1259, 1297, 1344.

Cagigal, Manuel d e: 1286.

• Lo s números que a pa recen en los apartados corresponden JI los d ocume nt os.

INDICE ONOMASTICO* A

ÍNDICE ONOMÁSTICO

Calderón: 1176.

Ca mpderros , Martín: 1227, 1259.

Cana les , Jo s é : 1163-1166, 1172, 1174 , 1175 , 11 78, 1180, 11 82, 11 88, 1193, 1195-1197 (A. U. ).

Ca n o, Juan : 1258 ( A. II ).

Ca r aval lo, Antoni o : 1308.

Cara v a llo, María R o mu a lda : 1308.

Carbone , Pe d ro: 1313.

Ca rdona , Antoni o: 1204

Card on a, B e rn ardin o: 1204.

Castilla, J osé Mi gue l d e : 1324

Cas tillo , J osé De nis d el : 131 8.

Cas tro, An a de : 1305

Cas tro, Andrés d e: 1305

Cas tro, E s t e ban d e: 1170 , 1287 , 1289, 1290

Castro, José d e : 1305

Cas tro, Manuel d e: 1196, 11 97 ( A. U.), 1200.

Castro , Tomás d e: 1170, 1287, 1289 , 1290

Castro Palomino, José d e: 1162 (A. U.).

Ce b o lle ro , José : 1307

Ces te ro, Juan José : 1191 , 1221.

Cintró n, Manue l : 1336.

Cla udio , Manue l : 1256.

Colón , Anto nio: 1186.

Colón, Manuel : 1332.

Colón , T e r esa : 1325

Co n cepció n , Eus ebio: 1312

Concepció n, José: 1272, 1307, 1313, 1318, 1319.

Co n ce pción Díez, J osé: 1309.

Co nd e, S e b as tián : 1258 ( A. I).

Có rd ova , Antonio d e: 1156-1163 (A U ), 11 65-1174, 1176-11 98, 1202, 1204-1207, 1209-1215, 1217-121 9, 1221, 1223 , 1224, 1227 , 1230-1232, 1234-1237, 1239, 1241 , 1244-1254, 1256, 1258-1260, 1262-1267, 1270-1276, 1278-128 1, 1283, 1289-1292, 1295, 1296, 1299, 1300-1 305, 1307-1309, 1312, 1313, 1316-13 18, 1320, 1322 , 1324, 1328, 1330-1335 , 1337, 13 38, 1342, 1345, 1345, 134 5, (A. U .), 1347-1349, 1351 , 1353, 1354 , 1356, 1357

Cor rea, José: 1258 ( A II ).

Cors ino Ga rcía An drés: 127 1.

Cre u s, Antoni o : 1313 , 131 8, 1319.

Crill ón , Duque d e: 1357

Cruz, I gnacio de la : 1318.

Cua dr ado y Pac h eco, Vi cente: 1196.

Cueto, Juli án: 1179, 1181 , 11 83-1187, 11 89, 1190, 1241.

CH

Chaves, Luis d e : 11 62 (A. U .).

Chi qu e ro y Saaved ra , Manuel d e: 12751293, 1295, 1296, 1298, 1299, 1302, 1303, 1305, 1306, 1308, 1311, 1312, 1315, 1317, 131 9, 1321 , 1324, 1325, 1333 , 1335-1337, 1342, 1352, 1353 , 1356, 1358 . D

Da bán, Juan : 1263, 1263 ( A. U. ), 1265, 1271 , 1275, 1278, 1301 ( A U ), 1320, 1331, 1345 (A. U )

Daván , Juan: ( V. Dab á n , Ju a n).

Dávila , Be rnab é : 1270.

Dáv ila, Domingo : 1154-1163 (A. U . ), 11 66, 1167, 1169, 1171-1173, 1179, 118111 83, 1185-11 90, 1192-1194, 1196-1198, 1202, 1204, 1206-1211 , 1214-1216, 12181222 , 1224, 1225 , 1228, 1230, 1239, 1241-1250 , 1252-1258, 1260-1269, 12731296, 1298, 1300-1302, 1305, 1306, 1309, 1310, 1313, 1314, 1318-1320, 1324 , 1325, 1330-1348, 1350-1353. 1355. 1357, 1358.

Dáv ila, José: 1154-1159, 1162, 11 63, 1163 (A U.). 1166-1173 , 1176-1183, 1185, 11 86, 1192, 1196, 1197 ( A. U.), 1198, 1203-1215 , 1217-1220, 1222, 1224-1227, 1230, 1233-1239, 1241-1244, 1246- 1250, 1255-!260, 1263-1265, 1267, 1268, 12711277, 1279, 1281-128 3, 1285-1288, 1290, 1294, 12 99- 1303, 1306, 1310, 1313, 1315, 131 7-1320, 1322, 1327, 1330, 1331 , 1333, 1334, 1337, 1338, 1341 , 1344, 1345, 1345 ( A. U.), 1347, 1349, 1353 , 1355, 1357.

Dávila, Miguel : 1158, 1159, 11 62, 1172, 1175, 1176, 1182-1186 , 11 88, 11 89, 1192.

Daza, T o m ás: 1306

Del gad o , Andrés: 1247.

D íaz, Ba lta za r: 1210

Díaz, F r an cisco : 1332 .

Díaz, Jua n : 1256.

Díaz, P edro: 1218.

Díaz d e Sarav ia , Juli á n: 1270 , 1278, 1283.

Cruz, Féli x de l a: 1158, 1162 (A U.), 11 73, 11 82-11 88, 11 92-1204, 1206, 1208, 1209, 1211 , 1213-121 6, 121 8, 1220, 12231232, 1234-1237, 1239-1250, 1252, 1254, 1257-1260, 1262-1266, 1269, 1271-1273, 1275, 1276, 1278- 1281, 1283-1285, 1287, 1295 , 1298-1301 (A U.), 1303, 1305, 1308 , 1309, 1314, 1317-1320, 1324, 1325 , 1330, 1333, 1336, 1345, 1345 (A. U.)

196

Diepa, Jo sé: 1156, 1172, 1177, 1186, 11 87, 1217, 1259, 1268.

Diez, José Conce pción: 1309.

Doménech : 1176.

Dufres n e, José: 1162 ( A. U.), 1163 (A. U.), 1173 (A. U ), 1184, 1197 (A. U.), 1221 (A. U.), 1248 ( A U.), 1258, 1263, 1263 (A. U.), 1264 , 1270, 1278.

Duque de Crillón: 1357.

E

EUa s, Pedro: 1345, 1345 (A. U.).

Emparaan, Agus t ín: 1162 (A. U.).

Eraso, Tomás: 1355.

E scavar, Antonio d e: 11 96, 11 97 (A. U.), 1201.

E sca var, Cas imiro : 1305.

Ezparsa, Raimundo d e: 11 62 (A U.).

F

Felipo, Pedro: 1233.

Fernán dez, Nicolás: 1239, 1241.

Fernández, Nicol ás Matías: 1309, 1318, 1319.

Ferrer, Miguel B ernardo: 1158.

Figuera , Manu el de: 1324.

Forxis, José: 1277.

Francisco: 1240.

Franco [?], José: 1345.

Fuentes, Lucas d e: 1332.

Fuertes, Manuel de : 1235, 1242.

G

Gálbez, José de: (V. Gálvez, Jos é de).

Gálvez, José de: 1263 (A. U.), 1269 (A. U.), 1320, 1320 (A. U.).

García, Cristóbal: 1188.

García, José : 1296, 1303, 1309, 1333.

García, Manue l: 1333, 1342.

García, Pedro: 1344.

Ga rcía, Vicente: 1252, 1321.

García Cazuel a, Ju an: 1188.

García Pagá n, Pe dro: 1238.

García Romero, José : 1179, 1181, 1183, 1184, 1187, 1189, 1190, 1290.

Góme z, Alonso: 1208.

Gómez, Ma tías : 1255.

Gómez, Vicente : 1309.

Góm ez d e Cos, Francisco: 1192.

Gonzáles, Bartolomé : 1232.

Gonzáles, Diego: 1307.

Go n zá les, J osé: 1287, 1290, 1296.

Gonzáles de la Borbolla, Francisco : 1309, 1344, 1348.

González, Diego: 11 86, 1229.

González, Francisco : 1307, 1313, 131 8.

Gonzá lez, José: 1171 , 1177, 1179.

González Elías, Jos é : 1196.

Garbea, And rés: 1247.

Gorvea, Andrés: (V Garbea, An drés).

Grimaldi, Marqués de: 1258 ( A. I).

Guti érres de Arroyo, José: (V. Gutiér rez d e Arroyo, José).

Gutiérrez de Arroyo, José: 1341.

Gutiérrez, Andrés: 1237.

Guzmán , Manuel de: 1325, 1333.

Guzmán, Tomás d e: 1177-1179

H

Henrríquez : 1258 ( A. 11 ).

H ernández, Ju a n Antonio: 1253

Hernández, Simona: 1269.

Herránz, I gnacio: 1154-1161, 1165-1174, 1176-1179, 11 81-11 99, 1202-1213, 12151227, 1229, 1231-1239, 1241, 1242, 1244, 1246-1249, 1251-1255, 1257-1261 , 12631265 , 1267-1270, 1272, 1275-1280, 12821298, 1300-1303, 1305-1308, 1310-1313, 1315 , 1317-1319, 1321-1324, 1326, 1328, 1329, 1331, 1333, 1335-1338, 1340, 13421349 , 1351 , 1353-1358.

Huertas, Dionis ia de: 1252 , 1254, 1290.

Huerta s , Ignacio : 1226.

J

Jacinto, 1240.

Jiménez, Félix: 1155

Jim énez, José: 1216.

Jimé nez P érez, Fray Manuel: 1178.

Jiorro, Miguel: 1154,-1158, 1162, 1163, 1163 (A. U.), 1165-1186, 1188-1198, 1202, 1205 , 1207-1209, 1212-1215, 1227, 1229, 1231-1241 , 1244-1250, 1252-1261 , 12631276, 1278, 1281-1303, 1305-1314, 13171338, 1340-1345 (A. U. ), 1347-1349, 13511354, 1358.

Jiorro y Óíaz, Se verino : 1320, 1331, 1345, 1345 (A U.), 1347-1349, 1351-1358.

Jover, Ramón: 1162 (A. U.).

ÍNDICE ONOMÁSTICO 197

Lamas, Diego: 1215.

Lamas, Manuel: 1176, 1178.

Larrea, Pedro de: 1157.

Layseca, Pedro: 1192.

Le Blan de S. Cheron, Esteban: 1357.

León, Ju an: 1277.

López, Antonio : 1239, 1247, 1248 (A. U.), 1251.

López, Baltazar: 1317.

López, Francisco: 1154, 1173.

López, José Antonio: 1154, 1178, 1210, 1232, 1244, 1274, 1276, 1303

Loriente, Manuel: 1258 (A. II). M

Madiedo, José: 1202.

Marqué s de Grimaldi: 1258 (A. 1).

Martínez, Jo sé: 1333

Martínez, Valentín: 1165, 1173, 1175, 1176, 1178, 1198, 1237, 1239, 1252, 1272, 1318, 1356-1358.

Masdeu, Carlos : 1320, 1331.

Matanza, Facundo: 1157, 1183, 1198, 1213, 1218, 1228, 1229, 1233, 1234, 1237, 1242, 1256, 1283, 1347.

Matlas Fernández, Nicolás: 1309.

Matos, Antonio de: 1173, 1300-1303, 1306, 1310, 1314, 1315, 1324-1326, 13281331, 1341-1343.

Matos, José de: 1303.

Matos, Juan Lorenzo de: 1204.

Medina, Vicente: 1202.

Menéndez, Eusebio: 1336.

Mestre, Juan Franc isco: 1320, 1331.

Mojica, Manuel: 1300, 1301 (A. U.).

Monserrate, Francisco Rafael de: 1158, 1162 (A U.), 1182, 1283.

Montero , Bartolomé: 1325.

Montero, Juan Luis: 1174.

Montero, Ramón: 1312.

Montes , Andrea de: 1266, 1273, 1274.

Montesino, José Antonio: 1247.

Moreno, Sebastián: 1184, 1307.

Moreyra, Juan Antonio: 1318.

Moxica, Manuel: (V. Mojica, Manuel).

Muñoz, Gabriel : 1268.

Muñoz, María: 1333.

Muñ oz, Teresa: 1268.

Muxica, Manuel: (V. Mojica, Manuel).

Nabedo, Lorenzo: 1300, 1301 , 1301 (A. U.).

Navedo, Lorenzo: (V. Nabedo, Lorenzo).

Noriega, Francisco: 1345.

Núñez, Juan Francisco: 1305

Núñez, Manuel: 1196.

o

O'Daly, Jaime: 1272, 1293.

Olibos, Francisco de los: (V. Olivos, Francisco de los).

Olivencia, Francisco: 1237.

Olivos , Francisco de los: 1196-1198, 1205-1210, 1217, 1228, 1247, 1248 (A. U.).

Ortiz, Diego: 1274.

Ortiz, Juan: 1155.

Ortiz de la Renta, Gregorio: 1247-1248 (A. U.).

Osorio de Velasco, José: 1345-1346.

Osorno, Manuel: 1258 (A. 1).

Pac heco, Félix: 1171, 1172, 1177, 1179, 1181.

Pacheco, Vicente: (V. Cuadrado y Pacheco, Vicente).

Pagán, Juan Francisco: 1175.

Paniagua, Diego: 1192.

Paniagua, Manuel : 1237.

Pa rdiñas, Juan de : 1320, 1331.

Pérez, Manuel: 1196, 1197 (A U.), 1205, 1216, 1247, 1248 (A. U.), 1252 . 1279, 1309, 1310, 1313, 1315, 1318, 1319, 1321, 1324, 1336, 1352.

Pertuzo, Francisco: 1258.

Pizarro, Tom ás : 1155-1158, 1160 1163, 1163 (A. U.), 1165, 1166, 11 70-1177, 1179, 1181-1183, 1186-1188. 1193, 11961198, 1202, 1204, 1205, 1209-1248 (A. U.), 1250, 1253, 1258 . 1263. 1264, 121\6 . 12fi7, 1269, 1270, 1273, 1276-1279, 1281, 1282, 1284 , 1286-1293, 1297, 1299, 1300, 130 1 A U.), 1307, 1313, 1314 1316 1317 nl91321, 1331, 1335, 1343-1345 (A. U.), 1347, 1349, 1351, 1355-1357.

Plaza, Joaquín: 1318.

Plaza, Juan de la: 1254.

Polanco , José: 1324.

Pover, Joaquín: (V. Power, Joaquín).

198 ÍNDICE ONOMÁSTICO L
N
p

Power, Joaquín: 1320, 1331, 1345, 1345 (A. U.), 1347-1349, 1351-1358

Prado Francisco: 1155.

Puerta, Juan de la: 1237, 1246, 1358.

Quadrado y Pacheco, Vicente: (V. Cuadrado y Pacheco, Vicente).

Quidlan, David: 1333.

Quiñones, Andrés de: 1206, 1210, 12471250, 1253, 1257-1265, 1267, 1270-1274, 1281-1284, 1289-1292, 1297-1301 (A. U.).

Quiñones, Antonio: 1336.

Quiñones, Cayetano de: 1333.

Quiñones, José de: 1202.

Quiñones, Nicolás de : 1178.

Rabel o, Bernardo: 1196, 1197 (A. U.), 1247-1248 (A. U.).

R amírez, José: 1173, 1318.

Ramos, Juan Alonso: 1332.

Ramos, Vicente: 1227, 1308.

Rejina, Juan: 1168.

Rendón Sarmiento, Francisco: 1162 (A U.).

Rexina, Juan: (V. Rejina, Juan)

Reyna, José de: 1162, 1162 (A U ), 1221, 1330.

Rij os, Santiago: 1229, 1272, 1307, 1309, 1313, 1318, 1319.

Río, Juan del: 1215.

Río s , Nicolás de los: 1227, 1237, 1293.

Rivafrecha, Viola nta de: 1235, 1242

Rivera, Pablo de : 1256, 1257, 1266, 1324.

Rucos, S an tiago: (V. Rijos, Santiago).

Rodríguez, Antonio: 1195, 1324.

Rodrígu ez, Domingo: 1307.

Rodríguez, Pedro: 1286.

Rodrígu ez de la Torre, Francisco: 1307.

Roja s , Antonio d e: 1157.

Romero, Andrés: 1247.

Romero, Juan: 1173, 1206, 1209, 12121214, 1257, 1259.

Rosa , Juli án Antonio de la: 1160.

Rosario de Dios, Francisco del: 1176. s

Sánchez, Juan: 1240, 1265.

Sánchez Camilo, Benito: 1244, 1245.

Sandobal, Gregario: 1281.

Santa Ana, Andrés de: (V. Santana Andrés de).

Santaella, Juan: 1209

Santana, Andrés de: 1179, 1181, 11831187, 1189, 1195, 1211, 1212, 1240, 1241, 1243, 1256, 1257, 1259, 1281, 1282, 1284, 1293, 1305, 1309, 1315.

Santana, Jacinto de: 1166, 1270, 1271, 1286.

Santiago Rodríguez, Manuel [?]: 1269.

Sepúlbeda, José Antonio de: 1225.

Serrano, Agustín: 1239.

Serrano, José: 1189.

Sevilla, Manuel: 1344.

Silencio, Manuel: 1217, 1318.

T

Torralbo, Francisco: 1317.

Torre, Pedro Vicente de l a: 1241, 1243, 1244, 1288, 1292, 1320, 1331.

Torres, José de: 1268.

Travieso, Antonio: 1246.

Tres Palacios, Fray Felipe José de: 1299.

u

Urquizu, Eusebio Valentín: 1300, 1301 (A. U.), 1313, 1327, 1345, 1345 (A. U.), 1354.

V

Va erga, Sebas tián I gnacio : (V. Baerga, S ebas tián Ign acio de).

Vaeza, Felipe: (V. Baeza, Felipe).

Valentín , Eusebio: (V. Urquizu, Eusebio Valentín).

V alladares, José: 1233.

V alldej ulli, Agustín Antonio de: 1320, 1331.

Valle, Francisco del: 1252.

Valle, José del: 1208.

Vargas, Domingo de: 1317, 1318.

Varriga, Joaquín: (V. Barriga, Joaquín).

Vazán, José Casimiro: (V. Bazán, José Casimiro).

Vázquez, Crisanto: 1307.

Viera, Antonio de: 1268, 1272, 1276, 1281, 1307, 1318.

Villafaña, José: 1276.

ÍNDICE ONOMÁSTICO 199
Q
R

ÍNDICE ONOMÁSTICO

Villalonga, Ramón de : 1320, 1331.

Villamedia na, Juan: 11 98, 1202, 1205

Villo da, Andrés :1268.

Vivas, Francisco: 1239. X

Xim énez, Félix: (V. Jiménez, Félix).

Ximénez, José: (V Jiménez, José).

Ximénez P érez, Fray Manuel : (V. Jim én ez P érez Fray Manuel )

Xiorro, Miguel: (V. Jio rro, Miguel).

Xiorro, S everino: (V. Jiorro y Díaz, S e• verino). y Yepes, Juan Luis de: 1353

INDICE DE MATERIAS* A

Abastecedores d e harina : 1281, 1307, 1309, 1313, 1318, 1319.

Abastecimiento d e agua : 1309

Abastos: 1258, 1276.

-de carnes: 1157, 1171, 1172, 1173, (A. U.), 1188, 1239, 1240, 1258, 1267, 1276, 1292, 1303, 1307. (V. P esa [Contribució n de]).

-de harinas: 1272, 1276, 1281, 1307, 1309, 1313, 1318, 1319.

Ab ogados: 1270, 1271, 12 86, 1307.

-de la Real Audien cia y Chancillería d e S anto Domingo: 1166, 1341.

-de la Real Audencia y Chancillería de Granada: 1281, 1299, 1325, 1352, 1353.

-de l os R eales Consejos: 1186. (V. Doctor [en derecho]; Letrados; Notarios)

Accioni stas del Banco N acional d e S a n

Carlos: 1317.

Aceite: 1331.

Ac e itunas : 1331.

Actos judiciales: 1158, 1185.

Acuerdo de la Rea l Audiencia de Santo Domin ~o : 11 63, 1163 (A. U.).

Acuerdos: (V Libros de--).

Administrador de las h acie ndas de los Padres Dominicos: 1155.

Agent es en la Corte: 1192.

Ag ua , escasez de: 1309 .

Agu ardiente de anís: 1331.

Ajo s: 1331.

Ajustes: 1206, 1212.

Ala rife: 1205.

(V. Maestro--).

Al bañiles: 1159, 1169, 1176, 1229. (V. Ma es tro s--).

Alcabalas: 1269 (A. U.).

Alcabalero : 1240.

Alcaide de cárcel: 1254, 1290, 1293, 1324, 1325, 1352, 1355.

Alcaidfa de cárcel: 1324.

Alcaldes

-de barrio: 1196, 1247, 1267, 1300, 1301, (A. U ), 1345 , 1345 (A.U.).

-ordinario s: 1154-1163, (A.U.), 11651197 (A. U,), 1202, 1204-1250, 12521300, 1301 (A. U ), 1302, 1303, 13051345, (A. U.), 1347-1349, 1351-1358.

-de prime ra el ección : 1163, 1163, (A U.), 1164, 1196, 1197 (A. U.), 1198, 1247, 1248, (A. U.), 1301 A. U.), 1302, 1345, 1345 (A U.).

(V.--de primer voto).

-de primer voto: 1300. ( V --de primera e lección)

-de segunda elección: 1163, 1163, (A. U.), 1196, 1197 (A. U .), 1198, 1247, 1248 (A U.), 1300, 1301 (A U.), 1302, 1336, 1345, 1345 (A U.).

-de segundo voto : 1300 (V. d e segunda e lección) .

-de la S anta H ermandad: 1248 (A.U.), 1300, 1301, (A. U.), 1305, 1345 (A. U.).

-de l a Banda del Norte: 1196, 1197, (A. U.), 1201 , 1247, 1248 (A. U.), 1251, 1300, 1301, (A. U.), 1345, 1345, (A. U.),

-de la Banda del Sur: 1196, 1197 (A. U.), 1200, 1247, 1248, 1248 (A. U.), 1300, 1301 ( A. U.). 1304, 1345, 1345 (A. U.), 1350.

Alfo mbra: 1289.

Alguaciles: 1177-1179, 1195, 1288, 1289, 1349.

-mayor : 1156-1158, 1162 (A. U.), 1173, 1182-1188, 1192-1204 , 1206-1211, 1213121 6, 121 8, 1220, 1223-12 32, 1234-1236, 1239-1247, 1249, 1250, 1252, 1254, 12571260, 1262-1266, 1269, 1271-1273, 1275, 1276 , 1278-1281, 1283-1285, 1287, 1295, 1298-1300, 1302, 1303, 1305, 1308-1310,

• Los números que aparecen en los apartados corresponden a los documentos.

ÍNDICE DE MATERIAS

1314, 1318-1320, 1324, 1325, 1330, 1345.

-de vara: 1237.

Aljibe: 1318, 1319.

Almendra: 1331.

Almudes: 1356.

Alojamiento: 1313, 1322.

Alquiler

-de la casa de Palo Seco: 1214, 1292, 1313

-de casillas de venta: 1181 , 1269.

-de la pescadería: 1308, 1310.

(V. Arrendamiento; Arriendo).

Alquitrán: 1169, 1206.

Altar: 1221 (A. U.).

Amance bamiento: 1177.

Animales : 1332

Anís: ( V. Aguardiente de-- ).

Apelaciones: 1158, 1173, 11 88- 11 90, 1198, 1202, 1205, 1215, 1233, 1235, 1242, 1244, 1252, 1317, 1325, 1336 (V. Diputados para entender en --).

Apoderados: 1192

-del Duque de Crillón: 1357.

-general del cabildo: 1299, 1335.

Aranceles: 1189, 1206, 1267, 1333, 1342, 1344.

Arbitrios : 1320 (A. U.), 1331.

(V. Contribución de corral de cerdos; Tributos).

Arcediano: 1204.

Archivo de c abildo: 1197, (A. U.), 1227, 1310.

Argamasa: 1181.

Argollas: 1171, 1175

Armadas: (V. Reales--)

Arma s de la ciudad: 1238. (V. Escudo de armas).

Arrelde : 1244, 1305.

Arrendadores

-de la carnicería: 1179, 11 83, 1211, 1212.

(V. Sub-arrendador ).

-de corral de puercos: 1154-1157.

-de la matanza de reses : 1179, 1243

-de pasajes: 1154, 1155, 1315.

(V. Arrendatario).

Arrendamiento

-de carnicería: 1179, 1187, 1211, 1241.

-de casillas de ventas: 1237.

-de corral de cerdos: 1290

(V.-- de corral de puercos).

-de corral de pesca: 1234, 1317

-de corral d e puercos: 1154, 1157.

(V. de corral de cerdos).

-de matanza de reses: 1179, 1187, 1240.

-de pas aje: 1277.

(V. Alquiler; Arriendo).

Arrendatario

-de corral de pesca: 1317.

-de matan za de res es : 1179, 1240.

-de pasajes: 1160, 1173, 1330.

(V. Arrendadores).

Arriendo

-de la casa de Palo seco: 1305.

-de pasajes : 1303.

(V. Alquiler; Arrendamiento; Remate ).

Arrobas: 1267, 1281, 1307, 1309, 1313, 1331.

Arroz: 1193, 1195 1221 1258, 1270.

Ases or: 1182, 1186, 1190, 1308.

Atrio de la Catedral: 1258, (A. l.).

Audiencia: (V. Real --y Chancillería.

Audit or de guerra: 1158, 1162, 1162 (A. U. ), 1165, 11 82, 1183, 1185, 1187, 1191, 1198, 1202, 1209, 1212, 1215, 1227, 1236, 1249, 1275-1293, 1295, 1296, 1298, 1299, 1302, 1303, 1305-1308, 1311, 1312, 1315, 1317, 1319, 1321, 1324, 1325, 1333, 1335-1337, 1342, 1352, 1353, 1356, 1358.

Autos: 1158, 1162 (A. U.), 1163, 1163 (A U.), 1175, 1178, 1179, 1183-1187, 1190, 1233, 1241, 1242, 1244, 1257, 1259, 1260, 1268, 1270, 1273, 1274, 1284, 1325.

Avellana: 1331.

Ayudante: 1235. , Ayuntamiento (V. Casa de ).

Azotea: 1270.

Azotes: 1240. B

Bacalao: 1331 , Bachiller: 1276.

Balanzas: 1246, 1356

Balcón: 1258 (A. l.). -de la Casa Capitular: 1204. (V. Pilares del ).

Balde: 1293.

Banco Nacional de San Carlos: 1268, 1317.

Bando de Buen Gobierno: 1260, 1305

Barriles: 1272, 1281 , 1307, 1313, 1318 , 1319, 1331.

B arrio: (V. Alcaldes de ).

Bastón : 1258 (A. II )

Becerros: 1208, 1307.

204

Befas: 1258, 1258 ( A. 1).

Betún: 1213

Bienes: 1185, 1186, 1236.

-depósito de: 1344

-muebles : 1158.

-raíces : 1158.

Boca d e ríos : 1305.

Boleto: 1344.

Bo tij a: 1331.

Botijuela : 1331.

Briga di er : 1263, 1263 (A. U.), 1278 .

Bueyes : 1292.

Bula [de l a Santa Cruzada]: 1204, 1302.

Buque : 1277 1281.

(V. Canoas; Embarcacion es).

Caballería: (V. Compañía de ).

Caballeriza: 1318, 1322.

Caballos: 1206, 1232, 1244, 1318, 1322

Cabildo: (V. Archivo d e --; Escribano de-; Presidente del--),

Cabildo ab ierto: 1320, 1320 (A. U.), 1331.

Cabildo de la villa de San Germán: 1245.

Cabo: 1258, 1322

Cacao: 1331.

Caja

-de guerra: 1211. -de propios : 1285 . -real: (V. Reales cajas).

Calabozos: 1176.

Caldos : 1331.

Calentura: 1196.

Calles: 1347, 1348 --empedrado d e: 1320, 1320 (A. U.), 1331.

Calumnia: 1158.

Cámara, sec retario d e: 1162, (A. U.).

Camino : 1244.

Candados : 1171, 1175

Cande laria, Fiesta d e la: (V Fiestas Votativas).

Canoas: 11 69, 1173, 1206, 1221, 1272, 1277, 1333.

(V. Buque; Embarcaciones).

Canónigo: 1258, (A.11).

Caño: 1322, 1327.

Caoba: 1331.

Capitales [ec.J: 1269, 1269 (A. U.), 1281. (V. Censos )

Capitanes : 1210, 1244, 1258, (A. II), 1277. -Generales: 1263 (A U.).

-de Pu erto Rico: 1162-1163 (A. U ), 11 65, 1166, 1170-1173 , 1175, 1178, 11801185, 1192, 1196, 1197 (A. U. ), 1207, 1210, 1213, 121 6, 1221 , 1227, 1240, 1241, 1242, 1244, 1245, 1247-1250, 12541258 (A.1), 1260, 1263, 1263 (A. U .), 1265, 1268, 1269, 1271-1279, 1281 , 1283, 1285, 1286, 1290 , 1300, 1301 , (A. U.), 1302, 1303, 1305, 1307, 1309, 1312, 1313, 1317-1320 (A . U.), 1322, 1324, 1327, 1331 , 1341, 1345 , 1345 ( A. U.), 1356, 1357 . -de Milicias

-[Disciplinadas] : 1292.

-de Urban os : 1239.

Capi tanía Ge neral de Puerto Ri co: 1226, 1258, 1263, (A U.).

Cárcel : 11 76, 1187, 1254, 1290, 1293, 1324, 1325, 1352, 1355 .

-de Corte de S anto Domingo, Re al: 1277, 1281 , 1283. (V. Pri sió n).

Cargadores: 1333, 1342, 1344.

Cargamentos : 1333.

Cargas: 1258, 1330, 1331, 1344.

Carnes: 1179, 1184, 11 86, 1188, 1211, 1232, 1240, 1243, 1258, 1258 (A. 1), 1267, 1276, 1279, 1284, 1322 .

-de ce rd o: 1267

-de tasajo: 1331.

(V. Abas t o d e ).

Carnicería: 117 1, 1175, 1179, 1183 , 1187 , 1195, 1198, 1211 , 121 8, 1232, 1240, 1241, 1246, 1281, 1284 1309

(V. Arre ndado res d e la --).

Carnice r os : 1240.

Carpintero s: 1237, 1246, 1254, 1358.

(V. Maest r o ).

Cartas: 1158 , 1162, ( A. U.), 1163, 1173, 1173 (A. U.), 121 6, 1244 , 1263, 1286, 1296, 1299, 1317, 1320 (A . U.), 1332

- de comparendo: 1163 , 1196, 1200, 1247, 1300, 1345.

-de pago: 1263 (A. U.).

(V. Escritos; Esquelas; Oficio s [ eser. ] ; R e p resentaciones).

Carte les : 1272.

Casabe: 1273.

Casas: 1258, 1267, 1268, 1289, 1290, 1293.

-de ayuntamiento: 1207, 1254, 1257.

-capitular: (V. Balcón d e la--).

- Cuarte l de Milicias Disciplinada s: 1157, 1159, 1169, 1302, 1303, 1314, 1318, 1319, 1332, 1333.

-de P al o Seco: 1206, 1209, 1212, 1213 , 1214, 1257, 1259 , 1288 , 1292, 1302, 1305, 1313, 1322

ÍNDICE DE MATERIAS 205
c

ÍNDICE DE MATERIAS

-para pescadería: 1270, 1308, 1310.

Casillas [de ventas]: 1169, 1171, 1181, 1183, 1205, 1206, 1208, 1213, 1228, 1229, 1233, 1237, 1242, 1256, 1269, 1283, 1324, 1352, 1358.

Casos : 1258.

(V. Causas; Demandas; Litigio; Pleitos).

Castigos: 1258.

Casucho : 1292.

Catedral: 1178, 1258, (A. I) 1347.

Caudales: 1257, 1281, 1285, 1319. (V. Dinero).

'Causas: 1168, 1191, 1217, 1242, 1249, 1283, 1285, 1307.

(V. Casos; Demandas; Litigio; Pleitos).

Ceba de reses : 1276, 1307.

Cebollas: 1331.

Cédulas: 1158, 1258 (A. I). (V. Reales ).

Cedulones: 1281, 1319

Censos: 1170, 1269, (A. U.), 1270, 1285, 1287, 1293, 1318, 1333, 1336. (V. Capitales [ec.]).

Censura: 1308.

Cepo: 1171, 1175, 1218

Cera: 1206, 1260.

-en pasta: 1331.

-labrada: 1331.

Cerdos: 1157. (V. Carne de--; Corral de --; Corral de puercos; Puercos).

Ceremonias: 1196. (V. Funciones).

Cerraduras : 1176.

Certificaciones: 1154, 1182, 1229, 1240, 1241, 1275, 1277, 1279, 1286, 1303, 1305, 1313.

Citaciones: 1155, 1258, 1317, 1324, 1332, 1349, 1357.

Clavazón: 1331.

Clérigos: 1344

Cobranzas: 1258.

Cobros: 1325.

Cocina: 1318.

Cofradías

-de San Francisco: 1209.

-de Santa Rosa y Animas: 1209.

Cohechos: 1182.

Colucción: 1239, 1240.

Comandante

-de ingenieros: 1320, 1331.

-de Milicias [Disciplinadas]: 1302.

Comestibles: 1167, 1258, 1331. (V. Víveres).

Comisario de Cruzada : 1204, 1302.

Comisionados: 1209, 1319, 1327.

-para efectuar [censo] de ganado : 1180.

-para fiestas votivas: 1302.

Comisionario de la pesa: 1202.

Comisiones: 1182, 1183, 1186, 1188, 1193, 1211, 1258, (A. I), 1266, 1272, 1276, 1281, 1302, 1309, 1324, 1332.

-para buscar lugar de emplazamiento para un corral de cerdos : 1254.

-para castigar y multar a los vecinos que lesionen los derechos del arrendatario del pasaje de Palo Seco: 1173.

-para cumplimentar huéspedes distinguidos: 1302

-para sacar al pregón l a casa de Palo Seco : 1302.

-para sacar al pregón los pasajes y corrales de pesca: 1302. (V. Comisionados; Diputaciones; Diputados).

Compañías: 1258 (A. I.).

-de caballería: 1225.

Compras: 1309.

Comprobantes: 1157 1356. (V. Recibos).

Comunidad de Padres Predicadores:' 1298.

(V Dominicos; Padres Predicadores).

Confirmación de elecciones concejiles: 1163, 1163 (A. U.), 1196, 1197 (A. U.), 1247, 1248 (A. U.), 1300 1301 (A-U.), 1345, 1345 (A. U.).

Consejo de Indias, Real y Supremo: 1258 (A.1), 1348.

Consejo [Real] : 1278.

Consultas: 1156, 1162, (A. U.), 1172, 1177, 1182, 1187, 1189, 1190, 1217, 1258 (A. I), 1259, 1269 (A. U.), 1307.

Contadores: 1221, 1287.

-judicial: 1294.

-de la mesa maestral de diezmos: 1325.

Contaduría: 1313.

Contraste: (V. Fiel--).

Contrata para abastecimiento de harinas : 1281.

Contribución de corral d e cerdos: 1157.

Convento de Predicadores: 1298.

Convite: 1266.

206

Cordovanes: 1331.

ÍNDICE DE MATERIAS

Coronel: · 1258, 1263, 1263 (A. U.), 1265, 1271, 1275, 1331.

Corrales

-de cerdos: 1157, 1290. (V.-- de puercos).

-de desovazón: 1188, 1282.

-de pesca: 1178, 1198, 1232, 1234, 1244, 1249, 1293, 1302, 1305, 1315. (V. Arrendamiento de--).

-de puercos: 1154-1157, 1252, 1254, 1266.

Correos: 1270, 1322. (V. Renta de--).

Corte

-de España: 1312.

-agentes en la: 1192.

-de Gran Bretaña. 1312.

Cortesanías: 1302, 1347.

Costas: U78.

Costos: 1213, 1228, 1229, 1232, 1234, 1270, 1318-1320 (A. U.), 1325, 1331, 1347, 1358. (V. Gastos).

Criadero : 1332. (V. Hatos).

Criado: 1258 (A. 11).

Crimen: 1258.

Cruzada: (V. Bula de la Santa--; Comisario de--).

Cuadernos: 1184, 1191.

Cuarteles: 1258.

-de Milicias Disciplinadas: (V. Casa--).

Cuarterola: 1331.

Cuartillas [med.]: 1356:-

Cuartillo [moneda]: 1290, 1305, 1331.

Cuarto

-de la casa de Palo Seco: 1313, 1322.

-de los Dos Amigos: 1246.

Cuartos [moneda]: 1206

Cuentas: 1169, 1183, 1204, 1205, 1216, 1232, 1234, 1237, 1249, 1263, (A. U.), 1266, 1269, 1270, 1290, 1305, 1307, 1309, 1318, 1327, 1332, 1333, 1355, 1356, 1358.

-de fiestas votivas: 1242.

-de mayordomo: 1154, 1171, 1198, 1239, 1242, 1252, 1253, 1256, 1260, 1285, 1309, 1310, 1315, 1317-1319, 1321, 1324, 1333, 1336, 1347, 1348, 1349, 1352, 1354, 1358.

Cueros: 1240.

Cuerpos

-de ingenieros: 1320, 1331.

-militares: 1157, 1267.

Culto Divino: 1298.

CH

Chanciller de la Real Audiencia de Santo Domingo: 1162 (A. U.).

Chinchorros: 1160.

Chuflas: 1258, 1258 (A. I).

D

Deán de la Catedral: 1178.

Declaraciones: 1183, 1195.

Decretos: 1163 (A. U.), 1166, 1185, 1187, 1196, 1210, 1221, 1300, 1302, 1303, 1317.

Defensores: 1234.

Delegados del Consejo de Indias: 1258 (A. l.).

Delincuentes: 1258.

(V. Presidiarios; Presos; Reos).

Demandas: 1217.

(V. Apelaciones; Casos; Causas; Denuncias; Litigio; Pleitos; Recursos).

Demolición de Hatos: 1172, 1173 (A.U.).

Denuncias: 1156, 1158, 1162 (A.U.), 1182, 1183, 1227, 1236, 1258.

(V. Apelaciones; Casos; Causas; Demandas; Pleitos; Recursos ).

Depositario de multas: 1196, 1197 (A.U.), 1247, 1248 (A. U.), 1300, 1301, ( A. U.), 1345 1345 (A. U.).

Depós itos: 1269 (A. U.).

-de bienes: 1344.

Derecho: 1182, 1185, 11 87, 1234, 1239, 1242, 1274, 1288, 1303, 1305, 1308, 1346.

(V Doctor en ; Fueros).

Derechos: 1324.

-de carga: 1344.

-de pasaje : 1165, 1206, 1221 , 1252, 1261, 1333.

(V. Arbitrios; Contribuciones).

Desacatos: 1258, 1258 (A. I).

Desafíos: 1258.

Desagüe : 1327.

Desórdenes: 1258 (A. I), 1298, 1356.

Despachos : 1158, 1236, 1258, 1263 (A. U.).

(V. Reales -- ).

Dictamen: 1308.

Diezmos: (V. Mesa maestra l de-).

Dine ro; 1182, 1258, 1318.

(V. Caudales).

Diócesis de Puerto Rico: 1299 ( V. Obis pado; Obispo).

Diputaciones: 11 66, 1192, 1193, 1195, 11 96, 1198 1205-1 207, 1210, 1223, 1224 , 1233 , 124-0, 1241 , 1243, 1246, 1247, 1249, 1252, 1254, 1258, 1258 (A. l.), 1260, 1264, 1266, 1267, 1270, 1272, 1273, 1276, 1281, 1283, 1284, 1290, 1303, 1307, 1310, 1316, 1318 , 1319, 1325, 1344, 1345, 1351. (V. Comisio n a dos; Comisiones; Diputados; R egidor-diputado).

-de matanza de reses: 1184, 1240.

Dip utados: 1172 11 73 (A. U.), 11 75, 1177, 11 85, 1197, 1198, 1200, 1201, 1245 , 1267, 1273, 1276, 1284, 1304, 1308, 1314, 1332, 1344, 1348, 1351, 1352.

-de ca rn icería: 1175, 1195, 1198, 1240

-de mes: 1154 1181 , 11 84, 1212, 1230, 1240, 1244, 1249, 1252, 1258, 1270, 1273, 1276, 1281, 1309, 1331, 1333, 1344.

-del reparto de reses: 1307.

-para ajustar precio de venta d e la casa de Palo Seco: 1212.

-para alquilar la casa d e Palo Seco: 1214

-para cu m plimentar [huéspedes dist inguidos]: 1198, 1249, 1347.

-para entender en apel aciones: 1173, 11 88, 1198, 1202, 1205, 121 5, 1233, 1235, 1242, 1244, 1245, 1246, 1252, 1303, 1317, 1325, 1336.

--para fiestas votivas: 1198, 1249, 1347.

-para hacer información sobre utilidad de Ordenanzas: 1212.

- para hacer información sumaria: 1240, 1243.

-para medir l a legua d el pasaje de Boca de Loíza: 1155.

-para recibir juramento y dar posesión d e empleos concejiles: 1163, 1164, 1245, 1247, 1300, 1301, 1304, 1345, 1346, 1350.

-para recoger l as reses de pesa: 1245

-para reconocer las casillas de ventas: 1213 .

-para r eparto general d e la pesa: 1210.

-para r evisar cuentas de mayord omo: 1237, 1256, 1317, 1318, 1324, 1349.

-para sacar al pregón y remate los

- pasajes y corrales de pesca: 11 98, 1249, 1347, 1351.

-para tasar la casa d e Palo Seco: 1206.

-para tratar la compra d e la casa de Palo Seco: 1213

(

V. Comisionados; Comisiones; Diputaciones).

Disposiciones : (V. Reales ).

Docena: 1331.

Doctor: 1307, 1335, 1336. ,

-[en derecho]: 1156, 1166, 1172 , 1177, 1186, 1187, 1217, 1259, 1268, 1270, 1271 , 1283, 1286, 1299, 1353.

-[en teología]: 1178, 1299.

Documentos: 1209, 1216, 1221, 1227, 1243, 1246, 1259, 1263, 1272, 1283, 1290, 1307, 1308, 1324.

(V. Cartas; Escritos ; Expedientes; Oficios [ escritos]; Representaciones).

Dominicos: 1155, 1234.

(V. Comunidad de Padres P redicadores; P adres Predicadores).

Duelos: 1258. E

Eclesiásticos: 1221 (A. U.), 1303.

(V. Clérigos; Comunidad de Padres P redicadores; Dominicos ; Fray; Obispo; P adres [re!.]; Prelados; P resbíter os; Tribunales --).

Ejecutoria: 1308.

Ejércitos: (V. R eales - - ).

Eleccion es concejiles: 1162 (A U.), 1163, 1163 (A. U.), 11 65, 1196, 1197 (A. U .), 1203, 1247, 1248, (A. U.), 1251 , 1300, 1301 ( A U ), 1345 1345 (A. U.).

Embarcaciones: 1182, 1267, 1270. de América: 1331.

español as: 1313. de Europa : 1331.

(V . Buques; Canoas).

Embarcadero: 1252.

Embargo: 1187, 1236.

Empedrado de las calles: 1320, 1320 (A. U.), 1331.

Empleados : 1355.

(V. Empleos; Oficios [empleos ]).

Empleos: 1221, 1263, 1263 (A. U.), 1275, 1303, 1308, 1324.

>-[capitulares o concej iles]: 11 63', 11 64, 1178, 119S.11 97 (A. U.), 1199-

208
ÍNDICE DE MATERIAS

1201, 1248, 1300-1301 (A. U.), 1308, 1345-1347, 1356.

(V . Empleados ; Oficios empleos).

Enemigos: 1182, 1245.

Enseñanza [religiosa]: 1298.

Enseres de alcaidía de cárcel: 1324

Erario: (V. Real--).

Escalera de horca: 1181.

Escándalos : 1258 (A. I.), 1298.

Escarnios : 1258 (A. l.).

Esclavos: 1155, 1312. (V. Negros).

Escribanos: 1158, 1185.

-de cabildo: 1154-1161 , 1165-1174 , 11761179, 1181-1199, 1202-1213, 1215-1227, 1229, 1231-1239, 1241, 1242, 1244, 1246-1249, 1251-1255, 1257-1261 , 12631265, 1267-1270, 1272, 1275-1280, 12821298, 1300-1303, 1305-1308 , 1310.1313, 1315, 1317-1319, 1321-1324, 1326, 1328, 1329, 1331, 1333, 1335-1338, 1340, 13421349, 1351, 1353-1358.

(V. Teniente de ).

-de gobernación: 1227

-de gobernador: 1281.

-de gobierno: 1259, 1284, 1344.

-público: 1155-1162 (A. U.), 11 55- 1174, 1176-1179, 1181-1196, 1202-1204, 12061209, 1211, 1212, 1215-1219, 1223 , 1226, 1231-1234, 1236-1239, 1244, 12461249, 1257-1259, 1261, 1263-1265, 1270, 1275, 1276, 1278, 1279, 1282, 1285, 1289, 1290, 1292-1296, 1300, 1303, 1305, 1306, 1308 , 1310, 1312, 1313, 1315, 1319, 1328 , 1330, 1331, 1335, 1337, 1338, 1340, 1343, 1344-1345 ( A. U.), 1347, 1348, 1351 , 1353-1358.

(V. Tenie nte d e ).

-real: 1162-1164, 1175, 1180, 1187, 1200, 1201 , 1214, 1221 , 1228, 1230, 1240, 1243, 1245, 1250, 1256, 1266, 1271, 1273, 1274 , 1281, 1299, 1301 , 1304, 1309, 1314, 1316, 1320, 1320 (A. U.), 1325 , 1327, 1332, 1334, 1339, 1341, 1350, 1352.

-de real hacienda: 1191, 1192, 1221, 1242.

Escribiente : 1307.

(V. Escribanos).

Escritos: 1155, 1156 , 1158, 1166, 1167, 1173, 1176, 1183. 11 85-1187, 11 89, 1195, 1236, 1256, 1272, 1276, 1298, 1299, 1302, 1303, 1307, 1308, 1312, 1330, 1348, 1353.

(V. Cartas; Esquelas; Me moria14 .l.

les ; Oficios [esc ritos]; Representaciones).

Escrituras: 1170, 1179, 1183 , 1184 , 1187, 1270, 1290, 1308, 1318, 1333, 1?47.

E scrut i nio: 1172., 1173, 1196, 1345.

(V. Votaciones; Votos).

Escudo d e a rm as : 1273

(V. Arm as de la ciudad).

Escuela: 1259.

(V. Maes tro de niños).

E squ elas: 1193, 1202, 1207, 1211, 1229, 1234, 1276, 1278.

(V. Car tas; Escritos; Oficios [eser.] ; Representaciones).

E stacad or de cueros: 1240.

E s t acas: 1178 .

Estandarte: 1273.

(V. P end ón real).

Estipendios: 1274.

(V. Salarios; Sue ldos).

Estrados: 1162 (A. U. ).

Exhorto: 1187 , 1242.

Expedie ntes : 1170, 1243, 1253, 1264, 1265, 1266, 1271 , 1273, 1276, 1281, 1283, 1305, 1308 , 1321, 1358.

(V. Docum entos).

Expen sas : 1335.

(V. Gas tos; Libranzas). F

Familia : 1154, 1176, 1221 (A. U.), 1226, 1227, 1238, 1255, 1265, 1267, 1303

Fanegas: 1331, 1356.

Fiadores : 1268, 1270, 1281 , 1287, 1318.

Fianzas: 1156, 1158, 11 82, 11 87, 1263, 1272, 1276, 128 1, 1287, 1290, 1293 , 1300, 1321, 1324, 1345, 1345 (A. U.), 1351.

Fideos : 1331.

Fiel

-contraste: 1196, 1197 (A. U.), 1247, 1248 (A . U.), 1300, 1301 ( A. U.), 1345, 1345 (A. U.).

--ejecutor : 1154, 1155, 1157, 11 58, 1160, 1162, 11 62 (A. U.), 11 63, 11 66- 11 69, 1171-1179, 11 81-1195, 1198, 1206, 12111222, 1224, 1227-1229, 1232, 1233, 1234, 123 6, 1239-1242 , 1244-1247 1 ?A(} _ J7<;f1, 1252-1261, 1264, 12 65, 1267-1279, 12821288, 1296 , 1299, 1300, 1302, ' 3()3, 13051307, 1312-1314, 1317-1320, 1322, 1323, 1325, 1327, 1330, 1331, 1334, 1336, P37, 1341-1343, 1347, 1349, 1351-1353, 1357.

Fies t as Votivas: 1242, 1249.

MATERIAS
ÍNDICE DE
209

ÍNDICE DE MATERIAS.

-de la Candelaria: 1198, 1249, 1302, 1347.

-de Corpus: 1198, 1249, 1302, 1347.

-de San Juan: 1198, 1225, 1249, 1302, 1347.

-de Santa Rosa: 1198, 1249, 1302, 1347.

-de Santiago: 1198, 1249, 1302, 1347.

Fiscal de la Real Audiencia de Santo

Domingo: 1270, 1278, 1283.

Fisco: (V. Real--).

Forasteros: 1198.

Fortificaciones: 1290, 1344.

-de San José: 1254.

Fraudes: 1239, 1240.

Fra y : 1178, 1298.

Frutos: 1331.

-de América: 1331.

-del país: 1318, 1319.

Fuente d el Puente de San Antonio: 1274.

Fueros : 1258 (A. l.). (V. Derecho).

Funciones: 1225, 1289. (V. Fiestas Votivas )

Ganado: 1173 (A. U.), 1175, 1180, 1186, 1226, 1260, 1331, 1332. (V. Novillas; Pesa [contribución de]; Reses; Terneras; T erneros; Vacas).

Garbanzos: 1331.

Gastos: 1169, 1171, 1175, 1176, 1181, 1183, 1198, 1205, 1213, 1216, 1218, 1232, 1234, 1242, 1246, 1249, 1266, 1273, 1277, 1279, 1283, 1290, 1293, 1299, 1309, 1327, 1332, 1335, 1355. (V. Costos; Libranzas) .

Géneros : 1331.

Gobernación: (V. Escribano de--; Teniente de ).

Gobernadores: 1162 (A. U.), 1182, 1263 (A. U.).

-de Puerto Rico: 1154, 1162, 1162 (A. U.), 1163, 1163 (A. U ), 1165, 1166, 1170.1176, 1178, 1180-1185, 1188, 1189, 1192, 1195-1197, (A. U ), 1204, 1207, 1208, 1210, 1211, 1213, 1215, 1216, 1221 , 1227, 1236, 1238, 1240.1242, 1244, 1245, 1247-1250, 1253-1258 (A. I y 11), 1260, 1263, 1263 (A. U.), 1265-1279, 1281, 1283, 1285-1290, 1300.1303, 1305,

1307, 1309, 1312, 1313, 1315, 1317-1320 (A. U.), 1322, 1324, 1327, 1331, 1341, 1344, 1345, 1345 (A. U.), 1347, 1356, 1357.

-interino: 1355.

(V. Escribano de--; Teniente de--).

Gobierno -de la comunidad de Padres

Predicadores: 1298.

-de Puerto Rico: 1188, 1241, 1252, 1263 (A. U.), 1265, 1269, 1269 (A. U ), 1270, 1276, 1288, 1294, 1302, 1353.

-militar: 1263 (A. U. ).

-político: 1263 (A U.).

(V. Escribano de--; Secretario de--).

Gota: 1347.

Grillos: 1352, 1355.

Guardias : 1331.

-del Principal: 1258.

Guarnición: 1173 (A. U.), 1307'.

(V. Tropas).

Guerra: 1182, 1258, 1269, 1281, 1290.

(V. Auditor de--; Caja d ~ --).

Guía: 1286. H

Habichuelas: 1331.

Habitantes: 1261, 1331.

(V. Moradores; Vecinos).

Hacienda pública: 1234. (V. Real hacienda).

Haciendas: 1155, 1249, 1258, 1296.

-El Plantaje: 1241, 1243, 1244.

-de Sabana Llana: 1292.

-San Pedro: 1241, 1243, 1244.

Harinas: 1272, 1273, 1276, 1281, 1309,. 1313, 1318, 1331.

(V. Abastos de ).

Hatos: 1172, 1173 (A. U.), 1332.

-del Cacique: 1261.

-de Mata de Caña: 1210.

Herederos: 1344.

Herradura: 1270.

Herrero : 1176, 13.,5,

Hierro: 1331.

Hipotecas: 1270, 1287, 1289, 1290, 1293.._

Hopas: 1211.

Horca : 1-181, 1183, 1198.

Hospital Real: 1254

Huracanes:- l~v3.

210
G

Iglesia Catedral: (V. Catedral).

Imagen de San Juan: 1216

Impuestos: 1269.

Informaciones: 1158, 1162 (A. U.), 1170, 1171, 1182, 1184, 1212, 1240, 1348 -de pureza de sangre: 1321.

(V. Informes).

Informes: 1172, 1173, 1173 (A. U.), 1186, 1205 , 1240, 1241 , 1269, 1272, 1273, 1277, 1281, 1287, 1289, 1293, 1298, 1308, 1312, !333, 1348.

(V. Informaciones).

Ingenieros: 1320, 13:a (A. U.), 1331. -comandante: 1320 (A. :.:r ' 1331. -teniente de: 1320, 1331.

Injurias: 1239.

Inquilino censatario: 1270.

(V. Censos).

Insolencias: 1258.

Inspector de tropas: 1263 (A. U.).

Instancais: 1154, 1155, 1157, 1172, 1176, 1177, 1182, 1185, 1210, 1227, 1252, 1257, 1259, 1261, 1268, 1274, 1276, 1308, 1317, 1342.

(V. Escritos; Oficios [escritos]).

Instrucciones: 1212, 1333.

Insultos: 1258, 1258 (A. I).

Intendencia: (V. Real Ordenanza e Instrucción de ).

Intendente· 1341, 1345 (A. U.).

Inventaría: 1344.

Inventario: 1324.

Islas extranjeras : 1307, 1319.

Jabón: 1331.

J efes : 1263 (A. U.).

Jueces: 1158, 11 85, 1195, 1217, 1242, 1289, 1325, 1349.

-de residencia: 1278, 1283.

(V. Jucio de residencia).

Juicio: 1303.

-de residencia: 1195, 1263 (A. U.), 1270, 1278, 1283, 1310.

Junta de accionistas del Banco Nacional de San Carlos: 1317.

Juramentos: 1158, 1163, 1164, 1185, 1196, 1197, 1199-1201, 1203, 1209, 1233, 1237, 1245-1248, 1251, 1252, 1263, 1263 (A. U.). 1300-1304, 1317, 1336, 1345, 1346, 1350, 1358.

Justicia, administración de: 1162 (A. U.) llfO, 1276, 1292 . (V Jueces; Juicio; Ministros de --; Pleitos; Vara de justicia).

Justicias Ordinarias: 1258 (A l.), 1303.

J uzgados: 1324. L

Lavanderas: 1266, 1273, 1274.

Leguas: 1154, 1155, 1160.

Lentejas : 1331.

Lesa Majestad: 1182.

Letra : 1157.

Letrados: 1158, 1185. (V. Abogados; Doctor [en derecho]; Jueces; Notarios).

Le yes : lH,2 (A. U.) 1182, 1183, 1185, 1258, 1263, 1263 (A. U.), 1324. 1345, 1346.

Libra : 1356.

Libramiento: (V. Libranzas).

Libranzas: 1190, 1209, 1213, 1216, 1246, 1257, 1259, 1289, 1290, 1293, 1297, 1309, 1327, 1347, 1355.

Libros

-Capitulares: 1271, 1284, 1317, 1325, 1341, 1352.

-de Acuerdos: 1162, 1163, 1173, 1178, 1221, 1229, 1269.

-de cabildo: 1303.

-de cárcel: 1324.

Licencia

-para aumentar ganado: 1186.

-para colocar corral de desovazón : 1188, 1232, 1282.

-para colocar corral de pese : 1178, 1188.

-para echar chinchorros: '160.

-para introducir harinas: 1281.

-para traslado de familia y de reses: 1154, 1176, 1226, 1227, 1255, 1265.

-para trasladar reses o ganado: 11 55, 1174, 1175, 1188, 1189, 1208, 1215, 1218, 1232, 1238, 1253, 1256, 1265, 1274, 1307.

Litigio: 1195.

Ludibrio: 1258 (A. l.). LL

Llaves: 1176.

ÍNDICE DE MATERIAS 211 I
J

Maceros: 1211.

Maderas: 1181, 1318.

Maestros

-alarife: 1186, 1289, 1303 (V. Alarife) .

- albañil: 1254.

(V. Albañiles ).

-carpintero: 1157, 1213, 1229.

(V. Carp in teros ).

-mayor: 1209.

-de niños: 1194, 1253, 1259, 1297, 1298 , 1344, 1347.

(V Salario d e ).

M agi strado s : 1182, 1239, 1258, 1258 (A. 1).

(V. Abo gado s ; Ju eces; Letrados).

M agistratura: 12 58.

Malversaciones: 1240.

Manifiesto d e la contribució n de p esa : 1210, 1303.

Manteca: 1267.

-de pue rco: 1331.

Mante quilla: 1331.

Mar: 1322

M aravedíes: 1249 , 1266 , 1309, 1327, 1331, 1354.

Marchante: 1258.

(V. Re ga tone s ).

Mata d ero : 1309, 1322, 1327

Matrimonio: 1284.

Ma yordomía: 1253, 1260, 1309.

Mayordomo

-de la Cofradía de Santa Rosa y Animas: 1209.

-de l a Cofradía d e San Francisco : 1209.

-de propios: 1157, 11 68, 11 69, 1171, 1175-1177, 1196, 11 97 (A. U.), 1198, 1205, 1206, 120 8, 1211, 1213, 1214, 1216, 121 8, 1237, 1238, 1242, 12451249, 1252, 1253, 1255, 1257, 1260, 1266, 1269, 1270, 1273, 1277 , 1279, 1283, 1285, 1289, 1293 , 1300, 1301 (A. U.), 1307, 1309, 1310, 1313, 1315, 1317, 1318 , 1324, 1327, 1333, 1335, 1336, 1344, 1345, 1345 (A. U ), 1347, 1348, 1354-1356, 1358.

(V . Cuentas de --)

M edidas : 1167, 1213, 1228, 1245, 1269, 1358

( V. Visita d e pesos y--).

Memoriales: 1170, 11 81, 1269, 1318, 1324, 1347, 1355.

(V E s critos; Informes; Oficios [escritos]; Represe ntaciones).

Men ores : (V . Padre General d e --).

M e rca do : (V. P laza [me rcado]).

M erced es : 1257, 1317, 1356.

Mesa ma es tral d e diezm os: 1325.

Miliciano s : 1322.

Milicias [Di sciplinadas]: 1258, 1292. (V. Casa-Cuartel d e --; Comandante de ; Teniente d e ).

Milita r es: 1260. (V. Tropas).

Minis tro s : 1168, 1177, 1196, 1247, 1278, 1285, 1300.

-de justicia : 1162 ( A. U ), 1182, 1263 ( A . U.).

-de real hacie nda: 1263 (A U.)

-de vara: 1258.

Misa: 1221 (A. U.).

Mitra: 1178, 1299.

(V. Obispado; Obis po).

[Moneda s ]: (V. Cuartillo; Cuartos; Maravedíes; Pesos; R eales).

Moradores: 1206, 1215.

(V. H abitantes; Vecinos).

Motín: 1258 (A. 1).

Muj eres : 1246.

Mulatos : 1258 (A. II).

Multas: 1162 (A. U.), 1173, 1181, 1221.

(V. Depositario de ).

Negros: 1258 (A. II), 1333, 1342, 1344.

-libres: 1312.

(V, Esclavos).

Niños: (V. Maes tro de ).

Nobleza : (V. Papeles d e ).

Nombramiento

-de alcaide de cárcel: 1324.

-de capitanes gen era I es: 1263 (A. U.)

-de gobernadores: 1263 (A. U.).

-de Obi spo: 1299.

-de tasador para la casa de Palo S eco: 1209.

(V. Comisionados; Comisiones; Diputaciones; Diputados).

Notarios: 1158, 11 85.

(V. Abogados; Letrados).

Novillas : 1208, 1307.

(V Terne ras ).

212 ÍNDICE DE MATERIAS M
N

Obi s pado : 1299. (V Mitra).

Obispo: 1299, 1347. (V. Mitra).

Obras pías: 1344.

[Obras públicas ]: 1285

Oficiales : 1182, 1196, 1258 , 1258 (A. I y II), 1263 (A. U .).

-de la guardia del Princ ipal : 1258.

-reales : 1221, 1263 (A. U.), 1281.

-de r eal hacienda : 1263 ( A. U.).

Oficios [empleos]: 1182, 1271, 1281 , 1287, 1294, 1297

-capitulares o con cej iles: 1162 (A. U.}, 1168, 1177, 1179, 1197 (A. U.) , 1232, 1248 (A. U.), 1258, 1267, 1300, 1301 (A. U.), 1308, 1345, 1345 ( A U.) (V . Empleados; Empleos).

Oficios [ escri to s ]: 1163, 1163 (A. U.), 1166, 1170, 1172, 1173, 1178, 1182-1185, 1192, 1196, 1204, 1221, 1227, 1245, 1249, 1250, 1257, 1258, 1268, 1274, 1277, 1279, 1283, 1288, 1292, 1300, 1302, 1305 , 1306, 1324, 1341 , 1345, 1347 , 1348, 1357

Oidores

-decano de l a Real Audi encia y Chancillería d e Santo Domingo: 1162 (A. U.), de la Real Audiencia y chanc illería d e S anto Domir.go: 1162 (A. U.).

-de l a Real Audi encia y c hancillería d e S ant o Domi n go : J 162 (A. U .) 1270.

[Orden] de S anto Domingo: 1234

Orde nes: 1172, 11 73 (A. U.), 1212, 1240, 1245, 1258, 1258 (A. I), 1263 ( A. U.), 1267, 1285, 1290, 1307, 1309, 131 8, 1320, 1322, 1344 (V. R ea les - - ). p

Padre Ge n eral de Menores: 1196, 11 97 (A. U. ), 1203, 1247, 1248 (A. U .), 1300, 1301 (A. U. ), 1345 , 1345 (A. U .).

Padres [ re!.]: 1155, 1287

-Dominicos : 11 55. (V. Padres Predicador es).

- Predicadores : 1289, 1290. (V. Comunidad d e ; P adres Dominicos).

-Superior Real Convento de Predi• cadores: 1298.

(V. R eligiosos).

Padrones: 1267, 1296.

Palacio Epis copal: 1347, 1348.

Palma s : 1155.

Pan: 1272.

Pana d eros : 1309.

Pa p eles : 1191, 1192, 1216, 1227, 1276, 1307, 1324, 1331.

-común : 1162 ( A. U.).

-de nobleza: 1344, 1348.

-sellado: 1162 (A U.).

P ape leta: 1258

P araj es : 1273.

Parede!.: 1270, 1313.

Partidos [territoriales]: 1212, 1216, 1245, 1276, 1303.

-de Añasco : 1189.

- d e Arecibo: 1256 , 1292.

- d e Bayamón: 1175, 1188, 1208, 1227, 1245, 1253, 1271, 1307, 1332.

-de Caguas : 1202, 1208, 1265.

- d e Fajardo: 1154, 1175, 1188, 1202, 1256, 1274

-de Gu ayna bo : J 218, 1245, 1277.

-de Gurabo: 1253, 1256.

-de Humac ao: 1174, 1202, 1218, 1232, 1238, 12~_;, 1271, 1307, 1357.

-de Las Piedras: 1227.

-de Loíza: 1176, 1202, 1332.

-de Luquillo: 1215.

-de Man a tí: 1166, 1265

-de P once: 1155.

-de Río Piedras: 1176, 1226 , 1245, 1277, 1286, 1306.

- d e San Germán: 1189.

-de Toa Al ta: 11 55, 1208, 1215, 1245, 1256, 1274, 1286, 1306, 1307.

- d e T oa Ba ja: 1226, 1245.

- de l a Vega: 1174 , 1210, 1232, 1238, 1245 , 1255.

Pasajeros: 1175.

-de Boca H a bana : 1188.

-de Loíza: 1155, 1189, 1206, 1210, 1244, 1261, 1268, 1276

-de Palo Seco: 1169, 1206, 1221 , 1272, 1288, 1292, 1305 , 1313, 1333.

- d e Pueblo Vi e j o: 11 65 , 1167, 1178, 1252, 1277

Pa sajes: 1249, 1302.

- de Loíza : 1154, 1155, 1178, 1274, 1303, 1305, 1315.

-de Mana tí: 1160, 1347.

ÍNDICE DE MATERIAS 213 o

ÍNDICE DE MATERIAS

-de Palo Seco: 1173, 1213, 1305, 1313, 1330, 1347.

-de Pu eblo Vie jo: 1165, 125.:.

-de Sibuco : 1347

(V . Aranceles; Arrendamiento de ; Der ech os de ).

Pasas: 1331.

Pascuas: 11 95, 1246, 1299.

Pat rón de la ci ud a d: 1225.

Paz con Inglaterra: 1269, 1269 (A. U.), 1274, 1312.

Pedimentos: 1158, 1185, 1206.

P enas: 1240.

P endón real : 1225, 1273. (V. Estandarte).

Pensión: 1331.

P eones : 1290.

Peritos : 1302, 1358.

Perjuros: 1185.

Pesa [ contribución de]: 1154, 1172, 1173 (A U.), 1175, 1196, 1202, 1204, 1210, 1212, 1215, 121 6, 1226, 1239, 1241, 1243-1245, 1276, 1303.

(V. Ab asto de carnes; Reses; Rol de l a pesa).

Pesas : 1356, 1358.

P esca : 1293.

(V. Corrales de--; Pescado).

P escadería: 1270, 1305, 1307, 1308, 1310.

Pescado: 1178, 1188, 1232, 1244, 1282, 1293, 1305. -salado: 1331.

(V. Reparto de--; Venta de--).

Pesebre: 1322.

Pesos [moneda]: 1157, 1158, 1162 (A. U.), 1170, 1175, 1176, 1181, 1182, 11 83, 1194, 1198, 1209, 1213, 1216, 1218, 1237, 1242, 1245, 1246, 1249, 1254, 1257, 1259, 1266, 1268, 1270, 1272, 1279 , 1281, 1283, 1285, 1287, 1289, 1290, 1292, 1293, 1297- 1299 , 1303, 1305, 1307-1310, 1313, 1315, 1318, 1319, 1324, 1325, 1327, 1331 , 1333, 1335, 1336, 1344, 1347, 135 1, 1354, 1355, 1358.

Pesos : 1167, 1213, 1228, 1232, 1245, 1269, 1356, 1358. (V. Visita de--y medidas).

Peticiones : 1281.

Pilares: 1270.

-del balcón de la Casa Capitular: 1204, 1205.

-de la horca: 11 81.

Pintor : 1216.

Pipas : 1293, 1331.

Plátanos: 1273.

Plaza [mercado]: 1171, 1188, 1205, 1208, 1213, 1258, 1258 (A. I y II), 1269, 1333, 1344, 1356. ~V. Casillas [de ventas]).

Plaza [mil H~r]

-d e Cuba: 1263 ~A. U.).

-de Habana: 1263 (A. tr., .

-de Pµerto Rico: 1172, 1173 ~A U.), 1182, 1239, 1269, 1272, 1309, 1317-1:;19.

Plazoleta: 1270.

Plebe : 11 83.

Pleitos : 1198, 1202, 1235, 1317. (V. Casos; Causas; Demandas; Litigio).

Pliegos : 1268-1270, 1274, 1305, 1357.

Poblaciones: 1320, 1320 (A. U.), 1331. (V Pueblos).

P oderes : 1156, 1158, 1185, 1192, 1241.

Porrón: 1331.

Portero: 1182, 1196, 1269, 1308, 1330.

Postores para el abastecimiento de harinas: 1281, 1313.

Posturas para e l a b astecimiento de harinas : 1281, 1309, 1313.

-para el alquiler de l a pescadería: 1308.

-para e l arriendo d e l pasaje de Loíza: 1303. (V. Remate).

Potro de tormento : 1347.

Pozo: 1322.

Precios:

-de la carne d e cerdo : 1267.

-de la casa de Palo Seco: 1213 .

-de la harina: 1272, 1281, 1309, 13B, 1319.

-de la manteca : 1267.

-de los oficios [capitulares]: 1162 (A. U.).

-del pescado: 1244, 1305.

-del tocino: 1267.

Predica dores: (V. Comunidad de Padres ; Convento de ; Dominicos; Padres-- ).

Pregonero: 1168, 1211.

Pregones: 1198, 1249, 1302, 1308, 1347. (V Remate).

Prelados: 1221 (A. U.). (V. Obispo).

Presbíteros : 1170, 1287, 1341, 1342 (V. Religiosos).

Presidente

-de cabildo: 1240, 1243, 1285, 1286, 1331.

214

-de la Real Audiencia y Chancillería de Santo Domingo: 1162 (A. U .), 1277, 1279.

Presidiarios: 1207.

(V. Delincuentes; Presos; Reos)

P resos: 1168, 1195, 1277, 1290, 1293, 1324, 1352.

(V. Delincuentes; Presidiarios; Reos).

Presupues tos : 1320 (A. U.), 1331.

Príncipe: 1182.

Prisión: 1351.

(V. Cárcel).

Privilegios : 1312.

Procesiones: 1209.

Procurador: 1317

-General

-de la ciudad de San Juan: 11541156, 1158, 1159, 1162, 1169, 1172, 1173, 1175, 1176, 1182-1186, 1188, 1189, 1192, 1196-1198, 1202, 1207, 1211 , 1212, 1234, 1237, 1247, 1248 (A. U.), 1249, 1250, 1252-1256, 12581261, 1263, 1265-1291, 1294-1303, 1305, 1306, 1309, 1310, 1314, 1315, 1317, 1319, 1324-1326, 1328-1331, !341-1345 <A. U.), 1347-1349, 13511358

-de la villa de San Germán: 1225.

-Síndico General: 1199.

Pro:,ioc;: 1181, l 187, !209, 1216, 1234, 1238 , 1245, 1247, 1248 (A. U.), 1249, 1255, 1266, 1270, 1277, 1279, 1281, 1283, 1285 , 1290, 1293 , 1300, 1301 (A. U.), 1309, 1318, 1322, 1324, 1335, 1344, 1345 (A. U.), 1347, 1348 , 1355, 1356.

Protestas: 1158, 1185, 1195.

Provincia : 1258.

Provisiones : (V. Reales ).

Provisor: 1204, 1347, 1348.

Pueblos : 1221 (A. U.), 1258, 1263 (A. U.). (V. Poblaciones).

Puente

-de Martín Peña: 1207

-de San Antonio: 1240, 1273, 1274.

Pue rco s: 1189, 1290.

(V. Corrales de ; Manteca de--).

P uertas : 1331, 1333.

-de San Juan : 1344.

-de San J u sto: 1270, 1344.

-de Santiago: 1258 (A . I), 1342.

-de Tierra: 1240.

Pujas : 1313.

(V. Posturas; Remate).

Pulpería: 1308.

P uñaladas: 1258.

Q

Quejas: 1239, 1256, 1258 , 1258 (A. 1), 1266, 1272, 1273, 1307, 1336.

Querellas: 1239, 1241.

Quesos de Flandes: 1331.

Quintal: 1331.

R

Racion ero: 1258 (A. I).

Rancho : 1292 .

Real Audiencia y Chancillería

-de Granada: 1281, 1299, 1325. (V Abogados de la )

-de Santo Domingo: 1158, 1162, 1162 (A. U.), 1163, 1163 (A . U.), 1166, 1182, 1270, 1278, 1279, 1283, 1335. (V Abogados de la ; Preside nte de la ).

Real cárcel de Corte de Santo Domingo: 1277, 1281, 1283

Real erario: 1281.

Real fisco : 1162 (A U ).

Real h acienda : (V. Escribano de - ; Ministros de - ; Oficiales de - ).

Real Ordenanza e Ins tru cción de Intendencia: 1341.

Real pendón : 1225 , 1273.

Real Pragmática : 1284.

- sobre duelos y desafíos: 1258.

Real Título

-de abogado de la Real Audiencia y Chancillería de Santo Domingo: 1166.

-de tenie nte de rey: 1317

Reales [moneda]: 1157, 1176, 1189, 1205, 1206, 1218, 1221 , 1242, 1244, 1246, 1249, 1266, 1272, 1279, 1281, 1283, 1290, 1305, 1307, 1309, 1327, 1331, 1347, 1354.

Reales armadas: 1263 (A. U.).

Reales cajas

-de Puerto Rico: 1269, 1285.

-de Santo Domingo: 1182.

Reales Cédulas: 1182, 1225, 1268, 1284, 1344, 1357.

-1780, 17 de agosto: 1269 (A. U.).

- 1782, 8 de abril: 1263 (A. U.). (V. Cédulas).

Reales Despachos : 1204, 1279.

ÍNDICE DE MATERIAS 215

ÍNDICE DE MATERIAS

(V. Despachos).

Reale s disposiciones: 1162 (A. U.), 1258, 1317.

Real es ejércitos: 1263, 1263 (A. U.), 1265, 1271, 1275, 1331.

Reales Ordenes : 1258, 1269 (A. U.), 1277, 1302, 1355

-1766, 23 de septiembre: 1258 (A. I).

-1781, 27 de diciembre: 1221 (A. U.).

-1782, 8 d e abril: 1263, 1263 (A. U.).

-1783, 8 d e marzo : 1269, 1269 (A. U.), 1281.

-1784, 28 de febrero: 1320, 1320 (A. U.), 1331.

Reales Provis iones: 1158, 1162 (A. U.), 1166, 1170

-1781, 21 de febrero: 1183.

-1781, 26 de abril: 1162 (A. U.), 1165, 1170, 1182.

-1783, 16 de junio: 1287.

Recaudación: 1258.

Recibos : 1157, 1169, 1175, 1198, 1216, 121 8, 1263 (A. U.), 1283, 1298, 1305, 1335, 1347.

(V. Comprobantes).

Re cursos : 1158, 1182, 1190, 1205, 1242, 1245, 1274, 1303, 1335, 1336. (V. Ap elaciones; Demandas).

Recusaciones: 1158, 1202, 1245, 1318.

Regatone s: 1244, 1272 (V. Marchante).

Regente de la Audiencia y Chancillería de Santo Domingo: 1162 (A. U.).

Regidores: 1154-1198, 1200-1222, 12241247, 1249, 1250, 1252-1261, 1263-1299, 1302, 1303, 1305-1310, 1313-1318, 13201322, 1324, 1327, 1328, 1330-1358.

- alcalde ordinario: 1166.

-alguacil mayor: 1185, 1200, 12391241, 1273, 1281, 1309.

-decano: 1163 (A. U.), 1196, 1207, 1214, 1221, 1223, 1245, 1247, 1248, 1251, 1275, 1278, 1300-1304, 1307, 1309, 1312, 1313, 1325, 1345, 1356.

-diputado: 1171 , 1240, 1258.

-de mes: 1159, 1179, 1184, 1212, 1240, 1258, 1345.

-fiel ejecutor: 1163, 1170 , 1175, 1228, 1232, 1258, 1258 (A . I).

-llano: 1356.

R egimiento de Bruselas : 1211 , 1277. (V. S oldados; Tropas).

Regimi en tos: 1258, 1307

Registro de escribano público: 1162 ( A. U.).

Reino s : 1221 ( A U.), 1258, 1344

Religiosos : 1234, 1298. (V. Padres [re!.]).

Rematador de pasajes: 1351.

R ema te

-del abastecimiento de harinas: 1318.

-del alquiler de la pescadería: 1310

-del arriendo d e la carnicería : 1179.

-del arriendo de l a matanza de reses: 1179.

-de la casa de Palo Seco: 1305.

-de corral es de pesca: 1198, 1305.

-de corral de puercos : 1266

-del oficio de contador judicial : 1294.

-de oficios [capitulares ven dibles]: 1162 (A. ' U.).

-de pasajes: 1178, 1198, 1256, 1305, 1333, 1347, 1351, 1358

Rentas: 1187, 1209, 1290.

de alcabalas: 1269 (A. U ).

-de correos: 1258 (A. I).

-de tabaco: 1269 (A. U.).

Reo: 11 80.

(V. Delincuentes; Presidiarios; Presos).

Reparto

-de la pesa: (V. Pesa, [contrib ución de]).

-de pescado: 1270.

-de reses: 1216, 1244, 1303, 1307

-de tocino: 1258 (A. II).

Represe ntac iones: 1178, 1189, 1190, 1192, 1207, 1211 , 1216, 1217 , 1234, 1237, 1240, 1241, 1250, 1254, 1258, 1260, 1261, 1269, 1271, 1273, 1288, 1292, 1293, 1305, 1315, 1318, 1320 (A U.), 1355.

(V. Cartas ; E sc ritos; Oficios [escritos]).

Requerimientos: 11 85.

Reses: 1172, 1173, 1173 (A. U.), 1196, 1210-1212, 1216, 1239, 1240, 1245, 1249, 1253, 1255, 1256, 1258, 1258 (A. I), 1265, 1267, 1269, 1271 , 1274, 1276, 1286, 1296, 1303, 1332.

-de ceba: 1307.

-traslado de: 1154, 1155, 1176, 1188, 11 89, 1208, 1218, 1226, 1227, 1232, 1238.

(

V. Arrendadores de l a matanza de - - ; Arrendamiento de matanza de ; Diputado del reparto de ).

Residencia: (V. Juicio de--).

216

Resma: 1307, 1331.

Resoluciones: 1221 (A. U.), 1227, 1242, 1269 (A. U. ), 1343.

Rey de Gran Bretaña: 1274.

Ríos : 1155, 1173, 1305.

Ristra de ajos: 1331.

Robos: 1182, 1260.

Rogativa: 1221, 1221 (A. U.).

Rol de la pesa : 1215, 1226, 1232, 1267, 1292, 1296, 1303, 1307. (V. Pesa [contribución de]).

Rondas : 1260 s

Sal: 1313.

Salario

-=de alcaide de cárcel: 1324.

-de maestro de escuela o de niños : 1190, 1245, 1297, 1298, 1344.

-de oficiales concejiles: 1285 (V. Sueldos ).

San Juan, Fiesta de: (V. Fiestas Votivas) .

Santa Bula de Cruzada: (V. Bula de la Santa Cruzada).

Santa Hermandad: (V. Alcaldes de la--).

Santa Rosa, Fies ta de: (V. Fiestas Votivas).

Santísimo Sacramento: 1221 (A. U.).

Sargento mayor: 1317.

-reformado d e Milicias Urbanas: 1320, 1331.

Secretario

-de cámara : 1162 (A. U.).

- de gobierno: 1162 (A. U.)

Secuestro: 1344.

Sello de cuarto: 1162 (A. U.).

Sello [real]: 1162 (A. U.).

Semana Santa: 1211.

Sentencias: 1173, 1187, 1188, 1198, 1202, 1215, 1235, 1242, 1252, 1310, 1325, 1336.

-definitivas: 1158, 1185.

-interlocutorias : 1158, 1185. (V. Apelaciones).

Señal para ganado: 1332.

Silla: 1218, 1232, 1246, 1263.

Sindicaciones: 1239. (V. Juicio de r esidencia).

Sitio: 1245.

[Soborno]: 1182.

Solares: 1344.

-de [Puerta] de Santiago: 1342. (V. Terrenos).

Soldados: 1258, 1260, 1322. (V. Regimiento de Bruselas; Tropas).

Sombreros: 1211.

Sub-arrendador de la carnicería: 1187

Súbditos: 1221 (A. U.).

Sub-teniente de ingenieros : 1320, 1331. Sueldo

-de alguaciles: 1288.

-de capitán gene ral: 1263 (A . U. ).

-de gobernador: 1263 (A. U.)

-de maestro d e niños: 1347.

-de pregonero: 1168.

Sumario: 1243.

Súplicas: 1162 (A. U.), 1207, 1210. (V . Recursos) . T

Tabaco: 1269 (A. U ).

-en rama: 1331.

Tabla de las armas de la ciudad : 1238.

Tablas: 1233.

Tafetán negro: 1211.

Tasaciones: 1162 (A. U. ), 1206, 1209, 1213, 1242, 1257, 1324

Tasador: 1324.

Tasajo: 1331.

Te Deum: 1221 (A. U. )

Teja: 1318.

Tenientes

-a guerra: 1172, 1173 (A. U. )

-de Bayamón: 1332.

-de Fajardo: 1154.

-de Humacao: 1232.

-de Loíza: 1206, 1293.

-de Río Piedras : 1226, 1286, 1292, 1296.

-de Toa Alta: 1215, 1286, 1306.

-de Toa Baja: 1226, 1241, 1244.

-de La Vega: 1232.

--coronel: 1317, 1320, 1345, 1345 (A. U.), 1353, 1354, 1358

-de ingenieros : 1331.

-de escribano de cabildo: 1162-1164, 1175, 1180, 1200, 1201, 1214, 1228, 1230, 1240, 1243, 1245, 1250, 1256, 1266, 1271, 1273, 1274, 1301, 1304, 1309, 1314, 1316, 1320, 1320 (A . U.), 1325, 1327, 1332, 1334, 1339, 1341, 1350, 1352.

-de escribano público: 1162-1161, 1175, 1180, 1200, 1201, 1214, 1228,

ÍNDICE DE MATERIAS 217

ÍNDICE DE MATERIAS

1230, 1240, 1243, 1245, 1250, 1256, 1266, 1271, 1273, 1274, 1281, 1299, 1301, 1304, 1309, 1314, 1316, 1320, 1320 (A. U.), 1325, 1327, 1332, 1334, 1339, 1341, 1350, 1352.

-de gobernación : 1315.

~de gobernador: 1158, 1162, 1162

(A. U.), 1165, 1182, 1187, 1191, 1198, 1202, 1215, 1227, 1237, 1263 (A. U.), 1275, 1276-1293, 1295, 1296, 1298, 1299, 1302, 1303, 1305, 1306, 1308, 1311,· 1312, 1317, 1319, 1321, 1324, 1325, 1333, 1335-1337, 1342, 1352, 1353, 1356, 1358.

~e ingenieros: 1320, 1331.

-de Milicias [Disciplinadas]: 1293.

-de r ey : 1182, 1258 (A. II), 1263 (A. U.), 1317, 1355.

Teología: (V. Doctor [en :. ).

Terneras : 1306, 1307.

Terneros: 1306, 1307

Terrenos: 1173 (A. U.), 1266, 1273, 1274, 1331, 1357.

(V. Solares).

Tesorero: 1263 (A. U.).

Testariorc:; : 1344.

Testamentos: 1344.

T estigos: 1158 , 1183, 1185.

7estirnonios: í156, 1158, 1162, 1162 (A. U.), 1166 , 1179, 1185, 1187, 1190, 1209, 1225, 1227, 1239, 1240-1242, 1250, 1258 ( A. I), 1259, 1263, 1263 (A. U.), 1268, 1272, 1273 , 1276, 1279, 1281, 1283, 1284, 1317, 1319, 1331, 1344, 1345.

Tienda: 1308.

Tierras : 1357. ( V. Solares; Terrenos).

Título

-de abogado: 1270, 1341, 1353.

-de l a Real Audi encia y Chan cillería de Santo Domingo: 1341.

- de a lbañ lies : 1229.

-de contador judicial: 1294.

-de contador de la mesa maestral de diezmos: 1325.

-de escribano

-de gobernador: 1281.

- real: 1352.

-de regi dor llano: 1356.

-de teniente de gobernador y auditor de guerra: 1275.

To cino: 1258 (A. II), 1267.

Tormento, potro de: 1347.

Tornaguía : 11 54, 1175.

Toro: 1307.

Toza: 1331.

Tratado de Paz entre Espaiia e lnglaterra: 1312.

Tribunales: 1158, 1162 (A. U.), 1177, 1182, 1190, 1217, 1221 (A U.), 1239, 1241, 1252, 1274, 1276, 1292, 1308, 1317, 1321, 1349.

--eclesiásticos : 1344.

Tributos: 1318.

(V. Arbitrios; Contribución de corral de cerdos)

Tropas: 1172, 1195, 1221, 1258, 1258 (A. I), 1263 (A. U.).

(V. Militares; R egimiento de Bruselas; Soldados).

Truanadas: 1258 (A. I).

Tumulto: 1258 (A. 1).

Urbanos: (V. Capitán de Milicias de--).

' Vacas: íl7-., ~zoe, !215 1227, 1306, 1307. (V. Ganado; Reses).

Vara de justicia: 1164, 1197, 1237, 1258. (V. Justicia, administración de).

Vasallos: 1221 (A. U .).

Vecindario: 1173 (A. U.), 1244, 1282, 1332 •

Vecinos: 1166, 1169, 1252, 1261, 1272, 1276, 1281, 1307, 1309, 1313, 1318, 1320, 1320 (A. U.), 1330, 1331.

(V . Habitantes; Moradores).

Vejaciones: 1258.

Venta: 1183.

-del arrendamiento de la carnicería: 1187.

-de la casa de P alo S eco: 1257.

-de comestibles: 1167, 1258, 1331.

-de harinas : 1272, 1281, 1313, 1319.

-de pan: 1272.

-de pescado : 1178, 1188, 1232, 1244, 1293, 1308, 1310.

(V. Casillas de ).

Ventas de soldados: 1260.

Vicario general: 1347, 1348.

Vida monástica: 1298.

Vi gías: 1331.

Vino

- blanco: 1331.

u
V

ÍNDICE DE :MATERIAS

-de Málaga: 1331.

-tinto: 1331.

Visita de pesos y medidas: 1167, 1213, 1228, 1245, 1269.

Víveres: 1252, 1277, 1318, 1333. (V. Comestibles).

Vocales: 1196, 1285.

Votaciones: 1163, 1163 (A U ), 1196, 1197 (A. U.), 1247, 1300, 1301 (A. U.), 1345, 1345 (A. U.).

(V. Elecciones concejiles).

Votos: 1163, 1163 (A U.), 1196, 1197 (A. l!.). 1247, 1300, 1301 (A. U.), 1345, 1345 (A. U.).

(V. Elecciones c.::~cejiles).

Yaguas : 1322.

Yegua : 1232

Yerba : 1290. y Yunta de bueyes: 1292. z

Zambullos : 1277.

2 19
1781 12 de marzo 20 de marzo 26 de marzo 2 de abril 11! de abril 23 de abril 30 de abril 7 de mayo 9 de mayo Anexo Unic o 14 de mayo Anexo Unic o 17 de mayo 21 de mayo 28 de mayo 11 de junio 18 de junio 2 de julio. 9 de julio. 16 de }ulio. 23 de julio. 30 de julio. Anexo Unico 6 de agos to 13 de a go s to . . . 20 de ag osto 27 de ago s to 3 de se ptiembre 10 de s e ptiembre 17 de se ptiembre 24 de septiembre 28 de septiembre 1 de octubre 5 de octubre .. . 15 de octubre 22 de octubre 29 de octubre . . . 5 de noviembre 12 de noviembre 19 de noviembre 26 de noviembre 28 de noviembre p ágina 1 1 2 3 · 4 5 6 6 7 1 10 10 11 12'· 12 13 14 15 15 16 17 18 19 20 20 , 21 22 23 2'4 24 25 26 29 30 32 33 34 35 · 36 37 38 38 :
224 3 de dicie mbre 10 de dici e mbre 17 de diciembre 1782 1 de enero 7 de enero An exo Unico 7 d e enero 9 de enero 12 de enero 13 d e e n ero 14 d e enero 21 d e enero 21 de e nero 21:l d e enero 4 de febrero .. . 18 de febrero .. . 25 d e febrero 4 d e marzo ll d e marzo 18 d e marzo 8 de abril 15 d e abril 22 de abril 29 de abril 6 de mayo 13 de m ayo 27 de m ay o 3 de junio 10 de junio 17 de junio An exo Unico 1 de julio 8 de julio 15 de julio 22 d e iulio 29 de 1ulio 5 de agosto 12 de agosto 19 de agosto 26 de agosto 2 de septiembre 9 de septiemb re 16 de septiembre 23 de septiembre 30 de septiembre 7 de octubre 14 de octubre .. . 21 de octubre .. . 2 9 de octubre 5 de noviembre 11 de noviembre 18 d e noviem bre 25 de n ovi embre
CABII.00S Página 39 40 40 41 42 43 44 45 45 46 46 47 47 48 48 49 so 51 52 52 53 54 55 56 56 57 58 58 59 59 60 6 1 61 62 62 63 63 64 65 66 66 67 67 68 69 69 70 71 71 72 75 76 77
ÍNDICE DE
2 de diciembre 9 de diciembre 16 de diciembre 1783 1 de enero 10 de enero Anexo Unico 13 de enero 21 de enero 22 de enero . .. 27 de enero 3 de febrero 10 de febrero 17 de febrero ... 25 de febrero .. . 10 de marzo 12 de marzo An exos I II 17 de marzo 24 de marzo 31 de marzo 6 de abril ó de abril Anexo Unico 7 de abril 28 de abril 5 d e mayo 12 de mayo 19 d e ma yo 26 de mayo Anexo Unico 2 de junio 11 de junio 16 de junio 20 de junio 30 d e junio 3 de julio 6 de julio 14 de julio 17 de julio 21 de julio 28 de julio 5 de agosto 11 de agosto 25 de agosto 1 de septiembre 9 de septiembre 15 de septiembre 22 de septiembre .. . 30 de septiembre .. . 6 de octubre .. . 13 de octubre .. . 14 A. ÍNDICE DE CABILOOS 225 Pág ina 77 78 80 80 82 82 83 84 85 85 86 87 88 88 89 90 94 95 96 97 98 98 99 100 101 102 102 103 104 105 106 107 108 108 110 111 112 113 114 115 116 117 117 120 120 121 122 123 124 125 126 126
226 20 de octubre .. . 27 de octubre 10 de noviembre 17 de noviembre 24 de noviembre 1 de diciembre 9 de diciembre 15 de diciembre 22 de diciembre 1784 1 de enero 10 de enero Anexo Unico 12 de enero 19 d e enero .. . 21 de enero 26 de enero 3 de febrero .. . 9 de febrero .. . 15 de febrero .. . 1 de marzo 8 de marzo 15 de marzo 22 de marzo 29 de marzo 19 de abril 26 de abril 4 de m ayo 10 de mayo 17 de mayo 24 de mayo 2 de junio An e xo Unico 7 de junio 14 d e junio 21 de junio 28 de junio 5 de julio 12 de julio 19 de julio 27 d e julio 3 de agosto 9 de agosto 16 de agosto 31 de agosto 6 de septiembre .. . 13 de septiembre .. . 20 de septiembre 27 d e septiembre 5 de octubre .. . 11 de octubre 18 de octubre .. . 25 de octubre .. . 8 de noviembre 15 de noviembre
DE CABILDOS Página 128 128 129 130 130 131 131 132 133 134 135 135 136 138 139 139 140 141 142 143 145 145 146 146 148 148 149 149 151 153 154 155 155 156 157 157 159 160 160 161 161 161 162 164 165 166 167 167 168 168 169 169 169 170
ÍNDICE
22 de noviembre 6 de diciembre Anexo Unico 1785 • 1 de enero Anexo Unico 10 de enero 10 de enero 17 de enero 24 de enero 26 de enero 31 de enero 14 de febrero .. . 21 de febrero 28 de febrero 7 de marzo 14 de marzo 22 de marzo 5 de abril
CABILDOS 227 Página 171 171 155 172 174 174 175 176 177 178 178 179 179 180 181 181 182 183
ÍNDICE DE

ACTAS DEL CABILDO DE SAN JUAN BAUTISTA DE PUERTO RICO

Administración de

HON. FELISA R. DE GAUTIER

Alcaldesa

HON. MODESTO RIVERA

Presidente de la Asamblea Municipal de San Juan

SRTA. CATALINA PALERM

Secretaria del Municipio de San Juan

SRA. ELIZABETH AMBROSANI

Subsecretaria del Municipio de San Juan

SR. PEDRO E. PUIG Y BRULL

Director de Actividades Culturales

SR. LEONARDO RODRIGUEZ VILLAFAÑE

Subdirector de Actividades Culturales

DRA. AIDA R. CARO DE DELGADO

Consejera Técnica del Archivo Histórico de la Capital

COLABORADORES

Sra. Rafaela Cintrón Gu zmán

Srta. Ana Lugo

Srta. María E. Rivera

Srta Nelly Vázquez

Sra. Rosita Soler

Sra. Ada Iris Espinosa

Sra. Nilsa R de Lugo

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