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Justicia

Un fallo que valora el pluralismo

Por Adrián Ventura

Miércoles 9 de abril de 2008 | Publicado en la Edición impresa 

La Corte, en el caso Patti, reafirmó un criterio republicano: el poder político tiene límites, y cuando se los avasalla se pone en riesgo el pluralismo.

Patti es un personaje no querido por muchos sectores sociales y está acusado de atroces actos de represión. Por eso, naturalmente, un fallo que lo beneficie es mal recibido por la sociedad.

Sin embargo, la sentencia de la Corte es correcta, porque se animó a mirar más allá de la superficie. Y también es valiente porque, tal como lo hizo cuando restableció la movilidad de las jubilaciones (caso Badaro), cuando dispuso que el Gobierno no puede privar de publicidad a los medios de comunicación (caso Río Negro) o cuando ordenó al Congreso solucionar el problema de los jueces subrogantes, se animó a desafiar la opinión dominante del Poder Ejecutivo.

* * *


Patti, igual que Antonio Domingo Bussi, no pudo ocupar la banca que ganó en elecciones.

Son dos personajes de derecha y tuvieron peor suerte que varios diputados que, en los años 70, también cometieron graves crímenes. Sin embargo, la solución de estos casos no debe ceñirse a una lectura ideológica, sino que tiene un fuerte trasfondo constitucional.

La Corte vio claramente esta dimensión cuando, en el caso Bussi, dio los principales argumentos que ahora reproduce en el caso Patti:

  • Si el Congreso pudiese excluir a un legislador electo de su banca, podría ocurrir que una persona sea rechazada por ser anarquista, socialista o por motivos religiosos o de género. Por eso, el Congreso no puede tener esa atribución.


  • Si la Justicia, en el momento de oficializar la candidatura, no controló si el candidato reunía los requisitos para ser elegido, no puede hacerlo después de que aquél haya ganado su escaño.


  • La Cámara de Diputados puede excluir a un legislador de su seno por "inhabilidad moral sobreviniente", es decir, posterior a la elección. Pero no puede excluirlo por un hecho anterior.


  • Hay que respetar la decisión del electorado: la Constitución no autoriza a un sector de la sociedad a corregir las decisiones electorales de otras personas.


* * *


Si Patti hubiese asumido la banca gozaría de inmunidad de arresto, por lo cual el juez Suárez Araujo no lo podría haber procesado ni detenido.

Ahora bien, la Corte no ordenó su excarcelación. No se animó a tanto. Tan sólo reconoció que el Congreso no pudo excluirlo de su seno, pero no ordenó dejarlo en libertad.

Patti, mientras no sea "condenado" -según lo que establece el Pacto de San José de Costa Rica-, tiene derecho a su banca. La Corte le dio la razón. Pero difícilmente consiga asumirla. Tiene por delante una dura batalla legal y quizá nunca llegue al Congreso.

* * *


El fallo de la Corte dejó en claro, una vez más, que la Constitución debe ser respetada.

Ciertamente, podría haber ido más allá e, incluso, explayarse en lugar de reproducir el caso Bussi. Pero ninguna observación le resta trascendencia a una decisión cuya significación supera los resquemores que produce la personalidad de Patti.

La Constitución es un pacto político que postula la necesidad de construir una sociedad abierta, pluralista y con reglas que deben respetarse, donde tienen cabida, incluso, los sectores más marginales u odiosos.

En un contexto político donde el Gobierno solamente parece tolerar, como verdadero, un discurso monocromático, el fallo de la Corte adquiere un valor especial.

aventura@lanacion.com.ar

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